Rubro(s) de la Jurisprudencia
- PARTICIPACIÓN CIUDADANA. LOS ARTÍCULOS 85 BIS Y 97 DE LA LEY RELATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, NO TRANSGREDEN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 35 CONSTITUCIONAL (DECRETO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 16 DE MAYO DE 2005).
Texto completo de la jurisprudencia
Jurisprudencia Materia(s): Constitucional Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XXVII, Junio de 2008 Tesis: P./J. 49/2008 Página: 714 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. LOS ARTÍCULOS 85 BIS Y 97 DE LA LEY RELATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, NO TRANSGREDEN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 35 CONSTITUCIONAL (DECRETO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 16 DE MAYO DE 2005). Los citados preceptos legales, que establecen la Constitución y los requisitos de integración de la Asamblea Ciudadana Electiva de los Comités Ciudadanos, no transgreden el artículo 35, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prevé como prerrogativa del ciudadano asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país, ya que no se obliga a los ciudadanos del Distrito Federal a participar en la elección de los Comités Ciudadanos, ni tampoco se impide la libre asociación de los individuos para formar parte en los asuntos políticos del país. Además, el Comité Ciudadano, como figura de representación ciudadana, no es el único mecanismo a través del cual el gobernado pueda asociarse para participar en asuntos políticos y la Asamblea Ciudadana Electiva sólo es un instrumento de participación vecinal. Acción de inconstitucionalidad 15/2005. Diputados integrantes de la III Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 7 y 8 de enero de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. El Tribunal Pleno, el doce de mayo en curso, aprobó, con el número 49/2008, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a doce de mayo dos mil ocho.
Acción Relacionada
Jurisprudencias: |
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Estado: |
Ciudad de México |
Actor: |
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Tipo de Ley: |
Ley local |
Sentido: |
Parcialmente fundada |
Ministro ponente: |
Sergio Salvador Aguirre Anguiano |
Votos particulares: |
No |
Opinión de la Sala Superior: |
Concordante |
Rubro(s) de la Jurisprudencia: |
PARTICIPACIÓN CIUDADANA. LOS ARTÍCULOS 85 BIS Y 97 DE LA LEY RELATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, NO TRANSGREDEN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 35 CONSTITUCIONAL (DECRETO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 16 DE MAYO DE 2005). PARTICIPACIÓN CIUDADANA. EL ARTÍCULO 85 BIS, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 10, FRACCIÓN I, 74, 75, 85, 97, 101 Y 102 DE LA LEY RELATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, NO TRANSGREDE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 35 CONSTITUCIONAL (DECRETO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 16 DE MAYO DE 2005). PARTICIPACIÓN CIUDADANA. EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY RELATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, EN LA PORCIÓN NORMATIVA QUE DICE "... BAJO EL PRINCIPIO DE COCIENTE NATURAL Y RESTO MAYOR ..." Y, COMO CONSECUENCIA, EL ARTÍCULO 122 DEL CITADO ORDENAMIENTO, TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE CERTEZA JURÍDICA CONTENIDO EN LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 35 CONSTITUCIONAL (DECRETO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 16 DE MAYO DE 2005). |