entidades federativas/ Durango

Medios de control constitucional
  • Controversia Constitucional
    Competencia y fundamento

    El artículo 112, fracción VI, de la Constitución Política del Estado de Durango, le confiere la obligación al Tribunal Superior de Justicia, de garantizar la supremacía y control constitucional, a través dela función interpretativa que posee. Además, la ley fundamental en el numeral 118, establece que el control constitucional será ejercido por una Sala de Control Constitucional, integrada por tres magistrados, cuya función será de naturaleza consultiva.

    Para el ejercicio de la facultad establecida en la fracción VI del artículo 112 de la presente Constitución, el Tribunal Superior de Justicia contará con una Sala de Control Constitucional integrada por tres magistrados.

    El control de constitucionalidad es un procedimiento para mantener el principio de supremacía constitucional; tiene por objeto dirimir de manera definitiva e inatacable los conflictos constitucionales que surjan dentro del ámbito estatal, sin perjuicio de lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    La Sala de Control Constitucional, además ejercerá una función consultiva para los órganos del Estado, a fin de interpretar las normas contenidas en esta Constitución.

    El artículo 119, dispone que la Sala en cuestión, conozca de las controversias constitucionales que se susciten entre los distintos órganos de poder, así como entre los diferentes niveles de gobierno.

    La Sala de Control Constitucional conocerá en los términos que disponga la ley, de:

    I. Las controversias constitucionales locales que tengan por objeto resolver los conflictos de carácter competencial que surjan entre diferentes instancias y niveles de gobierno, con excepción en la materia electoral, sin perjuicio de las controversias constitucionales que le compete resolver de manera exclusiva a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que se susciten entre:

    a) El Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.

    b) El Poder Ejecutivo y uno o más municipios del Estado.

    c) El Poder Legislativo y uno o más municipios del Estado.

    d) Dos o más municipios del Estado, siempre que no se trate de cuestiones relativas a sus límites territoriales. e) Uno o más órganos constitucionales autónomos y los poderes Ejecutivo o Legislativo; o entre aquéllos y otro u otros órganos del gobierno estatal o municipal.



    Legitimación e Interés

    La regulación de la controversia constitucional en la Constitución duranguense, prevé como sujetos de legitimación procesal activa a los órganos constitucionales autónomos, previendo de cualquier conflicto que se genere con los otros órganos de poder, así como entre los ámbitos competenciales existentes. Éste medio de control se encuentra exento de conocer de tópicos relacionados con la materia limítrofe entre los municipios del Estado.

    Resoluciones
  • Instrumento de tutela de derechos humanos
    Competencia y fundamento

    La Constitución Política del Estado de Durango, tampoco dispone de un medio de tutela ex profeso para los derechos humanos; aunque en materia electoral la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana de la entidad, prevé el juicio para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano.



    Legitimación e Interés

    El ciudadano puede hacer valer por sí mismo y en forma individual, las presuntas violaciones a sus derechos político-electorales de votar y ser votado; de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos; y de afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos.

    Es el Tribunal Electoral del Estado de Durango el encargado de conocer de las presuntas violaciones a los derechos políticos de los ciudadanos. El artículo 56, de la referida ley de medios de impugnación en materia electoral, la que establece los fines y alcances del juicio para la protección de los derechos políticos- electorales del ciudadano.

    Resoluciones
Marco Normativo
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Durango
Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Durango
Constitución Política del Estado libre y soberano de Durango
Enlace
Sitio de internet del Poder Judicial