A condenação por crime de violação de direito autoral não gera a inelegibilidade do art. 1º, I, e, 2, da LC 64/90, pois esse crime não se enquadra na classificação legal de crime contra o patrimônio privado.
O pagamento da multa decorrente do não comparecimento às urnas realizado pelo candidato antes do julgamento do registro de candidatura afasta a ausência de quitação eleitoral.
A instauração de representação por quebra de decoro parlamentar, lastreada nos mesmos fundamentos de representação anterior - em vista da qual o candidato havia renunciado no primeiro mandato - dessa vez apreciada e arquivada pela Casa Legislativa, constitui circunstância alteradora do quadro fático-jurídico do recorrente, apta a afastar a incidência da inelegibilidade da alínea k do inciso I do art. 1º da LC nº 64/90.
Não se exige de juiz arbitral desincompatibilização para concorrer a cargo eletivo, pois esse não se equipara a servidor público para fins de inelegibilidade.
As inelegibilidades supervenientes ao requerimento de registro de candidatura poderão ser objeto de análise pelas instâncias ordinárias no próprio processo de registro de candidatura, desde que garantidos o contraditório e a ampla defesa.
Para fins de aferição de inelegibilidade, é irrelevante verificar se ocorreu ou não a substituição automática nas hipóteses de ausência do chefe do Poder Executivo, sendo necessário examinar no caso concreto se o substituto praticou atos de governo ou de gestão que possam afrontar os valores que o instituto da incompatibilidade visa tutelar.
La Cámara Nacional Electoral confirma la sentencia de primera instancia en cuanto no hace lugar a la solicitud de nulidad de la intervención dispuesta por un partido nacional sobre uno de distrito.
Fecha:
Martes, Abril 14, 2015
Actor:
Alberto Jorge Glibota y otros
Num sentencia:
CNE 1003265/2014/CA1
Palabras clave:
Autodeterminación y gestión de las asociaciones políticas
La Cámara Nacional electoral ordena a la DINE incrementar el monto asignado a la alianza de autos para la impresión de boletas para las elecciones primarias, argumentando que el Estado tiene la responsabilidad de velar por la efectiva disponibilidad de boletas correspondientes a todas las agrupaciones políticas que hayan postulado candidatos pues -en tanto constituye el elemento mediante el cual se exterioriza la voluntad del elector- resulta indispensable para el ejercicio del sufragio activo y que en efecto, asegurar un mínimo de boletas, por cada elector, para cada lista interna de cada
Fecha:
Martes, Julio 28, 2015
Actor:
Alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores
Num sentencia:
CNE 5294/2015/CA1
Palabras clave:
Financiamiento para impresión de boletas para elecciones primarias
En esta sentencia se explica que las causales de caducidad de la personalidad política que la ley 23.298 prevé en su artículo 50, no operan de pleno derecho, pues, de lo contrario ningún sentido tendría la existencia de un proceso previo específicamente contemplado por la ley.
En este pronunciamiento la CNE confirma la decisión de primera instancia que no hace lugar un pedido de habeas data respecto de la publicación de las fotografías de los ciudadanos en el sitio web del padrón electoral. Para arribar a tal decisión El tribunal Electoral sostiene por un lado que la fotografía en el padrón electoral no configura un dato sensible y por otro, que su incorporación apunta a lograr la mayor transparencia en los procesos electorales desde su etapa pre-electoral.
Fecha:
Jueves, Mayo 14, 2015
Actor:
Asociación por los Derechos Civiles y otro
Num sentencia:
CNE 1003246/2013/CA1
Palabras clave:
Habeas data. Publicación de fotografías en padrón electoral no configura dato sensible