Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se estableció que el Consejo General del Instituto Federal Electoral, como órgano máximo de dirección y encargado de la función electoral de organizar las elecciones, cuenta con una serie de atribuciones expresas que le permiten, por una parte, remediar e investigar de manera eficaz e inmediata, cualquier situación irregular que pueda afectar la contienda electoral y sus resultados, o que hayan puesto en peligro los valores que las normas electorales protegen; así como, asegurar a los ciudadanos el ejerci
Palabras clave:
Elegibilidad, Suplencia, Separación del cargo
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se determinó confirmar la designación del Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Electoral del Distrito Federal, toda vez que dicho nombramiento no se contrapone a lo establecido por la normativa electoral local, en tanto que el ciudadano designado no tenía la obligación de separarse de sus funciones con cinco años de anticipación, pese a que por ocasiones ejerció en ausencia del Director General E
Actor:
Partido de la Revolución Democrática
Palabras clave:
Elegibilidad, Suplencia, Separación del cargo
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se estimó que la fijación de los criterios para la selección de los consejeros distritales y municipales no necesariamente se debía hacer en forma previa a la respectiva convocatoria, pues mediante acuerdo que el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano dictara con anterioridad y estableciera criterios de evaluación a las solicitudes de los aspirantes independientemente de los demás actos del procedimiento de selección de integrantes de los Consejos correspondiente, los mismos podían ser
Fecha:
Miércoles, Marzo 24, 2010
Palabras clave:
Selección, Consejeros distritales, Procedimiento de selección, Saber leer y escribir
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se concluyó que dentro de los proceso de designación de los miembros de órganos electorales, para cumplir con los principios de certeza y objetividad, rectores de la materia electoral, es necesario, que los principios y bases que rigen a la designación estén predeterminados y sean conocidos por los aspirantes al cargo a fin de garantizar la transparencia de los mismos, pues sólo así puede protegerse la facultad de los ciudadanos de ejercer y defender sus derechos y la efectiva
Fecha:
Miércoles, Marzo 16, 2011
Actor:
José Luis Puente Anguiano y otros
Num sentencia:
SUP-JDC-1188/2010 y acums
Palabras clave:
Principio de certeza, Designación de Consejero, Transparencia
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se determinó declarar inconstitucional el artículo 78 de la Ley Orgánica del Estado de Querétaro por considerarlo contrario a la constitución federal, toda vez que el efecto dado a los votos de abstención por el mismo tergiversaba la voluntad soberana, esto es, la de los representados por el parlamentario, que actuando en ejercicio de dicha representación había decidido abstenerse dentro del proceso de designación del Consejero Pr
Fecha:
Miércoles, Abril 27, 2011
Actor:
Agustín Alcocer Alcocer y otro
Num sentencia:
SUP-JDC-569/2011 Y ACUMULADO SUP-JDC-570/2011
Palabras clave:
Inaplicación, Designación de Consejero, Votación, Mayoría
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se concluyó que el hecho de que un servidor público de elección popular cumpla de manera íntegra con el periodo para el cual fue electo no necesariamente implica que observará su programa de gobierno municipal o legislativo, ya que, entre los mecanismos adecuados para asegurar, mediante la amenaza de una sanción que se cumpliría con las oferta política durante las campañas, sería a través de los procedimientos de revocación de mandato o el llamado mandato imperativo, los
Actor:
José Guadalupe Barceló Quijada
Palabras clave:
Revocación de mandato, Programa de gobierno, Incumplimiento
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se concluyó que no fue trastocado el principio de certeza dentro de la celebración del plebiscito realizado para la renovación del Ayuntamiento del Municipio de Tlachichuca, Puebla, toda vez que no era requisito utilizar para tales efectos el listado nominal aprobado por la autoridad administrativa local.
Actor:
Rigoberto Sacramento González Ortega
Palabras clave:
Plebiscito, Elección, Juntas Auxiliares
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se concluyó que procedía la figura de suspensión de la vigencia del decreto que establecía el tope máximo a la tarifa de prestación del servicio público de transporte colectivo en Jalisco, toda vez, que los reglamentos y decretos sometidos al respectivo proceso de referéndum sólo podrán ser derogados sí en dicho período se solicitare tal, en tanto la vigencia del reglamento o decreto deberá quedar en suspenso, salvo los casos de urgencia
Actor:
Gobernador Constitucional y Secretario General de Gobierno del Estado de Jalisco y César Antonio Barba Delgadillo.
Num sentencia:
SUP-JRC-127/2008 Y SUP-JDC-508/2008 ACUMULADOS
Palabras clave:
Suspensión, Efectos cautelares, Referéndum, Decreto, Democracia directa
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se concluyó que toda vez que e
Actor:
César Antonio Barba Delgadillo
Palabras clave:
Referéndum, Decreto, Democracia directa, Omisión
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se determinó que el Presidente Municipal de Zinapécuaro, Michoacán, no era la autoridad competente para declarar válida la elección de Jefe de Tenencia, propietario y suplente realizada mediante plebiscito en la comunidad indígena de San Bartolomé Coro.
Actor:
José Guadalupe Medrano Chaires y otros
Palabras clave:
Plebiscito, Validez de la elección
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