Se concluyó que el hecho de que un servidor público de elección popular cumpla de manera íntegra con el periodo para el cual fue electo no necesariamente implica que observará su programa de gobierno municipal o legislativo, ya que, entre los mecanismos adecuados para asegurar, mediante la amenaza de una sanción que se cumpliría con las oferta política durante las campañas, sería a través de los procedimientos de revocación de mandato o el llamado mandato imperativo, los cuales no están previstos en la legislación del Estado de Baja California.