Autoridad Responsable:
Consejo Municipal Electoral de Pueblo Nuevo, Durango
Rubro:
PLANTEAMIENTO DE NUEVO ESCRUTINIO Y CÓMPUTO PARCIAL. ES
INOPERANTE SI NO SE SEÑALAN DE MANERA PARTICULAR LAS
CASILLAS CORRESPONDIENTES.
Texto:
Con independencia del hecho en que la
parte actora funde su pretensión de nuevo escrutinio y cómputo parcial de
paquetes electorales, por actualizarse alguno de los supuestos previstos
por la fracción VI, párrafo 1, del artículo 266 de la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, la falta de precisión,
en su escrito de demanda, de las casillas correspondientes, hace inviable
la petición atinente; máxime que sólo por los supuestos expresamente
previstos en la Ley Sustantiva Electoral local, es procedente la apertura de
paquetes electorales, para efectos de realizar nuevo escrutinio y cómputo
parcial, o bien, un nuevo escrutinio y cómputo total.
Precedente:
Juicio Electoral. TE-JE-075/2016.- Actor: Encuentro Social.- Autoridad Responsable.-
Consejo Municipal Electoral de Pueblo Nuevo, Durango.- 7 de julio de 2016.-
Unanimidad de votos.- Magistrado Ponente: Raúl Montoya Zamora.- Secretarios: Tomás
Ernesto Soto Ávila, Karen Flores Maciel, Gabriela Guadalupe Valles Santillán, y Elda
Ailed Baca Aguirre.
// Juicio Electoral. TE-JE-077/2016.-Actor: Fernando Ulises Adame De León.- Autoridad
Responsable.- Consejo Municipal Electoral de Lerdo, Durango.- 7 de julio de 2016.-
Terceros Interesados: Coalición Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista
de México, Duranguense y Nueva Alianza; y Eduardo Alvarado Uribe.- Unanimidad de
votos.- Magistrado Ponente: Raúl Montoya Zamora.- Secretarios: Karen Flores Maciel,
Gabriela Guadalupe Valles Santillán, Elda Ailed Baca Aguirre y Tomás Ernesto Soto
Ávila.