>>>SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE. OPERA EN EL JUICIO DE INCONFORMIDAD CUANDO EL ACTOR OMITE PRECISAR EL TIPO DE CASILLA QUE IMPUGNA, PERO OFRECE PRUEBAS QUE PERMITEN IDENTIFICARLA.

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Actor: 
Partido de la Revolución Democrática y otros
Autoridad Responsable: 
-No se menciona-
Rubro: 
SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE. OPERA EN EL JUICIO DE INCONFORMIDAD CUANDO EL ACTOR OMITE PRECISAR EL TIPO DE CASILLA QUE IMPUGNA, PERO OFRECE PRUEBAS QUE PERMITEN IDENTIFICARLA.
Texto: 
En términos del artículo 27 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Sala Unitaria respectiva debe suplir la queja deficiente en la expresión de agravios, así, cuando el actor controvierte la nulidad de la votación recibida en determinada casilla, y omite expresar de qué tipo es, verbigracia básica, contigua 1, etcétera, pero aporta elementos y pruebas suficientes para identificarla, debe tenerse por cumplida la exigencia del artículo 56 fracción III de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado.
Precedente: 
Recurso de Reconsideración.- TEE/SSI/REC/053/2015 y TEE/SSI/REC/054/2015 acumulados. -Actor: Partido de la Revolución Democrática, Partido Revolucionario Institucional y Partido Verde Ecologista de México. – 30 de julio de 2015.- Unanimidad de Votos. - Ponente: Magistrado: René Patrón Muñoz