La Abogada Margarita María Barrientos Rivas, representante legal del señor Julio Excipión Valdivieso Rivas, candidato a diputado a la Asamblea Legislativa por el partido Democracia Salvadoreña en la circunscripción de San Salvador, interpone recurso de nulidad de escrutinio definitivo de las elecciones a Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa con base a las causales previstas en el artículo 272 letras b y c del Código Electoral, las cuales son: a) no haberse cumplido el procedimiento establecido en la Código electoral para la realización del escrutinio y b) falsedad de los datos
Fecha:
Martes, Abril 7, 2015
Actor:
Julio Excipión Valdivieso Rivas
Num sentencia:
NES-05-2015
Palabras clave:
Recurso de nulidad de escrutinio definitivo de las elecciones a Diputados y Diputadas
Recurso de Nulidad de Escrutinio Definitivo presentado por el señor Douglas Leonardo Mejía Avilés en su calidad de Secretario General y representante legal del partido Cambio Democrático, con base a la causal prevista en el artículo 272 letra “C” del Código Electoral, por falsedad de los datos consignados en las actas y documentos que sirvieron de base para el escrutinio.
El Tribunal Supremo Electoral plantea que este tipo de impugnaciones debe cumplir con tres requisitos básicos de carácter formal, temporal y sustancial.
El ciudadano José Wilfredo Salgado García interviene personalmente en calidad de candidato a alcalde del municipio de San Miguel, el cual plantea recurso de nulidad del escrutinio final de las Elecciones de Concejos Municipales de la circunscripción por la que participaba, bajo las causales establecidas en el Art.
Fecha:
Lunes, Abril 6, 2015
Actor:
José Wilfredo Salgado García
Num sentencia:
NES-03-2015
Palabras clave:
Recurso de nulidad del escrutinio final de las Elecciones de Concejos Municipales
Los ciudadanos Óscar Armando García Ventura, Erving Ortiz Luna y Josué Alvarado Flores manifiestan actuar en calidad de candidatos a diputados a la Asamblea Legislativa; expresan que el punto impugnado lo constituye el acto de autoridad de decretar el Escrutinio Final Definitivo emitido por el Tribunal Supremo Electoral, y presentan su escrito de Nulidad de Elección de Asamblea Legislativa bajo la causal establecida en el Art. 272 Literal “C” del Código Electoral (CE).
EL colectivo YASUNIDOS propuso que se realice una Consulta Popular sobre la explotación de la Reserva Ecológica Yasuní, que fue negada en la instancia administrativa, por que no dió cumplimiento con los requisitos para la legitimación democrática para la consulta popular, por lo que presentó el recurso ordinario de apelación. El Pleno del TCE estableció que el acto administrativo del cual se recurrió se ejecutó dentro de los plazos establecidos en la ley, de ahí su extemporaneidad de la pretensión del recurrente y del recurso.
Fecha:
Viernes, Junio 20, 2014
Actor:
Julio Cesar Trujillo Vásquez
Num sentencia:
187-2014-TCE
Palabras clave:
Requisitos para la legitimación democrática para la consulta popular.
El Movimiento Ruptura, interpone recurso ordinario de apelación en contra de la resolución que dispuso la cancelación de inscripción.El Pleno del TCE, señaló que: a)Sobre el debido proceso en sede administrativa, los actos de simple administración de las instituciones del sector público no deben ser notificados como condición sine qua non, en cuanto se trata de información pública.
Fecha:
Lunes, Agosto 25, 2014
Actor:
María Gabriela León G.
Num sentencia:
229-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de la resolución que dispuso la cancelación de inscripción.
Se presenta recurso ordinación de apelación de la resolución administrativa , por inconsistencia de resultados numéricos además se solicita la apertura de urnas.
Fecha:
Sábado, Abril 5, 2014
Actor:
Mónica de Jesús Salazar Hidalgo
Num sentencia:
090-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinación de apelación de la resolución administrativa , por inconsistencia de resultados numéricos además se solicita la apertura de urnas.
Se interpone recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa , por inconsistencias numéricas. Al respecto el Pleno del TCE, estableció que: a)La resolución administrativa en la que se han recontado los votos, contiene una relación precisa de los hechos con las normas.
Fecha:
Viernes, Abril 4, 2014
Actor:
Letty Selina Cevallos Sornoza
Num sentencia:
088-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa , por inconsistencias numéricas.
Se presenta recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, por inconsistencias numéricas. El Pleno del TCE resolvió que: a) El registro electoral pasivo, el cual fue diferenciado en el padrón electoral con casillero gris, no constan las personas con voto facultativo,y por lo mismo no constituye causal de la que se pueda deducir algún tipo de inconstencia. b) El casillero gris es un dato estadístico que no incide la cuantificación de los votantes que efectivamente ejercieron su derecho al sufragio.
Fecha:
Lunes, Noviembre 16, 2015
Actor:
María Cristina
Num sentencia:
082-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación en contra de resolución administrativa, por inconsistencias numéricas
Interpone recurso ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas. El Pleno del TCE, manifiestó que: a)Las inconsistencias como los posible errores del padrón, no constituyen prueba de que se haya suplantado, alterado o falsificado el registro electoral y menos aún de las actas de instalación o escrutinio; los errores en que hubiera incurrido el órgano administrado en elaboración de padrones deberán ser corregidos para futuros procesos electorales.
Fecha:
Miércoles, Abril 16, 2014
Actor:
Alí Manuel Corozo Mosquera
Num sentencia:
131-2014-TCE
Palabras clave:
Recurso ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas.