Recurso ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas

Interpone recurso  ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas. El Pleno del TCE, manifiestó que: a)Las inconsistencias como los posible errores del padrón, no constituyen prueba de que se haya suplantado, alterado o falsificado el registro electoral y menos aún de las actas de instalación o escrutinio; los errores en que hubiera incurrido el órgano administrado en elaboración de padrones deberán ser corregidos para futuros procesos electorales. b) Las inconsistencias numéricas no constituyen causal ni pueden ser consideradas como argumentos vállidos para declarar la nulidad de las votaciones.

Miércoles, Abril 16, 2014
Actor: 
Alí Manuel Corozo Mosquera
Num sentencia: 
131-2014-TCE
Palabras clave: 
Recurso ordinario de apelación contra resolución administrativa, por alteración de padrones electorales y por inconsistencias numéricas.
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