Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
En el caso, el Jurado Nacional de Elecciones consideró que no se encontraban suficientemente acreditados los acontecimientos, ni que estos fueran de una gravedad tal que supusieran una distorsión en la manifestación del ejercicio del derecho de sufragio de los pobladores de la provincia de Casma y que, consecuentemente, enmarcaran dentro de la causal de nulidad prevista en la Ley de Elecciones Municipales.
Fecha:
Lunes, Diciembre 21, 2009
Actor:
Walter Carlos Tineo Espejo, en su carácter de personero legal de la organización política “Perú Posible”
Palabras clave:
Nulidad. Proceso electoral. Causal de nulidad.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se ordenó la revocación de la sentencia condenatoria dictada por un juzgado penal electoral, en la que se sancionó a una ciudadana por haber efectuado un cambio de residencia hacia un corregimiento en donde habitualmente no residía. Dicha determinación, se sustentó en la existencia de un pronunciamiento previo a favor de la ciudadana que validó su cambio de residencia, razón por la cual dicha conducta no podía ser catalogada como un delito.
Actor:
Belén Betzaida Godoy Vásquez
Palabras clave:
Revocación. Delito. Residencia.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
El Jurado Electoral Especial de Ica dispuso excluir de oficio al señor Juan José Donayre Mendoza, de la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano, pese a estar ya registrado, por considerar que existía una sentencia condenatoria a pena privativa de la libertad que a su vez tenía la calidad de firme, apartándose de criterios interpretativos anteriores en sentido contrario.
Fecha:
Martes, Noviembre 17, 2009
Actor:
Carlo Ernesto Chávez Cornejo, en su carácter de personero legal del Partido Aprista Peruano
Palabras clave:
Pena privativa. Exclusión. Candidatura. Inhabilitación. Derechos políticos. Exclusión de oficio.
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Se desestimó la inconstitucionalidad de las restricciones temporales impuestas por la ley al desarrollo de las campañas electorales y a la emisión de avisos publicitarios proselitistas. Se señala que la desigualdad económica que existe entre los partidos aconseja establecer límites que garanticen la igualdad de oportunidades.
Palabras clave:
Derechos Electorales Fundamentales. Financiamiento Político. Fiscalización. Responsabilidad.
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Se consideró que no se acreditaron las irregularidades señaladas, consistentes en que en el escrutinio provincial ejecutado por la Junta Provincial Electoral se aprobaron en forma ilegal actas de la Junta Receptora del Voto que son nulas, así como se alteraron los kits electorales que contienen las papeletas electorales, las actas de escrutinio y demás documentos electorales. Por ello, se rechazó la solicitud de nulidad de elección.
Actor:
María Luisa Valle Hernández, en su calidad de candidata a Alcaldesa del cantón Colimes, provincia del Guayas, auspiciado por el Movimiento Patria Altiva i Soberana, Movimiento País, lista 35
Palabras clave:
Nulidad de elección. Escrutinio y cómputo.
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La Sala Superior decidió modificar el acuerdo impugnado y confirmar la medida cautelar adoptada en el mismo, la cual consistió en suspender la transmisión del promocional del precandidato del Partido Acción Nacional y sustituirlo por uno diverso en tanto se resolvía el fondo del procedimiento especial sancionador, porque generaban confusión en el electorado.
Fecha:
Miércoles, Febrero 17, 2010
Palabras clave:
Medidas cautelares. Elección. Gobernador.
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Se determinó confirmar la resolución del Tribunal Electoral de Michoacán que decidió declarar la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Yurécuaro, Michoacán, porque se acreditó la utilización y aprovechamiento de símbolos religiosos en la campaña electoral por parte del candidato ganador, lo cual trasciende en la libertad del voto y la equidad en la contienda.
Fecha:
Domingo, Diciembre 23, 2007
Actor:
Partido Revolucionario Institucional
Palabras clave:
Elección Ayuntamientos. Nulidad. Símbolos religiosos.
Enviado por Anónimo el 13 Febrero, 2014 - 13:49
Se estimó que no se acreditaron los agravios del actor por lo que rechazó el recurso contencioso electoral de apelación de adjudicación de puestos de asambleístas nacionales.
Actor:
Raúl Froilán Proaño Proaño, en calidad de mandatario de la Alianza RED-Polo democrático
Palabras clave:
Asignación. Representación proporcional.
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Se explica que las sentencias de la Cámara Nacional Electoral tienen fuerza obligatoria, lo que tiende a la uniformidad de la jurisprudencia y a la consolidación de la seguridad jurídica.
Palabras clave:
Sentecias. Fuerza obligatoria. Seguridad jurídica.
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Se consideró que en aras de salvaguardar los principios de certeza e irretroactividad, tratándose de la remoción de un servidor público, el cual haya sido designado por un órgano legislativo federal o local, para el ejercicio de su cargo por un periodo determinado, éste sólo puede ser privado del mismo mediando el procedimiento de remoción, siempre y cuando haya incurrido en alguna causa de responsabilidad, lo que no ocurrió en el caso en concreto.
Fecha:
Miércoles, Octubre 1, 2008
Actor:
Isidro Hildegardo Cisneros Ramírez
Palabras clave:
Consejero. Renovación escalonada. Remoción. Servidor público.
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