Cuota femenina y paridad. Imposibilidad de aplicar principio de paridad para elecciones de febrero de 2010. Reglas de paridad para papeleta presidencial y de alcaldías para elecciones de febrero de 2014.
Principio de autorregulación. Deber de partidos políticos de adecuar normativa interna para que se respeten normas de paridad y alternancia. Cuota femenina y paridad. Reglas de paridad y alternancia para integrar papeleta presidencial. Conformación de papeleta de alcaldías que respete principio de paridad y alternancia. Integración de papeletas de sindicaturas en que se respete paridad y alternancia. Reglas de paridad y alternancia en papeleta de intendencias.
Fecha:
Jueves, Mayo 13, 2010
Actor:
Denis Espinoza Rojas
Num sentencia:
3671-E8-2010
Palabras clave:
Principio de autorregulación, cuota femenina y paridad
Principio de preclusión y calendarización. Imposibilidad de aplicar retroactivamente normas de paridad en elecciones de febrero de 2010. Obligación de aplicar normas de paridad para elecciones de diciembre de 2010 y siguientes. Etapa preparatoria: Inscripción de candidaturas. Proceso electoral no inicia con inscripción de candidaturas. Cuota femenina y paridad. Evolución histórica de cuota femenina y paridad en Costa Rica.
Fecha:
Miércoles, Julio 22, 2009
Actor:
Diputadas y los Diputados integrantes de la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos de la Asamblea Legislativa
Estructura; Procesos internos. Estructura partidaria. Procesos internos. Reglas de integración de directorio político nacional de un partido político. Principio de autorregulación partidaria. Cuota femenina y paridad. Imposibilidad de aplicar reglas de paridad en Directorio Político Nacional. Reglas de paridad aplican en integración de estamentos en que se permita. Deber de mantener diferencia no mayor a uno entre ambos sexos en designación de miembros de Comité Ejecutivo Superior Nacional y suplencias.
Fecha:
Miércoles, Febrero 2, 2011
Actor:
Antonio Calderón Castro, Secretario General del partido Liberación Nacional
Autoridad comunal (alcalde) reelecta en mandatos consecutivos. Hechos en que se funda el requerimiento de remoción ocurrieron en el período alcaldicio anterior. Facultad fiscalizadora del Concejo Municipal. Legitimación activa de los requirentes. Interpretación integral y sistemática de las normas involucradas. Principios que inspiran el sistema democrático y probidad en el desempeño de la función pública.
Fecha:
Martes, Mayo 31, 2011
Actor:
Concejales señores Rodrigo Martínez Roca, Enrique Heck Escalante y Pedro Causadde Pitté, la defensa del Alcalde de Casablanca
La Sala Regional Xalapa consideró que, atendiendo a la finalidad de la cuota de género en las candidaturas postuladas por un partido político, ésta debe consistir en la aplicación de la proporción máxima de candidaturas para un mismo sexo (fijada en el sesenta por ciento del total) considerando a la planilla en su integridad, es decir, a las fórmulas de candidatos de manera conjunta y no a las candidaturas en lo individual.
Fecha:
Domingo, Junio 13, 2010
Actor:
Partido de la Revolución Democrática y Coalición "Mega Alianza Todos con Quintana Roo"
Num sentencia:
SX-JRC-17-2010
Palabras clave:
Cuota de género. Proporción máxima de candidaturas
Se reconoce que, si bien las cuotas electorales constituyen porcentajes establecidos en la ley para asegurar la participación de colectivos históricamente excluidos de los procesos electorales, por opción legislativa, el ordenamiento jurídico peruano ha incluido a las cuotas electorales en el sentido de que se incluya tanto a varones como mujeres en el número requerido para cumplir con el requisito de la cuota de género.
Fecha:
Jueves, Agosto 5, 2010
Actor:
Partido Político “Acción Popular”
Num sentencia:
J-2010-1033
Palabras clave:
Cuotas electorales. Asegura la participación de colectivos excluidos
Para el caso de las elecciones regionales, se precisa que el requisito de las cuotas electorales se computa por separado en cada una de las listas de candidatos presentada por una organización política, es decir, su cumplimiento se exige tanto para los candidatos titulares como accesitarios a los cargos de consejeros regionales.
Fecha:
Viernes, Agosto 6, 2010
Actor:
Partido Político “Acción Popular”
Num sentencia:
J-2010-1181
Palabras clave:
Elecciones regionales. Requisitos de las cuotas electorales
Se recuerda que el cumplimiento de las cuotas electorales no constituye un requisito que ex novo haya planteado el Jurado Nacional de Elecciones para las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Atendiendo a ello, las organizaciones políticas no pueden alegar como justificación para el incumplimiento de las mismas, los inconvenientes que se presentaron con el sistema informático utilizado para el registro de las solicitudes de inscripción de listas de candidatos.
Fecha:
Miércoles, Agosto 4, 2010
Actor:
Partido Político “Despertar Nacional”
Num sentencia:
J-2010-0905
Palabras clave:
Cuotas electorales. requisitos para elecciones regioanles y municipales
Se precisa que las renuncias formuladas con posterioridad a la presentación de la lista de candidatos no afecta su calificación inicial ni genera un nuevo cálculo, toda vez que el porcentaje mínimo exigido de las cuotas electorales provienen del número de consejerías que tiene cada gobierno regional, según lo establecido por el Jurado Nacional de Elecciones.