La sentencia de cuatro de mayo de dos mil dieciséis, emitida Sala Regional correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de Xalapa, Estado de Veracruz, en el expediente SX-JDC-160/2016, correspondiente a la impugnación de la negativa de registro para contender al cargo de Diputada local, lo anterior al no haber cumplido el requisito del porcentaje de firmas de respaldo ciudadano, conforme a lo dispuesto en el Código Electoral local.
La sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León, el veintiuno de enero de dos mil dieciséis, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave SM-JDC-674/2015, en el que el ahora actor controvirtió algunos de los preceptos del Reglamento de Candidaturas Independientes del Estado de Zacatecas emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas mediante Acuerdo AC
La resolución de quince de marzo de dos mil dieciséis, en el expediente JIN/005/2016, del Tribunal Electoral de Quintana Roo, que revocó el acuerdo IEQROO/CG/A-044/2016, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de esa Entidad Federativa, que aprobó la solicitud de registro del actor como aspirante a candidato independiente a Gobernador de esa entidad federativa.
La sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey de este Tribunal Electoral, respecto a la inaplicación de preceptos que restringen la participación de las candidaturas independientes en la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional, cuestión que, a juicio del actor, trastoca su derecho político electoral de ser votado.
De la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, la omisión de incluir en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral un recurso efectivo para que, los candidatos independientes, puedan controvertir las sentencias que dicten las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como del Congreso del Estado de Baja California, la inexistencia de un sistema de medios de impugnación idóneo para que los candidatos independientes puedan acceder a la justicia; y de la Sala Regional del
La sentencia emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco, en los juicios SG-JRC-98/2016 y acumulado, en la que confirmó la resolución del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California que, a su vez, confirmó el cómputo distrital y la validez de la elección de diputados realizado por el Consejo Distrital Electoral 03 del Instituto Estatal Electoral de ese Estado, sede en Mexicali, ostentándose la actora como candidata independiente a diputada
La resolución INE/CG572/2016, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen Consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a Diputados Constituyentes en la Ciudad de México, y por el cual se sancionó al actor con multa de $273,753.92 pesos (doscientos setenta y tres mil setecientos cincuenta y tres pesos 92/100), por omitir registrar en tiempo real operaciones de gastos en el Sistema Integral de Fiscalización y por omitir reportar el costo de producción de un spot de radio.
La resolución INE/CG572/2016, emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral el catorce de julio de dos mil dieciséis, relativa a las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos al cargo de diputados, correspondiente al proceso electoral por el que se integrará la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.