Acuerdos INE/CG387/2017, y INE/CG455/2017, de veintiocho de agosto y siete de octubre de dos mil diecisiete, respectivamente, relativos a los Lineamientos para la Verificación del Porcentaje de Apoyo Ciudadano que se requiere para el Registro de Candidaturas Independientes a Cargos Federales de Elección Popular para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, y el diverso referido mediante el cual se modificó las bases Cuarta y Quinta de la Convocatoria, a fin de incorporar la prórroga ordenada al plazo originalmente establecido para la presentación del escrito de manifestación de intención par
La fecha límite para presentar la manifestación de intención para postularse como candidato independiente prevista en la base Cuarta de la Convocatoria para el Registro de Candidaturas Independientes a la Presidencia de la República, Senadurías o Diputaciones Federales por el Principio de Mayoría Relativa, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2860/2017, de fecha catorce de octubre de esa anualidad, signado por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral a través del cual requirió diversas cuestiones al ahora actor en relación con el escrito de manifestación de intención que presentó para postular una candidatura independiente al cargo de Presidente de la República.
Acuerdos INE/CG387/2017, de fecha veintiocho de agosto de ese año, e INE/CG454/2017, de cinco de octubre de la misma anualidad, ambos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativos a la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular para el proceso electoral federal 2017-2018, impugnados por el ahora actor en su calidad de aspirante a candidato independiente.
Determinación mediante oficio INE/DEPP/DE/DPPF/2807/2017, de doce de octubre de esa anualidad, de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, que tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor para obtener su registro como candidato independiente al cargo de Presidente de la República, por no cubrir los requisitos establecidos en la legislación electoral y Reglamento de Elecciones de ese Instituto.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2646/2017, de tres de octubre del mismo año, mediante la cual el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electora,l tuvo por no presentada la manifestación de la intención del actor para postularse como aspirante a candidato independiente al cargo de Presidente de la República en razón de inconsistencias no subsanadas.
La omisión del Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral de atender una queja que se afirma fue presentada por correo electrónico; la omisión de la Supervisora de Registro de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral de entregarle diversa documentación relacionada con la Convocatoria para el Registro de Candidaturas Independientes a la Presidencia de la República, Senadurías o Diputaciones Federales por el Principio de Mayoría Relativa para el Proceso Electoral Federal 2017- 2018; el Acuerdo
Acuerdo General y Convocatoria para el Registro de Candidaturas Independientes a la Presidencia de la República, Senadurías o Diputaciones Federales por el Principio de Mayoría Relativa para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, emitidos por el Instituto Nacional Electoral en fecha ocho de septiembre de dos mil diecisiete. .
Acuerdo INE/CG387/2017,“de fecha veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se establecen los Lineamientos para la Verificación del Porcentaje de Apoyo Ciudadano que se requiere para el Registro de Candidaturas Independientes a Cargos Federales de Elección Popular para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
Resolución INE-CG145/2017, de tres de mayo de dos mil diecisiete, emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativa a la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de Gobernador del Estado de Nayarit, y en el cual se determinaron irregularidades en el Dictamen consolidado.