Los hechos base que sustentan los escritos presentados por el actor ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y en los que manifestó que el Instituto Nacional Electoral vulneró sus derechos político-electorales de votar y ser votado como candidato independiente.
La omisión de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, de dar respuesta a la manifestación de intención presentada por el ahora actor en su calidad de candidato independiente a Presidente de la República, previo desahogo de inconsistencias decretadas en su contra.
Acuerdo INE/CG514/2017, aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en fecha ocho de noviembre de dos mil diecisiete, a través del cual se modifican los diversos INE/CG387/2017, e INE/CG455/2017, relativos a la obtención del porcentaje de apoyo ciudadano, y se da respuesta a los escritos presentados por aspirantes.
Acuerdo INE/CG514/2017, de fecha ocho de noviembre de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se modifican los diversos INE/CG387/2017, e INE/CG455/2017, relacionados con la obtención del porcentaje de apoyo ciudadano y se da respuesta a los escritos presentados por aspirantes.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3428/2017, de diez de noviembre de esa anualidad, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual da respuesta a la consulta promovida por Federico Cánovas Gómez Urquiza, respecto a la recaudación de firmas de apoyo en cédula física, en las entidades federativas de Chiapas, Oaxaca y Veracruz.
Respuesta contenida en el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3232/2017, de fecha tres de noviembre de dos mil diecisiete, emitida por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior en el juicio ciudadano SUP-JDC-989/2017, respecto de cuestiones relacionadas, entre otros aspectos, al procedimiento para recabar el apoyo ciudadano requerido para ser registrado como candidato independiente, impugnación esta del actor en su calidad de aspirante a candidato independiente a Presidente de los Estados Un
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3164/2017, de tres de noviembre de ese año, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor para postularse como aspirante a candidato independiente al cargo de Presidente de la República, en razón de no subsanar inconsistencias detectadas.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2981/2017, de veinte de octubre de esa anualidad, emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante la cual se tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor para postularse como aspirante a candidato independiente a Presidente de la República, en virtud de que el promovente no presentó la totalidad de la información requerida por la autoridad.
Acuerdo INE/CG514/2017, de de ocho de noviembre de ese año, a través del cual se modificó el acuerdo INE/CG387/2017, en lo que corresponde al régimen de excepción y que, además, contenía la respuesta a distintos escritos presentados por los aspirantes a candidaturas independientes, entre ellos los del actor en su carácter de aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República, y modificó nuevamente los plazos para la obtención de apoyo ciudadano.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2960/2017, de veinte de octubre de esa anualidad, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a través del cual se declaró por no presentada la manifestación de intención del actor para postularse como aspirante a candidato independiente a Presidente de la República. Asimismo, la parte actora solicitó el ejercicio de la facultad de atracción del presente asunto por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.