El segundo oficio que tiene por no presentada la manifestación de intención del actor para obtener la calidad de aspirante a candidato independiente a diputado federal.
La resolución dictada por el Consejo Distrital I del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, mediante la cual determinó no procedente su derecho a ser registrados como candidatos independientes, propietario y suplente, respectivamente.
La resolución del veintiséis de agosto del presente año, dictada por la Sala Constitucional-Electoral del Tribunal Superior de Justicia de la entidad federativa señalada, que desechó el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano nayarita, identificado con la clave SC-E-JDCN-43/2014
Las disposiciones en la convocatoria que establecen las bases a cumplir con las ciudadanas y ciudadanos interesados en participar como candidatos independientes en las elecciones federales a celebrarse el año 2015, así como los criterios aplicables para el registro de candidatas y candidatos a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal 2014-2015.
El oficio INE-JDE10/1320/14, a través del cual, el Vocal Ejecutivo de la 10 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz (en adelante "la responsable") tuvo por no presentada su solicitud de intención para obtener el registro como aspirante a candidato independiente a diputado federal, en el distrito federal electoral 10 de la entidad referida.
El oficio JDE 26-DF/00547/2014 emitido por la Vocal Ejecutiva de la 26 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Distrito Federal, relacionado con el registro de candidatas y candidatos independientes a Diputadas y Diputados por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.
Resolución contenida en el oficio INE/JDE/623/2014, emitida por la Junta Distrital del Instituto Nacional Electoral, en el distrito electoral federal 3, en el estado de Guerrero, que declaró tener por no presentada la solicitud del actor, para contender como candidato independiente a diputado federal de mayoría relativa, por el indicado distrito electoral federal