22 Julio, 2009
Principio de preclusión y calendarización. Imposibilidad de aplicar retroactivamente normas de paridad en elecciones de febrero de 2010. Obligación de aplicar normas de paridad para elecciones de diciembre de 2010 y siguientes. Etapa preparatoria: Inscripción de candidaturas. Proceso electoral no inicia con inscripción de candidaturas. Cuota femenina y paridad. Evolución histórica de cuota femenina y paridad en Costa Rica.
8 Febrero, 2008
En respuesta a una petición de interpretación el tribunal resolvió: que el artículo 14 del Código Municipal se interpreta en el sentido que, en las elecciones de diciembre del 2010, se escogerán determinados funcionarios y que el nombramiento de éstos se extenderá hasta que los electos en febrero del 2016 asuman el cargo. Asimismo, que esto ocurrirá con el régimen electoral municipal. Sin embargo, que de acuerdo con la normativa vigente: a) no es posible extender los efectos de la reforma legal a los funcionarios electos en las elecciones de diciembre del 2006; b) resulta jurídicamente imposible que el nombramiento de los funcionarios municipales electos en diciembre del 2006 se acorte o se extienda más allá de lo establecido previamente, por ser contrario al principio de soberanía popular.
5 Febrero, 2008
En esta sentencia se desestimó el recurso de amparo electoral en el que se reclamó que a un diputado se le hubiera impedido asistir a la sesión de un Concejo Municipal a la que acudiría el Presidente de la República y a la cual se había invitado a la comunidad. Lo anterior, porque el hecho en cuestión no afectó el derecho de participación política del actor, ya que finalmente la reunión en cuestión no se llevó a cabo por falta de quórum.
30 Enero, 2008
Se desahogó una consulta en la que se resolvió, esencialmente: 1. Que el decreto de convocatoria a elecciones comprende la posibilidad de una segunda votación. 2. En términos generales, si esto ocurre, se mantendrían las prerrogativas y cuestiones operativas de la primera vuelta. 3. Tendrían que presentarse los permisos de reuniones en el plazo. 4. El límite de veinticinco plazas públicas que pueden ser financiadas mediante la contribución estatal se computaría en forma conjunta para todo el proceso electoral, y 5. Estaría prohibida la difusión o publicación de sondeos de opinión o encuestas durante los días relativos, entre otros..
12 Abril, 2007
Para el tribunal, lo procedente fue autorizar la recolección de firmas, pues aunado a otras consideraciones, no se estaba en alguno de los supuestos de inadmisibilidad previsto por el artículo 105 constitucional (relativas al tipo de materia del que pueden ser objeto), y si bien en el “Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica - Estados Unidos”(TLC)” existen algunas disposiciones en relación con dicha medida, éstas son instrumentales en relación a la consecución comercial de dicho tratado, y deben ser leídas restrictivamente para garantizar el principio pro participación.