Resolución de fecha 29 de marzo de 2012 mediante la cual se niega su registro como acandidato al cargo de Diputado Federal Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el distrito electoral número 05, en Sonora.Resolución de fecha 29 de marzo de 2012 mediante la cual se niega su registro como acandidato al cargo de Diputado Federal Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el distrito electoral número 05, en Sonora.
En contra del Acta de la Sesión No. 9, especial de fecha 29 de Marzo del 2012, Signado por Los CC. Lics.Faustino Velázquez Noriega y Lic. Santos Andrade Torres, en su carácter de Consejero Presidente del Consejo Distrital y Secretario de Dicho Consejo, respectivamente, radicado con Número A09/SIN/CD05/29-03-12
En contra de A09/SIN/CD06/29-03-12: Acuerdo del 06 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en el Estado de Sinaloa, para el registro de fórmulas de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa presentadas por los partidos: Revolucionario Institucionalo y Nueva Alianza, con e fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2011-2012, emitido el veintinueve de Marzo del 2012, en sesión Especial celebrada por el Consejo Distrital del 06 Distrito Electoral Federal del Instituto Federal Electoral en el Estado de Sinaloa.
En contra del Acuerdo de fecha 29 del mes de Marzo del año dos mil doce, dictado por el Consejo Distrital 08 del Distrito Electoral Federal del Instituto Federal Electoral en Sinaloa que niega registro como Candidato Ciudadano Independiente Propietario a Diputado por el 08 Distrito Electoral Federal.
El acuerdo CG191/2012 emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, que entre otras cuestiones, declaró improcedente la solicitud de registro del actor como candidato independiente al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Resolución de 22 de marzo de 2012, en el oficio CD01/311/12, la cual declara improcedente la solicitud de registro como candidato a diputado federal por principio de mayoría relativa.
Resolución de 22 de marzo de 2012, en el oficio CD01/311/12, la cual declara improcedente la solicitud de registro como candidato a diputado federal por principio de mayoría relativa.
Resolución de fecha 29 de marzo de 2012 mediante el cual se niega mi registro como candidato al cargo de Diputado Federal por el Principio de Mayoría Relativa.
Solicita amparo en contra del IFE y TRIFE con motivo de la presunta violación a su derecho de petición con motivo de la solicitud de registro como candidato independiente a la Presidencia de la República.