Acuerdo CG/AC-001/18, de seis de enero del dos mil dieciocho, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, mediante el cual se pronuncia respecto de las manifestaciones de intención presentadas por parte de las y los ciudadanos interesados en contender bajo la figura de candidatura independiente para el proceso electoral estatal ordinario 2017-2018.
Acuerdo CG/AC-001/18, de seis de enero de dos mil dieciocho, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, mediante el cual se determinó no otorgar al actor la calidad de aspirantes a una candidatura independiente a la planilla para integrar el Ayuntamiento de Amozoc, Puebla en el proceso electoral estatal ordinario 2017-2018.
Acuerdo CG/AC-001/18, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, por el que se pronuncia respecto de las manifestaciones de intención presentadas por parte de las y los ciudadanos interesados en contender bajo la figura de candidatura independiente para el proceso electoral estatal ordinario 2017-2018.
Acuerdo IECM/ACU-CG-98-2017, de dieciséis de diciembre de esa anualidad, emitido por el Instituto Electoral de la Ciudad de México, que determinó la improcedencia de la solicitud de registro del actor para contender en la elección de diputados para el Congreso de la Ciudad de México, en el proceso electoral ordinario 2017-2018.
Sentencia de cinco de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, en el expediente TECDMX-JLDC-620/2017, que confirmó la negativa de registro de los actores como aspirantes a candidatos sin partido a una Diputación Local, decretada en acuerdo del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Sentencia de cinco de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, en el expediente TECDMX-JLDC-610/2017, que confirmó el Acuerdo IECM/ACU-CG-098/2017, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México en fecha catorce de diciembre de dos mil diecisiete, respecto a tener por improcedente la solicitud de registro de la fórmula encabezada por el actor.
Sentencia de cinco de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, en el expediente TECDMX-JLDC-614/2017, mediante la cual se confirma la improcedencia de registro del actor como candidato sin partido, con base en el requerimiento emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, y no desahogado por el promovente.
Sentencia de cinco de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, en el expediente TECDMX-JLDC-604/2017, y acumulado, que confirmó la negativa de registro del actor como aspirante a candidato sin partido a la Alcaldía de Iztacalco, visible en acuerdo IECM/ACU-CG-097/2017, de catorce de diciembre de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Sentencia de cinco de enero de dos mil dieciocho, emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, en el expediente TECDMX-JLDC-0609/2017, mediante la cual confirmó la improcedencia del registro del actor como aspirante a candidato sin partido a la Alcaldía de la demarcación territorial de Miguel Hidalgo.
Sentencia de cinco de enero de dos mil dieciocho, emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en el expediente TECDMX-JLDC-611/2017, que confirmó el acuerdo IECM/ACU-CG-097/2017, de catorce de diciembre de dos mil diecisiete, por medio del cual el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México declaró improcedente la solicitud presentada por la actora como aspirante a candidata sin partido al cargo de Alcaldesa en la Demarcación Territorial Cuauhtémoc en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.