Sentencias y jurisprudencias electorales en el mundo

La justicia electoral protege intrínsecamente los derechos fundamentales establecidos en las normativas constitucionales y los marcos jurídicos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos del Humanos o las Convenciones Interamericana y Europea sobre Derechos Humanos. Por ello, la Dirección General de Relaciones Institucionales Internacionales implementó este proyecto, con el cual se pone al alcance de la ciudadanía un resumen de las sentencias y jurisprudencias más relevantes de las autoridades de otros países y tribunales internacionales encargados de impartir justicia electoral, a partir de un lenguaje ciudadano y que busca acercar a la ciudadanía hacia temas sobre constitucionalismo, democracia y justicia electoral.

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Últimas sentencias

nombre República Dominicana
Institución: Tribunal Superior Electoral
Fecha: 4 de julio de 2020
Tema: Ejercicio del voto
Tipo de documento: Sentencia
Sentencia: TSE-699-2020

Resumen:

El Tribunal Superior Electoral estableció que, para las elecciones del 5 de julio, toda persona que se encontrara en la fila para sufragar, podría ejercer su derecho al voto aun pasadas las 5:30 horas.

Palabras clave:

Certeza, legalidad

nombre España
Institución: Junta Electoral Central
Fecha: 1 de julio de 2020
Tema: Propaganda electoral
Tipo de documento: Acuerdo
Sentencia: 113/2020

Resumen:

Ante la consulta de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos (Correos), la Junta Electoral Central (JEC) opinó que no procede paralizar la distribución postal de la propaganda electoral del Vox para las elecciones autonómicas en Galicia y el País Vasco, pues no consideró que los mensajes en los envoltorios vulneraran derechos fundamentales. Adicionalmente, instó a Correos a reanudar, de inmediato, su distribución.

Palabras clave:

Propaganda electoral, simbolo oficial, jornada electoral 

nombre España
Institución: Junta Electoral Central
Fecha: 1 de julio de 2020
Tema: Propaganda electoral
Tipo de documento: Acuerdo
Sentencia: 119/2020

Resumen:

La Junta Electoral Central determinó que el uso de mascarillas que incorporen la bandera de España carece de connotaciones propagandísticas y, por tanto, no infringe el artículo 93 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Palabras clave:

Propaganda electoral, simbolo oficial, jornada electoral