La justicia electoral protege intrínsecamente los derechos fundamentales establecidos en las normativas constitucionales y los marcos jurídicos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos del Humanos o las Convenciones Interamericana y Europea sobre Derechos Humanos. Por ello, la Dirección General de Relaciones Institucionales Internacionales implementó este proyecto, con el cual se pone al alcance de la ciudadanía un resumen de las sentencias y jurisprudencias más relevantes de las autoridades de otros países y tribunales internacionales encargados de impartir justicia electoral, a partir de un lenguaje ciudadano y que busca acercar a la ciudadanía hacia temas sobre constitucionalismo, democracia y justicia electoral.
¡Les invitamos a explorar esta sección y a difundirla a través de Twitter y Facebook!
Ordenar por:
Resumen:
El asunto surgió a raíz de una demanda (Nº 8513/11) contra la República de Azerbaiyán presentada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en virtud del artículo 34 de la Convención por un nacional azerbaiyano, el Sr. Baybala Alibala oglu Abil, el 5 de enero de 2011.
El TEDH determinó que se había infringido el derecho al actor de presentarse como candidato a las elecciones, garantizado por el artículo 3 del Protocolo Nº 1 del CEDH.
Palabras clave:
Elecciones, cancelación del registro, actos anticipados de campaña
Resumen:
La Junta Electoral Central desestimó el recurso interpuesto por el representante del PSdeG-PSOE contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Galicia de 26 de febrero de 2020, por el que resuelve la denuncia de dicho partido en relación con la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la convocatoria del programa "casas nido" de la Xunta de Galicia, estando convocadas las elecciones al Parlamento de Galicia de 5 de abril de 2020.
Palabras clave:
Resolución administrativa, programa social, campaña institucional
Resumen:
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió dejar sin efecto la asignación del Fondo Partidario Permanente de 2019. También estableció que se notifique a los 24 partidos y movimientos nacionales los resultados que obtuvieron en los últimos procesos eleccionarios, antes de efectuar el recálculo para la asignación. Asimismo, pide al Consejo Nacional Electoral hacer cumplir la Constitución y el Código de la Democracia, en donde se establece que los movimientos que han logrado más del 5% de votos válidos, en dos elecciones consecutivas, deben iniciar su trámite para convertirse en partidos.
Palabras clave:
Organizaciones políticas, financiamiento, fondo partidario permanente