La justicia electoral protege intrínsecamente los derechos fundamentales establecidos en las normativas constitucionales y los marcos jurídicos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos del Humanos o las Convenciones Interamericana y Europea sobre Derechos Humanos. Por ello, la Dirección General de Relaciones Institucionales Internacionales implementó este proyecto, con el cual se pone al alcance de la ciudadanía un resumen de las sentencias y jurisprudencias más relevantes de las autoridades de otros países y tribunales internacionales encargados de impartir justicia electoral, a partir de un lenguaje ciudadano y que busca acercar a la ciudadanía hacia temas sobre constitucionalismo, democracia y justicia electoral.
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Resumen:
La redistribución de escaños parlamentarios en el marco de circunscripciones fusionadas no viola el principio de igualdad de sufragio, aunque se produzcan algunas distorsiones entre circunscripciones. Está constitucionalmente permitido restringir, por ley, la nominación de candidatos a través de elecciones primarias con el fin de obtener la cuota de género requerida de candidatos para un partido político o alianzas electorales. Reducir el nivel de apoyo de los votantes requerido para la creación de un partido regional, que es inferior al apoyo que necesita un candidato independiente, no infringe el principio constitucional de igualdad entre ambos tipos de candidatura.
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Género