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SM -JDC-31/2022CRITERIO: LAS CONSULTAS A LOS PUEBLOS INDÍGENAS PUEDEN SER EXIGIDAS POR CUALQUIERA DE SUS INTEGRANTES.
SM -JDC-216/2019CONSULTA PREVIA A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS. EL MÉTODO DE ELECCIÓN PARA LA VALIDEZ DE DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES EN EL PROCESO DE ELECCIÓN MUNICIPAL REALIZADO POR EL AYUNTAMIENTO, ES UN REQUISITO EN LA CONVOCATORIA.
ST -JRC-15/2019
SUP-CDC-1/2019CASO: PLAZO DE LAS COMUNIDADES Y PERSONAS INDÍGENAS PARA PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN RELACIONADOS CON SUS PROCESOS ELECTIVOS EL MÉTODO DE ELECCIÓN PARA DECIDIR SOBRE EL CRITERIO QUE DEBE PREVALECER ES EL QUE MAXIMICE LAS NORMAS FUNDAMENTALES, ES DECIR DEBE PREVALECER EL CRITERIO QUE SEA MÁS ACORDE CON LA CONSTITUCIÓN Y CON LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
SUP-JDC-1049/2021CASO: PROCESOS INTERNOS DE MORENA SE DEBE AGOTAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, YA QUE LOS ACTOS INTRAPARTIDISTAS PUEDEN SER REPARADOS, PUES LA IRREPARABILIDAD SÓLO OPERA EN AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE ALGUNA DISPOSICIÓN CONSTITUCIONAL O LEGAL
SUP-JDC-1041/2021CASO: REGISTRO DE LAS CANDIDATAS SUSTITUTAS A DIPUTADAS FEDERALES PROPIETARIAS POR EL PRINCIPIO DE RP DE MORENA AUN Y CUANDO LAS PERSONAS DESIGNADAS COMO CANDIDATAS NO PARTICIPARON EN EL PROCESO DE SELECCIÓN AL INTERIOR DE MORENA, SU REGISTRO OBEDECIÓ A UNA DECISIÓN INTERNA DE DICHO PARTIDO POLÍTICO, MOTIVADA POR LA EXISTENCIA DE UNA CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA, POR LO QUE SE ESTIMÓ QUE EL ACUERDO CONTROVERTIDO SE ENCONTRABA AJUSTADO A DERECHO
SUP-JDC-257/2017EL CAMBIO DE LOS LÍMITES TERRITORIALES DE LOS MUNICIPIOS DE VILLA VICTORIA Y SAN FELIPE DEL PROGRESO CONSTITUYE UNA TEMÁTICA QUE CORRESPONDE AL ÁMBITO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL Y ESTATAL.
SUP-JDC-114/2017DERECHO AL VOTO COMO REPRESENTANTE INDÍGENA.
SUP-JDC-109/2017UN REPRESENTANTE INDÍGENA, TIENE DERECHO A PARTICIPAR CON VOZ EN TODAS LAS SESIONES DE CABILDO.
SUP-JDC-2010/2016CONFLICTOS ELECTORALES EN LOS MUNICIPIOS QUE SE RIGEN POR SISTEMAS NORMATIVOS INTERNOS.
SUP-JDC-1915/2016LA SALA SUPERIOR CARECE DE FACULTADES PARA ORDENAR MODIFICACIONES A LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS.
SUP-JDC-160/2016LA ASAMBLEA GENERAL COMUNITARIA ES EL MÁXIMO ÓRGANO DE DECISIÓN AL INTERIOR DE LA COMUNIDAD, AL CUAL LE CORRESPONDE ADOPTAR LAS DECISIONES QUE RESULTEN TRASCENDENTALES PARA LA COMUNIDAD, EN ESPECÍFICO, RESPECTO DE LAS NORMAS Y COSTUMBRES RELACIONADAS CON SUS SISTEMAS NORMATIVOS ELECTORALES.
SUP-JDC-1865/2015EL DERECHO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS A LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LOS RECURSOS QUE PROPORCIONALMENTE LE CORRESPONDAN DERIVA DEL DEBER DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE DETERMINAR EQUITATIVAMENTE LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES PARA FINES ESPECÍFICOS.
SUP-JDC-1714/2015LA AUTORIDAD ELECTORAL ADMINISTRATIVA LOCAL DEBE ASEGURARSE QUE LOS RESPECTIVOS NOMBRAMIENTOS SE REALICEN REAL Y AUTÉNTICAMENTE CONFORME A LAS NORMAS DE DERECHO INDÍGENA DE LAS COMUNIDADES.
SUP-JDC-1288/2015LOS SISTEMAS NORMATIVOS INDIÍGENAS. LAS NORMAS PROCESALES DEBEN SER INTERPRETADAS EN LA FORMA QUE LES RESULTE MÁS FAVORABLE, DE MANERA QUE NO SE LES EXIJA LA SATISFACCIÓN DE REGLAS O CARGAS PROCESALES IRRACIONALES O DESPROPORCIONADAS.
SUP-JDC-325/2014LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL DEBE VALIDAR LAS ASAMBLEAS REALIZADAS POR UNA COMUNIDAD INDÍGENA.
SUP-JDC-1148/2013SISTEMAS DE ELECCIÓN INTERNA QUE SE SUSTENTEN EN PRÁCTICAS DISCRIMINATORIAS DEBEN CONSIDERARSE CONTRARIAS A DERECHO.
SUP-JDC-1011/2013DE UN CONFLICTO RESPECTO DE LAS NORMAS Y PRÁCTICAS APLICABLES EN LA COMUNIDAD, PRIVILEGIAR EN TODO MOMENTO EL RESPETO A SU SISTEMA NORMATIVO INTERNO, LO CUAL REPRESENTA GARANTIZAR SU DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN Y AUTOGOBIERNO
SUP-JDC-3205/2012EL CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA TIENE FACULTADES DISCRECIONALES PARA DESIGNAR UN CONSEJO MUNICIPAL EN UNA COMUNIDAD POR USOS Y COSTUMBRES.
SUP-JDC-3189/2012EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE CERTEZA, IMPIDE VOLVER A LAS ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL YA CONCLUIDAS, AÚN CUANDO SE TRATE DE ELECCIONES POR USOS Y COSTUMBRES.
SUP-JDC-3131/2012EL DERECHO A LA CONSULTA PARA DETERMINAR SI LA ELECCIÓN ES O NO POR EL RÉGIMEN DE USOS Y COSTUMBRES, DEBE CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS DE CERTEZA Y SEGURIDAD JURÍDICA.
SUP-JDC-3119/2012LAS DILACIONES INJUSTIFICADAS PARA PRACTICAR UNA ELECCIÓN POR USOS Y COSTUMBRES VULNERA EL DERECHO AL VOTO E INFRINGE EL PRINCIPIO DE CERTEZA.
SUP-JDC-3116/2012LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL LOCAL DEBE GENERAR LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES EXTRAORDINARIAS POR USOS Y COSTUMBRES.
SUP-JDC-1895/2012TRATÁNDOSE DE ASOCIACIONES INDÍGENAS QUE PRETENDAN CONSTITUIRSE COMO UN PARTIDO POLÍTICO, LAS LEYES DEBEN INTERPRETARSE DE MANERA GARANTISTA.
SUP-JDC-1640/2012LOS USOS Y COSTUMBRES NO DEBEN VULNERAR LOS DERECHOS HUMANOS.
SUP-JDC-273/2012EN EL SISTEMA DE USOS Y COSTUMBRES NO SON VÁLIDOS LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR UNA “COMISIÓN NEGOCIADORA” DESPUÉS DE LA JORNADA ELECTORAL.
SUP-JDC-193/2012PARA RECONOCER LA CALIDAD DE INDÍGENA, BASTA CON QUE UN CIUDADANO AFIRME PERTENECER A ALGUNA COMUNIDAD DE ESAS CARACTERÍSTICAS.
SUP-JDC-215/2008DERECHO DE SER VOTADO EN LA VERTIENTE DE PERMANENCIA EN EL CARGO.
SUP-JDC-11/2007LAS AUTORIDADES ELECTORALES DEBEN REMOVER LOS OBSTÁCULOS QUE DIFICULTEN EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LOS INDÍGENAS Y DEBEN SUPLIR LA QUEJA EN FORMA TOTAL.
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SG -JDC-168/2018La exigencia de dispersión territorial de los apoyos puede resultar desproporcional y violatorio al principio constitucional de equidad
SG -JDC-27/2018Si un ciudadano perteneciente a una comunidad indígena pretende contender de manera independiente, el actuar de la autoridad administrativa debe estar encaminado a otorgarle las facilidades para el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, o, en caso de alguna omisión o inconsistencia en la presentación de éstos, buscar la interpretación del marco normativo que más protegiera el derecho humano de ser postulado a un cargo de elección popular del ciudadano
SM -JDC-401/2020DISPERSIÓN SECCIONAL. SU EXIGENCIA RESTRINGE EL DERECHO POLÍTCIO-ELECTORAL A SER VOTADO POR LA VÍA INDEPENDIENTE.
SM -JDC-479/2017REGISTRO Y OBTENCIÓN DE APOYO CIUDADANO DE ASPIRANTES A CANDIDATOS INDEPENDIENTES
ST -JDC-37/2020
SUP-CDC-2/2018EL PROCEDIMIENTO LEGAL ESTABLECIDO ESTÁ CONFORMADO POR UNA SERIE DE ETAPAS QUE IMPONE, A QUIENES PRETENDAN PARTICIPAR BAJO LA MODALIDAD INDEPENDIENTE, LA OBLIGACIÓN DE CUMPLIR CON LAS CONDICIONES NECESARIAS PRESCRITAS POR LA LEY Y CONFORME A ESTA. ASIMISMO, ATRIBUYE A LA AUTORIDAD ELECTORAL LAS FACULTADES NECESARIAS PARA HACER EFECTIVA SU OBSERVACIÓN
SUP-JDC-133/2023CASO. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE COAHUILA, MEDIANTE EL CUAL SE RESUELVE LA VERIFICACIÓN DE LAS MUESTRAS DE APOYO DE LA CIUDADANÍA DEL ASPIRANTE JUAN CRISTÓBAL CERVANTES HERRERA, PARA PARTICIPAR COMO CANDIDATO INDEPENDIENTE AL CARGO DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, EN EL MARCO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2023. EL TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRÉS, LA SALA SUPERIOR EMITIÓ EL ACUERDO GENERAL 1/2023, CON LA FINALIDAD DE QUE LAS PERSONAS JUSTICIABLES TUVIERAN PLENO CONOCIMIENTO DE CUÁLES SERÍAN LAS REGLAS PROCESALES APLICABLES PARA LA SUSTANCIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN.
SUP-JDC-10065/2020CASO. MANIFESTACIÓN DE EJERCER UN DERECHO HUMANO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA LA VIABILIDAD O UTILIDAD DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN, DEPENDE TAMBIÉN DE LA EXISTENCIA O NO DE UN ACTO CONCRETO DE APLICACIÓN DE LA NORMA CUYA INCONSTITUCIONALIDAD SE RECLAMA, PUES EL ANÁLISIS DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA ESTARÍA SIEMPRE ACOTADO AL ACTO CONCRETO DE AUTORIDAD, DE FORMA TAL QUE, DE RESULTAR FUNDADO EL PLANTEAMIENTO, LA INAPLICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ESTARÍA REFERIDA AL CASO CONCRETO, LO QUE SE TRADUCE EN QUE EL ACTO CUESTIONADO NO PODRÁ FUNDARSE EN LA DISPOSICIÓN INAPLICADA
SUP-JDC-161/2018EN FUNCIÓN DE LA OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL DE MAXIMIZAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, OTORGANDO EN TODO MOMENTO LA PROTECCIÓN MÁS ALTA, ANTE UNA VIOLACIÓN AL DERECHO HUMANO SE DEBE RESTAURAR SU EJERCICIO. LA REPARACIÓN SE DEBE DAR REESTABLECIENDO LA SITUACIÓN JURÍDICA ANTERIOR.
SUP-JDC-140/2018EL SISTEMA DE NULIDADES ESTÁ RESERVADA PARA LAS SALAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUP-JDC-117/2018LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA CONSISTENTE EN HABER CONSENTIDO EL ACTO QUE CAUSA AFECTACIÓN A LA ESFERA JURÍDICA DE UN ACTOR, PUEDE ACTUALIZARSE A TRAVÉS DE DOS SUPUESTOS, A SABER: 1. EL CONSENTIMIENTO EXPRESO, Y 2. EL CONSENTIMIENTO IMPLÍCITO, EL CUAL DERIVA DE LA FALTA DE IMPUGNACIÓN DE TALES ACTOS EN EL PLAZO PREVISTO POR LA LEY
SUP-JDC-112/2018LA IGUALDAD DE CONDICIONES ENTRE LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES Y LOS POSTULADOS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS SE GARANTIZAR EN LA ETAPA DE LA CAMPAÑA, CUANDO TODOS ACCEDEN A TIEMPOS EN RADIO Y TELEVISIÓN AL MISMO TIEMPO
SUP-JDC-16/2018LA NOTIFICACIÓN, CONSTITUYE UN ACTO SOLEMNE EN VIRTUD DEL CUAL, LA AUTORIDAD COMPETENTE SALVAGUARDA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA DE LOS SUJETOS INTERESADOS
SUP-JDC-1165/2017LINEAMIENTOS Y CONVOCATORIA PARA REGISTRO DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES A GOBERNADOR DE TABASCO.
SUP-JDC-1147/2017MAGISTRADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, SU DESIGNACIÓN SE DIO CONFORME A LAS NORMAS PREVISTAS, ADEMÁS DE QUE EL ACTO ESTÁ FUNDADO Y MOTIVADO, PUES EL PROCEDIMIENTO SEGUIDO PARA SU EMISIÓN SE DESARROLLÓ EN TODAS SUS ETAPAS CONFORME A LOS CRITERIOS Y PARÁMETROS PREVISTOS EN LA NORMATIVA APLICABLE Y EN LA CONVOCATORIA RESPECTIVA
SUP-JDC-1069/2017LA AUTORIDAD PUEDE ELEGIR LA VÍA PARA NOTIFICAR SUS DETERMINACIONES, SEGÚN SE REQUIERA PARA LA EFICACIA DEL ACTO.
SUP-JDC-1053/2017DERECHO DE LOS CIUDADANOS PARA POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES
SUP-JDC-1048/2017LA SALA SUPERIOR SE ENCUENTRA IMPEDIDA PARA PRONUNCIARSE EN MODO DISTINTO A LO YA RESUELTO EN LA SCJN, EN RELACIÓN A LA CONSTITUCIONALIDAD DEL PORCENTAJE REQUERIDO DE APOYO CIUDADANO.
SUP-JDC-1039/2017LA FALTA DE INTERÉS JURÍDICO ACTUALIZA LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA.
SUP-JDC-1038/2017LAS ASOCIACIONES CIVILES QUE SE CONSTITUYEN PARA EL MANEJO DE RECURSOS POR PARTE DE LOS ASPIRANTES A CANDIDATOS INDEPENDIENTES CARECEN DE INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN DEFENSA DE LOS CITADOS ASPIRANTES.
SUP-JDC-1015/2017LE CORRESPONDE AL ACTOR ALLEGAR LOS MEDIOS CONVICTIVOS SUFICIENTES QUE PERMITIERAN ACREDITAR QUE LA OMISIÓN EN LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN OBEDECIÓ A CAUSAS EXTRAORDINARIAS Y NO PREVISIBLES.
SUP-JDC-1527/2016APOYO CIUDADANO
SUP-JDC-1509/2016LOS ASPIRANTES A CANDIDATOS INDEPENDIENTES DEBEN CONTAR CON RESPALDO CIUDADANO
SUP-JDC-1505/2016VULNERACIÓN AL DERECHO DE SER VOTADO, EN SU VERTIENTE DE REGISTRO COMO CANDIDATO INDEPENDIENTE.
SUP-JDC-1189/2016VISITAS DE VERIFICACIÓN DE FIRMAS DE APOYO A CANDIDATOS INDEPENDIENTES
SUP-JDC-1181/2016CANDIDATURAS INDEPENDIENTES. LA AUTORIDAD ELECTORAL DEBERA NOTIFICAR DE INMEDIATO AL CANDIDATO PARA QUE SUBSANE EL INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
SUP-JDC-1/2016ES CONTRARIO A LA CONSTITUCIÓN LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES CORRESPONDIENTES A LAS PERSONAS QUE APOYAN A LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES.
SUP-JDC-1137/2013ES CAUSA DE SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EL HECHO QUE LA PRETENSIÓN HAYA SIDO SUPERADA POR LA EMISIÓN DE UN NUEVO ACTO.
SUP-JDC-132/2010EL REGISTRO DE CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR POR PARTE DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, NO LIMITA EL DERECHO A SER VOTADO.
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SUP-CDC-6/2012LOS CIUDADANOS Y CANDIDATOS PUEDEN PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL A TRAVÉS DE REPRESENTANTES, COMO UNA OPCIÓN MÁS PARA ACUDIR ANTE LA JUSTICIA.
SUP-JDC-900/2015LA CREDENCIAL PARA VOTAR CONSTITUYE EL DOCUMENTO INDISPENSABLE PARA QUE CIUDADANAS Y CIUDADANOS PUEDAN EJERCER SU DERECHO AL SUFRAGIO TANTO ACTIVO COMO PASIVO, EN EL ENTENDIDO DE QUE LOS DATOS QUE CONTIENE, AUNQUE SE REFIERAN AL DOMICILIO, NO PRODUCEN LOS EFECTOS DE UNA CONSTANCIA DE RESIDENCIA, LA CUAL TIENE QUE VER CON EL TIEMPO EFECTIVO EN QUE LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS HAN RESIDIDO EN UN LUGAR DETERMINADO
SUP-JDC-838/2015REQUISITO DE INSERTAR EL DOMICILIO EN LOS FORMATOS DE APOYO A CANDIDATURAS INDEPENDIENTES.
SUP-JDC-1080/2013EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL PUEDE ESTABLECER ACCIONES AFIRMATIVAS SIEMPRE QUE SEAN RAZONABLES, PROPORCIONALES, OBJETIVAS Y QUE ESTÉN SUJETAS A UNA TEMPORALIDAD.
SUP-JDC-1774/2012LA INTERPRETACIÓN DE LA LIMITACIÓN A LOS PARTICULARES DE CONTRATAR TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN ES RAZONABLE PUES GARANTIZA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA.
SUP-JDC-1749/2012LOS ALCANCES DEL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD.
SUP-JDC-612/2012LA INEXISTENCIA GENERALIZADA DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES ATIENDE AL SISTEMA POLÍTICO ACTUAL, NO A LA FALTA DE CONTROL DE CONVENCIONALIDAD.
SUP-REC-769/2015EN EL JUICIO DE INCONFORMIDAD SE DEBE PERMITIR LA ADMISIÓN DE PRUEBAS SUPERVENIENTES
SUP-REC-130/2013EL DERECHO SUBJETIVO DE ACCESO A LA JUSTICIA, CONFORME A UNA INTERPRETACIÓN EXTENSIVA DE LAS NORMAS PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 61, 62, PÁRRAFO 1, INCISO A), FRACCIÓN IV Y 65, APARTADO 2, DE LA LGSMIME, LOS LEGITIMADOS PARA PROMOVER LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ANTE LAS SALAS REGIONALES DE ESTE TRIBUNAL ELECTORAL, LO ESTÁN TAMBIÉN PARA PROMOVER EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN.
SUP-REC-58/2013LAS CAUSAS DE SEPARACIÓN DEL CARGO, DEBEN SER COMPATIBLES CON LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD, RAZONABILIDAD Y NECESIDAD, EXIGIDOS PARA LIMITAR O RESTRINGIR EL EJERICICIO DE DERECHOS HUMANOS.
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SRE-PSC-54/2019DIFUSIÓN DE UN VIDEO EN LA CUENTA OFICIAL DE FACEBOOK DEL DIPUTADO FEDERAL Y PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO, EN DONDE SE REALIZA UN LLAMADO AL VOTO A FAVOR DE DIVERSOS CANDIDATURAS POSTULADAS POR MORENA, LO CUAL ACONTECIÓ DURANTE EL PERIODO DE VEDA ELECTORAL DE DIVERSOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES.
SUP-AG -26/2010LIMITAR LA PUBLICIDAD DE DIFUSIÓN DE ENCUESTAS Y SONDEOS, RESTRINGE EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
SUP-IMP-1/2018EN EL EJERCICIO PERIODÍSTICO, RELACIONADO A CUESTIONES RELEVANTES DEL PROCESO ELECTORAL, NO SE CONFIGURA UNA HIPÓTESIS DE IMPEDIMENTO DE UN MAGISTRADO ELECTORAL, TODA VEZ QUE NO SUPONE UN PREJUZGAMIENTO QUE PUDIERA VULNERAR LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, IMPARCIALIDAD Y OBJETIVIDAD, SINO UNA MANIFESTACIÓN EN EJERCICIO DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y A LA INFORMACIÓN
SUP-JDC-1875/2016SE DEBE GARANTIZAR LA LIBRE MANIFESTACIÓN DE IDEAS DE TODO SERVIDOR PÚBLICO EN SU CALIDAD DE CIUDADANO.
SUP-JDC-911/2013BOLETAS ELECTORALES, ESTÁ PERMITIDO ADICIONAR EL SOBRENOMBRE DEL CANDIDATO PARA ACREDITARLO.
SUP-JDC-176/2012PARA OBSERVAR EL DERECHO DE PETICIÓN DEBE EMITIRSE RESPUESTA POR AUTORIDAD COMPETENTE.
SUP-JDC-136/2012EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN COMPLEMENTA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
SUP-JDC-641/2011LA TRANSGRESIÓN AL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN INCURRE EN ACTOS DE INDISCIPLINA Y DESLEALTAD TRATÁNDOSE DE LOS MILITANTES DE UN INSTITUTO POLÍTICO.
SUP-JDC-165/2010LAS EXPRESIONES DE CARÁCTER RELIGIOSO EN UN EVENTO QUE TENGA COMO PROPÓSITO LA OBTENCIÓN DE VOTOS, VULNERA EL ARTÍCULO 130 CONSTITUCIONAL.
SUP-JDC-267/2009EL DERECHO A LA HONRA Y DIGNIDAD PERSONAL, CONSTITUYE UN LÍMITE A LA EXPRESIÓN.
SUP-JE -261/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE UNA SÍNDICA Y DIVERSAS REGIDORAS MUNICIPALES TEZONTEPEC DE ALDAMA, ESTADO DE HIDALGO LAS MANIFESTACIONES PÚBLICAS HECHAS POR PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS QUE EXPRESA O IMPLICITAMENTE CONSTITUYEN APOYO O RECHAZO HACÍA ALGUNA CANDIDATURA, SON VIOLATORIAS DE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE NEUTRALIDAD E IMPARCIALIDAD
SUP-JE -181/2022CASO: EL PAN PRESENTÓ QUEJA EN CONTRA DE LA CANDIDATA DE MORENA, POR LA PRESUNTA PUBLICACIÓN Y/O DIFUSIÓN DE UN VIDEO EN LAS PLATAFORMAS DE FACEBOOK, TWITTER E INSTAGRAM QUE, DESDE SU PUNTO DE VISTA, CONSTITUÍAN CALUMNIA Y PROPAGANDA NEGRA EN SU CONTRA Y DE SU CANDIDATA POR LA COALICIÓN “VA POR AGUASCALIENTES” LA EXPRESIÓN DE IDEAS Y EL DEBATE EN RELACIÓN A TEMAS COMO LA INDEBIDA CONDUCTA DE CONDICIONAR APOYOS GUBERNAMENTALES A CAMBIO DEL VOTO A FAVOR DE UN PARTIDO O CANDIDATURA, RESULTAN MANIFESTACIONES VÁLIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SE RESPETEN LOS LÍMITES NORMATIVOS, EVITANDO QUE EN ESE DEBATE SE EMITAN EXPRESIONES QUE IMPLIQUEN CALUMNIAR A LAS PERSONAS
SUP-JRC-123/2017SE DEBE EFECTUAR UN ANALISIS MINUCIOSO EN EL QUE SE TOME EN CONSIDERACIÓN EL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y EL DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA, PONDERÁNDOLOS EN FORMA DE QUE NINGUNO DE ELLOS SE VEA EXCLUIDO EN DETRIMENTO DEL OTRO.
SUP-JRC-514/2015DECLARACIÓN PERSONAL SUBJETIVA CONSTITIYE UN EJERCICIO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SUP-JRC-6/2012LIBERTAD DE EXPRESIÓN, Y DERECHO A LA INFORMACIÓN, SU PROTECCIÓN ESTÁ AMPARADA POR LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
SUP-JRC-14/2011EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN NO DEBE PREVALECER AL MOMENTO DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES.
SUP-JRC-375/2010LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA.
SUP-JRC-131/2010LA ENTREVISTA COMO GÉNERO PERIODÍSTICO TIENE LÍMITES, BASADOS EN CUESTIONES DE INTERÉS SOCIAL.
SUP-JRC-375/2007LA PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL NO DEBE CONTENER EXPRESIONES QUE INCITEN UNA ACTITUD VIOLENTA.
SUP-JRC-288/2007LA HONRA Y RECONOCIMIENTO A LA DIGNIDAD DEBEN SER COMPATIBLES CON LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN.
SUP-JRC-74/2007LA CRÍTICA AGUDA PUEDE DIRIGIRSE A UN PARTIDO POLÍTICO CUANDO SE ABORDA ALGÚN PROBLEMA ESPECÍFICO.
SUP-RAP-131/2023CASO: ACUERDO DEL INE RESPECTO DEL MONITOREO DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISIÓN DURANTE LAS PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024 LA VARIABLE DE VALORACIÓN POSITIVA O NEGATIVA DE LA INFORMACIÓN ES UN ELEMENTO QUE PUEDE INHIBIR EL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DEL PERIODISMO, AL CONSTITUIR UNA FORMA DE CONTROL DESPROPORCIONADA, LO QUE SE TRADUCE EN UNA RESTRICCIÓN INDIRECTA AL PLENO EJERCICIO DE TALES DERECHOS
SUP-RAP-175/2017LAS MANIFESTACIONES CONTROVERTIDAS DEBEN ANALIZARSE A LA LUZ DEL CONTEXTO DE LOS HECHOS POR LAS CUALES FUERON EMITIDAS.
SUP-RAP-170/2013EN EL MARCO DE LOS DEBATES POLÍTICOS, DEBE PRIVILEGIARSE UNA INTERPRETACIÓN A FAVOR DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
SUP-RAP-187/2012EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN ENGLOBA LAS CRITÍCAS VINCULADAS AL DEBATE POLÍTICO.
SUP-RAP-185/2012PARA ANALIZAR LA LEGALIDAD DE EXPRESIONES VERTIDAS POR UN CANDIDATO, DEBE ATENDERSE AL CONTEXTO EN QUE SE PRONUNCIARON.
SUP-RAP-15/2012LOS ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA PUEDEN COMETERLOS CUALQUIER PERSONA, AUNQUE LOS ACTOS DE PROSELITISMO SEAN A FAVOR DE UN TERCERO.
SUP-RAP-192/2010LAS EXPRESIONES DENIGRATORIAS O CALUMNIADORAS TRANSGREDEN LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
SUP-RAP-118/2008LA DETERMINACIÓN DE QUE UN ACTO PROMOCIONAL DE CARÁCTER POLÍTICO TRASCIENDE Y VIOLA EL PRINCIPIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, DEBE REALIZARSE ACORDE A UN PROCESO DE PONDERACIÓN EN EL QUE SE VALOREN LA VIOLACIÓN A ESTE PRINCIPIO Y LA DE LA IMAGEN DE UN PARTIDO POLÍTICO.
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SM -JDC-334/2024Tema: Acciones afirmativas en el proceso interno de selección de candidaturas. CRITERIO: LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO TIENEN LA POTESTAD DE MODIFICAR ACCIONES AFIRMATIVAS IMPLEMENTADAS EN SUS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS, CUANDO ESTO GENERE PERJUICIO A GRUPOS VULNERABLES.
SM -JDC-12/2023CRITERIO: PLENITUD DE JURISDICCIÓN. ASUMIRLA SOLO SE ENCUENTRA JUSTIFICADA POR RAZONES IMPERIOSAS Y APREMIANTES.
SM -JDC-31/2022CRITERIO: LAS CONSULTAS A LOS PUEBLOS INDÍGENAS PUEDEN SER EXIGIDAS POR CUALQUIERA DE SUS INTEGRANTES.
SUP-JDC-389/2024CASO: CUMPLIMIENTO A LOS REQUISITOS EXIGIDOS A LAS CANDIDATURAS REGISTRADAS BAJO LA ACCIÓN AFIRMATIVA DE PERSONAS MEXICANAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CONSTANCIA DE VECINDAD SE ADVIERTE QUE EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL, JAMILTEPEC, OAXACA, EMITIÓ UN DOCUMENTO
SUP-JDC-747/2023CASO: ACCIONES AFIRMATIVAS PARA GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE IGUALDAD PARA LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ACCIONES AFIRMATIVAS PARA QUE A LA SECRETARÍA EJECUTIVA A TRAVÉS DE LA UNIDAD TÉCNICA DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DIFUNDA LA PARTE CONDUCENTE DE UN ACUERDO EN LA PÁGINA ELECTRÓNICA DEL INSTITUTO EN FORMATO DE AUDIO Y LECTURA FÁCIL, EN SISTEMA BRAILLE
SUP-JDC-574/2023CASO: OMISION ATRIBUIDAS AL CONGRESO DE LA UNIÓN Y AL CONSEJO GENERAL DEL INE PARA GARANTIZAR LA PARIDAD DE GÉNERO EN LA ELECCIÓN A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OMISIONES ATRIBUIDAS AL CONGRESO DE LA UNIÓN Y AL CONSEJO GENERAL DEL INE RESPECTO DE GARANTIZAR LA PARIDAD DE GÉNERO EN LA ELECCIÓN PARA LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
SUP-JDC-344/2023CASO: INCIDENTE DE EJECUCIÓN RELACIONADO CON LA OMISIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, RESPECTO DEL DERECHO POLÍTICO-ELECTORAL DE SER VOTADO Y EL DERECHO HUMANO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESULTA PROCEDENTE OBLIGAR A LA AUTORIDAD LEGISLATIVA A REALIZAR, A LA MAYOR BREVEDAD, LA ADECUACIÓN O EMISIÓN DE LA LEGISLACIÓN RELACIONADA CON EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LAS COMUNIDADES Y PUEBLOS INDÍGENAS CHIHUAHUENSES
SUP-JDC-338/2023CASO. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS ACCIONES AFIRMATIVAS PARA EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024 DE CONFORMIDAD CON LA NO REGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS (CORRELATIVA DE LA PROGRESIVIDAD), LAS AUTORIDADES DEL ESTADO MEXICANO (INCLUIDAS LAS LEGISLATIVAS Y ADMINISTRATIVAS) NO PUEDEN VÁLIDAMENTE ADOPTAR MEDIDAS TENDIENTES A RETROTRAER O MENOSCABAR UN DERECHO YA RECONOCIDO O DISMINUIR SU UMBRAL, PRODUCIENDO UNA SITUACIÓN JURÍDICA DESFAVORABLE, YA QUE ELLO IMPLICARÍA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS EN JUEGO
SUP-JDC-321/2023CASO: SUPUESTA OMISIÓN DEL CONGRESO DE VERACRUZ DE IMPLEMENTAR MEDIDAS AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DENTRO DE LA LEGISLACIÓN ELECTORAL LA JURISPRUDENCIA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONSIDERA QUE LAS MEDIDAS DE APREMIO ESTÁN DESTINADAS A HACER EFECTIVO COACTIVAMENTE EL MANDATO CONTENIDO EN UNA RESOLUCIÓN DEL JUEZ O TRIBUNAL, QUE ES DESOBEDECIDA POR EL DESTINATARIO
SUP-JDC-56/2023CASO: LA SALA SUPERIOR ORDENÓ AL INE Y DIO VISTA A LOS OPLES PARA DISEÑAR PROCESOS DE DIFUSIÓN DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS EN MATERIA INDÍGENA EXISTE LA OBLIGACIÓN DE ACUDIR A LA ASAMBLEA GENERAL COMUNITARIA PARA OBTENER LA CONSTANCIA DE ADSCRIPCIÓN INDÍGENA; PARA LOS CASOS EN QUE ÉSTA NO EXISTA, PODRÁ SOLICITARSE, CONFORME AL ORDEN DE PRELACIÓN, AL RESTO DE LAS AUTORIDADES PREVISTAS EN LOS LINEAMIENTOS
SUP-JDC-951/2022CASO: DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA Y LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA A FAVOR DE MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, CANDIDATA DE LA COALICIÓN “VA POR AGUASCALIENTES” LOS ACTOS COMICIALES, ASÍ COMO LAS RESPECTIVAS DECLARACIONES DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS ELECTORALES, SE PRESUMEN VÁLIDOS HASTA EN TANTO NO EXISTA UN ACTO ADMINISTRATIVO O SENTENCIA EN LA QUE SE DECLARE SU NULIDAD, LO QUE IMPLICA QUE QUIEN SOSTENGA SU INVALIDEZ DEBE DERROTAR DICHA PRESUNCIÓN
SUP-JDC-471/2022CASO: CONSULTA REALIZADA AL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES, SOBRE DIVERSOS TEMAS VINCULADOS A LA INCLUSIÓN DE LA COMUNIDAD LGBTTTIQ+ EN LA ELECCIÓN A LA GUBERNATURA LOS REGLAMENTOS TIENEN COMO LÍMITE NATURAL LOS ALCANCES DE LAS DISPOSICIONES A LAS QUE REGLAMENTAN; POR ENDE, SOLAMENTE PUEDEN DETALLAR LAS HIPÓTESIS Y SUPUESTOS NORMATIVOS LEGALES PARA SU APLICACIÓN, SIN INCLUIR NUEVOS QUE SEAN CONTRARIOS A LA SISTEMÁTICA JURÍDICA, NI CREAR LIMITANTES DISTINTAS A LAS PREVISTAS EXPRESAMENTE EN LA LEY
SUP-JDC-122/2022CASO: ASPIRANTE A PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE HIDALGO POR EL PARTIDO MORENA, RECLAMA QUE DIVERSAS AUTORIDADES ELECTORALES HAN VIOLADO SUS DERECHOS COMO MUJER INDÍGENA, POR LA OMISIÓN DE CONSIDERAR LA PARIDAD Y ALTERNANCIA DE GÉNERO, ASÍ COMO ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS SE AGOTA EL DERECHO DE ACCIÓN, EN RAZÓN QUE LOS ACTOS IMPUGNADOS YA FUERON MATERIA DE ANÁLISIS
SUP-JDC-115/2022CASO: IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LAS MUJERES, EN CONCRETO, LA APLICACIÓN DE LA ALTERNANCIA DE GÉNERO EN LA POSTULACIÓN DE LAS CANDIDATURAS A LA GUBERNATURA DE OAXACA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ACCIÓN AFIRMATIVA A QUE SE POSTULEN SÓLO MUJERES AL CARGO DE GUBERNATURA DE OAXACA, CORRESPONDE AL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO Y NO A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL
SUP-JDC-1049/2021CASO: PROCESOS INTERNOS DE MORENA SE DEBE AGOTAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, YA QUE LOS ACTOS INTRAPARTIDISTAS PUEDEN SER REPARADOS, PUES LA IRREPARABILIDAD SÓLO OPERA EN AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE ALGUNA DISPOSICIÓN CONSTITUCIONAL O LEGAL
SUP-JDC-1041/2021CASO: REGISTRO DE LAS CANDIDATAS SUSTITUTAS A DIPUTADAS FEDERALES PROPIETARIAS POR EL PRINCIPIO DE RP DE MORENA AUN Y CUANDO LAS PERSONAS DESIGNADAS COMO CANDIDATAS NO PARTICIPARON EN EL PROCESO DE SELECCIÓN AL INTERIOR DE MORENA, SU REGISTRO OBEDECIÓ A UNA DECISIÓN INTERNA DE DICHO PARTIDO POLÍTICO, MOTIVADA POR LA EXISTENCIA DE UNA CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA, POR LO QUE SE ESTIMÓ QUE EL ACUERDO CONTROVERTIDO SE ENCONTRABA AJUSTADO A DERECHO
SUP-JDC-934/2021CASO. INTERÉS LEGÍTIMO A LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, A FIN DE CONTROVERTIR LOS ACUERDOS DEL INE CANDIDATURAS DEBEN ACREDITAR LA RECIDENSIA EN EL EXTRANJERO
SUP-JDC-559/2021LA CREACIÓN DE UNA ACCIÓN AFIRMATIVA PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A DIPUTACIONES FEDERALES DIRIGIDA A LAS Y LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO RECONOCE QUE, DE ENTRE LA GENERALIDAD DE PERSONAS QUE PUEDAN DENOMINARSE COMO MIGRANTES, JUSTO LAS QUE RESIDEN EN EL EXTRANJERO SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, SUBREPRESENTACIÓN E INVISIBILIZACIÓN, YA QUE ESTÁN EXPUESTAS A DISCRIMINACIÓN TANTO EN EL ESTADO RECEPTOR COMO EN EL DE ORIGEN
SUP-JDC-405/2014SE DEBE CUMPLIR CON LAS CUOTAS DE GÉNERO EN LA DESIGNACIÓN DE REGIDORES MUNICIPALES.
SUP-JDC-403/2014SE DEBE CUMPLIR CON LAS CUOTAS DE GÉNERO EN LA DESIGNACIÓN DE REGIDORES MUNICIPALES
SUP-JDC-380/2014SE DEBE OBSERVAR LA CUOTA DE GÉNERO EN LA INTEGRACIÓN DE ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO.
SUP-JDC-1080/2013EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL PUEDE ESTABLECER ACCIONES AFIRMATIVAS SIEMPRE QUE SEAN RAZONABLES, PROPORCIONALES, OBJETIVAS Y QUE ESTÉN SUJETAS A UNA TEMPORALIDAD.
SUP-JE -113/2021CASO. NO ACTUALIZAN LA INFRACCIÓN DE CALUMNIA. NO SE ACREDITÓ CALUMNIA POR PARTE DE UN CANDIDATO Y SE ACREDITÓ LA REAL MALICIA
SUP-RAP-121/2024CASO: BLOQUES DE COMPETITIVIDAD PARA CANDIDATURAS A SENADURÍAS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA DE MOVIMIENTO CIUDADANO CUANDO EL BLOQUE DE COMPETITIVIDAD PRESENTE UN NÚMERO IMPAR, NO DEBE ENTENDERSE QUE SE COLMA NECESARIAMENTE CON LA POSTULACIÓN IGUALITARIA DE PERSONAS DE AMBOS GÉNEROS, SINO QUE LA PARIDAD DEBE INTERPRETARSE DESDE UN ENFOQUE INTEGRAL SOBRE TODOS LOS BLOQUES EXISTENTES
SUP-RAP-391/2022CASO: IMPUGNACIÓN DE LINEAMIENTOS PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA AUTOADSCRIPCIÓN CALIFICADA DE LAS PERSONAS QUE SE POSTULEN EN OBSERVANCIA A LA ACCIÓN AFIRMATIVA INDÍGENA PARA LAS CANDIDATURAS A CARGOS FEDERALES DE ELECCIÓN POPULAR LAS ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE INTEGRANTES DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS CONSTITUYEN UN MECANISMO IDÓNEO PARA ESTABLECER CONDICIONES MÍNIMAS DE INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS INDÍGENAS EN LAS FUNCIONES PÚBLICAS, PERO QUE ASEGURAN SU LLEGADA A CARGOS QUE HISTÓRICAMENTE TENÍAN NEGADOS, GARANTIZANDO ASÍ, SU DERECHO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA
SUP-REC-188/2022CASO: ACUERDO CGIEEG/015/2022, EMITIDO POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO, POR EL QUE APROBÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE LAS PERSONAS MIGRANTES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, AFRO-MEXICANOS Y DE LA DIVERSIDAD SEXUAL, EN LAS CANDIDATURAS A DIPUTACIONES LOCALES PARA EL PRÓXIMO PROCESO ELECTORAL 2024 EN GUANAJUATO ES VÁLIDA LA EXISTENCIA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN HORIZONTALES, A TRAVÉS DE LOS CUALES SE PERMITE A LA PROPIA AUTORIDAD EMISORA REVISAR UN ACTO PROPIO
SUP-REC-2271/2021CASO. DESECHAMIENTO POR IMPUGNAR CUESTIONES DE MERA LEGALIDAD. LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN NO SATISFACEN EL REQUISITO ESPECIAL DE PROCEDENCIA, PORQUE SE ADVIERTE QUE LA SALA REGIONAL CIUDAD DE MÉXICO, NO ANALIZO NINGUNA CUESTIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD O CONVENCIONALIDAD Y LOS AGRAVIOS DE LOS RECURRENTES NO SE DIRIGIERON A PLANTEAR CUESTIONES AUTÉNTICAMENTE DE ESA NATURALEZA
SUP-REC-2123/2021CASO: ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA INTEGRAR EL AYUNTAMIENTO DE OCUITUCO MORELOS. LAS AUTORIDADES COMPETENTES PUEDEN EMITIR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS GRUPOS QUE HISTÓRICAMENTE NO HAN LOGRADO SER REPRESENTADOS
SUP-REC-112/2013EN LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, DEBE OBSERVARSE EL ORDEN DE PRELACIÓN ESTABLECIDO EN LA LISTA CORRESPONDIENTE, PERO CONFORME AL PRINCIPIO DE ALTERNANCIA DE GÉNERO.
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SUP-AG -34/2016COMPETE AL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CONOCER DE LAS DENUNCIAS RELACIONADAS CON PROMOCIONALES DIFUNDIDOS EN RADIO
SUP-JDC-1760/2016NO SE PUEDE SANCIONAR DOS VECES POR LOS MISMOS HECHOS
SUP-JDC-903/2015LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FEDERACIÓN, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO DEL DISTRITO FEDERAL Y SUS DELEGACIONES, TIENEN EN TODO TIEMPO LA OBLIGACIÓN DE APLICAR CON IMPARCIALIDAD LOS RECURSOS PÚBLICOS QUE ESTÁN BAJO SU RESPONSABILIDAD
SUP-JDC-297/2014DEBE REGULARSE EL VOTO EN EL EXTRANJERO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ELECCIÓN INTRAPARTIDISTAS LA NO DISPONIBILIDAD DIRECTA E INMEDIATA EN LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PARA EL DESARROLLO DE UNA CAMPAÑA ELECTORAL DE LOS CANDIDATOS, DEVIENE EN UNA MEDIDA RESTRICTIVA, QUE CONTRAVIENE LA LIBERTAD EN EL GASTO LAS FORMAS BAJO LAS CUALES LOS CANDIDATOS LLEVEN A CABO SU PROPAGANDA ELECTORAL, NO DEBEN SER MOTIVOS DE RESTRICCIÓN ALGUNA, SIEMPRE Y CUANDO LA MISMA SE ENCUENTRE AJUSTADA A DERECHO
SUP-JE -1170/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DEL SÉPTIMO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE OCUILAN, ESTADO DE MÉXICO, POR LA SUPUESTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y/O CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA Y USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS, DERIVADO DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN SU CUENTA DE FACEBOOK, DONDE SE LE PUEDE APRECIAR, EN DÍAS Y HORAS LABORABLES, PARTICIPANDO EN EVENTOS ORGANIZADOS POR EL PVEM EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A LOS JUZGADORES, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA TODOS Y CADA UNO DE LOS ARGUMENTOS SUSTANCIALES DE LAS PARTES DURANTE LA INTEGRACIÓN DE LA CONTROVERSIA
SUP-JE -124/2022CASO: DENUNCIA POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA EN EL PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR LA GUBERNATURA, DERIVADOS DE LA PROPAGANDA ELECTORAL RELATIVA AL PASADO PROCESO ELECTORAL 2020-2021, EN EL QUE SE ELIGIÓ DIPUTACIONES LOCALES E INTEGRANTES DE AYUNTAMIENTOS LO FUNDAMENTAL EN UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR CONSISTE EN SER EXHAUSTIVO RESPECTO DE LOS HECHOS OBJETO DE DENUNCIA, PARA LO CUAL SE REQUIERE UN ANÁLISIS PARTICULAR E INDIVIDUALIZADO DE LAS CONDUCTAS O DE LA PROPAGANDA, PORQUE SÓLO DE ESA MANERA SE PUEDE ADVERTIR SI EXISTE O NO INFRACCIÓN A LA NORMATIVA
SUP-JE -80/2019CASO: MANIFESTACIONES JAIME BONILLA VALDEZ, CANDIDATO A GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA RESULTA NECESARIO CONOCER EN SU INTEGRIDAD EL EVENTO MATERIA DE DENUNCIA A FIN DE ESTABLECER LA VULNERACIÓN A UN DISPOSITIVO LEGAL
SUP-JRC-384/2016LOS PROGRAMAS SOCIALES NO SON CONSIDERADOS PROPAGANDA GUBERNAMENTAL
SUP-JRC-357/2016SE DECLARA FUNDADA LA RESPONSABILIDAD POR LA COLOCACIÓN DE PROPAGANDA
SUP-JRC-308/2016ORDENAN DETERMINAR RESPONSABILIDAD DE MARTÍN OROZCO SANDOVAL EN COLOCACIÓN DE PROPAGANDA
SUP-JRC-292/2016CONFIRMAN MULTA A LORENA MARTÍNEZ POR PROPAGANDA ELECTORAL
SUP-JRC-290/2016LAS AUTORIDADES ELECTORALES LOCALES DEBEN DE VALORAR TODAS LAS PRUEBAS Y VERIFICAR SI SE COMETIERON ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
SUP-JRC-284/2016PROPAGANDA ELECTORAL EN REDES SOCIALES REALIZADOS FUERA DEL PERIODO DE LA VEDA ELECTORAL, NO SE CONSIDERA UNA VIOLACIÓN A LA NORMATIVA ELECTORAL
SUP-JRC-228/2016LOS CONTENIDOS EN REDES SOCIALES Y PÁGINAS PERSONALES DE LOS CANDIDADOS, AL CARECER DE DIFUSIÓN INDISCRIMINADA O AUTOMÁTICA, NO SON CONSIDERADOS PROPAGANDA ELECTORAL
SUP-JRC-194/2016LA SOBREEXPOSICIÓN DE PROPAGANDA ES CONSIDERADA COMO UN ACTO ANTICIPADO DE CAMPAÑA
SUP-JRC-45/2016PARA CONSIDERARSE PROPAGANGA GUBERNAMENTAL DEBE INFLUIR EN LA CONTIENDA
SUP-JRC-685/2015LA DIFUSIÓN DE PROGRAMAS SOBRE DONACIÓN DE SANGRE Y CUIDADO AMBIENTAL PROMOVIDOS POR EL GOBIERNO, NO SE CONSIDERAN PROPAGANDA GUBERNAMENTAL
SUP-JRC-563/2015NO PUEDE CONSIDERARSE COMO PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, CUANDO LA MISMA SE RELACIONE CON SERVICIOS EDUCATIVOS Y CON FINES INFORMATIVOS SOBRE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO EDUCATIVO.
SUP-JRC-69/2014LA DIFUSIÓN DE MENSAJES RELATIVOS AL INFORME DE LABORES, DEBE REALIZARSE DENTRO DE LA TEMPORALIDAD PREVISTA EN LA LEY, A FIN DE NO VULNERAR EL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA.
SUP-JRC-44/2014LA INCLUSIÓN DE LA IMAGEN DEL SERVIDOR PÚBLICO PARA IDENTIFICARLO CÓMO REPRESENTANTE, NO CONSTITUYE PROMOCIÓN PERSONALIZADA, MIENTRAS NO SE SOLICITE EL VOTO A FAVOR O EN CONTRA DE ALGUNA OPCIÓN POLÍTICA.
SUP-RAP-410/2015DEBE EXISTIR SISTEMACIDAD EN LA DIFUSIÓN DE LA IMAGEN, NOMBRE O LOGROS PARA DEJAR DE CONSIDERARSE LABOR PERIODÍSTICA
SUP-RAP-300/2015PROPAGANDA ELECTORAL NO DEBE DAR UN BENEFICIO DE QUIENES LA RECIBEN
SUP-RAP-121/2014LAS CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN RELATIVAS A SERVICIOS EDUCATIVOS, DE SALUD Y DE PROTECCIÓN CIVIL, SON EXCEPCIONES DE LA PROHIBICIÓN DE DIFUNDIR PROPAGANDA GUBERNAMENTAL DURANTE LAS CAMPAÑAS Y HASTA LA CONCLUSIÓN DE LA JORNADA ELECTORAL.
SUP-RAP-115/2014NINGUNA PERSONA FÍSICA O MORAL, SEA A TÍTULO PROPIO O POR CUENTA DE TERCEROS, PUEDE CONTRATAR PROPAGANDA EN RADIO Y TELEVISIÓN DIRIGIDA A INFLUIR EN LAS PREFERENCIAS ELECTORALES.
SUP-RAP-4/2014LAS AUTORIDADES ELECTORALES LOCALES SEGUIRÁN EN FUNCIONES HASTA QUE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL REALICE LAS DESIGNACIONES CORRESPONDIENTES
SUP-RAP-318/2012LA REALIZACIÓN DE LA PROPAGANDA POLÍTICA NO DEBE ESTAR POR ENCIMA DE LOS PRINCIOS QUE RIGEN TODA CONTIENDA ELECTORAL.
SUP-RAP-140/2012LA PROMOCIÓN PERSONALIZADA NO LLEVA IMPLÍCITA LA OBTENCIÓN DEL VOTO.
SUP-RAP-114/2012LA PROMOCIÓN PERSONALIZADA NO SE ACTUALIZA SI LA DIFUSIÓN DE PROMOCIONALES SE EFECTÚA POR INSTRUCCIONES DE UN PARTIDO.
SUP-RAP-29/2012LAS EXPRESIONES EN PROGRAMAS TELEVISIVOS NO TIENEN EL CARÁCTER DE PROPAGANDA PERSONALIZADA ELECTORAL, CUANDO NO SE HAGAN MANIFESTACIONES TENDIENTES A LA OBTENCIÓN DEL VOTO.
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SUP-REC-661/2015LA DESTRUCCIÓN O INHABILITACIÓN MATERIAL DE LA DOCUMENTACIÓN CONTENIDA EN LOS PAQUETES ELECTORALES DE UNA ELECCIÓN, NO ES SUFICIENTE PARA IMPEDIR LA REALIZACIÓN DEL CÓMPUTO DE LA VOTACIÓN.
SUP-REC-11/2014LAS VIOLACIONES OCURRIDAS DURANTE EL PROCESO ELECTORAL DEBEN SER DETERMINANTES PARA DECLARAR LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN
SUP-REC-148/2013SE DECLARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN DE INTEGRANTES DE AYUNTAMIENTOS DEL MUNICIPIO DE ACUAMANALA DE MIGUEL HIDALGO, TLAXCALA POR DIVERSAS IRREGULARIDADES EN EL TRASLADO Y CUSTODIA DE LOS PAQUETES ELECTORALES.
SUP-REC-125/2013TRATÁNDOSE DE RECUENTO DE VOTOS ÚNICAMENTE DEBE REALIZARSE EN LOS CASOS EXPRESAMENTE PREVISTOS EN LA LEY; LA SALA SUPERIOR, CARECE DE COMPETENCIA PARA SEÑALAR HIPÓTESIS NORMATIVAS NO PREVISTAS POR EL LEGISLADOR PARA EFECTUAR DICHO RECUENTO, ASÍ COMO PARA EFECTUAR UN CONTROL ABSTRACTO DEL ORDEN JURÍDICO ELECTORAL.
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SRE-PSC-69/2019LA RENDICIÓN DE CUENTAS COTIDIANA DE UN SERVIDOR PÚBLICO ES DISTINTA A LA RENDICIÓN DE UN INFORME DE LABORES, AUNQUE AMBOS EJERCICIOS GARANTIZAN EL DERECHO A LA INFORMACIÓN DE LA CIUDADANÍA.
SUP-JDC-2493/2014SE CUMPLE CON LA OBLIGACIÓN DE TRANSPARENCIA, AL INDICAR QUE LA INFORMACIÓN SOLICITADA RELACIONADA CON EL PADRÓN DE MILITANTES DE UN PARTIDO POLÍTICO, SE ENCUENTRA EN SU PÁGINA ELECTRÓNICA DE INTERNET Y SE MUESTRA LA FORMA DE ACCEDER A ELLA.
SUP-JDC-1150/2013EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO DEBE DAR RESPUESTA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICIÓN RESPECTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN DEL CONTRALOR INTERNO DE DICHO ÓRGANO PÚBLICO.
SUP-JDC-1044/2013NO ES PROCEDENTE LA DECLARACIÓN DE AFIRMATIVA FICTA EN UNA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE UN PARTIDO POLÍTICO, CUANDO ESTE, HAYA DISPUESTO DICHA INFORMACIÓN IN SITU.
SUP-JDC-970/2013OBLIGACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DE ENTREGAR LA INFORMACIÓN PÚBLICA SOLICITADA, DENTRO DE LOS PLAZOS REGLAMENTARIOS O SEÑALADOS POR EL COMITÉ DE INFORMACIÓN O EL ÓRGANO GARANTE DE LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.
SUP-JDC-4997/2011LOS MÓDULOS DESCONCENTRADOS DEL ÓRGANO GARANTE DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL ESTÁN FACULTADOS PARA RECIBIR DEMANDAS EN LA MATERIA.
SUP-JDC-26/2011LA INCLUSIÓN DE UN FACTOR ADICIONAL EN LA DESIGNACIÓN DE VOCALES DE JUNTAS DISTRITALES, NO CONTRAVIENE LA TRANSPARENCIA.
SUP-JDC-1150/2010SEÑALAR LA UBICACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA, ASÍ COMO LA FORMA Y TÉRMINOS EN QUE PUEDE SER ACCESIBLE, ES ACORDE A DERECHO.
SUP-JDC-61/2010LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE SE ADOPTAN PARA EL CONTROL DE LAS BOLETAS ELECTORALES, TIENEN CARÁCTER DE CONFIDENCIAL.
SUP-JDC-55/2010EN EL DERECHO A LA INFORMACIÓN SE DEBEN RESPETAR LOS MECANISMOS DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN. (ARTÍCULO 22, PÁRRAFO 1, DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL)
SUP-JDC-3005/2009LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO ESTÁN OBLIGADOS A PUBLICAR SUS LISTADOS NOMINALES DE ELECTORES.
SUP-JDC-8/2009LA DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN ATINENTE AL MUNICIPIO AL QUE PERTENECEN LOS AFILIADOS NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD.
SUP-JDC-2674/2008EL PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN CUANDO LA RESOLUCIÓN SE NOTIFICA VÍA CORREO ELECTRÓNICO.
SUP-JDC-10/2007LAS BOLETAS ELECTORALES NO SON BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO
SUP-JRC-309/2016SE CONFIRMA INTEGRACIÓN DE COMISIÓN DE TRANSPARENCIA INSTITUTO ELECTORAL DE QUINTANA ROO
SUP-JRC-13/2013LOS PARTIDOS POLÍTICOS SON RESPONSABLES COMO PERSONAS MORALES POR SANCIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.
SUP-JRC-33/2011LA RESPUESTA A UNA PETICIÓN DE INFORMACIÓN DEBE IMPUGNARSE EN EL PLAZO LEGALMENTE PREVISTO .
SUP-JRC-55/2010LOS PARTIDOS POLÍTICOS, PREPONDERANTEMENTE, TIENEN DERECHO DE ACCEDER A LA INFORMACIÓN QUE MANEJAN LOS INSTITUTOS ELECTORALES LOCALES, VINCULADA CON LA ORGANIZACIÓN DE LOS COMICIOS.
SUP-JRC-40/2010EL ACCESO A LA INFORMACIÓN EN MATERIA ELECTORAL DEBE SER SATISFECHO DE MANERA EXPEDITA.
SUP-RAP-204/2018EL CONCEPTO DE “VOTACIÓN VÁLIDA EMITIDA”, SE REFIERE A LA SUMA DE LOS VOTOS EMITIDOS VÁLIDAMENTE A FAVOR DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS INDEPENDIENTES
SUP-RAP-306/2016EL DERECHO DE PETICIÓN INCLUYE LA OBTENCIÓN DE UNA RESPUESTA ADECUADA Y OPORTUNA POR PARTE DE LA ENTIDAD ACCIONADA, MISMA QUE DEBE SER NOTIFICADA AL PETICIONARIO
SUP-RAP-239/2016SE DEBE HACER PÚBLICO EL SISTEMA DE QUEJAS Y DENUNCIAS, RELACIONADO CON LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
SUP-RAP-182/2013EL CIUDADANO PUEDE OPTAR POR ENCRIPTAR O CODIFICAR EL DOMICILIO EN SU CREDENCIAL DE ELECTOR; NO ES NECESARIO QUE APAREZCA DE FORMA VISIBLE.
SUP-RAP-132/2013LA DIGITALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN NO PONE EN RIESGO LA DOCUMENTACIÓN.
SUP-RAP-178/2012LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS ARCHIVOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES TIENEN POR OBJETO EFICIENTAR EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
SUP-RAP-104/2012LOS PADRONES DE AFILIADOS O MILITANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ES INFORMACIÓN PÚBLICA.
SUP-RAP-108/2009LA FALTA DE DISPOSICIÓN EXPRESA NO EXENTA A LAS AUTORIDADES DE DAR EFICACIA AL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
SUP-RAP-137/2008LA DIFUSIÓN DEL NOMBRE DE LOS AFILIADOS O MILITANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD.
SUP-RAP-28/2008LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA ENTIDAD A LA QUE PERTENECEN LOS AFILIADOS DE UN PARTIDO POLÍTICO NO EQUIVALE A REVELAR SU DOMICILIO PARTICULAR.
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SUP-JDC-428/2014LOS TRIBUNALES ELECTORALES LOCALES TIENEN COMPETENCIA PARA CONOCER DE IMPUGNACIONES VINCULADAS CON LOS DERECHOS DE ACCESO Y PERMANENCIA EN EL CARGO
SUP-JDC-21/2014ES RAZONABLE EL PLAZO DE UN HASTA AÑO DESPUÉS DE HABERSE SEPARADO DEL CARGO, PARA RECLAMAR EL PAGO DE DIETAS
SUP-JDC-8/2014LA REMUNERACIÓN DE LOS SINDICOS DE LOS AYUNTAMIENTOS SE ENCUENTRA DENTRO DEL ÁMBITO DEL DERECHO ELECTORAL PARA EFECTOS DE SU IMPUGNACIÓN.
SUP-JDC-6/2014LOS TRIBUNALES LOCALES, A TRAVÉS DE LOS JUICIOS CIUDADANOS, TIENEN COMPETENCIA PARA CONOCER DE ACTOS O RESOLUCIONES EN LOS QUE SE AFIRME QUE ÓRGANOS PARTIDISTAS NACIONALES AFECTAN SUS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES, CUANDO ELLO OCURRE EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LA COMPETENCIA DE LA ENTIDAD FEDERATIVA CORRESPONDIENTE.
SUP-JDC-1162/2013EL CONGRESO LOCAL, NECESARIAMENTE DEBE EMITIR LA DECLARATORIA DE RENUNCIA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS PARA QUE SURTA EFECTOS LA MISMA.
SUP-JDC-1134/2013DESISTIMIENTO TÁCITO. ES PROCEDENTE CUANDO EL ACTOR AVISA AL ÓRGANO PARTIDISTA LA PROMOCIÓN DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIO.
SUP-JDC-1061/2013LA BAJA POR DEPURACIÓN DEL PADRÓN DE MILITANTES, NO CONSTITUYE UNA SANCIÓN.
SUP-JDC-981/2013LAS SANCIONES RELACIONADAS CON LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS DEBEN ESTAR FUNDADAS Y MOTIVADAS ADECUADAMENTE.
SUP-JDC-276/2012LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES. SE ACTUALIZA CUANDO LA SUJECIÓN AL PROCESO PENAL NO PERMITE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CAUCIONAL.
SUP-JDC-98/2010LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, SÓLO PROCEDE CUANDO SE PRIVE DE LA LIBERTAD.
SUP-JDC-1642/2007LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO CONCLUYE CUANDO SE SUSTITUYE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD QUE LA PRODUJO.
SUP-REC-138/2013SE REQUIERE DE UNA ACTIVIDAD REGULATORIA PARA DELIMITAR EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SER VOTADO.
SUP-REC-58/2013LAS CAUSAS DE SEPARACIÓN DEL CARGO, DEBEN SER COMPATIBLES CON LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD, RAZONABILIDAD Y NECESIDAD, EXIGIDOS PARA LIMITAR O RESTRINGIR EL EJERICICIO DE DERECHOS HUMANOS.
SUP-REC-168/2012LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, CUANDO SE TRATE DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS, PROCEDE CUANDO EXISTA UNA RESOLUCIÓN FIRME.
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SUP-JDC-1135/2013DESISTIMIENTO TÁCITO DE LA INSTANCIA INTRAPARTIDISTA. PROCEDE CUANDO EL AFILIADO COMUNICA AL ÓRGANO RESPONSABLE SU INTENCIÓN DE ACUDIR “PER SALTUM” A LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL COMPETENTE, A FIN DE EVITAR LA IRREPARABILIDAD DEL ACTO RECLAMADO.
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SM -JRC-5/2017NOTIFICACIÓN AUTOMÁTICA, ES REQUISITO PARA SU ACTUALIZACIÓN QUE SE DEN A CONOCER DE MANERA OPORTUNA TODOS LOS ELEMENTOS NECESARIOS QUE SIRVAN DE BASE PARA LA EMISIÓN DEL ACTO OBJETO DE APROBACIÓN POR LOS CONSEJOS GENERALES DE LOS INSTITUTOS ELECTORALES
SUP-CDC-5/2013CANDIDATOS A CARGO DE ELECCIÓN POPULAR PUEDEN IMPUGNAR RESULTADOS ELECTORALES MEDIANTE JUICIO CIUDADANO.
SUP-CDC-4/2013EL PLAZO PARA CONTROVERTIR UNA SENTENCIA OBJETO DE ACLARACIÓN, INICIA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL QUE SURTE EFECTOS LA NOTIFICACIÓN, EN RELACIÓN A LA FE DE ERRATAS, EL CÓMPUTO DEBE REALIZARSE A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA MISMA.
SUP-CDC-3/2013CONVENIO DE APOYO Y COLABORACIÓN ELECTORAL Y ANEXOS TÉCNICOS, PARA SU OBLIGATORIEDAD SE DEBEN PUBLICAR ANTES DEL INICIO DE LOS PLAZOS PACTADOS ENTRE EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL Y EL RESPECTIVO INSTITUTO ELECTORAL LOCAL.
SUP-JDC-1695/2016INTERPOSICIÓN DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ANTE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ES NECESARIO AGOTAR LAS INSTANCIAS LOCALES
SUP-JDC-1675/2016PROCEDIBILIDAD EN LOS JUICIOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES
SUP-JDC-1650/2016SE DEBE OTORGAR CERTEZA EN LA APLICACIÓN DE LA NORMA
SUP-JDC-1511/2016EXTEMPORANIDAD DE LA DEMANDA POR ESTABLECER DE FORMA INCORRECTA EL ACTO QUE GENERA LA AFECTACIÓN DE DERECHOS RECLAMADOS.
SUP-JDC-1511/2016EXTEMPORANEIDAD DE LA DEMANDA POR ESTABLECER DE FORMA INCORRECTA EL ACTO QUE GENERA LA AFECTACIÓN DE DERECHOS RECLAMADOS
SUP-JDC-1226/2016PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA, LAS AUTORIDADES ELECTORALES DEBEN DE PREPONDERAR DICHO PRINCIPIO
SUP-JDC-906/2016PARA QUE RESULTE PROCEDENTE LA SUPLETORIEDAD DE NORMAS, DEBE PREVERSE EN LA NORMATIVIDAD SUPLIDA
SUP-JDC-410/2016ACUERDOS EMITIDOS EN CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE SALA SUPERIOR, SU APROBACIÓN NO SE ENCUENTRA SUJETA A LAS REGLAS ESTATUTARIAS DE VALIDACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE ALIANZA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SUP-JDC-4967/2015IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS-ELECTORALES CUANDO LOS RECURRENTES CARECEN DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR ACUERDOS
SUP-JDC-4305/2015PARTIDOS POLÍTICOS, DEBEN EXPEDIR SUS RESOLUCIONES ATENDIENDO A LOS PRINCIPIOS DE EXPEDITEZ E IMPARCIALIDAD
SUP-JDC-1702/2015SUPLENCIA DE LA QUEJA, PROCEDE PARA PREPONDERAR EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA PARTIDARIA
SUP-JDC-1701/2015CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARAS IMPUTABLES AL RESPONSABLE QUE IMPIDAN LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE UNA DEMANDA NO DEBEN GENERAR SU DESECHAMIENTO POR EXTEMPORANEIDAD
SUP-JDC-487/2014LA DETERMINACIÓN INFUNDADA DE DESECHAR UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN INTERPUESTO ANTE EL ORGANO PARTIDISTA, VIOLENTA EL DEBIDO PROCESO A QUE TODO MILITANTE TIENE DERECHO.
SUP-JDC-24/2014NO ES VÁLIDA LA ARGUMENTACIÓN DE UNA SUPUESTA CONDUCTA OMISIVA DE LA AUTORIDAD LOCAL, PARA NO AGOTAR LAS INSTANCIAS JUDICIALES LOCALES
SUP-JDC-6/2014LOS TRIBUNALES LOCALES, A TRAVÉS DE LOS JUICIOS CIUDADANOS, TIENEN COMPETENCIA PARA CONOCER DE ACTOS O RESOLUCIONES EN LOS QUE SE AFIRME QUE ÓRGANOS PARTIDISTAS NACIONALES AFECTAN SUS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES, CUANDO ELLO OCURRE EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LA COMPETENCIA DE LA ENTIDAD FEDERATIVA CORRESPONDIENTE.
SUP-JDC-1135/2013DESISTIMIENTO TÁCITO DE LA INSTANCIA INTRAPARTIDISTA. PROCEDE CUANDO EL AFILIADO COMUNICA AL ÓRGANO RESPONSABLE SU INTENCIÓN DE ACUDIR “PER SALTUM” A LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL COMPETENTE, A FIN DE EVITAR LA IRREPARABILIDAD DEL ACTO RECLAMADO.
SUP-JDC-975/2013LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DE VALORAR LAS PRUEBAS OFRECIDAS QUE PUEDEN SER DETERMINANTES EN LA RESOLUCIÓN, SE TRADUCEN EN UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE DEBE SER REPARADA.
SUP-JDC-970/2013OBLIGACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DE ENTREGAR LA INFORMACIÓN PÚBLICA SOLICITADA, DENTRO DE LOS PLAZOS REGLAMENTARIOS O SEÑALADOS POR EL COMITÉ DE INFORMACIÓN O EL ÓRGANO GARANTE DE LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.
SUP-JE -76/2016INTERPOSICIÓN DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ANTE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ES NECESARIO AGOTAR LAS INSTANCIAS LOCALES
SUP-JE -75/2015LAS RESOLUCIONES Y SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL ELECTORAL, SON INMUTABLES Y NO SON SUSCEPTIBLES DE SER REVOCADAS O MODIFICADAS MEDIANTE INCIDENTE
SUP-JRC-333/2016SE CONFIRMA DESECHAMIENTO DE DENUNCIA DEL PRI CONTRA EL PAN Y SU CANDIDATO A GOBERNADOR OROZCO.
SUP-JRC-303/2016DESECHAN RECURSO CONTRA CÓMPUTO, DECLARACIÓN DE VALIDEZ Y CONSTANCIA DE MAYORÍA A FAVOR DE MURAT
SUP-JRC-702/2015LA FALTA DE RESOLUCIÓN DE FONDO DE UN INCIDENTE CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD, QUE EQUIVALE A UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE TRASCIENDE AL RESULTADO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA
SUP-JRC-652/2015SE DEBE JUSTIFICAR QUE EL OFERENTE DE UNA PRUEBA SOLICITÓ POR ESCRITO DIVERSOS MEDIOS PROBATORIOS A UNA AUTORIDAD Y QUE ÉSTAS NO LE HUBIERAN SIDO ENTREGADAS, PARA QUE SE ORDENE REQUERIRLAS
SUP-JRC-121/2013SE ENCUENTRAN LEGITIMADAS PARA PROMOVER EL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL LAS PERSONAS POSTULADAS PARA UN CARGO DE ELECCIÓN POPULAR POR UN PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN.
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SUP-JE -142/2024CASO: REVOCACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO PARA QUE VALORE MENSAJES EMITIDOS POR UN MINISTRO DE CULTO E IDENTIFIQUE SI VULNERARON EL PRINCIPIO DE LAICIDAD SE ORDENÓ EMITIR OTRA SENTENCIA EN LA QUE SE ANALICE LA INFRACCIÓN DENUNCIADA
SUP-JRC-342/2016LOS MINISTROS DE CULTO NO LES ESTÁ VEDADO REALIZAR ACTOS O MANIFESTACIONES TENDENTES A LA INVITACIÓN NEUTRAL AL VOTO CIUDADANO EN LAS ELECCIONES.
SUP-REC-647/2015PRINCIPIO DE LAICIDAD, DEBE PROBARSE UNA PRESENCIA SIGNIFICATIVA Y DETERMINANTE QUE LIGUE A UN CANDIDATO CON LA IGLESIA
SUP-REC-635/2015LA TEMPORALIDAD DE CINCO AÑOS PREVISTA LEGALMENTE PARA QUE LOS MINISTROS DE CULTO RELIGIOSO, QUE PRETENDAN SER VOTADOS A UN CARGO DE ELECCIÓN POPULAR, SE SEPAREN DE SU MINISTERIO CON DICHA ANTICIPACIÓN, NO ES EXIGIBLE PARA QUE PUEDAN EFECTUAR ACTOS DE PROSELITISMO
SUP-REP-265/2021CASO: SUPUESTO USO DE SÍMBOLOS RELIGIOSOS EN LA PROPAGANDA ELECTORAL LA LIBERTAD RELIGIOSA ES UN DERECHO FUNDAMENTAL, QUE SE ENCUENTRA TUTELADO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONALMENTE, POR LO QUE, PARA LA ADMISIÓN DE UNA DENUNCIA EN ESTE TIPO DE CASOS, SE REQUIERE UN ANÁLISIS ESTRICTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS POR EL DENUNCIANTE, QUE HAGAN OBJETIVA Y RAZONABLEMENTE PROBABLE QUE LOS HECHOS MATERIA DE QUEJA PUDIERAN CONSTITUIR UNA VIOLACIÓN ELECTORAL
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SM -JDC-12/2023CRITERIO: PLENITUD DE JURISDICCIÓN. ASUMIRLA SOLO SE ENCUENTRA JUSTIFICADA POR RAZONES IMPERIOSAS Y APREMIANTES.
SM -JDC-383/2017POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, DEBE ATENDER LOS CRITERIOS DE PARIDAD DE GÉNERO
SM -JDC-60/2017PARIDAD DE GÉNERO EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A LAS PRESIDENCIAS MUNICIPALES DE COAHUILA DE ZARAGOZA
SM -JRC-75/2018PORCENTAJE MÍNIMO EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, OPERA EN FAVOR DE LAS MUJERES
SRE-PSD-48/2019UNA DIPUTADA LOCAL, UN DIPUTADO LOCAL Y UN PRESIDENTE MUNICIPAL, ASISTIERON A UN EVENTO PROSELITISTA DE UNA CANDIDATURA A LA GUBERNATURA DE PUEBLA.
SUP-JDC-1479/2022CASO: REVOCACIÓN DEL ACUERDO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS RELATIVO AL PROCESO DE DESIGNACIÓN DE CONSEJERÍAS DEL INE SE DEBEN PRESENTAR TRES QUINTETAS PARA EL CARGO DE CONSEJERÍA ELECTORAL Y UNA ESPECÍFICA PARA EL CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO GENERAL, QUE ADICIONALMENTE PERMITIRÁ GARANTIZAR Y OBSERVAR CON MAYOR EFICIENCIA EL CUMPLIMIENTO AL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO
SUP-JDC-122/2022CASO: ASPIRANTE A PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE HIDALGO POR EL PARTIDO MORENA, RECLAMA QUE DIVERSAS AUTORIDADES ELECTORALES HAN VIOLADO SUS DERECHOS COMO MUJER INDÍGENA, POR LA OMISIÓN DE CONSIDERAR LA PARIDAD Y ALTERNANCIA DE GÉNERO, ASÍ COMO ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS SE AGOTA EL DERECHO DE ACCIÓN, EN RAZÓN QUE LOS ACTOS IMPUGNADOS YA FUERON MATERIA DE ANÁLISIS
SUP-JDC-1452/2021CASO: EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE CAMPECHE ACORDÓ POR MAYORÍA DE VOTOS, QUE EL MAGISTRADO FRANCISCO JAVIER AC ORDÓÑEZ CONTINUARA EN LA PRESIDENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, DE MANERA INTERINA LA ROTATIVIDAD EN LOS CARGOS PÚBLICOS PUEDE TRADUCIRSE COMO UNA MEDIDA QUE TIENDE A FORTALECER LA PARTICIPACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS EN UN SISTEMA DEMOCRÁTICO, DADO QUE GARANTIZA, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, QUE TODOS LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO COLEGIADO PUEDAN ACCEDER EN SU MOMENTO OPORTUNO AL CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL LOCAL DEL QUE FORMAN PARTE
SUP-JDC-20/2018LA OBLIGACIÓN DE QUE SE CUMPLA EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO EN LA VIDA INTERNA DEL PARTIDO DEBE EXIGIRSE PARA EL PRÓXIMO PROCESO DE RENOVACIÓN DE LA DIRIGENCIA NACIONAL DEL PRD
SUP-JDC-1172/2017ALTERNANCIA DE GÉNEROS AL INTERIOR DE LOS BLOQUES DE COMPETITIVIDAD PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS
SUP-JDC-2012/2016LAS AUTORIDADES DEL ESTADO MEXICANO, INCLUIDO EL SENADO DE LA REPÚBLICA, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
SUP-JDC-1773/2016EL OBJETO DEL DERECHO A SER ELECTA IMPLICA, POR UN LADO, CONTENDER POR MEDIO DE UNA CANDIDATURA A UN CARGO DE ELECCIÓN POPULAR Y SER PROCLAMADA ELECTA CONFORME A LA VOTACIÓN EMITIDA, ASÍ COMO EJERCER EL CARGO LIBRE DE VIOLENCIA POLÍTICA.
SUP-JDC-1706/2016EL TEPJF CONFIRMA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DE TLAXCALA Y ENTREGA DE CONSTANCIA DE MAYORÍA A FAVOR DE MARCO ANTONIO MENA RODRÍGUEZ
SUP-JDC-1690/2016EL CAMBIO DE SISTEMA DE PARTIDOS A SISTEMAS NORMATIVOS INTERNOS. DEBE DARSE BAJO UN MARCO DE PAZ, CON LA FINALIDAD DE QUE SE DE UNA TRANSICIÓN ORDENADA Y LEJOS DE LA VIOLENCIA POLÍTICA.
SUP-JDC-1654/2016VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
SUP-JDC-1619/2016EL LENGUAJE ES UN ELEMENTO FUNDAMENTAL DENTRO DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO, YA QUE POSEE UN POTENCIAL TRANSFORMADOR QUE IMPONE EL DEBER DE UTILIZARLO PARA GARANTIZAR DE FORMA EFECTIVA EL DERECHO A LA IGUALDAD Y LOGRAR LA INCLUSIÓN DE LAS MUJERES EN LA VIDA DEMOCRÁTICA
SUP-JDC-1186/2016ANTE EL FALLECIEMIENTO DE UNA SENADORA, SE DEBE RESPETAR EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO
SUP-JDC-1236/2015LÍMITES DE SOBRE Y SUBREPRESENTACIÓN
SUP-JDC-2188/2014LAS AUTORIDADES DEBEN CONDUCIRSE BAJO DIRECTRICES, QUE PERMITAN ALCANZAR LA INTEGRACIÓN PARITARIA, EN LA CONFORMACIÓN ÓRGANOS PARA DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS.
SUP-JDC-3003/2012SE CUMPLE CON EL PRINCIPIO DE IGUALDAD AL PERMITIR PARTICIPAR SIN DISCRIMINACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DE ÓRGANOS LOCALES.
SUP-JDC-1658/2012LAS DESIGNACIONES DE CONSEJEROS ELECTORALES DISTRITALES DEBEN DE CUMPLIR CON LA EQUIDAD DE GÉNERO.
SUP-JDC-14855/2011CRITERIOS DE REGISTRO DE CANDIDATURAS POR PARTE DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, RELATIVOS A LA EQUIDAD DE GÉNERO.
SUP-JDC-12624/2011LA DISTORSIÓN A LA CUOTA DE GÉNERO, RESTRINGUE LA PARTICIPACIÓN EN CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR.
SUP-JDC-10842/2011AÚN TRATANDOSE DE LA FACULTAD DE DESIGNACIÓN DIRECTA DE CANDIDATOS, LOS PARTIDOS DEBEN GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD Y PARIDAD.
SUP-JDC-10811/2011LA PARIDAD DE GÉNERO ES UN CRITERIO QUE DEBE OBSERVARSE EN LAS CONVOCATORIAS Y DESIGNACIONES DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL, RESPECTO DE LA DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES DISTRITALES.
SUP-JDC-1154/2010NO EXISTE OBLIGACIÓN DE LOS PARTIDOS DE OBSERVAR LA EQUIDAD DE GÉNERO AL DESIGNAR REPRESENTANTES ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL.
SUP-JDC-163/2010LA EQUIDAD DE GÉNERO NO IMPLICA EL DERECHO A OCUPAR LA MEJOR POSICIÓN POSIBLE EN LA LISTA DE CANDIDATOS A DIPUTADOS PLURINOMINALES.
SUP-JDC-158/2010SE DEBE PRIVILEGIAR EL PRINCIPIO DE EQUIDAD DE GÉNERO EN LA INCLUSIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS LOCALES POR REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL.
SUP-JDC-28/2010EN LA DESIGNACIÓN DE PRESIDENTES DE LOS TRIBUNALES ELECTORALES LOCALES, DEBE PREVALECER EL PRINCIPIO DE ROTATIVIDAD PARA PRIVILEGIAR EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO.
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SUP-JDC-1239/2010LA MANIFESTACIÓN DE OPINIONES PERSONALES NO DEBE CONSIDERARSE COMO ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA.
SUP-JRC-249/2016SE DEBE PRECISAR EL LUGAR EN DONDE SE HIZO LA PROPAGANDA ELECTORAL DENUNCIADA
SUP-JRC-169/2011LA INFORMACIÓN PUBLICADA EN FACEBOOK NO GENERA INDICIOS SOBRE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA.
SUP-JRC-146/2011RESULTA INNECESARIA LA REALIZACIÓN DE DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN DE CONTENIDO DE PROPAGANDA ELECTORAL, SI EN AUTOS OBRAN ELEMENTOS SUFICIENTES E IDÓNEOS PARA ACREDITARLO.
SUP-JRC-79/2011LAS NOTAS PERIODÍSTICAS PUBLICADAS EN INTERNET TIENEN EL VALOR DE PRUEBA INDICIARIA LEVE, POR LO QUE NECESITAN CONCATENARSE CON OTROS MEDIOS PROBATORIOS.
SUP-JRC-48/2011EL CONTENIDO DE LO PUBLICADO EN TWITTER PUEDE SER OBJETO DE MANIPULACIÓN POR LO QUE NO ES UN MEDIO IDÓNEO PARA ACREDITAR UN HECHO.
SUP-JRC-165/2008LOS USUARIOS SE ENCUENTRAN EN APTITUD DE EMITIR JUICIOS DE VALOR RESPECTO DE LA VERACIDAD DE LOS VIDEOS DIFUNDIDOS EN INTERNET.
SUP-RAP-317/2012LAS PÁGINAS WEB OFRECIDAS COMO MEDIO DE PRUEBA, NO CONSTITUYEN UN INDICIO VINCULANTE CON LOS PRESUNTOS RESPONSABLES DE DIFUNDIR PROPAGANDA ELECTORAL.
SUP-RAP-268/2012LA PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN EN INTERNET NO CONFIGURA ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA.
SUP-RAP-120/2012LA APARICIÓN DE BANNERS EN LAS PÁGINAS DE INTERNET NO CONSTITUYE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA.
SUP-RAP-42/2012GOOGLE. SU EMPLEO COMO BUSCADOR NO AFECTA EN LA DILIGENCIA DE INSPECCIÓN.
SUP-RAP-124/2010LA PROPAGANDA COMERCIAL SE CONSIDERA COMO INFRACCIÓN EN MATERIA ELECTORAL SI GENERA UNA IMPRESIÓN, IDEA, CONCEPTO CONSTANTE DE UN ASPIRANTE, PRECANDIDATO, O DE UN PARTIDO POLÍTICO, SU EMBLEMA, O DE SUS CANDIDATOS.
SUP-RAP-153/2009LA INFORMACIÓN DIFUNDIDA EN INTERNET NO ES UN MEDIO DE PRUEBA IDÓNEO YA QUE NO ES POSIBLE ADVERTIR FEHACIENTEMENTE LA PESONA O ENTIDAD QUE LA COLOCA.
SUP-RAP-150/2009LA DIFUSIÓN DEL CURRÍCULUM DE SERVIDORES PÚBLICOS EN SITIOS OFICIALES NO CONSTITUYE PROPAGANDA ELECTORAL.
SUP-RAP-132/2009EL CURRICULUM PUBLICADO EN PÁGINAS OFICIALES NO IMPLICA PROMOCION PERSONALIZADA.
SUP-RAP-72/2009 LOS SERVIDORES PÚBLICOS TIENEN LEGITIMACIÓN PARA EMITIR OPINIONES Y PUBLICARLAS EN LA PAGINA DE INTERNET DEL PARTIDO EN EL QUE MILITEN.
SUP-RAP-181/2008LOS DESPLEGADOS EN INTERNET NO CONSTITUYEN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, EN VIRTUD DE QUE ACCEDEN SÓLO AQUÉLLOS CIUDADANOS QUE LO DESEAN.
SUP-REC-57/2009CONVERSACIONES DE MESSSENGER Y FACEBOOK. DEBEN SER VALORADAS COMO MEDIOS DE PRUEBA.
SUP-REP-700/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE LA ORGANIZACIÓN “QUE SIGA LA DEMOCRACIA” POR LA SUPUESTA DIFISIÓN DE LA IMAGEN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN LAS REDES SOCIALES DE TWITTER Y FACEBOOK
SUP-REP-163/2016LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL ES QUIEN DEBE INVETIGAR LOS PROMOCIONALES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUP-REP-89/2016EL TEPJF ORDENÓ A LA SALA ESPECIALIZADA GRADUAR SANCIÓN AL PVEM POR MENSAJES EN TWITTER DE FAMOSOS DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DE LA FALTA
SUP-REP-88/2016LA CONSTITUCIÓN DE UNA CRITICA RAZONABLE NO GENERA UNA CONDUCTA QUE ACTUALICE EL INDEBIDO USO DEL PAUTADO A QUE TIENEN DERECHO LOS INSTITUTOS POLÍTICOS.
SUP-REP-8/2016NUEVO MODELO DE COMUNICACIÓN POLÍTICA. LOS PARTIDOS POLÍTICOS TIENEN UNA CLARA OBLIGACIÓN DE VIGILAR QUE EL COMPORTAMIENTO DE SUS CANDIDATOS SEA CONFORME A LOS CAUSES LEGALES.
SUP-REP-1/2014LA SUSPENSIÓN DE LA DIFUSIÓN DE PROMOCIONALES COMO MEDIDA CAUTELAR, TIENE COMO OBJETO EVITAR LA VULNERACIÓN DE LOS BIENES JURÍDICOS TUTELADOS POR LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY.
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SM -RAP-1/2017EN MATERIA ELECTORAL, EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA DETERMINAR LA OPORTUNIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE UN MEDIO DE DEFENSA, ATIENDE A LA TEMPORALIDAD DE LA VIOLACIÓN RECLAMADA
SUP-JDC-906/2024CASO: NULIDAD DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL 2024 LAS PRUEBAS QUE FUERON APORTADAS NO FUERON SUFICIENTES PARA ACREDITAR LAS IRREGULARIDADES SEÑALADAS
SUP-JDC-480/2024CASO: SEPARACIÓN DEL CARGO A LA GUBERNATURA PARA CONTENDER POR UNA SENADURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL QUIEN OCUPARA LA TITULARIDAD DE UNA GUBERNATURA O DE LA JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO PODRÍA SER POSTULADA PARA UNA SENADURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, SIN QUE RESULTARA EXIGIBLE LA SEPARACIÓN DEL CARGO, DERIVADO DEL ANÁLISIS DE LA FRACCIÓN V, TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 55 DE LA CPEUM
SUP-JE -267/2021CASO. INFRACCIÓN ATRIBUIDA AL TERCER OBISPO DE LA DIÓCESIS DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. LAS INFRACCIONES COMETIDAS POR MINISTRO DE CULTO SON DE COMPETENCIA CONCURRENTE ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y LAS AUTORIDADES LOCALES, DEPENDIENDO DEL TIPO DE ELECCIÓN DE QUE SE TRATE
SUP-JRC-146/2017EL DESAHOGO DE DILIGENCIAS ES UNA FACULTAD QUE ESTÁ EN EL ÁMBITO DISCRECIONAL DE LA AUTORIDAD, SIEMPRE Y CUANDO SE JUSTIFIQUE SU PERTINENCIA ANTE OMISIONES O DEFICIENCIAS EN LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE O EN SU TRAMITACIÓN, ASÍ COMO CUANDO SE VULNEREN LAS REGLAS ESTABLECIDAS EN EL ORDENAMIENTO ELECTORAL.
SUP-JRC-144/2017PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, ES LA VÍA IDÓNEA CUANDO SE TRATA DE ACTOS QUE SE COMETAN DENTRO DE LOS PROCESOS ELECTORALES DADA LA EXPEDITES QUE EXIGE LA RESOLUCIÓN DE LAS QUEJAS QUE PUDIERAN TENER ALGUNA INCIDENCIA DENTRO DEL PROCESO ELECTORAL.
SUP-JRC-125/2017EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR DEBE TENER EL CARÁCTER DE SUMARIO
SUP-JRC-105/2017EN NUESTRO SISTEMA ELECTORAL ES VÁLIDA LA REGULACIÓN EMITIDA POR LAS NORMAS QUE RECHAZAN LA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y QUE SE SANCIONE A LOS INFRACTORES PARA PARA PROTEGER LA EQUIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL.
SUP-JRC-66/2017LAS MANIFESTACIONES EMITIDAS POR UN FUNCIONARIO CON LICENCIA DEBEN ANALIZARSE CONFORME AL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD.
SUP-JRC-273/2016SE CONFIRMA INEXISTENCIA DE VIOLACIÓN DE LA VEDA ELECTORAL POR EL DIRIGENTE DEL PAN EN VERACRUZ
SUP-JRC-271/2016LOS TRIBUNALES LOCALES DEBEN DE REVISAR LA DEBIDA INTEGRACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES
SUP-JRC-125/2013PARTIDOS POLÍTICOS. ANTE UN MAYOR FINANCIAMIENTO PRIVADO RESPECTO DEL PÚBLICO FUERA DEL PROCESO ELECTORAL, SERÁ SUFICIENTE DECOMISAR EL MONTO EN EXCESO PARA INHIBIR LA CONDUCTA INFRACTORA.
SUP-JRC-123/2013LA MULTA ES IMPROCEDENTE CUANDO NO EXISTEN DATOS CIERTOS Y OBJETIVOS PARA CUANTIFICAR EL BENEFICIO OBTENIDO CON MOTIVO DE LA CONDUCTA INFRACTORA.
SUP-JRC-107/2010LOS TRIBUNALES ELECTORALES LOCALES NO PUEDEN DETERMINAR LA INSTAURACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES.
SUP-RAP-159/2017LA SANCIÓN A IMPONER NO DEBE SER MENOR AL MONTO DEL BENEFICIO OBTENIDO POR EL PARTIDO POLÍTICO A QUIEN SE LE REALIZÓ UNA APORTACIÓN EN ESPECIE.
SUP-RAP-33/2017GRADUALIDAD ENTRE LA FRIVOLIDAD DE LA QUEJA Y LA SANCIÓN.
SUP-RAP-353/2016DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, SE DEBEN CUMPLIR CON LAS FORMALIDADES EN CADA ETAPA QUE LO COMPONEN HACIA TODOS LOS SUJETOS DENUNCIADOS
SUP-RAP-151/2014TRATÁNDOSE DE UN GOBERNADOR, LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL ESTÁ IMPEDIDA PARA IMPONERLE UNA SANCIÓN DIRECTAMENTE, POR ELLO DEBE DAR VISTA AL CONGRESO LOCAL.
SUP-RAP-121/2014LAS CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN RELATIVAS A SERVICIOS EDUCATIVOS, DE SALUD Y DE PROTECCIÓN CIVIL, SON EXCEPCIONES DE LA PROHIBICIÓN DE DIFUNDIR PROPAGANDA GUBERNAMENTAL DURANTE LAS CAMPAÑAS Y HASTA LA CONCLUSIÓN DE LA JORNADA ELECTORAL.
SUP-RAP-34/2014PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS IMPUESTAS A LAS EMPRESAS MORALES EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES, SE DEBEN CONSIDERAR TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA INFRACCIÓN COMETIDA, ENTRE OTRAS, LA GRAVEDAD DE ÉSTA, LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL RESPONSABLE Y LA REINCIDENCIA DE ÉSTE EN LA COMISIÓN DEL HECHO QUE LA MOTIVA.
SUP-RAP-29/2014EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, NO TIENE FACULTADES PARA DESECHAR UNA PETICIÓN DEL DERECHO DE RÉPLICA QUE FORMULEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SUP-RAP-260/2012EXISTE VIOLACIÓN A LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO, CUANDO EL EMPLAZAMIENTO NO SE REALIZA CONFORME A LAS NORMAS PREVISTAS EN LA LEGISLACIÓN SUSTANTIVA ELECTORAL FEDERAL.
SUP-RAP-129/2012CUANDO SE REALIZA EL EMPLAZAMIENTO DE MANERA EXTEMPORÁNEA A LA AUDIENCIA DE PRUEBAS Y ALEGATOS, ELLO TRANSGREDE LA GARANTÍA DE LEGALIDAD DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR.
SUP-RAP-24/2011EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, LA AUTORIDAD NO DEBE INCLUIR HECHOS DIVERSOS A LOS DENUNCIADOS.
SUP-RAP-242/2009EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, EN MATERIA DE PRUEBA, SE RIGE POR EL PRINCIPIO DISPOSITIVO.
SUP-RAP-36/2009CORRESPONDE AL SECRETARIO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, ANALIZAR LAS DIFERENCIAS DE PROCEDENCIA DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES Y ORDINARIOS SANCIONADORES.
SUP-RAP-11/2009EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL CUENTA CON FACULTADES PARA ENCAUZAR O REENCAUZAR CORRECTAMENTE LAS DENUNCIAS QUE AL EFECTO SE PRESENTEN.
SUP-RAP-223/2008LAS REGLAS ESTABLECIDAS PARA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, NO SON APLICABLES AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, NI VICEVERSA.
SUP-RAP-122/2008DIFERENCIAS EN LA CARGA DE LA PRUEBA PARA EL DENUNCIANTE EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO Y ESPECIAL SANCIONADOR.
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ST -JDC-108/2019
ST -JDC-13/2019
SUP-AG -69/2023CASO: DECRETO DE REFORMA, QUE ENTRE OTRAS CUESTIONES, MODIFICA LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DEL INE LA NORMATIVA PREVÉ DESECHAR LA DEMANDA CUANDO EL RECURSO O JUICIO DE QUE SE TRATE SEA NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE, Y QUE ESTE SUPUESTO SE DA RESPECTO DE AQUELLOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN LOS QUE SE PRETENDA IMPUGNAR LA FALTA DE CONFORMIDAD DE LAS LEYES FEDERALES O LOCALES CON LA CONSTITUCIÓN
SUP-AG -37/2019CASO: PROCESO DE DESIGNACIÓN O NOMBRAMIENTO DE CARLOS HERNANDEZ TOLEDO, COMO MAGISTRADO EN FUNCIONES, DE LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA
SUP-JDC-1033/2022CASO: REMOCIÓN DE DIVERSOS INTEGRANTES DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (IMPEPAC) EL ELEMENTO FUNDAMENTAL PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD DE LA AFECTACIÓN A UN PRINCIPIO, NORMA, REGLA U OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL PARA EFECTOS DE LA ACTUALIZACIÓN DE UNA CAUSA DE REMOCIÓN DE CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES, CONSISTE EN QUE LA CONDUCTA O IRREGULARIDAD IMPUTADA HAYA GENERADO EFECTOS PERNICIOSOS, ES DECIR QUE SE HAYA MATERIALIZADO, YA QUE LA SIMPLE TOMA DE UNA DECISIÓN QUE NO SE EJECUTÓ O LA PUESTA EN PELIGRO DE ALGÚN ASPECTO CONSTITUCIONAL, NO PUEDE JUSTIFICAR LA IMPOSICIÓN DE LA MÁXIMA SANCIÓN, PRECISAMENTE PORQUE AL NO HABERSE CONCRETADO, ES INSUFICIENTE PARA ESTIMAR QUE SE ACTUALIZA EL ELEMENTO MATERIAL DEL SUPUESTO SANCIONATORIO, Y POR ENDE, NO PODRÍA CONSIDERARSE QUE CON ELLO, SE AFECTÓ, DE MANERA GRAVE ALGÚN PRINCIPIO O REGLA CONSTITUCIONAL
SUP-JDC-1126/2021CASO. REQUISITO RELATIVO A POSEER UN TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIATURA CON ANTIGÜEDAD MÍNIMA DE CINCO AÑOS PARA OCUPAR EL CARGO DE CONSEJERO EN UN OPLE. EL REQUISITO DE POSEER TÍTULO PROFESIONAL CON ANTIGÜEDAD DE CINCO AÑOS AL DÍA DE LA DESIGNACIÓN NO ES DISCRIMINATORIO NI EXCLUYENTE, NO TRANSGREDE EL DERECHO POLÍTICO-ELECTORAL A INTEGRAR UNA AUTORIDAD ELECTORAL, YA QUE ES UNA RESTRICCIÓN CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONALMENTE VÁLIDA QUE REPRESENTA UNA EXIGENCIA RAZONABLE, PROPORCIONAL Y COHERENTE CON LAS CUALIDADES TÉCNICAS QUE DEBEN ACREDITAR LAS CONSEJERAS Y LOS CONSEJEROS ELECTORALES PARA CUMPLIR DE MANERA EFICAZ CON LA FUNCIÓN QUE TIENE ENCOMENDADA
SUP-JDC-1098/2021CASO: LOS ACTOS RELACIONADOS CON LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA CONSULTA POPULAR, QUE LLEVA A CABO EL INE, ES CONTANDO TODOS LOS DÍAS Y HORAS COMO HÁBILES. TODOS LOS DÍAS Y HORAS SON HÁBILES PARA IMPUGNAR LOS ACTOS DEL INE RELATIVOS A LA CONSULTA POPULAR QUE SEAN DEL CONOCIMIENTO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUP-JDC-1044/2021CASO: CONVOCATORIA EXCLUSIVA PARA MUJERES A PRESIDIR EL OPLE DE JALISCO EL HECHO DE QUE LA CONVOCATORIA SE DIRIJA SOLO A MUJERES POR SI MISMA NO RESULTA DISCRIMINATORIA, PORQUE SE TRATA DE UNA DISTINCIÓN RAZONABLE, PROPORCIONAL Y OBJETIVA QUE, CUMPLE CON UN OBJETIVO CONSTITUCIONAL VÁLIDO: LA PARIDAD DE GÉNERO
SUP-JDC-117/2021CASO: CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL (OPLE) DEL ESTADO DE MÉXICO Y DE LA CONSEJERA O CONSEJERO ELECTORAL DEL OPLE DE COLIMA EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO ES UN MANDATO DE OPTIMIZACIÓN FLEXIBLE, POR LO QUE SE CONSIDERA AJUSTADO A DERECHO PARA RESARCIR A LAS MUJERES DISCRIMINADAS HISTÓRICAMENTE, POR LO QUE EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL NO SE PUEDE CONSIDERAR COMO UN TECHO O LÍMITE
SUP-JDC-10453/2020CASO. DESIGNACIÓN DEL TITULAR DE LA CONTRALORÍA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE JALISCO INDEBIDO DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA, POR PARTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO, EN CONTRA DE LA DESIGNACIÓN DEL TITULAR DE LA CONTRALORÍA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE JALISCO, BAJO EL ARGUMENTO DE QUE ESCAPABA DE LA MATERIA ELECTORAL Y SE INSERTABA EN EL ÁMBITO PARLAMENTARIO
SUP-JDC-10330/2020CASO. REMOCIÓN DEL CARGO DE CONSEJERA PRESIDENTA DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ENTRE LAS ATRIBUCIONES QUE RECONOCE EL CÓDIGO ELECTORAL LOCAL AL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ÉSTE TIENE ENTRE SUS FINES GARANTIZAR EL RESPETO DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LOS CIUDADANOS; PERO, TAMBIÉN VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES
SUP-JDC-10263/2020CASO: ANTE LA IMPUGNACIÓN DE UNA PERSONA DE LA COMUNIDAD LGBTI+, LA SALA SUPERIOR RATIFICÓ LA DESIGNACIÓN DE UNA MUJER EN EL ÓRGANO JURISDICCIONAL EN AGUASCALIENTES AL SER ACORDE CON EL PRINCIPIO DE PARIDAD EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO ES UN MANDATO CONSTITUCIONAL CUYA TIENE COMO FINALIDAD IMPLEMENTAR MEDIDAS DIRIGIDAS A HACER REALIDAD EL PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE GÉNEROS, CONTRARRESTANDO EL REZAGO EN LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES, POR LO QUE SU OBSERVANCIA POR PARTE DE LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA SU APLICACIÓN NO CONSTITUYE UNA ALTERNATIVA U OPCIÓN QUE PUEDA O NO APLICAR DE MANERA DISCRECIONAL, POR EL CONTRARIO, SE TRATA DE UN MANDATO DE INEXCUSABLE CUMPLIMIENTO Y DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA ENCAMINADO A SUBSANAR LA DESIGUALDAD HISTÓRICA A QUE SE HAN ENFRENTADO LAS MUJERES EN EL ACCESO A ESA ENCOMIENDA PÚBLICA
SUP-JDC-10255/2020CASO. REGLA DE ALTERNANCIA DEL GÉNERO MAYORITARIO LOS DESARROLLOS LEGALES Y JURISPRUDENCIALES TENDENTES A PROMOVER LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LA VIDA PÚBLICA, HAN INICIADO CON UNA CONCEPCIÓN ESTRICTAMENTE DE CUOTAS DE GÉNERO, EN LAS QUE SE PRETENDÍA ASEGURAR UN UMBRAL MÍNIMO DE MUJERES EN LAS CONTIENDAS ELECTORALES, A UNA POLÍTICA PARITARIA, EN LA QUE YA NO SOLO SE BUSCA UN NÚMERO MÍNIMO DE MUJERES, SINO QUE SE EXIGE UNA INTEGRACIÓN PARITARIA DE TODOS LOS ÓRGANOS DEL ESTADO
SUP-JDC-10120/2020CASO. PORCENTAJE DE APOYO DE LA CIUDADANÍA PARA EL REGISTRO DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
SUP-JDC-10106/2020CASO. LINEAMIENTOS DE EVALUACIÓN PARA OCUPAR LA TITULARIDAD DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA LA DESIGNACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA PARA LA ATENCIÓN DE DELITOS ELECTORALES, ESTÁ REGUILADA Y REGIDA POR EL DERECHO ADMINISTRATIVO EN RELACIÓN CON EL DERECHO PARLAMENTARIO
SUP-JDC-10072/2020CASO: PROCEDIMIENTOS DE REMOCIÓN DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES POR PARTE DEL INE EL INE ES LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA TRAMITAR Y RESOLVER LOS PROCEDIMIENTOS DE REMOCIÓN DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES. SIN EMBARGO, ESE PROCEDIMIENTO, COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD ELECTORAL NACIONAL, PROCEDE SOLAMENTE POR CIERTAS CAUSAS GRAVES PREVISTAS EN LA PROPIA LEY (REPLICADAS EN EL REGLAMENTO DE REMOCIÓN)
SUP-JDC-1084/2020CASO: PROCEDIMIENTO PARA INTEGRAR LA TERNA, PARA MAGISTRADA O MAGISTRADO DE LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA EN EL AÑO 2020
SUP-JDC-1078/2020CASO: REQUISITO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LAS CONSEJERAS O CINSEJEROS DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO”
SUP-JDC-117/2017ÚNICAMENTE AQUELLAS DISTINCIONES QUE ATENTAN CONTRA LA DIGNIDAD HUMANA, DE LA QUE GOZAN TODAS LAS PERSONAS, DEVIENEN DISCRIMINATORIAS.
SUP-JDC-1222/2016LA RENUNCIA NO ES SUFICIENTE PARA ACREDITAR PLENAMENTE LA SEPARACIÓN DEL CARGO DE UN FUNCIONARIO PÚBLICO
SUP-JDC-1177/2013EL TRIBUNAL ELECTORAL NO ES COMPETENTE PARA CONOCER DE ACTOS INTRAORGÁNICOS DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS ELECTORALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
SUP-JDC-1167/2013DEBE EMITIRSE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL ACCESO AL CARGO DE CONSEJEROS ELECTORALES.
SUP-JDC-1162/2013EL CONGRESO LOCAL, NECESARIAMENTE DEBE EMITIR LA DECLARATORIA DE RENUNCIA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS PARA QUE SURTA EFECTOS LA MISMA.
SUP-JDC-1150/2013EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO DEBE DAR RESPUESTA AL EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICIÓN RESPECTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN DEL CONTRALOR INTERNO DE DICHO ÓRGANO PÚBLICO.
SUP-JDC-1148/2013SISTEMAS DE ELECCIÓN INTERNA QUE SE SUSTENTEN EN PRÁCTICAS DISCRIMINATORIAS DEBEN CONSIDERARSE CONTRARIAS A DERECHO.
SUP-JDC-1143/2013DEBE EMITIRSE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL ACCESO AL CARGO DE CONSEJEROS ELECTORALES.
SUP-JDC-1134/2013DESISTIMIENTO TÁCITO. ES PROCEDENTE CUANDO EL ACTOR AVISA AL ÓRGANO PARTIDISTA LA PROMOCIÓN DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIO.
SUP-JDC-1129/2013DEBE EMITIRSE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL ACCESO AL CARGO DE CONSEJEROS ELECTORALES.
SUP-JDC-1080/2013EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL PUEDE ESTABLECER ACCIONES AFIRMATIVAS SIEMPRE QUE SEAN RAZONABLES, PROPORCIONALES, OBJETIVAS Y QUE ESTÉN SUJETAS A UNA TEMPORALIDAD.
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SUP-JDC-1/2016ES CONTRARIO A LA CONSTITUCIÓN LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES CORRESPONDIENTES A LAS PERSONAS QUE APOYAN A LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES.
SUP-JDC-4372/2015REVOCAN ADICIÓN EN ESTATUTOS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
SUP-JDC-1004/2015INCONSTITUCIONALIDAD DEL REQUISITO RELATIVO A CONTAR CON EL RESPALDO CIUDADANO EQUIVALENTE AL CUATRO POR CIENTO DEL LISTADO NOMINAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
SUP-JRC-447/2014LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES DE NUEVA CREACIÓN, TIENEN DERECHO AL FINANCIAMIENTO PÚBLICO ESTATAL EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 51, PÁRRAFOS 2 Y 3, DE LA LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS.
SUP-RAP-207/2014LA POSIBILIDAD DE QUE EL ESCRITO DE DESLINDE RELACIONADO CON LA FISCALIZACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PUEDA PRESENTARSE EN CUALQUIER MOMENTO Y HASTA EL DESAHOGO DEL OFICIO DE ERRORES Y OMISIONES, HACE EFECTIVA GARATÍA DE AUDIENCIA.
SUP-REC-666/2015LIBERTAD CONFIGURATIVA DE CONGRESOS DE LOS ESTADOS Y ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
SUP-REC-52/2015INTEGRACIÓN DEBIDA DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA ELECTORAL, INCLUSO POSTERIOR A SU INSTALACIÓN, TODA VEZ QUE DEBEN REGIR LOS PRINCIPIOS EN LA MATERIA DE PARTICIPACIÓN EN LAS ELECCIONES LOCALES.
SUP-REC-892/2014EN LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONA, SE DEBEN OBSERVAR LOS LÍMITES DE REPRESENTACIÓN PREVISTOS EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
SUP-REC-877/2014CONSTITUCIONALIDAD DEL REQUISITO PARA ASENTAR LAS DIEZ HUELLAS DACTILARES EN EL PADRÓN ELECTORAL.
SUP-REC-9/2014EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PROCEDE SI EN LA SENTENCIA, LA SALA REGIONAL INAPLICA, EXPRESA O IMPLÍCITAMENTE, UNA LEY ELECTORAL POR CONSIDERARLA INCONSTITUCIONAL
SUP-REC-3/2014LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS ESTATALES PUEDEN DESARROLLAR ACTIVIDADES QUE TENGAN LUGAR FUERA DEL TERRITORIO DE SU ESTADO, SIEMPRE QUE BENEFICIEN A LA CIUDADANÍA LOCAL.
SUP-REC-138/2013SE REQUIERE DE UNA ACTIVIDAD REGULATORIA PARA DELIMITAR EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SER VOTADO.
SUP-REC-126/2013CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 245, FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, EL CUAL ESTABLECE LA FORMA DE COMPUTAR LOS VOTOS EMITIDOS A FAVOR DE DOS O MÁS PARTIDOS COALIGADOS.
SUP-REC-97/2013EL SISTEMA DE MAYOR VOTACIÓN MINORITARIA PARA ASIGNAR DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, NO DEBE CONTROVERTIR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
SUP-REC-81/2013LEGISLATURAS LOCALES, ESTÁN FACULTADAS PARA ESTABLECER SU PROPIA CONFIGURACIÓN LEGISLATIVA EN MATERIA DE ELECCIÓN DE DIPUTADOS POR AMBOS PRINCIPIOS.
SUP-REC-79/2013EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, TIENE LA POTESTAD JURISDICCIONAL DE VALORAR Y CALIFICAR LAS PRUEBAS SUPERVENIENTES QUE HUBIEREN EN LOS PROCESOS INTRAPARTIDISTAS
SUP-REC-78/2013COALICIONES. LOS INTEGRANTES DE LA COALICIÓN DETERMINARÁN LA FORMA EN QUE SE REPARTIRÁN LOS VOTOS RECIBIDOS. (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO).
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SUP-JDC-1882/2016MONTOS DE DIETAS Y APOYOS PARA CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES Y DISTRITALES.
SUP-JDC-2613/2014FALTA DE REMUNERACIÓN AL CARGO DE MAGISTRADO SUPERNUMERARIO, VULNERA EL DERECHO HUMANO AL TRABAJO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° CONSTITUCIONAL.
SUP-JE -16/2017JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INE NO ES COMPETENTE PARA DECRETAR LA DISMINUCIÓN DE LOS NIVELES SALARIALES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESE INSTITUTO.
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SUP-JDC-906/2024CASO: NULIDAD DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL 2024 LAS PRUEBAS QUE FUERON APORTADAS NO FUERON SUFICIENTES PARA ACREDITAR LAS IRREGULARIDADES SEÑALADAS
SUP-JRC-107/2023CASO. LA SALA SUPERIOR CONFIRMÓ EL CÓMPUTO ESTATAL, LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN Y LA ENTREGA DE CONSTANCIA DE MAYORÍA AL GOBERNADOR ELECTO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA EL SISTEMA DE NULIDADES EN EL ÁMBITO DEL DERECHO ELECTORAL TIENE COMO FINALIDAD INVALIDAR CUALQUIER ACTO QUE NO OBSERVE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LOS REQUISITOS LEGALES EXIGIDOS, AL TRATARSE DE UN MECANISMO MEDIANTE EL CUAL SE BUSCA GARANTIZAR LA VIGENCIA DEL ESTADO CONSTITUCIONAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO
SUP-JRC-79/2022CASO: DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA Y LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA A FAVOR DE MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, CANDIDATA DE LA COALICIÓN “VA POR AGUASCALIENTES” LOS ACTOS COMICIALES, ASÍ COMO LAS RESPECTIVAS DECLARACIONES DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS ELECTORALES, SE PRESUMEN VÁLIDOS HASTA EN TANTO NO EXISTA UN ACTO ADMINISTRATIVO O SENTENCIA EN LA QUE SE DECLARE SU NULIDAD, LO QUE IMPLICA QUE QUIEN SOSTENGA SU INVALIDEZ DEBE DERROTAR DICHA PRESUNCIÓN
SUP-JRC-30/2019CASO: ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE TEPEOJUMA, PUEBLA
SUP-JRC-22/2019CASO: EL CARGO DE GOBERNADOR EN BAJA CALIFORNIA, EN EL PROCESO ELECTORAL 2019 SERÁ DE DOS AÑOS
SUP-JRC-272/2017NO EXISTE JUSTIFICACIÓN ALGUNA PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALISTARSE A LA GUARDIA NACIONAL –AUN CUANDO NO HAY LEY ORGÁNICA Y TAMPOCO ESTÁ ACTUALMENTE FORMADA-, SE PREVEA EN LA LEY FUNDAMENTAL COMO SANCIÓN LA SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DEL CIUDADANO.
SUP-JRC-387/2016LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL PROGRAMA DE RESULTADOS PRELIMINARES CARECEN DE EFECTOS JURÍDICOS, POR LO TANTO, SON INCONDUCENTES PARA DECRETAR LA NULIDAD DE UNA ELECCIÓN.
SUP-JRC-359/2016DEBEN QUEDAR PLENAMENTE ACREDITADAS LAS VIOLACIONES A LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD Y LIBERTAD DEL SUFRAGIO, ADEMÁS DE SER DETERMINANTES RESPECTO DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS.
SUP-JRC-678/2015NULIDAD DE LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DEL ESTADO DE COLIMA
SUP-RAP-700/2015DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS DE CASILLA DENTRO DE UN PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO
SUP-REC-22331/2024VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ZACATECAS, ZACATECAS DE LAS EXPRESIONES EFECTUADAS EN LAS ENTREVISTAS SE PUEDE ADVERTIR QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS NO CONSTITUYEN CONTRATACIÓN O ADQUISICIÓN INDEBIDA DE TIEMPOS EN RADIO
SUP-REC-2136/2021CASO: NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SAN PABLO VILLA DE MITLA, OAXACA, AL ACREDITARSE LA CAUSAL DE NULIDAD DE LA ELECCIÓN POR EL REBASE DEL TOPE DE GASTOS DE CAMPAÑA. LAS RESOLUCIONES DE FISCALIZACIÓN PRODUCEN EFECTOS JURÍDICOS PROPIOS, POR LO CUAL A PARTIR DE ELLAS SE PUEDE CUESTIONAR LA VALIDEZ DE UNA ELECCIÓN QUE YA HABÍA SIDO OBJETO DE DIVERSO MEDIO DE IMPUGNACIÓN
SUP-REC-1962/2021CASO. NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE JOLALPAN, PUEBLA LA CONSTITUCIÓN GENERAL ESTABLECIÓ COMO PRESUPUESTOS NECESARIOS DE LA CAUSAL DE NULIDAD DE REBASE DE MAS DEL 5% DEL TOPE DE GASTOS DE CAMPAÑA, QUE LAS VIOLACIONES EN QUE SE SUSTENTEN SEAN GRAVES, DOLOSAS Y DETERMINANTES
SUP-REC-19/2019CASO ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL OBSERVÓ EL PRINCIPIO DE PARIDAD, CONFORME LAS REGLAS APLICABLES PARA LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA PARA LA RENOVACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MONTERREY. DESECHAMIENTO
SUP-REC-1732/2018CASO PEDRO ALONSO CASAS QUIÑONES PARA DECLARAR LA NULIDAD DE UNA ELECCIÓN, POR VIOLACIÓN A NORMAS O PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, ES NECESARIO QUE ESA VIOLACIÓN SEA GRAVE, GENERALIZADA O SISTEMÁTICA Y, ADEMÁS DETERMINANTE, DE TAL FORMA QUE TRASCIENDA AL NORMAL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL O AL RESULTADO DE LA ELECCIÓN
SUP-REC-856/2016LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN POR VIOLACIÓN A PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, NO CONSTITUYE UNA INAPLICACIÓN DE NORMAS.
SUP-REC-269/2016NO ES DETERMINANTE POR SÍ SOLO EL REBASE DE TOPE DE GASTOS PARA DECLARARSE LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN, PUES DEBE ATENDERSE PRIMORDIALMENTE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DEL EJERCICIO Y AUTENTICIDAD DEL VOTO.
SUP-REC-258/2016CONFIRMA NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL MUNICIPIO DE ZACATECAS
SUP-REC-750/2015LA ACTUALIZACIÓN DEL ELEMENTO DETERMINANTE PARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN POR IRREGULARIDADES DETECTADAS EN EL RECUENTO DE VOTOS DE DOS CASILLAS, NO PUEDE AFECTAR LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN
SUP-REC-661/2015LA DESTRUCCIÓN O INHABILITACIÓN MATERIAL DE LA DOCUMENTACIÓN CONTENIDA EN LOS PAQUETES ELECTORALES DE UNA ELECCIÓN, NO ES SUFICIENTE PARA IMPEDIR LA REALIZACIÓN DEL CÓMPUTO DE LA VOTACIÓN.
SUP-REC-636/2015DETERMINANCIA COMO REQUISITO PARA DECRETAR LA NULIDAD EN UNA CASILLA, O INCLUSO DE UNA ELECCIÓN, ES UN PARÁMETRO CONCEBIDO EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
SUP-REC-626/2015LA EXISTENCIA DE UNA AFECTACIÓN SUSTANCIAL A LA JORNADA ELECTORAL, IMPLICA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN
SUP-REC-503/2015NULIDAD DE ELECCIÓN. LAS AUTORIDADES ELECTORALES NO DEBEN SOBREPASAR EL EJERCICIO DE LAS POTESTADES PROBATORIAS QUE LE CONCEDEN LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY
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SUP-AG -209/2024SUSPENSIÓN DEL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PJF 2024-2025, ES CONSTITUCIONALMENTE INVIABLE EL INE NO PUEDE DETENER LAS ACTIVIDADES ELECTORALES QUE SE DERIVAN DEL INICIO DE UN PROCESO ELECTORAL POR MANDATO NORMATIVO
SUP-JDC-28/2017REPOSICIÓN DE PROCEDIMIENTO PARA EL NUEVO ESCRUTINIO Y CÓMPUTO TOTAL DE LA VOTACIÓN RECIBIDA EN ASAMBLEA ESTATAL PARTIDISTA.
SUP-JRC-346/2016RECHAZAN RECUSACIÓN PARA QUE MAGISTRADO CONOZCA SOBRE ELECCIÓN DE GOBERNADOR DE PUEBLA
SUP-JRC-336/2016REVOCA SENTENCIA Y CONFIRMA ACREDITACIÓN DE NUEVA ALIANZA, MORENA Y PVEM EN DURANGO
SUP-JRC-105/2016CANDIDATURAS COMUNES
SUP-JRC-25/2016PARTIDOS POLÍTICOS PUEDEN PARTICIPAR EN LOS PROCESOS ELECTORALES MEDIANTE LA FIGURA DE CANDIDATURA COMUN
SUP-JRC-762/2015PARTIDOS POLÍTICOS DEBEN OBTENER POR LO MENOS EL 3% DE LA VOTACIÓN VALIDA EMITIDA EN LAS ELECCIÓNES PARA CONSERVAR SU REGISTRO.
SUP-RAP-517/2016EL VOTO ELECTRÓNICO NO DEBE SER LA ÚNICA MODALIDAD PARA LOS CIUDADANOS QUE VOTAN EN EL EXTRANJERO.
SUP-RAP-460/2016LA FALTA DE DELIBERACIÓN POR PARTE DEL ÓRGANO CORRESPONDIENTE AL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, NO GENERA QUE EL ORDENAMIENTO EN CUESTIÓN ADOLEZCA DE UNA INDEBIDA FUNDAMENTACIÓN
SUP-RAP-745/2015ES APEGADO A DERECHO UTILIZAR LISTADOS NOMINALES ANTERIORES, EN ELECCIONES EXTRAORDINARIAS REALIZADAS A UN PLAZO NO MENOR A DOS MESES QUE LA ANTERIOR.
SUP-REC-274/2016SE REVOCAN REGIDURÍAS AL PAN Y MORENA Y SE OTORGAN AL PARTIDO SINALOENSE EN ELOTA Y CULIACÁN
SUP-REC-263/2016EL TEPJF REVOCA CÓMPUTO DISTRITAL EN PUTLA, OAXACA, Y CONFIRMA CONSTANCIA DE MAYORÍA A CANDIDATAS A DIPUTADAS DE LA COALICIÓN PRI-PVEM
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SUP-RAP-131/2023CASO: ACUERDO DEL INE RESPECTO DEL MONITOREO DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISIÓN DURANTE LAS PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024 LA VARIABLE DE VALORACIÓN POSITIVA O NEGATIVA DE LA INFORMACIÓN ES UN ELEMENTO QUE PUEDE INHIBIR EL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DEL PERIODISMO, AL CONSTITUIR UNA FORMA DE CONTROL DESPROPORCIONADA, LO QUE SE TRADUCE EN UNA RESTRICCIÓN INDIRECTA AL PLENO EJERCICIO DE TALES DERECHOS
SUP-RAP-433/2021CASO: COBERTURA DE EMISORAS PARA LOS PROCESOS ELECTORALES EXTRAORDINARIOS DE AYUNTAMIENTOS ILIATENCO, GUERRERO; SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO; LA YESCA, NAYARIT, Y DE LA SENADURÍA FEDERAL DEL ESTADO DE NAYARIT LA COBERTURA DE LAS ESTACIONES DEBE ENTENDERSE COMO LA COBERTURA RESPECTO AL ÁREA GEOGRÁFICA DONDE ABARQUE LA SEÑAL, Y NO A LA ENTIDAD O LOCALIDAD DONDE SE UBICA LA EMISORA
SUP-RAP-431/2021CASO: SANCIÓN IMPUESTA AL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM) CONSISTENTE EN LA INTERRUPCIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE LA PROPAGANDA POLÍTICA O ELECTORAL EN PERIODO ORDINARIO DURANTE UN AÑO CALENDARIO PARA QUE UN ACTO O RESOLUCIÓN SE CONSIDERE CONSENTIDO, SE REQUIERE QUE TALES ACTOS O RESOLUCIONES, SEGÚN SEA EL CASO, SEAN ACEPTADOS DE TAL MANERA QUE EL PROMOVENTE SE SOMETA A SUS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE FORMA RACIONAL E INCONDICIONAL, REFLEJÁNDOSE LA VOLUNTAD QUE LLEVA IMPLÍCITA EL CONSENTIMIENTO DE UN ELEMENTO DE CONVICCIÓN FEHACIENTE QUE NO DEJE LUGAR A DUDAS
SUP-RAP-142/2020CASO: ASIGNACIÓN DE TIEMPOS EN RADIO Y TELEVISIÓN
SUP-RAP-168/2019CASO: ADMINISTRACIÓN DE CUARENTA Y OCHO MINUTOS EN RADIO Y TELEVISIÓN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL PERIODO DE INTERCAMPAÑA EL 50% DEL TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN SE DESTINARÁ A LOS FINES PROPIOS DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES, Y EL RESTO A LA DIFUSIÓN DE MENSAJES GENÉRICOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, CONFORME A LO QUE ESTABLEZCA LA LEY
SUP-RAP-10/2019CASO: ASIGNACIÓN DE LA PAUTA PARA LOS PROCESOS ELECTORALES EXTRAORDINARIOS EN PUEBLA
SUP-RAP-419/2018CASO ASIGNACIÓN DE TIEMPO AIRE PARA LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MONTERREY
SUP-RAP-412/2018CASO PAUTAS PARA TRANSMITIR SPOTS DURANTE LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY EL MARCO CONSTITUCIONAL ESTABLECE QUE LAS AUTORIDADES ELECTORALES, LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES TENDRÁN ACCESO DURANTE LA CAMPAÑA DE UN PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO A 48 MINUTOS DIARIOS EN RADIO Y TELEVISIÓN
SUP-RAP-402/2018CASO MULTA IMPUESTA POR EL DESACATO DE UN REQUERIMIENTO JUDICIAL NO ES FACTIBLE PERMITIR DEMORAS, ASÍ COMO RETRASOS INJUSTIFICADOS EN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR DERIVADO DE SU NATURALEZA EXPEDITA Y SUMARIA
SUP-RAP-385/2018CASO APROBACIÓN DE MODELOS DE DISTRIBUCIÓN Y PAUTAS EN RADIO Y TELEVISIÓN SE ENTIENDE POR ACTOS CONSENTIDOS, ADEMÁS DE AQUELLOS RESPECTO DE LOS CUALES EXISTAN MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD QUE ENTRAÑEN ESA APROBACIÓN, Y AQUELLOS CONTRA LOS CUALES NO SE HUBIESE INTERPUESTO EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN RESPECTIVO, DENTRO DE LOS PLAZOS SEÑALADOS EN DICHA LEY
SUP-RAP-48/2018DETERMINACIÓN ADOPTADA POR EL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, SALVAGUARDA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD
SUP-RAP-268/2017SI EN UNA SENTENCIA SE CONTIENEN DETERMINADOS ARGUMENTOS O CONSIDERACIONES, EN LA QUE SE ORDENA A UNA DIVERSA AUTORIDAD EJECUTAR CIERTOS ACTOS EN PLENITUD DE FACULTADES, DE CUALQUIER FORMA, EN SU CUMPLIMIENTO, EL ACTO QUE SE EMITA DEBERÁ GUARDAR ARMONÍA CON LAS CONSIDERACIONES DEL FALLO QUE SE ACATA.
SUP-RAP-536/2016DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS CONURBADAS EN LA COBERTURA DE LAS EMISORAS DE RADIO Y TELEVISIÓN.
SUP-REP-361/2021CASO. PRESUNTA COMPRA Y/O ADQUISICIÓN DE TIEMPOS EN MEDIOS. RADIODIFUSORA RADIO ACTITUD, A.C LAS FACULTADES DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL PARA DESECHAR DEBEN EJERCERSE EN LA LÓGICA DE LAS MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD PERIODÍSTICA, A PARTIR DE UN ANÁLISIS MÁS RIGUROSO DE LAS CONDUCTAS DENUNCIADAS Y, EN SU CASO, DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA, A FIN DE EVITAR EL INICIO DE UN PROCEDIMIENTO DE FORMA INJUSTIFICADA
SUP-REP-316/2021CASO. SUPUESTA ADQUISICIÓN Y/O CONTRATACIÓN DE TIEMPOS EN TELEVISIÓN A FAVOR DE LA CANDIDATA A LA GOBERNATURA DE CHIHUAHUA. LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, DEBE REALIZAR UN ANÁLISIS PRELIMINAR REFORZADO, EN AQUELLOS CASOS DONDE SE PONGA EN CUESTIONAMIENTO UNA INFRACCIÓN RELACIONADA CON UNA LABOR PERIODÍSTICA, EN ATENCIÓN A ESTA ACTIVIDAD QUE GOZA DE UN MANTO PROTECTOR EN MATERIA ELECTORAL, Y QUE SE PRESUME SU LICITUD, SALVO PRUEBA EN CONTRARIO
SUP-REP-311/2021CASO: ACUERDO DE DESECHAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, EN EL QUE SE DENUNCIÓ LA INDEBIDA CONTRATACIÓN O ADQUISICIÓN DE TIEMPOS EN RADIO, CON MOTIVO DE LA DIFUSIÓN DE UNA ENTREVISTA REALIZADO A UNA CANDIDATA A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN FELIPE, GUANAJUATO SI DEL ANÁLISIS DE LAS CONSTANCIAS APORTADAS POR EL DENUNCIANTE, SE ADVIERTE LA FALTA DE INDICIOS SUFICIENTES PARA INICIAR LA INVESTIGACIÓN, LA UNIDAD TÉCNICA DICTARÁ LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LLEVAR A CABO UNA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, ATENDIENDO AL OBJETO Y AL CARÁCTER SUMARIO DEL PROCEDIMIENTO, DEBIENDO JUSTIFICAR PARA TAL EFECTO SU NECESIDAD Y OPORTUNIDAD
SUP-REP-280/2021CASO: FALTA DE PRUEBAS EFICACES DE LA DENUNCIA CONFORME A LO PREVISTO EN LA LEGISLACIÓN ELECTORAL, EL DENUNCIANTE DEBE APORTAR LOS ELEMENTOS MÍNIMOS, SIQUIERA DE FORMA INDICIARIA, PARA PRESUMIR LA PROBABLE VIOLACIÓN A LA NORMATIVIDAD ELECTORAL
SUP-REP-260/2021CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN, CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE CHIHUAHUA, CONCESIONARIO SISTEMA REGIONAL DE TELEVISIÓN, A.C., EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA LAS DENUNCIAS QUE SE PRESENTEN EN LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES DEBEN ESTAR SUSTENTADAS EN HECHOS CLAROS Y PRECISOS EN LOS CUALES SE EXPLIQUEN LAS CIRCUNSTANCIAS DE TIEMPO, MODO Y LUGAR EN QUE SE VERIFICARON Y APORTAR POR LO MENOS UN MÍNIMO DE MATERIAL PROBATORIO A FIN DE QUE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL ESTÉ EN APTITUD DE DETERMINAR SI EXISTEN INDICIOS QUE CONDUZCAN A INICIAR SU FACULTAD INVESTIGADORA
SUP-REP-253/2021CASO: MULTAS A CONCESIONARIAS LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN NO SE PUEDE VER DE MANERA AISLADA O DESVINCULADAS DE LAS OBLIGACIONES QUE TIENEN LAS CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN, ENTRE LAS QUE SE ENCUENTRA LA RELATIVA A CUMPLIR CON LA TRANSMISIÓN QUE LE INSTRUYA EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, EN LA FORMA Y TÉRMINOS QUE ESA AUTORIDAD DETERMINE
SUP-REP-224/2021CASO: DIFUSIÓN DE CONTENIDO EN LA ESTACIÓN DE RADIO DENOMINADA LA QUE BONITA PARRAL CÓRDOVA O LA KE´BONITA, 100.9 FM, LA VOZ DEL PUEBLO EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR SE RIGE PREPONDERANTEMENTE POR EL PRINCIPIO DISPOSITIVO, POR LO QUE EL INICIO E IMPULSO DEL PROCEDIMIENTO ESTÁ EN MANOS DE LAS PARTES Y NO DEL ENCARGADO DE SU TRAMITACIÓN, POR LO QUE EL DENUNCIANTE TIENE LA CARGA DE OFRECER LAS PRUEBAS QUE SUSTENTEN SU PRETENSIÓN
SUP-REP-205/2021CASO: INFRACCIONES ATRIBUIDAS AL DIPUTADO FEDERAL LUIS JAVIER ALEGRE SALAZAR, ASÍ COMO A LAS CONCESIONARIAS DE RADIO XECCQ-AM, TELEVISIÓN Y RADIO DEL CARIBE (SIC), EMPRESA TURQUESA, TODAS S.A. DE C.V. LA RESPONSABILIDAD EN LA INDEBIDA ADQUISICIÓN DE TIEMPO EN RADIO DISTINTO AL ADMINISTRADO POR EL INE TAMBIÉN SE ACTUALIZA EN EL SUPUESTO DE NO DESLINDARSE DEL RESULTADO DE LA CONDUCTA ILÍCITA
SUP-REP-58/2021CASO: ALTERACIÓN DE LA PAUTA ORDENADA POR EL INE LA FINALIDAD DEL SISTEMA DE COMUNICACIÓN ES QUE LOS MENSAJES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y AUTORIDADES ELECTORALES SE DIFUNDAN EN EL PERIODO, ESTACIÓN DE RADIO O CANAL DE TELEVISIÓN, ASÍ COMO LA HORA O RANGO QUE SE ESPECIFIQUE EN LA ORDEN DE TRASMISIÓN, SIN NINGÚN OTRO MENSAJE O CONTENIDO ELABORADO EXPRESAMENTE PARA ACOMPAÑAR EL PROMOCIONAL DE FORMA PREVIA O POSTERIOR A SU DIFUSIÓN
SUP-REP-118/2020CASO. PROGRAMA QUE CONDUCÍA LA PRESIDENTA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, EN LA CONTINGENCIA DEL COVID-19 LA SALA SUPERIOR HA SOSTENIDO QUE LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN, NO COMPRENDE EL UTILIZADO POR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN LA AUTÉNTICA LABOR DE INFORMACIÓN, PUESTO QUE ÉSTA IMPLICA EL DERECHO DE SER INFORMADO, SIEMPRE QUE NO SE TRATE DE SIMULACIÓN O FRAUDE A LA LEY PARA BENEFICIAR A UN PARTIDO O CANDIDATURA
SUP-REP-100/2020CASO: QUEJA EN CONTRA DE UN DIPUTADO FEDERAL CUANDO SE ALEGA QUE UN ACTO DE COMUNICACIÓN EN RADIO Y TELEVISIÓN PUEDE CONSTITUIR PROPAGANDA ELECTORAL O POLÍTICA AJENA AL TIEMPO DEL ESTADO EN RADIO Y TELEVISIÓN ADMINISTRADO POR EL INE, ES NECESARIO ANALIZAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE CADA CASO (ENTRE OTROS ELEMENTOS, EL CONTENIDO, EL CONTEXTO TEMPORAL Y LAS MODALIDADES DE DIFUSIÓN) Y DETERMINAR LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE CORRESPONDAN
SUP-REP-86/2019CASO: IMPROCEDENCIA DEL RECURSO POR FALTA DE FIRMA AUTÓGRAFA LA FIRMA AUTÓGRAFA ES EL CONJUNTO DE RASGOS PUESTOS DEL PUÑO Y LETRA DEL PROMOVENTE, QUE PRODUCEN CERTEZA SOBRE LA VOLUNTAD DE EJERCER EL DERECHO DE ACCIÓN, YA QUE LA FINALIDAD DE ASENTAR ESA FIRMA CONSISTE EN DAR AUTENTICIDAD AL ESCRITO DE DEMANDA, IDENTIFICAR AL AUTOR O SUSCRIPTOR DEL DOCUMENTO Y VINCULARLO CON EL ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN LA DEMANDA
SUP-REP-141/2018EL PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS DEBE APLICARSE TAMBIÉN PARA LA PRESENTACIÓN DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN CUANDO SE COMBATA LA NEGATIVA O RESERVA DE OTORGAR LAS MEDIDAS CAUTELARES, ATENDIENDO A SU NATURALEZA SUMARIA, A SU CARÁCTER URGENTE DE LA TRAMITACIÓN DEL RECURSO Y AL PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL
SUP-REP-114/2017LA PROPAGANDA GUBERNAMENTAL RELATIVA A CUESTIONES EDUCATIVAS, QUE SE TRANSMITA EN PERIODO DE CAMPAÑAS ELECTORALES, DEBERÁ TENER FINES INFORMATIVOS SOBRE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO, ALGUNA CAMPAÑA DE EDUCACIÓN O DE ORIENTACIÓN SOCIAL, RELACIONADO CON LAS PAUTAS, VALORES Y PRINCIPIOS QUE SE ENUNCIAN EN LA NORMA CONSTITUCIONAL.
SUP-REP-51/2017LA DISTRIBUCIÓN DE TIEMPOS EN RADIO Y TELEVISIÓN EN UN PROCESO INTERNO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS DEBE HACERSE CONFORME A LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES, LEGALES Y PARTIDISTAS, RESPETANDO EL DERECHO A LA AUTONOMÍA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.
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SM -JDC-189/2023 PRINCIPIO DE REVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA EN CASOS DE VPG. CRITERIO: REVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA. SU APLICACIÓN OPERA A FAVOR DE LA VÍCTIMA DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO ANTE SITUACIONES DE DIFICULTAD PROBATORIA.
SM -JDC-2/2023CRITERIO: REVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA. SU APLICACIÓN NO NECESARIAMENTE CONDUCE A QUE SE TENGA POR DETERMINADA LA INFRACCIÓN.
SM -JDC-9/2022CRITERIO: CUANDO SE ANALIZAN HECHOS QUE PUEDAN CONFIGURAR VPG EN UN JUICIO RESARCITORIO, DEBE VERIFICARSE LA ACTUALIZACIÓN DE ALGUNO DE LOS SUPUESTOS EXPRESOS LAS LEYES APLICABLES Y, POSTERIORMENTE, COMO EJERCICIO DE COMPROBACIÓN APLICAR O ANALIZAR LOS ELEMENTOS ESTABLECIDOS EN LA JURISPRUDENCIA 21/2018.
SM -JDC-278/2019LAS AUTORIDADES SE ENCUENTRAN OBLIGADAS A IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA INTEGRIDAD FÍSICA Y/O LA VIDA DE LAS PERSONAS.
SM -JDC-95/2019GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO. LA OBLIGACIÓN DE JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO NO ANULA LA POSIBILIDAD DE REPONER UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR A FIN DE RESPETARLA
SM -JE -60/2023CRITERIO: LAS MEDIDAS DE REPARACIÓN ORDENADAS EN CASOS QUE INVOLUCRAN VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES POR RAZÓN DE GÉNERO DEBE OBSERVAR LA CALIDAD DEL SUJETO INFRACTOR PARA RESPETAR EL MODELO DE COMUNICACIÓN POLÍTICA.
SM -JE -54/2019MULTAS EXCESIVAS COMO MEDIDA DE APREMIO. LA PORCIÓN NORMATIVA QUE ESTABLECE CANTIDAD FIJA COMO SANCIÓN, DEBE INDIVIDUALIZARSE.
SM -JE -25/2019LIBERTAD DE EXPRESIÓN. LAS FRASES CONTENIDAS EN PUBLICACIONES PERIODÍSTICAS NO DEBEN REBASAR EL DERECHO A LA HONRA Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS
SRE-PSD-123/2018BEATRIZ MOJICA MORGA, ENTONCES PRECANDIDATA AL SENADO DE LA REPÚBLICA, PRESENTÓ QUEJA EN CONTRA DEL DIPUTADO FEDERAL DAVID JIMÉNEZ RUMBO, POR LA DIFUSIÓN DE UNA CONFERENCIA DE PRENSA EN LA PÁGINA DE FACEBOOK “NOTICIAS ACAPULCO NEWS”, EN LA CUAL, ENTRE OTRAS COSAS, SE REFIRIÓ A ELLA COMO “LA MALINCHE”; EXPRESIÓN QUE LA ESTIGMATIZA DE FORMA DESPECTIVA Y SE TRADUCE EN VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN DE GÉNERO.
SRE-PSL-83/2018MARÍA LILLY DEL CARMEN TÉLLEZ GARCÍA, ENTONCES CANDIDATA AL SENADO DE LA REPÚBLICA DENUNCIÓ, ENTRE OTRAS COSAS, QUE EN LA CUENTA DE FACEBOOK “EL CHOU DE MONCHI” SE DIFUNDIÓ UN VIDEO CON EXPRESIONES SEXISTAS QUE LA VIOLENTABAN POR SU CONDICIÓN DE MUJER.
SUP-AG -226/2023CASO: LA IMPUGNACIÓN DE UN ACUERDO DE DESECHAMIENTO, EMITIDO POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL (UTCE), EN EL CUAL SE CONSIDERÓ QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS NO ERAN DE SU COMPETENCIA, SINO QUE CONSTITUÍAN ASPECTOS QUE DEBÍAN SER CALIFICADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES LA FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA ES UNA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL QUE POR REGLA GENERAL NO ES SUBSANABLE, DADO QUE AL CARECER DE ELLA, SE HARÍA INEXISTENTE EL ACTO Y, POR TANTO, DESPARECERÍAN LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE HUBIERA PRODUCIDO EN LA ESFERA JURÍDICA DE LAS PERSONAS
SUP-AG -60/2017UNO DE LOS SUPUESTOS PARA QUE LA SALA SUPERIOR CONOZCA DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN POR VÍA PER SALTUM, ES EL PLANTEAMIENTO DE QUE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO ANTE LA INSTANCIA LOCAL PUEDE IMPLICAR UNA MERMA IRREPARABLE A SUS DERECHOS.
SUP-CDC-6/2021CASO: CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS RELATIVOS A LOS MEDIOS PROCESALES QUE SON PROCEDENTES PARA TRAMITAR E IMPUGNAR ASPECTOS RELACIONADOS CON CASOS DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LA MUJER EN RAZÓN DE GÉNERO LA CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS SE ACTUALIZA CUANDO EXISTA DISCREPANCIA U OPOSICIÓN EN LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS O INTERPRETACIONES DE UNA MISMA NORMA QUE DICTAN DOS O MÁS SALAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL Y QUE EN LAS MISMAS EXISTA IDENTIDAD EN LA CUESTIÓN JURÍDICA QUE DEBE REGIR EN UNA SITUACIÓN PARTICULAR, A PESAR DE QUE LOS ASUNTOS SEAN DIFERENTES EN SUS CIRCUNSTANCIAS FÁCTICAS
SUP-JDC-266/2024OMISIÓN DE ENTREGAR LA PARTIDA PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE AL RUBRO DE LIDERAZGO POLÍTICO DE LAS MUJERES PARA EL EJERCICIO 2023 LA AUTORIDAD RESPONSABLE ESTABA FACULTADA PARA DESPLEGAR LAS DILIGENCIAS NECESARIAS, A FIN DE SUSTANCIAR LA QUEJA INTERPUESTA
SUP-JDC-241/2023CASO: NEGATIVA DE EXPEDIR EL REGLAMENTO DE QUEJAS Y DENUNCIAS EN MATERIA DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO (VPG) PARA EL ESTADO DE MORELOS POR PARTE DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VPG NO SE REDUCEN A UNA LABOR FORMAL DE EMITIR UN REGLAMENTO ESPECIALIZADO EN LA MATERIA, SINO QUE, CONTRARIAMENTE, EL CUMPLIMIENTO DE ESTAS OBLIGACIONES POR PARTE DE LAS AUTORIDADES IMPLICA UNA LABOR MATERIAL DE DETERMINAR Y ANALIZAR LA EXISTENCIA DE RECURSOS EFECTIVOS, SUFICIENTES Y EFICACES PARA TRAMITAR ESTE TIPO DE DENUNCIAS
SUP-JDC-208/2023CASO: QUEJA CONTRA DOS DIPUTADAS FEDERALES POR EXPRESIONES VERTIDAS DURANTE UNA CONFERENCIA DE PRENSA DIFUNDIDAS EN LAS CUENTAS DE TWITTER Y FACEBOOK DE UNA DE ELLAS, Y REPLICADAS EN EL MEDIO PERIODÍSTICO LATINUS EN EL DEBATE PÚBLICO EXISTE UN ESTÁNDAR AMPLIO DE LA CRÍTICA Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN HACIA LAS MUJERES EN POLÍTICA, YA SEAN CANDIDATAS O SERVIDORAS PÚBLICAS ELECTAS POR EL VOTO POPULAR
SUP-JDC-441/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, SENADORA DE LA REPÚBLICA Y CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES, POR LA COMISIÓN DE PRESUNTOS ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO (VPG), DERIVADO DE LAS MANIFESTACIONES QUE REALIZÓ EN LA TRIBUNA DEL SENADO EN LA PRESENTACIÓN DE UN PUNTO DE ACUERDO, Y QUE MÁS TARDE HIZO PÚBLICAS EN SU PERFIL DE LA RED SOCIAL DE FACEBOOK LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO RECONOCE QUE LAS Y LOS DIPUTADOS Y SENADORES TIENEN PROTECCIÓN POR LAS OPINIONES QUE MANIFIESTEN EN EL DESEMPEÑO DE SUS CARGOS Y JAMÁS PODRÁN SER RECONVENIDOS O ENJUICIADOS POR ELLAS
SUP-JDC-440/2022CASO: CALUMNIA Y VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN EN GÉNERO ATRIBUIDAS A MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, EN CALIDAD DE SENADORA CON LICENCIA Y PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN GOZAN DE AMPLIA PROTECCIÓN, YA QUE SON UN ELEMENTO FUNDAMENTAL SOBRE EL QUE SE BASA LA EXISTENCIA DE UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA, Y SON INDISPENSABLES PARA LA FORMACIÓN DE LA OPINIÓN PÚBLICA
SUP-JDC-1452/2021CASO: EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE CAMPECHE ACORDÓ POR MAYORÍA DE VOTOS, QUE EL MAGISTRADO FRANCISCO JAVIER AC ORDÓÑEZ CONTINUARA EN LA PRESIDENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, DE MANERA INTERINA LA ROTATIVIDAD EN LOS CARGOS PÚBLICOS PUEDE TRADUCIRSE COMO UNA MEDIDA QUE TIENDE A FORTALECER LA PARTICIPACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS EN UN SISTEMA DEMOCRÁTICO, DADO QUE GARANTIZA, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, QUE TODOS LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO COLEGIADO PUEDAN ACCEDER EN SU MOMENTO OPORTUNO AL CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL LOCAL DEL QUE FORMAN PARTE
SUP-JDC-1198/2021CASO: LA FRASE “NO TENER LOS TAMAÑOS” CONSTITUTIVA DE VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN DE GÉNERO LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO SE RELACIONAN CON CARACTERÍSTICAS SOCIAL Y CULTURALMENTE ASIGNADAS A HOMBRES Y MUJERES A PARTIR DE LAS DIFERENCIAS FÍSICAS BASADAS PRINCIPALMENTE EN SU SEXO, Y TIENEN UN MAYOR EFECTO NEGATIVO A LAS MUJERES, YA QUE HISTÓRICAMENTE SE LES HA ASIGNADO ROLES INVISIBILIZADOS, Y CONSIDERADOS INFERIORES A LOS DE LOS HOMBRES
SUP-JDC-1066/2021CASO: INEXISTENCIA DE VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN GÉNERO EN EL CONTEXTO DE UNA PRECAMPAÑA A UNA GUBERNATURA LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO SON LAS ACCIONES, CONDUCTAS U OMISIONES QUE VIOLENTEN NORMAS ELECTORALES O DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA, QUE IMPLICAN UN ELEMENTO DISCRIMINADOR POR RAZÓN DE GÉNERO
SUP-JDC-1046/2021CASO: VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO DEL EXCANDIDATO A LA GUBERNATURA DE BAJA CALIFORNIA POR EL PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO (PES) DIFAMAR, CALUMNIAR, INJURIAR O REALIZAR CUALQUIER EXPRESIÓN QUE DENIGRE O DESCALIFIQUE A LAS MUJERES EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES POLÍTICAS, CON BASE EN ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, CON EL OBJETIVO O EL RESULTADO DE MENOSCABAR SU IMAGEN PÚBLICA O LIMITAR O ANULAR SUS DERECHOS, CONSTITUYE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
SUP-JDC-10112/2020CASO: COMPETENCIA PARA CONOCER DE ASUNTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO, CUANDO EL PASIVO O ACTIVO TIENE UN CARGO DE ELECCIÓN POPULAR U EL OTRO NO DE LA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA Y FUNCIONAL DE LAS NORMAS APLICABLES QUE OTORGAN COMPETENCIA A LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA INVESTIGAR Y SANCIONAR LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO, SE ADVIERTE QUE, NO TODA VIOLENCIA DE GÉNERO, NI TODA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO ES NECESARIAMENTE COMPETENCIA DE LA MATERIA ELECTORAL
SUP-JDC-2452/2020CASO: CIUDADANOS QUE QUIEREN SER POSTULADOS POR UN PARTIDO POLÍTICO FEDERAL, PERO NO DESEAN RENUNCIAR A SU MILITANCIA LOCAL
SUP-JDC-1631/2020CASO: MEDIDAS CAUTELARES POR ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA Y VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO COMO DIPUTADAS Y DIPUTADOS LOCALES DE COLIMA
SUP-JDC-1168/2020CASO. OMISIÓN DEL TRIBUNAL LOCAL DE BAJA CALIFORNIA DE PROVEER SOBRE MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS RELACIONADAS CON PRESUNTAMENTE ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO ANTE LA FALTA DE COMPETENCIA PARA CONOCER DEL ASUNTO, LA PERMANENCIA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES NO CORRESPONDE A LA AUTORIDAD QUE DECLINÓ LA COMPETENCIA
SUP-JDC-1335/2019CASO: NOMBRAMIENTO DE PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE GUANAJUATO 2019
SUP-JDC-156/2019CASO: ANÁLISIS DE LOS HECHOS DENUNCIADOS BAJO EL SUPUESTO DE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZON DE GÉNERO SE DEBE VALORAR DE MANERA SISTEMATICA DE TODOS LOS HECHOS Y PRUEBAS ANTE UN CONTEXTO DE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO.
SUP-JDC-383/2017EXPRESIONES INSIDIOSAS, OFENSIVAS O AGRESIVAS NO SE TRADUCE NECESARIAMENTE EN VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO.
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SUP-JDC-1860/2019CASO: SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE SECCIÓN ELECTORAL EL INE, POR CONDUCTO DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, ESTÁ EN APTITUD DE LLEVAR A CABO LAS ACCIONES PERTINENTES VINCULADAS A LA INSCRIPCIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS, A LA ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL ESTO, POR CONDUCTO DE LAS JUNTAS DISTRITALES CORRESPONDIENTES TANTO DEL ESTADO DE CAMPECHE COMO DE QUINTANA ROO
SUP-RAP-600/2017EL PROCEDIMIENTO DE DISTRITACIÓN SE DESARROLLÓ CONFORME A DERECHO; NO EXISTE BASE LEGAL PARA QUE EL ESCENARIO ALTERNO APROBADO POR EL CONSEJO GENERAL, SE PONGA EN CONOCIMIENTO DE TODOS LOS PARTIDOS, NI DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA.
SUP-RAP-122/2017ESCENARIOS DE DISTRITACIÓN FEDERAL DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES EN LOS ESTADOS DE COAHUILA, OAXACA Y SINALOA
SUP-RAP-117/2017CORRESPONDE AL CONSEJO GENERAL DEL INE, DETERMINAR LA DELIMITACIÓN DE LOS TRESCIENTOS DISTRITOS ELECTORALES FEDERALES UNINOMINALES EN QUE SE DIVIDE EL PAÍS Y SUS CABECERAS DISTRITALES.
SUP-REC-14/2021CASO. POSTULACIONES PARA DIPUTADOS LOCALES EN COMUNIDADES INDÍGENAS DE TLAXCALA LA PRETENSIÓN DE LOS RECURRENTES DE QUE SE LES AUTORICE A ELEGIR DIPUTADOS LOCALES, MEDIANTE SU SISTEMA NORMATIVO INTERNO, ES INCOMPATIBLE CON EL MODELO ESTABLECIDO A RANGO CONSTITUCIONAL, PORQUE ACCEDER A ELLA, IMPLICARÍA MEZCLAR EL SISTEMA DE PARTIDOS QUE APLICA EN LAS ELECCIONES CONSTITUCIONALES, CON NORMAS TRADICIONALES DE CIERTAS COMUNIDADES INDÍGENAS, GENERANDO UN MODELO HÍBRIDO NO RECONOCIDO POR LA CONSTITUCIÓN NI LA LEY, Y QUE PONDRÍA EN RIESGO LA REPRESENTACIÓN EFECTIVA DE LAS PERSONAS INDÍGENAS Y NO INDÍGENAS QUE RESIDAN EN UNA DETERMINADA TERRITORIALIDAD
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SCM-JDC-838/2018La participación en el debate político no implica que la libertad de expresión sea ilimitada y absoluta, pues se debe respetar principios y derechos de otras personas, como la igualdad que parte de la dignidad de las mujeres como colectivo.
SM -JE -12/2024Tema: Violación al derecho de defensa. CRITERIO: LA VULNERACIÓN AL DERECHO DE CONTAR CON UNA DEFENSA ADECUADA CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE, POR SU MAGNITUD, TRASCIENDE AL RESULTADO DEL FALLO.
SRE-PSC-49/2019USO INDEBIDO DE LA PAUTA. SE ACTUALIZA CUANDO UN PROMOCIONAL DE RADIO Y/O TELEVISIÓN INCLUYE FRASES CON ELEMENTOS DISCRIMINATORIOS.
SRE-PSC-195/2018Los partidos políticos tienen el deber de uso consciente y responsable de los tiempos del Estado que les son asignados.
SRE-PSC-25/2018En los casos de difusión masiva de los spots en los que aparecen niñas y/o niños, se debe aplicar medidas especiales para lograr protección reforzada de sus derechos a la imagen.
SRE-PSD-191/2018En los casos de supuestas violaciones a las normas en la materia de propaganda gubernamental, como son aquellas relativas a la imparcialidad y neutralidad de los funcionarios públicos y el uso de los recursos públicos, deben ser analizadas desde la perspectiva intercultural cuando se trate de los pueblos y comunidades indígenas.
SUP-AG -29/2019CASO: CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA Y EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SUP-CDC-8/2021CASO. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 11/2021, PORQUE NO CONVERGEN EN UNA MISMA PROBLEMÁTICA JURÍDICA. ES INEXISTENTE LA CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS, AL NO EVIDENCIAR DISCREPANCIA U OPOSICIÓN EN LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS O INTERPRETACIONES DE UNA MISMA NORMA QUE DICTAN DOS O MÁS SALAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL, Y QUE EN ÉSTAS EXISTA IDENTIDAD EN LA CUESTIÓN JURÍDICA QUE DEBE REGIR EN UNA SITUACIÓN PARTICULAR, AUNADO A QUE EL ANÁLISIS PRETENDIDO SE CENTRA EN UNA TEMÁTICA DE VALORACIÓN JURISDICCIONAL, ELLO, CON INDEPENDENCIA DE QUE EN LAS RESOLUCIÓN DE ANÁLISIS GUARDEN RELACIÓN CON LA PRESUNTA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
SUP-JDC-1056/2022CASO: OMISIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DE RESOLVER UN JUICIO RELACIONADO CON LA REESTRUCTURACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL EL DERECHO FUNDAMENTAL TIENE EL PROPÓSITO DE GARANTIZAR QUE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE IMPARTIR JUSTICIA LO HAGAN DE MANERA PRONTA, COMPLETA, GRATUITA E IMPARCIAL
SUP-JDC-536/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, OTRORA CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES POR LA COALICIÓN “JUNTOS HACEMOS HISTORIA EN AGUASCALIENTES” CONFORMADA POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y DEL TRABAJO, POR LAS EXPRESIONES QUE REALIZÓ EN UNA CONFERENCIA DE PRENSA EL DEBATE EN UNA CONTIENDA ELECTORAL DEBE HABER UN MARGEN DE TOLERANCIA MAYOR FRENTE A JUICIOS VALORATIVOS, APRECIACIONES O ASEVERACIONES PROFERIDAS O CUANDO ESTÉN INVOLUCRADAS CUESTIONES DE INTERÉS PÚBLICO, SIEMPRE Y CUANDO NO SEA EN DETRIMENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA
SUP-JDC-473/2022CASO: MARÍA ELENA HERMELINDA LEZAMA ESPINOSA CANDIDATA DE LA COALICIÓN JUNTOS HACEMOS HISTORIA EN QUINTANA ROO A LA GUBERNATURA, DENUNCIÓ A MOVIMIENTO CIUDADANO Y A SU CANDIDATO JOSÉ LUIS PECH VÁRGUEZ, POR DIVERSAS PUBLICACIONES EN LAS REDES SOCIALES QUE, DESDE SU PERSPECTIVA, CONSTITUÍAN VPG EL JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO IMPLICA RECONOCER EL CONTEXTO INSTITUCIONALIZADO DE DESIGUALDAD ESTRUCTURAL QUE ENFRENTAN LAS MUJERES, PERO NO IMPLICA QUE CUALQUIER EXPRESIÓN NEGATIVA DIRIGIDA A UNA MUJER CONSTITUYA VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO
SUP-JDC-441/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, SENADORA DE LA REPÚBLICA Y CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES, POR LA COMISIÓN DE PRESUNTOS ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO (VPG), DERIVADO DE LAS MANIFESTACIONES QUE REALIZÓ EN LA TRIBUNA DEL SENADO EN LA PRESENTACIÓN DE UN PUNTO DE ACUERDO, Y QUE MÁS TARDE HIZO PÚBLICAS EN SU PERFIL DE LA RED SOCIAL DE FACEBOOK LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO RECONOCE QUE LAS Y LOS DIPUTADOS Y SENADORES TIENEN PROTECCIÓN POR LAS OPINIONES QUE MANIFIESTEN EN EL DESEMPEÑO DE SUS CARGOS Y JAMÁS PODRÁN SER RECONVENIDOS O ENJUICIADOS POR ELLAS
SUP-JDC-440/2022CASO: CALUMNIA Y VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN EN GÉNERO ATRIBUIDAS A MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, EN CALIDAD DE SENADORA CON LICENCIA Y PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN GOZAN DE AMPLIA PROTECCIÓN, YA QUE SON UN ELEMENTO FUNDAMENTAL SOBRE EL QUE SE BASA LA EXISTENCIA DE UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA, Y SON INDISPENSABLES PARA LA FORMACIÓN DE LA OPINIÓN PÚBLICA
SUP-JDC-1294/2021CASO: ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO EN CONTRA DE UNA CIUDADANA AL TRATARSE DE EXPRESIONES EN LAS QUE SE UTILIZA LENGUAJE OFENSIVO Y ESTEREOTIPADO, AUNADO AL HECHO QUE NO TIENEN UTILIDAD FUNCIONAL Y/O APORTACIÓN ALGUNA A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA E INFORMADA, CLARAMENTE CONSTITUYEN VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
SUP-JDC-1198/2021CASO: LA FRASE “NO TENER LOS TAMAÑOS” CONSTITUTIVA DE VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN DE GÉNERO LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO SE RELACIONAN CON CARACTERÍSTICAS SOCIAL Y CULTURALMENTE ASIGNADAS A HOMBRES Y MUJERES A PARTIR DE LAS DIFERENCIAS FÍSICAS BASADAS PRINCIPALMENTE EN SU SEXO, Y TIENEN UN MAYOR EFECTO NEGATIVO A LAS MUJERES, YA QUE HISTÓRICAMENTE SE LES HA ASIGNADO ROLES INVISIBILIZADOS, Y CONSIDERADOS INFERIORES A LOS DE LOS HOMBRES
SUP-JDC-1066/2021CASO: INEXISTENCIA DE VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN GÉNERO EN EL CONTEXTO DE UNA PRECAMPAÑA A UNA GUBERNATURA LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO SON LAS ACCIONES, CONDUCTAS U OMISIONES QUE VIOLENTEN NORMAS ELECTORALES O DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA, QUE IMPLICAN UN ELEMENTO DISCRIMINADOR POR RAZÓN DE GÉNERO
SUP-JDC-1046/2021CASO: VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO DEL EXCANDIDATO A LA GUBERNATURA DE BAJA CALIFORNIA POR EL PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO (PES) DIFAMAR, CALUMNIAR, INJURIAR O REALIZAR CUALQUIER EXPRESIÓN QUE DENIGRE O DESCALIFIQUE A LAS MUJERES EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES POLÍTICAS, CON BASE EN ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, CON EL OBJETIVO O EL RESULTADO DE MENOSCABAR SU IMAGEN PÚBLICA O LIMITAR O ANULAR SUS DERECHOS, CONSTITUYE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
SUP-JDC-10112/2020CASO: COMPETENCIA PARA CONOCER DE ASUNTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO, CUANDO EL PASIVO O ACTIVO TIENE UN CARGO DE ELECCIÓN POPULAR U EL OTRO NO DE LA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA Y FUNCIONAL DE LAS NORMAS APLICABLES QUE OTORGAN COMPETENCIA A LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA INVESTIGAR Y SANCIONAR LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO, SE ADVIERTE QUE, NO TODA VIOLENCIA DE GÉNERO, NI TODA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO ES NECESARIAMENTE COMPETENCIA DE LA MATERIA ELECTORAL
SUP-JDC-420/2018LA SEGUNDA INSTANCIA ES LA CONTINUIDAD DE LA PRIMERA INSTANCIA, NO SU REPETICIÓN
SUP-JDC-357/2018LAS EXPRESIONES DENUNCIADAS ESTÁN AMPARADAS POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL CONTEXTO DE UNA CONTIENDA ELECTORAL, AL ADVERTIRSE QUE LAS PUBLICACIONES DENUNCIADAS SE ENMARCAN EN UNA CRÍTICA QUE, BAJO LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y DE MANERA PRELIMINAR
SUP-JDC-865/2017LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS REDES SOCIALES COMO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN QUE POSIBILITA EL EJERCICIO CADA VEZ MÁS DEMOCRÁTICO, ABIERTO, PLURAL Y EXPANSIVO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, PROVOCA QUE LA POSTURA QUE SE ADOPTE EN TORNO A CUALQUIER MEDIDA QUE PUEDA IMPACTARLAS, DEBA ESTAR ORIENTADA, NECESARIAMENTE, A SALVAGUARDAR LA LIBRE INTERACCIÓN ENTRE LOS USUARIOS, COMO PARTE DE SU DERECHO HUMANO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, PARA LO CUAL, RESULTA INDISPENSABLE EL INVOLUCRAMIENTO CÍVICO Y POLÍTICO DE LOS CIUDADANOS A TRAVÉS DE INTERNET.
SUP-JDC-383/2017EXPRESIONES INSIDIOSAS, OFENSIVAS O AGRESIVAS NO SE TRADUCE NECESARIAMENTE EN VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO.
SUP-JE -1113/2023CASO: QUEJA CONTRA DE PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA Y DEL PRI, POR PRESUNTAMENTE VULNERAR EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ Y POR CULPA IN VIGILANDO, RESPECTIVAMENTE, DERIVADO DE LA PUBLICACIÓN DE UN VIDEO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK DESDE LA CUENTA DE LA DENUNCIADA DONDE SE APRECIAN DOS MENORES EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ DEMANDA DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES LA REALIZACIÓN DE UN ESCRUTIÑO MÁS ESTRICTO EN RELACIÓN CON LA NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LA MEDIDA RELATIVA ANTE SITUACIONES DE RIESGO PARA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
SUP-JE -1049/2023CASO: SANCIONES IMPUESTAS A DIVERSAS CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN AL HABER OPERADO LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONADORA DEL INE MANTENER EN UNA SITUACIÓN TEMPORAL INDEFINIDA LA POSIBILIDAD DE SANCIONAR A DETERMINADOS SUJETOS POR CONDUCTAS PRESUNTAMENTE ILÍCITAS, CONCULCA SU ESFERA DE DERECHOS AL COLOCARLOS EN UN ESTADO PERMANENTE DE INDEFINICIÓN JURÍDICA, LO QUE OCASIONA UNA FALTA DE CERTEZA, DE ALLÍ LA NECESIDAD DE LA EXISTENCIA DE FIGURAS EXTINTIVAS DE LA POTESTAD SANCIONADORA DEL ESTADO.
SUP-JE -11/2023CASO: QUEJA ANTE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN CONTRA DE MARKO ANTONIO CORTÉS MENDOZA, PRESIDENTE NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, ASÍ COMO DENISE EUGENIA DRESSER GUERRA, RAYMUNDO RIVA PALACIO, FERNANDO BELAUNZARÁN MÉNDEZ, HIRAM HERNÁNDEZ ZETINA, JORGE TRIANA TENA Y JOSÉ RAMÓN SANCRISTÓBAL, POR PUBLICACIONES ALOJADAS EN LA RED SOCIAL TWITTER, POR CONSIDERAR QUE RESULTABAN CONTRARIAS A LA NORMATIVA ELECTORAL AL CONTENER ELEMENTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO SE DEBE PARTIR DE LA PREMISA QUE EL DEBATE DE LOS TEMAS DE INTERÉS PÚBLICO O GENERAL SEA DESINHIBIDO, ROBUSTO Y ABIERTO, EN EL QUE SEA POSIBLE MANIFESTAR IDEAS QUE PUEDEN SER RECIBIDAS DESFAVORABLEMENTE POR SUS DESTINATARIOS Y LA OPINIÓN PÚBLICA, DE MODO QUE NO SÓLO SE ENCUENTRAN PROTEGIDAS AQUELLAS QUE SON RECIBIDAS FAVORABLEMENTE O LAS QUE SON VISTAS COMO INOFENSIVAS O INDIFERENTE
SUP-JE -107/2022CASO: DENUNCIA POR HABER SOSTENIDO UN A REUNIÓN EN EL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES CON AGREMIADOS DEL SINDICATO DE TAXISTAS “GUSTAVO DIAZ ORDAZ” SI BIEN ES POSIBLE QUE A TRAVÉS DE LA CONCATENACIÓN DE INDICIOS SE CONCLUYA QUE EXISTE UN ACTO PROSELITISTA INDEBIDO POR PARTE DE UN SINDICATO POR LA REALIZACIÓN DE ACTOS PROSELITISTAS, LA VALORACIÓN DE ESTOS INDICIOS DEBE ATENDER A UN PARÁMETRO RAZONABLE Y OBJETIVO QUE CONSIDERE SI EXISTE PLURALIDAD DE INDICIOS, QUE TALES ELEMENTOS GUARDEN RELACIÓN ENTRE SÍ Y EXISTA CONCORDANCIA, ADEMÁS QUE SE AJUSTEN A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y LA EXPERIENCIA Y SE ELIMINEN POSIBILIDADES ALTERNAS, ES DECIR, QUE DEL RESULTADO DE SU VALORACIÓN NO PUEDA INFERIRSE RAZONABLEMENTE OTRA CONCLUSIÓN
SUP-JE -100/2022CASO: PRESUNTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y POR LA PARTICIPACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS PARA PROMOCIONAR LA CANDIDATURA DE ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA, CANDIDATA DE LA COALICIÓN VA POR HIDALGO, A LA GUBERNATURA DE HIDALGO CON RELACIÓN AL ANÁLISIS QUE DEBA REALIZARSE EN SEDE CAUTELAR, NO DEBE BASARSE ÚNICAMENTE EN LA EXISTENCIA DE LA CONDUCTA ILÍCITA Y SU SANCIÓN, SINO TAMBIÉN, SE DEBERÁ TOMAR EN CONSIDERACIÓN LA PONDERACIÓN DE LOS VALORES Y BIENES JURÍDICOS EN CONFLICTO, ASÍ COMO LA VALORACIÓN EN TORNO A SI LA CONDUCTA DENUNCIADA PRESUMIBLEMENTE SE SITÚA EN EL ÁMBITO DE LO ILÍCITO
SUP-JE -113/2021CASO. NO ACTUALIZAN LA INFRACCIÓN DE CALUMNIA. NO SE ACREDITÓ CALUMNIA POR PARTE DE UN CANDIDATO Y SE ACREDITÓ LA REAL MALICIA
SUP-JE -108/2021CASO: ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA PARA DETERMINAR SI UNA PROPAGANDA ESPECÍFICA POSICIONA O BENEFICIA ELECTORALMENTE A UNA PERSONA, LOS TRIBUNALES DEBEN ANALIZAR SI LA DIFUSIÓN DEL MENSAJE PUEDE SER INTERPRETADA DE MANERA OBJETIVA COMO UNA INFLUENCIA POSITIVA O NEGATIVA PARA UNA PRECAMPAÑA O CAMPAÑA; ES DECIR, SI EL MENSAJE ES FUNCIONALMENTE EQUIVALENTE A UN LLAMAMIENTO AL VOTO
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SG -JDC-35/2019NEGATIVA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y LA SÍNDICO, ENTRE OTROS, DEL AYUNTAMIENTO DE MEZQUITIC, JALISCO, PARA OTORGAR A LA COMUNIDAD INDÍGENA WIXARIKA DE SAN SEBASTIÁN TEPONAHUAXTLÁN LA ASIGNACIÓN DIRECTA Y ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSO QUE ASÍ LE CORRESPONDAN
SM -JDC-67/2022CRITERIO: COMPETENCIA PARA CONOCER DE ACTOS ORIGINADOS EN LOS CONGRESOS LOCALES QUE PUEDAN SER SUSCEPTIBLES DE REVISARSE EN LA MATERIA ELECTORAL.
SM -JDC-247/2019EXPEDICIÓN DE CREDENCIAL PARA VOTAR. EXCEPCIONES PARA TENER POR SATISFECHO EL REQUISITO DE MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD.
SM -RAP-21/2024Tema: Designación de personas supervisoras y capacitadoras asistentes electorales. CRITERIO: ES VÁLIDO CONSIDERAR IMPEDIMENTO PARA SER DESIGNADA PERSONA SUPERVISORA ELECTORAL Y CAPACITADORA ASISTENTE ELECTORAL, TENER MILITANCIA PARTIDISTA Y HABER PARTICIPADO ACTIVAMENTE EN ALGUNA CAMPAÑA ELECTORAL.
ST -JDC-3/2020
ST -JDC-147/2019
ST -JDC-145/2019
ST -JDC-144/2019
ST -JDC-79/2019
ST -JDC-76/2019
ST -JDC-24/2019
ST -JDC-108/2018
ST -JRC-3/2020
ST -JRC-1/2020
ST -JRC-15/2019
ST -RAP-10/2019
SUP-AG -226/2023CASO: LA IMPUGNACIÓN DE UN ACUERDO DE DESECHAMIENTO, EMITIDO POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL (UTCE), EN EL CUAL SE CONSIDERÓ QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS NO ERAN DE SU COMPETENCIA, SINO QUE CONSTITUÍAN ASPECTOS QUE DEBÍAN SER CALIFICADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES LA FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA ES UNA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL QUE POR REGLA GENERAL NO ES SUBSANABLE, DADO QUE AL CARECER DE ELLA, SE HARÍA INEXISTENTE EL ACTO Y, POR TANTO, DESPARECERÍAN LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE HUBIERA PRODUCIDO EN LA ESFERA JURÍDICA DE LAS PERSONAS
SUP-AG -111/2017TRIBUNAL LOCAL ES COMPETENTE PARA CONOCER EL RECURSO DE APELACIÓN, TODA VEZ QUE LA MATERIA DE SU CONSULTA SE RELACIONA CON ACTOS EMITIDOS POR EL CONSEJO LOCAL.
SUP-AG -85/2017LAS SITUACIONES HIPOTÉTICAS ALEGADAS CONTRA DECISIONES DE UNA AUTORIDAD, RESULTAN EN UNA FALTA DE CONTIENDA O LITIGIO ENTRE PARTES, AL CARECER DE INTERESES CONTRARIOS QUE DEFENDER, NI TUTELAR ALGÚN DERECHO.
SUP-AG -68/2017EL TRIBUNAL ELECTORAL ES UN ÓRGANO ESPECIALIZADO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, ENCARGADO DE RESOLVER CONTROVERSIAS EN MATERIA ELECTORAL Y PROTEGER LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DE LOS CIUDADANOS; ES DECIR, DE IMPARTIR JUSTICIA EN EL ÁMBITO ELECTORAL, LO CUAL IMPLICA QUE SERÁ COMPETENTE CUANDO SE PRESENTE UNA CONTROVERSIA O LITIGIO ENTRE PARTES.
SUP-CDC-2/2024CASO: LA PRESENTACIÓN DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN EN CONTRA DE UNA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INE, ANTE UNO DE SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, INTERRUMPE EL PLAZO PARA IMPUGNAR LA PRESENTACIÓN DE UNA DEMANDA EN CONTRA DE UN ACUERDO O RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INE ANTE UNO DE SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS SÍ INTERRUMPE EL PLAZO PARA LA PROMOCIÓN DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN
SUP-CDC-1/2023CASO: CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS ENTRE LA SALA MONTERREY Y LAS SALAS XALAPA Y SUPERIOR, RESPECTO DEL MOMENTO EN QUE PUEDEN MODIFICARSE LOS CÓMPUTOS ELECTORALES LAS SALAS SE ENFOCARON EN VALORAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE CADA EXPEDIENTE CON BASE EN LAS PECULIARIDADES DE CADA ASUNTO, MOTIVO POR EL CUAL NO ES POSIBLE CONSIDERAR QUE, EN TODOS LOS CASOS, DEBA PREVALECER LA MISMA SITUACIÓN JURÍDICA
SUP-CDC-12/2021CASO. PLAZO PARA PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, CUANDO LA RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ES OBJETO DE MODIFICACIONES RELACIONADAS CON LA DECISIÓN O LAS RAZONES QUE LA SUSTENTAN NO OPERA LA NOTIFICACIÓN AUTOMÁTICA SI SE DETERMINA QUE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA DE CARÁCTER SANCIONADOR FUE MATERIA DE ENGROSE O DE CUALQUIER MODIFICACIÓN RELACIONADA CON LA DECISIÓN O LAS RAZONES QUE LA SUSTENTAN, QUE NO HAYAN SIDO CIRCULADAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS RECURRENTES PREVIAMENTE A LA VOTACIÓN, AUNQUE ESAS MODIFICACIONES SOLO SEAN PARCIALES O SOLO RESPECTO DE ALGUNAS CONCLUSIONES. EN ESOS CASOS, EL PLAZO PARA PROMOVER LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EMPIEZA A CORRER HASTA QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN PERSONAL DE LA RESOLUCIÓN SANCIONATORIA, AUN CUANDO DICHAS MODIFICACIONES NO SEAN MATERIA DE AGRAVIOS, PUES ESE ES EL MOMENTO EN QUE EL PARTIDO POLÍTICO PUEDE TENER CONOCIMIENTO INTEGRAL DE LA RESOLUCIÓN QUE LE CAUSA AGRAVIOS
SUP-CDC-7/2021CASO: CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS RESPECTO DE LA LEGISLACIÓN DE NUEVO LEÓN, EN CONCRETO ANTE QUÉ AUTORIDAD SE DEBEN DE PRESENTAR LAS DEMANDAS EN EL ESTADO LOS ESTADOS TIENEN LA LIBERTAD PARA ESTABLECER REQUISITOS Y, EN NUEVO LEÓN EL LEGISLADOR DIFERENCIÓ MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE LA COMPETENCIA DEL OPLE Y DEL TRIBUNAL, ANTE LOS CUALES SE DEBEN PRESENTAR LAS DEMANDAS RESPECTO DE LAS CUALES SEAN COMPETENTES PARA RESOLVER
SUP-CDC-4/2020CASO: INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS ENTRE LA SALA REGIONAL MONTERREY Y SALA REGIONAL TOLUCA, AMBAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN LA RESOLUCIÓN DE CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS TIENE POR OBJETO UNIFICAR LA INTERPRETACIÓN DEL ORDEN JURÍDICO NACIONAL DERIVADO DE QUE EXISTAN RESOLUCIONES EN LAS QUE SE HAYAN CONLCUIDO CUESTIONES DIFERENTES SOBRE UNA MISMA PROBLEMÁTICA O HIPÓTESIS JURÍDICA
SUP-CDC-1/2019CASO: PLAZO DE LAS COMUNIDADES Y PERSONAS INDÍGENAS PARA PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN RELACIONADOS CON SUS PROCESOS ELECTIVOS EL MÉTODO DE ELECCIÓN PARA DECIDIR SOBRE EL CRITERIO QUE DEBE PREVALECER ES EL QUE MAXIMICE LAS NORMAS FUNDAMENTALES, ES DECIR DEBE PREVALECER EL CRITERIO QUE SEA MÁS ACORDE CON LA CONSTITUCIÓN Y CON LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
SUP-IMP-1/2018EN EL EJERCICIO PERIODÍSTICO, RELACIONADO A CUESTIONES RELEVANTES DEL PROCESO ELECTORAL, NO SE CONFIGURA UNA HIPÓTESIS DE IMPEDIMENTO DE UN MAGISTRADO ELECTORAL, TODA VEZ QUE NO SUPONE UN PREJUZGAMIENTO QUE PUDIERA VULNERAR LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, IMPARCIALIDAD Y OBJETIVIDAD, SINO UNA MANIFESTACIÓN EN EJERCICIO DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y A LA INFORMACIÓN
SUP-JDC-10075/2020CASO: OMISIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INE DE PRONUNCIARSE SOBRE LA SOLICITUD DE VOTOS EN LÍNEA EL DERECHO DE PETICIÓN IMPLICA QUE LA RESPUESTA SEA ACORDE CON LO INICIALMENTE PEDIDO, DE MANERA TAL QUE NINGUNO DE LOS PUNTOS DE LA PETICIÓN QUEDE SIN RESPUESTA, Y TAMBIÉN INVOLUCRA HACER DE SU CONOCIMIENTO LAS ACCIONES QUE SE HAN TOMADO PARA EMITIR LA DECISIÓN DEFINITIVA SOBRE LA PETICIÓN EFECTUADA, ASÍ COMO EL MOTIVO POR EL CUAL AÚN NO HA SIDO POSIBLE PRONUNCIARSE RESPECTO DE ELLA
SUP-JDC-10072/2020CASO: PROCEDIMIENTOS DE REMOCIÓN DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES POR PARTE DEL INE EL INE ES LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA TRAMITAR Y RESOLVER LOS PROCEDIMIENTOS DE REMOCIÓN DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES LOCALES. SIN EMBARGO, ESE PROCEDIMIENTO, COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD ELECTORAL NACIONAL, PROCEDE SOLAMENTE POR CIERTAS CAUSAS GRAVES PREVISTAS EN LA PROPIA LEY (REPLICADAS EN EL REGLAMENTO DE REMOCIÓN)
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SUP-RAP-89/2017SI LA LEY ELECTORAL NO ESTABLECE UNA LISTA DE RESERVA, NI UN PROCEDIMIENTO EXPEDITO, NI CREA LA FACULTAD PARA EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL DE NOMBRAR A UNA PRESIDENTA O PRESIDENTE DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS ELECTORALES, SU INTRODUCCIÓN EN EL REGLAMENTO RECLAMADO Y SU RESPECTIVA REGULACIÓN INFRINGE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.
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ST -JRC-7/2018
SUP-JRC-177/2017LA ACTUALIZACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN AUTÓMATICA, INICIA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE TUVO CONOCIMIENTO DE LA VERSIÓN FINAL APROBADA DEL ACTO CORRESPONDIENTE.
SUP-JRC-55/2017PROCEDE EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO A LOS PARTIDOS POLITÍCOS, DADO QUE ES PRERROGATIVA INCLUSO SIN HABER POSTULADO CANDIDATURAS LOCALES.
SUP-JRC-28/2017FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.
SUP-RAP-297/2023CASO: ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) POR EL QUE SE DA RESPUESTA A LOS ESCRITOS DE CONSULTA PRESENTADOS POR MORENA, EN CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA SUP-RAP-110/2023 DE LA SALA SUPERIOR ANTE LA INSUFICIENCIA DE LA APLICACIÓN GRAMATICAL DE UNA NORMA, ES NECESARIO ACUDIR A SISTEMAS INTERPRETATIVOS APOYADOS EN LA ANALOGÍA Y MAYORÍA DE RAZÓN
SUP-RAP-287/2022CASO. MINISTRACIONES AL PARTIDO POLÍTICO FUERZA POR MÉXICO (FXM), EN ELECCIONES EXTRAORDINARIAS LOCALES EN UNA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA UN PARTIDO POLÍTICO PUEDE TENER DERECHO A FINANCIAMIENTO PÚBLICO, EN CUYO CASO, EL INTERVENTOR SERÁ EL RESPONSABLE DE LOS GASTOS QUE
SUP-RAP-142/2022CASO: CONSULTA FORMULADA POR EL PARTIDO DEL TRABAJO Y POR LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA, EN RELACIÓN CON EL PORCENTAJE PARA LA RETENCIÓN DEL REMANENTE NO EJERCIDO O NO COMPROBADO DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO OTORGADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ORDINARIAS Y ESPECÍFICAS LOS PARTIDOS POLÍTICOS COMO ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO SE ENCUENTRAN VINCULADOS A LOS PRINCIPIOS HACENDARIOS Y PRESUPUESTALES ESTABLECIDOS EN LAS LEYES DE ESAS MATERIAS, POR TRATARSE DE SUJETOS QUE RECIBEN RECURSOS PÚBLICOS DEL ERARIO, Y QUE DEBEN EJERCERLO EXCLUSIVAMENTE PARA LOS FINES SEÑALADOS, CON LO QUE SURGE LA OBLIGACIÓN DE REINTEGRAR EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO, QUE FINALMENTE NO RESULTE EJERCIDO
SUP-RAP-23/2022CASO. PETICIÓN DEL PARTIDO MORENA SOBRE LA RENUNCIA Y DEVOLUCIÓN DE SU FINANCIAMIENTO PÚBLICO ORDINARIO LA OBLIGACIÓN DE LOS PARTIDOS DE DESTINAR LOS RECURSOS ATENDIENDO A SU FINALIDAD ES CONGRUENTE CON EL SISTEMA DE FISCALIZACIÓN, YA QUE CON ELLO SE BRINDA LA CERTIDUMBRE DE QUE LOS INSTITUTOS POLÍTICOS NO REALIZARÁN UN MANEJO INDISCRIMINADO Y ARBITRARIO DE LOS RECURSOS FINANCIEROS CON LOS QUE CUENTEN, ADEMÁS DE CONTRIBUIR A QUE LOS PARTIDOS AJUSTEN SU ACTUAR AL USO Y DESTINO DEL FINANCIAMIENTO CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, A FIN DE EVITAR EL USO DE PRÁCTICAS QUE ATENTEN CONTRA LOS RECURSOS PÚBLICOS, LA EQUIDAD EN LA CONTIENDA O LA TRANSPARENCIA
SUP-RAP-151/2021CASO: REINTEGRACIÓN DE REMANENTES LA SALA SUPERIOR CONSIDERÓ QUE REINTEGRAR REMANENTES NO AFECTA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PERMANENTES DE LOS PARTIDOS DE FORMA TRASCENDENTE
SUP-RAP-122/2021CASO. FISCALIZACIÓN DE LOS GASTOS DE CAMPAÑA DE LOS SUJETOS OBLIGADOS REFERENTE A LA ACTIVIDAD QUE REALIZAN LOS REPRESENTANTES GENERALES Y DE CASILLA EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO DEBEN REPORTAR GASTOS POR LOS SERVICIOS DE SUS REPRESENTATENTES DE CASILLAS EL DÍA DE LA ELECCIÓN
SUP-RAP-121/2020CASO: LINEAMIENTOS EN MEDIDAS AFIRMATIVAS TENDENTES A GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE IGUALDAD PARA LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
SUP-RAP-106/2020CASO. PARTIDO POLÍTICO NACIONAL “REDES SOCIALES PROGRESISTAS” Y REDISTRIBUCIÓN DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO, ASÍ COMO LAS PRERROGATIVAS POSTAL Y TELEGRÁFICA
SUP-RAP-4/2020CASO: REGLAS DE FISCALIZACIÓN AVALADAS POR EL INE PARA COMICIOS EN HIDALGO Y COAHUILA 2019-2020 LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES SE ENCUENTRAN IMPEDIDAS PARA REALIZAR APORTACIONES A LOS PARTIDOS POLÍTICOS, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS YA QUE DE FORMA ORDINARIA REALIZAN ACTOS DE COMERCIO CON FINES LUCRATIVOS
SUP-RAP-145/2019 CASO: AHORRO DE MINISTRACIONES PÚBLICAS
SUP-RAP-27/2019DIRIGENCIAS LOCALES DE NUEVA ALIANZA DEBEN ASUMIR ADEUDOS DEL PARTIDO A NIVEL NACIONAL
SUP-REC-2281/2021CASO: CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DEL ESTADO DE CAMPECHE EL ARTÍCULO 100 DE LA LEY LOCAL ES CONSTITUCIONAL DADO QUE EXISTE UN PRONUNCIAMIENTO DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SOBRE NORMAS SIMILARES, AUNADO A QUE HA SIDO UN CRITERIO DE LA SALA SUPERIOR DE QUE LA EXISTENCIA DE UN SISTEMA DIFERENCIADO DE FINANCIAMIENTO QUE ATIENDE A LA REPRESENTATIVIDAD EN LOS CONGRESOS LOCALES NO ES INCONSTITUCIONAL
SUP-REC-85/2020CASO: ASIGNACIÓN DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO LOCAL PARA EL SOSTENIMIENTO DE ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES Y ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA EL EJERCICIO 2020 EL TRIBUNAL ELECTORAL NO PUEDE EXAMINAR ASPECTOS QUE NO FORMARON PARTE DE LA LITIS EN LAS INSTANCIAS PREVIAS. LOS AGRAVIOS FORMULADOS ANTE LA SALA SUPERIOR RESULTAN INOPERANTES AL NO CONTROVERTIRSE LAS RAZONES EN LAS QUE SE SUSTENTÓ LA SENTENCIA RECURRIDA, A PARTIR DE QUE SE INTRODUCEN CUESTIONES QUE NO SE HICIERON VALER EN LAS INSTANCIAS PREVIAS
SUP-REC-571/2019CASO: NEGATIVA DE OTORGARLES FINANCIAMIENTO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES QUE NO TENGAN REPRESENTACIÓN EN EL CONGRESO DE LA ENTIDAD
SX -JRC-396/2018
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SM -JDC-105/2019NULIDAD EN LA ELECCIÓN DE ÓRGANOS PARTIDISTAS. SE ACTUALIZA CON LA DEFICIENCIA EN EL CÓMPUTO DE LA VOTACIÓN Y LA FALTA DE CERTEZA EN LOS RESULTADOS.
SUP-JDC-1302/2022CASO: LINEAMIENTOS DEL INE PARA VERIFICAR LOS PADRONES DE PERSONAS AFILIADAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE BAJA Y DE QUEJA SON MEROS INSTRUMENTOS QUE LA AUTORIDAD PONE A DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS, CON EL PROPÓSITO DE FACILITAR EL TRÁMITE PERO QUE, DE NINGUNA MANERA SIGNIFICA FOMENTAR LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS, MÁXIME SI SU USO ES OPTATIVO
SUP-JDC-1298/2021CASO. ELECCIÓN PARA LA PRESIDENCIA E INTEGRANTES DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EL DERECHO A IMPUGNAR SÓLO SE PUEDE EJERCER DENTRO DEL PLAZO LEGAL CORRESPONDIENTE, EN UNA SOLA OCASIÓN Y CONTRA EL MISMO ACTO
SUP-JDC-1099/2021CASO: NO SE ACTUALIZÓ LA CAUSA DE SOBRESEIMIENTO INVOCADA POR LA COMISIÓN DE JUSTICIA DE MORENA EL HECHO QUE EN UN DIVERSO MEDIO DE DEFENSA O DE IMPUGNACIÓN SE CONFIRMEN LOS ACTOS RECLAMADOS, ELLO NO DEJA NECESARIAMENTE SIN MATERIA EL ASUNTO, EN LA MEDIDA QUE TALES ACTOS RECLAMADOS PUEDEN SUBSISTIR Y CONTINUAR SURTIENDO SUS EFECTOS
SUP-JDC-10460/2020CASO: ELECCIÓN DE NUEVOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA LA VULNERACIÓN A LAS NORMAS ESTATUTARIAS SUPONE UNA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD QUE ES REVISABLE POR LA SALA SUPERIOR. ADEMÁS, EXISTEN ELEMENTOS MÍNIMOS Y PRINCIPIOS ELEMENTALES QUE LOS PARTIDOS DEBEN RESPETAR PARA CONSIDERARSE ASOCIACIONES DE TIPO DEMOCRÁTICAS, Y EXIGENCIAS QUE TRASCIENDEN A LOS ACTOS DE SUS DIRIGENTES, MILITANTES Y SIMPATIZANTES A FIN DE RESPETAR LAS NORMAS DE ORDEN PÚBLICO QUE RIGEN SU ACTIVIDAD
SUP-JDC-4573/2020CASO: FRASEO DE UNA PREGUNTA EN ENCUESTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA.
SUP-JDC-1903/2020CASO: CONVOCATORIA Y LINEAMIENTOS DE ELECCIÓN PARA LA PRESIDENCIA Y SECRETARÍA GENERAL DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA
SUP-JDC-1676/2020CASO. PADRÓN NACIONAL DE MORENA EN EL AÑO 2020
SUP-JDC-1077/2020CASO: SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DE UN MILITANTE POR SEIS MESES, AL CONSIDERAR QUE REALIZÓ PROMOCIÓN PERSONAL PARA POSICIONARSE EN EL PROCESO DE RENOVACIÓN DE LA DIRIGENCIA DEL PARTIDO, AL DIFUNDIR UN DOCUMENTO QUE PROMOVÍA LA AFILIACIÓN AL PARTIDO LOS PARTIDOS POLÍTICOS AL SANCIONAR LA PROMOCIÓN PERSONAL DEBEN HACERLO BAJO UN ANÁLISIS ESTRICTO DE LAS CONDUCTAS DENUNCIADAS, ES DECIR, QUE HAYA ELEMENTOS OBJETIVOS QUE DEMUESTREN UNA CAMPAÑA PARA POSICIONAR UNA CANDIDATURA EN UN PROCESO INTERNO PARTIDISTA, DE LO CONTRARIO PUEDE AFECTARSE INJUSTIFICADAMENTE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SUP-JDC-1862/2019CASO: PARIDAD DE GÉNERO EN DELEGADOS DEL PRI LA PARIDAD DE GÉNERO CONSTITUYE UN MANDATO QUE EN LA DEMOCRACIA GARANTIZA DE MANERA EFECTIVA EL ACCESO DE LAS MUJERES A LOS ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN POPULAR, A LOS ESPACIOS DE TOMA DE DECISIONES, ASÍ COMO A INTEGRAR CUALQUIER FORMA COLEGIADA DE ORGANIZACIÓN PARTIDISTA, EN UN MISMO PLANO DE OPORTUNIDADES QUE LOS HOMBRES
SUP-JDC-1856/2019CASO: CONVOCATORIA A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO NACIONAL DE MORENA, PARA LA SUSTITUCIÓN DE MIMEBROS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE ESE PARTIDO POLÍTICO ES DEBER DE LOS PARTIDOS DE GARANTIZAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE SU MILITANCIA Y DE RESPETAR SU PROPIA NORMATIVA, COMO PARTE DE LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LEGALIDAD Y OBJETIVIDAD QUE RIGEN LA MATERIA ELECTORAL Y EN CONGRUENCIA CON EL DEBER DE PREVENIR LA POSIBLE AFECTACIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE SUS INTEGRANTES
SUP-JDC-1847/2019CASO: FECHA DE CORTE DEL PADRÓN DE MILITANTES DEL PRD
SUP-JDC-1573/2019CASO: INCIDENTE SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE SENTENCIA
SUP-JDC-1554/2019CASO: FIRMA AUTÓGRAFA EN LOS ESCRITOS DE DEMANDA
SUP-JDC-1231/2019CASO: EVALUACIÓN DE ASPIRANTES A CONSEJEROS NACIONALES Y ESTATALES EN YUCATÁN
SUP-JDC-155/2019CASO: IMPUGNACIÓN DE ULISES RUIZ A CONVOCATORIA DEL PRI ACCEDER A LA PRETENSIÓN DE LOS ENJUICIANTES IMPLICA EL INCUMPLIMIENTO DE SU PROPIA NORMATIVA
SUP-JDC-151/2019 CASO: DENUNCIAS DE LORENA PIÑÓN CONTRA IVONNE ORTEGA EL PRINCIPIO DE IMPARTICIÓN DE JUSTICIA COMPLETA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL, IMPLICA LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER MEDIDAS QUE HAGAN EFECTIVOS LOS FALLOS JUDICIALES Y, EN SU CASO, ASEGUREN LA REPARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS AFECTADOS
SUP-JDC-150/2019CASO: DENUNCIAS DE LORENA PIÑÓN CONTRA IVONNE ORTEGA EL PRINCIPIO DE IMPARTICIÓN DE JUSTICIA COMPLETA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL, IMPLICA LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER MEDIDAS QUE HAGAN EFECTIVOS LOS FALLOS JUDICIALES Y, EN SU CASO, ASEGUREN LA REPARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS AFECTADOS
SUP-JDC-149/2019CASO: DENUNCIAS DE LORENA PIÑÓN CONTRA IVONNE ORTEGA EL PRINCIPIO DE IMPARTICIÓN DE JUSTICIA COMPLETA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL, IMPLICA LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER MEDIDAS QUE HAGAN EFECTIVOS LOS FALLOS JUDICIALES Y, EN SU CASO, ASEGUREN LA REPARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS AFECTADOS
SUP-JDC-129/2019CASO: LORENA PIÑON RECUPERA MILITANCIA EN LAS FILAS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INTITUCIONAL LA AUTORIDAD, MILITANTE, O PERSONA LEGITIMADA, AL ENTERARSE DE QUE EXISTE UNA CONDUCTA IRREGULAR, DEBE EJERCER LA FACULTAD QUE TIENE DE INICIAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES O FALTAS ADMINISTRATIVAS, LAS CUALES, DE LLEGARSE A COMPROBAR, EVENTUALMENTE, CULMINARÍAN CON LA APLICACIÓN DE UNA SANCIÓN; DE LO CONTRARIO, LA FACULTAD PARA IMPONER ALGUNA SANCIÓN PODRÍA PRESCRIBIR CUANDO NO SE EJERCE DENTRO DEL PLAZO PREVISTO EN LA NORMA
SUP-JDC-124/2019CASO: ELECCIÓN DE LAS PERSONAS TITULARES DE LA PRESIDENCIA Y DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PRI EL INE NO ES LA AUTORIDAD ENCARGADA DE CONFORMAR, DEPURAR O VALIDAR EL PADRÓN, ESTA ES UNA TAREA CONJUNTA CON EL PARTIDO
SUP-JDC-66/2019CASO: NOTIFICACIÓN DE INTENCIÓN DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA GUBERNATURA INDÍGENA NACIONAL, DE CONSTITUIRSE COMO PARTIDO POLÍTICO NACIONAL
SUP-JDC-576/2018CASO CONSEJEROS NACIONALES DEL PRD 2018
SUP-JDC-20/2018LA OBLIGACIÓN DE QUE SE CUMPLA EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO EN LA VIDA INTERNA DEL PARTIDO DEBE EXIGIRSE PARA EL PRÓXIMO PROCESO DE RENOVACIÓN DE LA DIRIGENCIA NACIONAL DEL PRD
SUP-JDC-1096/2017SE DEBE GARANTIZAR UNA DEBIDA TUTELA JUDICIAL, QUE SEA CONSISTENTE CON LAS GARANTÍAS DE DEBIDO PROCESO Y AUDIENCIA.
SUP-JDC-988/2017RESPECTO DE CONDUCTAS COMETIDAS POR UN MILITANTE QUE PRESUNTAMENTE ATENTA EN CONTRA DE NORMAS ESTATUTARIAS DE UN PARTIDO POLÍTICO, DEBE CONOCER DE ESOS HECHOS LA COMISIÓN RESPECTIVA
SUP-JDC-902/2017INCONFORMIDAD DE LA ACTORA, RESULTA SER INEFICAZ AL EXISTIR UN PRONUNCIAMIENTO PREVIO DE LA SALA SUPERIOR, RAZÓN POR LA CUAL SE ACTUALIZA LA EFICACIA REFLEJA DE LA COSA JUZGADA.
SUP-JDC-446/2017LA PROCEDENCIA DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN EXIGE LA EXISTENCIA REAL Y CONCRETA DEL ACTO QUE SE IMPUGNA, ESTO ES, SE REQUIERE DE UN HECHO O ACTUACIÓN QUE SE ESTIME VIOLATORIO DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL ACCIONANTE.
SUP-JDC-369/2017EL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO, NO SE AGOTA CUANDO LOS PARTIDOS POLÍTICOS POSTULAN SUS CANDIDATOS A LOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, SINO QUE, ADEMÁS, EL MISMO TRASCIENDE HACIA LA CONFORMACIÓN DE SUS ÓRGANOS INTERNOS.
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SCM-JDC-402/2018Para garantizar el acceso igualitario de las personas indígenas a cargos de elección popular en las entidades federativas, es necesario que los partidos políticos implanten medidas efectivas que permitan a las personas indígenas ser postuladas en forma preferente, en los lugares donde la población mayoritaria sea indígena.
SCM-JDC-186/2018La exigencia de separarse de cargo para los funcionarios que buscan un cargo distinto, considerando que se trata de una garantía institucional para prevenir que en ejercicio de una función distinta se puede incidir de forma indebida en la contienda.
SG -JDC-1417/2018VULNERACIÓN A LA VOLUNTAD DE DOS CIUDADANOS QUE FUERON REGISTRADOS, SIN SU CONSENTIMIENTO, A CANDIDATURAS Y POSICIONES DISTINTAS A LAS QUE ORIGINALMENTE FUERON POSTULADOS POR UNA COALICIÓN
SG -JDC-1409/2018UN CIUDADANO HABÍA SIDO PRECANDIDATO EN UN PROCESO DE SELECCIÓN INTERNA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL (PRI), Y POSTERIORMENTE FUE POSTULADO POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM). La autoridad administrativa electoral negó su registro con fundamento en el artículo 230 del Código Electoral Local que establece: “quienes participen en el proceso interno de algún partido político, no podrán ser postulados como candidatos por otro partido político durante el mismo proceso electoral de que se trate”.
SM -JDC-334/2024Tema: Acciones afirmativas en el proceso interno de selección de candidaturas. CRITERIO: LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO TIENEN LA POTESTAD DE MODIFICAR ACCIONES AFIRMATIVAS IMPLEMENTADAS EN SUS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS, CUANDO ESTO GENERE PERJUICIO A GRUPOS VULNERABLES.
SM -JDC-313/2024Tema: Inviabilidad de candidaturas por inhabilitación. CRITERIO: ES INVIABLE EL REGISTRO DE UNA CANDIDATURA, CUYA INHABILITACION IMPUESTA COMO SANCIÓN, CONCLUYA CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE TOMA DE PROTESTA DEL CARGO AL QUE ASPIRA.
SM -JDC-245/2021LA PROHIBICIÓN DE LA LGIPE QUE ESTABLECE QUE UNA MISMA PERSONA NO PUEDE REGISTRARSE DE MANERA SIMULTÁNEA A DIVERSOS CARGOS, TAMBIÉN ES APLICABLE EN LOS PROCESOS LOCALES.
SM -JDC-182/2019ACCIONES AFIRMATIVAS. LAS DETERMINACIONES REALIZADAS POR AUTORIDADES ELECTORALES EN FAVOR DEL GÉNERO FEMENINO SON CONSTITUCIONALMENTE VÁLIDAS.
SM -JDC-525/2018PROCEDENCIA EN LOS REGISTROS DE CANDIDATURAS, CUANDO SE ENCUENTRAN POSTULADOS POR UNA COALICIÓN
SM -JDC-124/2018SEPARACIÓN DEL CARGO, SU PROCEDENCIA
SM -JDC-479/2017REGISTRO Y OBTENCIÓN DE APOYO CIUDADANO DE ASPIRANTES A CANDIDATOS INDEPENDIENTES
SM -JRC-79/2018RESTRICCIONES PARA SER POSTULADOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR
SM -JRC-75/2018PORCENTAJE MÍNIMO EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, OPERA EN FAVOR DE LAS MUJERES
ST -JDC-37/2020
ST -JDC-612/2018
ST -JRC-65/2018
ST -JRC-55/2018
ST -JRC-6/2018Que la mujer puede ser suplente de un propietario hombre se traduce en dar mayores posibilidades a la mujer para que acceda a los cargos de representación popular, lo cual constituye una medida que deriva de una interpretación válida.
SUP-JDC-125/2022CASO: PROCEDIMIENTO INTERNO DEL PARTIDO MORENA, RELATIVO A LA SELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A LOS JUZGADORES, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES DURANTE LA INTEGRACIÓN DE LA LITIS, EN APOYO DE SUS PRETENSIONES
SUP-JDC-1049/2021CASO: PROCESOS INTERNOS DE MORENA SE DEBE AGOTAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, YA QUE LOS ACTOS INTRAPARTIDISTAS PUEDEN SER REPARADOS, PUES LA IRREPARABILIDAD SÓLO OPERA EN AQUELLOS ACTOS DERIVADOS DE ALGUNA DISPOSICIÓN CONSTITUCIONAL O LEGAL
SUP-JDC-1041/2021CASO: REGISTRO DE LAS CANDIDATAS SUSTITUTAS A DIPUTADAS FEDERALES PROPIETARIAS POR EL PRINCIPIO DE RP DE MORENA AUN Y CUANDO LAS PERSONAS DESIGNADAS COMO CANDIDATAS NO PARTICIPARON EN EL PROCESO DE SELECCIÓN AL INTERIOR DE MORENA, SU REGISTRO OBEDECIÓ A UNA DECISIÓN INTERNA DE DICHO PARTIDO POLÍTICO, MOTIVADA POR LA EXISTENCIA DE UNA CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA, POR LO QUE SE ESTIMÓ QUE EL ACUERDO CONTROVERTIDO SE ENCONTRABA AJUSTADO A DERECHO
SUP-JDC-304/2018LA SALA SUPERIOR DETERMINÓ QUE LA MANIFESTACIÓN DE PERTENENCIA A UN GÉNERO O AUTO-ADSCRIPCIÓN ES SUFICIENTE PARA COMPETIR ENTRE LAS CANDIDATURAS DE HOMBRE O MUJER SEGÚN SE AUTODEFINA LA PERSONA, ASIMISMO, CONSIDERÓ QUE NINGUNA AUTORIDAD ELECTORAL SE ENCUENTRA FACULTADA PARA CUESTIONAR LA IDENTIDAD SEXO-GENÉRICA DE LAS PERSONAS
SUP-JDC-259/2018EL INTERÉS JURÍDICO PROCESAL CONSTITUYE UNA CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN EN LOS DIVERSOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
SUP-JDC-236/2018EL INTERÉS JURÍDICO, SUPONE LA AFECTACIÓN A UN DERECHO SUBJETIVO DEL QUE ES TITULAR EL AFECTADO; EN CAMBIO, EL INTERÉS LEGÍTIMO NO SE ASOCIA A LA EXISTENCIA DE UN DERECHO SUBJETIVO, PERO SÍ A LA TUTELA JURÍDICA QUE CORRESPONDA A LA "ESPECIAL SITUACIÓN FRENTE AL ORDEN JURÍDICO”, DE TAL SUERTE QUE ALGUNA NORMA PUEDE ESTABLECER UN INTERÉS DIFUSO EN BENEFICIO DE UNA COLECTIVIDAD O GRUPO AL QUE PERTENEZCA EL AGRAVIADO
SUP-JDC-230/2018LOS MILITANTES TIENEN DERECHO A QUE EL PARTIDO Y SUS ÓRGANOS DESARROLLEN LAS FASES DEL PROCEDIMIENTO EN LAS QUE, DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE REGISTRO Y LOS CORRESPONDIENTES CADA FASE, SEAN VOTADOS EN UN PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN, EN EL QUE PODRÍAN O NO RESULTAR FAVORECIDOS COMO CANDIDATOS Y EN UNA POSICIÓN ESPECÍFICA
SUP-JDC-198/2018EL INTERÉS JURÍDICO COMO REQUISITO DE PROCEDENCIA EXIGE QUE QUIEN IMPUGNE TIENE QUE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DEL DERECHO SUBJETIVO POLÍTICO-ELECTORAL QUE SE DICE VULNERADO Y QUE EL ACTO DE AUTORIDAD AFECTA ESE DERECHO, DEL QUE DERIVEN LOS AGRAVIOS DE LA DEMANDA
SUP-JDC-139/2018PARA CONTENDER A UN CARGO DE ELECCIÓN POPULAR NO ES NECESARIO PRESENTAR UNA LICENCIA DEFINITIVA AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SINO QUE SERÁ SUFICIENTE CON QUE SE ENTREGUE UNA LICENCIA POR TIEMPO DETERMINADO
SUP-JDC-1171/2017EFECTUAR UN ESTUDIO DE PONDERACIÓN Y PROPORCIONALIDAD ENTRE LOS DERECHOS RECONOCIDOS EN EL MARCO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL, SERÍA INNECESARIO SI SE ANALIZARA DESDE LA PERSPECTIVA INTERNACIONAL, PUES NO SE RECONOCE UN DERECHO ABSOLUTO EN ESE ÁMBITO E INVIABLE SI SE CONSIDERA DICHO REQUISITO DE ELEGIBILIDAD COMO UNA RESTRICCIÓN EXPRESA, PUES EL PARÁMETRO DE CONTROL CONSTITUCIONAL VIGENTE NO PERMITE UN EJERCICIO DE REGULARIDAD EN TALES TÉRMINOS
SUP-JDC-1076/2017LA DETERMINACIÓN O DECISIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA SER REGISTRADO COMO CANDIDATO A DIPUTADO FEDERAL O SENADOR, ES COMPETENTE DE MANERA EXCLUSIVA AL CONSEJO GENERAL DEL INE.
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SUP-AG -226/2023CASO: LA IMPUGNACIÓN DE UN ACUERDO DE DESECHAMIENTO, EMITIDO POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL (UTCE), EN EL CUAL SE CONSIDERÓ QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS NO ERAN DE SU COMPETENCIA, SINO QUE CONSTITUÍAN ASPECTOS QUE DEBÍAN SER CALIFICADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES LA FUNDAMENTACIÓN DE LA COMPETENCIA ES UNA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL QUE POR REGLA GENERAL NO ES SUBSANABLE, DADO QUE AL CARECER DE ELLA, SE HARÍA INEXISTENTE EL ACTO Y, POR TANTO, DESPARECERÍAN LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE HUBIERA PRODUCIDO EN LA ESFERA JURÍDICA DE LAS PERSONAS
SUP-AG -69/2023CASO: DECRETO DE REFORMA, QUE ENTRE OTRAS CUESTIONES, MODIFICA LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DEL INE LA NORMATIVA PREVÉ DESECHAR LA DEMANDA CUANDO EL RECURSO O JUICIO DE QUE SE TRATE SEA NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE, Y QUE ESTE SUPUESTO SE DA RESPECTO DE AQUELLOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN LOS QUE SE PRETENDA IMPUGNAR LA FALTA DE CONFORMIDAD DE LAS LEYES FEDERALES O LOCALES CON LA CONSTITUCIÓN
SUP-AG -130/2018CASO SÍMBOLO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ES INDISPENSABLE QUE QUIEN ACUDA AL TRIBUNAL ELECTORAL, PLANTEE UNA SITUACIÓN LITIGIOSA O CONTROVERSIAL CON MOTIVO DE UN ACTO O RESOLUCIÓN CUYOS EFECTOS CAUSAN ALGUNA AFECTACIÓN A DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES Y, EN SU CASO, COLECTIVOS
SUP-AG -92/2017TRATÁNDOSE DE ACTOS RELACIONADOS CON LA REGULARIDAD DE LOS PROCESOS ELECTORALES, SÓLO LOS PARTIDOS POLÍTICOS ESTÁN FACULTADOS PARA DEDUCIR ACCIONES TUITIVAS DE INTERESES DIFUSOS.
SUP-JDC-536/2023CASO: CONGRESO LOCAL DE NUEVO LEÓN AUTORIZÓ LA LICENCIA TEMPORAL SOLICITADA POR GARCÍA SEPÚLVEDA, ASIMISMO, DESIGNÓ AL MAGISTRADO PRESIDENTE CON LICENCIA, JOSÉ ARTURO SALINAS GARZA, COMO GOBERNADOR INTERINO. LA DESIGNACIÓN DE LA GUBERNATURA INTERINA EL CONGRESO LOCAL TIENE EL DEBER DE GARANTIZAR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN ESTATAL, ATENDIENDO A QUE LA AUSENCIA DE LA GUBERNATURA CONSTITUCIONAL ES TEMPORAL, POR LO QUE DEBE VERIFICARSE LA ESTABILIDAD EN EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD
SUP-JDC-457/2023CASO: PETICIÓN DE SAMUEL GARCÍA GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN DE PRONUNCIARSE SOBRE SU DERECHO A SOLICITAR LICENCIA TEMPORAL. EL PROPÓSITO DE LA ACCIÓN DECLARATIVA ES EL DE GENERAR CERTEZA EN LA TUTELA DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES, CUANDO ÉSTA SE VE AFECTADA POR UNA ACTUACIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE, QUE GENERA UNA INCERTIDUMBRE REAL SOBRE EL SENTIDO O ALCANCE DE UN DERECHO
SUP-JDC-321/2023CASO: SUPUESTA OMISIÓN DEL CONGRESO DE VERACRUZ DE IMPLEMENTAR MEDIDAS AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DENTRO DE LA LEGISLACIÓN ELECTORAL LA JURISPRUDENCIA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONSIDERA QUE LAS MEDIDAS DE APREMIO ESTÁN DESTINADAS A HACER EFECTIVO COACTIVAMENTE EL MANDATO CONTENIDO EN UNA RESOLUCIÓN DEL JUEZ O TRIBUNAL, QUE ES DESOBEDECIDA POR EL DESTINATARIO
SUP-JDC-111/2023CASO: NEGATIVA DE REINCORPORACIÓN AL CARGO DE DIPUTADO FEDERAL, AL HABERSE DECLARADO VACANTE Y ASIGNADO A LA FÓRMULA SIGUIENTE DE LA LISTA LA AUSENCIA DE LA DIPUTACIÓN SEA PROPIETARIA O SUPLENTE DERIVADA DE LA SOLICITUD DE LICENCIA TEMPORAL O POR TIEMPO INDEFINIDO NO GENERA VACANTE ALGUNA EN EL CARGO
SUP-JDC-99/2023CASO: IMPUGNACIÓN EN CONTRA DEL ACUERDO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL PORQUE NO SE INCLUYE ACCIONES AFIRMATIVAS EN BENEFICIO DE LA POBLACIÓN LGBTTTIQ+ Y SÓLO CONTEMPLA A HOMBRES Y MUJERES LA ALTERNANCIA DE GÉNERO NO DEBE DESAPARECER SINO COEXISTIR CON EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN DEL GÉNERO NO BINARIO. ASÍ, SIN AFECTAR LA PARIDAD, DEBE ARMONIZARSE ENTRE EL PRINCIPIO DE ALTERNANCIA, EL DERECHO A LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y A LA NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS NO BINARIAS
SUP-JDC-74/2023CASO: ACUERDO POR EL QUE MODIFICÓ EL PROCESO PARA LA DESIGNACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE EVALUACIÓN, LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, Y LOS CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN LA ALTERNANCIA EN LA PRESIDENCIA DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN CONSTITUYE UN MECANISMO FUNDAMENTAL PARA COMBATIR LA DISCRIMINACIÓN HISTÓRICA HACIA LAS MUJERES, YA QUE LES PERMITE ACCEDER A LOS ESPACIOS PÚBLICOS QUE CUENTAN CON MAYOR VISIBILIDAD Y LAS COLOCA EN LOS ESPACIOS DE TOMA DE DECISIONES, MATERIALIZANDO ASÍ NO SOLAMENTE LA PARIDAD SIMBÓLICA, SINO TAMBIÉN LA SUSTANTIVA
SUP-JDC-1449/2022CASO: OMISIÓN ATRIBUIDA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DEL SENADO DE LA REPÚBLICA RESPECTO DE LA SOLICITUD DE INICIATIVA CIUDADANA RELATIVA AL PROYECTO DE REFORMAS A DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA CPEUM SENADO TIENE LA OBLIGACIÓN DE CONVOCAR A LOS ACTORES PARA EXPONER EL CONTENIDO DE LA INICIATIVA SEGÚN LO MARCA LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
SUP-JDC-456/2022CASO: ACUERDO DE LA JUCOPO POR EL QUE SE DESIGNA A LAS SENADORAS Y SENADORES QUE INTEGRARÁN LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA LXV LEGISLATURA EL PRINCIPIO DE MÁXIMA REPRESENTACIÓN EFECTIVA IMPLICA QUE EN LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEBEN ESTAR, CONFORME A LOS CRITERIOS DE PROPORCIONALIDAD Y PLURALIDAD, LAS MISMAS FUERZAS POLÍTICAS PRESENTES EN LA CAMARA DE SENADORES
SUP-JDC-92/2022CASO: SUPUESTA OMISIÓN LEGISLATIVA SOBRE DERECHOS POLÍTICOS-ELECTORALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Y CONVENCIONALES SE DESPRENDEN DIVERSAS RAZONES QUE SUSTENTAN LA OBLIGACIÓN DEL CONGRESO DE LA UNIÓN DE GENERAR MECANISMOS ENCAMINADOS A FAVORECER LA PARTICIPACIÓN POLÍTICO-ELECTORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
SUP-JDC-1453/2021CASO. COMPETENCIA QUE TIENE LA SALA SUPERIOR EN ACTOS PARLAMENTARIOS. LA SALA SUPERIOR TIENE COMPETENCIA PARA CONOCER DE ACTOS PARLAMENTARIOS, CUANDO SE ADUZCA LA POSIBLE VIOLACIÓN AL DERECHO POLÍTICO-ELECTORAL A SER VOTADO
SUP-JDC-1107/2021CASO: COMPETENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA REVISAR LA CONSTITUCIONALIDAD Y PROCEDENCIA DE LAS CONSULTAS POPULARES CONFORME A LA NORMATIVA APLICABLE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (TEPJF) CARECE DE COMPETENCIA PARA REVISAR LA CONSTITUCIONALIDAD Y LA PROCEDENCIA DE LAS CONSULTAS POPULARES
SUP-JDC-948/2021CASO. REGLAS PARA LA SELECCIÓN DE LAS CANDIDATURAS A LAS DIPUTACIONES FEDERALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. ES VÁLIDO QUE UN PARTIDO POLÍTICO RESERVE LOS DIEZ PRIMEROS LUGARES DE LA LISTA DE CANDIDATURAS A LAS DIPUTACIONES FEDERALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA GARANTIZAR LA POSTULACIÓN DE PERSONAS EXTERNAS Y PERTENECIENTES A GRUPOS VULNERABLES
SUP-JDC-282/2021CASO. PROCEDIMIENTOS PARA SELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA PARTIDARIA DEL PRI CUANDO EL EJERCICIO DE UNA MEDIDA AFIRMATIVA POR CONDICIÓN DE DESVENTAJA CORRESPONDA A UN HOMBRE, ESTA ADMITIRÁ UNA INTERPRETACIÓN FLEXIBLE, QUE PERMITA LA POSTULACIÓN DE MUJERES QUE CUMPLAN CON LA CONDICIÓN DE DESVENTAJA ESTABLECIDA PARA LA MEDIDA
SUP-JDC-126/2021CASO: NEGATIVA DE DECLARACIÓN DE VACANTE DE DIPUTACIÓN FEDERAL DEL QUE EL SOLICITANTE ES SUPLENTE NO SE ACREDITÓ QUE EXISTA ALGÚN TIPO DE AUSENCIA DEL CARGO O QUE SE ACTUALICE ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS PREVISTAS EN LA CONSTITUCIÓN GENERAL O EL REGLAMENTO QUE HICIERA NECESARIO QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS PROCEDIERA A REALIZAR UNA SUSTITUCIÓN PROVISIONAL O PERMANENTE DEL CARGO DE DIPUTADO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL DISTRITO 15 DEL ESTADO DE MÉXICO
SUP-JDC-4076/2020CASO: VULNERACIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN EN MATERIA POLÍTICA EL DERECHO DE PETICIÓN NO SÓLO CONSISTE EN LA CAPACIDAD DEL CIUDADANO PARA DIRIGIR Y FORMULAR SOLICITUDES ANTE CUALQUIER ENTIDAD PÚBLICA SOBRE ASUNTOS QUE SEAN DE SU COMPETENCIA, TAMBIÉN INCLUYE LA OBTENCIÓN DE UNA RESPUESTA ADECUADA Y OPORTUNA POR PARTE DE LA ENTIDAD ACCIONADA, MISMA QUE DEBE SER NOTIFICADA AL PETICIONARIO
SUP-JDC-1631/2020CASO: MEDIDAS CAUTELARES POR ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA Y VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO COMO DIPUTADAS Y DIPUTADOS LOCALES DE COLIMA
SUP-JDC-8/2020CASO: OMISIÓN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN DE CONVOCARLOS A EXPONER EL CONTENIDO DE UNA INICIATIVA ANTE LA PRECLUSIÓN DE LA FACULTAD DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA EMITIR EL DICTAMEN CORRESPONDIENTE, EXISTE UNA IMPOSIBILIDAD JURÍDICA Y MATERIAL PARA QUE PUEDA CONVOCAR A LOS REPRESENTANTES DE LAS INICIATIVAS CIUDADANAS A EXPONER EL CONTENIDO DE LA INICIATIVA, PRECISAMENTE, PORQUE EL PROPÓSITO DE DICHA REUNIÓN ES BRINDAR ELEMENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y EMISIÓN DEL DICTAMEN
SUP-JDC-1326/2019CASO: DURACIÓN DE MANDATO DE LA GUBERNATURA DE BAJA CALIFORNIA
SUP-JDC-86/2019CASO: REGLAS PROCESALES EMITIDAS POR EL CONGRESO DEL ESTADO DE DURANGO
SUP-JDC-46/2019CASO: CONSULTAS CIUDADANAS CONVOCADAS POR EL GOBIERNO FEDERAL. DESECHAMIENTO
SUP-JDC-595/2018CASO NEGATIVA DE RESTITUCIÓN A LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA AL TENER LICENCIA DEL CARGO DE SENADOR, NO SE EJERCEN DICHAS FUNCIONES
SUP-JDC-557/2018CASO: PROCEDIMIENTO DE EXPULSIÓN DEL EX SENADOR ERNESTO CORDERO ARROYO DEL PAN
SUP-JDC-470/2017CUANDO LA CÁMARA DE DIPUTADOS ESTÁ EN SU PERIODO CONSTITUCIONAL DE RECESO, LAS COMISIONES DEBERÁN CONTINUAR EL ESTUDIO DE LOS ASUNTOS PENDIENTES.
SUP-JDC-457/2017LAS SALAS REGIONALES QUE EJERZAN JURISDICCIÓN EN EL ÁMBITO TERRITORIAL EN QUE SE HAYA COMETIDO LA VIOLACIÓN RECLAMADA, SERÁN COMPETENTES PARA CONOCER, EN ÚNICA INSTANCIA, DE LOS REFERIDOS JUICIOS CIUDADANOS CUANDO EL ACTO IMPUGNADO ESTÉ RELACIONADO CON LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS FEDERALES.
SUP-JDC-259/2017SE IMPONDRÁN, MEDIANTE JUICIO POLÍTICO, SANCIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES INCURRAN EN ACTOS U OMISIONES QUE REDUNDEN EN PERJUICIO DE LOS INTERESES PÚBLICOS FUNDAMENTALES O DE SU BUEN DESPACHO.
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SUP-JDC-810/2024CASO: SOLICITUD DE QUE SE INCLUYAN A TODAS LAS PERSONAS CON DERECHO A VOTO QUE HABITEN EN EL CAMPAMENTO DE REFUGIADOS LAS CASILLAS EXTRAORDINARIAS CONTARÁN ÚNICAMENTE CON EL LISTADO NOMINAL QUE CONTENGA LOS NOMBRES DE LAS PERSONAS CIUDADANAS QUE HABITAN LA ZONA GEOGRÁFICA DONDE SE INSTALARÁ LA CASILLA
SUP-JDC-536/2023CASO: CONGRESO LOCAL DE NUEVO LEÓN AUTORIZÓ LA LICENCIA TEMPORAL SOLICITADA POR GARCÍA SEPÚLVEDA, ASIMISMO, DESIGNÓ AL MAGISTRADO PRESIDENTE CON LICENCIA, JOSÉ ARTURO SALINAS GARZA, COMO GOBERNADOR INTERINO. LA DESIGNACIÓN DE LA GUBERNATURA INTERINA EL CONGRESO LOCAL TIENE EL DEBER DE GARANTIZAR EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN ESTATAL, ATENDIENDO A QUE LA AUSENCIA DE LA GUBERNATURA CONSTITUCIONAL ES TEMPORAL, POR LO QUE DEBE VERIFICARSE LA ESTABILIDAD EN EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD
SUP-JDC-457/2023CASO: PETICIÓN DE SAMUEL GARCÍA GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN DE PRONUNCIARSE SOBRE SU DERECHO A SOLICITAR LICENCIA TEMPORAL. EL PROPÓSITO DE LA ACCIÓN DECLARATIVA ES EL DE GENERAR CERTEZA EN LA TUTELA DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES, CUANDO ÉSTA SE VE AFECTADA POR UNA ACTUACIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE, QUE GENERA UNA INCERTIDUMBRE REAL SOBRE EL SENTIDO O ALCANCE DE UN DERECHO
SUP-JDC-1107/2021CASO: COMPETENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA REVISAR LA CONSTITUCIONALIDAD Y PROCEDENCIA DE LAS CONSULTAS POPULARES CONFORME A LA NORMATIVA APLICABLE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (TEPJF) CARECE DE COMPETENCIA PARA REVISAR LA CONSTITUCIONALIDAD Y LA PROCEDENCIA DE LAS CONSULTAS POPULARES
SUP-JDC-76/2019CASO: CONSULTA AL INE SOBRE ASPECTOS RELACIONADOS CON EL ORDENAMIENTO NORMATIVO ELECTORAL
SUP-JDC-159/2018TIENE INTERÉS PARA INSTAURAR UN JUICIO CIUDADANO, QUIEN AFIRMA LA EXISTENCIA DE UNA LESIÓN A SU ESFERA DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES Y PRETENDE, SER RESTITUIDO EN EL GOCE DE ESE DERECHO VIOLADO, MEDIANTE LA REVOCACIÓN O MODIFICACIÓN DEL ACTO IMPUGNADO
SUP-JDC-457/2017LAS SALAS REGIONALES QUE EJERZAN JURISDICCIÓN EN EL ÁMBITO TERRITORIAL EN QUE SE HAYA COMETIDO LA VIOLACIÓN RECLAMADA, SERÁN COMPETENTES PARA CONOCER, EN ÚNICA INSTANCIA, DE LOS REFERIDOS JUICIOS CIUDADANOS CUANDO EL ACTO IMPUGNADO ESTÉ RELACIONADO CON LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS FEDERALES.
SUP-JRC-16/2019REENCAUZAMIENTO DEL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL A RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL PARTIDO NUEVA ALIANZA
SUP-RAP-145/2018POR LO QUE LA SALA SUPERIOR TUVO POR NO PRESENTADO EL RECURSO DE APELACIÓN DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL (PAN), EN VITRUD DE SU ESCRITO DE DESISTIMIENTO ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
SUP-RAP-165/2017DEBIDO AL DISEÑO LEGISLATIVO QUE OPERA EN EL SISTEMA ELECTORAL, LOS PARTIDOS POLÍTICOS CON REGISTRO ESTATAL ESTÁN HABILITADOS PARA POSTULAR CANDIDATOS EN LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES; MIENTRAS QUE, LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES LO PUEDEN HACER EN LOS PROCESOS COMICIALES FEDERALES.
SUP-REC-342/2023CASO: EXPEDICIÓN DE UNA CREDENCIAL PARA VOTAR COMO DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN A UNA PERSONA QUE SE ENCUENTRA EN PRISIÓN PREVENTIVA NO EXISTE UN IMPEDIMENTO JURÍDICO PARA OBTENER LA CREDENCIAL, PORQUE NO ESTÁ SUSPENDIDO DE SUS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES
SUP-REC-434/2022CASO: SOLICITUD DE REINCORPORACIÓN AL PADRÓN ELECTORAL, POR LA NEGATIVA DE ENCONTRARSE SUSPENDIDOS LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES LA CIRCUNSTANCIA DE ENCONTRARSE SUSPENDIDOS EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE UN CIUDADANO, ELLO NO IMPLICA QUE SE LE LIMITEN OTROS DERECHOS HUMANOS DE RANGO CONSTITUCIONAL, COMO EL DERECHO A NO SER DISCRIMINADO
SUP-REC-1260/2017RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, SE ACTUALIZA EN EL SUPUESTO DE QUE LA SALA REGIONAL RESPONSABLE HUBIESE DICTADO UNA SENTENCIA DE FONDO, EN LA CUAL HAYA DETERMINADO LA INAPLICACIÓN DE UNA DISPOSICIÓN ELECTORAL, POR CONSIDERARLA CONTRARIA A LA CONSTITUCIÓN.
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ST -JRC-3/2020
SUP-JDC-623/2021CASO: PÉRDIDA DEL DERECHO DE RAÚL MORÓN A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE MICHOACAN LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, ENCUENTRA LA PARTICULARIDAD DE BUSCAR ESTABLECER EL USO EFECTIVO Y OPORTUNO DE LOS RECURSOS DE PARTIDOS, PRECANDIDATURAS, ASPIRANTES Y CANDIDATURAS INCLUYENDO LAS INDEPENDIENTES, Y PROPONE UN ESQUEMA DE REGLAS DE SEGUIMIENTO DE REALIZACIÓN DE GASTOS Y MECANISMOS DE VIGILANCIA Y MONITOREO, QUE EXIGEN FLUIDEZ EN SU CREACIÓN Y ATIENDEN A UNA INMEDIATA VIGENCIA A PARTIR DE SU VINCULACIÓN CON LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, TANTO EN PERÍODOS ORDINARIOS COMO EN PROCESOS ELECTORALES
SUP-RAP-114/2024CASO: OFICIO DE NOTIFICACIÓN INE/DS/630/2024, SE DEBE TENER COMO ÚNICO OFICIO VÁLIDO DE LA DIRECCIÓN DEL SECRETARIADO DEL INE EL OFICIO RECLAMADO NO CUMPLE CON LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN QUE DEBEN SATISFACER TODOS LOS ACTOS DE AUTORIDAD
SUP-RAP-88/2024CASO: REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA DEL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL MORENA NO PODRÁ INCREMENTAR EL MONTO DEL COSTO, NI LA SANCIÓN, QUE FUERON DETERMINADAS POR LA AUTORIDAD
SUP-RAP-118/2022CASO: IRREGULARIDADES ENCONTRADAS DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE LOS INGRESOS Y LOS GASTOS DE PRECAMPAÑA DE MORENA A LA GUBERNATURA, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2021-2022, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO LA FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN CONSISTE EN LA OMISIÓN EN QUE INCURRE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DE CITAR EL O LOS PRECEPTOS QUE CONSIDERE APLICABLES, ASÍ COMO DE EXPRESAR RAZONAMIENTOS LÓGICOS-JURÍDICOS A FIN DE HACER EVIDENTE LA APLICACIÓN DE ESAS NORMAS JURÍDICAS
SUP-RAP-117/2022CASO: SANCIONES IMPUESTAS AL PARTIDO POLÍTICO MORENA, POR LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN DE LOS INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA DE LA PRECANDIDATURA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE OAXACA, EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2021-2022 EN EL CASO DE LA FISCALIZACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS, LA FUNCIÓN DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CONSISTE EN VERIFICAR LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LOS SUJETOS REGULADOS Y NO SUBSANAR LAS DEFICIENCIAS DE LO REPORTADO POR EL PARTIDO, AL NO SER UN PROCEDIMIENTO INQUISITIVO
SUP-RAP-179/2021CASO: OMISIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO DE PROPORCIONAR DOMICILIO DE EVENTOS UN ADECUADO INGRESO DE INFORMACIÓN DE CAPTURAR EN EL SISTEMA INTEGRAL DE FISCALIZACIÓN (SIF) LA AGENDA DE EVENTOS, REQUIERE LOS DATOS IDÓNEOS DE LOCALIZACIÓN DE LOS LUGARES DONDE SE LLEVEN A CABO LOS ACTOS RESPECTO DE LOS CUALES LA AUTORIDAD PODRÁ EJERCER SU FUNCIÓN DE VERIFICACIÓN
SUP-RAP-133/2021CASO. OBLIGACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y EGRESOS DE PRECAMPAÑA. ES UNA OBLIGACIÓN PRESENTAR INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE UN PROCESO INTERNO DE CANDIDATURAS DE UN PARTIDO POLÍTICO SI, POR MOTIVOS EXTRAORDINARIOS, SE REALIZÓ DESPUÉS DE CONCLUIDO EL PERIODO DE PRECAMPAÑA EN LA FECHA PREVISTA EN LA NORMATIVA ELECTORAL
SUP-RAP-80/2021CASO. DICTAMEN CONSOLIDADO DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA PARA LA GUBERNATURA EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2020-2021, EN NAYARIT. EL INCUMPLIMIENTO AL DEBER DE REGISTRO OPORTUNO DE LOS EVENTOS EN EL SISTEMA INTEGRAL DE FISCALIZACIÓN (SIF), IMPIDE QUE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA EJERZA SUS FACULTADES DE VERIFICACIÓN, SIN QUE LA CIRCUNSTANCIA DE LA PANDEMIA PERMITA EXIMIR A LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES
SUP-RAP-74/2021CASO. CANCELACIÓN DEL REGISTRO DEL CANDIDATO DE MORENA PARA CONTENDER POR LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MICHOACÁN LAS PORCIONES NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA PÉRDIDA DEL DERECHO A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO O, LA CANCELACIÓN DE SU REGISTRO, POR NO PRESENTAR EL INFORME DE INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA, SON ACORDES A LA REGULARIDAD CONSTITUCIONAL
SUP-RAP-27/2020CASO: REDUCCIÓN DE MINISTRACIONES POR APLICACIÓN DE SANCIONES AL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA LAS SANCIONES IMPUESTAS POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL TIENEN LA NATURALEZA DE APROVECHAMIENTOS Y, POR ENDE, DE CRÉDITOS FISCALES, RAZÓN POR LA CUAL LES RESULTAN APLICABLES LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN LO QUE ATAÑE A LAS REGLAS DE LA PRESCRIPCIÓN
SUP-RAP-4/2019CASO: FACULTAD DE INVESTIGACIÓN A SUJETOS DIVERSOS A LOS INICIALMENTE IMPUTADOS. COALICIÓN “COMPROMISO POR MÉXICO”
SUP-RAP-279/2018EL DICTAMEN CONSOLIDADO ES EL DOCUMENTO EMITIDO POR LA AUTORIDAD FISCALIZADORA COMO RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS, TANTO EN SUS ASPECTOS JURÍDICOS COMO CONTABLES, POR LO QUE FORMA PARTE DE LA MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA
SUP-RAP-39/2018CASO: MULTAS AL PRI, PRD, PT Y MC POR IRREGULARIDADES REGISTRADAS EN LA REVISIÓN DE INFORMES DE FISCALIZACIÓN CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2012
SUP-RAP-4/2018CASO: FACULTAD DE INVESTIGACIÓN A SUJETOS DIVERSOS A LOS INICIALMENTE IMPUTADOS. COALICIÓN “COMPROMISO POR MÉXICO” LA FACULTAD DE AMPLIAR LOS SUJETOS INCOADOS EN UNA INVESTIGACIÓN TIENE COMO LÍMITE PARA LA PRESCRIPCIÓN, LOS TRES AÑOS SEÑALADOS PARA LOS PROCEDIMIENTOS OFICIOSOS, CONTADOS A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE SE HAYAN SUSCITADO LOS HECHOS (PLAZO CIERTO).
SUP-RAP-147/2017PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN
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SM -JDC-661/2018VERIFICACIÓN OFICIOSA EN LA INTEGRACIÓN PARITARIA EN AYUNTAMIENTOS
SM -JIN-7/2024Tema: Reincorporación a cargos públicos. CRITERIO: NO EXISTE IMPEDIMENTO LEGAL PARA QUE, CELEBRADA LA JORNADA ELECTORAL, LA PERSONA POSTULADA A UNA CANDIDATURA REASUMA EL CARGO DEL QUE SOLICITÓ LICENCIA PARA CONTENDER POR UNO DISTINTO.
ST -JDC-654/2018
ST -JIN-85/2018
ST -JRC-109/2018Interpretación de la causal de nulidad por rebase de tope de gastos de campaña.
ST -JRC-109/2018
SUP-CDC-2/2017LA EXISTENCIA DE UNA CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS SE ACTUALIZA CUANDO ENTRE LO SUSTENTADO POR DOS O MÁS ÓRGANOS JURISDICCIONALES EXISTE DISCREPANCIA U OPOSICIÓN EN LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS O INTERPRETACIONES DE UNA MISMA NORMA, EN LA QUE EXISTA IDENTIDAD EN LA CUESTIÓN JURÍDICA QUE DEBE REGIR UNA SITUACIÓN PARTICULAR, A PESAR DE QUE LOS ASUNTOS PUEDAN SER DIFERENTES EN SUS CIRCUNSTANCIAS FÁCTICAS.
SUP-JDC-1112/2021CASO. RECUSACIÓN DE UN MAGISTRADO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE QUINTANA ROO EL IMPEDIMENTO DE LAS Y LOS JUECES PARA CONOCER DE ALGÚN ASUNTO, DEBE OBEDECER A UN CRITERIO ESTRICTO Y QUE SÓLO SE JUSTIFICA CUANDO TAL APARTAMIENTO LO SEA A FIN DE EVITAR QUE PRODUZCA PARCIALIDAD EN EL JUZGAMIENTO, AUNADO A QUE LAS CIRCUNSTANCIAS INVOCADAS COMO FUNDAMENTO PARA LA RECUSACIÓN DE LA PERSONA JUZGADORA DEBEN ESTAR PLENAMENTE PROBADAS
SUP-JDC-1076/2021CASO. EJERCICIO DEL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO EN EL PROCESOS ELECTORALES 2020-2021. RESULTA INADECUADO QUE EL INE ÚNICAMENTE IMPLEMENTÓ DOS DE LAS TRES MODALIDADES QUE LA LEY PREVÉ, PARA EL EJERCICIO DEL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EXCLUYENDO LA MODALIDAD PRESENCIAL A TRAVÉS DE LAS EMBAJADAS O CONSULADOS
SUP-JDC-163/2019CASO: DESECHAMIENTO POR DEMANDA EXTEMPORÁNEA LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SERÁN IMPROCEDENTES, CUANDO SE PRETENDAN IMPUGNAR ACTOS CONTRA LOS CUALES NO SE HUBIESE INTERPUESTO EL JUICIO O RECURSO RESPECTIVO, DENTRO DE LOS PLAZOS PREVISTOS
SUP-JDC-499/2018CASO SI UN CIUDADANO CONTABA CON INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER EL RECURSO DE INCONFORMIDAD QUE FUE DESECHADO POR EL TRIBUNAL RESPONSABLE EL IMPUGNANTE AL HABER PARTICIPADO LA PASADA JORNADA COMICIAL MEDIANTE LA EMISIÓN DE SU VOTO, SU DERECHO A VOTAR NO SE VIO VULNERADO, SE CONSIDERÓ QUE EL ACTOR CARECÍA DE INTERÉS JURÍDICO PARA CONTROVERTIR VÍA RECURSO DE INCONFORMIDAD LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA Y DE LA VOTACIÓN OBTENIDA EN EL DÉCIMO NOVENO DISTRITO ELECTORAL LOCAL
SUP-JIN-249/2024RESULTADOS CONSIGNADOS EN EL ACTA DE CÓMPUTO DISTRITAL DE LA ELECCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EMITIDA POR EL 02 CONSEJO DISTRITAL DEL INE EN EL ESTADO DE CHIAPAS LA FIRMA AUTÓGRAFA REPRESENTA LA FORMA IDÓNEA DE VINCULAR A LA PARTE ACTORA CON EL ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN EL ESCRITO
SUP-JIN-49/2024CASO: CONFIRMACIÓN DE RESULTADOS DE LOS CÓMPUTOS DISTRITALES DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DEL 2 DE JUNIO DE 2024 CONFORME A LA CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA DE NULIDADES ELECTORALES, LA PARTE ACTORA NO PUEDE SOLICITAR LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN MEDIANTE UN JUICIO DE INCONFORMIDAD
SUP-JIN-295/2018TODO EXCESO DE GASTOS DE CAMPAÑA QUE NO EXTRALIMITE EN UN 5% CONSTITUYE UNA IRREGULARIDAD, QUE EN PRINCIPIO, DEBE DAR LUGAR A OTRO TIPO DE CONSECUENCIA, COMO ES LA IMPOSICIÓN DE UNA SANCIÓN DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO, PERO NO DE MANERA INMEDIATA LA NULIDAD DE LA CORRESPONDIENTE ELECCIÓN
SUP-JIN-6/2018LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA ANTE AUTORIDAD DISTINTA A LA RESPONSABLE NO INTERRUMPE EL PLAZO PREVISTO PARA IMPUGNAR
SUP-JIN-4/2018EL CONSEJO GENERAL DEL INE, ES LA AUTORIDAD ANTE LA CUAL SE DEBAN PRESENTAR JUICIOS DE INCONFORMIDAD, TENDENTES A IMPUGNAR LOS CÓMPUTOS DISTRITALES DE LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS FEDERALES
SUP-JIN-3/2018EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN ES IMPROCEDENTE POR HABERSE PRESENTADO ANTE UNA AUTORIDAD DISTINTA DE LAS RESPONSABLES Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO DEVIENEN EXTEMPORÁNEA SU PRESENTACIÓN
SUP-JRC-107/2023CASO. LA SALA SUPERIOR CONFIRMÓ EL CÓMPUTO ESTATAL, LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN Y LA ENTREGA DE CONSTANCIA DE MAYORÍA AL GOBERNADOR ELECTO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA EL SISTEMA DE NULIDADES EN EL ÁMBITO DEL DERECHO ELECTORAL TIENE COMO FINALIDAD INVALIDAR CUALQUIER ACTO QUE NO OBSERVE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LOS REQUISITOS LEGALES EXIGIDOS, AL TRATARSE DE UN MECANISMO MEDIANTE EL CUAL SE BUSCA GARANTIZAR LA VIGENCIA DEL ESTADO CONSTITUCIONAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO
SUP-JRC-101/2022CASO: VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS, ASÍ COMO LA ENTREGA DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA, EN FAVOR DE AMÉRICO VILLARREAL ANAYA SI BIEN LOS DENOMINADOS “SERVIDORES DE LA NACIÓN” PODRÍAN COMETER IRREGULARIDADES EN LOS PROCESOS ELECTORALES, SE DEBE ACREDITAR CON ELEMENTOS REALES Y OBJETIVOS PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE ALGUNA VULNERACIÓN A LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LIBERTAD DEL SUFRAGIO Y AUTENTICIDAD DE LAS ELECCIONES
SUP-JRC-146/2021CASO: RESOLUCIÓN EMITIDA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO QUE DESECHÓ LA DEMANDA INTERPUESTA POR MORENA, RESPECTO A LA DECLARACIÓN DE VALIDEZ Y ENTREGA DE CONSTANCIA DE MAYORÍA DE LA ELECCIÓN A LA GUBERNATURA 2021, DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA, AL SER EXTEMPORÁNEA EN TÉRMINOS DE LAS LEYES ELECTORALES DEL ESTADO DE QUERETARO, LA INTERPOSICIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD POR EL QUE SE CONTROVIERTA LA DECLARACIÓN DE VALIDEZ Y ENTREGA DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA DE LA ELECCIÓN A LA GUBERNATURA DEBERÁ PROMOVERSE DENTRO DEL PLAZO DE CUATRO DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A QUE CONCLUYA LA SESIÓN DE CÓMPUTO ESTATAL RESPECTIVA.
SUP-JRC-128/2021CASO: RECUENTO TOTAL DE LOS VOTOS DE LA ELECCIÓN PARA LA GUBERNATURA DE CAMPECHE EL PRINCIPIO DE CERTEZA SE REFIERE A LA ESTRUCTURA MISMA DEL PROCESO ELECTORAL, REGULANDO Y OBLIGANDO A LA AUTORIDAD ELECTORAL, PARA QUE CADA UNO DE LOS ACTOS DE LA MISMA SEAN VERÍDICOS, ESTO ES, REPORTEN FIEL Y ÚNICAMENTE LO QUE EN REALIDAD HA SUCEDIDO
SUP-JRC-128/2021CASO: RESULTADO DE LA DILIGENCIA DE RECUENTO TOTAL RESPECTO DE LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE CAMPECHE EL RECUENTO TIENE POR OBJETO DEPURAR EL RESULTADO DE LA VOTACIÓN OBTENIDA ORIGINALMENTE EN LOS CÓMPUTOS DISTRITALES E IMPLICA QUE LOS RESULTADOS CONSIGNADOS EN EL NUEVO ESCRUTINIO Y CÓMPUTO SUSTITUYEN A LOS PREVIAMENTE ESTABLECIDOS Y, EN TAL CIRCUNSTANCIA LOS DATOS OBTENIDOS DEBEN REGIR PARA DETERMINAR EL RESULTADO DE LA CONTIENDA ELECTORAL
SUP-JRC-116/2021CASO. NULIDAD DE LA VOTACIÓN RECIBIDA EN DIVERSAS CASILLAS INSTALADAS EN EL 24 DISTRITO ELECTORAL LOCAL, CON CABECERA EN LÁZARO CÁRDENAS, PARA LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DE MICHOACÁN LOS ELEMENTOS MÍNIMOS PARA SOSTENER LA CAUSAL DE NULIDAD REFERENTE A LA RECEPCIÓN DE LA VOTACIÓN POR PERSONAS U ÓRGANOS DISTINTOS A LOS FACULTADOS, ES IDENTIFICAR LAS PERSONAS QUE DEBIERON RECIBIR LA VOTACIÓN Y LA PERSONA NO AUTORIZADA QUE SUPUESTAMENTE LA RECIBIÓ
SUP-JRC-22/2019CASO: EL CARGO DE GOBERNADOR EN BAJA CALIFORNIA, EN EL PROCESO ELECTORAL 2019 SERÁ DE DOS AÑOS
SUP-JRC-204/2018CASO VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DE PUEBLA Y EL TRIUNFO DE LA COALICIÓN POR PUEBLA AL FRENTE
SUP-JRC-176/2018• El PRINCIPIO DE CERTEZA CONSISTE EN QUE LAS ACCIONES QUE SE EFECTÚEN SEAN VERACES, REALES Y APEGADAS A LOS HECHOS, SIN MANIPULACIONES O ADULTERACIONES; QUE EL RESULTADO DE TODO LO ACTUADO EN EL PROCESO ELECTORAL SEA PLENAMENTE VERIFICABLE, FIDEDIGNO Y CONFIABLE, REDUCIENDO AL MÍNIMO LA POSIBILIDAD DE ERRAR Y DESTERRANDO EN LO POSIBLE CUALQUIER VESTIGIO DE VAGUEDAD O AMBIGÜEDAD, ASÍ COMO DE DUDA O SUSPICACIA, A FIN DE QUE AQUELLOS ADQUIERAN EL CARÁCTER DE AUTÉNTICOS. • ANTE IRREGULARIDADES RELACIONADAS CON EL DEBIDO CÓMPUTO DE LA VOTACIÓN Y LOS PAQUETES, FALTA DE DOCUMENTACIÓN Y EL LLENADO DE LAS ACTAS CORRESPONDIENTES, SE DEBE REALIZAR UN NUEVO ESCRUTINIO Y CÓMPUTO, A FIN DE LOGRAR RESULTADOS VERACES, REALES Y AJUSTADOS A LOS HECHOS, QUE OTORGUEN CERTEZA Y CONFIANZA EN EL PROCESO ELECTORAL
SUP-JRC-281/2017EL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO ES RESPONSABLE DE VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES EN MATERIA ELECTORAL, DE PROMOVER LA CULTURA POLÍTICA DEMOCRÁTICA, ASÍ COMO DE VELAR PORQUE LOS PRINCIPIOS DE CERTEZA, LEGALIDAD, INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD, MÁXIMA PUBLICIDAD, OBJETIVIDAD Y PROFESIONALISMO GUÍEN TODAS LAS ACTIVIDADES DEL ORGANISMO.
SUP-JRC-280/2017CARÁCTER DETERMINANTE ES QUE LA IRREGULARIDAD O VIOLACIÓN AFECTE DECISIVAMENTE LA ELECCIÓN.
SUP-JRC-272/2017NO EXISTE JUSTIFICACIÓN ALGUNA PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALISTARSE A LA GUARDIA NACIONAL –AUN CUANDO NO HAY LEY ORGÁNICA Y TAMPOCO ESTÁ ACTUALMENTE FORMADA-, SE PREVEA EN LA LEY FUNDAMENTAL COMO SANCIÓN LA SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DEL CIUDADANO.
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ST -JRC-3/2020
ST -JRC-1/2020
ST -RAP-21/2019
ST -RAP-20/2019
ST -RAP-18/2019
ST -RAP-12/2019
SUP-CDC-1/2018CUANDO UNA DENUNCIA DE CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS SE REALIZA DESPUÉS DE QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL SE APARTÓ DEL CRITERIO SOSTENIDO Y ASUME UNO SIMILAR AL OTRO ÓRGANO JURISDICCIONAL, DESAPARECE LA INSEGURIDAD JURÍDICA QUE PREVALECÍA AL MOMENTO DE LA DENUNCIA DE LA CONTRADICCIÓN
SUP-CDC-5/2017EL CONSEJO GENERAL CUENTA CON FACULTADES AMPLIAS DE FISCALIZACIÓN RESPECTO DE LAS CUALES NO SE ENCUENTRA UNA LIMITANTE QUE IMPOSIBILITE A DICHA AUTORIDAD DE IMPONER SANCIONES POR LA OMISIÓN DE REPORTAR GASTOS EN EL INFORME CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE CAMPAÑA, COMO PARTE DE LAS CONCLUSIONES DERIVADAS DE UNA REVISIÓN A UN INFORME DISTINTO.
SUP-JDC-623/2021CASO: PÉRDIDA DEL DERECHO DE RAÚL MORÓN A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE MICHOACAN LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, ENCUENTRA LA PARTICULARIDAD DE BUSCAR ESTABLECER EL USO EFECTIVO Y OPORTUNO DE LOS RECURSOS DE PARTIDOS, PRECANDIDATURAS, ASPIRANTES Y CANDIDATURAS INCLUYENDO LAS INDEPENDIENTES, Y PROPONE UN ESQUEMA DE REGLAS DE SEGUIMIENTO DE REALIZACIÓN DE GASTOS Y MECANISMOS DE VIGILANCIA Y MONITOREO, QUE EXIGEN FLUIDEZ EN SU CREACIÓN Y ATIENDEN A UNA INMEDIATA VIGENCIA A PARTIR DE SU VINCULACIÓN CON LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, TANTO EN PERÍODOS ORDINARIOS COMO EN PROCESOS ELECTORALES
SUP-JDC-411/2021CASO. PÉRDIDA DEL DERECHO DE REGISTRO COMO CANDIDATO A GOBERNADOR EN EL ESTADO DE MICHOACÁN 2020-2021 EL HECHO QUE UNA DESIGNACIÓN HAYA SIDO POSTERIOR AL TÉRMINO DE LAS PRECAMPAÑAS, EN SÍ MISMO, NO EXCLUYE A LOS PARTIDOS Y SUS PRECANDIDATOS DE SU DEBER DE REPORTAR LOS GASTOS EN QUE HUBIERAN INCURRIDO, CUANDO NO SE ADVIERTE POR LA AUTORIDAD TALES GASTOS Y NO HAY ELEMENTOS PARA SUPONER QUE SE COMETIÓ UNA IRREGULARIDAD Y, EN CONSECUENCIA, QUE SE IMPONGA UNA SANCIÓN DE PÉRDIDA DEL DERECHO A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO
SUP-JDC-448/2018LAS ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN REALIZADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, Y PARTICULARMENTE SUS DETERMINACIONES EN TORNO A SI LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS QUE PARTICIPARON EN UN PROCESO ELECTORAL, SE SUJETARON A LOS LÍMITES DE GASTOS PREVISTOS EN LA NORMATIVA ELECTORAL, DEBAN SER DEL CONOCIMIENTO DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUP-JDC-545/2017IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE CAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y GASTOS DE LOS CANDIDATOS A LOS CARGOS DE GOBERNADOR, DIPUTADOS LOCALES Y AYUNTAMIENTO, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2016-2017, EN EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.
SUP-JE -77/2019CASO: IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRI, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL QUINCE, RELATIVAS AL ESTADO DE MICHOACÁN
SUP-RAP-137/2024CASO: APLICACIÓN DE RECURSOS Y CUMPLIMIENTO DEL GASTO CORRESPONDIENTE AL RUBRO DE CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL LIDERAZGO POLÍTICO DE LAS MUJERES LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL, DEBIÓ REALIZAR UN MAYOR NÚMERO DE DILIGENCIAS CON LAS PERSONAS INVOLUCRADAS Y QUE PROBABLEMENTE PARTICIPARON EN LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL LIDERAZGO POLÍTICO DE LAS MUJERES, A FIN DE OBTENER CONCLUSIONES OBJETIVAS Y VERIFICABLES SOBRE LA EXISTENCIA DE LOS CURSOS Y LA PARTICIPACIÓN DE LAS ESTUDIANTES
SUP-RAP-131/2022CASO: QUEJAS QUE EN SU OPORTUNIDAD PRESENTARON LOS PARTIDOS VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y ACCIÓN NACIONAL EN CONTRA DE MOVIMIENTO CIUDADANO Y SU ENTONCES CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE NUEVO LEÓN, SAMUEL GARCÍA, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE INFRACCIONES EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA A QUE SE REFIERE EL SISTEMA ELECTORAL MEXICANO NO GUARDA SIMILITUD CON LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA PREVISTA EN EL DERECHO CIVIL U OTRAS MATERIAS DE LA QUE PUDIERA ERRÓNEAMENTE CONSIDERARSE QUE ES SUFICIENTE LA ATRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD A LOS PARTIDOS POLÍTICOS POR LAS IRREGULARIDADES DETECTADAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE CAMPAÑA, EXIMIENDO A LOS CANDIDATOS DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD O SANCIÓN
SUP-RAP-120/2022CASO: OBLIGACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y SUS PRECANDIDATURAS EN EL SISTEMA DE FISCALIZACIÓN TANTO LOS PARTIDOS POLÍTICOS COMO LAS PERSONAS PRECANDIDATAS TIENEN EL DEBER DE PRESENTAR LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS EN LAS PRECAMPAÑAS, YA QUE LAS ACCIONES DE AMBAS PARTES SON DETERMINANTES PARA CUMPLIR PUNTUALMENTE CON ESA OBLIGACIÓN ANTE LA AUTORIDAD ELECTORAL
SUP-RAP-118/2022CASO: IRREGULARIDADES ENCONTRADAS DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE LOS INGRESOS Y LOS GASTOS DE PRECAMPAÑA DE MORENA A LA GUBERNATURA, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2021-2022, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO LA FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN CONSISTE EN LA OMISIÓN EN QUE INCURRE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DE CITAR EL O LOS PRECEPTOS QUE CONSIDERE APLICABLES, ASÍ COMO DE EXPRESAR RAZONAMIENTOS LÓGICOS-JURÍDICOS A FIN DE HACER EVIDENTE LA APLICACIÓN DE ESAS NORMAS JURÍDICAS
SUP-RAP-117/2022CASO: SANCIONES IMPUESTAS AL PARTIDO POLÍTICO MORENA, POR LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN DE LOS INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA DE LA PRECANDIDATURA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE OAXACA, EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2021-2022 EN EL CASO DE LA FISCALIZACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS, LA FUNCIÓN DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CONSISTE EN VERIFICAR LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LOS SUJETOS REGULADOS Y NO SUBSANAR LAS DEFICIENCIAS DE LO REPORTADO POR EL PARTIDO, AL NO SER UN PROCEDIMIENTO INQUISITIVO
SUP-RAP-106/2022CASO: CONCLUSIONES SANCIONATORIAS IMPUESTAS POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL QUE DERIVARON DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRD, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DOS MIL VEINTE BASTA CON QUE SE LE HAYA OTORGADO EN SEGUNDA VUELTA AL PARTIDO POLÍTICO LA OPORTUNIDAD DE SUBSANAR LA OMISIÓN OBSERVADA, PARA QUE SE TENGA POR RESPETADO EL DERECHO DE AUDIENCIA
SUP-RAP-101/2022CASO: FIDEICOMISO DE MORENA PARA LA COMPRA DE BIENES INMUEBLES SE ESTIMA QUE DE UNA INTERPRETACIÓN CONFORME Y SISTEMÁTICA DEL ARTÍCULO 150, PÁRRAFO 11, DEL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN, A LA LUZ DEL ARTÍCULO 41, BASES I Y II, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL QUE PREVÉ LOS FINES CONSTITUCIONALMENTE VÁLIDOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y, UN RÉGIMEN JURÍDICO PROPIO Y ESPECÍFICO EN CUANTO A LA FISCALIZACIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A ESTOS, PUEDE INTERPRETARSE EN FAVOR DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA ESTABLECER UNA FINALIDAD LÍCITA RESPECTO A LA FORMA DE FINANCIARSE PARA LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y SU EVENTUAL MEJORA
SUP-RAP-179/2021CASO: OMISIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO DE PROPORCIONAR DOMICILIO DE EVENTOS UN ADECUADO INGRESO DE INFORMACIÓN DE CAPTURAR EN EL SISTEMA INTEGRAL DE FISCALIZACIÓN (SIF) LA AGENDA DE EVENTOS, REQUIERE LOS DATOS IDÓNEOS DE LOCALIZACIÓN DE LOS LUGARES DONDE SE LLEVEN A CABO LOS ACTOS RESPECTO DE LOS CUALES LA AUTORIDAD PODRÁ EJERCER SU FUNCIÓN DE VERIFICACIÓN
SUP-RAP-172/2021CASO: RESOLUCIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) QUE SANCIONÓ AL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM) POR LA DIFUSIÓN DE MENSAJES EN REDES SOCIALES POR PARTE DE INFLUENCERS DURANTE PERIODO DE VEDA ELECTORAL EN MATERIA ELECTORAL EXISTEN DIVERSOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE INVESTIGAN Y SANCIONAN HECHOS CONSTITUTIVOS DE ALGUNA INFRACCIÓN, LOS CUALES DEBEN CUMPLIR Y RESPETAR LOS PLAZOS, SUPUESTOS Y ETAPAS A FIN DE EVITAR CUALQUIER VIOLACIÓN A LOS DERECHOS PROCESALES DEL DENUNCIADO
SUP-RAP-163/2021CASO. AMPLIACIÓN DE OBJETO DE UNA INDAGATORIA. LA NORMATIVA ELECTORAL, SÍ PREVÉ LA POSIBILIDAD DE QUE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA AMPLÍE EL OBJETO DE LA INDAGATORIA, SIN QUE PARA ELLO SEA NECESARIO EL INICIO DE UN PROCEDIMIENTO DISTINTO, ESTÁ DEBERÁ NOTIFICARLO A LAS PARTES
SUP-RAP-133/2021CASO. OBLIGACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y EGRESOS DE PRECAMPAÑA. ES UNA OBLIGACIÓN PRESENTAR INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE UN PROCESO INTERNO DE CANDIDATURAS DE UN PARTIDO POLÍTICO SI, POR MOTIVOS EXTRAORDINARIOS, SE REALIZÓ DESPUÉS DE CONCLUIDO EL PERIODO DE PRECAMPAÑA EN LA FECHA PREVISTA EN LA NORMATIVA ELECTORAL
SUP-RAP-121/2019CASO: ELECCIÓN DE INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE TEPEOJUMA, PUEBLA
SUP-RAP-153/2018LA SALA SUPERIOR CONFIRMÓ LA EXISTENCIA DE IRREGULARIDADES POR APORTACIONES PROHIBIDAS DE DEPENDENCIAS DE GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ASÍ COMO POR TRIANGULACIÓN DE RECURSOS PROVENIENTES DE PERSONAS MORALES
SUP-RAP-140/2018LOS PARTIDOS POLÍTICOS PUEDEN HACER FRENTE A LAS SANCIONES QUE LES SON IMPUESTAS, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE CONTEMPLE UN FONDO DE RESERVA O NO, MÁXIME QUE LAS MISMAS ATIENDEN A UN EJERCICIO DEL IUS PUNIENDI DEL ESTADO, MOTIVO POR EL CUAL, SU PAGO NO PUEDE ENCONTRARSE INMERSO COMO UNA GARANTÍA EN SU FAVOR
SUP-RAP-101/2018EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO PARA ACLARAR LAS OBSERVACIONES DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA, ES AL RESPONDER EL OFICIO DE ERRORES Y OMISIONES, PUES ELLO PERMITIRÁ A LA AUTORIDAD ESTUDIAR LAS MANIFESTACIONES DEL PARTIDO
SUP-RAP-100/2018EL INTERÉS JURÍDICO SE ACTUALIZA SI EN LA DEMANDA SE ACUDE LA CONCULCACIÓN DE ALGÚN DERECHO SUSTANCIAL DEL RECURRENTE Y ÉSTE HACE VER QUE LA INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL ES NECESARIA Y ÚTIL PARA LOGRAR EL RESARCIMIENTO DE ESA INFRACCIÓN
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SUP-JDC-74/2022CASO: CONVOCATORIAS PARA LA SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS PRESIDENTES DE LOS OPLE DE AGUASCALIENTES, BAJA CALIFORNIA SUR, COAHUILA, ESTADO DE MÉXICO, HIDALGO, NAYARIT, NUEVO LEÓN, PUEBLA, QUERÉTARO, QUINTANA ROO, SINALOA, TABASCO, TLAXCALA Y VERACRUZ, ASÍ COMO DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES DE LOS OPLE DE LAS ENTIDADES DE CHIAPAS Y VERACRUZ LA IDENTIDAD SEXO-GENÉRICA DE LAS PERSONAS ES UNA DE UNA DE LAS MANIFESTACIONES FUNDAMENTALES DE LA LIBERTAD DE CONCIENCIA, DEL DERECHO A LA VIDA PRIVADA Y DEL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD
SUP-JDC-9/2019CASO: ACOSO LABORAL DE CONSEJERA
SUP-JE -13/2020CASO: MEDIDAS CAUTELARES DERIVADAS DE DENUNCIA CONTRA GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, CON MOTIVO DE SU INFORME
SUP-JE -115/2019CASO: VIOLENCIA POLÍTICA DE GENERO EN EL INSTITUTO ELECTORAL DE COAHUILA
SUP-JE -43/2019CASO: VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN DE GÉNERO, ACOSO LABORAL Y AFECTACIÓN A LA FUNCIÓN ELECTORAL EN CONTRA DE LA CONSEJERA ELECTORAL DEL IEQROO AL EXISTIR TENSIONES ENTRE COLEGAS, CONFLICTOS JERÁRQUICOS, AGRESIONES U OFENSAS, QUE PUEDEN PRESENTARSE EN LAS RELACIONES LABORALES, NO NECESARIAMENTE DEBEN SER CONSIDERADOS COMO ACOSO LABORAL
SUP-RAP-362/2024CASO: INDEBIDA AFILIACIÓN Y, COMO CONSECUENCIA, POR EL USO IRREGULAR DE SUS DATOS PERSONALES LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DURANTE EL PERIODO DE SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO ACTUALIZAN UNA JUSTIFICACIÓN SUFICIENTE PARA ACTIVAR UNA EXCEPCIÓN A LA CADUCIDAD; POR LO QUE LO PROCEDENTE ES DECLARAR INFUNDADO E INOPERANTE EL AGRAVIO
SUP-RAP-312/2022CASO: SANCIONES IMPUESTAS A MORENA POR LA INDEBIDA AFILIACIÓN Y USO DE DATOS PERSONALES DE DIVERSAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS LA AFILIACIÓN, NECESARIAMENTE DEBERÁ DEMOSTRAR QUE LA SOLICITUD DE INGRESO AL PARTIDO FUE VOLUNTARIA, DEBIENDO ACOMPAÑAR, POR EJEMPLO, LA CONSTANCIA DE AFILIACIÓN RESPECTIVA, SI DESEA EVITAR ALGUNA RESPONSABILIDAD
SUP-RAP-140/2022CASO: ESCRITO DE DESCONOCIMIENTO DE AFILIACIÓN DE MORENA Y, POSTERIORMENTE LA QUEJA, QUE PRESENTÓ IVONE ALEMÁN DE LA TORRE EN CONTRA DE DICHO PARTIDO POR LA INDEBIDA AFILIACIÓN Y EL USO INDEBIDO DE DATOS PERSONALES ES OBLIGACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, NO SOLO VERIFICAR QUE SU PADRÓN DE MILITANTES ESTÉ CONSTITUIDO POR CIUDADANAS Y CIUDADANOS QUE HAYAN MANIFESTADO SU VOLUNTAD DE INTEGRARSE A ESOS ENTES DE INTERÉS PÚBLICO, SINO TAMBIÉN CONSERVAR Y RESGUARDAR LA DOCUMENTACIÓN O ELEMENTOS PROBATORIOS DONDE CONSTE QUE LA INCLUSIÓN DE SUS MILITANTES AL PADRÓN FUE LIBRE, CON LA FINALIDAD DE PROBAR QUE SU AFILIACIÓN FUE ACORDE CON LOS REQUISITOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
SUP-RAP-428/2021CASO. MORENA INFRINGIÓ LAS DISPOSICIONES ELECTORALES DEL DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE TRES PERSONAS LOS PARTIDOS POLÍTICOS TIENEN EL DEBER DE MANTENER UN PADRÓN DE MILITANTES CONFIABLE Y ACTUALIZADO SIN QUE PUEDA TRASLADARSE ESA RESPONSABILIDAD A LA CIUDADANÍA NI PRESUMIR LA EXISTENCIA DE ALGÚN HECHO BASADO EN CARGAS PROBATORIAS DISTINTAS
SUP-RAP-427/2021CASO. INDEBIDA AFILIACIÓN A MORENA SI UN PARTIDO FUE ACUSADO DE AFILIAR A UNA PERSONA SIN EL CONSENTIMIENTO DEL INDIVIDUO, DEBERÁ DEMOSTRAR QUE LA SOLICITUD DE INGRESO AL PARTIDO FUE VOLUNTARIA, DEBIENDO ACOMPAÑAR, POR EJEMPLO, LA CONSTANCIA DE AFILIACIÓN RESPECTIVA, SI DESEA EVITAR ALGUNA RESPONSABILIDAD
SUP-RAP-169/2021CASO. OMISIÓN DE LA DEVOLUCIÓN DE CUADERNILLOS DE LISTAS NOMINALES LOS INSTITUTOS POLÍTICOS Y LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES TIENEN UN DEBER DE CUIDADO RESPECTO A LA ACTUACIÓN DE SUS REPRESENTANTES Y, POR LO MISMO, SI ÉSTOS NO ENTREGAN LAS LISTAS NOMINALES EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL, AL FINALIZAR LA ELECCIÓN, LA RESPONSABILIDAD POR LA ENTREGA DE TALES DOCUMENTOS RECAE EN TALES INSTITUTOS Y CANDIDATURAS Y NO EN QUIENES FUNGIERON COMO REPRESENTANTES
SUP-RAP-153/2021CASO: SANCIÓN A UNA EMPRESA QUE COLOCÓ ESPECTACULARES DE UN PARTIDO POLÍTICO, POR NO PONER LA IDENTIFICACIÓN QUE PROPORCIONA EL INE (ID-INE) LOS PROVEEDORES QUE SE ENCUENTREN DEBIDAMENTE REGISTRADOS ANTE EL INE TIENEN LA OBLIGACIÓN DE COADYUVAR A LA AUTORIDAD ELECTORAL Y ENTREGAR TODA LA INFORMACIÓN QUE LE SEA REQUERIDA, QUE ESTÉ RELACIONADA CON LA PROPAGANDA ELECTORAL DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, DE FORMA COMPLETA Y VERAZ; ASÍ COMO DE AGREGAR EN DICHA PROPAGANDA, EN UN LUGAR VISIBLE, EL DATO DE IDENTIFICACIÓN CONSISTENTE EN EL ID-INE
SUP-RAP-28/2021CASO: INFRACCIÓN POR POSESIÓN INDEBIDA DE LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES EXISTE UN DEBER PARA TODAS LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES DE CONDUCIR SUS ACTIVIDADES CONFORME A LA LEY ELECTORAL, POR LO QUE, SI SE ATRIBUYE A UNA PERSONA FÍSICA LA POSESIÓN DE LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES SIN JUSTIFICACIÓN ALGUNA, ES CONFORME A DERECHO QUE EL INE, MEDIANTE LOS ÓRGANOS QUE CORRESPONDAN INICIE, TRAMITE Y CONCLUYA LOS PROCEDIMIENTOS ELECTORALES PERTINENTES
SUP-RAP-20/2021CASO. MANIFESTACIONES REALIZADAS POR UN DIPUTADO FEDERAL DEL PT, QUE CONSTITUYERON VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO EN CONTRA DE UNA DIPUTADA FEDERAL DEL PAN DEBE PERMITIRSE LA CIRCULACIÓN DE IDEAS E INFORMACIÓN, LA GENERACIÓN DE DEBATE, LA CRÍTICA A TODOS LOS ACTORES POLÍTICOS, SIEMPRE Y CUANDO NO TRANSGREDA LAS LIMITANTES PREVISTAS EN LA NORMATIVIDAD CONSTITUCIONAL, CONVENCIONAL O LEGAL
SUP-RAP-130/2020CASO. VENTA DE BASE DE DATOS INE 2018, EN MERCADO LIBRE LA RESPONSABILIDAD QUE SE LE ATRIBUYÓ AL PARTIDO DENUNCIADO, ATENDIÓ A SU ACTUAR NEGLIGENTE, SU FALTA DE CUIDADO Y ATENCIÓN EN EL MANEJO, ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE LA INFORMACIÓN DE LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES, LO QUE CONLLEVÓ A UNA CONTRAVENCIÓN A LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS PERSONALES DE LA CIUDADANÍA
SUP-RAP-132/2019CASO: SANCIÓN DUPLICADA AL PARTIDO POLÍTICO MORENA RESPECTO DE OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
SUP-RAP-111/2019CASO: APORTACIÓN GREMIAL A UN PARTIDO LOS PARTIDOS TIENEN PROHIBIDO RECIBIR UN BENEFICIO DIRECTO, INDIRECTO, MEDIATO O INMEDIATO, EN ESPECIE O EFECTIVO, DE ENTES PROHIBIDOS, ENTRE LOS QUE DESTACAN LAS ASOCIACIONES GREMIALES
SUP-RAP-52/2019CASO: MULTA AL PARTIDO POLÍTICO MORENA POR INCUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
SUP-RAP-414/2018CASO LISTA NOMINAL DE ELECTORES 2013 DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
SUP-RAP-393/2018CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE LOS CONSEJEROS ELECTORALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUINTANA ROO
SUP-RAP-246/2018CUANDO UN CIUDADANO EJERCE SU DERECHO DE SEPARARSE DE UN PARTIDO POLÍTICO, A TRAVÉS DE LA RENUNCIA, LA DIMISIÓN A LA MILITANCIA SURTE EFECTOS DESDE EL MOMENTO DE SU PRESENTACIÓN, SIN NECESIDAD DE QUE SEA ACEPTADA MATERIAL O FORMALMENTE POR PARTE DEL INSTITUTO POLÍTICO
SUP-RAP-146/2018LA LIBERTAD DE PRENSA ES UNA PIEDRA ANGULAR EN EL DESPLIEGUE DE LA VERTIENTE SOCIAL O COLECTIVA DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN, POR LO QUE LA LABOR DE LOS PERIODISTAS GOZA DE UN MANTO JURÍDICO PROTECTOR CUYA SALVAGUARDIA RESULTA FUNDAMENTAL PARA NUESTRO PAÍS
SUP-RAP-17/2018CUANDO SE PRESENTA UNA DENUNCIA POR PRESUNTAS INFRACCIONES EN MATERIA ELECTORAL DURANTE EL CURSO DE UN PROCESO ELECTORAL FEDERAL, ESTA DEBERÁ RESOLVERSE POR LA VÍA ESPECIAL SANCIONADOR
SUP-RAP-15/2018LA IMPORTANCIA DE NO PROPORCIONAR DATOS FALSOS AL PADRÓN RESIDE EN QUE DE ÉL SE EXTRAEN LAS LISTAS NOMINALES QUE CONTIENEN LOS NOMBRES DE LOS CIUDADANOS QUE CUENTAN CON CREDENCIAL PARA VOTAR Y ESTÁN APTOS PARA VOTAR, EN EL LUGAR QUE LES CORRESPONDE, EXCEPTO EN LOS CASOS ESPECÍFICAMENTE PREVISTOS EN LA LEY
SUP-RAP-11/2018LA CONSECUENCIA NECESARIA A LA INACTIVIDAD DE LA POTESTAD SANCIONATORIA QUE EL ESTADO IMPONE A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL PARA CONCLUIR UN PROCEDIMIENTO SE LOGRA A TRAVÉS DE LA FIGURA DE LA CADUCIDAD
SUP-RAP-735/2017LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL ESTÁ FACULTADA PARA INICIAR UN NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN DE LOS HECHOS QUE ORIGINEN EL PROBABLE INCUMPLIMIENTO DE UNA MEDIDA CAUTELAR
SUP-RAP-638/2017EL MONTO DE LA SANCIÓN NO SE RIGE POR CANTIDAD EROGADA O GASTADA, SINO POR EL GRADO DE AFECTACIÓN EN EL BIEN JURÍDICO TUTELADO QUE TUVO LA CONDUCTA.
SUP-RAP-614/2017LA FACULTAD SANCIONADORA DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL, CADUCA EN EL PLAZO DE DOS AÑOS, CONTADOS A PARTIR DE QUE LA AUTORIDAD COMPETENTE TENGA CONOCIMIENTO DE LA DENUNCIA RESPECTIVA O DE LOS HECHOS PROBABLEMENTE CONSTITUTIVOS DE INFRACCIÓN.
SUP-RAP-451/2017EN EL CASO, ES QUE LA CONDUCTA INFRACTORA DE LAS PERSONAS MORALES DEBE CALIFICARSE COMO GRAVE ORDINARIA, AL HABER SIDO RESPONSABLES INDIRECTAS EN LA ADQUISICIÓN DE TIEMPO; NO SER REINCIDENTES; NO EXISTIR VULNERACIÓN SISTEMÁTICA DE LA NORMATIVA ELECTORAL Y, DARSE UNA SOLA CONDUCTA EN LA QUE NO SE ACTUALIZÓ EL DOLO, SINO UNA FALTA AL DEBER DE CUIDADO DE NO DIFUNDIR PROPAGANDA POLÍTICA-ELECTORAL EN TELEVISIÓN.
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SG -JDC-3076/2018El cálculo de los límites de sobre y subrepresentación se debe realizar con base en los votos de todas las fuerzas políticas que obtienen escaños por cualquiera de los dos principios
SG -JRC-55/2019ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DE PARTIDOS QUE PARTICIPARON EN COALICIÓN
SM -JDC-383/2017POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, DEBE ATENDER LOS CRITERIOS DE PARIDAD DE GÉNERO
SM -JRC-42/2023CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS POR EL PRINCIPIO DE RP. CRITERIO: ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. ES INCONSTITUCIONAL LA NORMA QUE VALIDA LA TRANSFERENCIA DE VOTOS ENTRE PARTIDOS POLÍTICOS.
SM -JRC-21/2017CÓMPUTO TOTAL DE LA ELECCIÓN A DIPUTADOS POR MAYORÍA RELATIVA EN EL ESTADO DE COAHUILA Y SU ASIGNACIÓN POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
ST -JDC-716/2018
ST -JDC-691/2018
ST -JIN-85/2018
SUP-AG -129/2017LA OMISIÓN QUE SE PLANTEÓ ES UN NUEVO ACTO SUSCEPTIBLE DE IMPUGNARSE, RESPECTO DEL CUAL ES COMPETENTE EL TRIBUNAL LOCAL.
SUP-JDC-559/2021LA CREACIÓN DE UNA ACCIÓN AFIRMATIVA PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A DIPUTACIONES FEDERALES DIRIGIDA A LAS Y LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO RECONOCE QUE, DE ENTRE LA GENERALIDAD DE PERSONAS QUE PUEDAN DENOMINARSE COMO MIGRANTES, JUSTO LAS QUE RESIDEN EN EL EXTRANJERO SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, SUBREPRESENTACIÓN E INVISIBILIZACIÓN, YA QUE ESTÁN EXPUESTAS A DISCRIMINACIÓN TANTO EN EL ESTADO RECEPTOR COMO EN EL DE ORIGEN
SUP-JDC-567/2017LA AUTORIDAD ELECTORAL AL MOMENTO DE HACER LA ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS, DEBE DOTAR DE EFICACIA A LOS PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS DE EQUIDAD DE GÉNERO E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL ACCESO A LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA, POR LO QUE ESTÁ FACULTADA PARA REMOVER TODO OBSTÁCULO QUE IMPIDA LA PLENA OBSERVANCIA DE LA PARIDAD DE GÉNERO EN LA INTEGRACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS.
SUP-JRC-376/2017LA LIBERTAD DE CONFIGURACIÓN, AL NO LIMITARSE CONSTITUCIONALMENTE MEDIANTE ALGUNA DISPOSICIÓN ESPECÍFICA, LE PERMITE AL LEGISLADOR DISEÑAR LOS MODELOS SOBRE LOS PORCENTAJES DE VOTACIÓN REQUERIDA O LAS FÓRMULAS DE ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES, SIEMPRE QUE NO SE DESNATURALICEN LAS BASES GENERALES SALVAGUARDADAS, LAS CUALES ASEGURAN LA EFECTIVIDAD DEL SISTEMA ELECTORAL MIXTO.
SUP-JRC-370/2017LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES SON COMPATIBLES CON LA RAZÓN DE SER DEL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, SIEMPRE QUE EL RESPECTIVO MODELO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL HAGA POSIBLE LA PARTICIPACIÓN DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, ATENDIENDO A LAS VARIABLES ESPECÍFICAS QUE SE HAYAN ESTABLECIDO POR PARTE DEL LEGISLADOR.
SUP-JRC-369/2017CONFORME CON EL SISTEMA ELECTORAL PREVISTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS EN NAYARIT, LOS LÍMITES A LA SOBRE Y SUB-REPRESENTACIÓN SÍ SON APLICABLES DURANTE LA ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL.
SUP-RAP-241/2024CASO: ACUERDO RELATIVO A LA DEBIDA APLICACIÓN DE LA FÓRMULA DE ASIGNACIÓN DE CURULES Y ESCAÑOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN EL CONGRESO DE LA UNIÓN EL CONSEJO GENERAL DEL INE FIJÓ EN UN ACUERDO PREVIO LAS BASES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ASIGNACIONES CORRESPONDIENTES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
SUP-RAP-90/2024CASO: SEPARACIÓN DEL CARGO A LA GUBERNATURA PARA CONTENDER POR UNA DIPUTACIÓN FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL LAS GUBERNATURAS PUEDAN SER POSTULADAS A DIPUTACIONES, SOLAMENTE APLICA PARA LAS DE MAYORÍA RELATIVA, QUIENES SON LAS QUE COMPITEN EN UNA DETERMINADA ENTIDAD FEDERATIVA EN LA QUE LA GUBERNATURA DESEMPEÑA EL CARGO
SUP-RAP-385/2023CASO: FÓRMULA DE ASIGNACIÓN DE LAS DIPUTACIONES Y SENADURÍAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN EL CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EL MARCO DEL PROCESO ELECTORAL 2023-2024 INE NO OMITIÓ ESTABECER REGLAS PARA SEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS LÍMITES DE SOBRERREPRESENTACIÓN, PUES PREVIÓ UN MECANISMO PARA EVITAR ESTRATEGIAS QUE DISTORCIONEN EL SISTEMA DE REPRESENACIÓN
SUP-RAP-136/2021CASO. ASIGNACIÓN DE LAS CURULES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. METODOLOGÍA APLICABLE A LA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
SUP-REC-1209/2018• RESTAR UN ESCAÑO DE ASIGNACIÓN DIRECTA AL PARTIDO POLÍTICO CON MAYOR SOBRERREPRESENTACIÓN PARA OTORGARLO AL SUBREPRESENTADO MÁS ALLÁ DEL 8% DE LA VOTACIÓN, ES ACORDE CON EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL • LA FINALIDAD DE LA ALTERNANCIA ES GARANTIZAR QUE EL GÉNERO QUE SE ESTIMA SUBREPRESENTADO ALCANCE LA PARIDAD EXIGIDA POR LA CONSTITUCIÓN • LA REGULACIÓN DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES PARA LOS CARGOS DE ELECCIÓN LOCALES, ASÍ COMO EL ACCESO A CURULES POR EL SISTEMA DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN LA INTEGRACIÓN DEL CONGRESO, SE ENCUENTRAN EN EL ÁMBITO DE LIBERTAD DE CONFIGURACIÓN LEGISLATIVA DE LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS
SUP-REC-1187/2018EN LA INTEGRACIÓN DE LOS CONGRESOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS DEBE REVISARSE EL PORCENTAJE DE REPRESENTACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, EN ATENCIÓN A LOS LÍMITES DE SOBRE Y SUBREPRESENTACIÓN
SUP-REC-1176/2018LOS LÍMITES DE SOBRE Y SUBREPRESENTACIÓN TIENEN COMO FINALIDAD GARANTIZAR LA REPRESENTATIVIDAD Y PLURALIDAD EN LA INTEGRACIÓN DEL ÓRGANO LEGISLATIVO
SUP-REC-1161/2018LA INDEBIDA INTEGRACIÓN DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA CONSTITUYE UNA IRREGULARIDAD TRASCENDENTE, POR LO QUE SE TRATA DE UNA IRREGULARIDAD DETERMINANTE QUE PONE RIESGO LA FUNCIÓN ELECTORAL, LA AUTENTICIDAD DEL SUFRAGIO Y VULNERA LA CERTEZA DE LOS RESULTADOS ELECTORALES
SUP-REC-1150/2018• SE DEBE AMPLIAR LA PROCEDENCIA DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, ANTE EL NIVEL DE IMPORTANCIA Y CRITERIO DE INTERPRETACIÓN ÚTIL Y TRANSCENDENTE PARA NUESTRO ORDEN JURÍDICO • EN OCASIONES ESPECÍFICAS, EL PRINCIPIO DE PARIDAD DEBE ARMONIZARSE CON OTROS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y DERECHOS DE LOS GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, COMO ES LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
SUP-REC-1102/2018LA INTEGRACIÓN DEL CONGRESO LOCAL NO SE REALIZA A PARTIR DE PROPORCIONALIDAD PURA, SINO POR UN SISTEMA ELECTORAL MIXTO
SUP-REC-1090/2018TOMAR COMO BASE LA VOTACIÓN VÁLIDA EMITIDA A NIVEL ESTATAL O BIEN, LA VOTACIÓN VÁLIDA EMITIDA POR CADA INSTITUTO POLÍTICO NO RESULTA VIABLE PARA DETERMINAR QUÉ FORMULAS ALCANZARON A NIVEL DISTRITAL LOS MAYORES PORCENTAJES DE LA VOTACIÓN EMITIDA, YA QUE SE ESTARÍA TOMANDO COMO BASE UNA VOTACIÓN QUE, DE FACTO, DISTORSIONA LA PREFERENCIA POLÍTICA Y LA VOLUNTA POPULAR QUE FUE EXPRESADA EN URNAS RESPECTO DE SUS CANDIDATOS
SUP-REC-1062/2018PODRÁ DECLARARSE LA NULIDAD DE UNA ELECCIÓN DE DIPUTADOS, DE AYUNTAMIENTOS Y DE GOBERNADOR, CUANDO SE HAYAN COMETIDO EN FORMA GENERALIZADA VIOLACIONES SUSTANCIALES EN LA JORNADA ELECTORAL, QUE SE ENCUENTREN PLENAMENTE ACREDITADAS Y SE DEMUESTRE QUE LAS MISMAS FUERON DETERMINANTES PARA EL RESULTADO DE LA ELECCIÓN, SALVO QUE LAS IRREGULARIDADES SEAN IMPUTABLES A LOS PARTIDOS O COALICIONES PROMOVENTES O LOS CANDIDATOS
SUP-REC-1043/2018UN ACTO QUE TENGA POR EFECTO LA NO INSTALACIÓN DE CASILLAS EN UN PROCESO ELECTIVO ES UNA SITUACIÓN FUERA DE LO ORDINARIO, SIN EMBARGO, PARA CALIFICARLA COMO UNA IRREGULARIDAD INVALIDANTE CON UNA MAGNITUD IMPORTANTE DE AFECTACIÓN A PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, DEBEN EXAMINARSE CUIDADOSAMENTE LOS AGENTES, LOS HECHOS, LAS CIRCUNSTANCIAS Y, EN GENERAL, EL CONTEXTO FÁCTICO EN LOS QUE SE HAYA GENERADO ESA SITUACIÓN
SUP-REC-1041/2018CUANDO UN PARTIDO SE ENCUENTRE SOBRERREPRESENTADO, UNA VEZ ASIGNADAS LAS DIPUTACIONES A QUE TIENE DERECHO, SE DEBE REALIZAR NUEVAMENTE EL PROCEDIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN, MEDIANTE EL CÁLCULO DE LA VOTACIÓN ESTATAL AJUSTADA, QUE ES LA RESULTANTE DE LA SUMA DE LOS VOTOS DE LOS PARTIDOS QUE TIENEN DERECHO A PARTICIPAR –A LA VOTACIÓN VÁLIDA EMITIDA SE LE RESTA LA VOTACIÓN DEL PARTIDO SOBRERREPRESENTADO–, A PARTIR DE LA CUAL SE DEBE CALCULAR UN NUEVO COCIENTE NATURAL Y, POSTERIORMENTE, APLICARLO PARA UNA NUEVA ASIGNACIÓN
SUP-REC-1021/2018LA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL CONSTITUYE UNA CUESTIÓN DE ORDEN PÚBLICO CONSTITUCIONAL QUE NO PUEDE QUEDAR AL ARBITRIO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
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SM -JDC-525/2018PROCEDENCIA EN LOS REGISTROS DE CANDIDATURAS, CUANDO SE ENCUENTRAN POSTULADOS POR UNA COALICIÓN
SUP-JDC-120/2019CASO: LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL PROCEDIMIENTO DE DESTRUCCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL Y DE LA CONSULTA POPULAR UTILIZADA EN LA ELECCIÓN ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DEL 2018 EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CUENTA CON LA FACULTAD DE ESTABLECER LAS REGLAS, LINEAMIENTOS, CRITERIOS Y FORMATOS EN MATERIA DE IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES ELECTORALES EN LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES, POR LO QUE, SE DEDUCE LA FACULTAD DE REGLAMENTAR RESPECTO A SU PROPIA DESTRUCCIÓN Y, A LA COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL DE NUEVO LEÓN, SIGUIENDO EL REGLAMENTO DE ELECCIONES, PARA DESTRUIR LAS BOLETAS ELECTORALES, UNA VEZ QUE HUBIERE CONCLUIDO EL PROCESO ELECTORAL ATINENTE
SUP-JDC-1064/2017LA DEFENSA DE LA COLECTIVIDAD SÓLO CONCIERNE A LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COMO ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO, EN TANTO QUE LOS CIUDADANOS NO SON TITULARES DE LAS LLAMADAS ACCIONES TUITIVAS DE INTERESES COLECTIVOS O DIFUSOS.
SUP-RAP-449/2021CASO. IMPUGNACIÓN EN CONTRA DE LOS ARTÍCULOS DE LA LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO, EN LOS QUE SE PREVÉ LA PREGUNTA Y RESPUESTAS USADAS EN LA BOLETA ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUTSICIA DE LA NACIÓN SE ENCUENTRA RADICADA LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 151/2021, EN LA QUE SE CUESTIONA LA VALIDEZ CONSTITUCIONAL DE LOS ARTÍCULOS 19 Y 36, DE LA LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO, DE AHÍ QUE SERÁ EL MÁXIMO TRIBUNAL DEL PAÍS QUIEN DETERMINARÁ LA CONSTITUCIONALIDAD O INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS DISPOSICIONES QUE SE TILDAN DE INCONSTITUCIONALES
SUP-RAP-153/2021CASO: SANCIÓN A UNA EMPRESA QUE COLOCÓ ESPECTACULARES DE UN PARTIDO POLÍTICO, POR NO PONER LA IDENTIFICACIÓN QUE PROPORCIONA EL INE (ID-INE) LOS PROVEEDORES QUE SE ENCUENTREN DEBIDAMENTE REGISTRADOS ANTE EL INE TIENEN LA OBLIGACIÓN DE COADYUVAR A LA AUTORIDAD ELECTORAL Y ENTREGAR TODA LA INFORMACIÓN QUE LE SEA REQUERIDA, QUE ESTÉ RELACIONADA CON LA PROPAGANDA ELECTORAL DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, DE FORMA COMPLETA Y VERAZ; ASÍ COMO DE AGREGAR EN DICHA PROPAGANDA, EN UN LUGAR VISIBLE, EL DATO DE IDENTIFICACIÓN CONSISTENTE EN EL ID-INE
SUP-RAP-35/2021CASO. ORDEN DE APARICIÓN DE EMBLEMAS EN LA BOLETA ELECTORAL 2020-2021. LOS CRITERIOS DE FECHA DE REGISTRO Y REPRESENTATIVIDAD COMO MEDIDAS PARA DETERMINAR EL ORDEN DE APARICIÓN DEL EMBLEMA RESPECTIVO EN LA BOLETA ELECTORAL, NO CONSTITUYEN UNA VIOLACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD, IGUALDAD Y CERTEZA PREVISTOS EN LA CONSTITUCIÓN GENERAL
SUP-REC-574/2019CASO: SOLICITUD DE AGREGAR EN LA CREDENCIAL DEL INE LA LEYENDA “CIUDADANO MEXICANO”.
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SUP-CDC-8/2017CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS RESPECTO DE LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN CONTRA LOS ACTOS DE ÓRGANOS NACIONALES PARTIDARIOS QUE AFECTEN EL DERECHO DE AFILIACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
SUP-JDC-1302/2022CASO: LINEAMIENTOS DEL INE PARA VERIFICAR LOS PADRONES DE PERSONAS AFILIADAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE BAJA Y DE QUEJA SON MEROS INSTRUMENTOS QUE LA AUTORIDAD PONE A DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS, CON EL PROPÓSITO DE FACILITAR EL TRÁMITE PERO QUE, DE NINGUNA MANERA SIGNIFICA FOMENTAR LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS, MÁXIME SI SU USO ES OPTATIVO
SUP-JDC-122/2022CASO: ASPIRANTE A PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE HIDALGO POR EL PARTIDO MORENA, RECLAMA QUE DIVERSAS AUTORIDADES ELECTORALES HAN VIOLADO SUS DERECHOS COMO MUJER INDÍGENA, POR LA OMISIÓN DE CONSIDERAR LA PARIDAD Y ALTERNANCIA DE GÉNERO, ASÍ COMO ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS SE AGOTA EL DERECHO DE ACCIÓN, EN RAZÓN QUE LOS ACTOS IMPUGNADOS YA FUERON MATERIA DE ANÁLISIS
SUP-JDC-114/2022CASO: CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO INTERNO DE SELECCIÓN DE LA CANDIDATURA PARA LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO, PARA EL PROCESO ELECTORAL 2021-2022 SE CONSIDERA DERECHO ADQUIRIDO, COMO EL DERECHO SUBJETIVO QUE HA INGRESADO DEFINITIVA A IRREVOCABLEMENTE AL PATRIMONIO JURÍDICO DE UNA PERSONA Y QUE NO PUEDE SER AFECTO EN MODO ALGUNO POR NORMAS JURÍDICAS ESTABLECIDAS CON POSTERIORIDAD AL HECHO QUE HA DETERMINADO EL NACIMIENTO DEL MISMO O POR UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA Y FIRME
SUP-JDC-1459/2021CASO: SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS PARTIDISTAS DE DOS PERSONAS COMO MILITANTES DE MORENA, AL NO HABERSE ACREDITADO EL ILÍCITO ADMINISTRATIVO ATRIBUIDO, CONSISTENTE EN LA USURPACIÓN DE FUNCIONES NO PUEDE TENERSE POR CONFIGURADA LA USURPACIÓN DE FUNCIONES AL NO ACREDITARSE QUE SE HAYAN EJERCIDO UNA FUNCIÓN PROPIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES, POR LO QUE, AL NO ACREDITARSE LAS CONDUCTAS RESPECTIVAS, NO PUEDE TENERSE POR CONFIGURADO EL ACTO ANTIJURÍDICO
SUP-JDC-1443/2021CASO: RESTITUCIÓN DE DERECHOS PARTIDARIOS A YEIDCKOL POLEVNSKY. LA CADUCIDAD ES UNA FIGURA EXTINTIVA DE LA POTESTAD SANCIONADORA QUE SE ACTUALIZA POR EL TRANSCURSO DE UN TIEMPO RAZONABLE, ENTRE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO Y LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE PONGA FIN A ESE PROCEDIMIENTO
SUP-JDC-1404/2021CASO: PRESUNTA USURPACIÓN DE FUNCIONES. LA PROMOCIÓN DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN PARA QUE UNA AUTORIDAD JURISDICCIONAL SE PRONUNCIE Y DEFINA SI LE ASISTE O NO LA RAZÓN AL PROMOVENTE, NO PUEDE SANCIONARSE POR EL SOLO HECHO DE QUE LA RESOLUCIÓN NO LE FUE FAVORABLE
SUP-JDC-1355/2021CASO. ATRIBUCIÓN DE USOS DE RECURSOS PÚBLICOS AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EL ENTONCES GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, UTILIZÓ RECURSOS PÚBLICOS A SU CARGO PARA INFLUIR EN LA EQUIDAD DE LA COMPETENCIA ELECTORAL LOCAL 2020-2021, A TRAVÉS DE UNA MANIFESTACIÓN DE PROMOCIÓN ELECTORAL HECHA EN EL CONTEXTO DE EJECUCIÓN DE UN PROGRAMA SOCIAL
SUP-JDC-1309/2021CASO. SUPUESTA OMISIÓN DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL INE DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO DEBE SER SUSTANCIADO Y RESUELTO, DE MANERA ORDINARIA, EN UN APROXIMADO DE CIEN DÍAS, SALVO QUE, POR LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL ASUNTO, DEBA EMPLEARSE MÁS TIEMPO PARA LLEVAR A CABO DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN Y RECOLECCIÓN DE PRUEBAS
SUP-JDC-1377/2020CASO: REVOCACIÓN DE CANCELACIÓN DE MILITANCIA DE MORENA LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO SON LAS QUE RESULTAN NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA DEFENSA ADECUADA ANTES DEL ACTO DE PRIVACIÓN
SUP-JDC-1376/2020CASO: REVOCACIÓN DE SANCIÓN IMPUESTA A LA ENTONCES SECRETARIA GENERAL CON FUNCIONES DE PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL LA PERSONA QUE EJERCE EL CARGO DE PRESIDENTE O PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL, ES QUIEN TIENE EL DEBER DE ENTERARSE DEL ESTADO QUE GUARDAN LOS ASUNTOS QUE SON DE SU INJERENCIA, ENTRE ELLOS, LOS MANDATOS DERIVADOS DE RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL ÓRGANO DE JUSTICIA INTRAPARTIDARIO Y LOS DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
SUP-JDC-1332/2020CASO: OMISIÓN DE EMITIR PROTOCOLO SOBRE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, EXIGE A TODAS LAS AUTORIDADES ACTUAR CON LA DEBIDA DILIGENCIA Y DE MANERA CONJUNTA PARA PREVENIR, INVESTIGAR, SANCIONAR Y REPARAR UNA POSIBLE AFECTACIÓN A SUS DERECHOS
SUP-JDC-1171/2020CASO: FALTA DE NOTIFICACIÓN A LA OTRORA SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES DE PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL (CEN) DE MORENA (AMONESTACIÓN A YEIDCKOL POLEVNSKY GURWITZ). EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO BUSCA CONFIRMAR LA LEGALIDAD Y CORRECTA APLICACIÓN DE LAS LEYES, EVITANDO LA INDEFENSIÓN DEL AFECTADO, ANTES QUE LAS AUTORIDADES MODIFIQUEN SU ESFERA JURÍDICA DEFINITIVAMENTE
SUP-JDC-1077/2020CASO: SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DE UN MILITANTE POR SEIS MESES, AL CONSIDERAR QUE REALIZÓ PROMOCIÓN PERSONAL PARA POSICIONARSE EN EL PROCESO DE RENOVACIÓN DE LA DIRIGENCIA DEL PARTIDO, AL DIFUNDIR UN DOCUMENTO QUE PROMOVÍA LA AFILIACIÓN AL PARTIDO LOS PARTIDOS POLÍTICOS AL SANCIONAR LA PROMOCIÓN PERSONAL DEBEN HACERLO BAJO UN ANÁLISIS ESTRICTO DE LAS CONDUCTAS DENUNCIADAS, ES DECIR, QUE HAYA ELEMENTOS OBJETIVOS QUE DEMUESTREN UNA CAMPAÑA PARA POSICIONAR UNA CANDIDATURA EN UN PROCESO INTERNO PARTIDISTA, DE LO CONTRARIO PUEDE AFECTARSE INJUSTIFICADAMENTE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SUP-JDC-12/2020CASO: PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA A SESIÓN EXTRAORDINARIA DE VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTE DEL CONGRESO NACIONAL DE MORENA EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN DEBE REALIZAR LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA DOTAR DE VIABILIDAD A LOS PARTIDOS POLÍTICOS ANTE ALGUNA SITUACIÓN EXTRAORDINARIA QUE PUEDAN ATRAVESAR, SOBRE TODO DE CARA AL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL
SUP-JDC-1231/2019CASO: EVALUACIÓN DE ASPIRANTES A CONSEJEROS NACIONALES Y ESTATALES EN YUCATÁN
SUP-JDC-1224/2019CASO: DERECHO DE AFILIACIÓN (PARTIDO POLÍTICO MORENA)
SUP-JDC-129/2019CASO: LORENA PIÑON RECUPERA MILITANCIA EN LAS FILAS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INTITUCIONAL LA AUTORIDAD, MILITANTE, O PERSONA LEGITIMADA, AL ENTERARSE DE QUE EXISTE UNA CONDUCTA IRREGULAR, DEBE EJERCER LA FACULTAD QUE TIENE DE INICIAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES O FALTAS ADMINISTRATIVAS, LAS CUALES, DE LLEGARSE A COMPROBAR, EVENTUALMENTE, CULMINARÍAN CON LA APLICACIÓN DE UNA SANCIÓN; DE LO CONTRARIO, LA FACULTAD PARA IMPONER ALGUNA SANCIÓN PODRÍA PRESCRIBIR CUANDO NO SE EJERCE DENTRO DEL PLAZO PREVISTO EN LA NORMA
SUP-JDC-124/2019CASO: ELECCIÓN DE LAS PERSONAS TITULARES DE LA PRESIDENCIA Y DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PRI EL INE NO ES LA AUTORIDAD ENCARGADA DE CONFORMAR, DEPURAR O VALIDAR EL PADRÓN, ESTA ES UNA TAREA CONJUNTA CON EL PARTIDO
SUP-JDC-123/2019CASO: SELECCIÓN DE INTEGRANTES DE LA “COMISIÓN NACIONAL DE HONOR“ (PRI) LOS ÓRGANOS INTRAPARTIDARIOS DEBEN CUMPLIR CON LA PARIDAD AUN CUANDO ÉSTA NO SE ENCUENTRE PREVISTA EN SU NORMATIVA
SUP-JDC-111/2019CASO: LAS DECLARACIONES REALIZADAS POR ALEJANDRO ROJAS DÍAZ DURÁN NO ACTUALIZAN LA INFRACCIÓN A NORMA ALGUNA DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COMO ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO, DEBEN SER MÁS TOLERANTES ANTE LA CRÍTICA, INCLUSO AQUÉLLA QUE LE PUEDA RESULTAR SEVERA, VEHEMENTE, MOLESTA O PERTURBADORA, EN ARAS DE MAXIMIZAR EL DERECHO HUMANO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL DEBATE POLÍTICO Y, AL MISMO TIEMPO, INTERPRETAR EN FORMA ESTRICTA LAS RESTRICCIONES A ESE DERECHO PARA NO HACERLO NUGATORIO, PARTICULARMENTE EN EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL, EN DONDE ES NECESARIO PROTEGER Y ALENTAR UN DEBATE INTENSO Y VIGOROSO, PROPIO DE UNA AUTÉNTICA DEMOCRACIA DELIBERATIVA
SUP-JDC-106/2019CASO: COMPETENCIA LEGAL PARA DETERMINAR LA INTEGRACIÓN DE AUTORIDADES PARTIDISTAS DE MORENA.
SUP-JDC-105/2019CASO: EXPULSIÓN DEL PRI DE CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, EXGOBERNADOR DE CHIHUAHUA EL PRINCIPIO DE TAXATIVIDAD SE ACATA CUANDO LA NORMA DESCRIBE CON SUFICIENTE PRECISIÓN LAS CONDUCTAS QUE ESTÁN PROHIBIDAS (COMETER FALTAS DE PROBIDAD O DELITOS EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS), ASÍ COMO LA SANCIÓN QUE SE IMPONDRÁ A QUIEN INCURRA EN ELLAS (LA EXPULSIÓN DEL PARTIDO)
SUP-JDC-122/2018LAS DECISIONES QUE TOMA EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA SON OBLIGATORIAS Y NOTIFICADAS VÍA ESTRADOS POR CONDUCTO DE SU SECRETARÍA GENERAL, Y DICHA PUBLICIDAD DEBE REALIZARSE DENTRO DE LAS VEINTICUATRO HORAS SIGUIENTES A LA ADOPCIÓN DEL ACUERDO CORRESPONDIENTE
SUP-JDC-1162/2017LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS, SE ESTABLECE A PARTIR DEL ÁMBITO TERRITORIAL EN QUE SE HAYA COMETIDO LA VIOLACIÓN RECLAMADA
SUP-JDC-1162/2017LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS, SE ESTABLECE A PARTIR DEL ÁMBITO TERRITORIAL EN QUE SE HAYA COMETIDO LA VIOLACIÓN RECLAMADA.
SUP-JDC-1157/2017LOS PARTIDOS POLÍTICOS DEBEN PRIVILEGIAR LA RESOLUCIÓN PRONTA Y EXPEDITA DE LOS ASUNTOS SOMETIDOS A SU CONOCIMIENTO, SIN QUE NECESARIAMENTE DEBAN AGOTAR EL PLAZO QUE SU NORMATIVA LES OTORGA
SUP-JDC-1157/2017LOS PARTIDOS POLÍTICOS DEBEN PRIVILEGIAR LA RESOLUCIÓN PRONTA Y EXPEDITA DE LOS ASUNTOS SOMETIDOS A SU CONOCIMIENTO, SIN QUE NECESARIAMENTE DEBAN AGOTAR EL PLAZO QUE SU NORMATIVA LES OTORGA
SUP-JDC-1024/2017LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ELECTORALES LOCALES DEBEN CONOCER Y RESOLVER LAS IMPUGNACIONES CONTRA ACTOS EMITIDOS POR LOS ÓRGANOS NACIONALES O ESTATALES DE PARTIDOS POLÍTICOS QUE AFECTEN SUS DERECHOS DE AFILIACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
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SM -JRC-8/2024APROBACIÓN DE CONVENIO DE COALICIÓN. CRITERIO: COALICIÓN. PARA DETERMINAR LA VALIDEZ DEFINITIVA DEL CONVENIO, ESTE DEBE SER APROBADO POR LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DE CADA PARTIDO POLÍTICO QUE LA INTEGRAN.
SM -JRC-47/2023CONVENIOS DE COALICIÓN. CRITERIO: LA ACREDITACIÓN DE VOTOS ENTRE LOS PARTIDOS POLÍTICOS QUE POSTULAN UNA CANDIDATURA COMÚN DEBE REALIZARSE CONFORME AL CONVENIO DE COALICIÓN Y LAS AUTORIDADES NO PUEDEN IMPONER PARÁMETROS ESPECÍFICOS PARA ELLO.
SM -JRC-5/2018PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD. POSTULACIÓN DE COALICIONES, EN LA ELECCIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO
SUP-JDC-617/2023Examinando..
SUP-JDC-42/2019CASO: LA NO INCLUSIÓN DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL A UNA COALICIÓN
SUP-JDC-321/2018EL JUICIO DEL CIUDADANO ES IMPROCEDENTE CUANDO LA PRETENSIÓN DEL ACTOR NO PUEDE COLMARSE MEDIANTE EL DICTADO DE UNA SENTENCIA, ES DECIR, SON INVIABLES LOS EFECTOS PRETENDIDOS.
SUP-JRC-40/2024CASO: OPLE DE MORELOS DEBÍA VERIFICAR QUE LUCÍA MEZA GUZMÁN FUERA POSTULADA CANDIDATA A LA GUBERNATURA POR LOS PARTIDOS DE LA COALICIÓN “DIGNIDAD Y SEGURIDAD POR MORELOS VAMOS TODOS” PROCEDENCIA DEL REGISTRO DE LUCÍA VIRGINIA MEZA GUZMÁN COMO CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE MORELOS
SUP-JRC-12/2023CASO: APROBACIÓN DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN “VA POR EL ESTADO DE MÉXICO” EN EL ESTADO DE MÉXICO LA VIABILIDAD DE QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS FORMEN ALIANZAS CON UN OBJETO ELECTORAL ESTÁ COMPRENDIDA DENTRO DE SU DERECHO DE AUTOORGANIZACIÓN QUE, A SU VEZ, ENCUENTRA SUSTENTO EN LA LIBERTAD DE ASOCIACIÓN EN MATERIA POLÍTICA
SUP-JRC-9/2023CASO: REGISTRO DEL CONVENIO DE LA CANDIDATURA COMÚN “JUNTOS HACEMOS HISTORIA EN EL ESTADO DE MÉXICO” LOS PARTIDOS POLÍTICOS TIENEN COMO FACULTAD QUE EN SUS ASUNTOS INTERNOS PUEDAN DEFINIR SUS ESTRATEGIAS POLÍTICAS Y ELECTORALES, ASÍ COMO LA SELECCIÓN DE SUS PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR Y DETERMINAR EN EL CONVENIO QUE LA PRECANDIDATURA DE MORENA A LA GUBERNATURA PODRÁ BUSCAR SU VALIDACIÓN CON LOS DEMÁS PARTIDOS QUE SUSCRIBEN EL CONVENIO, DURANTE EL PERIODO DE PRECAMPAÑA, LO CUAL NO ESTÁ PROHIBIDO POR LA NORMATIVA LEGAL EN LA MATERIA
SUP-JRC-9/2022CASO: USO DE LA DENOMINACIÓN “JUNTOS HACEMOS HISTORIA EN AGUASCALIENTES” LAS DENOMINACIONES DE LAS COALICIONES ELECTORALES NO SON EXCLUSIVOS EN TODOS LOS PROCESOS ELECTORALES PARA ALGÚN PARTIDO POLÍTICO, EN TANTO QUE CADA ELECCIÓN ES DIFERENTE, AL CAMBIAR SU DINÁMICA Y ESTÁTICA, POR LO QUE BAJO LA TUTELA DE LA LIBRE AUTODETERMINACIÓN LOS INSTITUTOS POLÍTICOS PUEDEN ELEGIR LA DENOMINACIÓN QUE CONSIDEREN, SIEMPRE QUE NO SEA IDÉNTICA Y SE REPITA EN UN MISMO PROCESO ELECTORAL ENTRE UNA COALICIÓN Y OTRA
SUP-JRC-38/2018PARA CUMPLIR EL PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD ES NECESARIO EL RESPALDO DE LA TOTALIDAD DE PARTIDOS POLÍTICOS A LA TOTALIDAD DE CANDIDATURAS. ASÍ, SI CIERTOS INSTITUTOS POLÍTICOS DECIDIERON INTEGRAR UNA COALICIÓN PARA LA GUBERNATURA, TODOS ELLOS DEBEN HACERLO, EN CASO DE CELEBRAR COALICIÓN TAMBIÉN PARA TODAS LAS DIPUTACIONES O ALGUNAS DE ÉSTAS, Y VICEVERSA
SUP-RAP-25/2021CASO: DENOMINACIÓN SIMILAR A LA DEL PARTIDO FUERZA POR MÉXICO NO GENERA CONFUSIÓN ENTRE EL ELECTORADO EL ANÁLISIS DE LAS CARACTERÍSTICAS RELACIONADAS CON LA IDENTIFICACIÓN CLARA DE LAS DENOMINACIONES, EMBLEMAS Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE DISTINGUEN A LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COALICIONES Y FRENTES DEBE SER CONTEXTUAL, TOMANDO EN CUENTA TODOS LOS ELEMENTOS POSIBLES AL ALCANCE
SUP-RAP-2/2018EL NOMBRE DE LA COALICIÓN “TODOS POR MÉXICO” PARA CONTENDER EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017 – 2018, FUE AUTORIZADA EN RAZÓN DE QUE EL USO DE LOS VOCABLOS “POR” Y “MÉXICO” NO ES EXCLUSIVO Y NO GENERÓ CONFUSIÓN A LA CIUDADANÍA
SUP-RAP-718/2017LA SALA SUPERIOR DEFINIÓ QUE DEBE ENTENDERSE POR “TIPO DE ELECCIÓN” EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL O LOCAL, DE ACUERDO CON LA NORMATIVA ELECTORAL APLICABLE.
SUP-REC-164/2024CASO: REGISTRO DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN “FUERZA Y CORAZÓN X NUEVO LEÓN” INTEGRADA POR LOS PARTIDOS PAN, PRI Y PRD SE JUSTIFICA EL REQUISITO ESPECIAL DE PROCEDENCIA DEL RECURSO, ANTE LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN
SUP-REC-42/2019CASO: LA NO INCLUSIÓN DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL A UNA COALICIÓN SI UN PARTIDO POLÍTICO NACIONAL PIERDE SU REGISTRO POR VIRTUD DE UNA RESOLUCIÓN DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA, ES NOTORIO QUE CON ELLO DEJA DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PREVISTOS EN LA LEY PARA PARTICIPAR EN LOS ASUNTOS POLÍTICOS DEL PAÍS
SUP-REC-98/2018EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCESO, ANTES DE QUE SE EMITA SENTENCIA, EL PROMOVENTE PUEDE EXPRESAR SU VOLUNTAD DE DESISTIMIENTO
SUP-REC-92/2018LA SOLA INVOCACIÓN DE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES COMO LA AUTODETERMINACIÓN Y AUTOORGANIZACIÓN, NO DETONA EN UN PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD
SUP-REC-84/2018SE PROHÍBE FORMAR MÁS DE UNA COALICIÓN EN UN MISMO PROCEDIMIENTO ELECTORAL LOCAL
SX -JRC-262/2018
SX -JRC-148/2018
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SRE-PSC-69/2019LA RENDICIÓN DE CUENTAS COTIDIANA DE UN SERVIDOR PÚBLICO ES DISTINTA A LA RENDICIÓN DE UN INFORME DE LABORES, AUNQUE AMBOS EJERCICIOS GARANTIZAN EL DERECHO A LA INFORMACIÓN DE LA CIUDADANÍA.
SRE-PSC-22/2019DIFUSIÓN DE UN VIDEO QUE FUE CONFECCIONADO Y UTILIZADO POR LA SECRETARÍA DE TURISMO DURANTE LA PRESENTACIÓN DE LA “ESTRATEGIA NACIONAL DE TURISMO 2019-2024”.
SUP-JE -1170/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DEL SÉPTIMO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE OCUILAN, ESTADO DE MÉXICO, POR LA SUPUESTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y/O CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA Y USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS, DERIVADO DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN SU CUENTA DE FACEBOOK, DONDE SE LE PUEDE APRECIAR, EN DÍAS Y HORAS LABORABLES, PARTICIPANDO EN EVENTOS ORGANIZADOS POR EL PVEM EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A LOS JUZGADORES, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA TODOS Y CADA UNO DE LOS ARGUMENTOS SUSTANCIALES DE LAS PARTES DURANTE LA INTEGRACIÓN DE LA CONTROVERSIA
SUP-JE -115/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE SALOMÓN JARA CRUZ, POR ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA CUANDO LA AUTORIDAD EMITE EL ACTO DE DECISIÓN SIN RESOLVER SOBRE ALGÚN PUNTO LITIGIOSO, TAL ACTUACIÓN ES VIOLATORIA DEL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD
SUP-JE -13/2020CASO: MEDIDAS CAUTELARES DERIVADAS DE DENUNCIA CONTRA GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, CON MOTIVO DE SU INFORME
SUP-REP-179/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN, CON MOTIVO DE LA EDICIÓN Y DIFUSIÓN DE DOS VIDEOS EN SU CUENTA DE LA PLATAFORMA TIKTOK QUE IMPLICARON LA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA EN RELACIÓN CON EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL PARA LA ELECCIÓN DE LA PERSONA QUE OCUPARA LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA PARA LA CONFIGURACIÓN DE LOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA SE REQUIERE VERIFICAR LA EXISTENCIA DE ESE LLAMAMIENTO AL VOTO O DE APOYO Y/O RECHAZO A UNA FUERZA POLÍTICA, INCLUYENDO LOS MENSAJES CON EQUIVALENCIAS FUNCIONALES, Y QUE TALES MANIFESTACIONES TRASCIENDAN AL CONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA EN GENERAL. PARA QUE, VALORADAS EN SU CONTEXTO, SE DETERMINE SI GENERAN O NO UNA AFECTACIÓN A LA EQUIDAD EN LA CONTIENDA
SUP-REP-108/2023QUEJA EN CONTRA DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES POR POSIBLES ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA, USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD, CON MOTIVO DE LA ORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE DIVERSOS EVENTOS EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA DE LAS SENTENCIAS TIENE SUSTENTO EN LA OBLIGACIÓN DE LAS Y LOS JUZGADORES, DE RESOLVER UNA CONTROVERSIA HACIENDO PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS PRETENSIONES PLANTEADAS POR LAS PARTES, SIN OMITIR ALGÚN ARGUMENTO, NI AÑADIR CIRCUNSTANCIAS QUE NO SE HAN HECHO VALER; TAMPOCO SE DEBEN EXISTIR CONSIDERACIONES CONTRARIAS ENTRE SÍ O CON LOS PUNTOS RESOLUTIVOS
SUP-REP-1/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE SANTIAGO CREEL MIRANDA, KENIA LÓPEZ RABADÁN Y QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, POR LA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA, ASÍ COMO USO INDEBIDO DE RECURSOS LA FACULTAD PARA DECRETAR EL DESECHAMEINTO IMPLICA ÚNICAMENTE LA REALIZACIÓN DE UN ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS HECHOS DENUNCIADOS, SIN QUE ELLO LE AUTORICE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE A DESECHAR LA QUEJA CUANDO SE REQUIERA REALIZAR JUICIOS DE VALOR ACERCA DE LA LEGALIDAD DE LOS HECHOS, A PARTIR DE LA PONDERACIÓN DE LOS ELEMENTOS QUE RODEAN ESAS CONDUCTAS Y DE LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY SUPUESTAMENTE CONCULCADA
SUP-REP-362/2022CASO: MOVIMIENTO CIUDADANO PRESENTÓ QUEJA CONTRA DIVERSAS PERSONAS TITULARES DEL EJECUTIVO LOCALES Y LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CDMX, POR LA COMISIÓN DE ILÍCITOS CONSTITUCIONALES EN MATERIAL ELECTORAL, CON MOTIVO DE LA EMISIÓN DEL DESPLEGADO “GOBERNADORAS Y GOBERNADORES DE LA 4TA TRANSFORMACIÓN” Y UN APROXIMADO DE 100 TWEETS, DURANTE EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO TODAS LAS AUTORIDADES ELECTORALES JURISDICCIONALES DEL ÁMBITO FEDERAL Y LOCAL, TIENEN LA FACULTAD, AL MOMENTO DE RESOLVER LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES, ANALICEN Y EN SU CASO DECLAREN LA SUSPENSIÓN DEL REQUISITO DE ELEGIBILIDAD CONSISTENTE EN CONTAR CON UN MODO HONESTO DE VIVIR
SUP-REP-334/2022CASO: PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE TOTAL PLAY CON SUS OBLIGACIONES DE RETRANSMISIÓN DE LA PAUTA APROBADA, EN BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO
SUP-REP-244/2022CASO: NEGATIVA DE ENTREGAR INFORMACIÓN REQUERIDA POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR CONSIDERARSE CONFIDENCIAL EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL ES UN ÓRGANO AUTÓNOMO, INDEPENDIENTE EN SU FUNCIONAMIENTO, DOTADO DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS, EL CUAL CUENTA CON FACULTADES DE INVESTIGACIÓN PARA LA SUSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES EN LA MATERIA
SUP-REP-224/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE KIRA IRIS SAN, EN SU CARÁCTER DE DIPUTADA DEL CONGRESO EN QUINTANA ROO, POR LA DIFUSIÓN DE TRES PUBLICACIONES EN LAS REDES SOCIALES DE FACEBOOK Y TWITTER, AL CONSIDERAR QUE SE VULNERÓ LA VEDA ELECTORAL EN EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, POR EMITIR POSIBLE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL SI BIEN EXISTE RESTRICCIÓN A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS PARA DIFUNDIR PROPAGANDA GUBERNAMENTAL EN EL PERIODO DEL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO, NO EXISTE PROHIBICIÓN SOBRE LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES INHERENTES AL CARGO QUE SE OCUPA
SUP-REP-209/2022CASO: DENUNCIA AL DIPUTADO FEDERAL SERGIO CARLOS GUTIÉRREZ LUNA Y A MORENA POR UNA PUBLICACIÓN EN LA CUENTA DE TWITTER DEL PRIMERO, EN LA QUE, A SU PARECER, HUBO UN USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS PARA GENERAR PROPAGANDA PERSONALIZADA A FAVOR DEL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL, Y LA INDEBIDA PROMOCIÓN DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, LAS DENUNCIAS DEBEN ESTAR SUSTENTADAS, EN HECHOS CLAROS Y PRECISOS EN LOS CUALES SE EXPLIQUEN LAS CIRCUNSTANCIAS EN QUE SE VERIFICARON, Y APORTARSE POR LO MENOS UN MÍNIMO DE MATERIAL PROBATORIO PARA QUE LA AUTORIDAD ESTÉ EN APTITUD DE DETERMINAR SI EXISTEN INDICIOS PARA INICIAR SU FACULTAD INVESTIGADORA, PUES LA OMISIÓN DE ESTAS EXIGENCIAS NO PERMITE INSTAR EL EJERCICIO DE TAL ATRIBUCIÓN
SUP-REP-115/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE SALOMÓN JARA CRUZ, POR ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA CUANDO LA AUTORIDAD EMITE EL ACTO DE DECISIÓN SIN RESOLVER SOBRE ALGÚN PUNTO LITIGIOSO, TAL ACTUACIÓN ES VIOLATORIA DEL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD
SUP-REP-250/2021CASO: DENUNCIA AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DENOMINADO “PRIMEROS 100 DÍAS DEL TERCER AÑO DE GOBIERNO” LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO PUEDEN INCURRIR EN RESPONSABILIDADES POR LA COMISIÓN DE INFRACCIONES EN MATERIA ELECTORAL POR LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, COMO OCURRE CON LA RESPONSABILIDAD DIRECTA DE QUIENES CONVOCAN Y ORGANIZAN CIERTOS EVENTOS
SUP-REP-205/2021CASO: INFRACCIONES ATRIBUIDAS AL DIPUTADO FEDERAL LUIS JAVIER ALEGRE SALAZAR, ASÍ COMO A LAS CONCESIONARIAS DE RADIO XECCQ-AM, TELEVISIÓN Y RADIO DEL CARIBE (SIC), EMPRESA TURQUESA, TODAS S.A. DE C.V. LA RESPONSABILIDAD EN LA INDEBIDA ADQUISICIÓN DE TIEMPO EN RADIO DISTINTO AL ADMINISTRADO POR EL INE TAMBIÉN SE ACTUALIZA EN EL SUPUESTO DE NO DESLINDARSE DEL RESULTADO DE LA CONDUCTA ILÍCITA
SUP-REP-111/2021CASO. EXPRESIONES EMITIDAS POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA, DURANTE LA CONFERENCIA DE PRENSA MATUTINA (VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE) EL HECHO DENUNCIADO ACONTECIÓ EN UNA CONFERENCIA DE PRENSA EN LA QUE LOS DICHOS DEL PRESIDENTE SE DIFUNDEN CON UN GRAN ALCANCE. DIFUSIÓN QUE SE LOGRA EN PARTE CON LOS RECURSOS PÚBLICOS, CON LOS QUE CUENTA LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA EN VIRTUD DEL PROPIO ENCARGO
SUP-REP-20/2021CASO. MEDIDA DE TUTELA INHIBITORIA LA TUTELA INHIBITORIA CONSTITUIRÁ UN MECANISMO VIRTUOSO PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS Y NO UN MECANISMO DE CENSURA O DE CONTROL CONTRARIO AL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA
SUP-REP-152/2020CASO: MEDIDA CAUTELAR POR PROMOCIÓN PERSONALIZADA DEL PRESIDENTA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES QUE APARECE EN PELICULA DE NETFLIX “SE BUSCA PAPÁ”
SUP-REP-123/2020CASO: ANÁLISIS DE LA VÍA EN QUE SE DEBE SUSTANCIAR UNA QUEJA EN UN CASO EXTRAORDINARIO DE COMPETENCIA POR INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL
SUP-REP-118/2020CASO. PROGRAMA QUE CONDUCÍA LA PRESIDENTA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, EN LA CONTINGENCIA DEL COVID-19 LA SALA SUPERIOR HA SOSTENIDO QUE LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN, NO COMPRENDE EL UTILIZADO POR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN LA AUTÉNTICA LABOR DE INFORMACIÓN, PUESTO QUE ÉSTA IMPLICA EL DERECHO DE SER INFORMADO, SIEMPRE QUE NO SE TRATE DE SIMULACIÓN O FRAUDE A LA LEY PARA BENEFICIAR A UN PARTIDO O CANDIDATURA
SUP-REP-102/2020CASO: ACUERDO GENERAL DEL INE QUE NEGÓ LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES CONTRA LAS CONFERENCIAS MAÑANERAS DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SUP-REP-100/2020CASO: QUEJA EN CONTRA DE UN DIPUTADO FEDERAL CUANDO SE ALEGA QUE UN ACTO DE COMUNICACIÓN EN RADIO Y TELEVISIÓN PUEDE CONSTITUIR PROPAGANDA ELECTORAL O POLÍTICA AJENA AL TIEMPO DEL ESTADO EN RADIO Y TELEVISIÓN ADMINISTRADO POR EL INE, ES NECESARIO ANALIZAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE CADA CASO (ENTRE OTROS ELEMENTOS, EL CONTENIDO, EL CONTEXTO TEMPORAL Y LAS MODALIDADES DE DIFUSIÓN) Y DETERMINAR LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE CORRESPONDAN
SUP-REP-138/2019CASO: QUEJA SOBRE LIBRO PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SUP-REP-37/2019CASO: DIFUSIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE TURISMO 2019-2024
SUP-REP-38/2018SE DEBE CONTAR CON LOS PERMISOS DE LOS PADRES POR ESCRITO PARA LA APARICIÓN DE LOS MENORES EN UN PROMOCIONAL
SUP-REP-35/2018EN ARAS DE LA LIBRE CONFIGURACIÓN DEL DEBATE PÚBLICO, SE DEBE MANTENER EL CRITERIO DE INTERPRETACIÓN ESTRICTA DE LAS AFIRMACIONES EXPLÍCITAS DE APOYO O RECHAZO ELECTORAL, BAJO ESTE CRITERIO, SE LOGRA MANTENER LA APERTURA PARA QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARTICIPEN EN EL DEBATE PÚBLICO Y LA CIUDADANÍA RECIBA TODO TIPO DE EXPRESIONES DISTINTAS, INCLUSO SI ESTAS PUEDAN RESULTAR VAGAS, AMBIGUAS, SUGERENTES, SUBLIMINALES O BIEN ENCONTRARSE CERCANAS A LO PROHIBIDO
SUP-REP-20/2018SE DECLARÓ INEXISTENTE LAS INFRACCIONES ATRIBUIDAS A DIVERSOS PARTIDOS POLÍTICOS POR EL SUPUESTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA Y ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
SUP-REP-133/2017SE DEBE PREVILIGIAR EL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LOS RECEPTORES DE LOS MENSAJES POLÍTICOS, ANTE LA CIRCUNSTANCIA DE QUE SE ENCUENTRA LA RESPECTIVA INVESTIGACIÓN EN CURSO Y SUSTANCINADOSE EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR.
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SUP-JDC-241/2023CASO: NEGATIVA DE EXPEDIR EL REGLAMENTO DE QUEJAS Y DENUNCIAS EN MATERIA DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO (VPG) PARA EL ESTADO DE MORELOS POR PARTE DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VPG NO SE REDUCEN A UNA LABOR FORMAL DE EMITIR UN REGLAMENTO ESPECIALIZADO EN LA MATERIA, SINO QUE, CONTRARIAMENTE, EL CUMPLIMIENTO DE ESTAS OBLIGACIONES POR PARTE DE LAS AUTORIDADES IMPLICA UNA LABOR MATERIAL DE DETERMINAR Y ANALIZAR LA EXISTENCIA DE RECURSOS EFECTIVOS, SUFICIENTES Y EFICACES PARA TRAMITAR ESTE TIPO DE DENUNCIAS
SUP-JE -162/2021CASO. IMPLEMENTACIÓN DE UN MECANISMO MEDIANTE EL QUE, TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO, DE OFICIO, VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE SUS DETERMINACIONES EL INTERÉS JURÍDICO DIRECTO SE SATISFACE CUANDO, EN LA DEMANDA, SE EXPRESA LA VULNERACIÓN CONCRETA DE ALGÚN DERECHO SUSTANCIAL DE LA PARTE PROMOVENTE QUIEN, POR LO GENERAL, EXPRESA LA NECESIDAD DE QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL COMPETENTE INTERVENGA PARA LOGRAR SU REPARACIÓN
SUP-RAP-494/2024DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN MATERIA DE REFORMA AL PODER JUDICIAL PARA ABORDAR ASUNTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS PARA RENOVAR CARGOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL CONSEJO GENERAL DEL INE SE INTEGRE SOLAMENTE POR LAS CONSEJERÍAS ELECTORALES, CON DERECHO DE VOZ Y VOTO, Y UNA SECRETARÍA EJECUTIVA, CON DERECHO DE VOZ
SUP-RAP-202/2023CASO: EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL APROBÓ EL ACUERDO INE/CG523/2023, A TRAVÉS DEL CUAL REFORMÓ EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN. CUANDO UN LINEAMIENTO, ACUERDO O CRITERIO EMITIDO POR AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ÚNICAMENTE COMPLEMENTA UNA PRESCRIPCIÓN CONSTITUCIONAL A TRAVÉS DE UNA REGLAMENTACIÓN ADJETIVA, CON LA FINALIDAD DE HACERLA EFECTIVA, NO REPRESENTA UN EJERCICIO DE CARÁCTER LEGISLATIVO NI UNA MODIFICACIÓN O REGULACIÓN FUNDAMENTAL
SUP-RAP-149/2023CASO: ACUERDO INE/CG445/2023, EMITIDO POR EL CONSEJO GENERAL INE, POR EL QUE SE MODIFICARON DISTINTAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE RADIO Y TELEVISIÓN • LA NOCIÓN DE IGUALDAD SE DESPRENDE DIRECTAMENTE DE LA UNIDAD DEL GÉNERO HUMANO Y ES INSEPARABLE DE LA DIGNIDAD ESENCIAL DE LA PERSONA. POR SU PARTE, LA NO DISCRIMINACIÓN JUNTO CON LA IGUALDAD SON ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE UN PRINCIPIO BÁSICO Y GENERAL RELACIONADO CON LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS • LA IMPLEMENTACIÓN DE VÍAS ELECTRÓNICAS PARA LA NOTIFICACIÓN Y DESAHOGO DE DIVERSAS ACTUACIONES QUE REALIZA EL INE RESULTAN ACORDES CON LOS PRINCIPIOS DE ECONOMÍA Y OPTIMIZACIÓN PRESUPUESTAL, DADO QUE CON ESTAS SE EVITA EL USO DE RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS, TANTO PARA LA AUTORIDAD, COMO PARA LOS SUJETOS OBLIGADOS, PORQUE CON ELLOS, SE EVITA EL EMPLEO DE RECURSOS EN TRASLADOS, VIÁTICOS, PAPELERÍA, ETCÉTERA
SUP-RAP-338/2022CASO: EL CONSEJO GENERAL DEL INE EMITIÓ EL ACUERDO POR EL QUE SE APROBARON LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO, EN MATERIA DE ESTRUCTURA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES (OPLES) LA AUTONOMÍA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES, QUE EN CONJUNTO CON LOS TRIBUNALES ELECTORALES LOCALES, SON UN COMPONENTE ESENCIAL PARA EL FUNCIONAMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA ELECTORAL MEXICANO, AL PERMITIR SALVAGUARDAR LA INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD EN LAS DECISIONES DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES LOCALES
SUP-RAP-141/2022CASO: INE NO DEBE CONDICIONAR LA AUDITORÍA DEL SISTEMA DE VOTO ELECTRÓNICO PARA LA CIUDADANÍA MEXICANA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, A LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL TIENE EL DEBER LEGAL DE GARANTIZAR QUE EL SISTEMA DE VOTO ELECTRÓNICO POR INTERNET PARA LA CIUDADANÍA MEXICANA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO DEBE SER AUDITADO, EN CADA UNA DE SUS ETAPAS, POR LO QUE NO PUEDE JUSTIFICAR, A PRIORI, LA INSUFICIENCIA PRESUPUESTARIA PARA NO AUDITAR EL ALUDIDO SISTEMA
SUP-RAP-789/2017VALIDEZ JURÍDICA DEL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN.
SUP-REC-343/2020CASO: MEDIDAS AFIRMATIVAS PERTINENTES PARA LOGRAR LA INCLUSIÓN DE POBLACIÓN INDÍGENA PARA EL PROCESO 2020 – 2021 EN BAJA CALIFORNIA SUR
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SCM-JRC-14/2018Las reglas que rigen la postulación de las candidaturas de representación proporcional para las concejalías de la Ciudad de México deben interpretarse de una manera equilibrada, para privilegiar la libertad que gozan los partidos políticos.
SUP-CDC-8/2021CASO. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 11/2021, PORQUE NO CONVERGEN EN UNA MISMA PROBLEMÁTICA JURÍDICA. ES INEXISTENTE LA CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS, AL NO EVIDENCIAR DISCREPANCIA U OPOSICIÓN EN LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS O INTERPRETACIONES DE UNA MISMA NORMA QUE DICTAN DOS O MÁS SALAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL, Y QUE EN ÉSTAS EXISTA IDENTIDAD EN LA CUESTIÓN JURÍDICA QUE DEBE REGIR EN UNA SITUACIÓN PARTICULAR, AUNADO A QUE EL ANÁLISIS PRETENDIDO SE CENTRA EN UNA TEMÁTICA DE VALORACIÓN JURISDICCIONAL, ELLO, CON INDEPENDENCIA DE QUE EN LAS RESOLUCIÓN DE ANÁLISIS GUARDEN RELACIÓN CON LA PRESUNTA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
SUP-CDC-7/2021CASO: CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS RESPECTO DE LA LEGISLACIÓN DE NUEVO LEÓN, EN CONCRETO ANTE QUÉ AUTORIDAD SE DEBEN DE PRESENTAR LAS DEMANDAS EN EL ESTADO LOS ESTADOS TIENEN LA LIBERTAD PARA ESTABLECER REQUISITOS Y, EN NUEVO LEÓN EL LEGISLADOR DIFERENCIÓ MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE LA COMPETENCIA DEL OPLE Y DEL TRIBUNAL, ANTE LOS CUALES SE DEBEN PRESENTAR LAS DEMANDAS RESPECTO DE LAS CUALES SEAN COMPETENTES PARA RESOLVER
SUP-JDC-427/2023CASO: LINEAMIENTOS SOBRE ELECCIÓN CONSECUTIVA PARA SENADURÍAS Y DIPUTACIONES FEDERALES POR AMBOS PRINCIPIOS, PARA EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024 LA FIGURA DE LA REELECCIÓN O ELECCIÓN CONSECUTIVA CONSTITUYE UN MEDIO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO A SER VOTADA DE LA CIUDADANÍA, DE FORMA QUE SU REGULACIÓN NO DEBE SER ARBITRARIA NI IRRAZONABLE. LO QUE SUPONE QUE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA ESTAR EN APTITUD DE SER REELEGIDO DEBEN PERSEGUIR UN FIN LEGÍTIMO, ADEMÁS DE ATENDER A LOS CRITERIOS DE RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD
SUP-JDC-56/2023CASO: LA SALA SUPERIOR ORDENÓ AL INE Y DIO VISTA A LOS OPLES PARA DISEÑAR PROCESOS DE DIFUSIÓN DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS EN MATERIA INDÍGENA EXISTE LA OBLIGACIÓN DE ACUDIR A LA ASAMBLEA GENERAL COMUNITARIA PARA OBTENER LA CONSTANCIA DE ADSCRIPCIÓN INDÍGENA; PARA LOS CASOS EN QUE ÉSTA NO EXISTA, PODRÁ SOLICITARSE, CONFORME AL ORDEN DE PRELACIÓN, AL RESTO DE LAS AUTORIDADES PREVISTAS EN LOS LINEAMIENTOS
SUP-JDC-1302/2022CASO: LINEAMIENTOS DEL INE PARA VERIFICAR LOS PADRONES DE PERSONAS AFILIADAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE BAJA Y DE QUEJA SON MEROS INSTRUMENTOS QUE LA AUTORIDAD PONE A DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS, CON EL PROPÓSITO DE FACILITAR EL TRÁMITE PERO QUE, DE NINGUNA MANERA SIGNIFICA FOMENTAR LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS, MÁXIME SI SU USO ES OPTATIVO
SUP-JDC-39/2022CASO: ASISTENCIA DE SERVIDORES PÚBLICOS A EVENTOS PROSELITISTAS EN DÍAS HÁBILES LOS SERVIDORES PÚBLICOS NO PUEDEN QUEDAR EXENTOS DE ACTUALIZAR ALGUNA INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL POR ASISTIR A ALGÚN ACTO PROSELITISTA, BAJO EL PRETEXTO DE UN PRESUNTO “BLINDAJE” OBTENIDO A PARTIR DE LA SOLICITUD DE UN PERMISO DE CARÁCTER LABORAL SIN GOCE DE SUELDO
SUP-JDC-1458/2021CASO. ORDEN DE EMISIÓN DE SENTENCIA EN VERSIÓN DE LECTURA FÁCIL. LA SALA SUPERIOR HA CONSIDERADO QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE ADOPTAR MEDIDAS ESPECIALES, QUE FACILITEN EL ACCESO A LA JUSTICIA ELECTORAL DEL PROMOVENTE, SIEMPRE RESPETANDO LA DIVERSIDAD FUNCIONAL Y SIENDO INCLUYENTES Y EMPÁTICOS, PARA NO GENERAR UNA DISCAPACIDAD DERIVADA DEL CONTEXTO EN EL QUE SE DESENVUELVE LA PERSONA
SUP-JDC-1376/2021CASO. AUTO ADSCRIPCIÓN A UN GRUPO EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. LA AUTO ADSCRIPCIÓN A UN GRUPO EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD Y EN PRINCIPIO DE BUENA FE, SON SUFICIENTES PARA QUE UNA PERSONA SEA CONSIDERADA DENTRO DEL GRUPO CORRESPONDIENTE, SIN SER NECESARIO APORTAR O SOLICITAR MAYORES MEDIOS DE CONVICCIÓN
SUP-JDC-1274/2021CASO: ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INE POR EL CUAL SE APROBÓ LA ESTRATEGIA DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA ELECTORAL PARA LOS PROCESOS ELECTORALES 2021-2022 LAS ACCIONES AFIRMATIVAS SON ESENCIALES EN LA BÚSQUEDA POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, SE DEBE TENER PRESENTE QUE EXISTEN DISTINTAS ACCIONES AFIRMATIVAS QUE PUEDEN SER IMPLEMENTADAS SEGÚN EL CONTEXTO Y EL MOMENTO EN EL QUE SE PRETENDEN IMPLEMENTAR
SUP-JDC-10257/2020CASO: LINEAMIENTOS PARA REELECCIÓN LEGISLATIVA EMITIDOS POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LOS AJUSTES REALIZADOS NO IMPLICAN EL OTORGAMIENTO, ALTERACIÓN O ELIMINACIÓN DE ALGÚN DERECHO U OBLIGACIÓN, DADO QUE ÚNICAMENTE SE TRATA DE ASPECTOS INSTRUMENTALES PARA PERMITIR LA OPERATIVIDAD DEL DERECHO A PODER SER REELECTO DURANTE EL PROCESO FEDERAL 2020
SUP-JDC-10120/2020CASO. PORCENTAJE DE APOYO DE LA CIUDADANÍA PARA EL REGISTRO DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
SUP-JDC-223/2018BOLETAS ELECTORALES CON FOTOGRAFÍA Y/O SILUETA DE LAS CANDIDATAS Y/O CANDIDATOS
SUP-JDC-222/2018LA SALA SUPERIOR, TIENE EL DEBER DE ESTABLECER UNA REGLA QUE SUSTITUYA LA RESTRICCIÓN IMPUESTA POR EL LEGISLADOR, ESTO ES, SE TORNA INDISPENSABLE FIJAR EL LÍMITE A QUE DEBEN ESTAR SUJETOS LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES RESPECTO DE LAS APORTACIONES PRIVADA
SUP-JE -227/2021CASO: AMONESTACIÓN PÚBLICA A LA DIRECTORA DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO TIENE LA OBLIGACIÓN DE COMUNICAR MEDIANTE OFICIO A CUALQUIER AUTORIDAD JUDICIAL O ADMINISTRATIVA LO QUE RESUELVA RESPECTO DE SOLICITUDES REALIZADAS POR ÉSTAS
SUP-JRC-4/2018LAS ACCIONES AFIRMATIVAS IMPLEMENTADAS POR LOS INSTITUTOS LOCALES GENERAN UN ACCESO EFICAZ DE LAS MUJERES A CARGOS EN DIVERSOS ÁMBITOS DE PODER PÚBLICO Y PROTEGE LA IGUALDAD SUSTANTIVA
SUP-RAP-159/2023CASO: LINEAMIENTOS GENERALES PARA REGULAR Y FISCALIZAR LOS PROCEDIMIENTOS PARTIDISTAS CUYA NATURALEZA Y FINALIDAD SEA POSICIONAR A LAS PERSONAS QUE POSIBLEMENTE SEAN ASPIRANTES DE CARA AL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL DOS MIL VEINTITRÉS-DOS MIL VEINTICUATRO (2023-2024) PARA RENOVAR LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL BUSCAN REGULAR Y FISCALIZAR LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS PARTIDISTAS
SUP-RAP-322/2022CASO: LINEAMIENTOS DEL INE PARA VERIFICAR LOS PADRONES DE PERSONAS AFILIADAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE BAJA Y DE QUEJA SON MEROS INSTRUMENTOS QUE LA AUTORIDAD PONE A DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS, CON EL PROPÓSITO DE FACILITAR EL TRÁMITE PERO QUE, DE NINGUNA MANERA SIGNIFICA FOMENTAR LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS, MÁXIME SI SU USO ES OPTATIVO
SUP-RAP-289/2022CASO: ACUERDO DEL INE RELACIONADO CON LA OBLIGATORIEDAD DE LA PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN CURRICULAR Y DE IDENTIDAD DE LAS CANDIDATURAS EN LAS ELECCIONES FEDERALES Y LOCALES LA DECISIÓN DEL INE DE INCORPORAR LA OBLIGATORIEDAD DE PUBLICAR LA INFORMACIÓN CURRICULAR E IDENTIDAD DE LAS CANDIDATURAS REGISTRADAS, ES ACORDE AL PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD EN LOS PROCESOS ELECTORALES, CUYO PRINCIPIO ESTÁ PREVISTO EN LA CONSTITUCIÓN
SUP-RAP-141/2022CASO: INE NO DEBE CONDICIONAR LA AUDITORÍA DEL SISTEMA DE VOTO ELECTRÓNICO PARA LA CIUDADANÍA MEXICANA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, A LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL TIENE EL DEBER LEGAL DE GARANTIZAR QUE EL SISTEMA DE VOTO ELECTRÓNICO POR INTERNET PARA LA CIUDADANÍA MEXICANA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO DEBE SER AUDITADO, EN CADA UNA DE SUS ETAPAS, POR LO QUE NO PUEDE JUSTIFICAR, A PRIORI, LA INSUFICIENCIA PRESUPUESTARIA PARA NO AUDITAR EL ALUDIDO SISTEMA
SUP-RAP-10/2022CASO. OMISIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL DE DAR RESPUESTA A LA SOLICITUD Y CONSULTA QUE LE FORMULÓ EL PARTIDO MORENA. CORRESPONDE A LA MATERIA DE FISCALIZACIÓN Y PRERROGATIVAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES, EL ANÁLISIS DEL DESTINO QUE PUEDE DARSE AL FINANCIAMIENTO PÚBLICO QUE RECIBEN, LA CUAL ES COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL CONSEJO GENERAL DEL INE
SUP-RAP-156/2021CASO: REPRESENTACIÓN PARTIDISTA EN MESAS RECEPTORAS DE LA CONSULTA POPULAR DE 1 DE AGOSTO DE 2021. LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS DEL INE TIENEN FACULTADES PARA CONTESTAR CONSULTAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SUP-RAP-138/2021CASO. CONSEJO GENERAL DEL INE TUVO POR DESVIRTUADA LA PRESUNCIÓN DE CONTAR CON UN MODO HONESTO DE VIVIR UNA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL NO PUEDE ANALIZAR EL REQUISITO DE ELEGIBILIDAD CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA DE LA PRESUNCIÓN DEL MODO HONESTO DE VIVIR
SUP-RAP-136/2021CASO. ASIGNACIÓN DE LAS CURULES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. METODOLOGÍA APLICABLE A LA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
SUP-RAP-122/2021CASO. FISCALIZACIÓN DE LOS GASTOS DE CAMPAÑA DE LOS SUJETOS OBLIGADOS REFERENTE A LA ACTIVIDAD QUE REALIZAN LOS REPRESENTANTES GENERALES Y DE CASILLA EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO DEBEN REPORTAR GASTOS POR LOS SERVICIOS DE SUS REPRESENTATENTES DE CASILLAS EL DÍA DE LA ELECCIÓN
SUP-RAP-140/2020CASO: FACULTADES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES ELECTORALES PARA EMITIR LINEAMIENTOS EN MATERA DE IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL LOS AGRAVIOS SE DECLARAN INOPERANTES, CUANDO NO SE CONTROVIERTEN LAS RAZONES POR LAS CUALES EL CONSEJO GENERAL EMITIÓ LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES DE ATRACCIÓN Y REGLAMENTARIAS
SUP-RAP-121/2020CASO: LINEAMIENTOS EN MEDIDAS AFIRMATIVAS TENDENTES A GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE IGUALDAD PARA LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
SUP-RAP-149/2018QUIENES REALICEN PROPAGANDA, MENSAJES O SPOTS DEBEN OBSERVAR LOS LINEAMIENTOS Y, EN CASO DE PONER EN RIESGO EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR, PODRÁN SER SANCIONADOS
SUP-RAP-123/2018LA UNIDAD TÉCNICA DE FISCALIZACIÓN DEL INE SE ENCUENTRA FACULTADA PARA CONOCER Y RESOLVER AQUELLAS CONSULTAS QUE SEAN DE CARÁCTER TÉCNICO U OPERATIVO CONTABLE, RESPECTO DE LA FISCALIZACIÓN O AUDITORÍA DE LOS SUJETOS OBLIGADOS, SIEMPRE QUE SE REFIERAN A CUESTIONES QUE AFECTEN SÓLO AL SUJETO QUE REALIZA LA CONSULTA Y LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL INE TIENE COMPETENCIA PARA CONOCER Y RESOLVER LA CONSULTA CORRESPONDIENTE, CUANDO LA RESPUESTA IMPLIQUE CRITERIOS DE INTERPRETACIÓN DEL REGLAMENTO, O BIEN, CUANDO LA UTF PROPONGA UN CAMBIO DE CRITERIO A LOS ESTABLECIDOS POR LA CITADA COMISIÓN
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SM -JDC-134/2024CASO: REGISTRO DE CANDIDATURAS CRITERIO: SOLICITUD DE REGISTRO DE CANDIDATURAS. LAS AUTORIDADES ELECTORALES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ANALIZAR TODAS LAS GESTIONES REALIZADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA EL REGISTRO, PREVIO A SU NEGATIVA.
SM -JDC-112/2019REGISTRO DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR. LA CALIFICACIÓN DE PERFILES DE LOS ASPIRANTES EN LOS PROCEDIMIENTOS INTERNOS ES UN DEBER CONSTITUCIONAL
SM -JDC-525/2018PROCEDENCIA EN LOS REGISTROS DE CANDIDATURAS, CUANDO SE ENCUENTRAN POSTULADOS POR UNA COALICIÓN
SM -JRC-7/2018PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA EN EL REGISTRO DE LA LISTA A CANDIDATURAS DE ELECCIÓN POPULAR
SUP-JDC-279/2024CASO: RESERVA DE UNA FÓRMULA EN LOS PRIMEROS DIEZ LUGARES, PARA PERSONAS PERTENECIENTES A LA COMUNIDAD LGBTTTQ+, EN LA POSTULACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS CONFORME A LOS CRITERIOS DE PARIDAD DE GÉNERO Y DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS IMPLEMENTADAS PARA LA POSTULACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DE CANDIDATURAS A DIPUTACIONES FEDERALES DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, DEBE RESERVARSE UNA FÓRMULA EN LOS PRIMEROS DIEZ LUGARES PARA PERSONAS PERTENECIENTES A LA COMUNIDAD LGBTTTQ+
SUP-JDC-425/2022CASO: DESIGNACIÓN DE ALMA MARINA VITELA RODRÍGUEZ COMO PRECANDIDATA Y CANDIDATA DE MORENA A LA GUBERNATURA DE DURANGO LAS PROHIBICIONES DE OCUPAR DETERMINADOS CARGOS DURANTE LOS PROCESOS ELECTIVOS DEBEN ESTAR PREVISTAS EXPRESAMENTE EN UNA NORMA, PUESTO QUE SE TRATA DE UNA RESTRICCIÓN DE DERECHOS, POR LO QUE NO PUEDE PRESUMIRSE UNA DESVENTAJA INDEBIDA POR LA OCUPACIÓN O ACTIVIDAD QUE REALIZA UNA O UN COMPETIDOR EN UNA CONTIENDA ELECTIVA, YA SEA INTERNA O EN UN PROCESO ELECTORAL FEDERAL O LOCAL.
SUP-JDC-125/2022CASO: PROCEDIMIENTO INTERNO DEL PARTIDO MORENA, RELATIVO A LA SELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A LOS JUZGADORES, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES DURANTE LA INTEGRACIÓN DE LA LITIS, EN APOYO DE SUS PRETENSIONES
SUP-JDC-122/2022CASO: ASPIRANTE A PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE HIDALGO POR EL PARTIDO MORENA, RECLAMA QUE DIVERSAS AUTORIDADES ELECTORALES HAN VIOLADO SUS DERECHOS COMO MUJER INDÍGENA, POR LA OMISIÓN DE CONSIDERAR LA PARIDAD Y ALTERNANCIA DE GÉNERO, ASÍ COMO ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES ORIGINARIAS SE AGOTA EL DERECHO DE ACCIÓN, EN RAZÓN QUE LOS ACTOS IMPUGNADOS YA FUERON MATERIA DE ANÁLISIS
SUP-JDC-114/2022CASO: CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO INTERNO DE SELECCIÓN DE LA CANDIDATURA PARA LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO, PARA EL PROCESO ELECTORAL 2021-2022 SE CONSIDERA DERECHO ADQUIRIDO, COMO EL DERECHO SUBJETIVO QUE HA INGRESADO DEFINITIVA A IRREVOCABLEMENTE AL PATRIMONIO JURÍDICO DE UNA PERSONA Y QUE NO PUEDE SER AFECTO EN MODO ALGUNO POR NORMAS JURÍDICAS ESTABLECIDAS CON POSTERIORIDAD AL HECHO QUE HA DETERMINADO EL NACIMIENTO DEL MISMO O POR UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA Y FIRME
SUP-JDC-108/2022CASO: PRECANDIDATO ÚNICO DE MORENA PARA EL PROCESO ELECTORAL EN EL CUAL SE RENOVARÁ LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO. LA PRECLUSIÓN CONLLEVA LA CLAUSURA DEFINITIVA DE CADA UNA DE LAS ETAPAS DEL PROCESO, LO QUE IMPLICA QUE, POR REGLA GENERAL, UNA VEZ EXTINGUIDA LA OPORTUNIDAD DE EJERCER EL DERECHO CORRESPONDIENTE O HABIÉNDOLO EJERCIDO EN UNA OCASIÓN, YA NO PUEDE HACERSE VALER EN UN MOMENTO POSTERIOR
SUP-JDC-104/2022CASO: PROCESO INTERNO DE MORENA PARA LA SELECCIÓN DE PRECANDIDATURAS A LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS, PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2021-2022 EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A QUIENES JUZGAN, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES
SUP-JDC-91/2022CASO: CONVOCATORIAS SERÁN EXCLUSIVAMENTE PARA UN GÉNERO O EL OTRO, DISTRIBUYENDO DE MANERA EQUITATIVA LA PARTICIPACIÓN, ESTO ES, GARANTIZANDO QUE LAS MUJERES COMPITAN EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CON MAYOR POSIBILIDAD DE TRIUNFO LAS CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO Y LAS REGLAS DE POSTULACIÓN PARITARIA DEBEN EMITIRSE POR LAS LEGISLATURAS EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, EN LA MEDIDA QUE DEPENDEN DE LA NATURALEZA DEL CARGO
SUP-JDC-87/2022CASO: COMUNICADO Y/O BOLETÍN DE PRENSA 02996 EMITIDO POR LA MESA NACIONAL DE LA COALICIÓN JUNTOS HACEMOS HISTORIA”, INTEGRADA POR LOS INSTITUTOS POLÍTICOS MORENA, DEL TRABAJO, VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y NUEVA ALIANZA, BAJO EL TÍTULO “JUNTOS HACEMOS HISTORIA DA A CONOCER LOS NOMBRES DE QUIENES PARTICIPARAN PARA REPRESENTAR A LA COALICIÓN EN EL PROCESO 2022” REFERENTE AL ESTADO DE OAXACA PARA QUE SE ESTIME UNA RELACIÓN DIRECTA ENTRE LOS AGRAVIOS FORMULADOS Y EL ACTO IMPUGNADO, AQUELLOS DEBIERON DIRIGIRSE A COMBATIR LAS RAZONES EN LAS QUE SE SUSTENTÓ LA AUTORIDAD RESPONSABLE O DEMOSTRAR Y EVIDENCIAR LOS VICIOS EN QUE INCURRIÓ
SUP-JDC-6/2022CASO. IMPROCEDENCIA DE LA QUEJA PRESENTADA ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA SE IMPIDE REALIZAR UNA INTERPRETACIÓN CONFORME AL PRINCIPIO PRO PERSONA, AL ESTABLECER QUE LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL RESPONSABLE, SE OCUPÓ DE EXAMINAR SI RESULTABA O NO AJUSTADO A DERECHO EL DESECHAMIENTO ACORDADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA, SI QUE EL ESTUDIO DE FONDO ESTUVIERA DIRIGIDO A LA PRECISIÓN DIRECTA DEL ALCANCE O LA RESTRICCIÓN DE ALGÚN DERECHO POLÍTICO-ELECTORAL DE LA PARTE ACTORA
SUP-JDC-1067/2021CASO: CONTROL DE LA REGULARIDAD CONSTITUCIONAL POR UN ÓRGANO DE JUSTICIA PARTIDISTA UN ÓRGANO INTERNO DE JUSTICIA PARTIDARIA VÁLIDAMENTE PUEDE INAPLICAR UNA NORMA ESTATUTARIA POR CONSIDERARLA CONTRARIA A LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, DADO QUE, CONFORME AL DISPOSITIVO CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO LA NORMATIVA, TODAS LAS AUTORIDADES, INCLUYENDO LAS VINCULADAS CON LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA AL INTERIOR DE LOS INSTITUTOS POLÍTICOS, SE ENCUENTRAN COMPELIDAS A PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS, FAVORECIENDO A LAS PERSONAS CON LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA
SUP-JDC-1060/2021CASO: COSA JUZGADA REFLEJA EN EL CASO, SE ACTUALIZA LA INSTITUCIÓN JURÍDICA DE LA COSA JUZGADA REFLEJA Y, EN CONSECUENCIA, LA INOPERANCIA DE SUS AGRAVIOS
SUP-JDC-1016/2021CASO: CANDIDATO A REELECCIÓN NO CUMPLIÓ PROCESO PARA SER POSTULADO COMO DIPUTADO FEDERAL LA ELECCIÓN SUCESIVA O REELECCIÓN CONSTITUYE UNA MODALIDAD DEL DERECHO A VOTAR Y, COMO TAL, ES SUSCEPTIBLE DE SER MODULADA O RESTRINGIDA, A PARTIR DE UN EJERCICIO DE PONDERACIÓN CON OTROS DERECHOS O VALORES CONSTITUCIONALMENTE RELEVANTES
SUP-JDC-948/2021CASO. REGLAS PARA LA SELECCIÓN DE LAS CANDIDATURAS A LAS DIPUTACIONES FEDERALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. ES VÁLIDO QUE UN PARTIDO POLÍTICO RESERVE LOS DIEZ PRIMEROS LUGARES DE LA LISTA DE CANDIDATURAS A LAS DIPUTACIONES FEDERALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA GARANTIZAR LA POSTULACIÓN DE PERSONAS EXTERNAS Y PERTENECIENTES A GRUPOS VULNERABLES
SUP-JDC-677/2021CASO. CONTROVERSIA VINCULADA CON LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL. EN EL CASO DE IMPUGNACIONES DE ACTOS O RESOLUCIONES VINCULADAS CON LA DESIGNACIÓN O REMOCIÓN DE LOS CARGOS DE CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES Y SECRETARÍA EJECUTIVA DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL, LA SALA SUPERIOR ES COMPETENTE PARA CONOCER Y RESOLVER ESAS CONTROVERSIAS Y, CUANDO SE TRATE DE ÓRGANOS DIVERSOS DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES ELECTORALES, SERÁN COMPETENTES LAS SALAS REGIONALES DE ACUERDO A LA CIRCUNSCRIPCIÓN QUE CORRESPONDA, PREVIO CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE DEFINITIVIDAD
SUP-JDC-294/2021CASO. SUPUESTA AUSENCIA DE FIRMA DE LA ACTORA EN DEMANDA INTRAPARTIDISTA EL ACUSE DE RECIBO, ES EL ÚNICO ELEMENTO QUE EN PRINCIPIO PROTEGE O GENERA UNA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA EN FAVOR DEL DEMANDANTE EN TORNO A LAS CONDICIONES EN LAS QUE PRESENTÓ SU DEMANDA
SUP-JDC-282/2021CASO. PROCEDIMIENTOS PARA SELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA PARTIDARIA DEL PRI CUANDO EL EJERCICIO DE UNA MEDIDA AFIRMATIVA POR CONDICIÓN DE DESVENTAJA CORRESPONDA A UN HOMBRE, ESTA ADMITIRÁ UNA INTERPRETACIÓN FLEXIBLE, QUE PERMITA LA POSTULACIÓN DE MUJERES QUE CUMPLAN CON LA CONDICIÓN DE DESVENTAJA ESTABLECIDA PARA LA MEDIDA
SUP-JDC-90/2019CASO: DESESTIMIENTO DE LA ACCIÓN INTENTADA
SUP-JDC-68/2019CASO: ENRIQUE CÁRDENAS SÁNCHEZ CANDIDATO A GOBERNADOR DEL ESTADO DE PUEBLA
SUP-JDC-67/2019CASO: DESIGNACIÓN DE LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA COMO CANDIDATO EN LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE LA GUBERNATURA DE PUEBLA.
SUP-JDC-236/2018EL INTERÉS JURÍDICO, SUPONE LA AFECTACIÓN A UN DERECHO SUBJETIVO DEL QUE ES TITULAR EL AFECTADO; EN CAMBIO, EL INTERÉS LEGÍTIMO NO SE ASOCIA A LA EXISTENCIA DE UN DERECHO SUBJETIVO, PERO SÍ A LA TUTELA JURÍDICA QUE CORRESPONDA A LA "ESPECIAL SITUACIÓN FRENTE AL ORDEN JURÍDICO”, DE TAL SUERTE QUE ALGUNA NORMA PUEDE ESTABLECER UN INTERÉS DIFUSO EN BENEFICIO DE UNA COLECTIVIDAD O GRUPO AL QUE PERTENEZCA EL AGRAVIADO
SUP-JDC-206/2018EL ACTO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL RELATIVO AL REGISTRO DE CANDIDATOS, SOLO PODRÁ SER COMBATIDO POR EL CIUDADANO CUANDO PRESENTE VICIOS PROPIOS, NO DERIVADOS DEL ACTO DE AFECTACIÓN DEL PARTIDO
SUP-JDC-100/2018SÓLO EN EL CASO EN EL QUE EL AGOTAMIENTO PREVIO DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SE TRADUZCA EN UNA AMENAZA SERIA PARA LOS DERECHOS SUSTANCIALES QUE SON OBJETO DEL LITIGIO, DEBIDO A QUE LOS TRÁMITES PARA SU DESARROLLO PUEDAN IMPLICAR UNA MERMA CONSIDERABLE O HASTA LA EXTINCIÓN DEL CONTENIDO DE LAS PRETENSIONES, DEBE EXCEPTUARSE EL REQUISITO DE AGOTAMIENTO DE LAS INSTANCIAS PREVIAS
SUP-JE -1218/2023CASO: SE DECLARÓ LA EXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN DENUNACIADA A LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA EN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR LAS OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES TANTO FEDERALES COMO LOCALES EN ASUNTOS EN LOS QUE SE ACREDITE UNA INFRACCIÓN POR PARTE DE UNA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA, SE LIMITAN A DAR VISTA A LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA QUE IMPONGAN LAS SANCIONES RESPECTIVAS
SUP-JE -159/2021CASO: INDEBIDA MEDIDA DE APREMIO CONSISTENTE EN UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA A LAS Y LOS MAGISTRADOS EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN TODA MEDIDA DE APREMIO ATIENDE A LA NECESIDAD DE QUE LOS JUZGADORES PUEDAN HACER CUMPLIR SUS DETERMINACIONES, NO MENOS LO ES QUE PREVIAMENTE A SU IMPOSICIÓN EL OPERADOR JURÍDICO DEBE EXAMINAR EL CONTEXTO DEL CASO Y VERIFICAR SI EL SUJETO PASIVO CUMPLIÓ O NO LA OBLIGACIÓN EXIGIDA, ASÍ COMO SI EXISTIERON CAUSAS QUE RAZONABLEMENTE PERMITIERAN CONSIDERAR JUSTIFICADA UNA DEMORA EN SU CUMPLIMIENTO
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SCM-JDC-838/2018La participación en el debate político no implica que la libertad de expresión sea ilimitada y absoluta, pues se debe respetar principios y derechos de otras personas, como la igualdad que parte de la dignidad de las mujeres como colectivo.
SUP-JDC-536/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, OTRORA CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES POR LA COALICIÓN “JUNTOS HACEMOS HISTORIA EN AGUASCALIENTES” CONFORMADA POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y DEL TRABAJO, POR LAS EXPRESIONES QUE REALIZÓ EN UNA CONFERENCIA DE PRENSA EL DEBATE EN UNA CONTIENDA ELECTORAL DEBE HABER UN MARGEN DE TOLERANCIA MAYOR FRENTE A JUICIOS VALORATIVOS, APRECIACIONES O ASEVERACIONES PROFERIDAS O CUANDO ESTÉN INVOLUCRADAS CUESTIONES DE INTERÉS PÚBLICO, SIEMPRE Y CUANDO NO SEA EN DETRIMENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA
SUP-JDC-440/2022CASO: CALUMNIA Y VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN EN GÉNERO ATRIBUIDAS A MARTHA CECILIA MÁRQUEZ ALVARADO, EN CALIDAD DE SENADORA CON LICENCIA Y PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN GOZAN DE AMPLIA PROTECCIÓN, YA QUE SON UN ELEMENTO FUNDAMENTAL SOBRE EL QUE SE BASA LA EXISTENCIA DE UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA, Y SON INDISPENSABLES PARA LA FORMACIÓN DE LA OPINIÓN PÚBLICA
SUP-JDC-1066/2021CASO: INEXISTENCIA DE VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN GÉNERO EN EL CONTEXTO DE UNA PRECAMPAÑA A UNA GUBERNATURA LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO SON LAS ACCIONES, CONDUCTAS U OMISIONES QUE VIOLENTEN NORMAS ELECTORALES O DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA, QUE IMPLICAN UN ELEMENTO DISCRIMINADOR POR RAZÓN DE GÉNERO
SUP-JE -181/2022CASO: EL PAN PRESENTÓ QUEJA EN CONTRA DE LA CANDIDATA DE MORENA, POR LA PRESUNTA PUBLICACIÓN Y/O DIFUSIÓN DE UN VIDEO EN LAS PLATAFORMAS DE FACEBOOK, TWITTER E INSTAGRAM QUE, DESDE SU PUNTO DE VISTA, CONSTITUÍAN CALUMNIA Y PROPAGANDA NEGRA EN SU CONTRA Y DE SU CANDIDATA POR LA COALICIÓN “VA POR AGUASCALIENTES” LA EXPRESIÓN DE IDEAS Y EL DEBATE EN RELACIÓN A TEMAS COMO LA INDEBIDA CONDUCTA DE CONDICIONAR APOYOS GUBERNAMENTALES A CAMBIO DEL VOTO A FAVOR DE UN PARTIDO O CANDIDATURA, RESULTAN MANIFESTACIONES VÁLIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SE RESPETEN LOS LÍMITES NORMATIVOS, EVITANDO QUE EN ESE DEBATE SE EMITAN EXPRESIONES QUE IMPLIQUEN CALUMNIAR A LAS PERSONAS
SUP-JE -130/2022CASO: MANIFESTACIONES SOBRE QUE LA CANDIDATA DEL PAN ERA CONOCIDA COMO LA “REINA DE LOS MOCHES” LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN Y DE INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO POLÍTICO NO SON DERECHOS ABSOLUTOS
SUP-JE -120/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE NORA RUVALCABA GÁMEZ, CANDIDATA DE MORENA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO Y CONTRA EL REFERIDO INSTITUTO POLÍTICO, DERIVADO DE LA PUBLICACIÓN DE UN VIDEO EN SUS REDES SOCIALES AL TRATARSE DE LA IMPUTACIÓN DE UN DELITO SIN SUSTENTAR SU DICHO EN ELEMENTOS MÍNIMOS DE VERACIDAD, ES QUE SE ESTÁ ANTE EXPRESIONES QUE NO SE ENCUENTRAN AL AMPARO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SUP-JE -116/2022CASO: MANIFESTACIÓNES REALIZADAS POR LA ENTONCES CANDIDATA DE MORENA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES, EN EL MEDIO DE COMUNICACIÓN CONOCIDO RADIO BI, EN LA FRECUENCIA 88.7 FM SIENDO LA CALUMNIA UNA RESTRICCIÓN AL DERECHO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN, LAS AUTORIDADES RESPONSABLES ESTAN OBLIGADAS A INTERPRETARLA EN FORMA RESTRICTIVA, SIN DESPRENDER CONDUCTAS DELICTUOSAS MÁS ALLÁ DEL SENTIDO COMÚN Y EXPRESO DE LAS FRASES DENUNCIADAS
SUP-JE -90/2022CASO: COLOCACIÓN DE ESPECTACULARES EN EL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, QUE PRESUNTAMENTE CONTIENEN PROPAGANDA CALUMNIOSA NO SE CONSIDERA TRANSGRESIÓN A LA NORMATIVA ELECTORAL LA MANIFESTACIÓN DE IDEAS, EXPRESIONES U OPINIONES QUE, APRECIADAS EN SU CONTEXTO INTEGRAL, APORTEN ELEMENTOS QUE PERMITAN LA FORMACIÓN DE UNA OPINIÓN PÚBLICA LIBRE, LA CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA DE PARTIDOS Y DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, ASÍ COMO EL FOMENTO DE UNA AUTÉNTICA CULTURA DEMOCRÁTICA, SIEMPRE QUE NO SE REBASEN LOS LÍMITES CONSTITUCIONAL Y LEGALMENTE ESTABLECIDOS
SUP-JE -72/2022CASO: PUBLICACIÓN DEL PROMOCIONAL “CONTRASTE AGUASCALIENTES”, EN REDES SOCIALES ATRIBUIDA A ANAYELI MUÑOZ MORENO, CANDIDATA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES POR EL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO EN MATERIA ELECTORAL LAS OPINIONES ESTÁN PERMITIDAS, AUNQUE RESULTEN EN FUERTES CRÍTICAS O EL DISCURSO CONTENGA MANIFESTACIONES QUE PUEDAN RESULTAR CHOCANTES, OFENSIVAS O PERTURBADORAS. NO OBSTANTE, LA DIFUSIÓN DE DELITOS O HECHOS FALSOS CON EL OBJETIVO DE ENGAÑAR AL ELECTORADO NO ESTÁ PERMITIDA, DADO QUE RESULTA CLARO QUE CON ELLO SE PRETENDE VICIAR LA VOLUNTAD DEL ELECTORADO EN PERJUICIO DE LA LIBERTAD Y AUTENTICIDAD DEL SUFRAGIO
SUP-JE -113/2021CASO. NO ACTUALIZAN LA INFRACCIÓN DE CALUMNIA. NO SE ACREDITÓ CALUMNIA POR PARTE DE UN CANDIDATO Y SE ACREDITÓ LA REAL MALICIA
SUP-REP-598/2023CASO. DENUNCIA PRESENTADA POR MORENA EN CONTRA DE QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES POR LA PRESUNTA REALIZACIÓN DE PROPAGANDA POLÍTICA, CALUMNIA Y USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS EN ANUNCIOS ESPECTACULARES Y EL "DIARIO DE YUCATÁN", EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN; DERIVADO DE LA INCORPORACIÓN DEL SENADOR JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN AL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, Y POR LA ADHESIÓN DEL DIPUTADO FEDERAL ROMMEL AGHMED PACHECO MARRUFO A MORENA PARA ACTUALIZAR LA COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD ELECTORAL LOCAL, LA INFRACCIÓN DEBE ESTAR PREVISTA A NIVEL LOCAL, CONFORME A LOS CRITERIOS RECIENTES DE ESTA SALA SUPERIOR, ESTA DIRECTRIZ IMPLICA QUE TANTO LA CONDUCTA COMO EL SUJETO AL CUAL SE LE ATRIBUYE DEBEN ESTAR PREVISTOS EXPRESAMENTE EN LA NORMATIVA LOCAL Y, POR ENDE, SUJETOS A LA COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD LOCAL CORRESPONDIENTE
SUP-REP-736/2022CASO: LOS PROMOCIONALES DE MORENA QUE CALIFICARON COMO “TRAIDORES A MÉXICO” A LEGISLADORES FEDERALES CONSTITUYERON CALUMNIA ELECTORAL TRATÁNDOSE DE AQUELLA PROPAGANDA POLÍTICA Y/O ELECTORAL EN LA QUE SE EMITEN OPINIONES SOBRE HECHOS, TAL PROPAGANDA ESTÁ CONSTREÑIDA A BASARSE EN UN SUSTENTO FÁCTICO SUFICIENTE
SUP-REP-698/2022CASO: PROMOCIÓN PERSONALIZADA Y CALUMNIA DE LAYDA SANSORES GOBERNADORA DE CAMPECHE EN EL PROGRAMA DE TELEVISIÓN MARTES DEL JAGUAR PARA LA PROCEDENCIA DE LA DENUNCIA EN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, ES SUFICIENTE LA EXISTENCIA DE ELEMENTOS QUE PERMITAN CONSIDERAR OBJETIVAMENTE QUE LOS HECHOS OBJETO DE LA DENUNCIA TIENEN RACIONALMENTE LA POSIBILIDAD DE CONSTITUIR UNA INFRACCIÓN A LA LEY ELECTORAL
SUP-REP-620/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE DIVERSOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y DEL PARTIDO MORENA, DERIVADO DE LA IMPUTACIÓN DEL DELITO DE TRAICIÓN A LA PATRIA EN CONTRA DE PERSONAS LEGISLADORAS ACEPTAR QUE EN EL DEBATE POLÍTICO Y EN LA GENERACIÓN DE LAS LEYES, LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS PUEDAN CALUMNIAR A LOS DEMÁS PARTIDOS, A SUS LEGISLADORES Y LEGISLADORAS, SEÑALÁNDOLOS COMO TRAIDORES A LA PATRIA, CON EL FIN DE OBTENER MAYORES ADEPTOS, SE CONSIDERA QUE SE APARTA DE LA CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD QUE DEBEN CUMPLIR, YA QUE TAL EXPRESIÓN NO ES PARTE DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN O EL DERECHO QUE TIENEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS PARA FIJAR SU POSTURA EN PRO O EN CONTRA DEL TRABAJO LEGISLATIVO
SUP-REP-602/2022CASO: EL PAN EN GUANAJUATO DENUNCIÓ A MORENA, A DIVERSOS SIMPATIZANTES DE DICHO INSTITUTO POLÍTICO, ASÍ COMO A IRENE AMARANTA SOTELO GONZÁLEZ; A ANTARES GUADALUPE VÁZQUEZ ALATORRE, SENADORA DE LA REPÚBLICA Y A ERNESTO ALEJANDRO PRIETO GALLARDO, DIPUTADO LOCAL EN GUANAJUATO, POR CALUMNIA Y VPG LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, SE DEFINEN COMO: LA MANIFESTACIÓN, OPINIÓN O PREJUICIO GENERALIZADO RELACIONADO CON ROLES SOCIALES Y CULTURALES QUE DEBEN POSEER O DESEMPEÑAR LOS HOMBRES Y LAS MUJERES, MEDIANTE LA ASIGNACIÓN DE ATRIBUTOS, CARACTERÍSTICAS O FUNCIONES ESPECÍFICAS, QUE PUEDE GENERAR VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN
SUP-REP-599/2022CASO: DIFUSIÓN DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN TWITTER REFERENTES A LA SITUACIÓN DE INSEGURIDAD, SALUD Y ECONOMÍA EN EL PAÍS, JUNTO CON LA FRASE “MORENA MATA” EL ELEMENTO OBJETIVO DE LA CALUMNIA REQUIERE DE UN SUSTENTO MÍNIMO DE VERACIDAD
SUP-REP-167/2022CASO: DENUNCIA AL PRI POR PUBLICACIONES EN SUS REDES SOCIALES FACEBOOK Y TWITTER (MANIFESTACIONES SOBRE TURISMO Y EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO), POR CONSIDERAR QUE CONSTITUÍAN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y CALUMNIA NO SE CONSIDERA UNA INFRACCIÓN EN MATERIA ELECTORAL QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS FIJEN SU POSTURA SOBRE ACCIONES GUBERNAMENTALES, DE MANERA QUE LA MANIFESTACIÓN DE IDEAS, EXPRESIONES U OPINIONES APRECIADAS EN SU CONTEXTO APORTAN ELEMENTOS QUE PERMITEN LA FORMACIÓN DE UNA OPINIÓN PÚBLICA LIBRE, LA CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA DE PARTIDOS POLÍTICOS Y EL FOMENTO DE UNA AUTÉNTICA CULTURA DEMOCRÁTICA
SUP-REP-319/2021CASO: PLATAFORMA DIGITAL “VOTO ÚTIL” AL MOMENTO DE ANALIZAR CONDUCTAS POSIBLEMENTE INFRACTORAS DE LA NORMATIVA ELECTORAL, RESPECTO DE EXPRESIONES DIFUNDIDAS EN INTERNET EN EL CONTEXTO DE UN PROCESO ELECTORAL, SE DEBEN TOMAR EN CUENTA LAS PARTICULARIDADES, A FIN DE POTENCIAR LA PROTECCIÓN ESPECIAL DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SUP-REP-300/2021CASO. PROMOCIONAL “CAM FED DILE ADIÓS A MORENA” EL MENSAJE DEL PROMOCIONAL FUE PARTE TANTO DEL DISCURSO PROTEGIDO POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, COMO DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA; SOBRE TODO, QUE ACONTECIÓ EN LA FASE DE CAMPAÑA DE LOS COMICIOS FEDERALES, DONDE UNA DE LAS FUNCIONES VÁLIDAS DE LA PROPAGANDA ELECTORAL ES LA CRÍTICA ENCAMINADA A RESTAR ADEPTOS A LOS CONTENDIENTES
SUP-REP-276/2021CASO: CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE SONORA LA EXPRESIÓN QUE SE TILDA DE CALUMNIOSA, EN REALIDAD SE TRATÓ DE UNA EXPRESIÓN FUERTE O DE UNA CRÍTICA SEVERA QUE SE ENCUENTRA PROTEGIDA CONSTITUCIONALMENTE BAJO EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN; POR LO QUE NO SE ACTUALIZA EL ELEMENTO OBJETIVO DE LA CALUMNIA
SUP-REP-241/2021CASO. OMISIÓN DE ANALIZAR DE INMEDIATO EL FONDO DE LA QUEJA
SUP-REP-221/2021CASO. VALORACIÓN EXPLÍCITA DE TODOS LOS ELEMENTOS PROBATORIOS QUE OBRAN EN EL EXPEDIENTE. EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, NO SE PUEDE DETERMINAR LA ACREDITACIÓN DE UNA CONDUCTA Y LA RESPONSABILIDAD DEL INFRACTOR ANALIZANDO SOLAMENTE UNA PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DEL EXPEDIENTE
SUP-REP-17/2021CASO. SOLICITUD DE MEDICAS CAUTELARES EN CONTRA DE MORENA POR PARTE DE LA ALIANZA PAN, PRD Y PRI EL LEGISLADOR RECONOCE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN Y LES CONCEDE AMPLIA PROTECCIÓN, Y ESTA SALA SUPERIOR HA PROCURADO MAXIMIZAR TALES DERECHOS EN EL DEBATE POLÍTICO Y, AL MISMO TIEMPO, INTERPRETAR EN FORMA ESTRICTA LAS RESTRICCIONES A ESE DERECHO, PARA NO HACER NUGATORIOS LOS DERECHOS A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, PARTICULARMENTE EN EL DESARROLLO DE PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS ELECTORALES, EN DONDE ES NECESARIO PROTEGER Y ALENTAR UN DEBATE INTENSO Y VIGOROSO, MÁXIME LA DIMENSIÓN DELIBERATIVA DE LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
SUP-REP-57/2019CASO: PARTICULARES ACUSADOS DE CALUMNIA POR IMÁGENES EN FACEBOOK
SUP-REP-42/2019CASO: SOLICITUD DE LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA PARA IMPONER MEDIDAS CUTELARES
SUP-REP-4/2019CASO: MENSAJE DIFUNDIDO EN LA CUENTA OFICIAL DE TWITTER DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA, CORRESPONDIENTES A LA LXIV LEGISLATURA. DESECHAMIENTO
SUP-REP-709/2018CASO IMAGÉN DE MENOR DE EDAD EN FACEBOOK DEL CANDIDATO JULIO RAMÓN MENCHACA SALAZAR
SUP-REP-32/2018RESULTA DE SUMA IMPORTANCIA GARANTIZAR A LA PRENSA LA MAYOR LIBERTAD Y EL MÁS AMPLIO GRADO DE PROTECCIÓN PARA CRITICAR PERSONAS CON PROYECCIÓN PÚBLICA
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SM -JDC-216/2019CONSULTA PREVIA A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS. EL MÉTODO DE ELECCIÓN PARA LA VALIDEZ DE DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES EN EL PROCESO DE ELECCIÓN MUNICIPAL REALIZADO POR EL AYUNTAMIENTO, ES UN REQUISITO EN LA CONVOCATORIA.
ST -JDC-6/2020
ST -JDC-150/2019
ST -JDC-21/2019
ST -JDC-9/2019ACTO IMPUGNADO: LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN RESPONSABLE PARA LA ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LAS DELEGACIONES Y SUBDELEGACIONES, ASÍ COMO DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO, Y LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN RESPECTIVA.
SUP-REC-404/2019CASO: ELECCIÓN DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD DE SANTA MARÍA TULANTONGO TEXCOCO LA INOBSERVANCIA DEL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, COMO PRINCIPIO CONSTITUCIONAL E INSTITUCIONAL, INCIDE EN LOS PRINCIPIOS DE CERTEZA, LEGALIDAD Y GOBERNABILIDAD
SUP-REC-393/2019CASO: ELECCIÓN DE LA JUNTA AUXILIAR DE IGNACIO ROMERO VARGAS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA LAS JUNTAS AUXILIARES MUNICIPALES EN PUEBLA SE ELIGEN DE MANERA PERIÓDICA A TRAVÉS DE UN PROCEDIMIENTO EN QUE LA CIUDADANÍA O DEMARCACIÓN TERRITORIAL EJERCE SU DERECHO FUNDAMENTAL DE VOTAR
SUP-REC-330/2019CASO: NULIDAD DE LA ASAMBLEA EN LA QUE SE ELIGIERON A LOS INTEGRANTES DE LA AGENCIA DE CUAUHTÉMOC, SAN MATEO DEL MAR, OAXACA • EL DERECHO CONSTITUCIONAL DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y DE SUS MIEMBROS A ACCEDER PLENAMENTE A LA JURISDICCIÓN ESTATAL NO SE AGOTA EN LA OBLIGACIÓN DE TOMAR EN CUENTA SUS NORMAS, COSTUMBRES Y ESPECIFICIDADES CULTURALES, YA QUE ESE DERECHO DEBE SER INTERPRETADO A LA LUZ DEL PRINCIPIO PRO PERSONA, LO QUE LLEVA A ESTABLECER PROTECCIONES JURÍDICAS ESPECIALES EN SU FAVOR. • DEBE PERMITIRSE LA PARTICIPACIÓN DE MUJERES Y HOMBRES EN CONDICIONES DE IGUALDAD, EN LA COMUNIDAD DE SAN MATEO DEL MAR, OAXACA.
SUP-REC-300/2018EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD NO RESULTA APLICABLE EN ELECCIONES DE SERVIDORES PÚBLICOS NO SEÑALADAS EN LA CONSTITUCIÓN
SX -JDC-194/2019
SX -JDC-120/2019
SX -JDC-98/2019
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SUP-REC-351/2019CASO: REESCALAMIENTO DE LA CALIFICACIÓN DE LOS EVALUADOS SOBRE UNA ESCALA DEL UNO AL DOCE
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SUP-JE -42/2022CASO: DIFUSIÓN DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN LAS REDES SOCIALES FACEBOOK Y TWITTER Y EN UN MEDIO INFORMATIVO DEL ESTADO DE HIDALGO LA FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN IMPLICA LA AUSENCIA TOTAL DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS; MIENTRAS QUE, LA INDEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, SUPONE LA EXISTENCIA DE ESOS REQUISITOS, PERO CON UNA DIVERGENCIA ENTRE LAS NORMAS INVOCADAS Y LOS RAZONAMIENTOS EXPRESADOS POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE SOBRE EL CASO CONCRETO
SUP-JE -240/2021CASO. USO DE RECURSOS PÚBLICOS POR PARTE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EL ENTONCES GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, UTILIZÓ RECURSOS PÚBLICOS A SU CARGO PARA INFLUIR EN LA EQUIDAD DE LA COMPETENCIA ELECTORAL LOCAL 2020-2021, A TRAVÉS DE UNA MANIFESTACIÓN DE PROMOCIÓN ELECTORAL HECHA EN EL CONTEXTO DE EJECUCIÓN DE UN PROGRAMA SOCIAL
SUP-JE -34/2018LAS SANCIONES PRETENDEN SER UNA CONSECUENCIA DIRECTA QUE INHIBA A LOS INFRACTORES DE LA LEY DE COMETER ILÍCITOS EN UN FUTURO, LAS MEDIDAS REPARADORAS ATIENDEN A QUIENES SE VIERON AFECTADOS POR LA COMISIÓN DEL ILÍCITO A EFECTO DE RESTAURAR DE FORMA INTEGRAL LOS DERECHOS QUE PUDIERON SER VIOLADOS
SUP-RAP-140/2020CASO: FACULTADES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES ELECTORALES PARA EMITIR LINEAMIENTOS EN MATERA DE IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL LOS AGRAVIOS SE DECLARAN INOPERANTES, CUANDO NO SE CONTROVIERTEN LAS RAZONES POR LAS CUALES EL CONSEJO GENERAL EMITIÓ LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES DE ATRACCIÓN Y REGLAMENTARIAS
SUP-RAP-49/2020CASO: PRONUNCIAMIENTO DEL INE SOBRE LA SUSPENSIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE CONFERENCIAS MATUTINAS DE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR EN COAHUILA E HIDALGO
SUP-REP-316/2021CASO. SUPUESTA ADQUISICIÓN Y/O CONTRATACIÓN DE TIEMPOS EN TELEVISIÓN A FAVOR DE LA CANDIDATA A LA GOBERNATURA DE CHIHUAHUA. LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, DEBE REALIZAR UN ANÁLISIS PRELIMINAR REFORZADO, EN AQUELLOS CASOS DONDE SE PONGA EN CUESTIONAMIENTO UNA INFRACCIÓN RELACIONADA CON UNA LABOR PERIODÍSTICA, EN ATENCIÓN A ESTA ACTIVIDAD QUE GOZA DE UN MANTO PROTECTOR EN MATERIA ELECTORAL, Y QUE SE PRESUME SU LICITUD, SALVO PRUEBA EN CONTRARIO
SUP-REP-300/2021CASO. PROMOCIONAL “CAM FED DILE ADIÓS A MORENA” EL MENSAJE DEL PROMOCIONAL FUE PARTE TANTO DEL DISCURSO PROTEGIDO POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, COMO DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA; SOBRE TODO, QUE ACONTECIÓ EN LA FASE DE CAMPAÑA DE LOS COMICIOS FEDERALES, DONDE UNA DE LAS FUNCIONES VÁLIDAS DE LA PROPAGANDA ELECTORAL ES LA CRÍTICA ENCAMINADA A RESTAR ADEPTOS A LOS CONTENDIENTES
SUP-REP-260/2021CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN, CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE CHIHUAHUA, CONCESIONARIO SISTEMA REGIONAL DE TELEVISIÓN, A.C., EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA LAS DENUNCIAS QUE SE PRESENTEN EN LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES DEBEN ESTAR SUSTENTADAS EN HECHOS CLAROS Y PRECISOS EN LOS CUALES SE EXPLIQUEN LAS CIRCUNSTANCIAS DE TIEMPO, MODO Y LUGAR EN QUE SE VERIFICARON Y APORTAR POR LO MENOS UN MÍNIMO DE MATERIAL PROBATORIO A FIN DE QUE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL ESTÉ EN APTITUD DE DETERMINAR SI EXISTEN INDICIOS QUE CONDUZCAN A INICIAR SU FACULTAD INVESTIGADORA
SUP-REP-243/2021CASO. DIFUSIÓN DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL EN “LA MAÑANERA” EMITIDA EL 9 DE ABRIL DEL 2021 AL ESTAR PREVISTO EN LA NORMATIVA APLICABLE LAS FUNCIONES DEL CEPROPIE (RESPONSABLE DE GENERAR LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL DE LAS ACTIVIDADES PÚBLICAS DEL PRESIDENTE DE MÉXICO) Y DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y VOCERÍA, Y ADVERTIRSE QUE SUS TITULARES SON COMO CUALQUIER PERSONA SERVIDORA PÚBLICA, ESTOS SE ENCUENTRAN OBLIGADOS CONSTITUCIONALMENTE A NO DIFUNDIR PROPAGANDA GUBERNAMENTAL EN PERÍODO PROHIBIDO, COMO LO ES LA ETAPA DE CAMPAÑAS EN UN PROCESO ELECTORAL
SUP-REP-241/2021CASO. OMISIÓN DE ANALIZAR DE INMEDIATO EL FONDO DE LA QUEJA
SUP-REP-95/2019CASO: AMONESTACIÓN AL CANDIDATO ENRIQUE CÁRDENAS SÁNCHEZ LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS TIENEN DERECHO A EXPRESAR SU OPINIÓN EN TODAS LAS DECISIONES QUE PUDIERAN BENEFICIARLE O AFECTARLE, PARA LO CUAL, RESULTA MENESTER CONSIDERARLOS COMO UN GRUPO QUE DEBE SER ESCUCHADO
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SRE-PSC-49/2019USO INDEBIDO DE LA PAUTA. SE ACTUALIZA CUANDO UN PROMOCIONAL DE RADIO Y/O TELEVISIÓN INCLUYE FRASES CON ELEMENTOS DISCRIMINATORIOS.
SUP-JDC-613/2022CASO: MANIFESTACIONES REALIZADAS POR LA GOBERNADORA DE CAMPECHE EN EL PROGRAMA DENOMINADO “MARTES DEL JAGUAR” SE RECONOCE A LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO, COMO TODA ACCIÓN U OMISIÓN, INCLUIDA LA TOLERANCIA, BASADA EN ELEMENTOS DE GÉNERO Y EJERCIDA DENTRO DE LA ESFERA PÚBLICA O PRIVADA
SUP-JDC-92/2022CASO: SUPUESTA OMISIÓN LEGISLATIVA SOBRE DERECHOS POLÍTICOS-ELECTORALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Y CONVENCIONALES SE DESPRENDEN DIVERSAS RAZONES QUE SUSTENTAN LA OBLIGACIÓN DEL CONGRESO DE LA UNIÓN DE GENERAR MECANISMOS ENCAMINADOS A FAVORECER LA PARTICIPACIÓN POLÍTICO-ELECTORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
SUP-JDC-1458/2021CASO. ORDEN DE EMISIÓN DE SENTENCIA EN VERSIÓN DE LECTURA FÁCIL. LA SALA SUPERIOR HA CONSIDERADO QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE ADOPTAR MEDIDAS ESPECIALES, QUE FACILITEN EL ACCESO A LA JUSTICIA ELECTORAL DEL PROMOVENTE, SIEMPRE RESPETANDO LA DIVERSIDAD FUNCIONAL Y SIENDO INCLUYENTES Y EMPÁTICOS, PARA NO GENERAR UNA DISCAPACIDAD DERIVADA DEL CONTEXTO EN EL QUE SE DESENVUELVE LA PERSONA
SUP-JDC-1452/2021CASO: EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE CAMPECHE ACORDÓ POR MAYORÍA DE VOTOS, QUE EL MAGISTRADO FRANCISCO JAVIER AC ORDÓÑEZ CONTINUARA EN LA PRESIDENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, DE MANERA INTERINA LA ROTATIVIDAD EN LOS CARGOS PÚBLICOS PUEDE TRADUCIRSE COMO UNA MEDIDA QUE TIENDE A FORTALECER LA PARTICIPACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS EN UN SISTEMA DEMOCRÁTICO, DADO QUE GARANTIZA, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, QUE TODOS LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO COLEGIADO PUEDAN ACCEDER EN SU MOMENTO OPORTUNO AL CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL LOCAL DEL QUE FORMAN PARTE
SUP-JDC-1376/2021CASO. AUTO ADSCRIPCIÓN A UN GRUPO EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. LA AUTO ADSCRIPCIÓN A UN GRUPO EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD Y EN PRINCIPIO DE BUENA FE, SON SUFICIENTES PARA QUE UNA PERSONA SEA CONSIDERADA DENTRO DEL GRUPO CORRESPONDIENTE, SIN SER NECESARIO APORTAR O SOLICITAR MAYORES MEDIOS DE CONVICCIÓN
SUP-JDC-10453/2020CASO. DESIGNACIÓN DEL TITULAR DE LA CONTRALORÍA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE JALISCO INDEBIDO DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA, POR PARTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO, EN CONTRA DE LA DESIGNACIÓN DEL TITULAR DE LA CONTRALORÍA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE JALISCO, BAJO EL ARGUMENTO DE QUE ESCAPABA DE LA MATERIA ELECTORAL Y SE INSERTABA EN EL ÁMBITO PARLAMENTARIO
SUP-JDC-357/2018LAS EXPRESIONES DENUNCIADAS ESTÁN AMPARADAS POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL CONTEXTO DE UNA CONTIENDA ELECTORAL, AL ADVERTIRSE QUE LAS PUBLICACIONES DENUNCIADAS SE ENMARCAN EN UNA CRÍTICA QUE, BAJO LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y DE MANERA PRELIMINAR
SUP-JE -115/2019CASO: VIOLENCIA POLÍTICA DE GENERO EN EL INSTITUTO ELECTORAL DE COAHUILA
SUP-JE -43/2019CASO: VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN DE GÉNERO, ACOSO LABORAL Y AFECTACIÓN A LA FUNCIÓN ELECTORAL EN CONTRA DE LA CONSEJERA ELECTORAL DEL IEQROO AL EXISTIR TENSIONES ENTRE COLEGAS, CONFLICTOS JERÁRQUICOS, AGRESIONES U OFENSAS, QUE PUEDEN PRESENTARSE EN LAS RELACIONES LABORALES, NO NECESARIAMENTE DEBEN SER CONSIDERADOS COMO ACOSO LABORAL
SUP-JRC-14/2020CASO: OMISIÓN ABSOLUTA Y RELATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN EN TEMA DE VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO
SUP-REC-434/2022CASO: SOLICITUD DE REINCORPORACIÓN AL PADRÓN ELECTORAL, POR LA NEGATIVA DE ENCONTRARSE SUSPENDIDOS LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES LA CIRCUNSTANCIA DE ENCONTRARSE SUSPENDIDOS EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE UN CIUDADANO, ELLO NO IMPLICA QUE SE LE LIMITEN OTROS DERECHOS HUMANOS DE RANGO CONSTITUCIONAL, COMO EL DERECHO A NO SER DISCRIMINADO
SUP-REC-277/2020CASO. ACCIONES AFIRMATIVAS PARA EL EMPODERAMIENTO DE PERSONAS DE LA COMUNIDAD LGBTI+
SUP-REC-365/2019EN EL PRESENTE ASUNTO SE ELIMINÓ LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A DATOS PERSONALES CLASIFICADOS COMO INFORMACIÓN CONFIDENCIAL CASO: CONCURSO PÚBLICO 2017 PARA OCUPAR PLAZAS EN CARGOS Y PUESTOS DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL SISTEMA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS ELECTORALES LA INCLUSIÓN EN UNA LISTA DE RESERVA, NO IMPLICA INGRESAR U OBTENER LA MEMBRESÍA DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DE LOS OPLES
SUP-REP-602/2022CASO: EL PAN EN GUANAJUATO DENUNCIÓ A MORENA, A DIVERSOS SIMPATIZANTES DE DICHO INSTITUTO POLÍTICO, ASÍ COMO A IRENE AMARANTA SOTELO GONZÁLEZ; A ANTARES GUADALUPE VÁZQUEZ ALATORRE, SENADORA DE LA REPÚBLICA Y A ERNESTO ALEJANDRO PRIETO GALLARDO, DIPUTADO LOCAL EN GUANAJUATO, POR CALUMNIA Y VPG LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, SE DEFINEN COMO: LA MANIFESTACIÓN, OPINIÓN O PREJUICIO GENERALIZADO RELACIONADO CON ROLES SOCIALES Y CULTURALES QUE DEBEN POSEER O DESEMPEÑAR LOS HOMBRES Y LAS MUJERES, MEDIANTE LA ASIGNACIÓN DE ATRIBUTOS, CARACTERÍSTICAS O FUNCIONES ESPECÍFICAS, QUE PUEDE GENERAR VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN
SUP-REP-158/2020CASO. DENUNCIA INTERPUESTA POR SUBDIRECTORA DE ÁREA DE LA SECRETARÍA DEL BIENESTAR, DELEGACIÓN NAYARIT POR SUPUESTA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO LA NUEVA REFORMA EN MATERIA DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS FACULTA AL INE Y A LOS OPLES PARA CONOCER DE DENUNCIAS SOBRE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, ELLO NO DEBE ENTENDERSE DE MANERA AUTOMÁTICA QUE ABARQUE CUALQUIER ACTO SUSCEPTIBLE DE SER CALIFICADO PRESUNTAMENTE DE VIOLENCIA POLÍTICA GÉNERO
SUP-REP-27/2019CASO: DIFUSIÓN DEL VIDEO “ENTREVISTA DEL MONCHI A LILLY TELLEZ”
SUP-REP-611/2018CASO EDAD DEL ENTONCES CANDIDATO PRESIDENCIAL ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR EL RETUITEO SE ENCUENTRA AMPARADO POR EL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, ADEMÁS DE QUE UN RETUIT SIN COMENTARIO NO ESTÁ PROHIBIDO
SUP-REP-87/2018NO SE ADVIERTIERON ELEMENTOS PARA DETERMINAR QUE EL PROMOCIONAL DENOMINADO "PT APLANADORA TV" JUSTIFICA, PROMOCIONE O INCENTIVE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, AL TRATARSE DE UNA DRAMATIZACIÓN PARA REALIZAR UNA CRÍTICA HACÍA POLÍTICAS PÚBLICAS O TEMAS DE INTERÉS GENERAL
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SUP-JDC-480/2024CASO: SEPARACIÓN DEL CARGO A LA GUBERNATURA PARA CONTENDER POR UNA SENADURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL QUIEN OCUPARA LA TITULARIDAD DE UNA GUBERNATURA O DE LA JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO PODRÍA SER POSTULADA PARA UNA SENADURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, SIN QUE RESULTARA EXIGIBLE LA SEPARACIÓN DEL CARGO, DERIVADO DEL ANÁLISIS DE LA FRACCIÓN V, TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 55 DE LA CPEUM
SUP-JDC-357/2018LAS EXPRESIONES DENUNCIADAS ESTÁN AMPARADAS POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL CONTEXTO DE UNA CONTIENDA ELECTORAL, AL ADVERTIRSE QUE LAS PUBLICACIONES DENUNCIADAS SE ENMARCAN EN UNA CRÍTICA QUE, BAJO LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y DE MANERA PRELIMINAR
SUP-JE -123/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, ASÍ COMO EN CONTRA DEL CIUDADANO JOSÉ LUIS PECH VÁRGUEZ, CANDIDATO A GOBERNADOR POR DICHO PARTIDO, POR UNA PUBLICACIÓN EN LA RED SOCIAL FACEBOOK EN LA QUE, A DICHO DE LA DENUNCIANTE ALUDE A SU PERSONA DE FORMA CALUMNIOSA, DENOSTATIVA Y DENIGRANTE LAS MEDIDAS CAUTELARES CONSTITUYEN INSTRUMENTOS QUE PUEDE DECRETAR LA AUTORIDAD COMPETENTE, A SOLICITUD DE PARTE INTERESADA O DE OFICIO, PARA CONSERVAR LA MATERIA DEL LITIGIO, ASÍ COMO PARA EVITAR UN GRAVE E IRREPARABLE DAÑO A LAS PARTES EN CONFLICTO O A LA SOCIEDAD, CON MOTIVO DE LA SUSTANCIACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO
SUP-JE -100/2022CASO: PRESUNTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y POR LA PARTICIPACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS PARA PROMOCIONAR LA CANDIDATURA DE ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA, CANDIDATA DE LA COALICIÓN VA POR HIDALGO, A LA GUBERNATURA DE HIDALGO CON RELACIÓN AL ANÁLISIS QUE DEBA REALIZARSE EN SEDE CAUTELAR, NO DEBE BASARSE ÚNICAMENTE EN LA EXISTENCIA DE LA CONDUCTA ILÍCITA Y SU SANCIÓN, SINO TAMBIÉN, SE DEBERÁ TOMAR EN CONSIDERACIÓN LA PONDERACIÓN DE LOS VALORES Y BIENES JURÍDICOS EN CONFLICTO, ASÍ COMO LA VALORACIÓN EN TORNO A SI LA CONDUCTA DENUNCIADA PRESUMIBLEMENTE SE SITÚA EN EL ÁMBITO DE LO ILÍCITO
SUP-JE -13/2020CASO: MEDIDAS CAUTELARES DERIVADAS DE DENUNCIA CONTRA GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, CON MOTIVO DE SU INFORME
SUP-REP-84/2023CASO: IMPOSICIÓN DE MEDIDAS DE APREMIO AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES DICTADAS POR LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LOS MEDIOS DE APREMIO NO CONSTITUYEN SANCIONES PARA LAS PARTES, SINO MEDIDAS PROCESALES DIRIGIDAS A LOGRAR, DE MANERA COERCITIVA, EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO, TANTO EN CUALQUIERA DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS DURANTE LA INSTRUCCIÓN COMO EN LA RESOLUCIÓN FINAL QUE SE DICTE EN EL PROCEDIMIENTO
SUP-REP-810/2022CASO: QUEJA POR ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA ATRIBUIBLES A ADÁN AUGUSTO LÓPEZ HERNÁNDEZ CON MOTIVO DE LA CONFERENCIA IMPARTIDA EL DIECISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL VEINTIDÓS EN EL EVENTO DENOMINADO EXPO GUADALAJARA AL ANALIZAR LOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, DEBE ACREDITARSE QUE LAS EXPRESIONES DENUNCIADAS PUEDAN TENER UN IMPACTO REAL O PONER EN RIESGO LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA Y LEGALIDAD, DE FORMA TAL QUE NO SE RESTRINJAN CONTENIDOS DEL DISCURSO POLÍTICO QUE NO PUEDAN, OBJETIVA Y RAZONABLEMENTE, TENER ESE EFECTO
SUP-REP-241/2022CASO: VINCULACIÓN A TWITTER MÉXICO DE PUBLICAR UN EXTRACTO DE UNA SENTENCIA SE DEBE FUNDAR Y MOTIVAR CUALQUIER VINCULACIÓN, YA QUE DE LO CONTRARIO, SE IMPOSIBILITA QUE LAS PERSONAS CONOZCAN EL SUSTENTO DE SU VINCULACIÓN Y PUEDAN INCONFORMARSE ADECUADAMENTE
SUP-REP-210/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO EL PERSONAL ENCARGADO DE DIFUNDIR LA CONFERENCIA DE PRENSA CONOCIDA COMÚNMENTE COMO MAÑANERA, AL CONSIDERARSE QUE EN LA CONFERENCIA DE DIECISÉIS DE MARZO DEL 2022, SE REALIZÓ MANIFESTACIONES QUE, AL PARECER, CONSTITUYEN LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL EN PERIODO PROHIBIDO PARA DEMOSTRAR UNA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, DEBE PONERSE DE MANIFIESTO QUE LO RESUELTO NO COINCIDE CON LO PLANTEADO EN LA DEMANDA O POR ALGUNA OTRA DE LAS PARTES, QUE SE INTRODUJERON ELEMENTOS AJENOS A LA LITIS PLANTEADA, O BIEN, LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN ENTRE LO CONSIDERADO Y RESUELTO. ESTA INCONGRUENCIA TAMBIÉN SE PRESENTA CUANDO EXISTE CONTRADICCIÓN EN LAS DETERMINACIONES DE LA PROPIA AUTORIDAD QUE TRASCIENDEN A LA RESOLUCIÓN FINAL, LO QUE ADEMÁS VULNERA EL PRINCIPIO DE CERTEZA ENTRE LAS PARTES
SUP-REP-57/2022CASO: DIFUSIÓN DE PROPAGANDA EMITIDA DURANTE UNA GIRA EN EL ESTADO DE SONORA Y EN EL PERFIL DE TWITTER DE LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ATINENTE A DIVERSAS ACCIONES REALIZADAS POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA QUE RELATAN LOGROS DE GOBIERNO LA COSA JUZGADA ENCUENTRA SU FUNDAMENTO Y RAZÓN EN LA NECESIDAD DE PRESERVAR Y MANTENER LA PAZ Y LA TRANQUILIDAD EN LA SOCIEDAD, CON MEDIDAS QUE CONSERVEN LA ESTABILIDAD Y LA SEGURIDAD DE LOS GOBERNADOS EN EL GOCE DE SUS LIBERTADES Y DERECHOS, Y TIENE POR OBJETO PRIMORDIAL PROPORCIONAR CERTEZA RESPECTO A LAS RELACIONES EN QUE SE HAN SUSCITADO LITIGIOS, MEDIANTE LA INMUTABILIDAD DE LO RESUELTO EN UNA SENTENCIA EJECUTORIADA
SUP-REP-20/2022CASO: DENUNCIA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, POR LA INDEBIDA UTILIZACIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS Y LA ILEGAL PROMOCIÓN DEL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO. EN ESE SENTIDO LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INE, DECLARÓ PROCEDENTE EL DICTADO DE MEDIDAS CAUTELARES, EN SU VERTIENTE DE TUTELA PREVENTIVA EL SISTEMA ELECTORAL HA DISEÑADO DIVERSAS HERRAMIENTAS DE CARÁCTER PROCESAL, TENDIENTES A GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS QUE DOTAN DE CONTENIDO EL ACTUAR INSTITUCIONAL Y PERSONAL DE LOS ACTORES POLÍTICOS, SERVIDORES PÚBLICOS Y DE LA CIUDADANÍA
SUP-REP-460/2021CASO: PRESUNTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA ATRIBUIDA AL PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, ORDINARIOS O EXTRAORDINARIOS, PARA EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS FIJADOS PARA LA INTERPOSICIÓN DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN, TODOS LOS DÍAS Y HORAS SON HÁBILES
SUP-REP-278/2021CASO: PROMOCIONALES “NO SOY COMO ELLOS” Y “LA VIEJA POLÍTICA NL” LA ELIMINACIÓN DE ESTEREOTIPOS, PREJUICIOS Y PRÁCTICAS NOCIVAS BASADAS EN EL GÉNERO ES UNA OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL DERIVADA DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER, ASÍ COMO DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
SUP-REP-275/2021CASO. CONDUCTORA DE TELEVISIÓN CANDIDATA A LA DIPUTACIÓN FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO LA OTRORA CANDIDATA SE BENEFICIÓ ELECTORALMENTE, DADO QUE EL HECHO DE NO HABERSE SEPARADO DE SU OFICIO COMO CONDUCTORA DE TELEVISIÓN DURANTE LAS CAMPAÑAS ELECTORES, LE REPORTÓ PRESENCIA EN ESE MEDIO DE COMUNICACIÓN EN EL PROCESO ELECTORAL EN EL QUE CONTENDIÓ
SUP-REP-250/2021CASO: DENUNCIA AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DENOMINADO “PRIMEROS 100 DÍAS DEL TERCER AÑO DE GOBIERNO” LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO PUEDEN INCURRIR EN RESPONSABILIDADES POR LA COMISIÓN DE INFRACCIONES EN MATERIA ELECTORAL POR LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, COMO OCURRE CON LA RESPONSABILIDAD DIRECTA DE QUIENES CONVOCAN Y ORGANIZAN CIERTOS EVENTOS
SUP-REP-241/2021CASO. OMISIÓN DE ANALIZAR DE INMEDIATO EL FONDO DE LA QUEJA
SUP-REP-221/2021CASO. VALORACIÓN EXPLÍCITA DE TODOS LOS ELEMENTOS PROBATORIOS QUE OBRAN EN EL EXPEDIENTE. EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, NO SE PUEDE DETERMINAR LA ACREDITACIÓN DE UNA CONDUCTA Y LA RESPONSABILIDAD DEL INFRACTOR ANALIZANDO SOLAMENTE UNA PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DEL EXPEDIENTE
SUP-REP-23/2021CASO. CORTINILLAS EXISTE UNA PROHIBICIÓN LEGAL EXPRESA QUE RADICA, EN NO CAMBIAR LA ESENCIA DE LOS PROMOCIONALES Y QUE LA INFRACCIÓN SE ACTUALIZA EN EL MOMENTO EN QUE SE INTRODUCE ALGÚN ELEMENTO ADICIONAL A LA TRANSMISIÓN DE LOS MENSAJES PRERROGATIVA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, POR EJEMPLO MEDIANTE LA TRANSMISIÓN DE CORTINILLAS
SUP-REP-20/2021CASO. MEDIDA DE TUTELA INHIBITORIA LA TUTELA INHIBITORIA CONSTITUIRÁ UN MECANISMO VIRTUOSO PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS Y NO UN MECANISMO DE CENSURA O DE CONTROL CONTRARIO AL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA
SUP-REP-18/2021CASO: IMPROCEDENCIA SOBRE MEDIDAS CAUTELARES DEL PROMOCIONAL “SALARIO MÍNIMO” LA FINALIDAD DE LA MEDIDA CAUTELAR EN UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ELECTORAL ES TUTELAR LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS ELECTORALES Y PREVENIR RIESGOS QUE LO AFECTEN EN FORMA GRAVE, SOBRE LA BASE DE CONDUCTAS MANIFIESTAMENTE ILÍCITAS O CON APARIENCIA DE ILICITUD QUE IMPLIQUEN DICHO RIESGO, LO QUE HACE NECESARIA Y URGENTE LA INTERVENCIÓN DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES
SUP-REP-17/2021CASO. SOLICITUD DE MEDICAS CAUTELARES EN CONTRA DE MORENA POR PARTE DE LA ALIANZA PAN, PRD Y PRI EL LEGISLADOR RECONOCE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN Y LES CONCEDE AMPLIA PROTECCIÓN, Y ESTA SALA SUPERIOR HA PROCURADO MAXIMIZAR TALES DERECHOS EN EL DEBATE POLÍTICO Y, AL MISMO TIEMPO, INTERPRETAR EN FORMA ESTRICTA LAS RESTRICCIONES A ESE DERECHO, PARA NO HACER NUGATORIOS LOS DERECHOS A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, PARTICULARMENTE EN EL DESARROLLO DE PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS ELECTORALES, EN DONDE ES NECESARIO PROTEGER Y ALENTAR UN DEBATE INTENSO Y VIGOROSO, MÁXIME LA DIMENSIÓN DELIBERATIVA DE LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
SUP-REP-152/2020CASO: MEDIDA CAUTELAR POR PROMOCIÓN PERSONALIZADA DEL PRESIDENTA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES QUE APARECE EN PELICULA DE NETFLIX “SE BUSCA PAPÁ”
SUP-REP-102/2020CASO: ACUERDO GENERAL DEL INE QUE NEGÓ LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES CONTRA LAS CONFERENCIAS MAÑANERAS DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SUP-REP-82/2020CASO: PROBABLE PROMOCIÓN PERSONALIZADA, DERIVADO DE LA ENTREGA DE BIENES Y PRODUCTOS A LA CIUDADANÍA RELACIONADA CON LA PANDEMIA POR COVID-19 SI LAS CONDUCTAS DENUNCIADAS SON INDEPENDIENTES, A PESAR DE DERIVAR DE LOS MISMOS HECHOS, CADA AUTORIDAD ELECTORAL SE ENCARGARÁ DE LAS QUE LE CORRESPONDEN CONFORME AL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN ORDINARIO DE COMPETENCIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES
SUP-REP-63/2019CASO: SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES EN CONTRA DE JIMÉNEZ MERINO
SUP-REP-42/2019CASO: SOLICITUD DE LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA PARA IMPONER MEDIDAS CUTELARES
SUP-REP-141/2018EL PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS DEBE APLICARSE TAMBIÉN PARA LA PRESENTACIÓN DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN CUANDO SE COMBATA LA NEGATIVA O RESERVA DE OTORGAR LAS MEDIDAS CAUTELARES, ATENDIENDO A SU NATURALEZA SUMARIA, A SU CARÁCTER URGENTE DE LA TRAMITACIÓN DEL RECURSO Y AL PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL
SUP-REP-131/2018LAS PROHIBICIONES CONSTITUCIONALES RELATIVAS A LA CONTRATACIÓN DE PROMOCIONALES QUE PRETENDEN INFLUIR EN LAS PREFERENCIAS ELECTORALES SON ABSOLUTAS, POR LO QUE SON SUFICIENTES PARA EL DICTADO DE LA MEDIDA CAUTELAR
SUP-REP-10/2018MEDIDAS CAUTELARES EN MATERIA ELECTORAL CONSTITUYEN UN MECANISMO DE TUTELA PREVENTIVA O INSTRUMENTO JURÍDICO PARA PREVENIR LA POSIBLE AFECTACIÓN A UN DERECHO
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SUP-AG -29/2019CASO: CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA Y EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SUP-JE -1257/2023CASO: DENUNCIA A MORENA POR LA POSIBLE COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, CON MOTIVO DE LA COLOCACIÓN DE UN ESPECTACULAR EN EL MUNICIPIO DE LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y SUS CANDIDATOS LES RESULTA EXIGIBLE VIGILAR QUE TODOS LOS ACTOS QUE PUDIERAN REPRESENTAR UN BENEFICIO A LA CANDIDATURA (TAL Y COMO LO SON LOS DE CARÁCTER PROPAGANDÍSTICO) SE APEGARAN A LA NORMATIVIDAD ELECTORAL
SUP-JE -1170/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DEL SÉPTIMO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE OCUILAN, ESTADO DE MÉXICO, POR LA SUPUESTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y/O CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA Y USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS, DERIVADO DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN SU CUENTA DE FACEBOOK, DONDE SE LE PUEDE APRECIAR, EN DÍAS Y HORAS LABORABLES, PARTICIPANDO EN EVENTOS ORGANIZADOS POR EL PVEM EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A LOS JUZGADORES, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA TODOS Y CADA UNO DE LOS ARGUMENTOS SUSTANCIALES DE LAS PARTES DURANTE LA INTEGRACIÓN DE LA CONTROVERSIA
SUP-JE -291/2022CASO: INFRACCIÓN CONSISTENTE EN LA VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD, ATRIBUIDA AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE ATOTONILCO DE TULA, HIDALGO, DERIVADO DE SU PARTICIPACIÓN, EN DÍA HÁBIL, EN UN EVENTO PROSELITISTA DE ALMA CAROLINA VIGGIANO, ENTONCES PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE ESE ESTADO EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD O IMPARCIALIDAD SE TRADUCE EN QUE EL CARGO QUE OSTENTAN LOS SERVIDORES PÚBLICOS NO SE UTILICE PARA AFECTAR LOS PROCESOS ELECTORALES A FAVOR O EN CONTRA DE ACTORES POLÍTICOS; PROHIBICIÓN QUE TOMA EN CUENTA LOS RECURSOS GOZADOS EN FORMA DE PRESTIGIO O PRESENCIA PÚBLICA QUE DERIVEN DE SUS POSICIONES Y QUE PUEDAN CONVERTIRSE EN RESPALDO POLÍTICO U OTROS TIPOS DE APOYO
SUP-JE -115/2022CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE SALOMÓN JARA CRUZ, POR ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA CUANDO LA AUTORIDAD EMITE EL ACTO DE DECISIÓN SIN RESOLVER SOBRE ALGÚN PUNTO LITIGIOSO, TAL ACTUACIÓN ES VIOLATORIA DEL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD
SUP-JE -64/2022CASO: OMISIÓN DE ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA DE RETIRAR LA PROPAGANDA ALUSIVA A SU PRECAMPAÑA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO, CONSISTENTE EN DIVERSAS LONAS UBICADAS EN EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, DENTRO DEL PLAZO PREVISTO POR LA LEGISLACIÓN LOCAL Y POR LA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, ASÍ COMO AL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL POR CULPA IN VIGILANDO SERÁN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, AQUELLOS QUE SE REALICEN BAJO CUALQUIER MODALIDAD Y EN CUALQUIER MOMENTO FUERA DE LA ETAPA DE CAMPAÑAS, QUE CONTENGAN LLAMADOS EXPRESOS AL VOTO EN CONTRA O A FAVOR DE UNA CANDIDATURA O UN PARTIDO, O EXPRESIONES SOLICITANDO CUALQUIER TIPO DE APOYO PARA CONTENDER EN EL PROCESO ELECTORAL POR ALGUNA CANDIDATURA O PARTIDO POLÍTICO
SUP-JE -63/2022CASO: INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ EN LA PROPAGANDA POLÍTICO – ELECTORAL ES DEBER DE TODA AUTORIDAD ASEGURAR A LAS NIÑAS Y NIÑOS Y ADOLESCENTES LA PROTECCIÓN Y EL CUIDADO QUE SEAN NECESARIOS PARA SU BIENESTAR, TENIENDO EN CUENTA LOS DERECHOS Y DEBERES DE SUS PADRES, TUTORES U OTRAS PERSONAS RESPONSABLES DE ELLAS Y ELLOS ANTE LA LEY, PARA LO CUAL SE DEBEN TOMAR TODAS LAS MEDIDAS LEGISLATIVAS Y ADMINISTRATIVAS ADECUADAS, A FIN DE ASEGURAR Y GARANTIZAR QUE EN TODOS LOS ASUNTOS, DECISIONES Y POLÍTICAS PÚBLICAS EN LAS QUE SE VEAN INVOLUCRADOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, TENGAN EL DISFRUTE Y GOCE DE TODOS SUS DERECHOS HUMANOS
SUP-JE -59/2022CASO: ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y PRECAMPAÑA, ATRIBUIDOS AL DIPUTADO FEDERAL CUAUHTÉMOC OCHOA FERNÁNDEZ, Y A MORENA LA AUSENCIA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DEBE ENTENDERSE COMO LA FALTA ABSOLUTA DE FUNDAMENTOS Y RAZONAMIENTOS JURÍDICOS DEL JUZGADOR, EN CAMBIO, SU DEFICIENCIA CONSISTE EN QUE EL SUSTENTO LEGAL Y LOS MOTIVOS EN LOS QUE SE BASA LA RESOLUCIÓN NO SON DEL TODO ACABADOS O ATENDIBLES. ASÍ, LA MOTIVACIÓN DEL ACTO DE AUTORIDAD ES UN REQUISITO CONSTITUCIONAL QUE OBLIGA A SEÑALAR CON PRECISIÓN LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES, RAZONES PARTICULARES O CAUSAS INMEDIATAS QUE TUVO EN CONSIDERACIÓN PARA EMITIR SU DETERMINACIÓN
SUP-JE -58/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA Y DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PAN Y PRI POR PRESUNTOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, DERIVADO DE QUE EN DIVERSOS LUGARES DEL ESTADO DE HIDALGO FUERON FIJADOS ESPECTACULARES, ADEMÁS DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN LAS REDES SOCIALES FACEBOOK Y TWITTER LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES TIENEN COMO OBLIGACIÓN INEXORABLE VIGILAR QUE TODO ACTO EMITIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE ESTÉ DEBIDAMENTE FUNDADO Y MOTIVADO, LO QUE SIGNIFICA, POR UNA PARTE, LA OBLIGACIÓN PARA PRECISAR EN SUS ACTOS, LOS PRECEPTOS LEGALES APLICABLES AL CASO CONCRETO; Y POR OTRA, INVOCAR LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES, RAZONES PARTICULARES O CAUSAS INMEDIATAS QUE SE TOMARON EN CUENTA EN SU EMISIÓN, PARA QUE LOS MOTIVOS ADUCIDOS Y LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES AL CASO CONCRETO SEAN CONGRUENTES; ELLO, CON EL PROPÓSITO DE QUE LOS JUSTICIABLES NO SE VEAN AFECTADOS EN SU ESFERA JURÍDICA
SUP-JE -57/2022CASO: DENUNCIA SOBRE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA DERIVADO DE LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN DIVERSOS ESPECTACULARES EN EL ESTADO DE HIDALGO PARA QUE SE ACTUALICE EL ELEMENTO SUBJETIVO DE LOS ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA SE REQUIERE QUE EXISTAN ELEMENTOS EXPLÍCITOS QUE REVELEN DE FORMA OBJETIVA, UNÍVOCA E INEQUÍVOCA LA INTENCIÓN DE POSICIONAR UNA CANDIDATURA
SUP-JE -56/2022CASO: DENUNCIA SOBRE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA POR PARTE DE FRANCISCO XAVIER BERGANZA ESCORZA, ENTONCES PRECANDIDATO DE MOVIMIENTO CIUDADANO A LA GUBERNATURA DE HIDALGO, ASÍ COMO CULPA IN VIGILANDO DEL PARTIDO POLÍTICO MOVIMIENTO CIUDADANO, CON MOTIVO DE DIVERSAS PUBLICACIONES QUE DIFUNDIÓ EN SU PERFIL DE LA RED SOCIAL FACEBOOK ANTE LA DENUNCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA O DE PRECAMPAÑA, EL JUZGADOR TIENE LA OBLIGACIÓN DE ANALIZAR TANTO EL CONTENIDO DE LOS MENSAJES COMO EL CONTEXTO EN EL QUE SE DIFUNDEN, SOBRE TODO TRATÁNDOSE DE PUBLICACIONES EMITIDAS EN LAS REDES SOCIALES, PUES DADA LA PARTICULAR NATURALEZA DE ÉSTAS, TALES PUBLICACIONES GOZAN DE LA PRESUNCIÓN DE ESTAR AMPARADAS POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA LIBRE EXPRESIÓN Y A LA INFORMACIÓN
SUP-JE -55/2022CASO: PUBLICACIÓN EN EL PERFIL DE FACEBOOK DE MORENA POR LA QUE SE INVITÓ A SIMPATIZANTES Y MILITANTES DEL PARTIDO A ASISTIR AL REGISTRO DE SU CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE AGUASCALIENTES SE CONFIGURA LA EXISTENCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, AL COEXISTIR LOS ELEMENTOS PERSONAL, TEMPORAL Y SUBJETIVO
SUP-JE -44/2022CASO: DENUNCIA A LA PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO Y PRESIDENTA DEL COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL EN SAN FELIPE ORIZATLÁN, HIDALGO, ASÍ COMO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, ANTE LA SUPUESTA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA DERIVADO DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES “FACEBOOK” Y “TWITTER” PARA SOSTENER QUE EL EJERCICIO VALORATIVO HECHO POR LA RESPONSABLE ES INCORRECTO, ES NECESARIO QUE SE PRESENTEN ARGUMENTOS RELACIONADOS CON CADA EXPRESIÓN O PUBLICACIÓN EN LOS QUE SE PRECISE POR QUÉ SE CONSIDERA INADECUADO O CUÁL SERÍA LA VALORACIÓN QUE, EN SU CASO, PERMITIRÍA CONSIDERAR QUE SÍ EXISTIERON EQUIVALENTES FUNCIONALES DE LLAMADO AL VOTO
SUP-JE -43/2022CASO: DENUNCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA AL PRECANDIDATO DE MOVIMIENTO CIUDADANO A LA GOBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A QUIENES JUZGAN, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES
SUP-JE -42/2022CASO: DIFUSIÓN DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN LAS REDES SOCIALES FACEBOOK Y TWITTER Y EN UN MEDIO INFORMATIVO DEL ESTADO DE HIDALGO LA FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN IMPLICA LA AUSENCIA TOTAL DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS; MIENTRAS QUE, LA INDEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, SUPONE LA EXISTENCIA DE ESOS REQUISITOS, PERO CON UNA DIVERGENCIA ENTRE LAS NORMAS INVOCADAS Y LOS RAZONAMIENTOS EXPRESADOS POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE SOBRE EL CASO CONCRETO
SUP-JE -36/2022CASO: SUPUESTA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD POR LA ASISTENCIA DE PERSONAS DEL SERVICIO PÚBLICO EN DÍAS Y HORAS HÁBILES A UN EVENTO REALIZADO MUNICIPIO DE MIXQUIAHUALA, HIDALGO CUANDO SE PROMUEVE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN DEBEN MENCIONARSE EXPRESA Y CLARAMENTE LOS HECHOS EN QUE SE BASA LA IMPUGNACIÓN, LOS AGRAVIOS QUE CAUSE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LOS PRECEPTOS PRESUNTAMENTE VULNERADOS
SUP-JE -35/2022CASO: DENUNCIA AL GOBERNADOR DE HIDALGO Y A LA PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE ESA ENTIDAD, POSTULADA POR LA COALICIÓN, AL CONSIDERAR QUE SE ACTUALIZAN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA. LOS AGRAVIOS DEBEN CONTENER LA JUSTIFICACIÓN DE CÓMO SE CONFIGURA EL ELEMENTO SUBJETIVO DE LA INFRACCIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, LA MENCIÓN DE LAS PRUEBAS SOBRE QUE LAS PUBLICACIONES CONTENGAN EXPRESIONES INEQUÍVOCAS QUE INVITAN A VOTAR A FAVOR DE UNA DETERMINADA CANDIDATURA O PARTIDO POLÍTICO Y EN CONTRA DE OTRA
SUP-JE -30/2022CASO: DENUNCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, ASÍ COMO EL POSICIONAMIENTO PERSONALIZADO, ATRIBUIDOS AL SENADOR JULIO RAMÓN MENCHACA SALAZAR, POR LA SUPUESTA DIFUSIÓN DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN PERFILES DE LA RED SOCIAL FACEBOOK LA PARTE DENUNCIANTE TIENE LA CARGA DE LA PRUEBA, YA QUE ES SU DEBER APORTARLAS DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA DENUNCIA, ASÍ COMO IDENTIFICAR AQUELLOS QUE HABRÁN DE REQUERIRSE CUANDO NO HAYA TENIDO POSIBILIDAD DE RECABARLAS; ESTO ES CON LA INDEPENDENCIA DE LA FACULTAD INVESTIGADORA DE LA AUTORIDAD ELECTORAL
SUP-JE -260/2021CASO: REINDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN IMPUESTA A LA ENTONCES CANDIDATA A GOBERNADORA DEL ESTADO DE COLIMA, INDIRA VIZCAINO SILVA. AL CONTROVERTIR UNA NUEVA SANCIÓN SE DEBEN ESGRIMIR ARGUMENTOS TENDIENTES A COMBATIR LA CALIFICACIÓN DE LA FALTA, COMO ES LA GRAVEDAD QUE SE LE ADJUDICÓ A SU CONDUCTA, LAS CONSIDERACIONES RELATIVAS AL BIEN JURÍDICO TUTELADO Y EL DAÑO OCASIONADO CON SU VULNERACIÓN, LA CIRCUNSTANCIAS EN LAS QUE COMETIÓ LA FALTA, O BIEN, COMBATIR LAS CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN, COMO LA REINCIDENCIA, CAPACIDAD ECONÓMICA Y DEMÁS ELEMENTOS
SUP-JE -240/2021CASO. USO DE RECURSOS PÚBLICOS POR PARTE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA EL ENTONCES GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, UTILIZÓ RECURSOS PÚBLICOS A SU CARGO PARA INFLUIR EN LA EQUIDAD DE LA COMPETENCIA ELECTORAL LOCAL 2020-2021, A TRAVÉS DE UNA MANIFESTACIÓN DE PROMOCIÓN ELECTORAL HECHA EN EL CONTEXTO DE EJECUCIÓN DE UN PROGRAMA SOCIAL
SUP-JE -176/2021CASO: DENUNCIA A UNA CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE DEL ESTADO DE QUERÉTARO, PRESUNTAMENTE POR ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA. EL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE UNA RESOLUCIÓN SE SATISFACE CUANDO LAS AUTORIDADES JURISDICCIONALES REALIZAN UN ANÁLISIS EXHAUSTIVO DE LOS PUNTOS QUE SE LES PLANTEAN, PARA LO CUAL, DEBEN EFECTUAR UNA EVALUACIÓN DE LAS NORMAS QUE SE CONSIDERAN APLICABLES, ASÍ COMO DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES DE LOS HECHOS QUE SE ESTUDIAN, PARA DETERMINAR SI EXISTEN RAZONES SUFICIENTES QUE DEN SUSTENTO A SU APLICACIÓN
SUP-JE -169/2021CASO. SANCIONES IMPUESTAS A CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE QUERÉTARO DADO QUE LAS PARTES ACTORAS NO CONTROVIRTIERON DE MANERA FRONTAL LOS ARGUMENTOS QUE TUVO EN CUENTA EL TRIBUNAL RESPONSABLE PARA TENER POR ACTUALIZADA LA INFRACCIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, LA RESPONSABILIDAD DE LOS DENUNCIADOS, ASÍ COMO LA IMPOSICIÓN DE LAS MULTAS ES QUE LOS AGRAVIOS RESULTARON INOPERANTES
SUP-JE -157/2021CASO: VULNERACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ EL DERECHO A LA IMAGEN ES UNO DE LOS DERECHOS ESENCIALES DE LA PERSONA QUE, TRATÁNDOSE DE MENORES DE EDAD, REQUIERE DE UN ESCRUTINIO MÁS ESTRICTO SOBRE SU DIFUSIÓN, REPRODUCCIÓN O CAPTURA, DERIVADO DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-JE -156/2021CASO: EXISTENCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA LEY ELECTORAL SE PREVÉ QUE SON ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA AQUELLAS EXPRESIONES QUE SE REALICEN BAJO CUALQUIER MODALIDAD Y EN CUALQUIER MOMENTO FUERA DE LA ETAPA DE CAMPAÑAS, QUE CONTENGAN LLAMADOS EXPRESOS AL VOTO EN CONTRA O A FAVOR DE UNA CANDIDATURA O UN PARTIDO, O EXPRESIONES SOLICITANDO CUALQUIER TIPO DE APOYO PARA CONTENDER EN EL PROCESO ELECTORAL POR ALGUNA CANDIDATURA O PARA UN PARTIDO
SUP-JE -147/2021CASO: PRESUNTA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, POR LA DIFUSIÓN DE UN MENSAJE Y UN VIDEO ALOJADOS EN LA RED SOCIAL FACEBOOK EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A LA AUTORIDAD EL DEBER DE AGOTAR EN LA RESOLUCIÓN, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES DURANTE LA INTEGRACIÓN DE LA LITIS, PARA LO CUAL, PREVIAMENTE, DEBE CONSTATAR LA SATISFACCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y DE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN, ES DECIR, CONSISTE EN QUE EL JUZGADOR DEBE ESTUDIAR TODOS LOS PLANTEAMIENTOS DE LAS PARTES, ASÍ COMO LAS PRUEBAS APORTADAS LEGALMENTE
SUP-JE -108/2021CASO: ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA PARA DETERMINAR SI UNA PROPAGANDA ESPECÍFICA POSICIONA O BENEFICIA ELECTORALMENTE A UNA PERSONA, LOS TRIBUNALES DEBEN ANALIZAR SI LA DIFUSIÓN DEL MENSAJE PUEDE SER INTERPRETADA DE MANERA OBJETIVA COMO UNA INFLUENCIA POSITIVA O NEGATIVA PARA UNA PRECAMPAÑA O CAMPAÑA; ES DECIR, SI EL MENSAJE ES FUNCIONALMENTE EQUIVALENTE A UN LLAMAMIENTO AL VOTO
SUP-JRC-9/2018RESULTA NECESARIO LLEVAR A CABO LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, PARA DEFINIR SI LOS HECHOS OBJETO DE DENUNCIA, CONSTITUYEN O NO UNA VULNERACIÓN A LA NORMATIVA ELECTORAL
SUP-REC-803/2021CASO: REQUISITO ESPECIAL DE PROCEDENCIA DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN UN MENSAJE PUEDE SER UNA MANIFESTACIÓN DE APOYO O PROMOCIÓN EQUIVALENTE A UN LLAMAMIENTO EXPRESO CUANDO DE MANERA OBJETIVA O RAZONABLE PUEDA SER INTERPRETADO COMO UNA MANIFESTACIÓN INEQUÍVOCA A VOTAR O A NO VOTAR
SUP-REP-1/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE SANTIAGO CREEL MIRANDA, KENIA LÓPEZ RABADÁN Y QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, POR LA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA, ASÍ COMO USO INDEBIDO DE RECURSOS LA FACULTAD PARA DECRETAR EL DESECHAMEINTO IMPLICA ÚNICAMENTE LA REALIZACIÓN DE UN ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS HECHOS DENUNCIADOS, SIN QUE ELLO LE AUTORICE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE A DESECHAR LA QUEJA CUANDO SE REQUIERA REALIZAR JUICIOS DE VALOR ACERCA DE LA LEGALIDAD DE LOS HECHOS, A PARTIR DE LA PONDERACIÓN DE LOS ELEMENTOS QUE RODEAN ESAS CONDUCTAS Y DE LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY SUPUESTAMENTE CONCULCADA
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ExpedienteResumen
SRE-PSC-49/2019USO INDEBIDO DE LA PAUTA. SE ACTUALIZA CUANDO UN PROMOCIONAL DE RADIO Y/O TELEVISIÓN INCLUYE FRASES CON ELEMENTOS DISCRIMINATORIOS.
SUP-JDC-1066/2021CASO: INEXISTENCIA DE VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN GÉNERO EN EL CONTEXTO DE UNA PRECAMPAÑA A UNA GUBERNATURA LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO SON LAS ACCIONES, CONDUCTAS U OMISIONES QUE VIOLENTEN NORMAS ELECTORALES O DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA, QUE IMPLICAN UN ELEMENTO DISCRIMINADOR POR RAZÓN DE GÉNERO
SUP-JE -1049/2023CASO: SANCIONES IMPUESTAS A DIVERSAS CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN AL HABER OPERADO LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONADORA DEL INE MANTENER EN UNA SITUACIÓN TEMPORAL INDEFINIDA LA POSIBILIDAD DE SANCIONAR A DETERMINADOS SUJETOS POR CONDUCTAS PRESUNTAMENTE ILÍCITAS, CONCULCA SU ESFERA DE DERECHOS AL COLOCARLOS EN UN ESTADO PERMANENTE DE INDEFINICIÓN JURÍDICA, LO QUE OCASIONA UNA FALTA DE CERTEZA, DE ALLÍ LA NECESIDAD DE LA EXISTENCIA DE FIGURAS EXTINTIVAS DE LA POTESTAD SANCIONADORA DEL ESTADO.
SUP-REC-962/2021CASO: INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PREESCRIPCIÓN DE LA FALCULTAD SANCIONADORA. LOS TRIBUNALES ELECTORALES LOCALES Y FEDERALES, ESTÁN FACULTADOS, EN EL ÁMBITO DE SUS COMPETENCIAS, PARA ANALIZAR EX OFFICIO LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS QUE RIGEN LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES, YA QUE DEBE CUMPLIR LOS PARÁMETROS CONTENIDOS EN EL DENOMINADO BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD
SUP-REP-550/2024CASO: APARICIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD Y SU INTERACCIÓN CON BEBIDAS ALCOHÓLICAS LAS REGLAS QUE DEBEN CUMPLIRSE CON LA APARICIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES ESTÁN RELACIONADAS, PRINCIPALMENTE, CON EL PRINCIPIO AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-REP-822/2022CASO: DENUNCIA AL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, AL DIRIGENTE NACIONAL DE ÉSTE Y A DIVERSOS MILITANTES PRIISTAS, POR LA PRESUNTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS CON FINES DE PROMOCIÓN PERSONALIZADA Y USO INDEBIDO DE LA PAUTA EN RELACIÓN A LA ELECCIÓN FEDERAL A CELEBRARSE EN DOS MIL VEINTICUATRO, DERIVADOS DEL EVENTO DENOMINADO “DIÁLOGOS POR MÉXICO”, CELEBRADO LOS DÍAS DIECISIETE Y DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL MISMO AÑO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN EL AUDITORIO “PLUTARCO ELÍAS CALLES” EN LAS INSTALACIONES DEL PARTIDO, POR SU TRASMISIÓN EN REDES SOCIALES Y SU PROMOCIÓN EN LA PAUTA RESPECTIVA FUERA DE LO ABIERTAMENTE PROHIBIDO, TODOS LOS PARTIDOS TIENEN LIBERTAD PARA OFERTARSE POLÍTICA Y ELECTORALMENTE, LO CUAL FACILITA EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES INTERNAS Y EVITA AFECTAR SU ESTRATEGIA ELECTORAL (QUE ES UNA MANIFESTACIÓN DE SU LIBRE AUTOORGANIZACIÓN), YA QUE LES DA LA CERTEZA DE QUE SUS ACCIONES NO SERÁN INTERPRETADAS COMO ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
SUP-REP-288/2022CASO: COMPETENCIA PARA DICTAR MEDIDAS CAUTELARES EN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR RELACIONADO CON LA INFRACCIÓN A LA LEY LOCAL LAS MEDIDAS CAUTELARES SON ACCESORIAS A LA SUERTE PRINCIPAL, POR LO QUE, PARA PODER REALIZAR UN PRONUNCIAMIENTO AL RESPECTO, SE DEBE DETERMINAR, EN UNA PRIMERA INSTANCIA, LA PROCEDENCIA DE LA DENUNCIA POR AUTORIDAD COMPETENTE
SUP-REP-267/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DEL PAN Y SU CANDIDATO A LA GUBERNATURA, ESTEBAN ALEJANDRO VILLEGAS VILLARREAL, POR LA DIFUSIÓN DEL PROMOCIONAL “CAM DGO GOB EVV ARRANQUE” CON FOLIO RV00250-22, EL CUAL, DESDE SU PERSPECTIVA, CONSTITUYE UN USO INDEBIDO DE LA PAUTA, EN VIRTUD DE QUE NO SE HACE REFERENCIA A LA CALIDAD DE CANDIDATO EL CONTENIDO MÍNIMO DE LOS PROMOCIONALES EN RADIO Y TELEVISIÓN QUE PAUTEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS QUE POSTULEN CANDIDATURAS EN COALICIÓN DEBE DEBE CONTENER: A) ELEMENTOS QUE IDENTIFIQUEN A LA PERSONA QUE OSTENTA LA CANDIDATURA Y EL CARGO PARA EL QUE SE LE POSTULA. B) LA MENCIÓN EXPRESA DE QUE LA CANDIDATURA ES POSTULADA POR UNA COALICIÓN Y EL NOMBRE DE LA COALICIÓN DE QUE SE TRATE, O EN SU DEFECTO LOS ELEMENTOS VISUALES Y AUDITIVOS QUE RACIONALMENTE PERMITAN DISTINGUIR QUE SE TRATA DE UNA CANDIDATURA POSTULADA EN COALICIÓN Y C) LA IDENTIFICACIÓN CLARA DEL PARTIDO RESPONSABLE DE LA DIFUSIÓN DEL MENSAJE
SUP-REP-172/2022CASO: DIFUSIÓN DE PROMOCIONALES DENOMINADOS “VOTA KARINA” Y “VOTA MIGUEL” EL ESQUEMA DE COBERTURA DE LA PAUTA A NIVEL ESTATAL SE REALIZA POR ENTIDAD Y NO POR DETERMINADA ÁREA GEOGRÁFICA, POR LO CUAL RESULTA INNECESARIO VERIFICAR QUE LOS SPOTS SE TRANSMITIERON ÚNICAMENTE EN LOS MUNICIPIOS CON ELECCIONES EXTRAORDINARIAS Y, POR ENDE, SI EN VIRTUD DE TAL DIFUSIÓN EN TODO EL ESTADO SE EXCEDIÓ EL NÚMERO DE PROMOCIONALES PERMITIDOS, DADA LA NATURALEZA DEL ESQUEMA DE LA PAUTA
SUP-REP-460/2021CASO: PRESUNTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA ATRIBUIDA AL PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, ORDINARIOS O EXTRAORDINARIOS, PARA EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS FIJADOS PARA LA INTERPOSICIÓN DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN, TODOS LOS DÍAS Y HORAS SON HÁBILES
SUP-REP-301/2021CASO: PROMOCIONAL DENOMINADO “XAVIER NAVA ELLOS MIENTEN” CUIDAR O PREVENIR QUE EL USO DEL EMBLEMA DE UN PROGRAMA NOTICIOSO EN LA PROPAGANDA EMITIDA POR UN PARTIDO POLÍTICO NO SEA EMPLEADO EN UN CONTEXTO DISTINTO AL SENTIDO ORIGINAL DE LA NOTICIA, YA QUE ELLO AFECTA LA LABOR PERIODÍSTICA, AL IMPACTAR EN LA PERCEPCIÓN ENTRE LA CIUDADANÍA DE LA PERSONA MORAL QUE LA EJERCE
SUP-REP-236/2021CASO: MORENA SE ATRIBUYÓ INDEBIDAMENTE CAMPAÑA DE VACUNACIÓN CONTRA COVID LOS CONTENIDOS DE LAS REDES SOCIALES PUEDEN SER SUSCEPTIBLES DE CONSTITUIR UNA INFRACCIÓN EN MATERIA ELECTORAL; ES DECIR, QUE LOS MENSAJES, VIDEOS, FOTOGRAFÍAS O CUALQUIER ELEMENTO AUDIOVISUAL QUE SE DIFUNDA EN UNA RED SOCIAL PUEDE LLEGAR A VIOLAR LAS RESTRICCIONES DE TEMPORALIDAD Y CONTENIDO DE LA PROPAGANDA POLÍTICA O ELECTORAL; Y POR ELLO, SE TORNA NECESARIO SU ANÁLISIS PARA VERIFICAR QUE UNA CONDUCTA EN PRINCIPIO LÍCITA, NO SE PUEDA TORNAR CONTRAVENTORA DE LA NORMATIVA ELECTORAL
SUP-REP-96/2021CASO. CORTINILLAS PREVIAS EN LA TRANSMISIÓN DE PROMOCIONALES EN RADIO EL USO DE FRASES COMO “POR MANDATO DE LEY” Y “A TÍTULO GRATUITO” PODRÍAN NO ENCONTRARSE AMPARADAS POR LOS DERECHOS DE LAS AUDIENCIAS ESTABLECIDOS EN LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
SUP-REP-1/2021CASO: MEDIDAS CAUTELARES POR EL SPOT “TUMOR DE MÉXICO” LAS MEDIDAS CAUTELARES EN MATERIA ELECTORAL CONSTITUYEN UN MECANISMO O INSTRUMENTO JURÍDICO PARA PREVENIR LA POSIBLE AFECTACIÓN A UN DERECHO, A LOS PRINCIPIOS RECTORES EN LA MATERIA, O PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE ALGUNA OBLIGACIÓN JURÍDICA, EN FORMA INMEDIATA Y EFICAZ, Y PREVIAMENTE A CUALQUIER RESOLUCIÓN DE FONDO
SUP-REP-80/2019CASO: FRASES DISCRIMINATORIAS EN CONTRA DE MIGUEL BARBOSA SI UN MENSAJE PRESUPONE QUE CUALQUIER TIPO DE ENFERMEDAD INHABILITA A UNA PERSONA PARA DESEMPEÑAR ACTOS DE GOBIERNO, ELLO IMPLICA EL MENOSPRECIO, EXCLUSIÓN Y MENOSCABO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LAS PERSONAS CON UNA CONDICIÓN DE SALUD ADVERSA.
SUP-REP-60/2019CASO: ALEJANDRO GONZÁLEZ YÁÑEZ, CANDIDATO A PRESIDENTE MUNICIPAL DE DURANGO SI EN LAS CANDIDATURAS QUE PRETENDAN ACCEDER AL CARGO DE ELECCIÓN POPULAR, NO PRECISAN LOS DATOS COMO LA PLENA IDENTIFICACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LAS DIFERENTES OPCIONES POLÍTICAS, ASÍ COMO DE LOS MENSAJES EN LOS CUALES SE PRESENTAN SOLUCIONES A PROBLEMÁTICAS Y LAS ACCIONES A IMPLEMENTAR, SE ATENTA CONTRA LA EMISIÓN DE UN VOTO LIBRE Y DEBIDAMENTE INFORMADO.
SUP-REP-24/2018POR REGLA GENERAL, TRATÁNDOSE DE CONDUCTAS QUE ACTUALICEN UNA VIOLACIÓN DIRECTA A UNA PROHIBICIÓN PREVISTA EN LA CONSTITUCIÓN, LA FALTA SE DEBE CALIFICAR COMO GRAVE
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SUP-JDC-435/2022CASO: LA COMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA PARTIDARIA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EXPULSÓ A QUIRINO ORDAZ COPPEL LA SANCIÓN RELATIVA A LA EXPULSIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO, NO RESULTA EXCESIVA AL ESTABLECERSE EN LA PROPIA NORMA PARTIDISTA, DADO QUE AL CONSIDERARSE COMO UNA CONDUCTA GRAVE, SE ENCUENTRA DENTRODE LA RAZONABILIDAD Y JUSTIFICACIÓN AL PARÁMETRO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 22 CONSTITUCIONAL EN LA MEDIDA QUE LA CONDUCTA COMETIDA POR LAS PERSONAS DIRIGENTES TRASTOCA VALORES DE MAYOR ENTIDAD Y ACEPTACIÓN A TODA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA QUE CONFORMA UN PARTIDO POLÍTICO, LO CUAL NO PUEDE REMEDIARSE CON UNA SANCIÓN MENOR, POR LO QUE LA EXPULSIÓN ES COHERENTE CON EL MODELO QUE BUSCA REPRIMIR CONDUCTAS GRAVES COMETIDAS POR LA DIRIGENCIA
SUP-JDC-1459/2021CASO: SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS PARTIDISTAS DE DOS PERSONAS COMO MILITANTES DE MORENA, AL NO HABERSE ACREDITADO EL ILÍCITO ADMINISTRATIVO ATRIBUIDO, CONSISTENTE EN LA USURPACIÓN DE FUNCIONES NO PUEDE TENERSE POR CONFIGURADA LA USURPACIÓN DE FUNCIONES AL NO ACREDITARSE QUE SE HAYAN EJERCIDO UNA FUNCIÓN PROPIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES, POR LO QUE, AL NO ACREDITARSE LAS CONDUCTAS RESPECTIVAS, NO PUEDE TENERSE POR CONFIGURADO EL ACTO ANTIJURÍDICO
SUP-JDC-1443/2021CASO: RESTITUCIÓN DE DERECHOS PARTIDARIOS A YEIDCKOL POLEVNSKY. LA CADUCIDAD ES UNA FIGURA EXTINTIVA DE LA POTESTAD SANCIONADORA QUE SE ACTUALIZA POR EL TRANSCURSO DE UN TIEMPO RAZONABLE, ENTRE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO Y LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE PONGA FIN A ESE PROCEDIMIENTO
SUP-JDC-1404/2021CASO: PRESUNTA USURPACIÓN DE FUNCIONES. LA PROMOCIÓN DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN PARA QUE UNA AUTORIDAD JURISDICCIONAL SE PRONUNCIE Y DEFINA SI LE ASISTE O NO LA RAZÓN AL PROMOVENTE, NO PUEDE SANCIONARSE POR EL SOLO HECHO DE QUE LA RESOLUCIÓN NO LE FUE FAVORABLE
SUP-JDC-1377/2020CASO: REVOCACIÓN DE CANCELACIÓN DE MILITANCIA DE MORENA LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO SON LAS QUE RESULTAN NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA DEFENSA ADECUADA ANTES DEL ACTO DE PRIVACIÓN
SUP-JDC-1376/2020CASO: REVOCACIÓN DE SANCIÓN IMPUESTA A LA ENTONCES SECRETARIA GENERAL CON FUNCIONES DE PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL LA PERSONA QUE EJERCE EL CARGO DE PRESIDENTE O PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL, ES QUIEN TIENE EL DEBER DE ENTERARSE DEL ESTADO QUE GUARDAN LOS ASUNTOS QUE SON DE SU INJERENCIA, ENTRE ELLOS, LOS MANDATOS DERIVADOS DE RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL ÓRGANO DE JUSTICIA INTRAPARTIDARIO Y LOS DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
SUP-JDC-1171/2020CASO: FALTA DE NOTIFICACIÓN A LA OTRORA SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES DE PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL (CEN) DE MORENA (AMONESTACIÓN A YEIDCKOL POLEVNSKY GURWITZ). EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO BUSCA CONFIRMAR LA LEGALIDAD Y CORRECTA APLICACIÓN DE LAS LEYES, EVITANDO LA INDEFENSIÓN DEL AFECTADO, ANTES QUE LAS AUTORIDADES MODIFIQUEN SU ESFERA JURÍDICA DEFINITIVAMENTE
SUP-JDC-709/2020CASO: AMONESTACIÓN PÚBLICA A MARIO DELGADO POR DIFUSIÓN DE CONSULTA NO HAY ALGUNA PROHIBICIÓN O FACULTAD RESERVADA A ÓRGANOS DEL PARTIDO, PARA QUE LA MILITANCIA PUEDA LLEVAR A CABO EJERCICIOS COMO UNA CONSULTA, Y MENOS AÚN QUE NO PUEDAN DIFUNDIR O DIVULGAR LAS PROPUESTAS O REFLEXIONES
SUP-JDC-1878/2019CASO: AMONESTACIÓN PÚBLICA DE UN INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, POR UNA SUPUESTA PERSUACIÓN A OTROS LEGISLADORES EN EL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA DEL SENADO LOS PARTIDOS POLÍTICOS CARECEN DE COMPETENCIA PARA INICIAR PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES CON MOTIVO DE LA ACTUACIÓN DE UN LEGISLADOR EN EL MARCO DE ALGÚN PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE UN ÓRGANO DE DIRIGENCIA DEL SENADO
SUP-JDC-1877/2019CASO: SOLICITUD DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA DE SEPARAR DEL CARGO A UNA LEGISLADORA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA INTRAPARTIDISTAS NO PUEDEN ORDENAR LA EXPULSIÓN DE UNA INTEGRANTE DE UN GRUPO PARLAMENTARIO
SUP-JDC-1851/2019CASO: COMPETENCIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA CARECE DE COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS QUEJAS RELACIONADAS CON LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO EN EL PADRÓN NACIONAL DE PROTAGONISTAS DEL CAMBIO VERDADERO DE MORENA
SUP-JDC-1572/2019CASO: PRESUNTA VIOLENCIA POLÍTICA DE GENERO EN EL COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL DE MORENA EN GUANAJUATO
SUP-JDC-129/2019CASO: LORENA PIÑON RECUPERA MILITANCIA EN LAS FILAS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INTITUCIONAL LA AUTORIDAD, MILITANTE, O PERSONA LEGITIMADA, AL ENTERARSE DE QUE EXISTE UNA CONDUCTA IRREGULAR, DEBE EJERCER LA FACULTAD QUE TIENE DE INICIAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES O FALTAS ADMINISTRATIVAS, LAS CUALES, DE LLEGARSE A COMPROBAR, EVENTUALMENTE, CULMINARÍAN CON LA APLICACIÓN DE UNA SANCIÓN; DE LO CONTRARIO, LA FACULTAD PARA IMPONER ALGUNA SANCIÓN PODRÍA PRESCRIBIR CUANDO NO SE EJERCE DENTRO DEL PLAZO PREVISTO EN LA NORMA
SUP-JDC-111/2019CASO: LAS DECLARACIONES REALIZADAS POR ALEJANDRO ROJAS DÍAZ DURÁN NO ACTUALIZAN LA INFRACCIÓN A NORMA ALGUNA DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA LOS PARTIDOS POLÍTICOS, COMO ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO, DEBEN SER MÁS TOLERANTES ANTE LA CRÍTICA, INCLUSO AQUÉLLA QUE LE PUEDA RESULTAR SEVERA, VEHEMENTE, MOLESTA O PERTURBADORA, EN ARAS DE MAXIMIZAR EL DERECHO HUMANO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL DEBATE POLÍTICO Y, AL MISMO TIEMPO, INTERPRETAR EN FORMA ESTRICTA LAS RESTRICCIONES A ESE DERECHO PARA NO HACERLO NUGATORIO, PARTICULARMENTE EN EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL, EN DONDE ES NECESARIO PROTEGER Y ALENTAR UN DEBATE INTENSO Y VIGOROSO, PROPIO DE UNA AUTÉNTICA DEMOCRACIA DELIBERATIVA
SUP-JDC-105/2019CASO: EXPULSIÓN DEL PRI DE CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, EXGOBERNADOR DE CHIHUAHUA EL PRINCIPIO DE TAXATIVIDAD SE ACATA CUANDO LA NORMA DESCRIBE CON SUFICIENTE PRECISIÓN LAS CONDUCTAS QUE ESTÁN PROHIBIDAS (COMETER FALTAS DE PROBIDAD O DELITOS EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PÚBLICAS), ASÍ COMO LA SANCIÓN QUE SE IMPONDRÁ A QUIEN INCURRA EN ELLAS (LA EXPULSIÓN DEL PARTIDO)
SUP-JDC-22/2019CASO: CANCELACIÓN DE MEMBRESÍA COMO MILITANTE DEL PRD.
SUP-JDC-557/2018CASO: PROCEDIMIENTO DE EXPULSIÓN DEL EX SENADOR ERNESTO CORDERO ARROYO DEL PAN
SUP-JDC-500/2018CASO EXPULSIÓN DE EUFROSINA CRUZ, JORGE LUIS LAVALLE Y ERNESTO CORDERO LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL PARTIDO NO SE PRONUNCIÓ SOBRE DIVERSOS SEÑALAMIENTOS REFERENTES A LA ADECUACIÓN DE LA CONDUCTA DENUNCIADA, ASÍ COMO DISCRIMINACIÓN Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA
SUP-JDC-43/2018LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ELECTORALES LOCALES DEBEN CONOCER Y RESOLVER LAS IMPUGNACIONES CONTRA ACTOS EMITIDOS POR LOS ÓRGANOS NACIONALES O ESTATALES DE PARTIDOS POLÍTICOS QUE AFECTEN SUS DERECHOS DE AFILIACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
SUP-JDC-27/2018TRATÁNDOSE DE ASUNTOS EN LOS QUE SE COMBATA UNA SANCIÓN, COMO LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS QUE REPERCUTAN EN EL DESEMPEÑO DE UN CARGO PARTIDISTA EN EL ÁMBITO ESTATAL, LA COMPETENCIA SERÁ DE LAS SALAS REGIONALES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE AL DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDANTE, UNA VEZ QUE SE HA CUMPLIDO CON EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD
SUP-REC-498/2022CASO: QUEJA ANTE LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL PARTIDO MORENA QUE DENUNCIA A DIPUTADO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO, POR LA SUPUESTA VULNERACIÓN A LOS DOCUMENTOS BÁSICOS DEL CITADO INSTITUTO POLÍTICO, DERIVADO DE SU POSICIONAMIENTO RESPECTO A UNA REFORMA CONSTITUCIONAL EN EL ESTADO DE JALISCO LA INVIOLABILIDAD PARLAMENTARIA SE LIMITA A PROTEGER AQUELLAS MANIFESTACIONES REALIZADAS POR LAS PERSONAS PARLAMENTARIAS EN EL EJERCICIO DE ALGUNA DE SUS ACTIVIDADES DEFINIDAS EN LA LEY COMO CORRESPONDIENTE AL CARGO, COMO LO PODRÍAN SER SUS INTERVENCIONES EN LAS COMISIONES O EN EL PLENO DEL ÓRGANO LEGISLATIVO
SUP-REP-4/2019CASO: MENSAJE DIFUNDIDO EN LA CUENTA OFICIAL DE TWITTER DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA, CORRESPONDIENTES A LA LXIV LEGISLATURA. DESECHAMIENTO
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SRE-PSC-32/2019REQUISITOS PARA PROTEGER EL INTERÉS SUPERIOR DE UNA PERSONA ADOLESCENTE CUANDO APARECE EN PROPAGANDA POLÍTICO-ELECTORAL.
SUP-JE -1428/2023CASO: MULTA Y AMONESTACIÓN PÚBLICA A PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA OTRORA CANDIDATA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y LA COALICIÓN “VA POR EL ESTADO DE MÉXICO”, POR LA INEXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN DENUNCIADA POR VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ Y USO DE PROGRAMAS SOCIALES Y LA EXISTENCIA DE LA VIOLACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ POR CUANTO HACE A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN “EXPANSIÓN” Y “ADNOTICIAS” LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO LOCAL DEL ESTADO DE MÉXICO, COMO AUTORIDAD SUSTANCIADORA PODRÁ INICIAR PROCEDIMIENTOS DE OFICIO EN CASO DE ADVIERTA HECHOS DISTINTOS A LOS QUE SON OBJETO DE SU CONOCIMIENTO Y ÉSTOS PUEDAN CONSTITUIR DISTINTAS VIOLACIONES ELECTORALES
SUP-JE -1314/2023CASO: QUEJA POR SUPUESTA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NINEZ, DERIVADO DE UN VIDEO PUBLICADO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK EN CONTRA DE PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA Y COALICIÓN “VA POR EL ESTADO DE MÉXICO” INTEGRADA POR LOS PARTIDOS PRI, PRD, PAN, Y NUEVA ALIANZA ESTADO DE MÉXICO. EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A QUIENES JUZGAN, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES.
SUP-JE -1239/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA, ENTONCES PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, POR LA INCLUSIÓN DE LA IMAGEN DE UNA PERSONA MENOR DE EDAD EN PROPAGANDA ELECTORAL; ASÍ COMO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, POR CULPA IN VIGILANDO EN CASO DE NO CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE LOS PADRES, TUTORES O QUIEN EJERZA LA PATRIA POTESTAD Y DE LOS PROPIOS MENORES, ASÍ COMO COMO LA OPINIÓN DE LA NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE, ES NECESARIO DIFUMINAR LAS IMÁGENES DE LOS MENORES DE EDAD, AUN CUANDO SU APARICIÓN SEA INCIDENTAL O PARCIALMENTE IDENTIFICABLE
SUP-JE -1113/2023CASO: QUEJA CONTRA DE PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA Y DEL PRI, POR PRESUNTAMENTE VULNERAR EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ Y POR CULPA IN VIGILANDO, RESPECTIVAMENTE, DERIVADO DE LA PUBLICACIÓN DE UN VIDEO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK DESDE LA CUENTA DE LA DENUNCIADA DONDE SE APRECIAN DOS MENORES EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ DEMANDA DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES LA REALIZACIÓN DE UN ESCRUTIÑO MÁS ESTRICTO EN RELACIÓN CON LA NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LA MEDIDA RELATIVA ANTE SITUACIONES DE RIESGO PARA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
SUP-JE -99/2022CASO: DENUNCIA CONTRA JULIO RAMÓN MENCHACA SALAZAR, EN SU CARÁCTER DE CANDIDATO DE MORENA PARA LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE HIDALGO, EN RAZÓN QUE, A TRAVÉS DE SU PERFIL DE FACEBOOK, PUBLICÓ TRES VIDEOS Y UNA IMAGEN EN DONDE SE APRECIA LA IMAGEN DE MENORES DE EDAD SIN DIFUMINAR SU IMAGEN CONFORME AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ, CUALQUIER NORMA QUE TENGA QUE APLICARSE A UN MENOR DE EDAD EN ALGÚN CASO CONCRETO O QUE PUEDA AFECTAR SUS INTERESES, DEMANDA DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES LA REALIZACIÓN DE UN ESCRUTINIO MUCHO MÁS ESTRICTO EN RELACIÓN CON LA NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LA MEDIDA RELATIVA ANTE SITUACIONES DE RIESGO PARA LAS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
SUP-JE -224/2021CASO. FALTA DE REINCIDENCIA POR PARTE DE MOVIMIENTO CIUDADANO Y SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA ES JURÍDICAMENTE VÁLIDA LA JURISPRUDENCIA 41/2021 EMITIDA POR EL TEPJF, YA QUE AÚN CON LA REFORMA ELECTORAL DE DOS MIL CATORCE, NO TUVO VARIACIÓN EN EL CONTENIDO
SUP-JE -192/2021CASO: RESPONSABILIDAD DE UN CANDIDATO POR AFECTAR EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ AL DIFUNDIR PROPAGANDA CON IMÁGENES DE INFANTES EN FACEBOOK LOS ORDENAMIENTOS IMPONEN A TODAS LAS AUTORIDADES EL DEBER DE ASEGURAR Y GARANTIZAR QUE EN TODOS LOS ASUNTOS, DECISIONES Y POLÍTICAS PÚBLICAS EN LAS QUE SE VEAN INVOLUCRADOS LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, TENGAN EL DISFRUTE Y GOCE DE TODOS SUS DERECHOS HUMANOS, TANTO A NIVEL CONSTITUCIONAL COMO CONVENCIONAL, CON UNA CATEGORÍA QUE IMPONE UN DEBER REFORZADO DE CUIDADO
SUP-JE -183/2021CASO: CONSENTIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD EN LA PROPAGANDA ELECTORAL LA EXIGENCIA DEL CONSENTIMIENTO DE QUIENES EJERCEN LA PATRIA POTESTAD A EFECTO DE AUTORIZAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS MENORES EN ACTOS POLÍTICOS SE SATISFACE CON LA MANIFESTACIÓN INDIVIDUAL DE LA VOLUNTAD DE UNO DE LOS PADRES, CUANDO SE DEMUESTRE QUE SE TRATA DE UNA FAMILIA MONOPARENTAL
SUP-JE -157/2021CASO: VULNERACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ EL DERECHO A LA IMAGEN ES UNO DE LOS DERECHOS ESENCIALES DE LA PERSONA QUE, TRATÁNDOSE DE MENORES DE EDAD, REQUIERE DE UN ESCRUTINIO MÁS ESTRICTO SOBRE SU DIFUSIÓN, REPRODUCCIÓN O CAPTURA, DERIVADO DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-REC-2280/2021CASO. SANCIÓN IMPUESTA A UN CANDIDATO A DIPUTADO LOCAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO. LA EXTINCIÓN DE LA FACULTAD SANCIONADORA EN EL PLAZO DE UN AÑO, SE HA CONSIDERADO IDÓNEA Y QUE GARANTIZA LOS PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO, ASÍ COMO LA POSIBILIDAD DE ENDEREZAR UNA ADECUADA DEFENSA
SUP-REP-719/2024CASO: FALTA AL DEBER DE CUIDADO CON MOTIVO DE LA EXISTENCIA DE LA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ COMETIDA POR MANUEL VELASCO COELLO SE DETERMINÓ LA EXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN CON MOTIVO DE LA APARICIÓN INDEBIDA DE DOS PERSONAS MENORES DE EDAD DE MANERA DIRECTA EN LAS IMÁGENES DENUNCIADAS
SUP-REP-550/2024CASO: APARICIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD Y SU INTERACCIÓN CON BEBIDAS ALCOHÓLICAS LAS REGLAS QUE DEBEN CUMPLIRSE CON LA APARICIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES ESTÁN RELACIONADAS, PRINCIPALMENTE, CON EL PRINCIPIO AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-REP-228/2024CASO: DIFUSIÓN DE PROPAGANDA POLÍTICA QUE VULNERÓ EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ POR PARTE DE CLAUDIA SHEINBAUM PARDO LA NORMATIVA EN FORMA ALGUNA EXIGE, EN EL CASO DE QUE NO SE CUENTE CON EL CONSENTIMIENTO INFORMADO CORRESPONDIENTE, QUE SE ELIMINE PUBLICACIÓN EN LA QUE APARECEN MENORES DE EDAD
SUP-REP-226/2024CASO: VULNERACIÓN A LAS REGLAS DE DIFUSIÓN DE PROPAGANDA POLÍTICA O ELECTORAL POR LA INCLUSIÓN DE NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES NO HAY ELEMENTOS SUFICIENTES PARA ACREDITAR QUE LOS MENORES SEAN COMPLETAMENTE IDENTIFICABLES Y, CON ELLO, QUE SE HUBIERA VULNERADO EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-REP-93/2024CASO: DIFUSIÓN DE UN VIDEO EN YOUTUBE, CON LA APARICIÓN DE ROSTROS IDENTIFICABLES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES DE MANERA FUNDADA Y MOTIVADA SE DETERMINÓ QUE, NO EXISTÍAN INDICIOS RESPECTO DE VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ, TODA VEZ QUE, EL MATERIAL DENUNCIADO SE TRATABA DE UN VIDEO ELABORADO HACE MAS DE DIECIOCHO AÑOS, CUANDO LOS LINEAMIENTOS EN LA MATERIA NO ESTABAN VIGENTES, DE AHÍ QUE, AL SER UN MATERIAL ANTIGUO, PODÍA INFERIRSE QUE LOS MENORES QUE APARECIERON YA SON MAYORES DE EDAD, AUNADO A QUE EL MATERIAL NO CONTENÍA MANIFESTACIONES PARTIDISTAS
SUP-REP-14/2024CASO: MARCELO EBRARD POR LA PRESUNTA VULNERACIÓN A LAS REGLAS DE DIFUSIÓN DE PROPAGANDA POLÍTICA QUE AFECTE EL INTERES SUPERIOR DE LA NIÑEZ. PARA DETERMINAR QUE SE ACTUALIZA LA REINCIDENCIA DE UNA INFRACCIÓN, Y QUE CON ELLA SE AFECTE O PONGA EN PELIGRO EL MISMO BIEN JURÍDICO PROTEGIDO POR LA NORMA.
SUP-REP-598/2023CASO. DENUNCIA PRESENTADA POR MORENA EN CONTRA DE QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES POR LA PRESUNTA REALIZACIÓN DE PROPAGANDA POLÍTICA, CALUMNIA Y USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS EN ANUNCIOS ESPECTACULARES Y EL "DIARIO DE YUCATÁN", EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN; DERIVADO DE LA INCORPORACIÓN DEL SENADOR JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN AL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, Y POR LA ADHESIÓN DEL DIPUTADO FEDERAL ROMMEL AGHMED PACHECO MARRUFO A MORENA PARA ACTUALIZAR LA COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD ELECTORAL LOCAL, LA INFRACCIÓN DEBE ESTAR PREVISTA A NIVEL LOCAL, CONFORME A LOS CRITERIOS RECIENTES DE ESTA SALA SUPERIOR, ESTA DIRECTRIZ IMPLICA QUE TANTO LA CONDUCTA COMO EL SUJETO AL CUAL SE LE ATRIBUYE DEBEN ESTAR PREVISTOS EXPRESAMENTE EN LA NORMATIVA LOCAL Y, POR ENDE, SUJETOS A LA COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD LOCAL CORRESPONDIENTE
SUP-REP-298/2023CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN POR LA SUPUESTA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ EN EL CASO DE CUALQUIER DENUNCIA CONTRA LA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ, MERECE UN ESCRUTINIO MUCHO MÁS ESTRICTO Y ESCRUPULOSO EN SU INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN, AL SER UNA CONSIDERACIÓN PRIMORDIAL QUE DEBE ATENDERSE SIEMPRE QUE SE ESTÉ EN PRESENCIA DE POSIBLES ACTOS QUE PUDIERAN AFECTAR LOS INTERESES DE LAS DE NIÑAS, NIÑOS Y/O ADOLESCENTES (NNA), COMO LO ES EL DERECHO A QUE SE RESPETE SU IMAGEN
SUP-REP-706/2022CASO: INFRACCIÓN ATRIBUIDA AL PARTIDO DEL TRABAJO, POR LA VULNERACIÓN A LAS REGLAS DE PROPAGANDA AL INCLUIR IMÁGENES CON NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL PROMOCIONAL DENOMINADO “TLAXCALA IRMA 2” EL USO INDEBIDO DE LA PAUTA SE PUEDE ACTUALIZAR AUN CUANDO EL PROMOCIONAL NO SE HAYA DIFUNDIDO EN TELEVISIÓN, SIEMPRE QUE SE HAYA PUESTO A DISPOSICIÓN DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL, O BIEN ALOJADO EN EL PORTAL DE PAUTAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SUP-REP-192/202212.SUP-REP-192/2022 CASO: TRANSMISIÓN DEL SPOT “MARINA ORGULLO” EN LA QUE APARECE UNA NIÑA PARA LA PRECAMPAÑA LOCAL DEL PARTIDO MORENA EN DURANGO PARA LA APARICIÓN DE NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES EN PROPAGANDA DE CAMPAÑA, SE REQUIERE EL CONSENTIMIENTO DE QUIEN O QUIENES EJERZAN LA PATRIA POTESTAD, O BIEN, LA AUTORIDAD QUE DEBA SUPLIRLES
SUP-REP-256/2021CASO: PROBABLE COMISIÓN DE HECHOS PRESUNTAMENTE CONTRAVENTORES DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN MATERIA POLÍTICO-ELECTORAL LOS CONTENIDOS ALOJADOS EN REDES SOCIALES -COMO FACEBOOK-, A DIFERENCIA DE OTRA PUBLICIDAD COMO LOS PROMOCIONALES DIFUNDIDOS A TRAVÉS DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN, LLEVAN IMPLÍCITO UN ELEMENTO VOLITIVO, QUE SUPONE CIERTO CONOCIMIENTO DEL CONTENIDO BUSCADO Y LA INTENCIÓN DE QUIEN DESEA ACCEDER A DETERMINADO PROMOCIONAL PARA VERLO
SUP-REP-176/2020CASO. VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ POR DIVERSAS PUBLICACIONES REALIZADAS A TRAVÉS DE UN PERFIL DE FACEBOOK DEL CANDIDATO A DIPUTADO FEDERAL
SUP-REP-95/2019CASO: AMONESTACIÓN AL CANDIDATO ENRIQUE CÁRDENAS SÁNCHEZ LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS TIENEN DERECHO A EXPRESAR SU OPINIÓN EN TODAS LAS DECISIONES QUE PUDIERAN BENEFICIARLE O AFECTARLE, PARA LO CUAL, RESULTA MENESTER CONSIDERARLOS COMO UN GRUPO QUE DEBE SER ESCUCHADO
SUP-REP-716/2018CASO IMAGEN DE MENORES EN FACEBOOK Y TWITTER DE LA CANDIDATA SAYONARA VARGAS RODRÍGUEZ
SUP-REP-709/2018CASO IMAGÉN DE MENOR DE EDAD EN FACEBOOK DEL CANDIDATO JULIO RAMÓN MENCHACA SALAZAR
SUP-REP-708/2018CASO IMÁGENES DE NIÑOS INDÍGENAS EN FACEBOOK
SUP-REP-594/2018CASO “¿Y SI LOS NIÑOS FUERAN CANDIDATOS?” EN PROPAGANDA PAUTADA POR PERSONAS FÍSICAS O MORALES DISTINTAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS, CANDIDATOS, COALICIONES O AUTORIDADES ELECTORALES, NO LES ES EXIGIBLE EL REQUISITO DE CONTAR CON LA OPINIÓN DOCUMENTADA DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y/O ADOLESCENTES
SUP-REP-38/2018SE DEBE CONTAR CON LOS PERMISOS DE LOS PADRES POR ESCRITO PARA LA APARICIÓN DE LOS MENORES EN UN PROMOCIONAL
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SM -JDC-124/2018SEPARACIÓN DEL CARGO, SU PROCEDENCIA
SM -JRC-8/2020LAS LEGISLATURAS LOCALES NO TIENEN LA FACULTAD DE DETERMINAR LOS CARGOS PARA LOS QUE SE REQUIERE SER MEXICANO POR NACIMIENTO.
SUP-JDC-354/2024CASO: CANDIDATURA POR ACCIÓN AFIRMATIVA (PADECIMIENTO DE FIBROMIALGIA TIPO 2) ES CONVENCIONAL DISTINGUIR ENTRE DIVERSOS TIPOS DE DISCAPACIDAD PARA EFECTO DE GARANTIZAR EL ACCESO A LOS CARGOS DE REPRESENTACIÓN PÚBLICA SOLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PERMANENTE, A TRAVÉS DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS
SUP-JDC-306/2024CASO: CAUSA DE INELEGIBILIDAD LA SOLA INSCRIPCIÓN EN EL CATÁLOGO DE PERSONAS SANCIONADAS EN MATERIA DE VPG SE REQUIERE QUE EXISTA UNA SENTENCIA DEFINITIVA Y FIRME EN LA QUE SE HAYA CONDENADO A UNA PERSONA POR EL DELITO DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO
SUP-JDC-486/2021CASO. CANDIDATO A DIPUTADO FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE RP EN EL NÚMERO UNO DE LISTA DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN, POSTULADO POR MORENA
SUP-RAP-108/2024CASO: CONFIRMACIÓN DE REGISTRO COMO CANDIDATO DEL PAN AL SENADO DE LA REPÚBLICA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EL CANDIDATO NO SE ENCUENTRA SUSPENDIDO EN EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS POLÍTICOS
SUP-RAP-102/2024CASO: REVOCACIÓN DE REGISTRO DEL CANDIDATO DEL PAN A DIPUTADO FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL POR ENCONTRARSE SUSTRAÍDO DE LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA EL CANDIDATO ES INELEGIBLE PORQUE EXISTEN ÓRDENES DE APREHENSIÓN EN SU CONTRA Y POR ESTAR SUSTRAÍDO DE LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA
SUP-REC-71/2021CASO. DERECHO A REELECCIÓN PARA LAS PERSONAS QUE ACCEDIERON AL CARGO MEDIANTE UN PARTIDO POLÍTICO A DIFERENCIA DE LAS REGLAS DE REELECCIÓN PARA LAS PERSONAS QUE ACCEDIERON AL CARGO MEDIANTE UN PARTIDO POLÍTICO, PARA LAS PERSONAS ELECTAS POR CANDIDATURA INDEPENDIENTE NO EXISTE LINEAMIENTO O CONDICIONANTE CONSTITUCIONAL ALGUNA EN TORNO A LA FORMA O EL MECANISMO QUE DEBEN CUMPLIR PARA REELEGIRSE EN EL CARGO
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SM -JDC-525/2018PROCEDENCIA EN LOS REGISTROS DE CANDIDATURAS, CUANDO SE ENCUENTRAN POSTULADOS POR UNA COALICIÓN
SUP-JDC-1067/2021CASO: CONTROL DE LA REGULARIDAD CONSTITUCIONAL POR UN ÓRGANO DE JUSTICIA PARTIDISTA UN ÓRGANO INTERNO DE JUSTICIA PARTIDARIA VÁLIDAMENTE PUEDE INAPLICAR UNA NORMA ESTATUTARIA POR CONSIDERARLA CONTRARIA A LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, DADO QUE, CONFORME AL DISPOSITIVO CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO LA NORMATIVA, TODAS LAS AUTORIDADES, INCLUYENDO LAS VINCULADAS CON LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA AL INTERIOR DE LOS INSTITUTOS POLÍTICOS, SE ENCUENTRAN COMPELIDAS A PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS, FAVORECIENDO A LAS PERSONAS CON LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA
SUP-JDC-1016/2021CASO: CANDIDATO A REELECCIÓN NO CUMPLIÓ PROCESO PARA SER POSTULADO COMO DIPUTADO FEDERAL LA ELECCIÓN SUCESIVA O REELECCIÓN CONSTITUYE UNA MODALIDAD DEL DERECHO A VOTAR Y, COMO TAL, ES SUSCEPTIBLE DE SER MODULADA O RESTRINGIDA, A PARTIR DE UN EJERCICIO DE PONDERACIÓN CON OTROS DERECHOS O VALORES CONSTITUCIONALMENTE RELEVANTES
SUP-JE -160/2021CASO: AMONESTACIÓN A LAS Y LOS MAGISTRADOS QUE INTEGRAN EL TRIBUNAL ELECTORAL DE MICHOACÁN LA AMONESTACIÓN ES EL EXTRAÑAMIENTO VERBAL O ESCRITO CON LA EXHORTACIÓN DE ENMENDAR LA CONDUCTA O UNA REPRESIÓN PARA QUE NO SE REITERE UN COMPORTAMIENTO QUE SE CONSIDERA INDEBIDO
SUP-JE -159/2021CASO: INDEBIDA MEDIDA DE APREMIO CONSISTENTE EN UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA A LAS Y LOS MAGISTRADOS EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN TODA MEDIDA DE APREMIO ATIENDE A LA NECESIDAD DE QUE LOS JUZGADORES PUEDAN HACER CUMPLIR SUS DETERMINACIONES, NO MENOS LO ES QUE PREVIAMENTE A SU IMPOSICIÓN EL OPERADOR JURÍDICO DEBE EXAMINAR EL CONTEXTO DEL CASO Y VERIFICAR SI EL SUJETO PASIVO CUMPLIÓ O NO LA OBLIGACIÓN EXIGIDA, ASÍ COMO SI EXISTIERON CAUSAS QUE RAZONABLEMENTE PERMITIERAN CONSIDERAR JUSTIFICADA UNA DEMORA EN SU CUMPLIMIENTO
SUP-REC-788/2021CASO: EN PROCESO ELECTORAL TODOS LOS DÍAS SON HÁBILES EN EL CASO, LA DEMANDA SE PRESENTÓ DE MANERA EXTEMPORÁNEA, TODA VEZ QUE, EL PLAZO TRANSCURRIÓ DEL SIETE AL NUEVE DE JUNIO, CONTANDO TODOS LOS DÍAS COMO HÁBILES, POR TRATARSE DE UN ACTO RELACIONADO CON EL PROCESO ELECTORAL LOCAL EN GUERRERO
SUP-REP-265/2021CASO: SUPUESTO USO DE SÍMBOLOS RELIGIOSOS EN LA PROPAGANDA ELECTORAL LA LIBERTAD RELIGIOSA ES UN DERECHO FUNDAMENTAL, QUE SE ENCUENTRA TUTELADO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONALMENTE, POR LO QUE, PARA LA ADMISIÓN DE UNA DENUNCIA EN ESTE TIPO DE CASOS, SE REQUIERE UN ANÁLISIS ESTRICTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS POR EL DENUNCIANTE, QUE HAGAN OBJETIVA Y RAZONABLEMENTE PROBABLE QUE LOS HECHOS MATERIA DE QUEJA PUDIERAN CONSTITUIR UNA VIOLACIÓN ELECTORAL
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SUP-CDC-4/2019CASO: CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS SOBRE LA OBTENCIÓN DEL REGISTRO DE UN PARTIDO POLÍTICO EN EL AMBITO LOCAL
SUP-JDC-471/2022CASO: CONSULTA REALIZADA AL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES, SOBRE DIVERSOS TEMAS VINCULADOS A LA INCLUSIÓN DE LA COMUNIDAD LGBTTTIQ+ EN LA ELECCIÓN A LA GUBERNATURA LOS REGLAMENTOS TIENEN COMO LÍMITE NATURAL LOS ALCANCES DE LAS DISPOSICIONES A LAS QUE REGLAMENTAN; POR ENDE, SOLAMENTE PUEDEN DETALLAR LAS HIPÓTESIS Y SUPUESTOS NORMATIVOS LEGALES PARA SU APLICACIÓN, SIN INCLUIR NUEVOS QUE SEAN CONTRARIOS A LA SISTEMÁTICA JURÍDICA, NI CREAR LIMITANTES DISTINTAS A LAS PREVISTAS EXPRESAMENTE EN LA LEY
SUP-JDC-115/2022CASO: IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS EN FAVOR DE LAS MUJERES, EN CONCRETO, LA APLICACIÓN DE LA ALTERNANCIA DE GÉNERO EN LA POSTULACIÓN DE LAS CANDIDATURAS A LA GUBERNATURA DE OAXACA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ACCIÓN AFIRMATIVA A QUE SE POSTULEN SÓLO MUJERES AL CARGO DE GUBERNATURA DE OAXACA, CORRESPONDE AL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO Y NO A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL
SUP-RAP-143/2022CASO: UTILIZACIÓN DE RECURSOS SIN AUTORIZACIÓN DEL INTERVENTOR, POR PARTE DE PRESIDENTE Y SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTONCES PARTIDO FUERZA POR MÉXICO TODOS LOS GASTOS Y OPERACIONES QUE REALICE UN PARTIDO POLÍTICO EN PREVENCIÓN DEBEN SER AUTORIZADOS POR EL INTERVENTOR, DE AHÍ TAMBIÉN LA IMPORTANCIA DE MANTENER UNA COMUNICACIÓN DIRECTA ENTRE EL AUDITOR Y EL INSTITUTO POLÍTICO, A FIN DE PROPICIAR LA TOMA DE DECISIONES DE MANERA EFICAZ Y EXPEDITA
SUP-RAP-422/2021CASO: PÉRDIDA DE REGISTRO DEL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO REDES SOCIALES PROGRESISTAS. LA CONSTITUCIÓN ESTABLECE DE MANERA CLARA Y PRECISA EL PONCENTAJE REQUERIDO PARA QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS LOGREN CONSERVAR SU REGISTRO, LO CUAL GIRA EN TORNO A UN NÚCLEO FUNDAMENTAL DE REPRESENTATIVIDAD MÍNIMA
SUP-RAP-420/2021CASO: CANCELACIÓN DE REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO FUERZA POR MÉXICO. PARA QUE LA REGLA CONSTITUCIONAL REFERENTE A LA CONSERVACIÓN DEL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO PUEDA APLICARSE DE FORMA DIFERENCIADA, NECESARIAMENTE DEBE ACREDITARSE PLENAMENTE UNA SITUACIÓN IMPREVISTA QUE AFECTARA LAS NORMAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RELACIONADOS CON LAS CONDICIONES EQUITATIVAS CON LAS QUE CUENTAN LOS PARTIDOS POLÍTICOS, CON MOTIVO DE LA SITUACIÓN EXTRAORDINARIA PRODUCIDA POR LA PANDEMIA DE LA ENFERMEDAD COVID-19 Y DE SUS IMPLICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN Y EN SU PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL
SUP-RAP-26/2019CASO: DEFICIENCIAS EN EL CONVENIO DE COALICIÓN PARA PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN A LA GOBERNATURA DEL ESTADO DE PUEBLA
SUP-RAP-384/2018CASO PÉRDIDA DE REGISTRO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA PARA CONSERVAR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO NACIONAL, ES NECESARIO OBTENER COMO MÍNIMO EL TRES POR CIENTO DEL TOTAL DE LA VOTACIÓN VÁLIDA EMITIDA EN CUALQUIERA DE LAS ELECCIONES
SUP-RAP-383/2018CASO: PÉRDIDA DE REGISTRO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL (PES)
SUP-REC-2132/2021CASO. REGISTRO DE MOVIMIENTO AUTÉNTICO SOCIAL (MAS ) Y CONFIANZA POR QUINTANA ROO (CQRoo ) COMO PARTIDOS POLÍTICOS LOCALES. TODA NORMA CONSTITUCIONAL PUEDE ESTAR RELACIONADA CON EL EJERCICIO DE UN DERECHO HUMANO, COMO EL DERECHO DE ASOCIACIÓN, POR LO QUE TODA LEY LOCAL, DEBE ESTAR ADECUADA A LA CPEUM, MÁS NO SER RESTRICTIVAS DE LAS CONDICIONES CONSTITUCIONALES PARA EJERCER DERECHOS HUMANOS.
SUP-REP-635/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN, POR EL PRESUNTO USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y TRANSGRESIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD E IMPARCIALIDAD EN LA CONTIENDA, ASÍ COMO EN CONTRA DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA POR SU OMISIÓN AL DEBER DE CUIDADO, DERIVADO DE LA PARTICIPACIÓN DEL ENTONCES DENUNCIADO EN EL EVENTO PROSELITISTA DE CAMPAÑA DE AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, REALIZADO EL QUINCE DE MAYO. DICHA DENUNCIA FUE PRESENTADA ANTE EL INSTITUTO LOCAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EL ILÍCITO CONSTITUCIONAL COMPRENDE LAS CONDUCTAS COMETIDAS POR LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS POR SU ASISTENCIA A EVENTOS PROSELITISTAS, QUE SE APARTAN DE LAS PROHIBICIONES Y LÍMITES CONSTITUCIONALES
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SM -JRC-198/2024Tema: Sustitución de candidaturas. CRITERIO: LA SUSTITUCIÓN DE CANDIDATURAS POR CAUSAS DE FALLECIMIENTO, INHABILITACIÓN, INCAPACIDAD FÍSICA O MENTAL O POR RENUNCIAS DEFINITIVAS E IRREVOCABLES DE LA CIUDADANÍA, PUEDE REALIZARSE HASTA ANTES DE LA JORNADA ELECTORAL.
SM -JRC-148/2018El cumplimiento con el principio de paridad debe operar en todo momento y no puede verse afectado por las sustituciones de las candidaturas que, en su caso y por alguna razón realicen los partidos o coaliciones.
SUP-JDC-1041/2021CASO: REGISTRO DE LAS CANDIDATAS SUSTITUTAS A DIPUTADAS FEDERALES PROPIETARIAS POR EL PRINCIPIO DE RP DE MORENA AUN Y CUANDO LAS PERSONAS DESIGNADAS COMO CANDIDATAS NO PARTICIPARON EN EL PROCESO DE SELECCIÓN AL INTERIOR DE MORENA, SU REGISTRO OBEDECIÓ A UNA DECISIÓN INTERNA DE DICHO PARTIDO POLÍTICO, MOTIVADA POR LA EXISTENCIA DE UNA CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA, POR LO QUE SE ESTIMÓ QUE EL ACUERDO CONTROVERTIDO SE ENCONTRABA AJUSTADO A DERECHO
SUP-JRC-73/2021CASO. SANCIÓN CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA DEL DERECHO A SER REGISTRADO EXCLUSIVAMENTE AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE MORELIA MICHOACÁN, EN EL PROCESO ELECTORAL EN CURSO. EFECTOS DE LA SANCIÓN RELATIVA A LA PÉRDIDA DEL DERECHO A SER REGISTRADO A LA CANDIDATURA DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL POR LA OMISIÓN DE PRESENTAR INFORME DE PRECAMPAÑA TAMBIÉN APLICAN PARA LAS CANDIDATURAS A LA GUBERNATURA
SUP-REC-661/2021CASO. LINEAMIENTOS PARA LA ELECCIÓN CONSECUTIVA DE DIPUTACIONES, ERA NECESARIO CONTENDER POR EL MISMO DISTRITO. PARA LA ELECCIÓN CONSECUTIVA DE DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA SE REQUIERE SER POSTULADO POR EL MISMO DISTRITO
SUP-REC-612/2021CASO. COALICIÓN Y CANDIDATURAS COMUNES COINCIDEN EN CUANTO A QUE SE TRATA DE LA UNIÓN O ASOCIACIÓN DE DOS O MÁS PARTIDOS CON LA FINALIDAD DE POSTULAR AL MISMO CANDIDATO.
SUP-REC-389/2019CASO: SUSTITUCIONES DE CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO AL NO TRATARSE DE UN TEMA DE CONSTITUCIONALIDAD QUE ACTUALICE UN SUPUESTO PARA ADMITIR EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, SE DEBE DESECHAR LA DEMANDA
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ST -JRC-1/2020
ST -RAP-21/2019
ST -RAP-18/2019
SUP-JE -1470/2023CASO: IMPUGNACIÓN RESPECTO DE LA DETERMINACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL DE TENER SÓLO TRES DÍAS, TRAS FINALIZAR LAS PRECAMPAÑAS, PARA ENTREGAR SUS INFORMES DE GASTOS E INGRESOS EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL TIENE ATRIBUCIONES SUFICIENTES PARA MODIFICAR O REDUCIR LOS PLAZOS LEGALMENTE PREVISTOS EN LA NORMATIVA ELECTORAL PARA LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERALES Y LOCALES, EN ARAS DE GARANTIZAR SU ADECUADO DESARROLLO Y ORGANIZACIÓN, SIEMPRE Y CUANDO FUNDE Y MOTIVE SU ACTUACIÓN
SUP-JE -77/2019CASO: IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRI, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL QUINCE, RELATIVAS AL ESTADO DE MICHOACÁN
SUP-RAP-137/2024CASO: APLICACIÓN DE RECURSOS Y CUMPLIMIENTO DEL GASTO CORRESPONDIENTE AL RUBRO DE CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL LIDERAZGO POLÍTICO DE LAS MUJERES LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL, DEBIÓ REALIZAR UN MAYOR NÚMERO DE DILIGENCIAS CON LAS PERSONAS INVOLUCRADAS Y QUE PROBABLEMENTE PARTICIPARON EN LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN, PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL LIDERAZGO POLÍTICO DE LAS MUJERES, A FIN DE OBTENER CONCLUSIONES OBJETIVAS Y VERIFICABLES SOBRE LA EXISTENCIA DE LOS CURSOS Y LA PARTICIPACIÓN DE LAS ESTUDIANTES
SUP-RAP-392/2022CASO: LA REVISIÓN A LA CUENTA “INGRESOS POR TRANSFERENCIA” SUBCUENTA “INGRESOS POR TRANSFERENCIAS DE LOS COMITÉS EJECUTIVOS ESTATALES (OPERACIÓN ORDINARIA)” AL CEN, ASÍ COMO DE “INGRESOS POR TRANSFERENCIA EN EFECTIVO AL CEN”, ATRIBUIDOS A MORENA LOS SUJETOS OBLIGADOS, POR NINGÚN MOTIVO PODRÁN PRESENTAR NUEVAS VERSIONES DE LOS INFORMES SIN PREVIO REQUERIMIENTO DE LA UNIDAD TÉCNICA. LOS CAMBIOS DE LOS INFORMES PRESENTADOS SOLAMENTE SERÁN RESULTADO DE LA SOLICITUD DE AJUSTE A LOS MISMOS HECHA POR LA AUTORIDAD.
SUP-RAP-346/2022CASO: IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA LA AUTORIDAD FISCALIZADORA ESTÁ OBLIGADA A GRADUAR E INDIVIDUALIZAR LA SANCIÓN, DE ACUERDO CON LAS CIRCUNSTANCIAS EN QUE FUE COMETIDA LA FALTA, LA CAPACIDAD ECONÓMICA Y LOS ELEMENTOS OBJETIVOS Y SUBJETIVOS QUE CONCURRIERON EN LA COMISIÓN, CONFORME A LOS PARÁMETROS Y CRITERIOS PREVIAMENTE ESTABLECIDOS EN LEY Y LA JURISPRUDENCIA TRAZADA POR ESTA SALA SUPERIOR
SUP-RAP-106/2022CASO: CONCLUSIONES SANCIONATORIAS IMPUESTAS POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL QUE DERIVARON DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRD, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DOS MIL VEINTE BASTA CON QUE SE LE HAYA OTORGADO EN SEGUNDA VUELTA AL PARTIDO POLÍTICO LA OPORTUNIDAD DE SUBSANAR LA OMISIÓN OBSERVADA, PARA QUE SE TENGA POR RESPETADO EL DERECHO DE AUDIENCIA
SUP-RAP-101/2022CASO: FIDEICOMISO DE MORENA PARA LA COMPRA DE BIENES INMUEBLES SE ESTIMA QUE DE UNA INTERPRETACIÓN CONFORME Y SISTEMÁTICA DEL ARTÍCULO 150, PÁRRAFO 11, DEL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN, A LA LUZ DEL ARTÍCULO 41, BASES I Y II, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL QUE PREVÉ LOS FINES CONSTITUCIONALMENTE VÁLIDOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y, UN RÉGIMEN JURÍDICO PROPIO Y ESPECÍFICO EN CUANTO A LA FISCALIZACIÓN DE LOS RECURSOS OTORGADOS A ESTOS, PUEDE INTERPRETARSE EN FAVOR DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA ESTABLECER UNA FINALIDAD LÍCITA RESPECTO A LA FORMA DE FINANCIARSE PARA LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y SU EVENTUAL MEJORA
SUP-RAP-78/2022CASO: EL PAN IMPUGNÓ EL DICTAMEN CONSOLIDADO Y LA RESOLUCIÓN IDENTIFICADOS CON LAS CLAVES INE/CG106/2022 E INE/CG107/2022, EMITIDOS POR EL CONSEJO GENERAL DEL INE, RESPECTO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE LOS INGRESOS Y GASTOS QUE PRESENTAN LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL VEINTE LAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN, CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS CONDUCEN A LA DETERMINACIÓN DE QUE LA FISCALIZACIÓN DE LOS GASTOS QUE RECIBEN POR CONCEPTO DE FINANCIAMIENTO SE PUEDE LLEVAR A CABO DE MANERA VERAZ, OBJETIVA Y CON EFICACIA, MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE, LA CUAL DEBE IR ACOMPAÑADA DE LOS REGISTROS CONTABLES. EN CONSECUENCIA, LA OMISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LOS MISMOS ACTUALIZA UNA FALTA EN LA COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS REALIZADOS
SUP-RAP-21/2019INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PARTIDO DEL TRABAJO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2017
SUP-REC-249/2022CASO: FISCALIZACIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE MORENA, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL VEINTE NO SE ESTÁ OBLIGADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS A REINTEGRAR A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN LOS REMANENTES DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DESTINADOS AL FIDEICOMISO PARA LA COMPRA DE INMUEBLES
SUP-REC-617/2019CASO: APORTACIÓN EN ESPECIE AL PRI, POR ENTE PROHIBIDO LA INSTITUCIÓN FIDUCIARIA BANCO MEXICANO ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, LO QUE LE DA EL CARÁCTER DE PERSONA MORAL; DE AHÍ QUE TENGA VEDADO REALIZAR APORTACIONES AL PARTIDO
SUP-REC-380/2019CASO: INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS QUE PRESENTAN LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES, CON ACREDITACIÓN LOCAL Y CON REGISTRO LOCAL, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL DIECISIETE, EN EL ESTADO DE PUEBLA LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO TIENEN LA POSIBILIDAD DE FUNGIR COMO ARRENDADORES DE SUS BIENES INMUEBLES PARA OBTENER INGRESOS
SUP-REP-106/2022CASO: PROMOCIONAL DENOMINADO “UNIDOS POR UN MÉXICO MEJOR ENERGÍAS LIMPIAS” LOS MENSAJES QUE SÓLO POSICIONAN LA CRÍTICA DEL PARTIDO RESPECTO DE UN TEMA DE INTERÉS GENERAL, DEBEN ANALIZARSE RESPECTO AL USO DE EQUIVALENTES FUNCIONALES PARA LLAMAR A VOTAR
SX -RAP-60/2019
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SUP-RAP-287/2022CASO. MINISTRACIONES AL PARTIDO POLÍTICO FUERZA POR MÉXICO (FXM), EN ELECCIONES EXTRAORDINARIAS LOCALES EN UNA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA UN PARTIDO POLÍTICO PUEDE TENER DERECHO A FINANCIAMIENTO PÚBLICO, EN CUYO CASO, EL INTERVENTOR SERÁ EL RESPONSABLE DE LOS GASTOS QUE
SUP-RAP-143/2022CASO: UTILIZACIÓN DE RECURSOS SIN AUTORIZACIÓN DEL INTERVENTOR, POR PARTE DE PRESIDENTE Y SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTONCES PARTIDO FUERZA POR MÉXICO TODOS LOS GASTOS Y OPERACIONES QUE REALICE UN PARTIDO POLÍTICO EN PREVENCIÓN DEBEN SER AUTORIZADOS POR EL INTERVENTOR, DE AHÍ TAMBIÉN LA IMPORTANCIA DE MANTENER UNA COMUNICACIÓN DIRECTA ENTRE EL AUDITOR Y EL INSTITUTO POLÍTICO, A FIN DE PROPICIAR LA TOMA DE DECISIONES DE MANERA EFICAZ Y EXPEDITA
SUP-RAP-93/2019CASO: LINEAMIENTOS PARA LLEVAR A CABO LA TRANSMISIÓN DEL PATRIMONIO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES EN LIQUIDACIÓN, A LOS NUEVOS PARTIDOS LOCALES EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS LAS MANIFESTACIONES FORMULADAS EN LA DEMANDA, TIENEN LA NATURALEZA DE UNA CONFESIÓN Y CONSTITUYE PRUEBA PLENA, DADO QUE SON DECLARACIONES ESPONTÁNEAS DE LOS RECURRENTES Y LIBRES DE COACCIÓN RESPECTO DE HECHOS PROPIOS
SUP-RAP-84/2019CASO: TRANSMISIÓN PATRIMONIAL DE PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES EN LIQUIDACIÓN LA FACULTAD REGLAMENTARIA DE LA QUE GOZA EL INE, NO ES ABSOLUTA Y DEBE EJERCERSE DENTRO DE LAS FRONTERAS QUE DELIMITAN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LA LEY
SUP-RAP-27/2019DIRIGENCIAS LOCALES DE NUEVA ALIANZA DEBEN ASUMIR ADEUDOS DEL PARTIDO A NIVEL NACIONAL
SUP-REP-635/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN, POR EL PRESUNTO USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y TRANSGRESIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD E IMPARCIALIDAD EN LA CONTIENDA, ASÍ COMO EN CONTRA DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA POR SU OMISIÓN AL DEBER DE CUIDADO, DERIVADO DE LA PARTICIPACIÓN DEL ENTONCES DENUNCIADO EN EL EVENTO PROSELITISTA DE CAMPAÑA DE AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, REALIZADO EL QUINCE DE MAYO. DICHA DENUNCIA FUE PRESENTADA ANTE EL INSTITUTO LOCAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EL ILÍCITO CONSTITUCIONAL COMPRENDE LAS CONDUCTAS COMETIDAS POR LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS POR SU ASISTENCIA A EVENTOS PROSELITISTAS, QUE SE APARTAN DE LAS PROHIBICIONES Y LÍMITES CONSTITUCIONALES
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ST -RAP-12/2019
SUP-RAP-46/2019CASO: DICTAMEN CONSOLIDADO RESPECTO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL DIECISIETE
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SG -JDC-1409/2018UN CIUDADANO HABÍA SIDO PRECANDIDATO EN UN PROCESO DE SELECCIÓN INTERNA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL (PRI), Y POSTERIORMENTE FUE POSTULADO POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM). La autoridad administrativa electoral negó su registro con fundamento en el artículo 230 del Código Electoral Local que establece: “quienes participen en el proceso interno de algún partido político, no podrán ser postulados como candidatos por otro partido político durante el mismo proceso electoral de que se trate”.
SUP-JDC-1041/2021CASO: REGISTRO DE LAS CANDIDATAS SUSTITUTAS A DIPUTADAS FEDERALES PROPIETARIAS POR EL PRINCIPIO DE RP DE MORENA AUN Y CUANDO LAS PERSONAS DESIGNADAS COMO CANDIDATAS NO PARTICIPARON EN EL PROCESO DE SELECCIÓN AL INTERIOR DE MORENA, SU REGISTRO OBEDECIÓ A UNA DECISIÓN INTERNA DE DICHO PARTIDO POLÍTICO, MOTIVADA POR LA EXISTENCIA DE UNA CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA, POR LO QUE SE ESTIMÓ QUE EL ACUERDO CONTROVERTIDO SE ENCONTRABA AJUSTADO A DERECHO
SUP-JDC-623/2021CASO: PÉRDIDA DEL DERECHO DE RAÚL MORÓN A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE MICHOACAN LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, ENCUENTRA LA PARTICULARIDAD DE BUSCAR ESTABLECER EL USO EFECTIVO Y OPORTUNO DE LOS RECURSOS DE PARTIDOS, PRECANDIDATURAS, ASPIRANTES Y CANDIDATURAS INCLUYENDO LAS INDEPENDIENTES, Y PROPONE UN ESQUEMA DE REGLAS DE SEGUIMIENTO DE REALIZACIÓN DE GASTOS Y MECANISMOS DE VIGILANCIA Y MONITOREO, QUE EXIGEN FLUIDEZ EN SU CREACIÓN Y ATIENDEN A UNA INMEDIATA VIGENCIA A PARTIR DE SU VINCULACIÓN CON LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, TANTO EN PERÍODOS ORDINARIOS COMO EN PROCESOS ELECTORALES
SUP-JDC-507/2021CASO: IMPROCEDENCIA DEL ACTO RECLAMADO CUANDO CESA, DESAPARECE O SE EXTINGUE EL LITIGIO, POR EL SURGIMIENTO DE UNA SOLUCIÓN AUTOCOMPOSITIVA O PORQUE DEJA DE EXISTIR LA PRETENSIÓN O LA RESISTENCIA, LA CONTROVERSIA QUEDA SIN MATERIA Y, POR TANTO, YA NO TIENE OBJETO ALGUNO CONTINUAR CON EL PROCEDIMIENTO DE INSTRUCCIÓN Y PREPARACIÓN DE LA SENTENCIA Y EL DICTADO MISMO DE ÉSTA, ANTE LO CUAL PROCEDE DARLO POR CONCLUIDO SIN ENTRAR AL FONDO DEL ASUNTO
SUP-JDC-498/2021CASO. CANDIDATA A DIPUTADA FEDERAL POR AMBOS PRINCIPIOS EL HECHO DE QUE LA ACTORA HUBIERA SIDO POSTULADA EN ESTE PROCESO ELECTORAL FEDERAL (PEF) 2020-202 POR EL PVEM, ES UN MOTIVO INSUFICIENTE PARA NEGARLE EL REGISTRO COMO CANDIDATA A DIPUTADA FEDERAL POR AMBOS PRINCIPIOS
SUP-JDC-486/2021CASO. CANDIDATO A DIPUTADO FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE RP EN EL NÚMERO UNO DE LISTA DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN, POSTULADO POR MORENA
SUP-JDC-416/2021CASO: SE DEVUELVE AL INE CASO DE FÉLIX SALGADO MACEDONIO PARA INDIVIDUALIZAR SANCIONES LOS CIUDADANOS QUE PRETENDAN SER POSTULADOS POR UN PARTIDO COMO CANDIDATA O CANDIDATO A CARGO DE ELECCIÓN POPULAR, DEBEN SER CONSIDERADOS COMO PRECANDIDATURAS, CON INDEPENDENCIA DE QUE OBTUVIERAN, DEL ÓRGANO PARTIDISTA FACULTADO PARA ELLO, ALGÚN TIPO DE REGISTRO CON LA DENOMINACIÓN DE PRECANDIDATURA
SUP-JDC-411/2021CASO. PÉRDIDA DEL DERECHO DE REGISTRO COMO CANDIDATO A GOBERNADOR EN EL ESTADO DE MICHOACÁN 2020-2021 EL HECHO QUE UNA DESIGNACIÓN HAYA SIDO POSTERIOR AL TÉRMINO DE LAS PRECAMPAÑAS, EN SÍ MISMO, NO EXCLUYE A LOS PARTIDOS Y SUS PRECANDIDATOS DE SU DEBER DE REPORTAR LOS GASTOS EN QUE HUBIERAN INCURRIDO, CUANDO NO SE ADVIERTE POR LA AUTORIDAD TALES GASTOS Y NO HAY ELEMENTOS PARA SUPONER QUE SE COMETIÓ UNA IRREGULARIDAD Y, EN CONSECUENCIA, QUE SE IMPONGA UNA SANCIÓN DE PÉRDIDA DEL DERECHO A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO
SUP-RAP-138/2021CASO. CONSEJO GENERAL DEL INE TUVO POR DESVIRTUADA LA PRESUNCIÓN DE CONTAR CON UN MODO HONESTO DE VIVIR UNA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL NO PUEDE ANALIZAR EL REQUISITO DE ELEGIBILIDAD CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA DE LA PRESUNCIÓN DEL MODO HONESTO DE VIVIR
SUP-RAP-87/2021CASO. NEGATIVA DE REGISTRO AL CANDIDATO DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA, PARA LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO EL ACTO DE MOLESTIA HA QUEDADO SIN MATERIA, PUESTO QUE LA NEGATIVA DE REGISTRO FUE REVOCADA Y, EN CONSECUENCIA, EL PRESENTE MEDIO DE IMPUGNACIÓN RESULTA IMPROCEDENTE
SUP-RAP-74/2021CASO. CANCELACIÓN DEL REGISTRO DEL CANDIDATO DE MORENA PARA CONTENDER POR LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE MICHOACÁN LAS PORCIONES NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA PÉRDIDA DEL DERECHO A SER REGISTRADO COMO CANDIDATO O, LA CANCELACIÓN DE SU REGISTRO, POR NO PRESENTAR EL INFORME DE INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA, SON ACORDES A LA REGULARIDAD CONSTITUCIONAL
SUP-RAP-46/2019CASO: DICTAMEN CONSOLIDADO RESPECTO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL DIECISIETE
SUP-REC-208/2024CASO: REQUISITO DE ELEGIBILIDAD CONSISTENTE EN SER ORIGINARIO DEL REFERIDO ESTADO, Y NO ACREDITAR LA RESIDENCIA EFECTIVA EL CONSTITUYENTE NO ESTABLECIÓ COMO REQUISITO EL HABER NACIDO SINO EL SER ORIGINARIO, LO QUE TIENE UNA IMPLICACIÓN MÁS EXTENSA RELACIONADA INCLUSO CON ANTECEDENTES FAMILIARES, LUGAR DE PROCEDENCIA, O BIEN, UNA CONEXIÓN SOCIAL, EMOCIONAL O CULTURAL SIGNIFICATIVA
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SUP-RAP-130/2020CASO. VENTA DE BASE DE DATOS INE 2018, EN MERCADO LIBRE LA RESPONSABILIDAD QUE SE LE ATRIBUYÓ AL PARTIDO DENUNCIADO, ATENDIÓ A SU ACTUAR NEGLIGENTE, SU FALTA DE CUIDADO Y ATENCIÓN EN EL MANEJO, ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE LA INFORMACIÓN DE LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES, LO QUE CONLLEVÓ A UNA CONTRAVENCIÓN A LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS PERSONALES DE LA CIUDADANÍA
SUP-RAP-132/2019CASO: SANCIÓN DUPLICADA AL PARTIDO POLÍTICO MORENA RESPECTO DE OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
SUP-RAP-52/2019CASO: MULTA AL PARTIDO POLÍTICO MORENA POR INCUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
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SUP-JE -1314/2023CASO: QUEJA POR SUPUESTA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NINEZ, DERIVADO DE UN VIDEO PUBLICADO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK EN CONTRA DE PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA Y COALICIÓN “VA POR EL ESTADO DE MÉXICO” INTEGRADA POR LOS PARTIDOS PRI, PRD, PAN, Y NUEVA ALIANZA ESTADO DE MÉXICO. EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD IMPONE A QUIENES JUZGAN, UNA VEZ CONSTATADA LA SATISFACCIÓN DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN, EL DEBER DE AGOTAR CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA, TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS HECHOS POR LAS PARTES.
SUP-JE -170/2022CASO: DENUNCIA CONTRA LA CANDIDATA A GOBERNADORA DE AGUASCALIENTES, POSTULADA POR MORENA, DERIVADO DE LA COLOCACIÓN DE SIETE ESPECTACULARES EN DISTINTOS PUNTOS DE ESA CIUDAD LOS PARTIDOS POLÍTICOS, PRECANDIDATURAS Y CANDIDATURAS, DENTRO DEL PERIODO DE LAS PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS POLÍTICAS Y HASTA INCLUSIVE LA JORNADA ELECTORAL, NO PODRÁN UTILIZAR O PUBLICITAR LA OBRA PÚBLICA DE GOBIERNO, LA IMAGEN PERSONAL DE QUIENES SON TITULARES DE LOS PODERES EJECUTIVOS FEDERAL Y ESTATAL Y PRESIDENTES MUNICIPALES, RECURSOS, SERVICIOS E INFLUENCIAS DE SERVIDORES PÚBLICOS QUE SEAN EMANADOS DE LAS FILAS DEL PARTIDO POLÍTICO O QUE SE DEMUESTRE QUE TENGA RELACIÓN CON EL MISMO
SUP-JE -18/2022CASO. INFRACCIONES ATRIBUIDAS A SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA, GENERANDO VENTAS, S.A. DE R.L. DE C.V. Y MOVIMIENTO CIUDADANO, POR LA PRESUNTA PUBLICACIÓN IRREGULAR DE DIVERSAS ENCUESTAS EN LOS AGRAVIOS SE DEBEN EXPONER ARGUMENTOS PERTINENTES PARA DEMOSTRAR LA ILEGALIDAD DEL ACTO RECLAMADO, SI ELLO SE INCUMPLE, LOS PLANTEAMIENTOS SERÁN INOPERANTES
SUP-JE -152/2021CASO: OMISIÓN DE IDENTIFICAR EN DIVERSOS ESPECTACULARES A LA COALICIÓN “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN NAYARIT” LA CONFORMACIÓN DE UNA PLATAFORMA EN COMÚN INVOLUCRA UNA SERIE DE ACUERDOS SOBRE PRINCIPIOS IDEOLÓGICOS Y PROPUESTAS QUE SE DEBEN IDENTIFICAR ANTE LA CIUDADANÍA PARA QUE CUENTE CON LA POSIBILIDAD DE EMITIR UN VOTO INFORMADO SOBRE LAS FUERZAS POLÍTICAS QUE POSTULAN LA CANDIDATURA Y LOS PRINCIPIOS QUE LA RESPALDAN
SUP-JE -136/2021CASO. INFRACCIÓN ATRIBUIDA CON MOTIVO DE LA EXPOSICIÓN DE MENORES DE EDAD EN LAS PUBLICACIONES REALIZADAS EN LA RED SOCIAL DE FACEBOOK DE SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA, ENTONCES CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE NUEVO LEÓN LA CONGRUENCIA EXTERNA, COMO PRINCIPIO RECTOR DE TODA SENTENCIA, CONSISTE EN LA PLENA COINCIDENCIA QUE DEBE EXISTIR ENTRE LO RESUELTO EN UN JUICIO O RECURSO, CON LA LITIS PLANTEADA POR LAS PARTES, EN LA DEMANDA RESPECTIVA Y EN EL ACTO O RESOLUCIÓN OBJETO DE IMPUGNACIÓN, SIN OMITIR O INTRODUCIR ASPECTOS AJENOS A LA CONTROVERSIA. LA CONGRUENCIA INTERNA EXIGE QUE EN LA SENTENCIA NO SE CONTENGAN CONSIDERACIONES CONTRARIAS ENTRE SÍ O CON LOS PUNTOS RESOLUTIVOS
SUP-JE -113/2021CASO. NO ACTUALIZAN LA INFRACCIÓN DE CALUMNIA. NO SE ACREDITÓ CALUMNIA POR PARTE DE UN CANDIDATO Y SE ACREDITÓ LA REAL MALICIA
SUP-JE -36/2021CASO. SUPUESTA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA CON SÍMBOLOS RELIGIOSOS (ESTADO DE NUEVO LEON) LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES SON DE INTERÉS PÚBLICO, POR LO QUE LAS AUTORIDADES ELECTORALES DEBEN ASUMIR UNA POSTURA ORIENTADA AL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD DE LOS HECHOS QUE PUDIERAN IMPLICAR CONTRAVENCIONES A LA NORMATIVA, CON LA PRETENSIÓN ÚLTIMA DE BRINDAR UNA TUTELA EFECTIVA A LOS PRINCIPIOS Y VALORES COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN ELECTORAL
SUP-JE -13/2020CASO: MEDIDAS CAUTELARES DERIVADAS DE DENUNCIA CONTRA GOBERNADOR DE BAJA CALIFORNIA, CON MOTIVO DE SU INFORME
SUP-JE -80/2019CASO: MANIFESTACIONES JAIME BONILLA VALDEZ, CANDIDATO A GOBERNADOR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA RESULTA NECESARIO CONOCER EN SU INTEGRIDAD EL EVENTO MATERIA DE DENUNCIA A FIN DE ESTABLECER LA VULNERACIÓN A UN DISPOSITIVO LEGAL
SUP-JE -71/2019CASO: INEXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN ATRIBUIDA AL CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE BAJA CALIFORNIA AL NO ENCONTRASE ACREDITADO, NI EN FORMA INDICIARIA, QUE LA ENTREGA DE DINERO CONSTITUÍA UNA DÁDIVA ENTREGADA A CAMBIO DE LA OBTENCIÓN DEL APOYO CIUDADANO O DEL VOTO A FAVOR DEL CANDIDATO Y DE LA COALICIÓN, NO SE ACTUALIZA LOS ELEMENTOS DEL TIPO SANCIONADOR PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 209, PÁRRAFO 5 DE LA LEY ELECTORAL (CLIENTELISMO ELECTORAL)
SUP-RAP-111/2019CASO: APORTACIÓN GREMIAL A UN PARTIDO LOS PARTIDOS TIENEN PROHIBIDO RECIBIR UN BENEFICIO DIRECTO, INDIRECTO, MEDIATO O INMEDIATO, EN ESPECIE O EFECTIVO, DE ENTES PROHIBIDOS, ENTRE LOS QUE DESTACAN LAS ASOCIACIONES GREMIALES
SUP-REC-2280/2021CASO. SANCIÓN IMPUESTA A UN CANDIDATO A DIPUTADO LOCAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO. LA EXTINCIÓN DE LA FACULTAD SANCIONADORA EN EL PLAZO DE UN AÑO, SE HA CONSIDERADO IDÓNEA Y QUE GARANTIZA LOS PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO, ASÍ COMO LA POSIBILIDAD DE ENDEREZAR UNA ADECUADA DEFENSA
SUP-REP-734/2024CASO: SANCION A DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ Y LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN POR PROPAGANDA PERSONALIZADA NO ESTÁ ACREDITADO QUE LA RECURRENTE HAYA APROVECHADO SU POSICIÓN COMO SERVIDORA PÚBLICA, PARA PROMOCIONAR A UN TERCERO Y MENOS QUE SU DISCURSO PUDO AFECTAR LA CONTIENDA ELECTORAL
SUP-REP-487/2024CASO: USO INDEBIDO DEL LOGOTIPO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. PREMISA INCORRECTA AL ESTIMAR QUE LA PUBLICIDAD DENUNCIADA NO TENÍA FINES PROPAGANDÍSTICOS QUE PUDIERAN GENERAR CONFUSIÓN EN LA CIUDADANÍA DADA LA UTILIZACIÓN DEL LOGOTIPO DEL INE
SUP-REP-226/2024CASO: VULNERACIÓN A LAS REGLAS DE DIFUSIÓN DE PROPAGANDA POLÍTICA O ELECTORAL POR LA INCLUSIÓN DE NIÑAS, NIÑOS O ADOLESCENTES NO HAY ELEMENTOS SUFICIENTES PARA ACREDITAR QUE LOS MENORES SEAN COMPLETAMENTE IDENTIFICABLES Y, CON ELLO, QUE SE HUBIERA VULNERADO EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-REP-162/2023CASO: DENUNCIAS POR LA PRESUNTA COLOCACIÓN MASIVA DE PROPAGANDA EN ESPECTACULARES, LONAS, BARDAS, PROPAGANDA UBICADA EN ESTACIONES DEL SISTEMA DE TRASPORTE COLECTIVO METRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y ADHERIDAS EN POSTES, EN DISTINTOS LUGARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, CUYO CONTENIDO, SEGÚN LOS DENUNCIANTES, PRETENDÍA INFLUIR DE MANERA INDEBIDA EN EL CITADO PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO, PARA FAVORECER AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA NO HABIENDO RESTRICCIÓN PARA LA CIUDADANÍA DE EMITIR SU OPINIÓN SOBRE LOS PROCESOS DEMOCRÁTICOS, ENTRE ELLOS EL DE REVOCACIÓN DE MANDATO, SALVO LA CONTRATACIÓN DE ESPACIOS EN RADIO Y TELEVISIÓN, DEBE PERMITIRSE QUE POR OTROS MEDIOS HAGAN USO DE SU LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ÁMBITO POLÍTICO Y DEMOCRÁTICO
SUP-REP-495/2022CASO: PROMOCIONALES PAUTADOS EN RADIO Y TELEVISIÓN DENOMINADOS MÉXICO NOS NECESITA V1, MÉXICO TE NECESITA V1 Y MÉXICO TE NECESITA V2, PRESUNTAMENTE COMPARTIDOS EN UN PERIODO PROHIBIDO EN LAS REDES SOCIALES DE MORENA Y SU PRESIDENTE NACIONAL LA FINALIDAD DE LA PROHIBICIÓN CONSTITUCIONAL DE QUE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL SEA LA ÚNICA AUTORIDAD ENCARGADA DE DIFUNDIR EL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO, CONSISTE EN PROTEGER LA LIBRE OPINIÓN Y EL SENTIDO DE LA DECISIÓN DE LA CIUDADANÍA O LA AUTONOMÍA DE SU VOLUNTAD EN TORNO A LA CONTINUIDAD O NO DEL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL, ASÍ COMO LA IMPARCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE RECIBE POR PARTE DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO A FIN DE EVITAR QUE FACTORES EXTERNOS PUEDAN INCIDIR EN EL SENTIDO DE SU DECISIÓN
SUP-REP-385/2021CASO. RESPONSABILIDAD DE LAS FUNCIONES DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES Y DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA LOS SERVIDORES PÚBLICOS INTEGRANTES DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS INFORMATIVOS Y ESPECIALES Y DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, SE ENCUENTRAN OBLIGADOS A NO DIFUNDIR PROPAGANDA GUBERNAMENTAL ILEGAL
SUP-REP-278/2021CASO: PROMOCIONALES “NO SOY COMO ELLOS” Y “LA VIEJA POLÍTICA NL” LA ELIMINACIÓN DE ESTEREOTIPOS, PREJUICIOS Y PRÁCTICAS NOCIVAS BASADAS EN EL GÉNERO ES UNA OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL DERIVADA DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER, ASÍ COMO DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
SUP-REP-275/2021CASO. CONDUCTORA DE TELEVISIÓN CANDIDATA A LA DIPUTACIÓN FEDERAL POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO LA OTRORA CANDIDATA SE BENEFICIÓ ELECTORALMENTE, DADO QUE EL HECHO DE NO HABERSE SEPARADO DE SU OFICIO COMO CONDUCTORA DE TELEVISIÓN DURANTE LAS CAMPAÑAS ELECTORES, LE REPORTÓ PRESENCIA EN ESE MEDIO DE COMUNICACIÓN EN EL PROCESO ELECTORAL EN EL QUE CONTENDIÓ
SUP-REP-221/2021CASO. VALORACIÓN EXPLÍCITA DE TODOS LOS ELEMENTOS PROBATORIOS QUE OBRAN EN EL EXPEDIENTE. EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, NO SE PUEDE DETERMINAR LA ACREDITACIÓN DE UNA CONDUCTA Y LA RESPONSABILIDAD DEL INFRACTOR ANALIZANDO SOLAMENTE UNA PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DEL EXPEDIENTE
SUP-REP-108/2020CASO: COMPETENCIA PARA RESOLVER LA DENUNCIA EN CONTRA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO NO EXISTE UNA COMPETENCIA ÚNICA PARA ESTUDIAR LA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL, POR EL USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y PROMOCIÓN EN LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA CON EXPRESIONES POLÍTICO-ELECTORALES EN FAVOR DE UN PARTIDO POLÍTICO, SINO QUE HAY UN SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS CON LAS AUTORIDADES LOCALES, CONFORME AL CUAL DEBE ATENDERSE LAS PARTICULARIDADES DEL CASO, PRINCIPALMENTE, A LA POSIBLE INCIDENCIA EN ALGÚN PROCESO ELECTORAL Y SI LOS HECHOS SE CIRCUNSCRIBEN ALGUNA ENTIDAD FEDERATIVA O NO
SUP-REP-118/2019CASO: PRESUNTA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA ATRIBUIDA A ENRIQUE CÁRDENAS SÁNCHEZ, CANDIDATO COMÚN A LA GUBERNATURA DE PUEBLA POSTULADO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y MOVIMIENTO CIUDADANO EN LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA EN REDES SOCIALES, SE DEBE OBSERVAR LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY LOCAL, EN LA LEGISLACIÓN GENERAL Y DE MANERA PARTICULAR, EN LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
SUP-REP-108/2019CASO: SERIE “POPULISMO EN AMÉRICA LATINA” EL ESQUEMA DE SIMULACIONES PARA TRANSMITIR UNA “CAMPAÑA NEGRA” TRANSGREDE LAS RESTRICCIONES CONSTITUCIONALES DEL MODELO DE COMUNICACIÓN POLÍTICA
SUP-REP-87/2019CASO: DIPUTADO FEDERAL DE MORENA COLOCÓ PROPAGANDA ELECTORAL EN FACEBOOK LAS PUBLICACIONES REALIZADAS EN REDES SOCIALES SÍ PUEDEN SER CONSIDERADAS COMO PROPAGANDA ELECTORAL Y, EN CONSECUENCIA, SON SUSCEPTIBLES DE REVISIÓN Y SANCIÓN EN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
SUP-REP-41/2019CASO: TWITTER DE ENRIQUE CÁRDENAS EN PUEBLA CON MOTIVO DE LA SERIE DE TV, GAME OF THRONES
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SRE-PSC-22/2019DIFUSIÓN DE UN VIDEO QUE FUE CONFECCIONADO Y UTILIZADO POR LA SECRETARÍA DE TURISMO DURANTE LA PRESENTACIÓN DE LA “ESTRATEGIA NACIONAL DE TURISMO 2019-2024”.
SRE-PSC-61/2018LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA REALIZÓ DECLARACIONES PÚBLICAS Y UTILIZÓ MEDIOS DE COMUNICACIÓN OFICIAL, CON EL FIN DE DAR A CONOCER INFORMACIÓN QUE PUDO INFLUENCIAR DE MANERA NEGATIVA EN LA IMAGEN PÚBLICA DE UN PRECANDIDATO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
SRE-PSD-26/2019ASISTENCIA DE PERSONAS DEL SERVICIO PÚBLICO A LAS SESIONES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, EN REPRESENTACIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO, EN EL MARCO DE UN PROCESO ELECTORAL.
SRE-PSD-162/2018SE DENUNCIÓ LA ENTREGA DE DESPENSAS PROVENIENTES DE UN PROGRAMA SOCIAL PARA INFLUIR DE MANERA INDEBIDA EN EL ELECTORADO Y FAVORECER A DIVERSAS CANDIDATURAS.
SUP-JDC-906/2024CASO: NULIDAD DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL 2024 LAS PRUEBAS QUE FUERON APORTADAS NO FUERON SUFICIENTES PARA ACREDITAR LAS IRREGULARIDADES SEÑALADAS
SUP-JE -1218/2023CASO: SE DECLARÓ LA EXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN DENUNACIADA A LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA EN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR LAS OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES TANTO FEDERALES COMO LOCALES EN ASUNTOS EN LOS QUE SE ACREDITE UNA INFRACCIÓN POR PARTE DE UNA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA, SE LIMITAN A DAR VISTA A LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA QUE IMPONGAN LAS SANCIONES RESPECTIVAS
SUP-JE -148/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARÍA DEL CARMEN LOZANO MORENO, EN SU CARÁCTER DE DIPUTADA LOCAL; DE JULIÁN NOCHEBUENA HERNÁNDEZ, COMO PRESIDENTE MUNICIPAL DE ATLAPEXCO, HIDALGO; Y DE ARACELI BELTRÁN CONTRERAS, EN SU CALIDAD DE PRESIDENTA MUNICIPAL DE IXMIQUILPAN, HIDALGO, POR PARTICIPAR EN UNA CONFERENCIA DE PRENSA REALIZADA EL TREINTA Y UNO DE MARZO DEL 2022, CONVOCADA POR CÉSAR ARNULFO CRAVIOTO ROMERO, DELEGADO NACIONAL DE MORENA UNA RUEDA DE PRENSA, BAJO CIERTAS CIRCUNSTANCIAS, PUEDE CALIFICARSE COMO UN ACTO PROSELITISTA O CON INCIDENCIA EN LOS COMICIOS Y, POR TANTO, EN UN EVENTO DE ESTE TIPO SE PUEDEN PRODUCIR ILÍCITOS ELECTORALES
SUP-JE -36/2022CASO: SUPUESTA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD POR LA ASISTENCIA DE PERSONAS DEL SERVICIO PÚBLICO EN DÍAS Y HORAS HÁBILES A UN EVENTO REALIZADO MUNICIPIO DE MIXQUIAHUALA, HIDALGO CUANDO SE PROMUEVE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN DEBEN MENCIONARSE EXPRESA Y CLARAMENTE LOS HECHOS EN QUE SE BASA LA IMPUGNACIÓN, LOS AGRAVIOS QUE CAUSE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LOS PRECEPTOS PRESUNTAMENTE VULNERADOS
SUP-JE -35/2022CASO: DENUNCIA AL GOBERNADOR DE HIDALGO Y A LA PRECANDIDATA A LA GUBERNATURA DE ESA ENTIDAD, POSTULADA POR LA COALICIÓN, AL CONSIDERAR QUE SE ACTUALIZAN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA. LOS AGRAVIOS DEBEN CONTENER LA JUSTIFICACIÓN DE CÓMO SE CONFIGURA EL ELEMENTO SUBJETIVO DE LA INFRACCIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, LA MENCIÓN DE LAS PRUEBAS SOBRE QUE LAS PUBLICACIONES CONTENGAN EXPRESIONES INEQUÍVOCAS QUE INVITAN A VOTAR A FAVOR DE UNA DETERMINADA CANDIDATURA O PARTIDO POLÍTICO Y EN CONTRA DE OTRA
SUP-RAP-362/2024CASO: INDEBIDA AFILIACIÓN Y, COMO CONSECUENCIA, POR EL USO IRREGULAR DE SUS DATOS PERSONALES LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DURANTE EL PERIODO DE SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO ACTUALIZAN UNA JUSTIFICACIÓN SUFICIENTE PARA ACTIVAR UNA EXCEPCIÓN A LA CADUCIDAD; POR LO QUE LO PROCEDENTE ES DECLARAR INFUNDADO E INOPERANTE EL AGRAVIO
SUP-REP-179/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE MARCELO LUIS EBRARD CASAUBÓN, CON MOTIVO DE LA EDICIÓN Y DIFUSIÓN DE DOS VIDEOS EN SU CUENTA DE LA PLATAFORMA TIKTOK QUE IMPLICARON LA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA EN RELACIÓN CON EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL PARA LA ELECCIÓN DE LA PERSONA QUE OCUPARA LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA PARA LA CONFIGURACIÓN DE LOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA SE REQUIERE VERIFICAR LA EXISTENCIA DE ESE LLAMAMIENTO AL VOTO O DE APOYO Y/O RECHAZO A UNA FUERZA POLÍTICA, INCLUYENDO LOS MENSAJES CON EQUIVALENCIAS FUNCIONALES, Y QUE TALES MANIFESTACIONES TRASCIENDAN AL CONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA EN GENERAL. PARA QUE, VALORADAS EN SU CONTEXTO, SE DETERMINE SI GENERAN O NO UNA AFECTACIÓN A LA EQUIDAD EN LA CONTIENDA
SUP-REP-108/2023QUEJA EN CONTRA DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES POR POSIBLES ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA, USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD, CON MOTIVO DE LA ORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE DIVERSOS EVENTOS EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA DE LAS SENTENCIAS TIENE SUSTENTO EN LA OBLIGACIÓN DE LAS Y LOS JUZGADORES, DE RESOLVER UNA CONTROVERSIA HACIENDO PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS PRETENSIONES PLANTEADAS POR LAS PARTES, SIN OMITIR ALGÚN ARGUMENTO, NI AÑADIR CIRCUNSTANCIAS QUE NO SE HAN HECHO VALER; TAMPOCO SE DEBEN EXISTIR CONSIDERACIONES CONTRARIAS ENTRE SÍ O CON LOS PUNTOS RESOLUTIVOS
SUP-REP-4/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR LA SUPUESTA VIOLACIÓN A LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA, ESTO, POR SU ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN EN EL CIERRE DE CAMPAÑA DEL ENTONCES CANDIDATO A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, AMÉRICO VILLAREAL ANAYA LA EFICACIA REFLEJA DE LA COSA JUZGADA SE ACTUALIZA CUANDO EXISTE IDENTIDAD EN LO SUSTANCIAL O DEPENDENCIA JURÍDICA ENTRE LITIGIOS. LO ANTERIOR, POR TENER UNA MISMA CAUSA, HIPÓTESIS EN LA CUAL, EL EFECTO DE LO DECIDIDO EN EL PRIMER JUICIO SE REFLEJA EN EL SEGUNDO, DE MODO QUE LAS PARTES DE ÉSTE QUEDAN VINCULADAS POR LA PRIMERA SENTENCIA
SUP-REP-1/2023CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE SANTIAGO CREEL MIRANDA, KENIA LÓPEZ RABADÁN Y QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, POR LA COMISIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA, PROMOCIÓN PERSONALIZADA, ASÍ COMO USO INDEBIDO DE RECURSOS LA FACULTAD PARA DECRETAR EL DESECHAMEINTO IMPLICA ÚNICAMENTE LA REALIZACIÓN DE UN ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS HECHOS DENUNCIADOS, SIN QUE ELLO LE AUTORICE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE A DESECHAR LA QUEJA CUANDO SE REQUIERA REALIZAR JUICIOS DE VALOR ACERCA DE LA LEGALIDAD DE LOS HECHOS, A PARTIR DE LA PONDERACIÓN DE LOS ELEMENTOS QUE RODEAN ESAS CONDUCTAS Y DE LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY SUPUESTAMENTE CONCULCADA
SUP-REP-325/2022CASO. DENUNCIA EN CONTRA DE LA SENADORA LUCÍA VIRGINIA MEZA GUZMÁN, DERIVADO DE UNA PUBLICACIÓN EN SU CUENTA DE “FACEBOOK” CON LA LEYENDA “YO QUIERO QUE SIGA AMLO” LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, ENTENDIDA MÁS COMO UN DEBER Y PODER DE ÉSTOS PARA COMUNICAR A LA CIUDADANÍA CUESTIONES DE INTERÉS PÚBLICO, IMPLICA QUE ÉSTOS TENGAN LA POSIBILIDAD DE EMITIR OPINIONES EN CONTEXTOS ELECTORALES SIEMPRE QUE CON ELLO NO SE REALICE PROMOCIÓN INDEBIDA, SE VULNEREN O SE PONGAN EN RIESGO LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD Y NEUTRALIDAD EN LA CONTIENDA
SUP-REP-433/2021CASO: SANCIÓN A PERSONAS FUNCIONARIAS PÚBLICAS POR EL USO DE PROGRAMAS SOCIALES PARA PROMOVER AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA LOS RECURSOS PÚBLICOS DEBEN SER APLICADOS CON IMPARCIALIDAD Y EN BENEFICIO DE LA SOCIEDAD, NO PARA INFLUIR EN LA COMPETENCIA ELECTORAL NI PARA PUBLICITAR A ALGÚN FUNCIONARIO
SUP-REP-312/2021CASO. RESPONSABILIDAD ATRIBUIDA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, POR EXPRESIONES QUE REALIZÓ EN LAS CONFERENCIAS “MATUTINAS”, LOS DÍAS CINCO, SEIS, SIETE Y ONCE DE MAYO DEL AÑO 2021. EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES EN MATERIA ELECTORAL EN CONTRA DE SERVIDORES PÚBLICOS, LAS RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD ELECTORAL EN LAS QUE SE CONSIDERA QUE SE ACREDITA UNA INFRACCIÓN Y LA RESPONSABILIDAD DE UN PERSONA EN SU CARÁCTER DE SERVIDOR PÚBLICO, SE CUMPLEN Y SE SATISFACEN CON LA SOLA DECLARACIÓN DE LA INFRACCIÓN Y LA RESPONSABILIDAD Y CON LA VISTA A LOS SUPERIORES JERÁRQUICOS O AUTORIDADES ENCARGADAS DE SANCIONAR, CUANDO EL ORDENAMIENTO NO ESTABLEZCA UNA SANCIÓN DE FORMA ESPECÍFICA, BASTANDO DICHA VISTA PARA QUE EL ÓRGANO O SUJETO COMPETENTE PARA IMPONERLAS, ACTÚE EN TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
SUP-REP-281/2021CASO. REMUNERACIÓN DE FUNCIONARIA PÚBLICA LA REMUNERACIÓN DE LA FUNCIONARIA PÚBLICA LE PERTENECE SOLO A ELLA, Y NO PUEDE ATRIBUIRSE UN USO INDEBIDO POR REALIZAR ACTOS DE CAMPAÑA EN DÍAS Y HORAS HÁBILES MIENTRAS RECIBE UN SALARIO
SUP-REP-259/2021CASO: ELEMENTOS PARA CONSIDERARSE UNA INFRACCIÓN EN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA CON INDEPENDENCIA DE QUE PUDIERAN CONFIGURARSE LOS ELEMENTOS TEMPORAL Y SUBJETIVO DEL ACTO ANTICIPADO DE CAMPAÑA, LO CIERTO ES QUE NO CUALQUIER PERSONA PUEDE SER CONSIDERADA SUJETO ACTIVO DE LA INFRACCIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
SUP-REP-250/2021CASO: DENUNCIA AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DENOMINADO “PRIMEROS 100 DÍAS DEL TERCER AÑO DE GOBIERNO” LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO PUEDEN INCURRIR EN RESPONSABILIDADES POR LA COMISIÓN DE INFRACCIONES EN MATERIA ELECTORAL POR LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, COMO OCURRE CON LA RESPONSABILIDAD DIRECTA DE QUIENES CONVOCAN Y ORGANIZAN CIERTOS EVENTOS
SUP-REP-205/2021CASO: INFRACCIONES ATRIBUIDAS AL DIPUTADO FEDERAL LUIS JAVIER ALEGRE SALAZAR, ASÍ COMO A LAS CONCESIONARIAS DE RADIO XECCQ-AM, TELEVISIÓN Y RADIO DEL CARIBE (SIC), EMPRESA TURQUESA, TODAS S.A. DE C.V. LA RESPONSABILIDAD EN LA INDEBIDA ADQUISICIÓN DE TIEMPO EN RADIO DISTINTO AL ADMINISTRADO POR EL INE TAMBIÉN SE ACTUALIZA EN EL SUPUESTO DE NO DESLINDARSE DEL RESULTADO DE LA CONDUCTA ILÍCITA
SUP-REP-111/2021CASO. EXPRESIONES EMITIDAS POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA, DURANTE LA CONFERENCIA DE PRENSA MATUTINA (VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE) EL HECHO DENUNCIADO ACONTECIÓ EN UNA CONFERENCIA DE PRENSA EN LA QUE LOS DICHOS DEL PRESIDENTE SE DIFUNDEN CON UN GRAN ALCANCE. DIFUSIÓN QUE SE LOGRA EN PARTE CON LOS RECURSOS PÚBLICOS, CON LOS QUE CUENTA LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA EN VIRTUD DEL PROPIO ENCARGO
SUP-REP-183/2020CASO: DENUNCIA DEL PRD CONTRA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA TIENE LA LIBERTAD DE OPINAR SOBRE TEMÁTICAS ELECTORALES, SIEMPRE QUE CON ELLO NO TENGA POR OBJETIVO INCIDIR EN LOS PROCESOS ELECTORALES
SUP-REP-108/2020CASO: COMPETENCIA PARA RESOLVER LA DENUNCIA EN CONTRA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO NO EXISTE UNA COMPETENCIA ÚNICA PARA ESTUDIAR LA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL, POR EL USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y PROMOCIÓN EN LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA CON EXPRESIONES POLÍTICO-ELECTORALES EN FAVOR DE UN PARTIDO POLÍTICO, SINO QUE HAY UN SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS CON LAS AUTORIDADES LOCALES, CONFORME AL CUAL DEBE ATENDERSE LAS PARTICULARIDADES DEL CASO, PRINCIPALMENTE, A LA POSIBLE INCIDENCIA EN ALGÚN PROCESO ELECTORAL Y SI LOS HECHOS SE CIRCUNSCRIBEN ALGUNA ENTIDAD FEDERATIVA O NO
SUP-REP-100/2020CASO: QUEJA EN CONTRA DE UN DIPUTADO FEDERAL CUANDO SE ALEGA QUE UN ACTO DE COMUNICACIÓN EN RADIO Y TELEVISIÓN PUEDE CONSTITUIR PROPAGANDA ELECTORAL O POLÍTICA AJENA AL TIEMPO DEL ESTADO EN RADIO Y TELEVISIÓN ADMINISTRADO POR EL INE, ES NECESARIO ANALIZAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE CADA CASO (ENTRE OTROS ELEMENTOS, EL CONTENIDO, EL CONTEXTO TEMPORAL Y LAS MODALIDADES DE DIFUSIÓN) Y DETERMINAR LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS QUE CORRESPONDAN
SUP-REP-138/2019CASO: QUEJA SOBRE LIBRO PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SUP-REP-123/2019CASO: SANCIÓN AL GOBERNADOR JAIME RODRÍGUEZ CALDERÓN
SUP-REP-121/2019CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE LA REGIDORA DULCE MARÍA ALCÁNTARA LIMA, POR LA PRESUNTA VULNERACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA, ASÍ COMO POR EL USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS LA FUNCIÓN DE REPRESENTACIÓN PARTIDISTA ANTE EL ÓRGANO ELECTORAL, EJERCIDA POR UN REGIDOR EN DÍA HÁBIL, IMPLICA EL USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS AL DISTRAER SUS ACTIVIDADES Y FUNCIONES PÚBLICAS PERMANENTES PARA REPRESENTAR Y DEFENDER LOS INTERESES DE PARTIDO POLÍTICO DURANTE UN PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO
SUP-REP-37/2019CASO: DIFUSIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE TURISMO 2019-2024
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SUP-REC-365/2019EN EL PRESENTE ASUNTO SE ELIMINÓ LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A DATOS PERSONALES CLASIFICADOS COMO INFORMACIÓN CONFIDENCIAL CASO: CONCURSO PÚBLICO 2017 PARA OCUPAR PLAZAS EN CARGOS Y PUESTOS DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL SISTEMA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS ELECTORALES LA INCLUSIÓN EN UNA LISTA DE RESERVA, NO IMPLICA INGRESAR U OBTENER LA MEMBRESÍA DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DE LOS OPLES
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SUP-JDC-1046/2021CASO: VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO DEL EXCANDIDATO A LA GUBERNATURA DE BAJA CALIFORNIA POR EL PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO (PES) DIFAMAR, CALUMNIAR, INJURIAR O REALIZAR CUALQUIER EXPRESIÓN QUE DENIGRE O DESCALIFIQUE A LAS MUJERES EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES POLÍTICAS, CON BASE EN ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, CON EL OBJETIVO O EL RESULTADO DE MENOSCABAR SU IMAGEN PÚBLICA O LIMITAR O ANULAR SUS DERECHOS, CONSTITUYE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
SUP-JE -176/2021CASO: DENUNCIA A UNA CANDIDATA A LA GUBERNATURA DE DEL ESTADO DE QUERÉTARO, PRESUNTAMENTE POR ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA. EL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE UNA RESOLUCIÓN SE SATISFACE CUANDO LAS AUTORIDADES JURISDICCIONALES REALIZAN UN ANÁLISIS EXHAUSTIVO DE LOS PUNTOS QUE SE LES PLANTEAN, PARA LO CUAL, DEBEN EFECTUAR UNA EVALUACIÓN DE LAS NORMAS QUE SE CONSIDERAN APLICABLES, ASÍ COMO DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES DE LOS HECHOS QUE SE ESTUDIAN, PARA DETERMINAR SI EXISTEN RAZONES SUFICIENTES QUE DEN SUSTENTO A SU APLICACIÓN
SUP-JE -157/2021CASO: VULNERACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ EL DERECHO A LA IMAGEN ES UNO DE LOS DERECHOS ESENCIALES DE LA PERSONA QUE, TRATÁNDOSE DE MENORES DE EDAD, REQUIERE DE UN ESCRUTINIO MÁS ESTRICTO SOBRE SU DIFUSIÓN, REPRODUCCIÓN O CAPTURA, DERIVADO DEL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
SUP-JE -136/2021CASO. INFRACCIÓN ATRIBUIDA CON MOTIVO DE LA EXPOSICIÓN DE MENORES DE EDAD EN LAS PUBLICACIONES REALIZADAS EN LA RED SOCIAL DE FACEBOOK DE SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA, ENTONCES CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE NUEVO LEÓN LA CONGRUENCIA EXTERNA, COMO PRINCIPIO RECTOR DE TODA SENTENCIA, CONSISTE EN LA PLENA COINCIDENCIA QUE DEBE EXISTIR ENTRE LO RESUELTO EN UN JUICIO O RECURSO, CON LA LITIS PLANTEADA POR LAS PARTES, EN LA DEMANDA RESPECTIVA Y EN EL ACTO O RESOLUCIÓN OBJETO DE IMPUGNACIÓN, SIN OMITIR O INTRODUCIR ASPECTOS AJENOS A LA CONTROVERSIA. LA CONGRUENCIA INTERNA EXIGE QUE EN LA SENTENCIA NO SE CONTENGAN CONSIDERACIONES CONTRARIAS ENTRE SÍ O CON LOS PUNTOS RESOLUTIVOS
SUP-JE -71/2019CASO: INEXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN ATRIBUIDA AL CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE BAJA CALIFORNIA AL NO ENCONTRASE ACREDITADO, NI EN FORMA INDICIARIA, QUE LA ENTREGA DE DINERO CONSTITUÍA UNA DÁDIVA ENTREGADA A CAMBIO DE LA OBTENCIÓN DEL APOYO CIUDADANO O DEL VOTO A FAVOR DEL CANDIDATO Y DE LA COALICIÓN, NO SE ACTUALIZA LOS ELEMENTOS DEL TIPO SANCIONADOR PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 209, PÁRRAFO 5 DE LA LEY ELECTORAL (CLIENTELISMO ELECTORAL)
SUP-REP-3/2023CASO: ACTUALIZACIÓN DE LA REINCIDENCIA EN PERJUICIO DE UN PARTIDO CON BASE EN PROCEDIMIENTOS NOVEDOSOS NO CONSIDERADOS EN LA SENTENCIA PRIMIGENIA RESULTA INADMISIBLE PERMITIR QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE PUEDA MODIFICAR LOS FUNDAMENTOS DE SU DETERMINACIÓN, A TRAVÉS DE DIVERSOS ACTOS EN EL TIEMPO, FRENTE A LOS CUALES NO EXISTIRÍA MANERA DE DEFENDERSE, YA QUE LOS INCONFORMES NO PODRÍAN CONOCER EN DEFINITIVA CUÁLES SERÍAN LAS RAZONES QUE SUSTENTAN EL ACTO RECLAMADO, DERIVADO DE QUE SE PODRÍA PERFECCIONAR CONTINUAMENTE, LO QUE VULNERARÍA EL PRINCIPIO DE CERTEZA JURÍDICA
SUP-REP-761/2022CASO: QUEJA EN CONTRA DE MARÍA DE LOS DOLORES PADIERNA LUNA Y EL DIPUTADO FEDERAL MANUEL RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, POR REALIZAR DIVERSAS PUBLICACIONES EN SUS REDES SOCIALES TWITTER Y FACEBOOK EN PERIODO DE VEDA DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES QUE SE ENCONTRABAN EN CURSO EN LOS ESTADOS DE AGUASCALIENTES, DURANGO, HIDALGO, QUINTANA ROO, TAMAULIPAS Y OAXACA , ASÍ COMO EN CONTRA DE MORENA POR CULPA INDIRECTA (IN VIGILANDO) LOS PARTIDOS POLÍTICOS PUEDEN CUMPLIR CON SU OBLIGACIÓN DE GARANTE Y LIBERARSE DE LA RESPONSABILIDAD, MEDIANTE LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS O LA UTILIZACIÓN DE INSTRUMENTOS APROPIADOS PARA LOGRAR, PREVENTIVAMENTE, EL RESARCIMIENTO DE LOS HECHOS ILÍCITOS O PERJUDICIALES QUE SE REALIZAN O CONTENGAN LA PRETENSIÓN DE REVERTIR O SANCIONAR LAS ACTUACIONES CONTRARIAS A LA LEY
SUP-REP-281/2021CASO. REMUNERACIÓN DE FUNCIONARIA PÚBLICA LA REMUNERACIÓN DE LA FUNCIONARIA PÚBLICA LE PERTENECE SOLO A ELLA, Y NO PUEDE ATRIBUIRSE UN USO INDEBIDO POR REALIZAR ACTOS DE CAMPAÑA EN DÍAS Y HORAS HÁBILES MIENTRAS RECIBE UN SALARIO
SUP-REP-65/2019CASO: DENUNCIA EN CONTRA DE GERARDO ISLAS MALDONADO, ROBERTO VILLARREAL VAYLÓN, LUIS GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, MORENA, PT Y PVEM LA OMISIÓN DEL DESAHOGO DE UN REQUERIMIENTO, NO ES UN SUPUESTO PARA QUE LAS AUTORIDADES DESECHEN UNA QUEJA
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SUP-JDC-1676/2020CASO. PADRÓN NACIONAL DE MORENA EN EL AÑO 2020
SUP-JDC-1377/2020CASO: REVOCACIÓN DE CANCELACIÓN DE MILITANCIA DE MORENA LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO SON LAS QUE RESULTAN NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA DEFENSA ADECUADA ANTES DEL ACTO DE PRIVACIÓN
SUP-JDC-1376/2020CASO: REVOCACIÓN DE SANCIÓN IMPUESTA A LA ENTONCES SECRETARIA GENERAL CON FUNCIONES DE PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL LA PERSONA QUE EJERCE EL CARGO DE PRESIDENTE O PRESIDENTA DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL, ES QUIEN TIENE EL DEBER DE ENTERARSE DEL ESTADO QUE GUARDAN LOS ASUNTOS QUE SON DE SU INJERENCIA, ENTRE ELLOS, LOS MANDATOS DERIVADOS DE RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL ÓRGANO DE JUSTICIA INTRAPARTIDARIO Y LOS DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
SUP-JDC-769/2020CASO: CANCELACIÓN DE AFILIACIÓN A LA ORGANIZACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA ENCUENTRO SOLIDARIO LA PROHIBICIÓN DE DOBLE AFILIACIÓN Y LA DECLARACIÓN DE VOLUNTAD EMITIDA, TIENE COMO FINALIDAD INVALIDAR LAS AFILIACIONES DUPLICADAS ENTRE ORGANIZACIONES QUE PRETENDEN SU REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO, DE MANERA QUE, SÓLO SE CONSIDERARÁN VÁLIDAS LAS MÁS RECIENTES, A FIN DE ASEGURAR LA CERTEZA Y SEGURIDAD JURÍDICAS DEL PROPIO PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN
SUP-JDC-1851/2019CASO: COMPETENCIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA CARECE DE COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS QUEJAS RELACIONADAS CON LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO EN EL PADRÓN NACIONAL DE PROTAGONISTAS DEL CAMBIO VERDADERO DE MORENA
SUP-JDC-1847/2019CASO: FECHA DE CORTE DEL PADRÓN DE MILITANTES DEL PRD
SUP-JDC-1573/2019CASO: CORTE AL PADRÓN DE MORENA
SUP-JDC-1573/2019CASO: INCIDENTE SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE SENTENCIA
SUP-JDC-1224/2019CASO: DERECHO DE AFILIACIÓN (PARTIDO POLÍTICO MORENA)
SUP-RAP-322/2022CASO: LINEAMIENTOS DEL INE PARA VERIFICAR LOS PADRONES DE PERSONAS AFILIADAS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y LOCALES LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE BAJA Y DE QUEJA SON MEROS INSTRUMENTOS QUE LA AUTORIDAD PONE A DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS, CON EL PROPÓSITO DE FACILITAR EL TRÁMITE PERO QUE, DE NINGUNA MANERA SIGNIFICA FOMENTAR LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS, MÁXIME SI SU USO ES OPTATIVO
SUP-RAP-312/2022CASO: SANCIONES IMPUESTAS A MORENA POR LA INDEBIDA AFILIACIÓN Y USO DE DATOS PERSONALES DE DIVERSAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS LA AFILIACIÓN, NECESARIAMENTE DEBERÁ DEMOSTRAR QUE LA SOLICITUD DE INGRESO AL PARTIDO FUE VOLUNTARIA, DEBIENDO ACOMPAÑAR, POR EJEMPLO, LA CONSTANCIA DE AFILIACIÓN RESPECTIVA, SI DESEA EVITAR ALGUNA RESPONSABILIDAD
SUP-RAP-428/2021CASO. MORENA INFRINGIÓ LAS DISPOSICIONES ELECTORALES DEL DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE TRES PERSONAS LOS PARTIDOS POLÍTICOS TIENEN EL DEBER DE MANTENER UN PADRÓN DE MILITANTES CONFIABLE Y ACTUALIZADO SIN QUE PUEDA TRASLADARSE ESA RESPONSABILIDAD A LA CIUDADANÍA NI PRESUMIR LA EXISTENCIA DE ALGÚN HECHO BASADO EN CARGAS PROBATORIAS DISTINTAS
SUP-RAP-427/2021CASO. INDEBIDA AFILIACIÓN A MORENA SI UN PARTIDO FUE ACUSADO DE AFILIAR A UNA PERSONA SIN EL CONSENTIMIENTO DEL INDIVIDUO, DEBERÁ DEMOSTRAR QUE LA SOLICITUD DE INGRESO AL PARTIDO FUE VOLUNTARIA, DEBIENDO ACOMPAÑAR, POR EJEMPLO, LA CONSTANCIA DE AFILIACIÓN RESPECTIVA, SI DESEA EVITAR ALGUNA RESPONSABILIDAD
SUP-RAP-62/2020CASO: REENCAUZAMIENTO DE LA VÍA DEL JUICIO PRESENTADO POR LA ORGANIZACIÓN “SÚMATE A NOSOTROS” CUANDO LA PARTE PROMOVENTE SE EQUIVOQUE DE LA VÍA IMPUGNATIVA, LA CONTROVERSIA DEBE REENCAUZARSE AL MEDIO DE IMPUGNACIÓN PROCEDENTE CONFORME A DERECHO
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SUP-JRC-40/2019CASO: DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA PROMOVIDA EN CONTRA DE LA CONSTANCIA DE MAYORÍA OTORGADA COMO GOBERNADOR ELECTO DE BAJA CALIFORNIA
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SG -JDC-216/2019ENTREGA DE CONSTANCIAS COMO REGIDORES ÉTNICOS PARA INTEGRAR EL AYUNTAMIENTO DE HUATABAMPO, SONORA, EN CONTRAVENCIÓN A LOS USOS Y COSTUMBRES DE LA ETNIA YOREME-MAYO.
SM -JDC-31/2022CRITERIO: LAS CONSULTAS A LOS PUEBLOS INDÍGENAS PUEDEN SER EXIGIDAS POR CUALQUIERA DE SUS INTEGRANTES.
ST -JDC-6/2020
ST -JDC-139/2019
ST -JDC-124/2019
ST -JDC-118/2019
SUP-REC-643/2024CASO: ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE CONCEJALÍAS EN SAN ANTONIO TEPETLAPA, OAXACA LA DECISIÓN QUE RESULTA MENOS GRAVOSA PARA LA COMUNIDAD INDÍGENA DE SAN ANTONIO TEPETLAPA Y QUE BENEFICIA LA GOBERNABILIDAD Y LA PAZ SOCIAL, ES LA DE VALIDAR LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE CONCEJALÍAS
SUP-REC-161/2023CASO: CONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA DEL SISTEMA NORMATIVO INTERNO DEL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN LOXICHA, OAXACA EL VOTO INDIRECTO EN LOS SISTEMAS NORMATIVOS INDÍGENAS ES CONSTITUCIONAL AL ESTAR FUNDAMENTADO EN EL DERECHO HUMANO A LA LIBRE DETERMINACIÓN, AUTONOMÍA Y AUTOGOBIERNO DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS, EN LA PLURICULTURALIDAD Y EL PLURALISMO JURÍDICO
SUP-REC-115/2023CASO: VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JERÓNIMO COATLÁN, MIAHUATLÁN, OAXACA EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN Y AUTONOMÍA DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS EXIGE QUE EL ESTUDIO DE LOS CASOS RELACIONADOS CON DERECHOS DE PUEBLOS, COMUNIDADES Y PERSONAS INDÍGENAS SE HAGA A PARTIR DE UNA PERSPECTIVA INTERCULTURAL QUE ATIENDA AL CONTEXTO DE LA CONTROVERSIA Y GARANTICE EN LA MAYOR MEDIDA SUS DERECHOS COLECTIVOS
SUP-REC-100/2021CASO. ACCIONES AFIRMATIVAS IMPLEMENTADAS A TRAVÉS DE LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN LA SALA SUPERIOR HA AVALADO LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS PARA MAXIMIZAR LA PARIDAD DE GÉNERO POR PARTE DE LOS OPLES
SUP-REC-65/2021CASO. REDUCCIÓN DE INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS Y DESAPARICIÓN DE LAS COMISIONES MUNICIPALES EN EL ESTADO DE MÉXICO EL TEMA A LA FALTA O NO, DE CONSULTA PREVIA RESPECTO DE LA REDUCCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS Y LA DESAPARICIÓN DE LAS COMISIONES MUNICIPALES EN EL ESTADO DE MÉXICO, NO PUEDE SER OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO POR EL TEPJF, DADO QUE ESCAPA DE LA MATERIA ELECTORAL
SUP-REC-14/2021CASO. POSTULACIONES PARA DIPUTADOS LOCALES EN COMUNIDADES INDÍGENAS DE TLAXCALA LA PRETENSIÓN DE LOS RECURRENTES DE QUE SE LES AUTORICE A ELEGIR DIPUTADOS LOCALES, MEDIANTE SU SISTEMA NORMATIVO INTERNO, ES INCOMPATIBLE CON EL MODELO ESTABLECIDO A RANGO CONSTITUCIONAL, PORQUE ACCEDER A ELLA, IMPLICARÍA MEZCLAR EL SISTEMA DE PARTIDOS QUE APLICA EN LAS ELECCIONES CONSTITUCIONALES, CON NORMAS TRADICIONALES DE CIERTAS COMUNIDADES INDÍGENAS, GENERANDO UN MODELO HÍBRIDO NO RECONOCIDO POR LA CONSTITUCIÓN NI LA LEY, Y QUE PONDRÍA EN RIESGO LA REPRESENTACIÓN EFECTIVA DE LAS PERSONAS INDÍGENAS Y NO INDÍGENAS QUE RESIDAN EN UNA DETERMINADA TERRITORIALIDAD
SUP-REC-211/2020CASO. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE CONSULTAS A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO DE NAYARIT
SUP-REC-210/2020CASO: PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LAS SUCESIVAS ELECCIONES DE CONCEJALES DEL MUNICIPIO DE COICOYÁN DE LAS FLORES, OAXACA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE HAN SIDO DICTADAS MANTIENEN SU FINALIDAD Y EFECTO PROTECTOR HASTA QUE LA SITUACIÓN DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO QUE LAS MOTIVÓ SE HAYA AGOTADO Y LAS MEDIDAS NO SEAN NECESARIAS, CORRESPONDIENDO A LAS AUTORIDADES VINCULADAS GARANTIZAR SU EFECTIVIDAD Y DETERMINAR LO CONDUCENTE CONFORME A SUS ATRIBUCIONES
SUP-REC-138/2020CASO: VULNERACIÓN A LA UNIVERSALIDAD DEL VOTO, EN CASO DE REELECCIÓN EN COMUNIDAD INDÍGENA SE DEBE SOBRESEER EN EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, AL ADVERTIRSE QUE NO SE ACTUALIZA ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESPECÍFICOS DE PROCEDENCIA DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN
SUP-REC-105/2020CASO: ELECCIÓN DE CONCEJALES DE AYUNTAMIENTO INDÍGENA EN OAXACA
SUP-REC-102/2020CASO: SOLICITUD DE MUJER MIXTECA DE GARANTIZAR SU DERECHO A SER VOTADA Y FACILITAR SU PARTICIPACIÓN EN LAS ELECCIONES A CONCEJALES DE AYUNTAMIENTO
SUP-REC-80/2020CASO: ELECCIÓN EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA CHIMALAPA, OAXACA EL ANÁLISIS DE LEGALIDAD RESPECTO DE LA CONDICIÓN DE COSA JUZGADA DE UN CONVENIO, NO ES SUFICIENTE PARA REUNIR LOS REQUISITOS ESPECIALES DE PROCEDENCIA DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
SUP-REC-77/2020CASO: SEGUNDA ASAMBLEA DE ELECCIÓN DE CONCEJALES DEL MUNICIPIO DE SANTA INÉS YATZECHE, DISTRITO DE ZIMATLÁN, OAXACA EL HECHO DE HABERSE CONVOCADO A UNA SEGUNDA ASAMBLEA, CONSTITUYÓ UN MECANISMO EXCEPCIONAL QUE BUSCABA CUMPLIR CON LA RENOVACIÓN OPORTUNA DEL AYUNTAMIENTO EN CONDICIONES DE RESPETO AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LAS MUJERES DE LA COMUNIDAD DEL MUNICIPIO DE SANTA INÉS YATZECHE, DISTRITO DE ZIMATLÁN, OAXACA
SUP-REC-72/2020CASO: ELECCIÓN DE CONCEJALES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN ANTONIO TEPETLAPA, OAXACA
SUP-REC-59/2020CASO: NULIDAD DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL SANTA FLOR, CUICATLÁN, OAXACA
SUP-REC-29/2020CASO: VALIDEZ DE LA ELECCIÓN LLEVADA A CABO POR LA ASAMBLEA GENERAL COMUNITARIA DE FRANCISCO CHINDÚA, DISTRITO DE NOCHIXTLÁN, OAXACA LA CABECERA MUNICIPAL Y LA AGENCIA SON COMUNIDADES DISTINTAS, AUTÓNOMAS E INDEPENDIENTES, YA QUE CADA UNA CUENTA CON SUS PROPIAS AUTORIDADES, Y ASAMBLEAS, ADEMÁS DE QUE, DE MANERA INDEPENDIENTE, SON TITULARES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES RESPECTIVOS
SUP-REC-395/2019CASO: ELECCIÓN DE LA REGIDURÍA ÉTNICA DE CABORCA, SONORA LA AUTOADSCRIPCIÓN NO ES SUFICIENTE PARA QUE UNA PERSONA SE OSTENTE COMO AUTORIDAD TRADICIONAL, SALVO QUE SEA UN HECHO NOTORIO, DE OTRA MANERA LA AUTORIDAD DEBE CERCIORARSE DE ESE CARÁCTER CON BASE EN ELEMENTOS ACORDES CON LOS USOS Y COSTUMBRES DE LA COMUNIDAD
SUP-REC-1272/2017
SX -JDC-345/2019
SX -JDC-173/2019
SX -JDC-63/2018
SX -JDC-13/2018
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SUP-REC-68/2020CASO. ELECCIÓN DE CONCEJALES EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO YUCUYACHI, OAXACA
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ST -RAP-12/2019
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SUP-REP-279/2022CASO: MULTA A LAS CONCESIONARIAS TRANSMISORA REGIONAL RADIO FÓRMULA, LA B GRANDE, GIM Y, UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA A TV AZTECA, POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA TRANSMISIÓN DE LA PAUTA ORDENADA POR EL INE, POR DIFUNDIRLA EN DIFERENTE VERSIÓN, HORARIO Y ORDEN EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD SE CUMPLE CUANDO SE AGOTA CUIDADOSAMENTE EN LA SENTENCIA EL ESTUDIO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS PLANTEAMIENTOS DE LAS PARTES Y QUE CONSTITUYAN LA CAUSA DE PEDIR, PORQUE CON ELLO SE ASEGURA LA CERTEZA JURÍDICA QUE DEBE PRIVAR EN CUALQUIER RESPUESTA DADA POR UNA AUTORIDAD A LOS GOBERNADOS EN ARAS DEL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA
SUP-REP-124/2020CASO: TELEVISORA IMPUGNÓ MULTA POR NO TRANSMITIR PAUTA APROBADA POR EL INE
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SUP-JDC-1076/2021CASO. EJERCICIO DEL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO EN EL PROCESOS ELECTORALES 2020-2021. RESULTA INADECUADO QUE EL INE ÚNICAMENTE IMPLEMENTÓ DOS DE LAS TRES MODALIDADES QUE LA LEY PREVÉ, PARA EL EJERCICIO DEL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EXCLUYENDO LA MODALIDAD PRESENCIAL A TRAVÉS DE LAS EMBAJADAS O CONSULADOS
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SUP-JDC-1076/2021CASO. EJERCICIO DEL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO EN EL PROCESOS ELECTORALES 2020-2021. RESULTA INADECUADO QUE EL INE ÚNICAMENTE IMPLEMENTÓ DOS DE LAS TRES MODALIDADES QUE LA LEY PREVÉ, PARA EL EJERCICIO DEL VOTO DE LOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EXCLUYENDO LA MODALIDAD PRESENCIAL A TRAVÉS DE LAS EMBAJADAS O CONSULADOS
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SM -JE -219/2021ES INCONSTITUCIONAL LA NORMA QUE ESTABLECE LA PRESCRIPCIÓN PARA FINCAR RESPONSABILIDADES POR INFRACCIONES COMETIDAS EN UN PROCESO ELECTORAL, UNA VEZ QUE SE DECLARE LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN.
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SM -JDC-521/2021CUANDO UN SERVIDOR PÚBLICO ES PRIVADO DE SU LIBERTAD, RESULTA PROCEDENTE LA SOLICITUD DE LICENCIA PARA SEPARARSE DEL CARGO.
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SM -JDC-39/2021LAS AUTORIDADES DEBEN EVITAR IMPONER MEDIDAS QUE RESULTEN AJENAS A LAS COMUNIDADES INDÍGENAS O QUE NO CONSIDEREN AL CONJUNTO DE AUTORIDADES TRADICIONALES O MIEMBROS EN LA TOMA DE DECISIONES
SM -JRC-5/2024CANDIDATURAS INDÍGENAS. CRITERIO: LAS CONSULTAS PREVIAS RELACIONADAS CON POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS INDÍGENAS EN SAN LUIS POTOSÍ SERÁN APLICABLES UNA VEZ CONCLUIDO EL PROCESO ELECTORAL LOCAL EN CURSO.
SUP-JDC-353/2024CASO: LA INVIABILIDAD DEL REGISTRO DE DIVERSAS PERSONAS INDÍGENAS COMO CANDIDATAS A DIVERSOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR EN EL ÁMBITO FEDERAL EL CONSEJO GENERAL DEL INE NEGÓ EL REGISTRO DEL ACTOR COMO CANDIDATO INDÍGENA A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, AL NO CONTAR CON ATRIBUCIONES PARA LLEVAR A CABO EL REGISTRO DE CANDIDATURAS SIN QUE SEAN POSTULADAS MEDIANTE UN PARTIDO POLÍTICO O A TRAVÉS DE UNA CANDIDATURA INDEPENDIENTE
SUP-REC-314/2024CASO: UN CIUDADANO QUE SE AUTO ADSCRIBE INDÍGENA TIENE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EL REGISTRO DE CANDIDATURAS A DIPUTACIONES FEDERALES BAJO LA ACCIÓN AFIRMATIVA INDÍGENA QUIENES ASPIRAN A UNA CANDIDATURA INDÍGENA, ES CLARO QUE TIENE INTERÉS LEGÍTIMO PARA HACERLO VALER ANTE LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES, AL FORMAR PARTE DE ESE COLECTIVO EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
SUP-REC-2123/2021CASO: ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA INTEGRAR EL AYUNTAMIENTO DE OCUITUCO MORELOS. LAS AUTORIDADES COMPETENTES PUEDEN EMITIR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS GRUPOS QUE HISTÓRICAMENTE NO HAN LOGRADO SER REPRESENTADOS
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SUP-REC-2125/2021CASO: ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO. EN AQUELLOS CASOS EN LOS QUE LOS RESULTADOS ELECTORALES Y LA ASIGNACIÓN DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL QUE SE LLEVÓ A CABO DERIVABAN DE UNA INTEGRACIÓN NO PARITARIA DE LOS ÓRGANOS, ES NECESARIO LLEVAR A CABO AJUSTES PARA LOGRAR QUE EL ÓRGANO SE ENCUENTRE INTEGRADO PARITARIAMENTE Y, CON ELLO, CUMPLIR CON LA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL DE UNA POLÍTICA PARITARIA
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SUP-REC-2140/2021CASO: ASIGNACIÓN DE REGIDURÍAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE JANTETELCO, MORELOS. EL PRINCIPIO DE GOBERNABILIDAD SE DEBE RESPETAR EN LA INTEGRACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS, A PESAR DE QUE UN PARTIDO POLÍTICO QUEDE SOBRERREPRESENTADO EN CASOS EXTRAORDINARIOS
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SUP-JE -236/2024PUBLICACIÓN DE UN VIDEO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK DE JUAN SANDOVAL ÍÑIGUEZ, EMITIÓ UN MENSAJE CON CONTENIDO POLÍTICO-ELECTORAL DIRIGIDO A LA CIUDADANÍA CON EL FIN DE INFLUIR EN LAS PREFERENCIAS ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL 2023-2024 EXISTÍA IDENTIDAD EN EL SUJETO DENUNCIADO PUES EL PSE-TEJ-183/2024 SE INSTRUYÓ EN CONTRA DE JUAN SANDOVAL IÑIGUEZ, A QUIEN LE FUE DICTADA SENTENCIA EN EL DIVERSO PSE-TEJ-098/2024, LA CUAL RESULTABA SER COSA JUZGADA
SUP-JE -267/2021CASO. INFRACCIÓN ATRIBUIDA AL TERCER OBISPO DE LA DIÓCESIS DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. LAS INFRACCIONES COMETIDAS POR MINISTRO DE CULTO SON DE COMPETENCIA CONCURRENTE ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y LAS AUTORIDADES LOCALES, DEPENDIENDO DEL TIPO DE ELECCIÓN DE QUE SE TRATE
SUP-REP-493/2024CASO: PRINCIPIO DE LAICIDAD POR LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL CON SÍMBOLOS RELIGIOSOS EL CULTO DE LA SANTA MUERTE PUEDE IMPLICAR UNA VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE LAICIDAD
SUP-REP-478/2021CASO: VIOLACIÓN AL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO ATRIBUIDA A DOS MINISTROS DE CULTO. LOS MINISTROS NO PODRÁN ASOCIARSE CON FINES POLÍTICOS NI REALIZAR PROSELITISMO A FAVOR O EN CONTRA DE CANDIDATO, PARTIDO O ASOCIACIÓN POLÍTICA ALGUNA
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SUP-REC-525/2024CASO: LAS CANDIDATURAS DE MARIO MORENO ARCOS Y GABRIELA BERNAL RESÉNDIZ, PROPIETARIO Y SUPLENTE, RESPECTIVAMENTE, NO CONTABAN CON UN VÍNCULO HACIA LA COMUNIDAD AFRODESCENDIENTE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS CONSISTE EN QUE DEBEN INSTRUMENTARSE ANTES DEL INICIO DE LOS PROCESOS ELECTORALES, O BIEN UNA VEZ INICIADOS SIEMPRE QUE ELLO PERMITA CONTAR CON UN PLAZO RAZONABLE QUE NO AFECTE LAS ETAPAS DEL PROCESO
SUP-REC-188/2022CASO: ACUERDO CGIEEG/015/2022, EMITIDO POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO, POR EL QUE APROBÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE LAS PERSONAS MIGRANTES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, AFRO-MEXICANOS Y DE LA DIVERSIDAD SEXUAL, EN LAS CANDIDATURAS A DIPUTACIONES LOCALES PARA EL PRÓXIMO PROCESO ELECTORAL 2024 EN GUANAJUATO ES VÁLIDA LA EXISTENCIA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN HORIZONTALES, A TRAVÉS DE LOS CUALES SE PERMITE A LA PROPIA AUTORIDAD EMISORA REVISAR UN ACTO PROPIO
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SM -RAP-37/2022LA NORMA QUE ESTABLECE QUE CIERTAS APORTACIONES DE SIMPATIZANTES DEBEN SER CUANTIFICADAS Y REPORTADAS POR QUIENES ASPIREN A CANDIDATURAS INDEPENDIENTES Y NO POR LAS PRECANDIDATURAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ES INCONSTITUCIONAL.
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SUP-REP-661/2023CASO: CLAUDIA SHEINBAUM, ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y USO INDEBIDO DE PROGRAMAS SOCIALES LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL DEBE, POR LO MENOS DE FORMA PRELIMINAR, ANALIZAR LOS HECHOS DENUNCIADOS A TRAVÉS DE LAS CONSTANCIAS QUE SE ENCUENTRAN EN EL EXPEDIENTE CON MOTIVO DE LA QUEJA, PARA DETERMINAR SI EXISTEN ELEMENTOS INDICIARIOS QUE REVELEN LA PROBABLE EXISTENCIA DE UNA INFRACCIÓN
SUP-REP-326/2022CASO: DIFUSIÓN DE UN VIDEO PUBLICADO EN LOS PERFILES DE TWITTER Y FACEBOOK DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “QUE SIGA LA DEMOCRACIA A.C.”, EN EL QUE SE HACE REFERENCIA AL PROGRAMA “SEMBRANDO VIDA” LA PROHIBICIÓN DE LA UTILIZACIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES EXCLUYE A LA ASOCIACIÓNES CIVILES, PORQUE VA DIRIGIDA A PODERES PÚBLICOS, DEPENDENCIAS, ÓRGANOS AUTÓNOMOS O ENTIDADES
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SUP-REP-727/2024CASO: CONFERENCIAS DE PRENSA MATUTINAS DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y DIVERSAS PERSONAS DEL SERVICIO PÚBLICO, CON LA INTENCIÓN DE FAVORECER A CLAUDIA SHEINBAUM Y A MORENA LA AUTORIDAD RESPONSABLE ANALIZARA LAS EXPRESIONES DE LAS CONFERENCIAS MATUTINAS DENUNCIADAS A LA LUZ DE LA ETAPA DEL PROCESO ELECTORAL EN QUE SE EMITIERON
SUP-REP-612/2024CASO: USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA LA DENUNCIA SE DESECHÓ POR LA FALTA DE ELEMENTOS PROBATORIOS
SUP-REP-84/2023CASO: IMPOSICIÓN DE MEDIDAS DE APREMIO AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES DICTADAS POR LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LOS MEDIOS DE APREMIO NO CONSTITUYEN SANCIONES PARA LAS PARTES, SINO MEDIDAS PROCESALES DIRIGIDAS A LOGRAR, DE MANERA COERCITIVA, EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO, TANTO EN CUALQUIERA DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS DURANTE LA INSTRUCCIÓN COMO EN LA RESOLUCIÓN FINAL QUE SE DICTE EN EL PROCEDIMIENTO
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SUP-JDC-306/2024CASO: CAUSA DE INELEGIBILIDAD LA SOLA INSCRIPCIÓN EN EL CATÁLOGO DE PERSONAS SANCIONADAS EN MATERIA DE VPG SE REQUIERE QUE EXISTA UNA SENTENCIA DEFINITIVA Y FIRME EN LA QUE SE HAYA CONDENADO A UNA PERSONA POR EL DELITO DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO
SUP-REP-150/2023CASO: DETERMINACIÓN DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO EN PERJUICIO DE LAS DIPUTADAS Y EX DIPUTADAS FEDERALES DEL PRI, CON MOTIVO DE LA REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN Y MANIFESTACIONES REALIZADAS EN EL PROGRAMA DENOMINADO “MARTES DEL JAGUAR” LOS HECHOS CONSTITUTIVOS DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO PUEDEN CONOCERSE EN DISTINTAS VÍAS, ELLO, PORQUE A PESAR DE EXISTIR IDENTIDAD EN LOS HECHOS, EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN TIENE UNA NATURALEZA DISTINTA AL MEDIO DE IMPUGNACIÓN INSTAURADO POR LA POSIBLE AFECTACIÓN DEL DERECHO POLÍTICO ELECTORAL EN SU VERTIENTE DE EJERCICIO DEL CARGO
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SUP-RAP-97/2023CASO. REGISTRO DE LA ASOCIACIÓN DENOMINADA "QUE SIGA LA DEMOCRACIA A.C.", COMO ASOCIACIÓN POLÍTICA NACIONAL (APN) ES HASTA EL MOMENTO EN QUE UNA ASOCIACIÓN CIVIL HA OBTENIDO SU REGISTRO COMO ASOCIACIÓN POLÍTICA NACIONAL (APN), EN QUE LEGAL Y REGLAMENTARIAMENTE SURGEN SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, SOBRE TODO, PORQUE SI MÁS ADELANTE PRETENDE SOLICITAR SU REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO NACIONAL, LA OBSERVANCIA DE LAS REGLAS EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN CONSTITUYEN UNO DE LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL REGISTRO
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SUP-RAP-211/2023CASO: BOLETAS ELECTORALES CON EMBLEMAS PARA EL PROCEDIMIENTO FEDERAL 2023-2024 LAS BOLETAS ELECTORALES PARA LAS ELECCIONES DE PRESIDENCIA, SENADURÍAS Y DIPUTACIONES CONTENDRÁN, ENTRE OTROS ASPECTOS, EL EMBLEMA A COLOR DE CADA UNO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES QUE PARTICIPAN CON CANDIDATOS PROPIOS, O EN COALICIÓN, EN LA ELECCIÓN DE QUE SE TRATE
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SM -JDC-96/2023CRITERIO: LA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DEBE RESPETAR EL ORDEN DE PRELACIÓN DE LA LISTAS REGISTRADAS Y LA PARIDAD EN LA INTEGRACIÓN DEL CONGRESO.
SUP-REC-22360/2024EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EFECTUÓ EL CÓMPUTO FINAL DE LA ELECCIÓN DE DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Y DECLARÓ SU VALIDEZ Y LA ELEGIBILIDAD DE LAS CANDIDATURAS A QUIENES LES ASIGNÓ UNA DIPUTACIÓN SE DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS CONTENIDAS EN INCISOS F) Y G), ARTÍCULO 321 DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES DEL ESTADO DE PUEBLA
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SUP-REP-532/2024CASO: NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS MEDIANTE EL CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES POR DIVERSAS CONCESIONARIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN PORQUE LA FECHA EN QUE LES FUERON NOTIFICADAS LAS RESPECTIVAS MEDIDAS CAUTELARES ORDENADAS POR LA COMISIÓN DE QUEJAS, NO ESTÁ ACREDITADO
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SUP-REC-721/2024CASO: INELEGIBILIDAD DE UN CANDIDATO ELECTO COMO DIPUTADO FEDERAL POR MAYORÍA RELATIVA, PORQUE AL REGISTRARSE A DICHO CARGO ESTABA INCLUIDO EN EL REGISTRO ESTATAL DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS LA DECLARACIÓN DE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO SUSPENDE EL DERECHO POLÍTICO ELECTORAL DE LA PERSONA QUE ASPIRA AL CARGO DE ELECCIÓN POPULAR
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Suspensión de derechos políticos