Delitos

Regla de la Reforma

El Congreso de la Unión deberá expedir una ley general en materia de delitos electorales.

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Proceso Legislativo
Iniciativa del PAN
Iniciativa del PRD
Dictamen de las Comisiones Unidas del Senado
Minuta de la Cámara de Diputados
Minuta del Senado
Dictamen Final
Ley Vigente
La persona que haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada de consulta popular, en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo, durante el procedimiento de consulta popular, será sancionada con cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años
Se sancionara con multa de 400 a 800 días de salario a algunos altos funcionarios electorales que sean designados a cargos públicos por los poderes en cuya elección hayan calificado o participado, o asumen cargos de dirigencia partidista o se postulen a un cargo de elección durante los dos años siguientes a la conclusión de su encargo
Se sancionará con multa de 100 hasta 500 días de salario a quien, estando obligado, se niegue a dar fe de hechos o certificar documentos concernientes a la elección
Los ministros de culto religioso que presionen, orienten o induzcan el voto, serán sancionados con multa de 100 hasta 500 días de salario
Se sancionará a la persona que realice o utilice los recursos ilícitos o aportados en transgresión a las normas, con multa de mil a cinco mil días de salario y prisión de 5 a 15 años
Los precandidatos, candidatos, funcionarios partidistas u organizadores de campaña que aprovechen los recursos públicos, serán sancionados con prisión de 2 a 9 años.
La persona que afecte el Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o el Listado de Electores, o utilice los datos en ellos contenidos fuera de lo previsto por la ley, será sancionada con multa de entre 60 a 200 días de salario y prisión de 3 a 7 años
Las personas electas a un cargo de elección popular que no se presenten a desempeñarlo sin una causa justificada, serán sancionadas con suspensión de sus derechos políticos hasta por 6 años
La ley tipifica los delitos que pueden cometer los servidores públicos, que se sancionarán con multas de entre 200 y 400 días de salario y prisión de 2 a 9 años
La persona que afecte el proceso de liquidación será sancionada con multa de entre 200 a 400 días de salario y prisión de 1 a 9 años
La ley tipifica los delitos que pueden cometer los funcionarios partidistas y candidatos, que se sancionarán con multas de 100 a 200 días y prisión de 2 a 6 años
La ley tipifica los delitos que pueden cometer los funcionarios electorales, que serán sancionados con multa de entre 50 y 200 días de salario y prision de 2 a 6 años
La ley tipifica los delitos que pueden cometer los ciudadanos y establece como sanción una multa de entre 50 y 100 días de salario y prisión de 6 meses a 3 años
La persona que obstaculice o interfiera el escrutinio y cómputo de la consulta popular; introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más papeletas utilizadas en la consulta popular o bien introduzca papeletas falsas, será sancionada con cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años
La persona que solicite votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa para emitir su voto o abstenerse de emitirlo en la consulta popular, durante el procedimiento de consulta popular, será sancionada con cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años
El servidor público que coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular, será sancionado con doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años
El servidor público que condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de una opción dentro de la consulta popular, será sancionado con doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años
Jurisprudencia y tesis del TEPJF
La flagrancia en delitos electorales no autoriza a que particulares o partidos políticos, se organicen para realizar detenciones u operativos de prevención
Sentencias Relevantes del TEPJF
SCJN
Es parte de la materia electoral la tipificación de delitos y faltas en materia electoral, y sus sanciones
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