3 % del total de la votación válida emitida para mantener el registro como partido político nacional o como partido político local y para acceder a RP
Registro
Indice
Regla de la Reforma
Proceso Legislativo
Iniciativa del PAN
Crear una ley especializada en partidos políticos en la que se establezcan los estándares mínimos que deben cumplir para su conformación.
Registro de partidos Iniciativa del PRD
Crear una ley especializada en partidos políticos tomando como eje la garantía constitucional de asociación para la conformación de partidos políticos.
Registro de partidos Dictamen de las Comisiones Unidas del Senado
Crear una ley especializada en partidos políticos en la que se establezcan los requisitos para su registro.
Registro de partidos Minuta de la Cámara de Diputados
Crear una ley especializada en partidos políticos en la que se establezcan los requisitos para su registro
Registro de partidos Minuta del Senado
Crear una ley especializada en partidos políticos en la que se establezcan los requisitos para su registro
Registro de partidos Dictamen Final
Ley Vigente
N/A
Se necesita el 3% de la votación valida emitida
Causas de pérdida de registro y trámite
Sentencias Relevantes del TEPJF
Si el partido político perdió su acreditación en un Estado, consecuencia de que a nivel nacional no alcanzó el 2% de la votación nacional emitida, no existe posibilidad jurídica de que una multa, pueda considerarse determinante para efectos de la procedencia del juicio.
La pérdida del derecho a recibir financiamiento público es una consecuencia inmediata, prevista por la ley, para el caso de que un partido político nacional pierda su registro.
Si la ley no señala el procedimiento, en las disposiciones reglamentarias se da libertad de actuar al Consejo General para regular y desarrollar el procedimiento que estime pertinente necesario para que se consiga el fin de la liquidación de bienes.
SCJN
Establecimiento de una barrera legal para que los partidos políticos conserven su registro es constitucional
Es constitucional la disposición de que los partidos políticos nacionales que pierdan su acreditación estatal también perderán la totalidad de sus activos adquiridos a través de las prerrogativas estatales que hayan recibido durante el tiempo que mantuvieron su acreditación y estos pasarán a propiedad del Instituto Estatal Electoral