Acuerdos del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana

En este apartado encontrarás los acuerdos emitidos por el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, relacionados con el cumplimiento de la paridad en el registro de las candidaturas de los partidos políticos, así como de las candidaturas independientes.

Acuerdo o documento

Síntesis

Acuerdo impepac/cee/005/2015, del Consejo morelense de procesos electorales y participación ciudadana, por el que se aprueba el criterio para la aplicación de la paridad de género en la integración de las planillas de candidatos a presidente municipal y sindico propietarios y suplentes, respectivamente.

En este acuerdo el Consejo Estatal Electoral del Estado de Morelos aprueba los criterios que regirán para la aplicación de los principios de paridad de género en el proceso electoral concerniente a los Ayuntamientos del Estado.  

Acuerdo impepac/cee/025/2015, del Consejo Estatal Electoral del Instituto morelense de procesos electorales y participación ciudadana, relativo a la aprobación de las características del informe que deberán rendir los partidos políticos respecto al resultado del proceso de selección interno y la fecha para la presentación del mismo, en cumplimiento al artículo 167, párrafo tercero del código de instituciones y procedimientos electorales para el Estado de Morelos.

En este acuerdo el  Consejo Estatal Electoral del Estado insta a los Partidos Políticos que a través de sus informes de rendición de los resultados de selección interna se cumpla la normativa aplicable a la paridad de género.

 

Considerandos I, XV

Acuerdo impepac/cee/028/2015, del Consejo Estatal Electoral del Instituto morelense de procesos electorales y participación ciudadana, por el que se aprueban los lineamientos para el registro de candidatos a los cargos de diputados locales por ambos principios; así como, integrantes de los ayuntamientos en el estado de Morelos, para el proceso electoral 2014 – 2015.   

 

 

 

En este Acuerdo se aprueban los lineamientos (contemplando la paridad de género) para el registro de candidatos en el proceso electoral estatal.

Antecedente 6.

 

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