Jurisprudencia del TEPJF

En este apartado encontraras la compilación de jurisprudencia  del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre el tema

 

RUBRO

NUMERAL

EMBLEMA DE PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES. CONCEPTO

 

34/2010

 

PERSONERÍA PARA EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN EL CASO DE LAS COALICIONES. AL DETERMINARLA TAMBIÉN SE DEBE ATENDER A LA INTENCIÓN DE QUIENES SUSCRIBEN EL CONVENIO DE COALICIÓN

 

21/2009

CLÁUSULA DE GOBERNABILIDAD. SÓLO BENEFICIA A LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y NO A LAS COALICIONES (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL)

 

XX/2001

 

COALICIONES. AL EXTINGUIRSE POR LA CONCLUSIÓN DEL PROCESO ELECTORAL PARA EL QUE SE FORMARON, CUALQUIERA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS QUE LAS INTEGRARON SE ENCUENTRA LEGITIMADO PARA CONTINUAR LAS ACCIONES INICIADAS O INTERPONER LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN QUE CORRESPONDA A LOS INTERESES DE AQUELLA

 

XX/2007

COALICIONES. EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL TIENE FACULTADES PARA EXPEDIR INSTRUCTIVOS EN LA MATERIA

 

VIII/2000

 

COALICIONES. ESTÁN IMPEDIDAS LEGALMENTE PARA RECIBIR APOYO ECONÓMICO, POLÍTICO O PROPAGANDÍSTICO EN LOS MISMOS TÉRMINOS EN QUE LO ESTÁN LOS PARTIDOS POLÍTICOS

 

XXIV/2002

 

COALICIONES. LA IMPUGNACIÓN DE LA NEGATIVA DEL REGISTRO DEL CONVENIO PUEDE HACERLA UNO SOLO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS SOLICITANTES

 

XC/2001

 

COALICIONES. LAS FALTAS COMETIDAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS COALIGADOS DEBEN SANCIONARSE INDIVIDUALMENTE

 

XXV/2002

 

COALICIONES. LOS LÍMITES A LA SOBRERREPRESENTACIÓN EN LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, LES RESULTAN APLICABLES COMO SI SE TRATARAN DE UN PARTIDO POLÍTICO (LEGISLACIÓN DE CHIHUAHUA)

 

XXIII/2007

COALICIONES. SÓLO SURTEN EFECTOS ELECTORALES

 

XXVII/2002

 

DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. ANTES DE DEFINIR EL COCIENTE ELECTORAL DEBE DEDUCIRSE LA VOTACIÓN DE LOS PARTIDOS O COALICIONES QUE YA NO PARTICIPAN (LEGISLACIÓN DE TAMAULIPAS)

 

XXIX/2005

DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. REGLAS PARA SU ASIGNACIÓN A PARTIDOS POLÍTICOS O COALICIONES, CONSIDERANDO LOS LÍMITES CONSTITUCIONALES DE LA SOBRERREPRESENTACIÓN

 

LII/2002

MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA. LAS COALICIONES TIENEN DERECHO A ACREDITAR ÚNICAMENTE UN REPRESENTANTE COMÚN (LEGISLACIÓN DE NUEVO LEÓN)

 

II/2010

 

PROPAGANDA ELECTORAL. EN LA DISTRIBUCIÓN DE BASTIDORES Y MAMPARAS SE DEBE CONSIDERAR A LAS COALICIONES COMO UN SOLO PARTIDO POLÍTICO, CUANDO ASÍ PARTICIPEN EN EL PROCESO COMICIAL

 

XXXIX/2014

RADIO Y TELEVISIÓN. LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO DEBEN UTILIZAR LOS TIEMPOS QUE LES SON ASIGNADOS, PARA PROMOCIONAR LA IMAGEN DE CANDIDATOS POSTULADOS POR OTROS INSTITUTOS POLÍTICOS O COALICIONES

 

XVIII/2013

unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/agar-io-unblocked-school
https://www.symbaloo.com/mix/classroom6x
https://www.symbaloo.com/mix/paper-io-unblocked-here
https://www.symbaloo.com/mix/retro-bowl-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/yohoho-unblocked-github
https://www.symbaloo.com/mix/io-games-unblocked-ys2m
https://www.symbaloo.com/mix/io-games-unblocked-school
https://www.symbaloo.com/mix/cookie-clicker-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/unblocked-games-76x
https://www.symbaloo.com/mix/1v1-lol-unblocked-2
https://www.symbaloo.com/mix/slither-io-unblocked-6cub
https://www.symbaloo.com/mix/ovo-unblocked-76
https://www.symbaloo.com/mix/run-3
https://www.symbaloo.com/mix/yohoho-io-unblocked-games-xlcv https://www.symbaloo.com/mix/retro-bowl
https://www.symbaloo.com/mix/slope-2-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/retro-bowl-2-college
https://www.symbaloo.com/mix/unblocked-games-list
https://www.symbaloo.com/mix/yohoho-io-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/2-yohoho-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/io-run-3-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/free-unblocked-games-76
https://www.symbaloo.com/mix/school-unblocked-games-6x
https://www.symbaloo.com/mix/geometry-dash-unblocked
https://www.symbaloo.com/mix/cookieclicker-2-unblocked