A continuación se presentan acuerdos relevantes que han sido aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en materia de autoridades electorales jurisdiccionales.
Palabras clave: Decreto, Instituto Nacional Electoral, Fiscalización.
Clave |
Resumen |
El 31 de enero de 2014, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la República promulgó la Reforma Constitucional en materia Político-Electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales, por lo que el 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “decreto por el cual se reformaban, adicionaban y derogaban diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral. En el decreto de reforma se incluyen diversas disposiciones que modifican la denominación, estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal Electoral para transformarse en el Instituto Nacional Electoral, entre las que destacan la modificación de la estructura de su Consejo General y la inclusión en el texto constitucional del procedimiento para la selección y designación de sus integrantes. Por lo que el acuerdo establece la pertinencia de establecer Lineamientos Generales de Trabajo que prevean la mecánica a seguir en la proyección, elaboración y adecuación de los distintos Reglamentos y ordenamientos que faciliten el trabajo del Instituto Nacional Electoral, en lo que destaca que la Comisión de Quejas y Denuncias presentará al Consejo General para su aprobación la propuesta de reforma al Reglamento de Quejas y Denuncias y del Reglamento en Materia de Propaganda Institucional y Político Electoral de Servidores Públicos. |
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Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, se reformó el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el citado decreto, en su artículo 41, Base V Apartado B, penúltimo párrafo, se establece que corresponde al Consejo General del Instituto Nacional Electoral la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos, relativas a los procesos Electorales (federal y local), así como de las campañas de los candidatos. Como resultado de lo anterior el 22 de diciembre de 2014 se expide un nuevo Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, abrogando el Reglamento de Procedimientos en Materia de Fiscalización, aprobado el 4 de julio de 2011 en sesión extraordinaria del Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral mediante el Acuerdo CG199/2011. El nuevo Reglamento establece los términos, disposiciones y requisitos para la tramitación, sustanciación y resolución de los procedimientos administrativos sancionadores electorales en materia de fiscalización y recoge las disposiciones contenidas en la ley, así como en los diversos criterios sostenidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con la finalidad que las notificaciones realizadas con motivo de los procedimientos en materia de fiscalización tengan plena validez; asimismo, se contemplan los requisitos de los escritos de queja, las causales de improcedencia, desechamiento y sobreseimiento; de igual manera se prevé el desechamiento de plano sin que medie prevención a la parte denunciante; se prevé el procedimiento para sustanciar y resolver las quejas relacionadas con las precampañas y campaña, con la finalidad de que éstas se resuelvan de manera pronta y expedita, a fin de que no se afecte el desarrollo de las siguientes etapas del Procedimiento Electoral. De igual forma, en el Reglamento se establecen los elementos y requisitos que deben contener las resoluciones, los elementos objetivos y subjetivos para individualizar la sanción y para acreditar la reincidencia de conformidad con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como los criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |