Entendiendo que los Organismos Públicos Locales son autoridad en materia electoral a nivel local, de acuerdo con los términos y disposiciones que estipula la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la propia CPEUM, el INE aprueba el Reglamento bajo el cual queda regulada la función electoral en las entidades federativas.
En este Reglamento se establecen las atribuciones del Consejo General, la Comisión de Vinculación, la Secretaría Ejecutiva, la Unidad de Vinculación, la Oficialía Electoral, las Juntas Locales y las Juntas Distritales. Quedan estipulados los requerimientos y procedimientos en el caso de la asunción total o parcial de los procesos electorales, sobre la facultad de atracción y la facultad de delegación, contemplados en la Reforma.
El Reglamento completo puede ser consultado aquí: http://portales.te.gob.mx/consultareforma2014/node/5790