El Acuerdo A17/INE/QROO/CD02/04-04-2015, de cuatro de abril del año en curso, mediante el cual el 02 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Quintana Roo otorgó el registro como candidatos independientes a diputados federales por el principio de mayoría relativa a Andrés Florentino Ruiz Morcillo y Santos Benito Serapio Poot Noh, para el proceso electoral 2014-2015.
El acuerdo CE/2015/029 de veinte de abril de dos mil quince, emitido por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, relativo al registro supletorio de las candidaturas a diputados, presidentes municipales y regidores por el principio de mayoría relativa y de las candidaturas a diputados y regidores por el principio de representación proporcional, en la entidad referida.
El acuerdo A19/INE/VER/CD08/04-04-15 dictado por el 08 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz por el que desechó la solicitud de registro presentada por el actor para contender como candidato ciudadano a diputado federal por el principio de mayoría relativa en el distrito electoral 08, con cabecera en Xalapa, Veracruz.
El acuerdo A20/INE/VER/CD10/04-04-15, dictado el cuatro de abril de dos mil quince, por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el estado de Veracruz, en el que se determinó tener por no registrada la fórmula integrada por el actor y Antonio Barat Pérez, como candidatos independientes, propietario y suplente, respectivamente, para el cargo mencionado.
La negativa de registro como candidato independiente para la diputación federal por el principio de mayoría relativa, en el distrito federal electoral 10 en Veracruz, emitida por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz mediante acuerdo A18/INE/VER/CD10/04-04-15 de cuatro de abril del presente año.
El acuerdo A21/INE/VER/CD10/04-04-15, emitido por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz, el pasado cuatro de abril, que determinó tener por no presentada la fórmula integrada por Pascual Pozos Ramírez y Jesús Antonio Salazar, como candidatos independientes, propietario y suplente, respectivamente, para el cargo de Diputado Federal por el principio de mayoría relativa.
La indebida difusión de la referida Convocatoria, en razón de que afirma haber tenido conocimiento de la misma tres días antes de la conclusión del plazo para presentar su escrito de intención, así como la documentación respectiva, a efecto de participar como candidato independiente al cargo de Diputado Federal por el XIX distrito electoral en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
El oficio INE-JDE10/1320/14, a través del cual, el Vocal Ejecutivo de la 10 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz (en adelante "la responsable") tuvo por no presentada su solicitud de intención para obtener el registro como aspirante a candidato independiente a diputado federal, en el distrito federal electoral 10 de la entidad referida.
La resolución emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, en el expediente JIN/020/2013, que confirmó el acuerdo dictado por el Consejo General del Instituto Electoral de dicho estado, por el que se aprobó los topes de gastos de campaña que estarán sujetos los candidatos de los partidos políticos, coaliciones y los candidatos independientes, en el proceso electoral local ordinario dos mil trece.
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante el cual se determina sobre la porcedencia del registro de las planillas de Candidatos Independientes a miembros de los Ayuntamientos de los Municipios de Benito Juárez, Cozumel y Felipe Carrillo Puerto del estado de Quintana Roo, en la próxima jornada electoral local ordinaria a celebrarse el siete de julio de dos mil trece y el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante el cual se determina sobre la procedencia del registro de las planillas de candidatos independientes a miembros del Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad del estado de Quintana Roo, en la próxima jornada electoral local ordinaria a celebrarse el siete de julio de dos mil trece.