Sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, en el expediente JDCL/135/2017, y sus acumulados, mediante la cual se confirman los acuerdos IEEM/CG/181/2017, e IEEM/CG/183/2017, emitidos por el Consejo General del Instituto Electoral de ese Estado, respecto del plazo para recabar el apoyo ciudadano de los aspirantes a candidatos independientes en el proceso electoral local 2017-2018.
Sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que confirma los acuerdos IEEM/CG/181/2017, e IEEM/CG/183/2017, aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral de ese Estado, correspondientes al Reglamento y Convocatoria para quienes aspiren a una Candidatura Independiente para postularse a algún cargo de lección popular en esa entidad federativa.
Sentencia de diez de enero del dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, en el expediente JDCL/133/2017, y acumulados, que confirmó los acuerdos IEEM/CG/181/2017, e IEEM/CG/183/2017, ambos de diecinueve de octubre de esa anualidad, relativos al Reglamento y Convocatoria para quienes aspiren a una Candidatura Independiente durante el proceso electoral en ese Estado.
Sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, en el expediente JDCL/136/2017, y sus acumulados, en el sentido de confirmar los acuerdos IEEM/CG/181/2017, e IEEM/CG/183/2017, emitidos por el Consejo General del Instituto Electoral de ese Estado, relativos al plazo para recabar el apoyo ciudadano de los aspirantes a candidatos independientes en el proceso electoral local 2017-2018.
Sentencia de fecha diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que confirmó los acuerdos IEEM/CG/181/2017, e IEEM/CG/183/2017, de diecinueve de octubre de esa anualidad, aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral de ese Estado, relativos al Reglamento y Convocatoria para quienes aspiren a una Candidatura Independiente para postularse a algún cargo de lección popular en esa entidad federativa.
Acuerdos INE/CG387/2017, INE/CG455/2017, e INE/CG514/2017, de veintiocho de agosto, ocho de septiembre, y ocho de noviembre, todos de dos mil diecisiete, emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativos a los Lineamientos, Convocatoria y el diverso que modificó los previos señalados respecto al porcentaje de apoyo ciudadano, todos en relación con la postulación de candidaturas independientes a diputado federal por el principio de mayoría relativa en el distrito 13 con sede en Ecatepec de Morelos, Estado de México.
Acuerdo de veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo Municipal número 61 del Instituto Electoral del Estado de México, con sede en Nicolás Romero, mediante el cual declaró improcedente el registro de la actora, quien se ostenta como aspirante a candidata independiente a la Presidencia Municipal de Nicolás Romero, Estado de México.
Acuerdo número 1, de veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo Municipal número 10 del Instituto Electoral del Estado de México, con sede en Apaxco, mediante el cual se determinó la improcedencia de las solicitudes de manifestación de intención para candidatos independientes en el Estado de México realizadas por los actores.
Oficio IEEM/CME61/031/2017, de veinticuatro de diciembre de dos mil diecisiete, emitido por el Instituto Electoral del Estado de México, mediante el cual se tiene por improcedente el registro de intención de la actora quien se ostenta como aspirante a candidata independiente a la Presidencia Municipal de Nicolás Romero, en esa entidad federativa.
La improcedencia de la solicitud de registro de la planilla como aspirantes a candidatos independientes de los actores, así como la omisión del Consejo Municipal Número 119, del Instituto Electoral del Estado de México, con sede en Zinacantepec, de darles respuesta a su escrito.