Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: ST-JDC-50/2018
Actores: REYNA CANDELARIA SALAS BOLAÑOS
Fecha de resolución: Jueves, Marzo 1, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTDO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de trece de febrero de dos mil dieciocho, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México, relativa a la impugnación incoada por la actora en contra del acuerdo número 4, emitido el veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, por el Consejo Distrital Electoral No. 36 del Instituto Electoral del Estado de México, con cabecera en San Miguel Zinacantepec, mediante el cual se otorgó la calidad de aspirante a candidata independiente a la actora.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia controvertida.
ST-JDC-50/2018
Expediente: ST-JDC-35/2018
Actores: ANA KARIME ARGUILEZ HERNÁNDEZ
Fecha de resolución: Jueves, Marzo 1, 2018
Autoridades responsables: JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MÉXICO Y OTRA
Acto impugnado:

Oficios INE-JLE-MEX/VE/0258/2018, e INE-CDE27-MEX/053/2018, emitidos por la Junta Local Ejecutiva, a través de su vocal ejecutivo, y por el 27 Consejo Distrital Electoral Federal a través de su vocal ejecutivo y consejero presidente, ambos del Instituto Nacional Electoral, relativos a la solicitud de la actora de conocer los resultados definitivos que obtuvo de apoyo ciudadano y respecto de su garantía de audiencia.

Sentido:
ÚNICO. Se confirman en sus términos los oficios impugnados.
ST-JDC-35/2018
Expediente: ST-JDC-48/2018
Actores: RICARDO MEZA CERVANTES Y OTROS
Fecha de resolución: Jueves, Marzo 1, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Resolución de incidentes de inejecución de trece de febrero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el expediente JDCL/9/2018, a través de la cual se determinó hacer efectivo el apercibimiento realizado a los actores respecto a tener por precluída la posibilidad de cumplir con el requisito de señalar el número de cuenta bancaria y, en consecuencia, la imposibilidad para acceder a la calidad de aspirantes a candidatos independientes.

Sentido:
PRIMERO. Se revoca la resolución incidental del tribunal responsable dictada en el expediente JDCL/9/2018 el 13 de febrero de 2018. SEGUNDO. Se ordena al Consejo Municipal 10 del Instituto Electoral del Estado de México, en Apaxco, tener por cumplido el requisito de contar con una cuenta bancaria de los actores, y en caso de no existir otro impedimento, registre a su planilla, como aspirantes a candidatos independientes al ayuntamiento en el mencionado municipio, lo cual deberá suceder dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de esta sentencia. TERCERO. En caso de proceder el registro de los actores, se vincula al Instituto Electoral del Estado de México y al Instituto Nacional Electoral para el efecto de que, en el ámbito de sus competencias, lleven a cabo las actividades necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de los actores para recabar las firmas de apoyo por los 30 días que marca la base quinta de la convocatoria. CUARTO. El Consejo Municipal 10 del Instituto Electoral del Estado de México, en Apaxco, deberá informar a esta sala del cumplimiento dado a esta sentencia en las 24 horas posteriores a que ello ocurra, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá alguna de las medidas de apremio previstas en el artículo 32 de la Ley de Medios. QUINTO. Se da vista al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, por conducto de su presidencia, y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con copia certificada del documento mediante el cual se negó el servicio financiero al actor y de esta sentencia para que, en plenitud de atribuciones, determinen lo correspondiente.
ST-JDC-48/2018
Expediente: ST-JDC-49/2018
Actores: DANIEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Fecha de resolución: Jueves, Marzo 1, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de trece de febrero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, en relación con la omisión del Instituto Electoral de ese Estado de ajustar el plazo para recabar el apoyo ciudadano para ser postulado como candidato independiente en el Estado de México para el proceso electoral 2017-2018.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia controvertida.
ST-JDC-49/2018
Expediente: ST-JDC-50/2018
Actores: REYNA CANDELARIA SALAS BOLAÑOS
Fecha de resolución: Jueves, Marzo 1, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTDO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de trece de febrero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México respecto al acuerdo por medio del cual se le otorgó el registro a la actora como aspirante a candidata independiente.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia controvertida.
ST-JDC-50/2018
Expediente: ST-JDC-34/2018
Actores: PATRICIA MENDOZA ROMERO
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 22, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA
Acto impugnado:

Sentencia de treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Colima, en el expediente JDCE-02/2018, y sus acumulados, relativa al acuerdo IEE/CG/A031/2018, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de ese Estado, mediante el cual se aprobó la determinación de procedencia o no de los registros de aspirantes a candidaturas independientes a diputados locales y miembros de los ayuntamientos de Colima, en el proceso electoral 2017-2018.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia impugnada, en lo que fue materia de impugnación.
ST-JDC-34/2018
Expediente: ST-JDC-28/2018
Actores: DAVID MIGUEL ÁNGEL CUERVO ROMERO
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 15, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de treinta de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el expediente JDCL/14/2018, referente al plazo para que el actor recabe apoyo ciudadano para ser postulado como candidato independiente a presidente municipal por el ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la resolución impugnada.
ST-JDC-28/2018
Expediente: ST-JDC-31/2018 Y SUS ACUMULADOS
Actores: JOSÉ GERARDO CORIA DELGADO Y OTROS
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 15, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de treinta de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que resolvió la impugnación incoada por los actores respecto del plazo para recabar el apoyo ciudadano para ser postulados como candidatos independientes en el Estado de México, para el proceso electoral 2017-2018.

Sentido:
Primero. Se acumulan los expedientes ST-JDC-32/2018 y ST-JDC-33/2018, al diverso ST-JDC-31/2018, por ser este último el que se recibió en primer término; por tanto, deberá glosarse copia certificada de los puntos resolutivos de la presente ejecutoria a los autos de los expedientes acumulados. Segundo. Se confirma la sentencia controvertida.
ST-JDC-31/2018 Y SUS ACUMULADOS
Expediente: ST-JDC-16/2018
Actores: ALEJANDRO ESCOBAR HERNÁNDEZ Y ÓSCAR ARRIAGA ESTRADA
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 8, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, relativa a la petición de prórroga realizada por los actores y de su manifestación de intención de postularse a una candidatura independiente en esa entidad federativa.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el juicio ciudadano JDCL/126/2017.
ST-JDC-16/2018
Expediente: ST-JDC-16/2018
Actores: ALEJANDRO ESCOBAR HERNÁNDEZ Y ÓSCAR ARRIAGA ESTRADA
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 8, 2018
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el expediente JDCL/126/2017, que confirma la respuesta del Consejo Municipal del Instituto Electoral del Estado de México, en relación con la solicitud de los actores de que fueran modificados los términos de la convocatoria respecto a prorrogar los plazos para cumplimentar los trámites para la participación de candidatos independientes en el proceso electoral local.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia de diez de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el juicio ciudadano JDCL/126/2017.
ST-JDC-16/2018