Respuesta contenida en el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3232/2017, de fecha tres de noviembre de dos mil diecisiete, emitida por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior en el juicio ciudadano SUP-JDC-989/2017, respecto de cuestiones relacionadas, entre otros aspectos, al procedimiento para recabar el apoyo ciudadano requerido para ser registrado como candidato independiente, impugnación esta del actor en su calidad de aspirante a candidato independiente a Presidente de los Estados Un
Acuerdo INE/CG514/2017, de de ocho de noviembre de ese año, a través del cual se modificó el acuerdo INE/CG387/2017, en lo que corresponde al régimen de excepción y que, además, contenía la respuesta a distintos escritos presentados por los aspirantes a candidaturas independientes, entre ellos los del actor en su carácter de aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República, y modificó nuevamente los plazos para la obtención de apoyo ciudadano.
Acuerdos INE/CG387/2017, INE/CG455/2017 e INE/CG514/2017, de fechas veintiocho de agosto, siete de octubre y ocho de noviembre, todos de dos mil diecisiete, respectivamente, emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativos a los lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano para el registro de candidaturas independientes, por el que se determinó ampliar los plazos para la presentación del escrito de manifestación de intención y el relacionado con la obtención del porcentaje de apoyo ciudadano, ostentándose el ahora actor como candidato indepe
Acuerdo INE/CG514/2017, de ocho de noviembre de ese año, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifican los diversos INE/CG387/2017, e INE/CG455/2017, relacionados con la obtención del porcentaje de apoyo ciudadano y se da respuesta a los escritos presentados por aspirantes.
Acuerdo INE/CG387/2017, de veontiocho de agosto de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el cual prevé el uso de la aplicación móvil para la captación del apoyo ciudadano a favor de los aspirantes a candidatos independientes, y de la cual el actor manifiesta su funcionamiento deficiente y la negativa del Instituto Nacional Electoral de abrir la aplicación móvil a toda la ciudadanía.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3167/2017, de dos de noviembre de esa anualidad, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a traés del cual se da respuesta a la consulta incoada por Federico Cánovas Gómez Urquiza, en representación de Marco Ferrara Villarreal, respecto a diversos planteamientos relacionados con el funcionamiento de la aplicación móvil implementada para recabar firmas de apoyo ciudadano para obtener la candidatura independiente del representado al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Acuerdo INE/CG387/2017, de veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a trávés del cual se emiten los Lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidaturas independientes a los cargos federales de elección popular para el proceso electoral federal 2017-2018, proceso incoado por el ahora actor en representación del candidato independiente a senador de la República por la Ciudad de México, César Daniel González Madruga.
Inconsistencias relacionadas con la Aplicación móvil para recabar los apoyos ciudadanos en favor del aspirante a candidato independiente Armado Ríos Piter, representado por la ahora actora, y que son actos imputados a la autoridad electoral nacional que guardan relación con una posible candidatura independiente al cargo de Presidente de la República.
Acuerdo INE/CG387/2017, de veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la acreditación del porcentaje del apoyo ciudadano y régimen de excepción en el que se emiten los lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular para el proceso electoral 2017-2018, impugnado por el ahora actor como aspirante a candidato independiente al Senado de la República, por el principio de mayoría relativa en el Estad
Determinación contenida en el oficio número INE/DEPPP/DE/DPPF/3063/2017, de fecha veinte de octubre de dos mil diecisiete, suscrito por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual le fue negada la aplicación del régimen de excepción para recabar el apoyo ciudadano en papel, en su carácter de aspirante a candidato independiente a diputado federal por el distrito electoral 06 del Estado de Jalisco.