Resolución incidental de cuatro de agosto de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz, en el recurso de inconformidad RIN 155/2017, que declaró improcedente la solicitud de recuento parcial pedida por los actores en su carácter de candidato independiente y representante propietario ante el Consejo Municipal del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, con sede en Camerino Z. Mendoza, respectivamente.
EXPEDIENTE:
SX-JDC-602/2017
ACTORES:
ENRIQUE ROMERO AQUINO Y OTRO
FECHA DE RESOLUCIÓN:
Viernes, Agosto 25, 2017
AUTORIDADES RESPONSABLES:
TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ
SENTIDO:
ÚNICO. Se confirma la resolución incidental dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz el cuatro de agosto de dos mil diecisiete, en el recurso de inconformidad RIN 155/2017, por la que declaró improcedente la solicitud de recuento parcial solicitada por la parte actora.
Sala: