Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

SX-JDC-121/2016

La negativa de la Directora Ejecutiva de Partidos Políticos y Participación Ciudadana del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, de entregarle diversa información y documentación que solicitó en fecha veintiocho de marzo de dos mil dieciséis, relativa a información y documentación presentada por el diverso aspirante a candidato independiente al cargo de diputado local por el 14 distrito electoral local con cabecera en Oaxaca de Juárez, Raúl Cabrera Guzmán.

EXPEDIENTE: 
SX-JDC-121/2016
ACTORES: 
EDUARDO ARAGÓN MIJANGOS
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Lunes, Abril 11, 2016
AUTORIDADES RESPONSABLES: 
DIRECTORA EJECUTIVA DE PARTIDOS POLÍTICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA
SENTIDO: 

PRIMERO. Es improcedente el conocimiento per saltum del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Eduardo Aragón Mijangos. SEGUNDO. Se reencauza el medio impugnativo a juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano previsto en la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, a fin de que de manera inmediata el Tribunal Electoral de la referida entidad federativa,conforme a su competencia y atribuciones dicte la resolución que en derecho proceda. TERCERO. Remítase la demanda original con sus anexos y las demás constancias atinentes, al referido Tribunal local, previa copia certificada que se deje en el archivo de esta Sala Regional. CUARTO. La documentación que posteriormente se reciba en este órgano jurisdiccional relacionada con el presente juicio, deberá ser remitida por la Secretaría General de Acuerdos al citado Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, debiendo quedar copia certificada en este órgano colegiado.