Observación jurisdiccional-electoral en México

Observación jurisdiccional-electoral en México

Las Misiones de Observación Electoral (MOE) son una herramienta de cooperación política impulsada por diversos organismos internacionales como la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), la  Asociación de Magistradas Electorales de las Américas (AMEA) y la Red Mundial de Justicia Electoral (RMJE), y tienen el objetivo de contribuir al fortalecimiento de los procesos electorales en el hemisferio, piezas fundamentales de las democracias modernas. La observación electoral internacional en las Américas ha ido evolucionando paralelamente con el afianzamiento de los gobiernos democráticos, desde la década de los 60, cuando las misiones se realizaban de manera ad hoc, hasta la actualidad en que son ejercicios profesionalizados y estandarizados.

La observación electoral internacional puede definirse como un procedimiento mediante el cual un grupo organizado de personas ajenas al país anfitrión lleva a cabo, en forma sistemática, un conjunto de acciones y actividades complejas para constatar en forma directa, completa y exacta un proceso electoral. El objeto de la observación es el proceso.

La Misión de Observación Electoral Internacional es el instrumento jurídico con organización propia por medio del cual se lleva a cabo una observación electoral internacional.

Como indica la UNIORE, las MOE son un ejercicio de cooperación horizontal internacional, cuyo objetivo es fomentar el intercambio de experiencias entre sus organismos miembros. El espíritu de las misiones de observación y acompañamiento electoral de la  NIORE es ofrecer una visión externa, imparcial e independiente de los procesos electorales, desde un punto de técnico provisto por funcionarios electorales del continente americano, la cual no pretende calificar la elección, sino ante todo, acompañar al organismo anfitrión para hacerle ver las oportunidades de mejora en la organización de los comicios y en la resolución de sus controversias, en la medida de sus posibilidades, a la luz de estándares y buenas prácticas continentales.