PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR 

EXPEDIENTE:

SRE-PSC-151/2021

PROMOVENTE:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

PARTES INVOLUCRADAS:

 

MORENA Y OTRAS

MAGISTRADO PONENTE:

 

LUIS ESPÍNDOLA MORALES

SECRETARIADO:

CARLA ELENA SOLÍS ECHEGOYEN Y DAVID ALEJANDRO ÁVALOS GUADARRAMA

COLABORARON:

GUADALUPE SOLEDAD MARTÍNEZ VEGA Y ALFONSO BRAVO DÍAZ

  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ciudad de México, a diecinueve de agosto de dos mil veintiuno[1].

 

 

SENTENCIA de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determina la inexistencia de la infracción consistente en el presunto uso indebido de programas sociales o de gobierno, en detrimento de la equidad en la contienda entre partidos políticos y candidaturas independientes, en el proceso electoral federal 2020-2021, con motivo de:

 

a.     La utilización de los colores distintivos del instituto político Morena en la indumentaria de las personas servidoras públicas encargadas de verificar la identidad de la ciudadanía que acudía a los centros de vacunación contra el virus SARS CoV-2 (COVID-19) atribuida a dicho instituto político y al Titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal.

 

b.     La recopilación y conservación de información electoral, contenida en la credencial para votar con fotografía, de la ciudadanía que acudía a los centros de vacunación contra el virus SARS CoV-2 (COVID-19), para que se emitiera un voto a favor de Morena atribuida al Presidente de la República[2]; el Secretario de Salud y Subsecretario de Prevención y Promoción Social[3], ambos del gobierno federal; el Secretario de Bienestar del Gobierno Federal[4]; el Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia y a la Directora General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología[5]; el Coordinador General de Programas para el Desarrollo[6]; y a las personas titulares de las treinta y dos Coordinaciones Estatales de las Brigadas Especiales (Brigadas Correcaminos)[7].

 

 

 

GLOSARIO

Autoridad instructora o UTCE:

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Comisión de Quejas:

Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral.

Covid-19:

Enfermedad causada por el coronavirus SARS-CoV-2.[8]

CURP:

Clave Única de Registro de Población.

INE:

Instituto Nacional Electoral.

Ley Electoral:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Morena o partido denunciado:

Partido Político Morena.

PAN o quejoso:

Partido Acción Nacional.

Partes involucradas:

         Presidente de la República.

         Secretario de Salud del Gobierno Federal.

         Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud del Gobierno Federal.

         Secretario de Bienestar del Gobierno Federal.

         Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia de la República.

         Directora General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

         Coordinador General de Programas para el Desarrollo de la Oficina de la Presidencia de la República.

         Titulares de las 32 Coordinaciones Estatales de las Brigadas Especiales[9].

Plan Nacional de Vacunación o programa:

Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención del COVID-19 en México.

Sala Especializada:

Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Unidad Especializada:

Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores.

 

ANTECEDENTES

I. Proceso electoral

1.                  1. Proceso Electoral Federal 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020[10], relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021, entre las que destacan:

Inicio del Proceso

Periodo de Precampaña

Periodo de Intercampaña

Periodo de Campaña

Jornada Electoral

7 de septiembre de 2020

23 de diciembre de 2020 al 31 de enero

1 de febrero de 2020 al 3 de abril

4 de abril de 2020 al 2 de junio

6 de junio

 

 

 

2.              2. Acuerdo INE/CG551/2020. El veintiocho de octubre de dos mil veinte, el Consejo General del INE emitió el acuerdo por el que se aprobó la convocatoria y los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía inscrita en la lista nominal electoral que se requiere para el registro de candidaturas independientes para diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el Proceso Electoral Federal 2020-2021[11]

II. Sustanciación del procedimiento especial sancionador

3.              3.Queja. El diecisiete de febrero, la representación del PAN ante el Consejo General del INE, denunció a Morena, así como a las personas servidoras públicas encargadas de la logística y operación de los módulos en los que se aplica la vacuna contra el virus SARS CoV-2 en la Ciudad de México, porque a su juicio, los hechos denunciados podrían actualizar: a) la indebida solicitud de credencial para votar a las personas adultas mayores, así como la captura de fotografías tanto del documento de identidad como de la persona que recibe la vacuna, y el b) uso indebido de programas sociales o de gobierno durante el proceso electoral.

4.              4. Registro, admisión, reserva de emplazamiento, requerimientos y medidas cautelares. Ese mismo día, la autoridad instructora registró la queja con la clave UT/SCG/PE/PAN/CG/51/PEF/67/2021, ordenó realizar los requerimientos que consideró pertinentes para la integración del expediente, admitió a trámite la queja, se reservó proveer sobre el emplazamiento, realizó diversos requerimientos y, presentó a la Comisión de Quejas la elaboración de la propuesta de acuerdo de medidas cautelares.

5.              5. Medidas cautelares y tutela preventiva. El diecinueve de febrero, la Comisión de Quejas, mediante el Acuerdo con clave ACQyD-INE-30/2021[12] negó las medidas cautelares, bajo la figura de tutela preventiva solicitadas por el promovente.

6.              En opinión del quejoso, se beneficiaba a Morena a través del acceso a programas sociales, por lo que se debía ordenar de manera inmediata la suspensión de ese proceder por parte de las autoridades que participan en el proceso de vacunación. 

7.              En ese sentido, el quejoso también solicitó como tutela preventiva que se exhortara al Gobierno de la República, a través de las Secretarías de Salud y Bienestar, así como a Morena, para que se abstuvieran de seguir realizando actos tendentes a utilizar documentos y datos oficiales para realizar actos político-electorales con el objeto de influir en la competencia electoral.

8.              Es de mencionar que dicha determinación, no fue materia de impugnación ante la Sala Superior.

9.              6. Investigaciones complementarias. En diversas fechas, la autoridad instructora ordenó diligencias a la Oficialía Electoral del INE y al personal de la UTCE, así como requerimientos a distintas autoridades.

10.          Entre otras, el titular de la UTCE solicitó la intervención de la Oficialía Electoral para que acudiera a los centros de aplicación de la vacuna contra el Covid-19 en diversas entidades federativas y que verificara la forma en que se llevaba a cabo el procedimiento; asimismo, requirió información a las y los gobernadores de las entidades federativas y a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.[13]

11.          7. Emplazamiento y audiencia. Concluida la investigación, el catorce de abril, la autoridad instructora emplazó a las partes involucradas y llevó a cabo la audiencia de pruebas y alegatos el veintidós siguiente.

12.          8. Juicio Electoral. El cinco de mayo, esta Sala Especializada dictó el SRE-JE-29/2021 y solicitó a la autoridad instructora mayores diligencias para esclarecer los hechos.

13.          9. Emplazamiento y audiencia. Al concluir dichas diligencias, la autoridad instructora emplazó a las partes a la audiencia de pruebas y alegatos que se llevó a cabo el veintisiete de julio.

 

III. Trámite en la Sala Especializada

14.          10. Remisión del expediente a la Sala Especializada. La autoridad instructora remitió el expediente identificado con el número UT/SCG/PE/PAN/CG/51/PEF/67/2021 a este órgano jurisdiccional y en su momento fue enviado a la Unidad Especializada, a efecto de llevar a cabo la verificación de su debida integración.

15.          11. Turno a ponencia y radicación. El dieciocho de agosto, el magistrado Presidente acordó integrar el expediente SRE-PSC-151/2021 y turnarlo a la ponencia del magistrado Luis Espíndola Morales, para que, previa radicación, procediera a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente, el cual se emite bajo las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA. COMPETENCIA

16.          El análisis de la competencia es una cuestión de orden público y de estudio preferente que debe hacerse de manera oficiosa, ya que, si se advirtiera que este órgano jurisdiccional no está facultado para conocer y, en su caso, resolver este asunto, lo procedente sería remitirlo a la autoridad que contara con atribuciones para ello.

17.          En ese sentido, esta Sala Especializada considera que se surte la competencia de esta autoridad jurisdiccional federal para resolver el asunto que se le plantea, ya que se denuncia la vulneración al artículo 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución, en virtud de las siguientes consideraciones.

 

a) El asunto es materia electoral

18.          Esta Sala Especializada considera que si bien  lo previsto en el artículo 134 Constitucional puede tener consecuencias jurídicas en diversas materias como la de responsabilidades administrativas o penal; y por tanto, se puede surtir la competencia de otras autoridades diferentes a la electoral, también lo es, que desde la reforma político-electoral de 2007-2008 se amplió el ámbito de regulación y aplicación de la citada disposición constitucional, dado que en sus párrafos séptimo y octavo se instituyeron prohibiciones encaminadas a salvaguardar el principio de equidad en la contienda electoral.

b) La competencia corresponde a la autoridad electoral nacional y no a las autoridades electorales locales

19.          Esta Sala Especializada considera que, atendiendo al sistema de distribución de competencias[14] en materia de procedimientos sancionadores, en principio, la facultad de la autoridad electoral de conocimiento se definirá atendiendo a la vinculación de la irregularidad denunciada con algún proceso comicial, ya sea local o federal y/o al ámbito territorial en que ocurra y tenga impacto la conducta presuntamente ilegal[15], pero en los casos en que la conducta no se circunscribe exclusivamente a un territorio determinado y la afectación se dé en más de un proceso electivo, se surte, de manera extraordinaria, la facultad de la autoridad nacional para conocer y resolver el asunto.

20.          Atendiendo a esos supuestos, en este caso se surte la competencia de esta Sala Especializada porque: a) la conducta se le atribuye a diversas personas funcionarias de la federación; b) se aduce que el programa emergente de vacunación se aplicó a nivel nacional por lo cual se involucra más de una entidad federativa en la infracción; c) se denuncia el uso indebido de programas sociales o de gobierno, que podrían afectar en la equidad de la contienda en el proceso electoral federal 2020-2021; d) se denuncia la recopilación y conservación injustificada de información de carácter puramente electoral contenida en la credencial para votar; e) se refiere que hay una incidencia en el proceso electoral federal 2020-2021.

21.          Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41, tercer párrafo, Base III, Apartado D; 99, párrafo cuarto, fracción IX, 116, fracción IV, inciso o) y Base V, apartado B, inciso a), numeral 3, y 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución; 192, primer párrafo y 195, último párrafo de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación[16]; en relación con lo establecido en los artículos 126, párrafos 1 y 3, 140, 156, 443, párrafo 1, incisos a) y n), 449, párrafo 1, incisos c), e) y f), 470, párrafo 1, inciso a), 473, párrafo 2, 475, 476 y 477 de la Ley Electoral; en relación con el 25 párrafo 1, incisos a) y u), de la Ley General de Partidos Políticos así como en la razón esencial de las ya citadas jurisprudencias 3/2011 y 25/2015.

 

SEGUNDA. RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE EN SESIÓN NO PRESENCIAL

22.          Con motivo del acuerdo del treinta de marzo de dos mil veinte por el que el Consejo de Salubridad General reconoció la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor por la propagación del virus SARS CoV2 (Covid-19), la Sala Superior estableció la resolución no presencial de todos los asuntos por medio del sistema de videoconferencias[17]. En consecuencia, se justifica la resolución del presente expediente en sesión no presencial.

TERCERA. CAUSALES DE IMPROCEDENCIA

23.          Las causales de improcedencia deben analizarse previamente y de oficio, porque si se configura alguna de ellas, no podría emitirse una determinación sobre el fondo de la controversia planteada en el procedimiento especial sancionador por existir un obstáculo para su válida constitución[18].

24.          El Consultor de Defensa Legal adscrito a la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en Representación del Presidente de la República; el Coordinador de Estrategia Nacional Digital; y el Coordinador General de Programas para el Desarrollo, manifestaron lo siguiente:

        El emplazamiento carece de fundamentación y motivación, al no expresar de forma clara cuál es el supuesto de infracción que prevé el artículo 449 de la Ley Electoral, por lo que carece de toda certeza y seguridad jurídica, en virtud que a su dicho no se les atribuye ningún hecho o acto ilícito imputable, además que con tal proceder se afecta su derecho a una adecuada defensa.

25.          Al respecto, esta Sala Especializada estima que no les asiste la razón a las citadas partes involucradas, ya que del análisis al emplazamiento formulado por la autoridad instructora, se advierte que las mismas sí fueron llamadas al presente procedimiento especial sancionador por infracciones determinadas, conforme a los siguientes razonamientos:

26.          En primer lugar, se tiene que el emplazamiento realizado por la autoridad instructora se llevó a cabo en los términos siguientes:

(…) a. Al Presidente de la República, en su carácter de Coordinador General de la “Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México”.

[]

d. Al Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia, en su carácter de encargado del manejo de los padrones e información de la “Estrategia Operativa” referida; y

e. Al Coordinador General de Programas para el Desarrollo, también de la Oficina de la Presidencia de la República, como supervisor de los programas y servicios a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en términos del artículo 32, fracción II, inciso c), del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República.

Por la supuesta recopilación y conservación injustificada de información de carácter puramente electoral contenida en la credencial para votar de las personas ciudadanas, vacunadas contra la COVID-19, cuyo acopio y custodia corresponde al Instituto Nacional Electoral de manera exclusiva, tales como sección electoral, OCR (Optical Character Recognition, por sus siglas en ingles”, Clave de elector y distrito electoral, en probable transgresión a lo establecido en los artículos 41, base V, apartado B, inciso a), numeral 3, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 126, párrafos 1 y 3; 140, 156 y 449, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. (…)

27.          De lo anterior, se aprecia que si bien la autoridad instructora aparentemente emplazó por el artículo 449 de la Ley Electoral, el cual establece las infracciones que constituyen a dicha ley por parte de las autoridades o servidoras y servidores públicos, entre otros, sin especificar la fracción o fracciones imputadas, lo cierto es que el mismo artículo fundamenta el emplazamiento, tan es así, que dichas autoridades al emitir sus alegatos, negaron la recopilación y conservación injustificada de información de carácter puramente electoral contenida en la credencial para votar de las personas ciudadanas, vacunadas contra el Covid-19, cuyo acopio y custodia corresponde de manera exclusiva al INE.

28.          En suma, las aludidas partes involucradas al momento de ser emplazadas tuvieron conocimiento de la o las infracciones por las cuales se les emplazaba, dado que también se les emplazó por los artículos 41, base V, apartado B, inciso a), numeral 3, de la Constitución, 126, párrafos 1 y 3, 140 y 156 de la Ley Electoral, puesto que el incumplimiento de dichos artículos constituye infracciones a la referida normativa electoral.

29.          Por su parte, la representación del Coordinador General de Programas para el Desarrollo manifestó que los hechos no versan sobre materia electoral y que con la queja se pretenden encuadrar supuestos irregulares donde no los hay, por lo que solicitó que se declarara como improcedente.

30.          Mientras que el Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Guanajuato señaló que debe sobreseerse la denuncia presentada por el PAN, dado que los hechos denunciados no constituyen ninguna infracción, no se acredita su participación activa o directa, o de personal a su cargo, los argumentos vertidos por la parte denunciante resultan infundados, inverosímiles y carecen de sustento fáctico jurídico, y que no hay materia de estudio.

31.          Dichas manifestaciones serán analizadas en el fondo del asunto, ya que es un hecho notorio que desde el siete de septiembre de dos mil veinte, nos encontramos en proceso electoral federal, como fue detallado en los antecedentes.

32.          Además, se está en presencia de una denuncia que precisa circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos denunciados, mismos que en efecto, pudieran constituir una violación en materia de propaganda política o electoral, cuya actualización o no, en todo caso, será materia de análisis en el estudio de fondo de la presente determinación.

33.          Aunado a lo anterior, este órgano jurisdiccional no advierte, de oficio, la actualización de alguna causal de esta naturaleza que impida el análisis de la cuestión planteada.

CUARTA. ESTUDIO DE FONDO

34.          Por cuestión de método, en primer lugar, se expondrá la denuncia que dio origen al presente procedimiento, posteriormente los enunciados planteados tanto por el quejoso como por las partes denunciadas, para determinar la cuestión jurídica a resolver.

35.          En un segundo momento, se verificará la existencia de los hechos denunciados a partir de la valoración conjunta del material probatorio que obra en autos; enseguida, se analizarán los hechos probados en contraste con las presuntas irregularidades denunciadas; posteriormente, se determinará si ha lugar o no a imponer alguna sanción y, en su caso, los términos de ésta; finalmente, en caso de así proceder, se establecerán las condiciones para su debido cumplimiento.

 

1. PLANTEAMIENTO DE LAS PARTES Y FIJACIÓN DE LA LITIS

36.           En este apartado se analizarán los enunciados de las partes en sus escritos de queja y alegatos, así como lo sustentado al comparecer en el procedimiento, y los que se desprenden de los requerimientos de la autoridad instructora todo ello con la finalidad de fijar la materia de la litis a resolver.

1.1. Enunciados de la representación del PAN

        A partir del quince de febrero, se realizó la aplicación de las vacunas en contra la Covid-19 a las personas adultas mayores de sesenta años.

 

        El PAN señala que dichas personas manifestaron que, en los centros de vacunación, las y los servidores de la nación les piden copia de la credencial para votar, CURP y les toman fotografía del rostro.

 

        La toma de las fotografías no debe ser un requisito obligatorio para la aplicación de la vacuna.

 

        En caso de no tener los documentos se niega la aplicación de la vacuna.

 

        En las jornadas de vacunación contra la Covid-19 las y los siervos de la nación portan chaleco y gorra con los colores y logos asociados a la Secretaría de Salud y del Bienestar, así como del partido político Morena.

 

        El acceso a programas sociales, tal como la aplicación de la vacuna en contra del virus Covid-19 beneficia a Morena.

 

        Se encuentra en desarrollo el proceso electoral en diversos estados de la Republica.

 

        La aplicación de la vacuna tiene como finalidad inducir al electorado a creer que los programas sociales son a costa de Morena.

1.2. Manifestación de las partes denunciadas

        Todas las partes denunciadas niegan los hechos.

1.2.1. Enunciados de Morena

        Las pruebas aportadas por el quejoso no son suficientes, conexas y reales.

 

        Las y los servidores de la nación del gobierno de México, no tienen relación alguna con el partido.

 

        No hubo un uso indebido de recursos públicos.

 

        No tiene vínculo alguno con el acto denunciado ni con las dependencias del gobierno actual.

1.2.2. Enunciados de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal

        No es posible identificar individualmente circunstancias de tiempo modo y lugar.

 

        Las pruebas técnicas aportadas no reúnen los requisitos establecidos en el numeral 6 del artículo 14 de la Ley Electoral, por lo que no generan mayor rango de convicción.

 

        Los hechos denunciados no se refieren a los actores de forma individual, por lo tanto, no se puede concluir que existió la intervención de las y los servidores públicos de la Secretaría de Bienestar, ni tampoco que éstos hayan recogido credenciales de elector.

 

        Respecto a las pruebas ordenadas por la autoridad instructora, consistentes en que personal de ese organismo acudiera a los centros de vacunación y verificara la forma en que se llevaba a cabo el procedimiento de vacunación, se tiene que si bien el instituto tiene la potestad de acordar la exhibición de cualquier documento que tuviera relación con los hechos denunciados, o de ordenar la práctica de diligencias, ello no debió interpretarse en el sentido de liberar a la parte denunciante de su obligación de demostrar su acción, ni de perfeccionarle las aportadas deficientemente al promover su denuncia. Esto último se considera, dado que las preguntas que se ordenaron formular al acudir a los centros de vacunación, resultan insidiosas y, por ende, resultan ser contrarias a los principios de equilibrio procesal e igualdad de las partes que deben prevalecer en toda controversia.

37.          Lo sostenido por Morena y la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal respecto a la suficiencia de las pruebas aportadas por el quejoso, será analizado por esta autoridad jurisdiccional conforme a la valoración probatoria y la aplicación de las normas electorales al caso concreto, junto con las demás pruebas aportadas por las partes, en el fondo del asunto.

38.          Por lo que respecta al alegato de la Secretaría de Bienestar referente a que la autoridad instructora no debió “perfeccionar” las pruebas aportadas por la autoridad instructora, se señala, como la propia representación de dicha Secretaría advierte, que la autoridad instructora tiene la potestad de acordar la exhibición de cualquier documento que tuviera relación con los hechos denunciados, o de ordenar la práctica de diligencias.

39.          Ello deviene de que, si bien el procedimiento especial sancionador se rige preponderantemente por el principio dispositivo, lo cual implica que la parte denunciante tiene la carga de presentar los medios de convicción suficientes de los que sea posible desprender, cuando menos, indicios sobre la existencia de las presuntas violaciones a la legislación electoral denunciadas[19], lo cual, no impide a la autoridad administrativa desahogar las diligencias necesarias para esclarecer hechos sobre los que tenga suficientes elementos para indagar.

40.          Ahora bien, ha sido criterio de la Sala Superior que, por su naturaleza, la parte denunciante o sujeto que inicie este tipo de procedimientos tiene la carga de la prueba, por lo que tiene que ofrecer, preparar y exhibir los elementos de prueba con que cuente o, en su caso, mencionar los que se habrán de requerir, cuando no esté en aptitud legal de recabarlos por sí.

41.          Además, debe expresar con toda claridad los hechos y acreditar las razones por las que considera que se demostrarán sus afirmaciones[20].

42.          No obstante, dichas manifestaciones y elementos probatorios pueden generar indicios suficientes con base en los cuales la autoridad electoral, de estimarlo procedente, determine la realización de otras diligencias en el marco de la investigación.

43.          Al respecto resulta aplicable la que la Sala Superior ha sostenido en la jurisprudencia 22/2013[21] que “[…] si bien, en principio, el procedimiento especial sancionador se rige de manera preponderante por el principio dispositivo, dicha disposición no limita a la autoridad administrativa electoral para que, conforme al ejercicio de la facultad, ordene el desahogo de las pruebas de inspección o pericial que estime necesarias para su resolución, siempre y cuando la violación reclamada lo amerite, los plazos así lo permitan y sean determinantes para el esclarecimiento de los hechos denunciados”.

44.          Asimismo, de acuerdo con la jurisprudencia 16/2004,[22] “[…] si en el procedimiento administrativo sancionador existen elementos o indicios que evidencien la posible existencia de una falta o infracción legal, y no obstante, el secretario ejecutivo no hace uso de las facultades investigadoras y probatorias que le confiere la ley, con la finalidad de esclarecer plenamente la verdad de las cuestiones fácticas sometidas a su potestad, implica una infracción a las normas que prevén dichas facultades, así como a los principios de certeza y legalidad que rigen en la materia […]”.

45.          El entendimiento armónico de los criterios señalados, atendiendo a la naturaleza del procedimiento especial sancionador, lleva a que la potestad investigadora debe desplegarse si se presentaron pruebas que arrojen indicios suficientes respecto a la actualización de conductas que impliquen conductas ilícitas, de modo que la autoridad tome las medidas para allegarse de elementos adicionales para estar en aptitud de resolver de manera adecuada respecto a la conducta denunciada.

46.          Por lo que, en efecto, dicha potestad investigadora, no puede ejercerse de manera indiscriminada y menos aún sin sustento argumentativo ni probatorio, toda vez que su ejercicio se encuentra vinculado a observar las formalidades esenciales del procedimiento y a garantizar que no se transgredan derechos fundamentales de terceros, de conformidad con lo previsto en los artículos 1 y 14 de la Constitución.

47.          Bajo este contexto, al analizar el expediente, se advierte que la investigación desplegada por la autoridad instructora se realizó a partir de los elementos de prueba ofrecidos por el quejoso en la queja primigenia, así como la solicitud explícita realizada por el quejoso, y conforme lo estimó pertinente la autoridad, advirtió que podían existir elementos probatorios o información adicional que se presentara en los distintos centros de vacunación instalados en el país.

48.          La autoridad instructora, a partir de la información proporcionada, certificó el contenido y la existencia de las direcciones electrónicas enunciadas por el quejoso, asimismo, se constituyó en las distintas ubicaciones de los módulos de la vacunación del país atendiendo principalmente a que se trataba de una situación emergente y un grupo etario en condiciones de vulnerabilidad.

49.          De lo expuesto, se considera que no le asiste la razón a la Secretaría de Bienestar, porque la autoridad instructora realizó su investigación con base en los indicios que surgieron a través de los elementos de prueba aportados por el PAN.

1.3 Fijación de la litis

50.          Con base en los argumentos hechos valer por las partes involucradas y el quejoso en el procedimiento respecto de las infracciones por las cuales fueron emplazadas, se advierte que la materia de la controversia se centra en determinar:

Si Morena y el Titular de la Secretaría de Bienestar incurrieron en:

        El presunto uso indebido de programas sociales o de gobierno, que podrían afectar la equidad en la contienda entre partidos políticos y candidaturas independientes, en el proceso electoral federal 2020-2021, derivado de la utilización de los colores del partido político referido en la indumentaria de las personas servidoras encargadas de verificar la identidad de las personas que acuden a recibir la vacuna contra el Covid-19.[23]

Si las Partes Involucradas[24] incurrieron en:

        El presunto uso indebido de programas sociales o de gobierno a favor de Morena, derivado de que los colores que caracterizan a dicho instituto político son usados en la indumentaria que portan las personas servidoras públicas encargadas de comprobar la identidad de las personas que acuden a recibir la vacuna contra el Covid-19, lo que podría trastocar los principios de neutralidad política e imparcialidad en la aplicación de los recursos públicos[25]; y

        La presunta recopilación y conservación injustificada de información de carácter puramente electoral contenida en la credencial para votar de las personas ciudadanas, vacunadas contra la Covid-19, cuyo acopio y custodia corresponde al INE de manera exclusiva, tales como sección electoral, OCR (Optical Character Recognition, por sus siglas en inglés), clave de elector y distrito electoral, con el fin de coaccionar a la ciudadanía para que votaran por Morena[26].

2. PRUEBAS QUE OBRAN EN EL EXPEDIENTE Y SU VALORACIÓN

51.          Antes de analizar la legalidad o no de los hechos denunciados materia del presente asunto, es necesario verificar su existencia y las circunstancias en que se realizaron, a partir de los medios de prueba que constan en el expediente, relacionados con las infracciones materia de la presente resolución.

2.1 Medios de prueba

52.          Debido al cúmulo probatorio generado en el presente expediente, los medios de prueba que constan en el expediente se detallan en el ANEXO 1 de la presente resolución.

2.2            Objeción de las pruebas

53.          El titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal objetó las pruebas aportadas por el PAN ya que, desde su perspectiva, las mismas no resultan ser idóneas ni suficientes para acreditar los hechos denunciados.

54.          Al respecto, dicha objeción debe desestimarse, porque técnicamente las alegaciones ofrecidas no versan sobre la autenticidad de tales pruebas, sino de manera genérica sobre su alcance y valor probatorio, además de que a su vez, no aportaron los elementos de prueba necesarios para acreditar su dicho, los cuales deben orientarse a invalidar la fuerza probatoria de las probanzas objetadas, según lo dispuesto por el artículo 24, párrafos 2 y 3, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE, lo que no acontece en el presente asunto.

2.3 Valoración de los medios de prueba

55.          Las documentales públicas, tomando en consideración su propia y especial naturaleza, tienen valor probatorio pleno, toda vez que fueron emitidas por autoridades en ejercicio de sus atribuciones, salvo prueba en contrario respecto de su autenticidad o de la veracidad de los hechos a que se refieran. De conformidad con los artículos 461, párrafo 3, inciso a), así como 462, párrafos 1 y 2 de la Ley Electoral.

56.          Por otra parte, en relación a las documentales privadas y técnicas, tomando en consideración la propia y especial naturaleza de las mismas, en principio sólo generan indicios, y harán prueba plena sobre la veracidad de los hechos, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí, en términos de los artículos 461, párrafo 3, inciso b) y c), y 462 párrafos 1 y 3, de la Ley Electoral.

57.          Por último, se debe precisar que algunos de los escritos presentados con motivo de los requerimientos de la autoridad instructora, si bien proceden de autoridades en ejercicio de sus funciones y en principio constituirían documentales públicas con pleno valor probatorio, dada su naturaleza y al haber sido presentadas para dilucidar los hechos controvertidos o en defensa como partes denunciadas, deben analizarse con los demás elementos de prueba para acreditar los hechos que con ellas se pretende alcanzar, conforme a lo establecido en los artículos 461 y 462 de la Ley Electoral.

2.4            Hechos acreditados

58.          En ese tenor, una vez señaladas las pruebas que obran en el expediente, así como su valor conforme lo establece la Ley Electoral, lo procedente es identificar los hechos relacionados con la controversia que han quedado acreditados conforme a la concatenación de las probanzas entre sí.

59.          Previo a la acreditación de los hechos para el análisis del presente asunto, se considera oportuno señalar los siguientes documentos normativos relacionados con el Plan Nacional de Vacunación:

         Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México[27].

 

         “Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México”[28].

 

         ACUERDO por el que se establecen brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19, en todo el territorio nacional[29].

 

         DECRETO por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)[30].

 

- La existencia de un Plan Nacional de Vacunación

60.          El veintitrés de marzo de dos mil veinte se reconoció a la epidemia originada por el Covid-19 como una enfermedad grave y de atención prioritaria, y se establecieron las actividades de preparación y respuesta ante la misma.[31]

61.          En la Conferencia Covid-19 llevada a cabo el ocho de diciembre de dos mil veinte se dio a conocer la Política Nacional Rectora de Vacunación contra el SARS-CoV-2[32] en la que se establecieron cinco etapas de vacunación consistentes en:

62.          Es así que, en lo que interesa, se estableció su desarrollo de la siguiente manera conforme a las etapas ilustradas:

a.     La primera etapa de vacunación se llevó a cabo de diciembre 2020 a febrero, misma que consistió en la distribución y capacitación de campo y a partir del doce de enero, la estrategia consistió en concentrarse en la inmunización del personal de atención directa a pacientes con COVID-19, conforme al referido plan.

b.     La segunda etapa de vacunación se centró en el desarrollo del proceso de vacunación de los meses de febrero a abril, en donde se contempló al resto del personal médico y se inició con la vacunación de las personas mayores.

63.          En el documento denominado la Política Nacional Rectora de Vacunación contra el SARS-CoV-2 se señala que, para estos efectos, se estableció la estrategia “Operativo correcaminos”[33] con el objetivo de lograr la cobertura de toda la población mexicana, cuya coordinación se encuentra a cargo del Presidente de la República, con la colaboración de treinta y dos subcoordinadores estatales que se desplegarían en brigadas de doce personas contemplando a un número de treinta mil servidores y servidoras de la nación[34] adscritos a la Secretaría del Bienestar y personal de otras instituciones de sector salud, SEDENA, Marina y personal voluntario, de así requerirse.

64.          En el mismo sentido, es importante destacar que, conforme al documento rector del Operativo Correcaminos, cada brigada contará, entre otros elementos, con dos personas servidoras de la nación y dos personas promotoras de programas sociales como “Sembrando vida”, “La escuela es nuestra” o “Becas Benito Juárez”, de manera que una persona Servidora de la Nación será la encargada de Coordinar la brigada, quien, entre otras cuestiones:

a.     Designará al personal encargado dentro de la brigada para captura y registro de datos.

b.     Verificará el registro de las personas a vacunar inscritos en los padrones respectivos.

65.          De la misma forma, el personal que sea asignado como capturista, deberá:

a.     Recibir diariamente la lista de personas programadas para vacunación.

b.     Registrar la asistencia de todas las personas a la vacunación.

c.     Verificar en el sistema a las personas que asistieron y si estaban contempladas en la lista de personas programadas.

d.     Registrar a todas las personas que asistieron y recibieron la vacuna, pero que no estaban contempladas en la lista de personas programadas.

66.          De esta manera, se puede observar que el Operativo Correcaminos, de vacunación contra la COVID-19, es un mecanismo dirigido por autoridades como el Presidente de la República; integrantes de su Oficina; Secretarías de Estado; órganos descentralizados y desconcentrados como el Consejo Nacional de Ciencias y Tecnología[35] y las personas delegadas por la Secretaría de Salud; y operado en campo, entre otras personas, por Servidores y Servidoras de la Nación, así como personal promotor de programas sociales.

67.          Respecto a dicha Campaña Nacional de Vacunación contra el Covid-19, el veinticuatro de diciembre de dos mil veinte el Consejo de Seguridad Nacional la clasificó como un Asunto Estratégico de Seguridad Nacional, lo cual se encuentra asentado en el Acta correspondiente a la Tercera Sesión Ordinaria, que obra en la Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional[36].

- Estructura para la implementación del Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México

68.          Para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19, se establecieron brigadas especiales como una acción extraordinaria en materia de salubridad general.[37]

69.          A partir de ello se generó el Operativo Correcaminos[38] — o Manual de Brigadas— como estrategia operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19, en el cual se estableció la estructura orgánica y plan operativo de la estrategia de brigadas especiales.

70.          En este Manual se establece que la coordinación general está a cargo de la Presidencia de la República y la persona titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia[39].

71.          La Secretaría de Salud dirige el operativo por conducto de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, quien encabeza el Grupo de Coordinación Técnica, integrado por las 32 entidades federativas representadas por una persona “Coordinadora Estatal Correcaminos”.

72.          Estas personas coordinadoras estatales[40], son profesionales de la salud bajo la dirección de la Secretaría de Salud y la coordinación general de la Oficina de la Presidencia de la República.

73.          También está establecido que la operación de campo se realizará a través de los Centros Integradores del Bienestar, distribuidos en todo el territorio nacional cuya coordinación está a cargo de las personas conocidas como “Servidores de la Nación”:

74.          La implementación de vacunación se lleva a cabo mediante módulos[41] en los cuales el personal vacunador debe portar un gafete de identificación durante toda la vacunación, las tareas de dicho personal se encuentran detalladas en la Guía Operativa de los Módulos de Vacunación[42].

- Calidad de las partes involucradas

75.          Es un hecho público y notorio[43] que a partir del primero de diciembre de dos mil dieciocho, Andrés Manuel López Obrador asumió la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos; así también se encuentran acreditadas las calidades de las siguientes partes involucradas:

a.     Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud.

b.     Hugo López-Gatell Ramírez, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, ambos del Gobierno Federal.

c.     Javier May Rodríguez, Secretario de Bienestar del Gobierno Federal.

d.     Carlos Emiliano Calderón Mercado, Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia.

e.     María Elena Álvarez-Buylla Roces, Directora General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

f.       Carlos Gastón Torres Rosas, encargado de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo de la Oficina de la Presidencia de la República.

76.          De igual manera, de las diligencias realizadas por la autoridad instructora, la estructura descrita previamente, así como los documentos normativos citados se tiene por acreditado que las funciones en el Plan Nacional de Vacunación referido correspondieron a las siguientes:

-         La Coordinación General del Operativo Correcaminos, a cargo del Presidente de la República.

-         La Rectoría Técnica del proceso de vacunación, a cargo del Secretario de Salud y al Subsecretario de Prevención y Promoción de Salud, ambos del Gobierno Federal.

-         La organización del trabajo de campo y convocatoria comunitaria en el proceso de vacunación del Operativo Correcaminos y superior jerárquico de las y los Servidores de la Nación que coordinan y operan las Brigadas Correcaminos, a cargo del Secretario de Bienestar del Gobierno Federal.

-         El manejo de los padrones e información del Operativo Correcaminos, a cargo de la Coordinación General de la Estrategia Nacional Digital, de la oficina de la Presidencia de la República, con apoyo del CONACYT.

-         Superior jerárquico de las personas promotoras de los programas sociales federales y supervisor de los programas y servicios a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, el Coordinador General de Programas para el Desarrollo de la Oficina de la Presidencia de la República.

77.          Por otra parte, las treinta y dos personas coordinadoras estatales de las brigadas especiales (Brigadas Correcaminos), encargadas de la implementación a nivel local y la conformación de equipo estatales con los enlaces de Bienestar, Fuerzas Armadas y enlaces institucionales de los Comités Estatales de Vacunación, designadas por el Secretario de Salud del Gobierno Federal son las siguientes:

     Eduardo Casique Rojas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Aguascalientes.

     Desirée Sagarnaga Durante, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California.

     Yesica Ibet Cruz Castañeda, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California Sur.

     Lilia Amparo Hoyos Godínez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Campeche.

     Manuel Cervantes Ocampo, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Ciudad de México.

     Enrique Leobardo Ureña (ahora) / se emplazó a Juan José Mazón Ramírez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Chiapas[44].

     Noé Martínez Morales, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Chihuahua.

     Juan José Díaz Ramírez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Coahuila.

     María Cristina Torres Bonilla, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Colima.

     José Agustín Paz Núñez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Durango.

     Mauricio Hernández Ávila, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de México.

     Enrique Jiménez Chavarría, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Guanajuato.

     Margarita Hernández Hernández, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Guerrero.

     Gisela Lara Saldaña, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Hidalgo.

     Humberto Ortiz Castañeda, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Jalisco.

     Francisco Rodríguez Hernández, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Michoacán.

     José Miguel Ángel Van-Dick Puga, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Morelos.

     Rubén Sotelo Aguilasocho, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Nayarit.

     Juan Manuel Pérez Martínez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Nuevo León.

     Raúl Peña Viveros, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Oaxaca.

     Rubén Arturo Wilson Arias, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Puebla.

     Laura Nayetzi Cabrera Trejo, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Querétaro.

     Yadira Méndez Paredes, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Quintana Roo.

     María Guadalupe del Rosario Garrido Rojano, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de San Luis Potosí.

     Tania Clarissa Medina López, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sinaloa.

     María de Lourdes Díaz Espinoza, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sonora.

     Giovanni Hashar Guerero Chávez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tabasco.

     Humberto Carrasco Vargas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tamaulipas.

     Lady Laura Sánchez Gómez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Tlaxcala.

     Elena Jackeline Brisuela Raygosa, Coordinadora de las Brigadas Especiales del Estado de Veracruz.

     Carlos Gómez Montes de Oca, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Yucatán.

     Saandra Durán Vázquez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Zacatecas.

78.          Quedando la estructura ilustrada en el propio documento rector del Operativo Correcaminos conforme al siguiente esquema:

79.   Así, se tiene por acreditada la existencia e implementación de un plan de vacunación como acción del gobierno federal, la estructura mediante la cual se llevó a cabo, la calidad y responsabilidad de las partes denunciadas dentro del proceso de ejecución del plan y la participación de servidoras y servidores de la nación.

 

-         Información oficial de la Política Nacional de Vacunación

80.          También se tiene por acreditado que, conforme al acuerdo del Secretario de Salud del Gobierno Federal se da a conocer que la página www.coronavirus.gob.mx, la cual es el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el SARS-CoV-2, para la prevención de la Covid-19 en México, publicado en el Diario Oficial de la Federación del ocho de enero.[45]

 

-         Procedimiento y requisitos para vacunarse

81.          La Guía Operativa de los Módulos de Vacunación estableció el proceso a seguir para la atención de las personas que desean ser vacunadas.

82.          Estos pasos consisten en verificar que han sido registrados o registradas para la vacunación, un filtro sanitario, una mesa de registro, la puesta de vacunación, la observación de posibles reacciones y la salida.

83.          Es así como en efecto, las personas que se encuentran agendadas para recibir las vacunas son recibidas por el personal asignado al módulo de vacunación quienes verifican su identidad, fecha, hora y lugar de procedencia.

84.          La persona capturista es responsable de realizar el registro inicial de la población a vacunar y llevará a cabo dos actividades:

        Verificación de identidad y cita de vacunación. Se efectuará la revisión del registro para vacunación (físico o electrónico), identificación oficial, fecha y hora programada. Al verificarse que los datos sean los correctos, se le asigna la cédula de vacunación que le corresponde para continuar el proceso.

        Orientación sobre la vacuna contra COVID-19. El personal encargado de la captura de la información también deberá informar a la persona que reciba la vacuna, de las características de las vacunas, los posibles efectos adversos y contraindicaciones estipuladas para la vacuna.

85.          Los datos son recabados, como se identifica en los manuales, para tener un control de las acciones de salud, tipos y dosis de vacunas aplicadas a cada persona y un seguimiento del estado de salud.

86.          Se suman a estos hechos las manifestaciones recabadas por la autoridad instructora en la inspección al portal electrónico de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, de la cual se extrajeron las siguientes manifestaciones que constan en acta circunstanciada:

o       Hugo López-Gatell contestó a un cuestionamiento por parte de una reportera, en la conferencia de prensa de diecisiete de febrero. Medularmente señaló que el registro de las personas es para darles seguimiento, a efecto de aplicarles la segunda dosis, aunado a que los ensayos clínicos no han terminado.

o       La fotografía a la credencial y a la persona no es necesaria, es un elemento que operativamente se empezó a utilizar por facilidad, pero no es indispensable y no se debe restringir la puesta de la vacuna a la toma de fotografía de la persona o de la credencial para votar.

o       No está señalado que se saque alguna copia o fotografía del documento de identificación o de las personas que acudan a recibir la aplicación de la vacuna, por lo que no es dable hablar de la existencia de un tratamiento de esos datos o de un fundamento jurídico para ello.

o       Aunado a lo anterior, estima que las personas están en aptitud de negarse a proporcionar dicha información, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

o       Se lleva una base de datos de las personas a quienes se les aplica la vacuna, cuya finalidad es llevar un control acerca de la verificación de los datos, registro para la vacunación contra el virus Covid-19, identificación oficial, fecha y hora programada de la persona vacunada.

o       Los datos que se recaban son CURP, nombre, domicilio de la persona, teléfono, algunas condiciones de historia de salud, vacuna aplicada y lote de la vacuna.

o       Una vez recibida la vacuna se asigna una cédula de vacunación para continuar el proceso.

87.          Asimismo, el diecisiete de febrero el Coordinador General de Programas para el Desarrollo de la Presidencia de la República, entre otras cosas señaló que la toma de fotografía de la identificación de las personas que acuden a vacunarse, es con la finalidad de identificar el lote biológico con el que se están vacunando, la programación de las vacunas, confirmar la edad de la persona y verificar su residencia.

88.          También informó que no es obligatorio presentar la credencial de elector emitida por el INE, sino que puede presentarse cualquiera de las identificaciones oficiales reconocidas por el Servicio Administrativo Tributario reconocidas en la página https://www.sat.gob.mx/consulta/09381/consulta-los- documentos-que-son-aceptados-como-identificacion-oficial.

89.          Tanto la Secretaría de Salud y la Secretaría de Bienestar, ambas del gobierno federal, señalaron que no se solicita copia de ninguna identificación, no se toma fotografía del documento o de las personas que se presentan a recibir la vacuna y sí se requiere un registro previo en la página oficial y la presentación de una identificación oficial para efecto de llevar una base de datos que permita tener control, orden y dar seguimiento de las vacunas implementadas y en su caso de la aplicación de la segunda dosis correspondiente.

90.          Finalmente, respecto a los protocolos implementados en las entidades de la federación acerca de la solicitud o no de credenciales para votar, la toma de fotografía y el registro; se tienen las siguientes manifestaciones por parte las representaciones de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y de las gobernadoras y gobernadores de las entidades federativas Baja California[46], Baja California Sur[47], Campeche[48], Coahuila de Zaragoza[49], Colima[50], Chiapas[51], Chihuahua[52], Durango[53], Guanajuato[54], Guerrero[55], Hidalgo[56], México[57], Michoacán de Ocampo[58], Morelos[59], Nayarit[60], Nuevo León[61], Oaxaca[62]Puebla[63], Querétaro[64], Quintana Roo[65], San Luis Potosí[66], Sinaloa[67], Sonora[68], Tabasco[69], Tamaulipas[70], Tlaxcala[71], Veracruz[72], Yucatán[73], Zacatecas[74], a través del requerimiento ordenado por la autoridad instructora, durante la sustanciación del procedimiento especial sancionador citado al rubro, se obtuvo, que:

Entidad Federativa

Respuesta

Ciudad de México

         La participación del Gobierno de la Ciudad de México se limita a únicamente en lo relativo a la logística del Plan Nacional Vacunación contra Covid-19 en el ámbito territorial de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Salud[75] y la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social[76].

         El Gobierno de la Ciudad de México no coadyuva en ningún tipo de registro y no toma fotografías de las personas que son vacunadas; asimismo, no lleva a cabo control de ningún tipo de información, por lo que no crea ningún tipo de base de datos de las personas beneficiarias de la vacuna.

         No realizó algún manual, lineamiento o similar para la recepción de personas mayores de sesenta años.

Baja California, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Puebla, Querétaro, Sonora y Veracruz.

El poder ejecutivo del estado únicamente coadyuva con el gobierno de México en el Programa de Vacunación contra el SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, ya que es un programa implementado por el gobierno federal.

Baja California, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Quintana Roo, Sonora, Veracruz y Zacatecas.

Señalaron la relatoría referente a la implementación en la entidad de la o las Etapas de Vacunación contra el Covid-19, como parte de la logística del Plan Nacional de Vacunación contra el SARS-CoV-2.

Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Guanajuato, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nuevo León, Oaxaca y Yucatán.

Informaron los días, horas y domicilios en que fueron aplicadas las dosis de la vacuna contra el Covid-19, información recibida hasta el veintiséis de febrero; en su caso, los municipios a los cuales se destinaron las próximas dosis de las vacunas.

Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Colima, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Yucatán y Zacatecas.

Refirieron desconocer las cantidades y fechas futuras de entrega del biológico, así como los lugares o municipios a los que sería destinado, ya que dicha información se proporciona a través de la persona Coordinadora Estatal días antes, dado que deriva de una campaña nacional instrumentada directamente por conducto de la Secretaría de Salud Federal.

Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas,

Informaron la persona enlace estatal, quien tiene a su cargo la estrategia operativa que se incrementa a nivel local para llevar a cabo la vacunación para la mitigación y control del Covid-19, las cuales pueden requerir el apoyo de las autoridades estatales o municipales, así como las personas profesionales, técnicas y auxiliares de las disciplinas para la salud.

Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Tabasco, Tlaxcala y Zacatecas.

Anexaron o señalaron la ubicación de la relación de las personas registradas en la plataforma designadas por la federación para ese fin, las cuales corresponden únicamente a los Servicios de Salud del estado.

91.          Las alegaciones antes referidas fueron emitidas por autoridades competentes, en atención al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora con motivo de la aplicación de vacunas contra el Covid-19, en las entidades federativas de la República[77], ello a efecto de verificar la realización de los hechos denunciados en el expediente en el que se actúa.

92.          Ahora bien, de lo anteriormente ilustrado, se observa que no se obtuvo contestación los estados de Aguascalientes y Jalisco, sin embargo, de las respuestas obtenidas, y las constancias que obran en autos, también es posible concluir que los gobiernos de los estados únicamente fungieron como apoyo respecto a los servicios de salud, sin que tuvieran a su cargo la implementación del plan de vacunación, pues todas las acciones eran coordinadas por el enlace estatal designado.

93.          Es así que se puede tener por acreditado, al no ser hechos controvertidos, que para la aplicación de la vacuna en efecto se requirió de una cita para acudir a vacunarse, que se proporcionara la CURP, un registro previo y un medio de identificación.

94.          Aunado a lo referido, en la investigación realizada por parte de la autoridad instructora mediante la oficialía electoral se deprendió que las personas que se encontraban en los módulos de vacunación se encontraban requisitando un documento denominado “Expediente de vacunación contra el virus SARS-COV2”

95.          Mismo que se inserta a continuación para mayor referencia:

96.          Del mismo se observa que los datos solicitados son:

a.     Folio de mivacuna

b.     Folio captura

c.     Fecha de vacunación

d.     Marca de vacuna

e.     Lote

f.       Dosis: Primera, Segunda, Única

g.     Nombre, Apellido, Sexo, Edad

h.     Curp y correo electrónico

i.        Domicilio

j.        Padecimientos: Diabetes, hipertensión, embarazo.

97.          El mismo documento contiene una sección en la parte posterior con los mismos datos que señala Comprobante de Vacunación contra el Virus SARS COV-2, junto con un aviso de privacidad que a la letra señala:

Se garantiza la protección de los datos personales en cumplimiento con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Los datos personales ysensibles serán utilizados y vinculados para verificación y confirmación de la identidad dentro del marco de la planeación, implementación y aplicación de la Política Nacional deVacunación y demás políticas sociales, así como para integrar expedientes y bases de datos necesarias para, en su caso, el otorgamiento y operación de políticas sociales del GobiernoFederal, así como las obligaciones que se deriven de estos y para mantener una base histórica con fines estadísticos y de obligaciones relativas a la transparencia, en términos de la normatividad y disposiciones aplicables. Consulte el aviso integral de privacidad en https://mivacuna.salud.gob.mx Lo anterior se informa en cumplimiento a los artículos 26, 27 y 28 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. La Política Nacional de Vacunación es de carácter público, ajeno a cualquier partido político. Quedaprohibido su uso para fines distintos a los establecidos

98.          Datos que no corresponden a los señalados como información de índole exclusivamente electoral.

99.          En suma, queda acreditado que, conforme al protocolo generado y las manifestaciones de las autoridades referidas, para la puesta de la vacuna se recabaron datos al momento de ser aplicada sin embargo los mismos no contienen datos electorales y se utilizan para generar un control de salud sobre los lotes que se están aplicando y las personas que están recibiendo dichas dosis.

-         Base de datos mivacuna

100.      Ahora bien, respecto a la posible existencia de la recopilación de datos, se tiene la siguiente información, recabada por la autoridad instructora.

101.      El Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar informó:

        No se levantó una base de datos y por lo tanto no existe.

 

        La Secretaría de Bienestar lleva a cabo el servicio de proporcionar, operar y administrar la plataforma electrónica de salud, con lo cual coadyuva a realizar acciones inherentes, relativas a la implementación de las políticas, medidas y acciones para la vacunación.

102.      El Coordinador de Estrategia Digital Nacional y la Encargada de Despacho de la Coordinación de Repositorios, Investigación y Prospectiva del CONACYT señalaron coincidentemente que dichas Coordinaciones no tienen asignadas las funciones de utilizar padrón alguno para la implementación de la vacuna, ni han tenido alguna participación en los hechos materia de la denuncia para intervenir en las actividades operativas de registro y verificación de identidad que llevan a cabo las respectivas brigadas de vacunación, tal como se desprende del documento “Guía operativa de los módulos de vacunación contra el COVID-19”.

103.      El Director General de Tecnologías de la Información de la Secretaría de Salud informó que:

        Dicha unidad administrativa no cuenta ni tiene censos de la población.

 

        El cuatro de diciembre de dos mil veinte, las Secretarías de Gobernación de Salud, de Bienestar y de Educación Pública, así como otras entidades de la Administración Pública Federal, suscribieron el Convenio General de Colaboración para coadyuvar en las acciones inherentes a la atención de la pandemia causada por la COVID-19 en México, incluyendo la implementación de las políticas, medidas y acciones para la vacunación contra el virus SARS-CoV2 y en términos de la Claúsula Segunda, numeral IV, letra d, del citado Convenio la Secretaría de Bienestar proporcionó la Plataforma “mivacuna” que es operada y administrada por dicha dependencia, la plataforma se encuentra registrada dentro del dominio salud.gob.mx a fin de que sea accesible a la población en general.

 

        En la plataforma únicamente las personas candidatas vacunales pueden registrar su CURP, así como datos de ubicación y datos de contacto para la programación de la aplicación del esquema de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 conforme a las etapas y grupo de edad que se establecen en las estrategias o criterios técnicos de vacunación emitidos por las autoridades competentes.

 

        No se contienen los datos de la credencial de elector.

104.      El titular de la Coordinación de Servicios Digitales y de Información para la Salud de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico informó que:

        La Secretaría de Salud es la responsable de la rectoría técnica del proceso de vacunación, incluyendo la definición de los protocolos técnicos que rigen las características del proceso de vacunación para cada tipo de vacuna y de los sitios de vacunación, de la formalización y seguimiento de contratos con las compañías farmacéuticas en sus componentes jurídicos, técnicos y administrativos, así como el manejo de padrones e información y del sistema de información, gestión y resguardo de censos de la población general.

 

        La Coordinación de Servicios Digitales y de Información de la Salud únicamente participa en la campaña nacional de vacunación contra el virus SARS-CoV-2, proporcionando el servicio de infraestructura tecnológica al sistema de vacunación del personal de salud, así como el soporte y mantenimiento de los incidentes tecnológicos que pudieran presentarse en el mismo.

 

        No es de su competencia generar, registrar, tratar, modificar y administrar la información que se recaba en el mencionado sistema, ya que las funciones y competencias de dicha Coordinación están concretadas a realizar lo relativo a la administración de la continuidad operativa y no interviene en las decisiones de las áreas usuarias que con motivo de sus funciones sustantivas y administrativas son las que registran, modifican, almacenan y dan tratamiento a la información que se recaba y almacena en dichos sistemas.

 

        El sistema de vacunación para el personal de salud consiste en la carga de censos del personal de la salud, autorizados por la directora o director médico de la unidad médica a la que pertenece el personal de salud, el registro del personal de salud para el proceso de vacunación y el registro del lote biológico y diluyente aplicado al personal de salud.

 

        El sistema de vacunación para el personal de salud no contiene fotografía de las personas vacunadas, ni contiene datos propios de la credencial de elector.

 

105.      Así de las manifestaciones vertidas se desprende la existencia de una Plataforma denominada “mivacuna”, registrada dentro del dominio salud.gob.mx, misma que es operada por la Secretaría de Bienestar.

106.      Sirve además de sustento para afirmar la existencia de esta plataforma, el Convenio General de Colaboración para coadyuvar en las acciones inherentes a la atención de la pandemia causada por la Covid-19 en México, incluyendo la implementación de las políticas, medidas y acciones para la vacunación contra el Virus SARS-COV-2, suscrito el 4 del mes de diciembre del año 2020[78] cuyas cláusulas, con relación al presente apartado, señalan lo siguiente:

        Respecto a la base de datos:

“ II. Compromisos específicos de “GOBERNACIÓN”:

b. Brindar los servicios web de la CURP a “SALUD” y a “BIENESTAR”, a fin de consultar los datos de identidad jurídica, incluida la CURP, de las personas candidatas vacunales y de las personas vacunadas contra la COVID-19, que así sean registradas en la plataforma electrónica que para tales efectos proporcione, opere y administre “BIENESTAR”, en términos de la operación que defina “SALUD” y con base en lo dispuesto en el anexo de ejecución que para los servicios web de CURP sea suscrito entre “LAS PARTES” involucradas.

c. Realizar los procesos de confronta que le sean solicitados por “SALUD” y “BIENESTAR”, a fin de validar con la base de datos de “GOBERNACIÓN” la CURP y/o los datos de identidad jurídica contenidos de las personas candidatas vacunales y personas vacunadas contra la COVID-19 que tengan registradas.

III. Compromisos específicos de “SALUD”.

h. Proporcionar a “GOBERNACIÓN” el listado de personas, conteniendo la CURP o aquellos datos de identidad jurídica que permitan identificar a las personas candidatas vacunales o que hayan sido vacunadas contra el COVID-19, a efecto de que se confronte y valide la CURP y/o sus datos de identidad jurídica, con base en el anexo de ejecución suscrito por “LAS PARTES” involucradas.

IV. Compromisos específicos de “BIENESTAR”:

d. Proporcionar, operar y administrar la plataforma electrónica, a cargo de quien “BIENESTAR” determine, para la conformación de brigadas de personal de campo para apoyar la logística en la creación y operación de las brigadas especiales de vacunación contra la COVID-19 y en donde se registrará a las personas candidatas vacunales a través de un portal que se denominará www.mivacuna.gob.mx y la destinada al registro de personas que sean vacunadas contra la enfermedad del COVID-19 y otras que se determinen, conforme al anexo de ejecución que para tal efecto se suscriba. En coordinación con la Dirección General de Tecnologías de la Información de “SALUD”, la Coordinación de Estrategia Digital Nacional de la Oficina de la Presidencia de la República, de conformidad con las directrices o criterios técnicos, acuerdos y disposiciones emitidos por “SALUD” o emitidos a través del portal https://coronavirus.gob.mx/.

En su caso, establecer la entrega formal de la plataforma electrónica a “SALUD”, en los términos del anexo de ejecución referido.

e. Proporcionar a “GOBERNACIÓN” o “SALUD”, en su caso, el listado de personas, conteniendo la CURP o aquellos datos de identidad jurídica que permitan identificar a personas cuyos datos se encuentren depositados en la plataforma electrónica referida en el inciso anterior, a efecto de que se confronte y valide la CURP y/o sus datos de identidad jurídica, en términos del anexo de ejecución que para tal efecto se suscriba.” [Énfasis añadido]

107.      De dicho convenio se desprende que, conforme a los dichos, la plataforma utilizada para los registros vacunales correspondió a “mivacuna y que la misma dependía de los servicios web CURP proporcionados por Gobernación para verificar la identidad jurídica de las personas candidatas a la puesta de la vacuna.

108.      La plataforma se encuentra diseñada para el acceso público y así para la generación de las citas correspondientes de las personas que desean vacunarse.

109.      Los datos que se obtienen son: nombres, apellidos, fecha de nacimiento, sexo, entidad federativa, municipio, código postal y datos de contacto, como correo electrónico y número telefónico.

110.      Es así que se tiene por acreditada la existencia de una plataforma en la cual se registran los datos de las personas que desean vacunarse.

3. MARCO NORMATIVO APLICABLE

111.      Como se señaló en la fijación de la litis, el presente asunto se centra principalmente en determinar si existió o no un supuesto uso indebido de programas sociales, en el caso la ejecución del Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-Cov-2 para la prevención del COVID-19, principalmente en dos vertientes: a) la supuesta vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad, derivado de que las personas servidoras públicas encargadas de la puesta de la vacuna, utilizaban los colores que caracterizan al partido político Morena, y b) que para la ejecución de dicho programa se recopilaba y almacenaba información puramente electoral, facultad exclusiva del INE, como es la sección electoral, la clave de elector, OCR (Optical Character Recognition, por sus siglas en inglés) con la finalidad de coaccionar a la ciudadanía para votar a favor de Morena.

        Cuestión Previa

112.      La Constitución reconoce el derecho humano que toda persona tiene a la protección de la salud y establece que, en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá la obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables.

113.      Mientras que la Ley General de Salud señala que la Secretaría de Salud podrá autorizar con fines preventivos, terapéuticos, rehabilitatorios o de investigación, el empleo en seres humanos de medicamentos o materiales respecto de los cuales aún no se tenga evidencia científica suficiente de su eficacia terapéutica o se pretenda la modificación de las indicaciones terapéuticas de productos ya conocidos y, asimismo, establece que las medidas que se requieran para la prevención y el control de las enfermedades que enumera el artículo 134 de dicha Ley, deberán ser observadas por los particulares, entre las que se encuentra la aplicación de vacunas y otros recursos preventivos y terapéuticos.

114.      Dicha ley también establece, que todas las vacunas e insumos para su aplicación en seres humanos que se utilicen en el país, deberán ser de la mayor calidad disponible y cumplir con los requisitos sanitarios necesarios establecidos en dicho ordenamiento y en las demás disposiciones jurídicas aplicables, a efecto de salvaguardar la seguridad en la administración de las vacunas, y que los procedimientos para la autorización del registro, importación y liberación de vacunas serán considerados como prioritarios en razón de su importancia para la salud pública y la seguridad nacional, y que en casos de emergencia, dichos procedimientos se atenderán de manera inmediata.

115.      El treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve, fue identificado por primera vez el “coronavirus SARS-CoV2”, el cual se manifiesta a través de enfermedades respiratorias agudas contagiosas, de acuerdo con la información publicada por la Organización Mundial de la Salud.

116.      El once de marzo de dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud declaró como pandemia la enfermedad Covid-19, causada por el “coronavirus SARS-CoV2”, señalando que en todo el mundo se esperaba contar en el corto plazo con una vacuna efectiva contra dicha enfermedad, como una de las medidas más costo-efectivas para controlar la pandemia, y disminuir su impacto en la salud, la economía y la sociedad.

117.      En ese orden de ideas, el ocho de enero, se publicó el Acuerdo por el que se dio a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, para la prevención de la Covid-19 en México[79], la cual tiene como objetivo general disminuir la carga de enfermedad y defunciones ocasionada por la Covid-19.

118.      Cabe señalar que dicha Política Nacional regula, entre otros tópicos, los siguientes:

 

        Recomendaciones del grupo técnico asesor de vacunas.

        Ejes de priorización de la vacunación en México.

        Las vacunas disponibles para México.

        Priorización de población a vacunar.

        La Estrategia de Vacunación, tales como sus etapas y la logística, entre ellas, el Operativo Correcaminos.

        Comprobante de vacunación.

        Sistema de información, en el que se determinó que, en caso de no contar con documentos oficiales de identidad como acta de nacimiento, credencial de elector, CURP, pasaporte u otros, o registros médicos, no es obstáculo para acceder a la vacunación.

        Comunicación de riesgos para la aplicación de la vacuna.

119.      Ahora bien, a continuación, se expondrá el marco normativo y conceptual aplicable al presente asunto:

        Párrafo 7 del artículo 134 Constitucional

120.      En relación con el actuar de las personas servidoras públicas, el mismo se encuentra sujeto a las restricciones contenidas en el artículo 134, párrafo 7 de la Constitución, que disponen lo siguiente:

Artículo 134.-

 

[…]

 

Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

 

[…]

121.      Es preciso, señalar que en la exposición de motivos de la iniciativa de la reforma constitucional de trece de noviembre de dos mil siete menciona que la inclusión del párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución, tiene como objeto impedir que actores ajenos incidan en los procesos electorales, así como elevar a rango constitucional las regulaciones en materia de propaganda gubernamental tanto en periodo electoral como en tiempo ordinario.

122.      En este sentido, dicha disposición legal tutela sustancialmente dos bienes jurídicos de los sistemas democráticos: la imparcialidad y neutralidad con que deben actuar las personas del servicio público y la equidad en los procesos electorales.

123.      El propósito es claro en cuanto dispone que las y los servidores públicos deben actuar con suma cautela, cuidado y responsabilidad en el uso de recursos públicos (económicos, materiales y humanos), que se les entregan y disponen en el ejercicio de su encargo, es decir, que destinen los recursos para el fin propio del servicio público correspondiente, más aún cuando se trata de la operación e implementación de programas sociales, dada la finalidad que tienen de satisfacer necesidades básicas de grupos vulnerables económica y socialmente.

124.      En este sentido, el citado párrafo establece una norma constitucional que prescribe una orientación general para que todas las personas servidoras que tengan bajo su responsabilidad recursos de origen público, los apliquen con institucionalidad, incondicionalidad, imparcialidad y neutralidad, salvaguardando en todo momento la equidad en la contienda electoral. Tal obligación, tiene una finalidad sustancial, atinente a que no haya una influencia indebida por parte de las personas servidoras públicas en la competencia que existe entre los partidos políticos[80].

125.      Al respecto, si bien el aludido precepto constitucional hace referencia a que los recursos públicos sean utilizados sin influir en la contienda electoral, también es posible desprender la exigencia para que se dé una actuación imparcial y neutral de las personas servidoras públicas, con el objeto de que ningún partido, candidatura, coalición o persona servidora pública obtenga algún beneficio indebido[81].

126.      Por otra parte, el artículo 449, párrafo 1, incisos d) y f), de la Ley General, establece las infracciones que pueden ser cometidas por las y los servidores públicos de cualquiera de los Poderes de la Unión, de los poderes locales; órganos de gobierno municipales; órganos de gobierno de la Ciudad de México; órganos autónomos y cualquier otro ente público, particularmente el incumplimiento al principio de imparcialidad establecido por el artículo 134 de la Constitución Federal.

        Programas sociales gubernamentales

127.      De conformidad con la Ley General de Desarrollo Social, los programas sociales cuentan con las siguientes características:

          Son prioritarios y de interés público.

          Deben destinarse, por lo menos a combatir la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; seguridad social y programas asistenciales; infraestructura social básica y fomento al sector social de la economía.

          Garantizan el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Federal.

          La planeación debe incluir programas sociales municipales, estatales, institucionales, regionales y especiales, así como el Programa Nacional de Desarrollo Social y el Plan Nacional de Desarrollo.

128.      Al respecto, el artículo 28 de dicho ordenamiento señala que la publicidad y la información relativa a los programas de desarrollo social, deberán identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la ley correspondiente e incluir la leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”.

129.      Por su parte, el artículo 17 Bis, fracción III, incisos a), d) y e) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establecen respectivamente, que las dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas para entregar un beneficio social directo a la población, deberán ejecutar el programa con estricto apego a las reglas de operación; incluir en la difusión de cada programa la leyenda siguiente: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”; así como realizar acciones de orientación y difusión con los beneficiarios para garantizar su transparencia y evitar cualquier uso ilegal del mismo.

130.      Ahora bien, de la interpretación conjunta de estas normas, revela una separación absoluta entre la ejecución de los programas y la distribución de beneficios sociales por parte de las diferentes dependencias gubernamentales, con cualquier otro fin, como puede ser alguno de carácter político o electoral.

131.      En ese sentido, la Sala Superior del Tribunal Electoral al resolver el expediente SUP-JRC-384/2016[82], estableció que los programas sociales conllevan la realización de diversos actos y actividades que se traducen en la implementación de prácticas y políticas preventivas, y las referentes a la aplicación, administración, promoción y control de los recursos materiales y económicos de que dispongan la federación, las entidades federativas y los municipios, en sus respectivos ámbitos de aplicación.

132.      Lo anterior, demuestra la trascendencia e importancia que tiene en una sociedad democrática la implementación de programas sociales, ya que éstos son mecanismos institucionales de naturaleza prioritaria, que contribuyen al ejercicio de derechos y que garantizan a la sociedad una mejor calidad de vida en materia de salud, alimentación, empleo, vivienda, bienestar y seguridad social, entre otros.

133.      Por lo que una vez esclarecidos sus beneficios sociales, subyace la necesidad de implementar estándares para su protección, a fin de asegurar que se logren sus objetivos, efectiva y eficazmente, ya que su instrumentación protege y garantiza el ejercicio de los derechos sociales que deben ser atendidos como mandatos de optimización y, por ende, ser cumplidos conforme a la normativa atinente, que como ya se refirió dispone de una regla o directriz absoluta de incondicionalidad en la entrega de los programas asistenciales, al ordenar la inclusión de las citadas leyendas que indican la institucionalidad de los apoyos, enfatizando su carácter oficial, ajeno a cualquier otro interés o finalidad.

134.      De esta forma, el artículo 134 constitucional estatuye el principio de imparcialidad como estándar para la protección de los programas sociales, y en general, de toda la actividad pública de los poderes, autoridades y personas servidoras públicas, asegurando que la ejecución de los bienes, servicios y recursos establecidos para los programas de asistencia social, se apeguen a su objetivo y reglas de operación, evitando en todo momento, su uso con fines políticos.

135.      En este sentido, constituye un criterio jurisprudencial de este Tribunal Electoral, que los beneficios de tales programas sociales no puedan ser entregados en eventos masivos o en una modalidad que no se encuentre justificada, por lo que las autoridades y personas servidoras públicas están obligadas a tener un deber de cuidado especial, con el fin de que tales beneficios sean entregados, de tal manera, que no implique una conducta o modalidad que pueda generar un impacto negativo o poner en riesgo los principios que rigen las contiendas electorales[83].

136.      Por tanto, los programas sociales deben orientarse bajo el criterio de las buenas prácticas en la aplicación de los recursos públicos, pues constituyen las actividades que se llevan a cabo para la satisfacción de una necesidad colectiva de interés público, de ahí que debe prevalecer en todo tiempo el carácter institucional que conforme a la normativa debe caracterizarlos, lo que excluye cualquier actividad o modalidad que los vincule con alguna servidora o servidor público determinado, a fin de evitar cualquier uso indebido o pernicioso de los mismos.

137.      Atribuciones legales relacionadas con la campaña de vacunación contra la COVID-19 El 19 de marzo de 2019, el Consejo de Salubridad General, reconoció como pandemia la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2, por lo que se catalogó como enfermedad grave de atención prioritaria, estableciendo que la Secretaría de Salud implementaría las medidas necesarias para la prevención y control de la epidemia[84].

138.      En este sentido, el artículo 4o. de la Constitución establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que el Estado tiene la obligación de garantizar y establecer los mecanismos necesarios para que toda persona goce de un estado de completo bienestar físico, mental y social para su desarrollo.

139.      Por su parte, el artículo 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a. de la norma constitucional establece que, en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables.

140.      En atención a ello, el veinticuatro de marzo de dos mil veinte, el Secretario de Salud, emitió el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)[85], estableciendo los siguientes puntos:

“…

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las medidas preventivas que los sectores público, privado y social deberán poner en práctica son las siguientes:

[…]

ARTÍCULO TERCERO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán mantener coordinación con la Secretaría de Salud para la instrumentación de las medidas objeto del presente Acuerdo.

ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría de Salud será la única instancia responsable de la emisión y manejo de la información oficial que se desprenda del presente Acuerdo.

ARTÍCULO QUINTO.- Corresponderá a la Secretaría de Salud la interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo, así como la resolución de los casos no previstos en el mismo.

 

…”

 

141.      Así, el artículo 157 Bis 4, fracciones III y IV, de la Ley General de Salud, dispone que la Secretaría de Salud tiene la atribución de dirigir el programa de vacunación universal y coordinar las campañas y operativos de vacunación tanto ordinarios como extraordinarios, así como vigilar y evaluar las actividades de vacunación en todo el territorio nacional.

142.      Ahora bien, el artículo 184 de la referida legislación dispone que la acción extraordinaria en materia de salubridad general debe ser ejercida por la Secretaría de Salud, la que deberá integrar y mantener permanentemente capacitadas y actualizadas brigadas especiales que actuarán bajo su dirección y responsabilidad y tendrán entre otras atribuciones la de encomendar a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, el desempeño de las actividades que estime necesarias y obtener para ese fin la participación de los particulares; así como las demás que determine la propia Secretaría.

143.      En atención a ello, el veintiuno de enero, se emitió el acuerdo que establecen brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19[86], en todo el territorio nacional, cuyos puntos fueron:

“…

 

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para la estrategia operativa que se implemente a nivel federal, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19, en todo el territorio nacional.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Secretaría de Salud dirigirá las brigadas especiales a que alude el Artículo Primero del presente Acuerdo, en apego a la Política Nacional de Vacunación, y emitirá los criterios operativos bajo los cuales las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán actuar en el ámbito de sus atribuciones, a fin de coordinarse y brindar los apoyos que sean requeridos por la Secretaría de Salud, para la instrumentación de la estrategia de vacunación como medida de mitigación y control de la enfermedad COVID-19 en todo el territorio nacional.

 

ARTÍCULO TERCERO.- En cada una de las entidades federativas del país, será nombrado un Coordinador de las brigadas especiales, quien tendrá a su cargo la estrategia operativa que se implemente a nivel local para llevar a cabo la vacunación para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19, y quien podrá requerir el apoyo de las autoridades estatales y municipales, así como de los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, para el desempeño de las actividades que estime necesarias, así como obtener la participación de los particulares para tales fines.

…”

144.      En atención a ello, el quince de marzo, se emitió el instrumento denominado “Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus-SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México”, cuyo objetivo es coordinar y brindar los apoyos requeridos por la Secretaría de Salud, para la instrumentación de la estrategia de vacunación como medida de mitigación y control de la enfermedad COVID-19 en todo el territorio nacional[87].

145.      En el documento de referencia, se establecieron las entidades públicas que intervinieron en la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, así como la función a desempeñar, entre ellas, destacan:

1. Gestionar y Facilitar la búsqueda y definición de proveeduría con las compañías farmacéuticas globales: Secretaría de Relaciones Exteriores.

 

2. Definir y procurar los fondos y fuentes de financiamiento de los recursos federales: Secretaría de Hacienda y Crédito Público e Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI).

 

3. Formalizar y dar seguimiento de contratos con las compañías farmacéuticas en sus componentes jurídicos, técnicos y administrativos: Secretaria de Salud.

 

4. Regular y llevar el control sanitario de las diferentes opciones de vacunas disponibles: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).

 

5. Trámites de importación: Servicio de Administración Tributaria (Administración General de Aduanas), Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia y la COFEPRIS.

 

6. Logística para el transporte y resguardo de vacunas: Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA), Secretaría de Marina (SEMAR) y la Guardia Nacional, vinculados con la Secretaría de Salud a través del INSABI.

 

7. Rectoría Técnica del proceso de vacunación, incluyendo la definición de los protocolos técnicos que rigen las características del proceso de vacunación para cada tipo de vacuna y de los sitios de vacunación: Secretaría de Salud.

 

8. Integración y capacitación del personal de salud vacunador y de observación médica en cada sitio de vacunación: Secretarías Estatales de Salud, INSABI, Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Petróleos Mexicanos (PEMEX), SEMAR y SEDENA.

9. Manejo de padrones e información: Coordinación General de la Estrategia Nacional Digital (Presidencia de la República) con apoyo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT).

 

10. Sistema de información, gestión y resguardo de censos de la población general: Secretaría de Bienestar

 

11. Sistema de información, gestión y resguardo de censos de personal de salud: Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del IMSS.

 

12. Organización del trabajo de campo y convocatoria comunitaria: Secretaría del Bienestar a través de los Centros Integradores del Bienestar y los Servidores de la Nación.

146.      En este sentido, las acciones referidas con anterioridad son propias y exclusivas del gobierno federal y, por ende, los partidos políticos no pueden apropiarse de las mismas ni mucho menos ofrecer o condicionar su acceso, entrega o beneficios, porque ello desvirtuaría la naturaleza y finalidades de ese tipo de acciones públicas y violaría las finalidades constitucionales y legales que los partidos políticos tienen encomendadas.

147.      En este sentido, se tiene que la vacunación contra la enfermedad Covid-19, es una acción pública encabezada y dirigida por el gobierno federal, a través de sus dependencias y órganos facultados para ello, ante una situación de salubridad general, sin que de ella participen, en modo alguno, partidos políticos o personas afines a los mismos, por las razones indicadas.

- Información exclusiva electoral y colores de los institutos políticos

148.      Por disposición constitucional, la formación de las bases de datos relativas al padrón electoral y la lista nominal de personas electoras, corresponde exclusivamente al INE.

149.      Para formar el Registro Federal Electoral, particularmente el padrón electoral, la lista nominal electoral y la credencial para votar con fotografía, las personas entregan al INE, la información siguiente:

a) Apellido paterno, apellido materno y nombre completo;

b) Lugar y fecha de nacimiento;

c) Edad y sexo;

d) Domicilio actual y tiempo de residencia;

e) Ocupación;

f) En su caso, el número y fecha del certificado de naturalización; y

g) Firma y, en su caso, huellas dactilares y fotografía del solicitante.

150.      El personal del INE que interviene en la recopilación de la información mencionada en el numeral anterior, con el objeto de lograr la georreferenciación de las ciudadanas y ciudadanos, asentará en el registro correspondiente, entidad federativa, municipio, localidad, distrito electoral federal y sección electoral correspondiente al domicilio, debe:

a) Garantizar la protección de la información y los datos personales en posesión del Instituto;

b) Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales que se encuentren en posesión del Instituto, así como evitar su alteración, transmisión y acceso no autorizado;

c) Los documentos, datos e informes que la ciudadanía proporcione al Registro Federal Electoral, en cumplimiento de las obligaciones que les impone la Constitución y la Ley Electoral, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer, con excepción y exclusivamente para los fines establecidos en el artículo 126, párrafo 4, de la Ley de la materia, es decir, para el cumplimiento de sus funciones y no podrán darle o destinarla a finalidad u objeto distinto al de la revisión del Padrón Electoral y las Listas Nominales.

151.      En este sentido, es preciso resaltar que el Padrón Electoral y la Lista Nominal Electoral, constituyen bases de datos de las personas ciudadanas (mayores de edad que tengan un modo honesto de vivir) que han cumplido con los requisitos necesarios para poder ejercer el sufragio, tanto activo como pasivo, mientras que la credencial para votar con fotografía, es el documento de identificación que demuestra la vigencia de los derechos político-electorales de las y los ciudadanos, expedida por el INE, a través de los órganos facultados para ello.

152.      Así las cosas, si bien es cierto que la credencial para votar con fotografía se ha erigido en uno de los medios de identificación de uso más extendido, debido a su gratuidad y confiabilidad, lo es también que contiene datos cuya recopilación, custodia y tratamiento corresponde de manera exclusiva al INE, específicamente el distrito electoral federal, la sección electoral correspondiente al domicilio y la clave de elector.

153.      Tal circunstancia se encuentra íntimamente relacionada con el fin del INE consistente en garantizar a las personas el ejercicio de los derechos político electorales que les corresponden, pues de permitir que cualquier persona, física o moral; autoridad o gobernado, realizara la recopilación, tratamiento y custodia de dicha información, la misma podría ser utilizada para fines ilícitos que pongan en riesgo el ejercicio de los derechos mencionados, cuya custodia corresponde constitucionalmente a esa autoridad electoral nacional.

154.      Por otra parte, cabe resaltar que el Consejo General del INE, a través del acuerdo INE/CG33/2019, derivado de inconsistencias detectadas en la conformación de los padrones de militantes de los partidos políticos nacionales, estableció la posibilidad de que los institutos políticos recabaran afiliaciones o refrendos de militancia, por medio de una aplicación informática operada a través de dispositivos móviles (smartphones, tabletas u otros dispositivos portátiles con conexión a internet) en la cual, entre otras cuestiones, era necesario obtener la fotografía del rostro de la o el ciudadano y de la correspondiente credencial para votar con fotografía, aplicación informática que sigue operativa hasta la fecha.

155.      En el mismo sentido, es importante no perder de vista que el siete de septiembre de dos mil veinte, dio inicio el proceso electoral federal 2020-2021, por el que se renovarán los integrantes de la Cámara de Diputados [y Diputadas] y numerosos cargos de elección popular en las treinta y dos entidades federativas, en jornadas comiciales coincidentes con la federal, que tuvieron lugar el seis de junio.

156.            Finalmente, la Sala Superior ha establecido que los colores y demás elementos separados, no generan derechos exclusivos para el partido político que los registró, tal como se sostuvo en la jurisprudencia 14/2003[88], de rubro y texto siguiente:

“EMBLEMA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. SUS COLORES Y DEMÁS ELEMENTOS SEPARADOS, NO GENERAN DERECHOS EXCLUSIVOS PARA EL QUE LOS REGISTRÓ.- En el inciso a) del párrafo 1 del artículo 27 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, se dispone que los estatutos de los partidos políticos establecerán la denominación del propio partido, el emblema y el color o colores que lo caractericen y diferencien de otros partidos políticos. De la literalidad de este precepto no se advierte que la adopción de determinados colores, símbolos, lemas y demás elementos separados que conforman el emblema de un partido político, le generen el derecho exclusivo para usarlos frente a otros partidos políticos, dado que el uso de esos elementos en el emblema de dos o más partidos políticos, no conduce, de por sí, al incumplimiento del objeto para el que están previstos (caracterizar y diferenciar a los partidos políticos), sino que esto sólo se puede dar en el caso de que su combinación produzca unidades o productos similares o semejantes que puedan confundir a quien los aprecie u observe, e impedirles que puedan distinguir con facilidad a cuál partido político pertenece uno y otro. En atención a esto, legalmente no podría considerarse que existe el derecho de uso exclusivo de los elementos separados de los emblemas registrados por los partidos políticos, sino que, por el contrario, existe plena libertad para registrar los signos de identidad compuestos con uno o varios de esos elementos, aunque otros también los usen en los propios, siempre con la previsión de que la unidad que formen no pueda generar confusión con la de otro partido, para lo cual podría servir como elemento distintivo la combinación que se les da, como el orden y lugar en que se empleen, el tamaño del espacio que cubran, la forma que se llene con ellos, su adición con otros colores o elementos, etcétera. En este sentido, la utilización de tales elementos, cuando no inducen a confusión, en los emblemas de distintos partidos políticos, no puede estimarse violatoria de disposición legal alguna, sino un acto de cumplimiento de una norma de orden público.

 

Énfasis añadido.

 

 

 

3.1 Caso concreto. Uso indebido de programas sociales o de gobierno para la recopilación y conservación injustificada de información de carácter puramente electoral contenida en la credencial para votar de las personas ciudadanas, vacunadas contra la Covid-19

157.      El quejoso señaló que se estaban solicitando las credenciales de elector y CURP[89] para poder aplicar la vacuna en contra del virus SARs-Cov-2 y beneficiar así a Morena con el acceso a programas sociales, es así que por cuestión de método, lo procedente es analizar en primer lugar si conforme al caudal probatorio que obra en autos, en efecto, se acredita el uso indebido de la implementación del programa de vacunación con la finalidad de obtener información electoral en beneficio de un partido político.

158.      Posteriormente se determinará si dichas conductas constituyen o no una infracción electoral y, en consecuencia, se les atribuirá la responsabilidad que corresponda.

159.      En ese sentido el denunciante a fin de acreditar su dicho aportó las siguientes ligas electrónicas las cuales fueron certificadas por la autoridad instructora.

160.      De las anteriores notas periodísticas que constan en acta circunstanciada de manera íntegra en el expediente, se señala primordialmente lo siguiente:[90]

        -Nota del Universal:

o       Hay filas de seis horas y les toman fotografías que se ingresan a una plataforma de internet.

o       Uno de los trabajadores con chaleco guinda señala que corrobora la información en la plataforma de mivacuna.gob.mx, y registran a las personas que acuden en caso de que no se hayan registrado y les toman una fotografía, registran datos como edad e historial médico para el seguimiento censal.

o       Afuera del centro de vacunación se encuentran carteles que señalan que deben llevar “INE”, CURP, dos teléfonos y un correo electrónico.

o       Describe la situación de una persona a la que no dejaban vacunarse porque no tenía CURP, sin embargo, el director de la clínica sacó el dato en su computadora.

o       En los módulos de vacunación se encontraba personal de la Guardia Nacional, Secretaría de la Defensa Nacional y Marina custodiando las vacunas.

        Nota de El comentario

o       El presidente Andrés Manuel López Obrador manifestó que los [y las] Servidores de la Nación solicitan la credencial de elector únicamente para identificar que sean personas mayores de sesenta años y que el domicilio corresponda con la zona de vacunación.

o       El presidente del INE reclamó que se solicitaran copias de la credencial para votar para aplicar la vacuna, señaló que ello ha generado quejas y que se investigarán.

        Nota de El Diario NTR

o       Los [y las] Siervos de la Nación, toman fotografía del rostro de las personas adultas mayores y les exigen su credencial para votar.

o       Les piden copia de la credencial para votar y se quedan con la misma.

- Intervención de la Oficialía Electoral del INE.

161.      De igual forma se ordenó por parte de la autoridad instructora, la intervención de la Oficialía Electoral debido a que según las manifestaciones del quejoso dichos hechos se encontraban en curso en tanto que la implementación del Plan Nacional de Vacunación se continuaba llevando a cabo.

162.      Dicho personal acudió a centros de vacunación de cada demarcación territorial, con la finalidad de verificar el procedimiento mediante el cual se llevaba a cabo el registro para comprobar la identidad, captura de datos y si se solicitaba la credencial para votar en el mismo.

163.      Cabe señalar que dichas diligencias fueron realizadas y acompañadas con material fotográfico y de video, así como de la entrevista de por lo menos diez personas por módulo conforme al siguiente cuestionario:

        Saludo e identificación de la persona servidora pública comisionada para realizar la diligencia.

        Explicar a la persona a entrevistar que el INE se encuentra investigando si la implementación del programa de vacunación se está desarrollando sin fines electorales o en detrimento de los principios rectores de los procesos electorales en curso, por lo que se solicita de su colaboración para responder algunas preguntas.

        En caso de aceptar contestar el cuestionario, señalar nombre completo y generales, y preguntar:

1.       ¿Qué información le fue solicitada para acceder al programa de vacunación?

2.       ¿Le fue solicitada su credencia para votar con fotografía? Si o No

3.       ¿Se le tomó fotografía o sacó copia fotostática de dicho documento? Sí o No

4.       ¿Cuál fue la razón que le dieron para reproducir su credencial para votar?

5.       ¿Se le entregó algún aviso de privacidad respecto del uso que se le daría a sus datos personales? Sí o No

6.       ¿Se le tomó una fotografía a usted? Sí o No?

7.       ¿Le dieron alguna razón para tomarle la fotografía? ¿Cuál fue?

8.       ¿Le fue condicionado el acceso al programa de vacunación si no entregaba su credencia de elector o cualquier otro documento? Sí o No

9.       ¿Se le hizo mención durante el proceso del programa nacional de vacunación dependía de algún partido político, candidatura o persona servidora pública en específico? De ser el caso, especifique a quien se le atribuye.

10.   ¿Quiere agregar alguna otra información sobre la experiencia en el proceso de vacunación COVID-19?

        Al terminar el cuestionario, agradecer la colaboración que brindó al Instituto.

164.      Cabe señalar en este punto, que conforme lo señalado por la Sala Superior en el SUP-REP-221/2021, la decisión de la acreditación de las conductas no se puede sustentar en solo algunas actas, ya que ellas no constituyen prueba plena, se debe valorar o evaluar mínimamente las restantes probanzas, tales como requerimientos, videos, así como demás actas, las cuales deben ser consideradas en conjunto para desvirtuar o reforzar lo sostenido en los testimonios contenidos en dichas actas.

165.      De las constancias que desprendieron diversas respuestas, mismas que se encuentran relacionadas en el ANEXO 2, sin embargo, destacan las siguientes:

Estado

Alcaldía/ municipio/ lugar

Respuestas

Ciudad de México

Cuajimalpa

Foja 210

Principal

18 de febrero

Se certificó el proceso de vacunación: Señalan que se les pide que se identifiquen, se les permite pasar, no se les toman fotografías, se les pide el número telefónico y domicilio para la siguiente dosis de vacunación.

Unidad 2: Escuela Primaria “Maestros de México”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una de las personas entrevistadas manifestó que el día anterior no pudo vacunarse porque había muchas personas, también que había gente con los chalecos de “morena” y que le impactó que hubiera gente de la Guardia Nacional, además que agradecía la atención del centro de vacunación quienes señaló que eran las personas de chalecos verde, pidió que no se registrara su nombre.

Unidad 3: Escuela Secundaria diurna número 289 “José Antonio Carrillo Flores”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una persona señaló que el día anterior a su mamá sí le tomaron fotografía y también a su credencial, pero que no le condicionaron la puesta de la vacuna. También se acercaron unas personas que señalaron por una parte que a algunas personas sin credencial sí las dejaron pasar a vacunarse y que a otras no. También se señaló que en el centro de vacunación “Navidad” una persona recibió doscientos pesos para vacunar a la “gente riquilla” o de otras demarcaciones.

Ninguna persona señaló que se le condicionara el voto o el acceso al Plan de Vacunación

Además, el Coordinador del Gobierno Federal señaló que ya no se tomaban fotografías ni a las personas, ni a sus identificaciones, que únicamente se tomaba de los datos que les proporciona el ciudadano [ciudadana] para llevar un control.

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 373

Principal

Foja 88

Accesorio 3

23 de febrero

Centro Cívico “Río de Luz”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre, edad y dirección.

Ocho personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 429

Principal

Foja 102

Accesorio 3

23 de febrero

Unidad 2: Centro Cívico Melchor Múzquiz

Se certificó el procedimiento observado: recaban información de las personas en el documento Expediente de Vacunación contra el virus SARS-COV-2, el cual posteriormente se le entrega al personal médico que lleva a cabo el procedimiento de vacunación, una vez aplicada la vacuna, se le entrega un comprobante de la vacuna al salir.

Igualmente se registraba en formatos denominados Formato Centro Nacional de veinte años y más y mujeres embarazadas del CeNSIA, del ISEM del Gobierno del Estado de México, en el que se registran nombre, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, domicilio completo, antecedente de vacuna y vacuna a aplicar.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía, no señalaron que existiera condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Ciudad de México

Tláhuac

Foja 451

Principal

Foja 470

Accesorio 1

24 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Bosques de Tláhuac.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, tres la CURP, dos que ningún documento y una el INAPAM, solo una manifestó que se le tomó fotografía, dos que se les entregó aviso de privacidad y a las demás no, no hubo condicionamiento para acceder al programa, a una persona se le mencionó el partido político Morena. Ninguna persona señaló que se le condicionara el voto o el acceso al Plan de Vacunación.

Chiapas

Mapastepec

Foja 513

Accesorio 1

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 3: Escuela Primaria Vicente Guerrero

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a dos se le tomó fotografía a su persona, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 4: Escuela Plantel COBACH 114

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a ocho personas se le tomó fotografía a su persona, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Hidalgo

Jaltocán

Foja 580

Accesorio 1

1 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Centro de Salud Jaltocán

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a una se le tomó fotografía a su persona, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Campeche

Foja 693

Accesorio 1

Foja 52

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: hay una mesa en la que se realiza el registro médico de las personas, se les toma la presión, llenan los formatos con sus datos personales, tales como nombre y antecedentes médicos, asimismo se registran los datos de la vacuna. Después la mesa para verificar la identidad de las personas y corroborar que asisten al módulo, se les pasa a una sala de espera para la aplicación, el área de la aplicación permanece cerrada y posteriormente un área de observaciones o reposo.

 

Unidad 1:  Unidad Médica Familiar número 13

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, cuatro personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una se le entregó aviso de privacidad, a nueve se le tomó fotografía a su persona, a seis personas se les dio razón de la toma de fotografía, sin embargo no se advierte del acta levantada, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Escuela Secundaria Número 23

Se encuestaron a cinco personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Dos personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, a todas se le tomó fotografía a su persona, a dos personas se les dio razón de la toma de fotografía, sin embargo del acta levantada no se advierte tales razones, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Foja 715

Accesorio 1

Foja 74

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: hay una mesa en la que se realiza el registro médico de las personas, se les toma la presión, llenan los formatos con sus datos personales, tales como nombre y antecedentes médicos, asimismo se registran los datos de la vacuna. Después la mesa para verificar la identidad de las personas y corroborar que asisten al módulo, se les pasa a una sala de espera para la aplicación, el área de la aplicación permanece cerrada y posteriormente un área de observaciones o reposo.

 

Escuela Secundaria Federal número 7

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, a ninguna se le tomó fotografía a su persona, a ninguna se le dio razón de la toma de fotografía, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Calkiní

Foja 239

Accesorio 2

2 de marzo

Escuela Secundaria Técnica Número 3.

 

Unidad 1: Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, para constatar la aplicación de la primera vacuna y verificación de datos en la primera aplicación, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, sin embargo, no le dieron la razón, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Chiapas

Tonalá

Foja 233

Accesorio 3

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se solicita medio de identificación, a efecto de verificar domicilio y edad, se registran dos formatos, el Expediente de Vacunación y el Comprobante de Vacunación, se aplica la vacuna y se remite a un área de observación y reposo.

 

Unidad 3: Escuela Primaria Vicente Guerrero

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a tres personas se les entregó aviso de privacidad, a dos personas se le tomó fotografía a su persona, la razón para tomar dicha fotografía fue para comprobación, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 4: Escuela Plantel COBACH 114

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ocho personas se les tomó fotografía a su persona, sin embargo, del acta levantada no se advierte alguna razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Coahuila

Monclova

Foja 512

Accesorio 3

6 de marzo

Unidad 1: Gimnasio Municipal Milo Martínez de la Rosa

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas personas se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, la razón para tomar dicha fotografía fue para los medios, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Estado de México

Toluca de Lerdo

Foja 592

Accesorio 3

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 2: Centro de Convenciones y Exposiciones de Toluca

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, porque requería fotografía, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, para regresar a la vacuna, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública. Como comentario una persona agradece al Gobernador.

Veracruz

Veracruz

Foja 607

Accesorio 3

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Centro de Salud El Coyol

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A siete personas se les solicitó su credencial para votar, cinco refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, para corroborar si era su persona, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, cuatro personas refirieron que hubo condicionamiento para acceder al programa si no mostraban su credencial de elector o cualquier otro documento que las identificara, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Centro de Salud Las Bajadas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, para corroborar datos, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: Centro de Salud Las Amapolas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Tres personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, dos personas refirieron que hubo condicionamiento para acceder al programa si no mostraban su credencial de elector o cualquier otro documento que las identificara, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 4: Centro de Salud Dos Lomas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, solo para cotejar documentación presentada sin fotografía, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, una persona refirió que hubo condicionamiento para acceder al programa si no mostraban su credencial de elector o cualquier otro documento que la identificara, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 5: Centro de Salud Reserva Tarimoya

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Seis personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, solo entregó la CURP, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 6: Centro de Salud Virgilio Uribe

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 7: Centro de Salud Granjas del Río Medio

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 8: Centro de Salud Adolfo Ruiz Cortínez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, para revisar datos, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Veracruz

Veracruz

Foja 664

Accesorio 3

12 de marzo

Unidad 2: Facultad de Medicina U.V.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se quedan con copia fotostática de la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Veracruz

Veracruz

Foja 688

Accesorio 3

13 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Centro de Salud Vargas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, a dos personas se les tomó fotografía a su persona para comprobar que estaban sentados, no hubo condicionamiento al acceso al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Campeche y Hecelchakán

Foja 89

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Escuela Secundaria General número 3 del Instituto Campechano

Se encuestaron a siete personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, sin embargo, del acta circunstanciada levantada no se advierte la razón, no hubo condicionamiento al acceso al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Campeche y Hecelchakán

Foja 117

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1:  C.H. Dr. Patricio Trueba Regil del ISSSTE

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una persona refirió que se le solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento al acceso al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Campeche y Hecelchakán

Foja 117

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Hospital Rural del municipio de Hecelchakán

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a nueve personas se les tomó fotografía a su persona, sin que se advierta la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Escuela Secundaria número 17

No se entrevistó a ninguna persona, ya que las personas se negaron.

Campeche

Calkiní

Foja 183

Accesorio 4

Foja 215

Accesorio 5

1 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Escuela Secundaria Técnica Número 3.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Seis personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, nueve personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Campeche

Calkiní

Foja 247

Accesorio 4

2 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Escuela Secundaria Técnica Número 3

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas refirieron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Baja California

Ensenada

Foja 566

Accesorio 4

18 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 3: Centro de Alto Rendimiento Lago Norte.

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Diez personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a tres personas se les entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Ciudad de México

Primera Región Militar (Colonia Aviación Civil)

Foja 614

Accesorio 4

19 de marzo

Primera Región Militar

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas las personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar para verificar su registro, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Guerrero

Acapulco

Foja 685

Accesorio 4

18 de marzo

Unidad 1: Unidad Deportiva Acapulco

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Centro de Convenciones Acapulco

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, cuatro personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Veracruz

Veracruz

Foja 57

Accesorio 5

13 de marzo

Centro de Salud “Vargas”

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Tres personas señalaron que se les solicitó la credencial para votar, una persona dijo que se le tomó fotografía, cuatro personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

México

Toluca de Lerdo

Foja 179

Accesorio 5

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 2: Segunda unidad de vacunación

En esta unidad se aplicó la vacuna también a personas que iban en automóvil.

Se encuestaron a diez personas, fuera de las instalaciones, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, una persona manifestó que se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Baja California

Ensenada

Foja 207

Accesorio 5

 

18 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y por último remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 3: Centro de Alto Rendimiento

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, una persona manifestó que se le tomó fotografía, tres personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al acceso al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Ciudad de México

Gustavo A. Madero

Foja 535

Accesorio 5

 

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Escuela Secundaria Diurna 85 República de Francia

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, una persona señaló que se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

166.      Como se advierte en su mayoría, las personas que fueron entrevistadas por la Oficialía Electoral del INE respondieron de manera negativa a las preguntas realizadas, en el sentido de que no se les condicionó el voto a favor o en contra de algún partido político, no se les retuvo su credencial para votar y no se les condicionó tomar la fotografía de la credencial electoral.

167.      Cabe señalar en este punto, que conforme lo señalado por la Sala Superior en el SUP-REP-221/2021, la decisión de la acreditación de las conductas no se puede sustentar en solo algunas actas, ya que ellas no constituyen prueba plena, se debe valorar o evaluar mínimamente las restantes probanzas, tales como requerimientos y demás pruebas que obren en el expediente, las cuales deben ser consideradas en conjunto para desvirtuar o reforzar lo sostenido en los testimonios contenidos en diversas actas.

168.      Es así que, esta Sala Especializada no pasa por alto que existieron diversos módulos de vacunación[91] que sí refirieron que se les solicitó credencial para votar, que se les tomó fotografía o sacó copia fotostática a dicho documento oficial. Asimismo, varias personas manifestaron que en la primera aplicación de la vacuna se les tomó fotografía a su cara y otras tantas señalaron que les fue condicionado el acceso al programa de vacunación si no entregaban su credencial de elector o cualquier otro documento[92].

169.      Sin embargo, del análisis de dichas respuestas se tiene que ninguna persona entrevistada señaló que se encontrara en algún supuesto que pusiera en riesgo su libertad de sufragio o la imparcialidad de la contienda. A dicha conclusión se arriba de las respuestas que son coincidentes y que se pueden catalogar de la siguiente manera:

a.     Se solicitó la credencial de elector, sin embargo se observa que en conjunto con las respuestas de las otras personas de los módulos de vacunación, no era el único documento que se solicitaba, sino también la CURP, o en otros casos ningún documento, por lo tanto se entiende que únicamente se solicitaba con fines de identificar a la persona que se estaba vacunando, además de que ninguna manifestó que se retuviera la credencial, que no fuera devuelta o que se condicionara su voto.

b.     Algunas personas manifestaron que no se les solicitó algún medio para identificarse, pero sí se les tomó fotografía; de las respuestas también se observa que ello fue realizado con la finalidad de poder identificar a la persona a la cual se estaba vacunando, sin que se tomara algún otro dato distinto a su nombre domicilio o datos de contacto y que únicamente fue para fines de seguimiento, aunado a que ninguna de las personas que manifestó que se les tomó fotografía señalaran en el cuestionario que fueran condicionadas o se les requiriera firmar algún otro documento.

c.     Las personas a las que les solicitaron copia de la credencial de elector manifestaron que no se les condicionó la puesta de la vacuna o que no saben qué hicieron con la copia, incluso en algunos casos señalan que se les devolvió la copia, consistiendo en casos aislados dentro de los módulos de vacunación, sin que refirieran alguna otra información relacionada con alguna posible infracción electoral.

170.      Aunado a ello en las respuestas de las personas entrevistadas se señala en algunos casos que las fotografías eran grupales, en otros casos que las fotos se las tomaron debido a que no tenían credencial de elector y era necesario identificar a la persona que se estaba vacunando o algún otro documento con fotografía y por ello se las solicitaron, explicándoles que se toma para poder asentar que se les había aplicado la vacuna, así como para poder ser identificadas en la aplicación de la segunda dosis.

171.      Es decir, las conductas que se refieren en las respuestas se dieron de manera aislada, sin que se aportaran mayores datos que permitieran advertir ni siquiera de manera indiciaria que el Plan Nacional de Vacunación se utilizó con la finalidad de recabar datos electorales para interferir en la imparcialidad del proceso electoral o que se estuviera condicionando la aplicación de la vacuna a una decisión electoral.

172.      También, se observa de las diligencias ordenadas en la Oficialía Electoral, que no se manifestó por parte de alguna célula de vacunación que se encontrara dentro del procedimiento la toma de fotografías ni de la credencial de elector, ni de los rostros de las personas que acudieron. Si bien en algunos casos señalan que cuando no se contaba con la credencial de elector ni otro medio de identificación, se tomaba la fotografía del rostro de la persona, se coincide tanto en las manifestaciones por parte de las personas encargadas de los centros de vacunación como de las personas entrevistadas, que las razones dadas correspondían en que eran para poder acreditar a quién se estaba colocando la vacuna.

173.      En otros casos también se señaló que por rapidez y operatividad se optó por tomar fotografías a las credencias; sin embargo, se recibió la orden de suspender dichas acciones. Aunado a que, en las diligencias de investigación realizadas, no se desprendieron mayores datos sobre las circunstancias de modo, tiempo o lugar, que pudieran llevar a concluir que en efecto se estaban realizando como condicionante de la aplicación de la vacuna.

174.      En suma, como fue referido, es un hecho que en el protocolo se estableció la necesidad de que las personas que quisieran vacunarse se registraran y se identificaran, por lo que de las pruebas no se observa que exista un sistematicidad para requerir copia de la credencial de elector y que en todo caso se debió a una implementación práctica que se realizó a nivel operativo y que en el momento que se dio cuenta de lo que ocurrido, se ordenó a las brigadas de vacunación que no se permitiera tomar fotografías a las personas que acudían a vacunarse.

175.      Sirve a esta conclusión la manifestación que quedó acreditada en autos del Subsecretario de Promoción a la Salud de Gobierno Federal, Hugo López Gatell Ramírez, quien señaló que a partir de esa fecha —diecisiete de febrero— ya no se tomaría alguna fotografía de la credencial de elector cuando se exhibiera para identificar a la persona que se encontrara vacunando y sería suficiente con el CURP y una identificación oficial.

176.      Lo cual abona a la manifestación referida por las personas encargadas de coordinar las brigadas, en el sentido de que hubo un momento en el que se realizó, con una finalidad operativa, sin embargo, no se cuenta con mayor indicio de que se hubiera generado alguna base de datos con este contenido, ni que la intención hubiera sido la de recabar información electoral.

177.      Lo cual sumado a que la base que se tiene acreditada como existente en la plataforma de “mivacuna se tiene por acreditado que no requiere alguna información de índole electoral, por lo que únicamente se recabó la información necesaria para complementar los datos requeridos en el seguimiento de vacunación que se realizó a las personas que acudieron a vacunarse.

178.      Asimismo, se cuenta con el hecho acreditado de que el expediente de vacunación que se necesitaba requisitar para dicho seguimiento y registro tampoco contaba con campos que señalaran algún dato de los referidos como información exclusivamente de resguardo electoral.

179.      Por último, es importante señalar que, en aquellos casos  en los cuales se tomó fotografía del rostro de las personas que se iban a vacunar, así como de su credencial de elector, ninguna de las personas señaló que se le hiciera firmar o manifestar de alguna manera su voluntad para afiliarse a algún partido político o apoyo a candidatura independiente, condición necesaria para que sea válido alguno de dichos actos y que se encuentran regulados con el uso de una aplicación informática conforme a los acuerdos INE/CG33/2019 e INE/CG551/2020.

180.      Todo lo anterior de ninguna manera significa que se deba permitir la recopilación correspondiente a la información exclusiva electoral que se contiene en las credenciales de elector, como ya fue dicho, el distrito electoral federal, la clave de elector y la sección electoral.

181.      Si bien la recolección de información contenida en las credenciales para votar implica el riesgo real de que sean usadas para dar de alta a una persona ciudadana como afiliada a un partido político o sea usada para soportar el registro de una candidatura independiente, se requiere del consentimiento correspondiente. Cuestión que no aconteció, pues en las actas circunstanciadas no se encuentran hechos que describan alguna situación similar.

182.      También, es de señalar que de los elementos que obran en autos, así como de las diligencias implementadas por la autoridad instructora, en específico, de la información proporciona por la Coordinación General de la Estrategia Nacional Digital (Presidencia de la República) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), que si bien dichas instituciones se encontraban encargadas de llevar la recopilación del padrón de la ciudadanía que acudía a vacunarse[93], lo cierto es que el mismo fue con la finalidad de llevar un control y registro de las vacunas aplicadas dentro de determinada demarcación.

183.      En este sentido al no encontrarse evidencia de la existencia de dicha base, ni la recopilación de información exclusiva electoral, nos lleva a concluir que no se formó una base de datos con esta información y por lo tanto no se incurrió en alguna falta a las facultades exclusivas de la autoridad electoral ni la vulneración a la información exclusiva de la ciudadanía relacionada con este ámbito.

3.2 Caso Concreto. Uso indebido de programas sociales o de gobierno, que podrían afectar en la equidad de la contienda en el proceso electoral federal que se encuentra en curso, derivado de la identificación de los colores del partido político

184.      Por cuestión de método, a afecto de dilucidar si se actualizan las infracciones denunciadas, resulta relevante analizar en primer lugar, si conforme al caudal probatorio que obra en autos, en efecto, se acredita la utilización de la indumentaria materia de la queja con los colores correspondientes a un instituto político en la implementación del Plan Nacional de Vacunación.

185.      Posteriormente se determinará si dichas conductas constituyen entonces un uso indebido de programas sociales o acciones de gobierno en vulneración al principio y, en consecuencia, atribuir la responsabilidad que corresponda.

186.      En ese sentido el quejoso aportó las notas periodísticas ya referidas en el apartado anterior.

187.      Por su parte, de los documentos relacionados con la implementación de la vacuna, no se desprende que haya sido ordenado o implementado un protocolo de identificación y vestimenta del personal encargado de las células de vacunación.

188.      El Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar informó que no existe un protocolo de identificación y vestimenta del personal encargado de la implementación de la vacunación emergente.

189.      Aunado a ello, las personas titulares de las Coordinaciones de las Brigadas Especiales en las entidades de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas, manifestaron lo siguiente:

        No ordenaron que las personas servidoras de la nación en el contexto de la referida Estrategia Operativa hicieran uso de alguna vestimenta en específico, para el desarrollo de sus actividades, ni tampoco indicaron qué logos, leyendas o colores vistieran, ya que no son de su ámbito de competencia.

 

        Carecen de información respecto de la existencia de algún protocolo para llevar a cabo dicha vestimenta.

190.      Además, de ello se tienen las certificaciones realizadas por la Oficialía Electoral, mismas que como se aprecian en el ANEXO 2 referido y no contienen indicios de que se advirtieran logos de Morena, algún partido político, candidatura, e incluso no existe siquiera uniformidad en los colores empleados, pues de las actas circunstanciadas se desprende que se utilizó indumentaria de manera indistinta de las instancias de gobernación participantes e incluso con diversidad de colores, guinda, beige, blanco, verde, o incluso sin portar algún chaleco.

191.            En este sentido, de los elementos que obran en autos, no se desprende que los colores utilizados en la indumentaria de las personas servidoras públicas encargadas de la logística para el plan de vacunación contra la COVID-19, vulneren alguno de los supuestos establecidos por la normatividad electoral aplicable, en específico es relevante referir quede las constancias se observó que no existió un solo color que identificara en su totalidad a las personas que se encontraban en la implementación de la vacuna.

192.            Por otra parte, este órgano jurisdiccional determina que, diverso a lo alegado por el promovente en su escrito de queja, la indumentaria utilizada no genera ningún tipo de confusión, ya que, los únicos distintivos que se desprendieron de las actas fueron “Gobierno de la Ciudad de México”, “Participación Ciudadana”, “MARINA”, “Servidor de la Nación”, “Gobierno Federal”, “Gobierno de México", “Servidor”, “Nación”, “Servidores de la Nación”, “ISEM”, “En Grande”, “SSEM”, “Cuerpos de Seguridad Auxiliares del Estado de México”, “Censo para el bienestar”, “BRIGADA VACUNACIÓN”, “COVID-19”, “Gobierno de la Ciudad De México”, “Ponte Pila”, “Dirección Operativa de Programas para La Ciudad”, “Mejor Escuela”, “Mi Beca para empezar”, “Apoyo de Uniformes y Útiles Escolares”, “Centro Integrador de Desarrollo”, “SSH”, “Bienestar”, "Guardia Nacional", "SEDENA", “Secretaría de Desarrollo Social”, “Secretaría de Salud”, “Plan Nacional de Vacunación”, “Brigada Correcaminos”, “Secretaría del Bienestar”, “Toluca capital", “Pilares”, "Comunicación social”, “gobierno de la Ciudad México Alcaldía Álvaro Obregón”, "Educación garantizada", “Secretaría de movilidad” y “GOBIERNO CDMX, mismos que no corresponden al logotipo o emblema de algún partido político, y tampoco llevan a advertir una apreciación distinta que pudiera generar desorientación a la ciudadanía, por lo que, no puede estimarse violatoria de disposición legal alguna.

193.            De ahí que, la inclusión del color vino en la indumentaria de algunas de las personas servidoras públicas, misma que fue primordialmente denunciada por el quejoso, que llevaron a cabo la logística de la vacunación en contra de la Covid-19, de ninguna forma resulta contraria a la normativa electoral, ni trastocan los principios de legalidad y certeza en el proceso electoral federal 2020-2021.

194.            Ello, porque aun y cuando Morena haya seleccionado dicho color como distintivo del partido, no puede considerarse exclusivo de éste, pues la adopción de determinados colores, símbolos, lemas y demás elementos separados que conforman el emblema de un partido político, no generan un derecho exclusivo para usarlos[94], por ende, tampoco se acredita que su uso identifique plenamente las acciones del gobierno con el partido en cuestión.

195.            Es así que, de la investigación desplegada por la autoridad instructora en el presente procedimiento sancionador, no arrojó pruebas que acreditaran la existencia de alguna de las infracciones denunciadas, ni siquiera que permitieran de manera indiciaria y concatenada arribar a la conclusión de que la implementación del Plan Nacional de Vacunación tuvo como finalidad el condicionamiento del mismo como programa social, como elemento de coacción para votar a favor o en contra de una posición política o bien la recolección de datos de competencia exclusiva electoral, es decir del INE, por lo que las infracciones denunciadas resultan inexistentes.

QUINTA. VISTA AL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (INAI)

196.            Ahora, si bien en el presente procedimiento no se acreditaron las infracciones denunciadas a las partes involucradas en materia electoral, de diversas actas circunstanciadas levantadas por la Oficialía Electoral del INE se advierte que algunas personas manifestaron que se le tomó fotografía o fotocopia a su credencial para votar o a su persona, en ese sentido se dejan a salvo los derechos de dichas personas y se ordena dar vista al INAI para que, en ejercicio de su facultad, competencia y funciones, determine lo conducente respecto al debido empleo de datos personales de dichas personas y, actúe conforme lo considere pertinente.

197.            En ese sentido se instruye a la Secretaría General de Acuerdos para remita la presente resolución y, en medio magnético, las actas circunstanciadas levantadas por la oficialía electoral del INE detalladas en la misma.

Por lo expuesto y fundado, se:

R E S U E L V E

 

PRIMERO. Son inexistentes las infracciones objeto del presente procedimiento especial sancionador que se atribuyeron a Morena y las partes denunciadas.

SEGUNDO. Se da vista al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en los términos precisados en la presente sentencia.

NOTIFÍQUESE, en términos de la normativa aplicable.

En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto concluido y, en su caso, hágase la devolución de la documentación que corresponda.

Así lo resolvieron por unanimidad de votos, de las Magistraturas integrantes del Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario General de Acuerdos, quien da fe.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación.


ANEXO 1

 

“PRUEBAS”

 

1.     Pruebas aportadas por el partido denunciante

 

DOCUMENTALES PRIVADAS Y TÉCNICAS

En principio sólo generan indicios, por lo que para constituir prueba plena sobre la veracidad de los hechos a los que hacen referencia deberán concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y la relación que guardan entre sí. Esto, de conformidad con los artículos 461, párrafo 3, incisos b) y c), así como 462, párrafos 1 y 3, de la Ley Electoral.

a.     Consistentes en las publicaciones en periódicos y sitios de internet que han dado cuenta de la solicitud de credencial de elector como medio de identificación de los adultos mayores con fines de promoción personalizada de las páginas electrónicas:

         https://www.eluniversal.com.mx/nacion/les-aplican-la-vacuna-y-les- toman-fotografías

         https://elcomentario.ucol.mx/no-hay-fines-electorales-al-pedir- credencial-del-ine-en-vacunacion-amlo/

         https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.a spx?_rval=1&urlredirect=https://www.reforma.com/solicitan-

         https://ntrguadalajara.com/postphp?id_nota=162384

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES

Dada la naturaleza de las presentes pruebas, se consideran como instrumental de actuaciones en relación a lo señalado en los artículos 461, párrafo 3, inciso f), así como 462, párrafos 1 y 3, de la Ley Electoral.

Consistente en todas y cada una de las pruebas, constancias y acuerdos que obren en el expediente.

PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA

Dada la naturaleza de las presentes pruebas, se consideran como presuncionales, en su aspecto legal y humano, en relación a lo señalado en los artículos 461, párrafo 3, inciso e), así como 462, párrafo 1, de la Ley Electoral.

En su doble aspecto legal y humana, con el fin de demostrar la veracidad de todos y cada uno de los argumentos esgrimidos en el presente.

 

2.     Pruebas recabadas por la autoridad instructora

 

DOCUMENTALES PÚBLICAS

Tomando en consideración la naturaleza de las presentes pruebas, se consideran como documentales públicas con valor probatorio pleno, toda vez que fueron emitidas por autoridad en ejercicio de sus atribuciones. De conformidad con los artículos 461, párrafo 3, inciso a), así como 462, párrafos 1 y 2, de la Ley Electoral.

a.     Impresión del correo electrónico remitido por el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal, a través del cual envió la digitalización de la respuesta y anexos, al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

b.     Impresión del correo electrónico remitido por el Coordinador General de Programas para el Desarrollo de la Presidencia de la República, por medio del cual, dicho funcionario da contestación a la consulta formulada por un ciudadano, relacionada con los hechos denunciados.

c.      Acta circunstanciada emitida por la autoridad instructora, mediante la cual se certificó la existencia y contenido de cuatro ligas electrónicas correspondientes a diversos medios de comunicación, que contiene información relacionada con los hechos denunciados.

d.     Impresión del correo electrónico remitido por el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar, a través del cual remite de forma digitalizada la contestación y anexos, al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

e.     Impresión del correo electrónico remitido por el Director General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, a través del cual remite de forma digitalizada la respuesta y anexos, al requerimiento de información hecho por la autoridad instructora.

f.        Oficio INAI/SPDP/DGEIVSP/157/2021 signado por el Director General de Evaluación, Investigación y Verificación del Sector Público, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

g.     Oficio OAG-DCT-1309- 2021, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud y anexos, a través del cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

h.     Impresión del correo electrónico remitido por el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar, remite la digitalización de su oficio 510.5.C-896 y anexo, por el que da respuesta al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

i.        Impresión del correo electrónico remitido por el Subdirector de Recursos Administrativos adscrito a la Oficina de la Abogada General de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, a través del cual remite la digitalización del oficio OAG-DCT-1450-2021, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud, y un anexo, mediante el cual da respuesta al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

j.        Impresión del correo electrónico remitido por el Gobernador Constitucional del estado de Puebla, a través del cual remite la digitalización de la respuesta al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

k.      Escrito y anexos, signado por el Director General de Asuntos Jurídicos y Representante Legal del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

l.        Impresión del correo electrónico remitido por el Secretario de Salud del estado de Morelos, a través del cual remite la digitalización del oficio SS/173/2021 con el cual da respuesta al requerimiento de información realizado por esta autoridad electoral.

m.   Impresión del correo electrónico remitido por el Secretario Particular de la Secretaria de Salud y Bienestar Social y Presidenta Ejecutiva de los Servicios de Salud del estado de Colima, a través del cual remite la digitalización del oficio CAJ-359/2021 y anexos, con el cual la referida servidora pública da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

n.     Digitalización del oficio signado por la Subsecretaria de Promoción y Prevención de Salud del Estado de Chihuahua y anexos, a través de los cuales da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora, remitido por la Coordinación de la Dirección Ejecutiva y Dirección de Prevención y Control de Enfermedades de los SSCH.

o.     Digitalización del oficio CGJ/DAC/0157/2021, signado por el Coordinador General Jurídico del Estado de Zacatecas, en representación del Gobernador de dicha entidad y anexos, a través de los cuales, da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

p.     Oficio OAG-DCT-120-2021 signado por la a Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Dirección Contenciosa de la Secretaría de Salud del Gobierno de México y anexos, mediante los cuales da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

q.     Digitalización del oficio CJEE/CJ/023/2021, signado por el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Michoacán y anexos, a través de los cuales, da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

r.       Digitalización del oficio SS/010/2020, signado por el Coordinador General de Asuntos Jurídicos del Gobierno y anexos, mediante los cuales da contestación al requerimiento de información solicitado por la autoridad instructora.

s.      Digitalización del oficio SSN-DG- 0517/2021 y anexos, signado por el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

t.        Digitalización del oficio SST/SPPS/DIA/DVU/O-0098/2021 y anexos, signado por la Secretaria de Salud y Directora General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas, por el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

u.     Digitalización del oficio SES/DDG/DNAJ/00278/II/2021 y anexos, signado por la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios Estatales de Salud, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

v.      Digitalización del escrito signado por el Director Jurídico de la Secretaría de Salud y Director de Asuntos Jurídicos de los Servicios de Salud de Yucatán, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

w.    Digitalización del escrito signado por el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud de la Secretaría de Salud del Gobierno de Chiapas y anexos, a través de los cuales, da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

x.      Digitalización del escrito signado por el Director General de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México y anexos, a través de los cuales da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

y.      Digitalización del oficio signado por el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche y anexos, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

z.      Digitalización del oficio 5006/113/2021, signado por el Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Hidalgo y anexos, a través de los cuales da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

aa. Digitalización del oficio 208C0101110200L/260/2021, signado por el Subdirector de Epidemiología del Instituto de Salud del Estado de México, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

bb. Oficio 5014/CJ- 127/2021, signado por el Coordinador Jurídico de Servicios de Salud y Representante Legal de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, mediante el cual da contestación al requerimiento de información, al que adjunta la Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México (Operativo Correcaminos).

cc.  Impresión del correo electrónico remitido por el Director Jurídico de la Oficina del Secretario de Salud del estado de Nuevo León, a través del cual remite la digitalización del oficio SSDJ 87/2021 con el que da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

dd. Impresión del correo electrónico, a través del cual remiten la digitalización del oficio SS.01.176.2021 mediante el cual, el Secretario de Salud del estado Coahuila da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

ee. Oficio INE-JLE- DGO/VE/0538/2021, signado por la Vocal Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del INE en Durango, mediante el cual remite el escrito, signado por el Gobernador de dicha entidad y anexos, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

ff.     Impresión del correo electrónico remitido por el Coordinador de Asuntos Jurídicos del Instituto de Salud Pública del estado de Guanajuato a través del cual remite la digitalización del oficio CGSP/DGSS-01150/2021 y anexos, mediante el cual, el Director General de Servicios de Salud de la referida entidad federativa da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

gg. Impresión del correo electrónico remitido por el Secretario de Salud del estado de Guerrero, a través del cual remite la digitalización del oficio SSA/SPS/050/2021 y sus anexos, con el que da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

hh. Oficio OAG-DCT-1585- 2021 y anexos, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud, a través del cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

ii.      Escrito y anexos, suscrito por el Director General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, a través del cual da contestación al requerimiento de información hecho por la autoridad instructora.

jj.      Impresión del correo electrónico remitido por el Secretario de Salud y Director General del O.P.D. Salud del estado de Tlaxcala, a través del cual remite la digitalización del oficio DG- 5018/0011/2021 y anexos, con el que da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

kk.  Impresión del correo electrónico remitido por el Jefe de Departamento Jurídico de la Secretaría de Salud del estado de Sinaloa, a través del cual remite la digitalización del oficio SS/DS/0292/2021 y anexo, signado por el Secretario de Salud de la referida entidad federativa, con el que da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

ll.      Oficio 1C/379/2021 y anexos, signado por el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del estado de Oaxaca, a través del cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

mm.                    Oficio número SG- DGJ/659/03/2021 y anexos, firmado por el Director General Jurídico del estado de Veracruz, a través del cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

nn. Oficio OAG-DCT-1746- 2021, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud, a través del cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

oo. Impresión del correo electrónico remitido por el Asistente del Subsecretario de Servicios de Salud del estado de Sonora, a través del cual remite la digitalización del oficio SSP-SSS-2021-061, a través del cual el referido Subsecretario, da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora.

pp. Oficio 510.5.C-1235 y anexo, signado por el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar, mediante el cual da respuesta al requerimiento formulado la autoridad instructora.

qq. Oficio CEDN/0975/2021, signado por el Coordinador de Estrategia Digital Nacional, a través del cual da respuesta al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

rr.     Oficio INE/JLE/0453/2020, signado por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del INE en Chihuahua, mediante el cual remite el oficio SS 071/2021, firmado por el Secretario de Salud de dicha entidad y anexos, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

ss.  Oficio INE/SLP/JLE/VS/138/2021, signado por la Vocal Secretaria de la Junta Local Ejecutiva del INE en San Luis Potosí, mediante el cual remite el diverso SGG/DGAJ/472/2021, firmado por el Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno del Estado de San Luis Potosí y anexos, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

tt.     Oficio 00109, signado por el Secretario de Salud del Estado de Baja California, a través del cual da contestación al requerimiento de información solicitado por la autoridad instructora.

uu. Oficio SCJ/024/2021, signado por el Subsecretario de la Consejería Jurídica, en representación del Gobernador de Baja California Sur, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

vv.  Digitalización del oficio CGPD/PRESIDENCIA/012/2021, a través del cual del Coordinador General de Programas para el Desarrollo de la Presidencia de la República, da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

ww.                      Actas circunstanciadas, remitidas por la Oficialía Electoral del INE, que se enuncian a continuación:

         INE/DS/OE/CIRC/18/2021

         INE/DS/OE/CIRC/19/2021

         INE/DS/OE/CIRC/20/2021

         INE/DS/OE/CIRC/17/23-02-2021

         INE/JDE17/MEX/OE/CIRC/001/2021

         INE/OE/JD13MEX/CIRC/03/2021

         INE/JDE17/MEX/OE/CIRC/002/2021

         INE/DS/OE/CIRC/19/24-02-2021

         INE/OE/JD/CDMX/09/003/2021

         INE/JD10/OE/CIRC/001/2021

         INE/OE/JD/CM/13/CIRC/001/2021

         05/CIRC/JDE03/INE/DGO/27-02-2021

         AC02/INE/COL/JD02/27-02-2021

         INE/MICH/OE/CIRC/01/2021

         AC21/INE/CHIS/JDE07/28-02-2021

         INE/OE/JD/HGO/01/CIR/001/2021

         INE/OE/JD/HGO/01/CIR/02/2021

         INE/OE/JD/HGO/01/CIR/03/2021

         JDE01-CAMP/OE/0005/2021

         JDE01-CAMP/OE/0003/2021

         JDE01-CAMP/OE/0004/2021

         AC08/INE/CAMP/JD02/28-02-2021

         AC07/INE/CAMP/JD02/28-02-2021

         009/JD01/DGO/27-02-2021

         008/JD01/DGO/27-02-2021

         INE/OE/CAMP-JLE/002/2021

         INE/OE/CAMP-JLE/003/2021

         JDE01-CAMP/OE/0005/2021

         JDE01-CAMP/OE/0005/2021(sic)

         INE/OE/JD/CM/24/CIRC/001/2021

         AC04/INE/OAX/JD01/OE/04-03-21

         AC05/INE/OAX/JD08/04-03-21

         INE/OE/JD/COAH/07/CIRC/001/2021

         INE/OE/JD/COAH/01/CIRC/001/2021

         INE/OE/COAH/JDE02/CIRC/002/2021 (INE/DS/OE/CIRC/19/2021)

         INE/OE/JD/COAH/02/CIRC/001/2021 (AC02/INE/COAH/JD02/06-03-21)

         INE/OE/JD/COAH/02/CIRC/002/2021

         INE/03JDE-COAH/VS/OE/001/03-2021

         INE/OE/JD/CM/03/CIRC/001/2021

         INE/MEX/JD26/VS/OE/001/12-03-21

         INE/OE/JD/VER/04/CIRC/003/2021 (INE/DS/OE/CIRC/19/2021)

         INE/MEX/34JDE-01OE/CIRC/12-03-21

         INE/OE/JD/CM/10/CIRC/002/2021

         INE/OE/JD/VER/12/CIRC/004/2021

         INE/DS/OE/CIRC/05/2021

         INE/OE/JD/VER/12/CIRC/006/2021

         INE/DS/OE/CIRC/07/2021

         JDE01-CAMP/OE/0006/2021

         JDE01-CAMP/OE/0007/2021

         AC01/INE/JAL/JD20/OE/18-03-21

         INE/JAL/JDE07/VS/04/CIRC/18/03/2021

         INE/JDE03/MICH/OE/CIRC/01032021 (INE/AC/G3/UTCE/MICH03/2021)

         INE/OE/JD/CM/08/CIRC/003/2021

         SIN NÚMERO

         SIN NÚMERO

         INE/BC/JD07/OE/AC01/18-03-2021

         INE/BC/03JDE/OE/CIRC/01/18-03-2021

         INE/BC/03JDE/OE/CIRC/02/18-03-2021

         INE/OE/JDE11/CM/CIRC/001/2021

         SIN NÚMERO

         INE/OE/JLE/NL/003/2021

         INE/JDE9/OE/CIRC/001/2021

         INE/OE/JD/NL/07/CIRC/001/2021

         INE/OE/JD/CM/12/CIRC/24/2021

         INE/OE/JD/CM/23/CIRC/007/2021

         AC04/INE/OAX/JD/01/OE/04-03-21

         INE/OE/JD/CM14/CIRC/003/2021

         INE/OE/JD/CMX/16/003/2021

         INE/OE/JD/CM/01/CIRC/004/2021

         AC016/INE/CM/CD20/03-04-21

         INE/08JDE/OE/CIRC/005/2021

         INE/OE/07JDE/CIRC/06/2021

         INE/OE/JD/CM/15/CIRC/0003/2021

         INE/OE/JD/CM/19/CIRC/001/2021

         INE/02JDE/OE/CIRC/003/2021

         INE/OE/JD/CM/04/CIRC/002/2021

         INE/OE/JD/CDMX/05/CIRC/004/2021

         INE/OE/JD/CDMX/05/CIRC/005/2021

         INE/OE/JD/CM/10/CIRC/001/2021

         INE/DS/OE/CIRC/04/2021

         INE/OE/JD/CM/24/CIRC/003/2021

xx.  Acta circunstanciada con clave INE/OE/07JDE/CIRC/06/2021, remitida por la 07 Junta Distrital Ejecutiva del INE en la Ciudad de México.

yy.  Oficio CEDN/1798/2021, signado por el Coordinador de Estrategia Digital Nacional de la Presidencia de la República, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

zz.  Oficio N0000/134/2021, signado por la Encargada de Despacho de la Coordinación de Repositorios Investigación y Prospectiva del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a través del cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

aaa.                    Correo electrónico remitido por el Coordinador de Estrategia Digital Nacional, mediante el cual da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora y remite la digitalización del oficio 510.5.D-03139, signado por el Director de la Contencioso de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Contenciosos de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal.

bbb.                    Oficio OAG-DCT-3822-2021, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud, en representación de la Secretaría de Salud y su titular, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora, y anexo consistente en oficio SPPS-3728-2021.

ccc.                      Oficio DGTI-DG-252-2021, signado por Director General de la Dirección citada, por el que da cumplimiento al requerimiento de información formulado por esta Unidad Técnica, y anexo consistente en copia simple del Convenio General de Colaboración para Coadyuvar en las Acciones Inherentes a la Atención de la Pandemia, causada por la Covid-19, en México, celebrado el cuatro de diciembre de dos mil veinte.

ddd.                    Oficio 09 52 18 61 5600/157, signado por el Titular de la Coordinación de Servicios Digitales y de Información para la Salud y anexos, a través del cual, da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos consistentes en “MODIT 5000-002-001”- Manual de Organización de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico y “NO.2_PolVx_COVID”- Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS COV 2, para la prevención de la Covid-19 en México.

eee.                    Oficio 259001050100/10/0147, signado por el Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal, San Luis Potosí, mediante el cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora, y anexo consistente en copia simple de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS- COV2, para la prevención de la COVID-19, en México.

fff.   Oficio JOA-1803/14908, signado por Noé Martínez Morales, Director Interino del Hospital Militar Regional Chihuahua, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

ggg.                    Oficio 510.5.D-03418-II signado por el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue solicitado por la autoridad instructora y anexos consistentes en copias simples de los oficios 112.1.0.00.0361.2021 y BIE/UPEPD/613/0010/2021, signados por el Titular de la Unidad de Coordinación de Delegaciones de la Secretaría de Bienestar y el Titular de la Unidad de Planeación y Evaluación de Programas para el Desarrollo de la Secretaría de Bienestar, respectivamente; así como del Convenio General de Colaboración para Coadyuvar en las Acciones Inherentes a la Atención de la Pandemia, causada por la Covid-19, en México, celebrado el cuatro de diciembre de dos mil veinte.

hhh.                    Oficio Cal/2021/15270, signado por el Coordinador de las Brigadas Especiales en el Estado de Guanajuato, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexo consistente en copia certificada del oficio número SS-27 de veintidós de enero, signado por el Secretario de Salud del Gobierno Federal.

iii.     Oficio OAG-DCT-4138-2021, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud, en representación de la Secretaría de Salud y de su Titular, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos consistentes en copia certificada de los diversos signados por el Secretario de Salud con clave SS-00148, SS-19, SS-07, SS-09, SS-00095, SS-13, SS-15, SS- 17, SS-21, SS-23, SS-25, SS-27, SS-29, SS-31, SS-33, SS-35, SS-37, SS-39, SS-41, SS-43, SS-47, SS-49, SS-51, SS-53, SS-55, SS-57, SS- 59, SS-61, SS-63, SS-65, SS-67 y SS-69.

jjj.     Oficio DIR-130, signado por el Director del Hospital Militar Regional de Especialidades de Guadalajara, Jalisco, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

kkk.                      Correo electrónico, a través del cual envía la digitalización del oficio 27900050100/0001 signado por el Titular de la Jefatura de Servicios de Desarrollo de Personal, Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada IMSS, en Sonora, a través del cual informó que, a partir del veinte de mayo quedó sin efecto el cargo de Coordinador de la Brigada Especial del estado de Sonora al Doctor Edgar Jesús Zitle García.

lll.     Oficio O.A./010251, signado por el Teniente Coronel Médico Cirujano, Director del Hospital Militar Zona y Coordinador Estatal de Brigadas Correcaminos de Michoacán, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora.

mmm.             Oficio 099001300000/171/2021, signado por el Coordinador Estatal de las Brigadas Especiales en el Estado de México, en respuesta al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

nnn.                    Copia del oficio No. SS-35, de veintidós de enero.

ooo.                    Oficio número DIR-138, signado por el Coordinador de las Brigadas Especiales de Jalisco, mediante el cual da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora y anexos.

ppp.                    Copia del oficio No. SS-33, de veintidós de enero.

qqq.                    Oficio 349001400100.JSJ.047/2021, suscrito por la Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada del IMSS en Zacatecas, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

rrr.  Copia del oficio No. SS-69, de veintidós de enero.

sss.                      Oficio 15721, signado por el Coordinador de las Brigadas Especiales del Estado de Durango, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

ttt.   Copia del oficio No. SS-25, de veintidós de enero.

uuu.                    Oficio INSABI-UCNM-128- 2021, signado por Víctor Hugo Borja Aburto, Coordinador de las Brigadas Especiales de la Ciudad de México, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

vvv.                      Copia del oficio No. SS-19, de veintidós de enero.

www.                Oficio 000744, suscrito por el Coordinador de las Brigadas Especiales en el estado de Morelos, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

xxx.                      Copia del oficio No. SS-39, de veintidós de enero.

yyy.                      Escrito signado por la Coordinadora de las Brigadas especiales del estado de Tlaxcala, por medio del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

zzz.                      Copia del oficio No. SS-63, de veintidós de enero.

aaaa.                Oficio DGCES-DG-504- 2021, signado por el Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Oaxaca, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

bbbb.                Copia del oficio No. SS-00148, de diecisiete de marzo.

cccc.                 Escrito signado por el Coordinador de Brigadas Especiales en el Estado de Nuevo León, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

dddd.                Copia del oficio No. SS-43, de veintidós de enero.

eeee.                Oficio 29/2021, signado por el Coordinador Estatal de las Brigadas Especiales en el estado de Puebla, por medio del cual rinde la información que le fue requerida por la autoridad instructora y anexos.

ffff. Copia del oficio No. SS-47, de veintidós de enero.

gggg.                Oficio INSABI-UCNM-CFCPS-066- 2021, firmado por el Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Chiapas, a través del cual da respuesta al requerimiento de información realizado por la autoridad instructora y anexos.

hhhh.                Copia del oficio No. SS-15, de veintidós de enero.

iiii.   Escrito signado por el Coordinador de las Brigadas Especiales en el estado de Yucatán, por el que da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

jjjj.   Copia del oficio No. SS-67, de veintidós de enero.

kkkk.                 Oficio sin número, signado por el Coordinador Estatal de las Brigadas Especiales en el estado de Quintana Roo, por medio del cual atiende el requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

llll.   Copia del oficio SS-51, de veintidós de enero.

mmmm.       Oficio sin número, signado por la Coordinadora Estatal de las Brigadas Especiales en el estado de Guerrero, por medio del cual atiende el requerimiento de información que le fue formulado y anexos.

nnnn.                Copia del oficio No. SS-29, de veintidós de enero.

oooo.                Oficio A.J./302/14896, signado por el Coordinador de Brigadas Especiales en el estado de Coahuila, por el que da contestación al requerimiento formulado por la autoridad instructora.

pppp.                Oficio OAG-DCT-4382- 2021, signado Subdirector de Recursos Administrativos, adscrito a la oficina de la Abogada General del Secretaría de Salud del Gobierno Federal, por medio del cual remite la respuesta al requerimiento de información formulada por la autoridad instructora.

qqqq.                Oficio 269001050100/100/2021, signado por el Coordinador Estatal de las Brigadas Especiales en el estado de Sinaloa, por medio del cual atiende el requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

rrrr.                       Oficio 223, signado por la Coordinadora de Brigadas Especiales en Baja California Sur, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

ssss.                 Copia del oficio No. SS-00095, de diecinueve de febrero.

tttt. Oficio sin número, signado por el Coordinador de las Brigadas Especiales del Estado de Nayarit, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

uuuu.                Copia del oficio No. SS-41, de veintidós de enero.

vvvv.                 Oficio S/N/2021, signado por la Coordinadora de las Brigadas Especiales del Estado de Veracruz, mediante los cuales da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

wwww.          Copia del oficio No. SS-65, de veintidós de enero.

xxxx.                 Oficio sin número, signado por la Coordinadora de las Brigadas Especiales del Estado de Querétaro, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

yyyy.                 Copia del oficio No. SS-49, de veintidós de enero.

zzzz.                 Oficio Vac-Ags/02/2021, firmado por el Coordinador de las Brigadas Especiales del Estado de Aguascalientes, mediante el cual desahoga el requerimiento de información realizado por la autoridad instructora y anexos.

aaaaa.           Copia del oficio No. SS-07, de veintidós de enero.

bbbbb.           Oficio 59-54-81-61- 0700/1698, signado por la Coordinadora Estatal de las Brigadas Especiales en el estado de Hidalgo, por medio del cual atiende el requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

ccccc.             Copia del oficio No. SS-31, de veintidós de enero.

ddddd.           Escrito signado por la Coordinadora Estatal de las Brigadas Especiales en el estado de Campeche, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

eeeee.           Copia del oficio No. SS-13, de veintidós de enero.

fffff.                      Oficio 002, signado por el Coordinador Estatal de las Brigadas Especiales del estado de Tamaulipas, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

ggggg.           Copia del oficio No. SS-61, de veintidós de enero.

hhhhh.           Oficio sin número, signado por la Coordinadora de Brigadas Especiales del Estado de Sonora, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

iiiii. Copia del oficio No. SS-29, de veintidós de enero.

jjjjj. Oficio 095/2021, signado por la Coordinadora de Brigadas Especiales del Estado de Baja California, mediante el cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

kkkkk.             Copia del oficio No. SS-0198, de trece de mayo.

lllll. Oficio 510.5.D-04087, signado por el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Bienestar, a través del cual da contestación al requerimiento de información formulado por la autoridad instructora y anexos.

mmmmm.                        Oficio sin número original, signado por la Coordinadora de las Brigadas Especiales en el estado de Colima, dando contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y anexos.

nnnnn.           Oficio A/1500, signado por la Secretaría Particular del Almirante Secretario de Marina, a través del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

ooooo.           Oficio clasificación 412/21/08, signado por la Directora General de Procedimientos Constitucionales de la Secretaría de Gobernación Federal, por medio del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

ppppp.           Oficio OAG-DCT-5478- 2021, signado por la Directora Contenciosa de la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, por medio del cual informó que se encontraba en vías de cumplimiento al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora y solicitó una prórroga para tal efecto, y anexos.

qqqqq.           Oficio OAG-DCT-5649-2021, signado por el Subdirector de Recursos Administrativos, adscrito a la Oficina de la Abogada General de la Secretaría de Salud, del Gobierno Federal, por medio del cual remite la información que le fue requerida por la autoridad instructora y anexos.

rrrrr.                    OficioINSABI-CAJ-1522-2021, signado por el Coordinador de Asuntos Jurídicos del Instituto de Salud para el Bienestar, por medio del cual da contestación al requerimiento de información que le fue formulado por la autoridad instructora.

 

3.     Pruebas aportadas por las partes involucradas

 

DOCUMENTALES PÚBLICAS

Tomando en consideración la naturaleza de las presentes pruebas, se consideran como documentales públicas con valor probatorio pleno, toda vez que fueron emitidas por autoridad en ejercicio de sus atribuciones. De conformidad con los artículos 461, párrafo 3, inciso a), así como 462, párrafos 1 y 2, de la Ley Electoral.

Mayor Médico Cirujano Casique Rojas, Coordinador de las Brigadas Especiales en el estado de Aguascalientes.

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-07, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Desirée Sagarnaga Durante, Coordinadora de las Brigadas Especiales en el estado de Baja California

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Yesica Ibet Cruz Castañeda, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California Sur.

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Lilia Amparo Hoyos Godínez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Campeche.

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Juan José Mazón Ramírez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Chiapas

Acta de entrega-recepción de veintidós de julio, entre el Dr. Juan José Mazón Ramírez, quien deja de ocupar el cargo de Coordinador de las Brigadas especiales del estado de Chiapas y el Dr. Enrique Leobardo Ureña Bogarín, como nuevo responsable.

Víctor Hugo Borja Aburto, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Ciudad de México

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Juan José Díaz Ramírez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Coahuila

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-21, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

María Cristina Torres Bonilla, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Colima

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-23, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

José Agustín Paz Núñez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Durango

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Margarita Hernández Hernández, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Guerrero

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Gisela Lara Saldaña, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Hidalgo

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-69, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Humberto Ortiz Castañeda, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Jalisco

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Francisco Rodríguez Hernández, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Michoacán

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-37, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

José Miguel Ángel Van-Dick Puga, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Morelos

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Rubén Sotelo Aguilasocho, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Nayarit

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-41, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Juan Manuel Pérez Martínez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Nuevo León

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-43, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Raúl Peña Viveros, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Oaxaca

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-00148, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Rubén Arturo Wilson Arias, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Puebla

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-47, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Laura Nayetzi Cabrera Trejo, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Querétaro

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

María Guadalupe del Rosario Garrido Rojano, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de San Luis Potosí

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-53, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Tania Clarissa Medina López, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sinaloa

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-61, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

María de Lourdes Díaz Espinoza, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sonora

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Giovanni Hashar Guerero Chávez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tabasco

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia simple del Directorio de Responsables Estatales para la Vacunación Covid-19. 2020-2021, mediante el cual ostenta su cargo.

Humberto Carrasco Vargas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tamaulipas

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-51, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Lady Laura Sánchez Gómez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Tlaxcala

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-63, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Elena Jackeline Brisuela Raygosa, Coordinadora de las Brigadas Especiales del Estado de Veracruz

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-65, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Carlos Gómez Montes de Oca, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Yucatán

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-67, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Saandra Durán Vázquez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Zacatecas

a.     Impresión del “Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia", publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte.

b.     Impresión del "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México", publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de enero.

c.      Impresión de la "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México.

d.     Impresión del "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero.

e.     Impresión de la "Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, "Operativo Correcaminos".

f.        Copia del oficio No. SS-69, de veintidós de enero, mediante el cual ostenta su cargo.

Carlos Emiliano Calderón Mercado, Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia

Impresión de la “Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México, “Operativo Correcaminos”.

Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud del Gobierno Federal

a.     "Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México".

b.     "Acuerdo por el que se establecen las brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de enfermedad Covid-19, en todo el territorio nacional".

c.      "Política nacional rectora de vacunación contra el SARS- CoV-2 para la prevención de la Covid-19 en México”.

d.     Guía Operativa de los módulos de vacunación contra la Covid-19.

e.     Oficio SPSS-2905-2021 de veintiuno de abril, signado por la Directora de Área, de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

Partido político Morena

Certificaciones hechas por la autoridad instructora.

Javier May Rodríguez, Secretario de Bienestar del Gobierno Federal

a.     Copia certificada del oficio circular BIE/100/02/2020 de diez de noviembre de dos mil veinte, suscrito por el Titular de la Secretaría de Bienestar, mediante el cual instruyó a los Titulares de las Subsecretarías, de Jefaturas de Unidad, de entidades Sectorizadas, de Órganos Administrativos Desconcentrados, de Direcciones Generales y Personal adscrito a la Secretaría de Bienestar, a no inmiscuirse en actividades ajenas a las funciones propias de su encargo cuando se encuentren en su horario laboral, evitando realizar proselitismo político, conduciéndose con imparcialidad y equidad en todo momento.

b.     Oficio circular BIE/100/01/2020, de once de febrero, suscrito por el Titular de la Secretaría de Bienestar, mediante el cual instruyó a los Titulares de las Subsecretarías, de Jefaturas de Unidad, de entidades Sectorizadas, de Órganos Administrativos Desconcentrados, de Direcciones Generales y Personal adscrito a la Secretaría de Bienestar, que las campañas electorales se realizarán del cuatro de abril al dos de junio, y con base en la información publicada por el INE, asimismo se hizo del conocimiento el inicio de las campañas electorales por entidad federativa, a efecto de prevenir la comisión de delitos electorales e infracciones administrativas por parte de las personas servidoras públicas adscritas al sector de Bienestar.

c.      Oficio circular 001/2021, de veintiséis de febrero, suscrito por el Titular de la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia y del Órgano Interno de Control de la Secretaría de Bienestar, mediante el cual hicieron del conocimiento que, los Titulares de las Subsecretarías, de Jefaturas de Unidad, de entidades Sectorizadas, de Órganos Administrativos Desconcentrados, de Direcciones Generales y Personal adscrito a la Secretaría de Bienestar, los Lineamientos Generales del Programa de Blindaje Electoral 2021, con la finalidad de prevenir la comisión de delitos electorales e infracciones administrativas y fortalecer la cultura democrática y de denuncia para evitar que las personas servidoras públicas adscritas al sector de Bienestar, hagan mal uso de los programas sociales.

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES

Dada la naturaleza de las presentes pruebas, se consideran como instrumental de actuaciones en relación a lo señalado en los artículos 461, párrafo 3, inciso f), así como 462, párrafos 1 y 3, de la Ley Electoral.

a.     Morena.

b.     Eduardo Casique Rojas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Aguascalientes.

c.      Desirée Sagarnaga Durante, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California.

d.     Yesica Ibet Cruz Castañeda, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California Sur.

e.     Lilia Amparo Hoyos Godínez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Campeche.

f.        Manuel Cervantes Ocampo, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Ciudad de México.

g.     Juan José Díaz Ramírez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Coahuila.

h.     María Cristina Torres Bonilla, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Colima.

i.        José Agustín Paz Núñez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Durango.

j.        Mauricio Hernández Ávila, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de México.

k.      Enrique Jiménez Chavarría, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Guanajuato.

l.        Margarita Hernández Hernández, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Guerrero.

m.   Humberto Ortiz Castañeda, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Jalisco.

n.     Francisco Rodríguez Hernández, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Michoacán.

o.     José Miguel Ángel Van-Dick Puga, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Morelos.

p.     Rubén Sotelo Aguilasocho, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Nayarit.

q.     Raúl Peña Viveros, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Oaxaca.

r.       Rubén Arturo Wilson Arias, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Puebla.

s.      Laura Nayetzi Cabrera Trejo, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Querétaro.

t.        María Guadalupe del Rosario Garrido Rojano, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de San Luis Potosí.

u.     Tania Clarissa Medina López, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sinaloa.

v.      María de Lourdes Díaz Espinoza, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sonora.

w.    Giovanni Hashar Guerero Chávez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tabasco.

x.      Humberto Carrasco Vargas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tamaulipas.

y.      Lady Laura Sánchez Gómez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Tlaxcala.

z.      Elena Jackeline Brisuela Raygosa, Coordinadora de las Brigadas Especiales del Estado de Veracruz.

aa. Carlos Gómez Montes de Oca, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Yucatán.

bb. Saandra Durán Vázquez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Zacatecas.

cc.  Carlos Emiliano Calderón Mercado, Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia.

dd. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud del Gobierno Federal.

ee. Javier May Rodríguez, Secretario de Bienestar del Gobierno Federal.

ff.     Andrés Manuel López Obrador, Titular del Poder Ejecutivo Federal.

gg. Carlos Gastón Torres Rosas, encargado de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo de la Oficina de la Presidencia de la República.

Consistente en todas y cada una de las pruebas, constancias y acuerdos que obren en el expediente.

PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA

Dada la naturaleza de las presentes pruebas, se consideran como presuncionales, en su aspecto legal y humano, en relación a lo señalado en los artículos 461, párrafo 3, inciso e), así como 462, párrafo 1, de la Ley Electoral.

a.     Morena.

b.     Eduardo Casique Rojas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Aguascalientes.

c.      Desirée Sagarnaga Durante, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California.

d.     Yesica Ibet Cruz Castañeda, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Baja California Sur.

e.     Lilia Amparo Hoyos Godínez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Campeche.

f.        Manuel Cervantes Ocampo, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Ciudad de México.

g.     Juan José Díaz Ramírez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Coahuila.

h.     María Cristina Torres Bonilla, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Colima.

i.        José Agustín Paz Núñez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Durango.

j.        Mauricio Hernández Ávila, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de México.

k.      Margarita Hernández Hernández, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Guerrero.

l.        Humberto Ortiz Castañeda, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Jalisco.

m.   Francisco Rodríguez Hernández, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Michoacán.

n.     José Miguel Ángel Van-Dick Puga, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Morelos.

o.     Rubén Sotelo Aguilasocho, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Nayarit.

p.     Raúl Peña Viveros, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Oaxaca.

q.     Rubén Arturo Wilson Arias, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Puebla.

r.       Laura Nayetzi Cabrera Trejo, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Querétaro.

s.      María Guadalupe del Rosario Garrido Rojano, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de San Luis Potosí.

t.        Tania Clarissa Medina López, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sinaloa.

u.     María de Lourdes Díaz Espinoza, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Sonora.

v.      Giovanni Hashar Guerero Chávez, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tabasco.

w.    Humberto Carrasco Vargas, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Tamaulipas.

x.      Lady Laura Sánchez Gómez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Tlaxcala.

y.      Elena Jackeline Brisuela Raygosa, Coordinadora de las Brigadas Especiales del Estado de Veracruz.

z.      Carlos Gómez Montes de Oca, Coordinador de las Brigadas Especiales del estado de Yucatán.

aa. Saandra Durán Vázquez, Coordinadora de las Brigadas Especiales del estado de Zacatecas.

bb. Carlos Emiliano Calderón Mercado, Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia.

cc.  Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud del Gobierno Federal.

dd. Javier May Rodríguez, Secretario de Bienestar del Gobierno Federal.

ee. Andrés Manuel López Obrador, Titular del Poder Ejecutivo Federal.

ff.     Carlos Gastón Torres Rosas, encargado de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo de la Oficina de la Presidencia de la República.

Consistente en su doble aspecto legal y humana, con el fin de demostrar la veracidad de todos y cada uno de los argumentos esgrimidos en el presente.

 

ANEXO 2

ESTADO

ALCALDÍA/ MUNICIPIO/ LUGAR

RESPUESTAS

CHALECOS

Ciudad de México

Milpa Alta

Foja 189

Principal

18 de febrero

Se certificó el proceso de vacunación: Coinciden en señalar que no se les toman fotografías. Se les indica que tengan a la mano su CURP, credencial de elector o algún otro medio de identificación. Se registra e identifica a las personas adultas mayores 

Unidad 1: Escuela Primaria Benito Juárez

Se encuestaron a seis personas, las cuales respondieron en sentido negativo a todas las preguntas realizadas.

Unidad 2: Escuela Secundaria número 37 Emiliano Zapata

Se certificó la existencia de letreros con la leyenda: La aplicación de la Política Nacional de Vacunación es de carácter público, ajena a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos. No obstante, no se pudo realizar las entrevistas debido a que aún se encontraban esperando la llegada de la vacuna.

Unidad 1: dos personas con chaleco verde con las leyendas “Gobierno de la Ciudad de México” y “Participación Ciudadana”.

Una persona con uniforme militar con una banda de color blanco con la leyenda “MARINA”.

Una persona con bata color blanco.

Una persona con chaleco color guinda.

Unidad 2: una persona con chaleco verde con las leyendas “Gobierno de la Ciudad de México” y “Participación Ciudadana”.

Ciudad de México

Magdalena Contreras

Foja 197

Principal

18 de febrero

Se certificó el proceso de vacunación:  Se les solicita un medio de identificación, se registran los expedientes con el nombre de las personas que se van a vacunar, CURP y el nombre del personal médico que los atiende.

Unidad 1:  Unidad Médica Familiar 22 Independencia

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela Primaria Lídice

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Escuela Primaria Héroes de Padierna

No se pudo realizar el cuestionario a las personas.

Unidad 4: Escuela Primaria Juventino Rosas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 5: Escuela Primaria Profesor Simitrio Ramírez Hernández

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Unidad 2: una persona con chaleco guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Ciudad de México

Cuajimalpa

Foja 210

Principal

18 de febrero

Se certificó el proceso de vacunación:  Señalan que se les pide que se identifiquen, se les permite pasar, no se les toman fotografías, se les pide el número telefónico y domicilio para la siguiente dosis de vacunación.

Unidad 1: Instituto de Educación Media Superior del Gobierno del Distrito Federal, plantel “Josefa Ortiz de Dominguez”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre, no hubo inconsistencias.

Unidad 2: Escuela Primaria “Maestros de México”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una de las personas entrevistadas manifestó que el día anterior no pudo vacunarse porque había muchas personas, también que había gente con los chalecos de “morena” y que le impactó que hubiera gente de la Guardia Nacional, además que agradecía la atención del centro de vacunación quienes señaló que eran las personas de chalecos verde, pidió que no se registrara su nombre.

Unidad 3: Escuela Secundaria diurna número 289 “José Antonio Carrillo Flores”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una persona señaló que el día anterior a su mamá si le tomaron fotografía a ella y su credencial, pero que no le condicionaron la puesta de la vacuna. También se acercaron unas personas que señalaron por una parte que algunas personas sin credencial sí podían pasar a vacunarse y que otras no. También se señaló que en el centro de vacunación “Navidad” una persona recibió doscientos pesos para vacunar a la “gente riquilla” o de otras demarcaciones.

Además, el Coordinador del Gobierno Federal señaló que ya no se tomaban fotografías ni a las personas, ni a sus identificaciones, que únicamente se tomaba de los datos que les proporciona el ciudadano [ciudadana] para llevar un control.

Unidad 1: Una persona con chaleco gris y la leyenda “Gobierno de México.

Unidad 2: Una persona con chaleco beige y la leyenda “Servidor” y “Nación” que se identificó como Coordinadora de Brigada Correcaminos.

Unidad 3. Persona con pantalón verde, playera gris. En los cuestionarios se señala que el día anterior había personas con chalecos verdes y morados. Algunas personas señalaron que observaron en células de vacunación chalecos y gorras moradas con la leyenda “Servidores de la nación”.

 

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 373

Principal

Foja 88

Accesorio 3

23 de febrero

Centro Cívico “Río de Luz”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre, edad y dirección.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, sin especificar la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco beige con la leyenda “Servidor de la Nación”.

 

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 102

Accesorio 3

23 de febrero

Unidad 1: Centro Cívico Benito Juárez (El Chamizal)

Le señalaron que no se abriría dicho Centro Cívico ese día, toda vez que no llegaron las vacunas para llevar a cabo el procedimiento de la aplicación.

Unidad 2: Centro Cívico Melchor Múzquiz

Se certificó el procedimiento observado: recaban información de las personas en el documento Expediente de Vacunación contra el virus SARS-COV-2, el cual posteriormente se le entrega al personal médico que lleva a cabo el procedimiento de vacunación, una vez aplicada la vacuna, se le entrega un comprobante de la vacuna al salir.

Igualmente se registraba en formatos denominados Formato Centro Nacional de 20 años y más y mujeres embarazadas del CeNSIA, del ISEM del Gobierno del Estado de México, en el que se registran nombre, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, domicilio completo, antecedente de vacuna y vacuna a aplicar.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: diversas personas con chalecos café y con el texto “Servidor de la Nación”.

Diversas personas con vestimenta blanca y con los textos “ISEM” o “En Grande”.

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 400

Principal

Foja 114

Accesorio 3

24 de febrero

Universidad Estatal del Valle de Ecatepec (UNEVE)

Le manifiestan que no se cuenta con información alguna respecto de la jornada de vacunación.

Una persona con vestimenta blanca y con los textos “SSEM” y “Cuerpos de Seguridad Auxiliares del Estado de México”.

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 408

Principal

24 de febrero

Deportivo Bicentenario Hank González

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco color guinda con loa textos “Servidor de la Nación” “Censo para el bienestar” y “Gobierno Federal”.

Ciudad de México

Tláhuac

Foja 451

Principal

Foja 470

Accesorio 1

24 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Bosques de Tláhuac.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, tres CURP, dos que ningún documento y a una el INAPAM, solo una manifestó que se le tomó fotografía, dos que se les entregó aviso de privacidad y a las demás no, no hubo condicionamiento para acceder al programa, a una persona se le mencionó el partido político Morena.

Unidad 2: Nuevo Hospital General del ISSSTE

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar y tres la CURP, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Estado de México

Ecatepec de Morelos

Foja 459

Principal

Foja 3

Accesorio 3

22 de febrero

Unidad 1: Centro Cultural y Deportivo Las Américas 1 y 2

Se le informa que lo único que se les pide es la credencial de elector, a efecto de verificar que el domicilio de la persona es del lugar, de ahí mismo se toma la CURP, de no llevar dicha credencial se les permite presentar cualquier otra con validez oficial y de no tener o no llevar otro documento, se les permite presentar solo la hoja del pre-registro.

Se encuestaron a diez personas.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Multideportivo las Américas o Alberca las Américas

Se encuestaron a diez personas.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Macroplaza Comunitaria Chiconautla3000

Se encuestaron a diez personas.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Cabe señalar que una persona refirió que el presidente municipal si está trabajando, porque los tenían muy abandonados.

Unidad 1: Una persona con indumentaria en su brazo izquierdo luce un identificador tipo brazalete en color blanco con las leyendas “GOBIERNO DE MÉXICO” en color guinda, el escudo nacional en color amarillo y en color negro la leyenda “BRIGADA VACUNACIÓN” y en color guinda la leyenda “COVID-19”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco café, con la leyenda “Servidor de la Nación”.

 

Unidad 3:  una persona con chaleco café, con la leyenda “Servidor de la Nación”.

Ciudad de México

Iztacalco

Foja 737

Principal

Foja 460

Accesorio 1

24 de febrero

Unidad 1: Puerta 4 del Palacio de los Deportes

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre, excepto de una persona.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela Superior de Educación Física.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Diversas personas portaban chamarra y pantalón color verde, en la parte posterior el texto: “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, así como letras pequeñas en la parte inferior de la chamarra y lateral del pantalón con el texto “PONTE PILA”, también portaban gorra verde con los mismos textos.

Diversas personas portaban chaleco color verde con los textos “DIRECCIÓN OPERATIVA DE PROGRAMAS PARA LA CIUDAD”, “MEJOR ESCUELA”, “MI BECA PARA EMPEZAR”, “APOYO DE UNIFORMES Y ÚTILES ESCOLARES” y “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”.

Unidad 2: Una persona con chaleco verde con la leyenda “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”

25 de febrero

Unidad 1: Puerta 4 del Palacio de los Deportes

Se certificó el procedimiento observado: solo se permitía el acceso a personas que mostraran su credencial de elector u otro documento oficial y comprobante de domicilio, para corroborar que asisten al módulo correspondiente y se revisa su edad. Se requisita datos personales para el expediente de vacunación, tales como fecha de nacimiento, CURP, número telefónico, correo electrónico y domicilio, y el comprobante de vacunación en el que se registra nombre, fecha de nacimiento y CURP, así como datos referentes a la vacuna. Se procede a la aplicación de la vacuna, persona con chaleco verde recoge el formato de expediente de vacunación y se le entrega comprobante de vacunación.

Unidad 2:  Escuela Superior de Educación Física.

Se certificó el procedimiento observado: solo se permitía el acceso a personas que mostraran su credencial de elector u otro documento oficial y comprobante de domicilio, para corroborar que asisten al módulo correspondiente y se revisa su edad. Se requisita datos personales para el expediente de vacunación, tales como fecha de nacimiento, CURP, número telefónico, correo electrónico y domicilio, y el comprobante de vacunación en el que se registra nombre, fecha de nacimiento y CURP, así como datos referentes a la vacuna. Se procede a la aplicación de la vacuna, persona con chaleco verde recoge el formato de expediente de vacunación y se le entrega comprobante de vacunación.

 

Unidad 1: Una persona con chaleco verde con los textos: “DIRECCIÓN OPERATIVA DE PROGRAMAS PARA LA CIUDAD”, “MEJOR ESCUELA”, “MI BECA PARA EMPEZAR”, “APOYO DE UNIFORMES Y ÚTILES ESCOLARES” y “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”.

Una persona con chaleco beige con los textos: “CENTRO INTEGRADOR DE DESARROLLO”, “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO” y escudo nacional.

Unidad 2: Una persona con chaleco verde con los textos: “DIRECCIÓN OPERATIVA DE PROGRAMAS PARA LA CIUDAD”, “MEJOR ESCUELA”, “MI BECA PARA EMPEZAR”, “APOYO DE UNIFORMES Y ÚTILES ESCOLARES” y “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”.

Una persona con chaleco beige con los textos: “CENTRO INTEGRADOR DE DESARROLLO”, “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO” y escudo nacional.

Jalisco

Tonalá

Foja 799

Principal

Foja 419

Accesorio 4

18 de marzo

Unidad 1: Domo Miguel Hidalgo – Unidad Deportiva

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela Secundaria Federal número 56

Centro educativo cerrado.

Unidad 3: Escuela Primaria Valentín Gómez Farías

Centro educativo cerrado.

Unidad 4: Escuela Secundaria Ollinca número 101

La actividad de la aplicación de la vacuna fue previa.

Unidad 5: Explanada Centro de Salud El Rosario

La actividad de la aplicación de la vacuna fue previa.

Unidad 6: Centro Educación COBAEJ Plantel número 1

Centro educativo cerrado.

Unidad 7: Escuela Secundaria Técnica número 171

El Centro educativo ya no se encuentra habilitado para ser módulo de vacunación.

Unidad 8: Escuela Secundaria Técnica Estatal número 05

Centro educativo cerrado.

 

Jalisco

Tonalá

Foja 827

Principal

Foja 412

Accesorio 4

18 de marzo

Unidad 1: Escuela Primaria José Martí T/M

Se encontraba cerrado.

Unidad 2: Centro Universitario de Tonalá

Se encontró un letrero con la leyenda “DOSIS AGOTADAS”.

Unidad 3: Escuela Secundaria Técnica número 34

No se estaba llevando la aplicación de vacunas.

 

Durango

Guadalupe Victoria

Foja 333

Accesorio 1

Foja 366

Accesorio 4

27 de febrero

Unidad Médica Rural número 30

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Colima

Armeria, Colima

Foja 379

Accesorio 1

27 de febrero

Centro Social Cofrafía de Juárez, se le informó que la vacunación se llevaría a cabo en el Auditorio Municipal, por lo que se constituyó en dicho lugar.

Se certificó el procedimiento observado: se verifica el domicilio de residencia de las personas, las pasan a una mesa de registro, en la que llenan un formulario en el que registran fecha de vacunación, nombre completo, fecha de nacimiento, CURP, CLUES, entidad, localidad, comorbolidades, antecedentes recientes de vacunación, teléfono celular y otro contacto, así como domicilio de la personal, fecha tentativa de aplicación de segunda dosis de la vacuna, advierte que el dato y documento principal requerido es la CURP y adicionalmente la credencial para votar, ello para copiar el dato de la CURP y registrarlo en el formulario. No se tomaron fotografías a las credenciales para votar o a las personas.  Después se les aplica la vacuna y los remiten a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar u CURP y las demás manifestaron que CURP y acta de nacimiento, las llamaron por teléfono o mediante sistema, todas señalaron que no se les tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Michoacán

Jacona, Michoacán

Foja 394

Accesorio 1

27 de febrero

DIF municipal de Jacona

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco beige con el logo de “centro integrador de desarrollo, servidor de la nación, gobierno de México”.

Chiapas

Mapastepec

Foja 513

Accesorio 1

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Escuela primaria Daniel Tamayo Luna

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela CBTA número 43

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a una persona se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una de las personas que manifestó que le solicitaron su credencial para votar, manifestó que la aplicación de la vacuna se está haciendo sin condicionar nada.

Unidad 3: Escuela Primaria Vicente Guerrero

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a dos se les tomó fotografía a su persona, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 4: Escuela Plantel COBACH 114

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a ocho se les tomó fotografía a su persona, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con chaleco café con los textos: “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco café con los textos: “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 3: una persona con chaleco café con los textos: “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Personal femenino vestida de blusa y pantalón color café, con una casaca color azul con el texto: “MARINA”.

 

Unidad 4: una persona con chaleco café con los textos: “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Hidalgo

Huejutla de Reyes

Foja 577

Accesorio 1

1 de marzo

Centro de Salud Huejutla de Reyes

Se le informó que no estaban realizando ninguna vacunación relacionada con el Covid-19, que dicha etapa ya se había realizado el 21 de febrero.

 

Jaltocán

Foja 580

Accesorio 1

1 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Centro de Salud Jaltocán

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, a una persona se le tomó fotografía a su persona sin especificar la razón, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Persona con bata blanca con las iniciales “SSH” de la Secretaría de Salud de Hidalgo.

Diversas personas que portan chalecos café claro con las leyendas “Servidores de la Nación”, “Centro integrador de Desarrollo” y “Bienestar”.

 

Atlapexco

Foja 586

Accesorio 1

1 de marzo

Centro de Salud Atlapexco

No se llevó a cabo la vacunación, en virtud de que no se cumplió con la meta establecida de diez personas para poder realizar la apertura de un paquete que contiene dichas vacunas, que estaban esperando cuatro personas y se les llamaría por teléfono en cuanto se juntaran las diez personas.

Una persona con uniforme institucional del Centro de Salud

Campeche

Champotón, Escárcega, Mamantel, municipio del Carmen y Candelaria

Foja 599

Accesorio 1

28 de febrero

Unidad 1: Unidad de Medicina Familiar número 2 del IMSS

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

Unidad 2: Unidad de medicina Familiar de Consulta Externa del número 2 del IMSS de la población Escárcega.

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

Unidad 3: Hospital Rural de Mamantel

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

Unidad 4: Hospital Comunitario Candelaria

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

 

Carmen

Foja 606

Accesorio 1

28 de febrero

Unidad 1: Hospital General del Carmen MSQA

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

Unidad 2: Hospital General de Zona número 4.

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

Unidad 3: Unidad de Medicina Familiar número 12 del IMSS

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

 

Unidad 4: Hospital General de Pemex

Se le informó que ya había concluido la aplicación de la vacuna y las personas vacunadas ya se habían retirado del lugar.

 

 

Durango

Los Charcos, Mezquital

Foja 623

Accesorio 1

27 de febrero

 

Unidad 1: Unidad Médica Rural

Una persona lo acompañó en un recorrido a las instalaciones, a efecto de acreditar que en dicho lugar no se estaba llevando ningún procedimiento de vacunación.

 

Unidad 2: Cerro de Papas

Le informaron que en días pasados acudió personal de salud para la aplicación de la vacuna.

 

 

 

El Salto, Pueblo Nuevo

Foja 627

Accesorio 1

27 de febrero

 

Unidad 1: Hospital Integral de El Salto

Se le informó que el operativo de vacunación se efectuó en días anteriores.

 

Unidad 2: Unidad Médica Rural de Chavarría Nuevo

Se le informó que el operativo de vacunación se efectuó en días anteriores.

 

Unidad 3: Domicilio conocido La Peña

Se le informó que el operativo de vacunación se efectuó en días anteriores.

 

Unidad 1: Una persona con chaleco guinda con los textos: “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Campeche

Campeche

Foja 693

Accesorio 1

Foja 52

Accesorio 4

28 de febrero

 

Se certificó el procedimiento observado: hay una mesa en la que se realiza el registro médico de las personas, se les toma la presión, llenan los formatos con sus datos personales, tales como nombre y antecedentes médicos, asimismo se registran los datos de la vacuna. Después la mesa para verificar la identidad de las personas y corroborar que asisten al módulo, se les pasa a una sala de espera para la aplicación, el área de la aplicación permanece cerrada y posteriormente un área de observaciones o reposo.

Unidad 1:  Unidad Médica Familiar número 13

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, cuatro personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una se le entregó aviso de privacidad, a nueve personas se le tomó fotografía a su persona, a seis personas se les dio razón de la toma de fotografía sin que del acta se advierta cual, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela Secundaria Número 23

Se encuestaron a cinco personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Dos personas manifestaron que se le solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar sin especificar la razón, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, a todas se le tomó fotografía a su persona, a dos personas se les dio razón de la toma de fotografía, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: una persona con camisa blanca con el texto: “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Foja 715

Accesorio 1

Foja 74

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: hay una mesa en la que se realiza el registro médico de las personas, se les toma la presión, llenan los formatos con sus datos personales, tales como nombre y antecedentes médicos, asimismo se registran los datos de la vacuna. Después la mesa para verificar la identidad de las personas y corroborar que asisten al módulo, se les pasa a una sala de espera para la aplicación, el área de la aplicación permanece cerrada y posteriormente un área de observaciones o reposo.

Escuela Secundaria Federal número 7

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna se le entregó aviso de privacidad, a ninguna se le tomó fotografía a su persona, a ninguna se le dio razón de la toma de fotografía, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Campeche

Calkiní

Foja 239

Accesorio 2

2 de marzo

Escuela Secundaria Técnica Número 3.

Unidad 1: Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, para constatar la aplicación de la primera vacuna y verificación de datos en la primera aplicación, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona sin especificar la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona sin especificar la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco guinda con los textos “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Xochimilco

Foja 487

Accesorio 2

Veinticinco de febrero

 

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro medio sistema. Se les proporcionó una bolsa plástica, transparente y carente de logotipo alguno, la cual contenía una manzana, una botella de agua y una barra de amaranto caramelizado. Una vez registradas las personas, se dirigían al área de aplicación, en la cual personal de salud registrada datos referentes a la vacuna, tales como fecha, dosis, tipo de vacuna y se procedía a vacunar a dichas personas. Por último, las remitían a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Centro Deportivo Xochimilco

Se encuestaron a diez personas.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

 

Unidad 2: Escuela Nacional Preparatoria 01 UNAM

Se encuestaron a diez personas.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Persona con chaleco color caqui y leyenda “CENTRO INTEGRADOR DE DESARROLLO SERVIDOR PÚBLICO DE LA NACIÓN GOBIERNO DE MÉXICO” y escudo nacional del costado izquierdo

Unidad 2: persona con chaleco que le identificaba como Servidora de la Nación.

 

 

Ecatepec de Morelos

Foja 53

Accesorio 3

23 de febrero

Deportivo Ejidal Emiliano Zapata

Le informaron que no habría aplicación de la vacuna en dicho lugar, que dicha información se encontraba en la cuenta oficial del Gobierno de Ecatepec de Morelos de Twitter, en la que se advirtió, entre otras, la siguiente leyenda “Aviso Importante Comparte esta valiosa información para que más #ecatepenses estén al tanto del proceso de vacunación. Este #GobiernoQueNoDescansa seguirá trabajando para hacer frente al #Covid_19. @SaludEdomex @Salud_mx @GobiernoMX @FerVilchisMx”.

Posteriormente volvió y se observaron dos cartulinas con las leyendas “Por el momento sin servicio de vacunación” y “Favor de esperar su confirmación de cita vía telefónica”.

 

Una persona con pantalón de mezclilla, chamarra negra, gorra color guinda.

 

Ecatepec de Morelos

Foja 60

Accesorio 3

24 de febrero

Deportivo Bicentenario Hans González

Se certificó el procedimiento observado: se les toma la temperatura, aplicación de gel antibacterial, se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP y comprobante de registro medio sistema. Una vez registradas las personas, se dirigían al área de aplicación, y, por último, las remitían a un área de observación o reposo.

 

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre, edad y dirección.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Cabe señalar que el presidente municipal si está trabajando, porque los tenían muy abandonados.

 

Además, una persona refirió que le solicitaron la foto o copia, solo para tomar sus datos, no se la quedaron.

Una persona con chaleco color guinda con los textos “SERVIDOR DE LA NACIÓN”, “CENSO PARA EL BIENESTAR” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Michoacán

Jacona

Foja 120

Accesorio 3

27 de febrero

DIF municipal

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco beige con el logo de “centro integrador de desarrollo, servidor de la nación, gobierno de México”.

Campeche

Del Carmen

Foja 126

Accesorio 3

28 de febrero

Unidad 1: Hospital General del Carmen MSQA

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

Unidad 2: Hospital Federal de Zona número 4

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

Unidad 3: Unidad de Medicina Familiar número 12

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

Unidad 4: Hospital General de Pemex

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

 

 

De Carmen y Candelaria

(Champotón)

Foja 136

Accesorio 3

28 de febrero

Unidad 1: Unidad de Medicina Familiar número 2 del IMSS

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

Unidad 2: Unidad de medicina Familiar de Consulta Externa del número 2 del ISSSTE

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

Unidad 3: Hospital Rural de Mamantel

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

Unidad 4: Hospital Comunitario Candelaria

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

 

Oaxaca

Arroyo de Banco, San Juan Bautista Valle Nacional

Foja 158

Accesorio 3

4 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: Se dirige a las personas a una mesa de registro en el que presentan su CURP y un folio, rellenan un formato denominado Expediente de Vacunación contra el Virus SARS CoV-2, en el que se asientan diversos datos personales, tales como nombre, antecedentes médicos, CURP, domicilio, teléfono, dirección y correo electrónico, una vez registradas las personas, las pasan a una sala de espera, se les toma la oxigenación, después se llena un formato denominado Consentimiento Informado de Vacunación en el que se recaban datos como nombre, domicilio, edad, fecha de nacimiento, firma autógrafa o en su caso, huella acústica. Después se les aplica la vacuna y se les pasa a un área de reposo, consecuentemente para una valoración médica. Por último, pasaron a un área en la que se requisita el Comprobante de Vacunación contra la Covid-19.

Se encuestó a una persona, de la cual se cuenta con nombre.

La información que le fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial de elector, no se les solicitó su credencial para votar, no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, no se le entregó aviso de privacidad, no se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se le mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Tuvo que retirarse del lugar, porque si no suspenderían la aplicación de la vacuna.

Una persona con chaleco con las leyendas “CENTRO INTEGRADOR DE DESARROLLO”, “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

Oaxaca

Santa María Coyotepec

Foja 170

Accesorio 3

4 de marzo

Explanada municipal

Se informa que ya había concluido la aplicación de la vacuna en dicho lugar.

 

Coahuila

Saltillo

Foja 225

Accesorio 3

Foja 370

Accesorio 4

6 de marzo

Plaza del reloj

No había aplicación de vacuna.

DIF de Parras

Se está llevando el registro para la aplicación de vacunas para las personas mayores de 60 años, que los únicos requisitos para el registro son CURP y nombre completo.

 

Chiapas

Tonalá

Foja 233

Accesorio 3

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se solicita medio de identificación, a efecto de verificar domicilio y edad, se registran 2 formatos, el Expediente de Vacunación y el Comprobante de Vacunación, se aplica la vacuna y se remite a un área de observación y reposo.

Unidad 1: Escuela Primaria Daniel Tamayo Luna

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a dos personas se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela CBTA número 43

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Escuela Primaria Vicente Guerrero

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a tres personas se les entregó aviso de privacidad, a dos personas se les tomó fotografía a su persona, la razón para tomar dicha fotografía fue para comprobación, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 4: Escuela Plantel COBACH 114

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ocho personas se les tomó fotografía a su persona, sin que se advierta la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 3: una persona con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 4: una persona con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Coahuila

Piedras Negras

Foja 263

Accesorio 3

Foja 358

Accesorio 4

8 de marzo

Colegio Nacional de Educación Profesional (CONALEP)

Solo estaban registrando a las personas mayores de 60 años, a efectos de aplicarles la vacuna para una fecha posterior, el registro llevado a cabo con los datos personales, tales como nombre, CURP, sexo, teléfono, sección y municipio.

 

Durango

El Salto, Pueblo Nuevo

Foja 365

Accesorio 3

27 de febrero

Unidad 1: Hospital Integral El Salto

No se estaba llevando ninguna aplicación de vacunas.

Unidad 2: Unidad Médica Rural de Chavarría Nuevo

La aplicación de la vacuna se llevó días previos.

Unidad 3: Domicilio conocido La Peña

La aplicación de la vacuna se llevó días previos.

Unidad 1: una persona con chaleco guinda, con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Durango

Los Charcos, Mezquital

Foja 369

Accesorio 3

27 de febrero

Unidad 1: Unidad Médica Rural

La aplicación de la vacuna se llevó días previos.

Unidad 2: Localidad de Cerro de las Papas, Mezquital

La aplicación de la vacuna se llevó días previos.

 

Coahuila

San Buenaventura y Castaños

Foja 384

Foja 434

Accesorio 3

Foja 328

Accesorio 4

6 de marzo

Unidad 1: Unidad del IMSS 51 Bienestar

Aún no empezaba la aplicación, hasta días posteriores.

En las siguientes unidades no se percibió actividad alguna:

Unidad 2: Área deportiva

Unidad 3: Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario número 209

Unidad 4: Escuela Superior de Agricultura y Veterinaria

Unidad 5: Jardín de niños Amanecer

Unidad 6: Escuela Primaria 16 de septiembre

Unidad 7: Jardín de niños Lucio Blanco

Unidad 8: Plaza principal de San Buenaventura

Unidad 9: Presidencia municipal, DIF y la biblioteca pública Nuevo Horizonte

 

Coahuila

Francisco I Madero

Foja 415

Foja 464

Accesorio 3

Foja 320

Accesorio 4

6 de marzo

Unidad 1: Cruz Roja

Se informó que en el municipio aún no daba inicio el módulo de vacunación Covid-19.

En las siguientes unidades no se visualizó evidencia alguna del módulo de vacunación Covid-19.

Unidad 2: IMSS

Unidad 3: Presidencia municipal

Unidad 4: Sistema de Desarrollo Integral de la Familia DIF

Unidad 5: Estancia municipal del Adulto Mayor Elena Dávila Dávila

Unidad 6: Gimnasio municipal

Unidad 7: Plaza Hidalgo

Unidad 8: Hospital General

 

Coahuila

Monclova

Foja 512

Accesorio 3

6 de marzo

 

Unidad 1: Gimnasio Municipal Milo Martínez de la Rosa

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas personas se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, la razón para tomar dicha fotografía fue para los medios, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Desarrollo integral de la Familia, Casa Meced

Se encuestaron a seis personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A una persona se le solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Escuela Secundaria Técnica 76

No se pudo encuestar a las personas.

Unidad 2: diversas personas con chalecos de color azul, de Desarrollo Social y Protección Civil.

Diversas personas con bata blanca.

 

Unidad 3: diversas personas identificadas con leyendas y logos de la Guardia Nacional, SEDENA, Servidores de la Nación y Gobierno de México.

 

Ciudad de México

Azcapotzalco

Foja 550

Accesorio 3

Foja 377

Accesorio 4

10 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Universidad Autónoma Metropolitana

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Arena Ciudad de México

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con chaleco café con la leyenda “GOBIERNO DE MÉXICO”, con el escudo nacional y en la parte de la espalda las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco café con la leyenda “GOBIERNO DE MÉXICO”, con el escudo nacional y en la parte de la espalda las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

Estado de México

Toluca de Lerdo

Foja 592

Accesorio 3

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Junta de Caminos del Estado de México

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Centro de Convenciones y Exposiciones de Toluca

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, porque requería fotografía, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, para regresar a la vacuna, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública. Como comentario una persona agradece al Gobernador.

Unidad 1: una persona con chaleco color vino con la leyenda “SERVIDOR DE LA NACIÓN”.

Unidad 2: una persona con chaleco azul con las leyendas “GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO” y “SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL”.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 607

Accesorio 3

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Centro de Salud El Coyol

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A siete personas se les solicitó su credencial para votar, cinco refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, para corroborar si era la persona, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, cuatro personas refirieron que hubo condicionamiento para acceder al programa si no mostraban su credencial de elector o cualquier otro documento, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Centro de Salud Las Bajadas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, para corroborar datos, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: Centro de Salud Las Amapolas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Tres personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, dos personas refirieron que hubo condicionamiento para acceder al programa si no mostraban su credencial de elector o cualquier otro documento, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 4: Centro de Salud Dos Lomas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, solo para cotejar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, una persona refirió que hubo condicionamiento para acceder al programa si no mostraban su credencial de elector o cualquier otro documento, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 5: Centro de Salud Reserva Tarimoya

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Seis personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, solo entregó la CURP, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 6: Centro de Salud Virgilio Uribe

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 7: Centro de Salud Granjas del Río Medio

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 8: Centro de Salud Adolfo Ruiz Cortínez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, para revisar datos, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con bata blanca con las leyendas “SECRETARÍA DE SALUD” y “GOBIERNO DEL ESTADO”.

 

Unidad 3: una persona con bata blanca con las leyendas “SECRETARÍA DE SALUD” y “GOBIERNO DEL ESTADO”.

 

Unidad 4: una persona con bata blanca con las leyendas “SECRETARÍA DE SALUD” y “GOBIERNO DEL ESTADO”.

 

Estado de México

Toluca de Lerdo

Foja 628

Accesorio 3

Foja 3018

Accesorio 4

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Estadio Nemesio Diez (Bombonera)

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Nuevo Conservatorio de Música

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” Y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” Y “GOBIERNO FEDERAL”.

Ciudad de México

Miguel Hidalgo

Foja 642

Accesorio 3

13 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Benemérita Escuela Nacional de Maestros

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Campo Deportivo Militar Marte

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, en el registro en línea, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: diversas personas con chaleco café del Centro de Desarrollo integrador de la Secretaría del Bienestar (Programa de Servidores de la Nación) con una banda o franja en el brazo izquierdo de fondo verde oscuro con las leyendas “Gobierno de México”, “Plan Nacional de Vacunación” y “Brigada Correcaminos”, con el escudo nacional y una silueta de ave.

Veracruz

Veracruz

Foja 664

Accesorio 3

12 de marzo

Unidad 1: Club Naval

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Facultad de Medicina U.V.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se quedan con copia fotostática de la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: Centro de Salud Club de Leones

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 4: Auditorio Benito Juárez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Seis personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: 2 personas con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Unidad 2: 1 persona con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Unidad 3: diversas personas con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Unidad 4: 1 persona con chaleco café con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 681

Accesorio 3

12 de marzo

Instituto Tecnológico de Veracruz

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 688

Accesorio 3

13 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Centro de Salud Vargas

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, a dos personas se les tomó fotografía a su persona para comprobar que estaban sentados, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 698

Accesorio 3

13 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Centro de Salud Delfino Victoria o Santa Fe

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, a ninguna persona que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, dos personas manifestaron que se les tomó fotografía grupal, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Centro de Salud Los Pinos

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Campeche

Campeche y Hecelchakán

Foja 89

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Escuela Secundaria General número 3 del Instituto Campechano

Se encuestaron a siete personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, sin especificar la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Campeche

Campeche y Hecelchakán

Foja 117

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1:  C.H. Dr. Patricio Trueba Regil del ISSSTE

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una persona manifestó que se le solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2:  Escuela Secundaria número 1

No sé realizaron las entrevistas.

Unidad 3: Décimo Batallón de Infantería

No sé realizaron las entrevistas.

Unidad 4: Hospital Naval de Campeche

No sé realizaron las entrevistas.

Unidad 5: Hospital General de Zona número 1 del IMSS

No sé realizaron las entrevistas, porque no había personas en la aplicación de vacunas.

Unidad 1: una persona con chaleco color beige con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 1: una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

 

Campeche

Campeche y Hecelchakán

Foja 117

Accesorio 4

28 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Hospital Rural del municipio de Hecelchakán

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, dos personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a nueve personas se les tomó fotografía a su persona, sin que se advierta la razón de ello, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela Secundaria número 17

No se entrevistó a ninguna persona, ya que las personas se negaron a ser encuestadas.

Unidad 1:  una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Campeche

Calkiní

Foja 183

Accesorio 4

Foja 215

Accesorio 4

1 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Escuela Secundaria Técnica Número 3.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Seis personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, nueve personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, sin que se advierta la razón, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Campeche

Calkiní

Foja 247

Accesorio 4

2 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Escuela Secundaria Técnica Número 3

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, una persona refirió que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

Jalisco

Tonalá

Foja 412

Accesorio 4

18 de marzo

Unidad 1: Escuela Primaria José Martí T/M

Se encontraba cerrado.

Unidad 2: Centro Universitario de Tonalá

Se encontró un letrero con la leyenda “DOSIS AGOTADAS”.

Unidad 3: Escuela Secundaria Técnica número 34

No se estaba llevando la aplicación de vacunas.

 

Michoacán

Huetamo

Foja 456

Accesorio 4

27 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Hospital Rural número 31 del IMSS Bienestar

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Una persona manifestó que se le solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Hospital Regional de la Secretaría de Salud del estado de Michoacán

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco color guinda con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO FEDERAL”.

 

 

Ciudad de México

Venustiano Carranza

Foja 469

Accesorio 4

18 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Internado número 17 de la Secretaría de Educación Pública Francisco I. Madero

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas las personas fueron coincidentes en que su registro fue el registro por internet, a todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Guerrero

Acapulco

Foja 490

Foja 702

Accesorio 4

18 de marzo

Unidad Deportiva “Jorge Campos”

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Guerrero

Acapulco

Foja 523

Accesorio 4

18 de marzo

Instituto Tecnológico de Acapulco

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Baja California

Mexicali

Foja 560

Accesorio 4

18 de febrero

CECYTE plantel Ensenada

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco beige con la leyenda “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y escudo del águila de gobierno federal.

Baja California

Ensenada

Foja 566

Accesorio 4

18 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Unidad 1: Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios (CBTIS) número 41

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a cuatro personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP)

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Centro de Alto Rendimiento Lago Norte

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Diez personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a tres personas se les entregó aviso de privacidad, a una persona se le tomó fotografía a su persona, sin especificar la razón, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: chaleco color negro con las leyendas “ENSENADA DELEGACIÓN REGIONAL” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco color beige con las leyendas “SERVIDOR DE LA NACIÓN” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Unidad 3: chaleco color negro con las leyendas “ENSENADA DELEGACIÓN REGIONAL” y “GOBIERNO DE MÉXICO”.

 

Baja California

Ensenada

Foja 582

Accesorio 4

18 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Escuela Profesora Petronila Sandez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Ocho personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a una persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela Primaria Matías Gómez

Se encuestaron a once personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Diez personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a dos personas se les entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: una persona con chaleco con leyenda “Secretaría del Bienestar”.

 

Unidad 2: una persona con chaleco con color café con la leyenda “Servidor de la Nación”.

Ciudad de México

Primera Región Militar (Colonia Aviación Civil)

Foja 614

Accesorio 4

19 de marzo

Primera Región Militar

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar para verificar su registro, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco café con las leyendas “Gobierno de México”, “Bienestar”, “Gobierno de México” y “Servidor de la Nación” con el escudo nacional.

Guerrero

Acapulco

Foja 685

Accesorio 4

18 de marzo

Unidad 1: Unidad Deportiva Acapulco

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, tres personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Centro de Convenciones Acapulco

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Nueve personas manifestaron que se les solicitó su credencial para votar, cuatro personas refirieron que se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 18

Accesorio 5

 

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Centro de salud “El coyol”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, con excepción de dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, solamente una persona refirió que le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Centro de salud “Las Bajadas”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto tres personas, a ninguna se le tomó fotografía, solamente una persona refirió que le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Centro de salud “Las Amapolas”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Siete personas señalaron que no se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, solamente una persona refirió que le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 4: Centro de salud “Dos Lomas”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, con excepción de dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, solamente una persona refirió que le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 5: Centro de salud “Reserva Tarimoya

Se destaca que la autoridad electoral asentó que personal de Marina, así como dos personas que dijeron ser coordinador de trabajos del centro de salud y servidor de la nación, respectivamente, no permitieron el acceso al lugar para realizar la diligencia.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto cuatro personas, a ninguna se le tomó fotografía, solamente dos personas refirieron que les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 5: Centro de salud “Virgilio Uribe”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que no se les solicitó la credencial para votar a efecto acceder al programa de vacunación, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 6: Centro de salud “Granjas del Río Medio”

El personal responsable de la brigada negó el acceso de la autoridad electoral a las instalaciones, por lo que las entrevistas se hicieron en la vía pública.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 7: Centro de salud “Adolfo Ruiz Cortinez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas manifestaron que no se les solicitó la credencial para votar a efecto acceder al programa de vacunación, a ninguna se le tomó fotografía, una persona refirió que se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 39

Accesorio 5

 

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Club Naval

La autoridad electoral asentó que las y los servidores de la nación no le permitieron el acceso al lugar, por lo que se realizaron las entrevistas en la vía pública.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, refirieron que no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Facultad de Medicina de la Universidad Veracruzana

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, solamente una persona refirió que le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Centro de salud “Club de Leones”

La autoridad electoral asentó que los servidores de la nación no le permitieron el acceso al lugar, por lo que se realizaron las entrevistas en la vía pública.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cinco personas señalaron que no se les solicitó su credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, solamente una persona refirió que le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 4: Auditorio “Benito Juárez”

La autoridad electoral asentó que el servidor de la nación no permitió el acceso al lugar, por lo que se realizaron las entrevistas en la vía pública.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, con excepción de cuatro personas, a ninguna se le tomó fotografía, dos personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Dos personas con chaleco café con los textos “servidor de la nación, gobierno de México”.

Unidad 2: Una persona con chaleco café con los textos “servidor de la nación, gobierno de México”.

Unidad 3: Dos personas con chaleco café con los textos “servidor de la nación, gobierno de México”.

Unidad 4: Una persona con chaleco café con los textos “servidor de la nación, gobierno de México”.

 

Veracruz

Veracruz

Foja 50

Accesorio 5

12 de marzo

Instituto Tecnológico de Veracruz

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Cuatro personas señalaron que no les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, una persona refirió que en el comprobante de vacunación está referido el aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco caqui con el logo de “servidor de la nación, gobierno de México”.

Veracruz

Veracruz

Foja 57

Accesorio 5

13 de marzo

Centro de Salud “Vargas”

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Tres personas señalaron que no les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, una persona dijo que se le tomó fotografía, cuatro personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco café con el logo de “servidor de la nación, gobierno de México”.

Veracruz

Veracruz

Foja 63

Accesorio 5

 

13 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Centro de Salud “Santa Fe” o “Delfino Victoria”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Tres personas señalaron que no les fue solicitada para acceder al programa de vacunación la credencial para votar, dos personas dijeron que se les tomó fotografía en grupo, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Centro de Salud “Los Pinos”

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en señalar que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación la credencial para votar, no se les tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Nuevo León

Los Aldamas

Foja 71

Accesorio 5

5 de marzo

Casino municipal

No se pudo llevar a cabo la diligencia, toda vez que la jornada de vacunación sucedió un día antes de la diligencia.

 

Nuevo León

China

Foja 74

Accesorio 5

 

4 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Primera unidad de vacunación

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en señalar que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación la credencial para votar, no se les tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Segunda unidad de vacunación

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en señalar que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación la credencial para votar, excepto tres personas, no se les tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con playera tipo polo negra, con los textos “Gobierno Federal” y “Secretaría del Bienestar”

Unidad 2: Una persona con playera tipo polo guinda, con el texto “Gobierno Federal”

Nuevo León

Lampazos de Naranjo

Foja 83

Accesorio 5

4 de marzo

Punto de vacunación “Los Lampazos de Naranjo”

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con polo guinda y chaleco caqui con los textos “centro integrador de desarrollo, servidor de la nación, gobierno de México”.

Nuevo León

Vallecillo

Foja 83

Accesorio 5

 

4 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Centro Cívico Social de Vallecillo

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Escuela del Estado. Ca. Félix de la Serna.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con polo guinda y chaleco caqui con los textos “centro integrador de desarrollo, servidor de la nación, gobierno de México”.

 

Unidad 2: Una persona con polo guinda y chaleco caqui con los textos “centro integrador de desarrollo, servidor de la nación, gobierno de México”.

Ciudad de México

Venustiano Carranza

Foja 119

Accesorio 5

18 de marzo

Internado 17 de la Secretaría de Educación Pública “Francisco I. Madero”

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Personas con chaleco verde, con las leyendas “Gobierno de la Ciudad de México y participación ciudadana”.

 

 

 

 

 

Hidalgo

Huejutla de Reyes

Foja 147

Accesorio 5

1 de marzo

Centro de Salud Huejutla de Reyes

La autoridad hizo constar que una persona que se ostentó como enfermera le dijo que el procedimiento de vacunación tuvo verificativo el 21 de febrero, sin que hubiera nueva fecha señalada para tal efecto, por lo que no pudo realizar la diligencia.

 

Hidalgo

Jaltocan

Foja 150

Accesorio 5

1 de marzo

Galera pública de Jaltocan

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Personas con chalecos color café con las leyendas “servidores de la nación, bienestar y Centro integrador de desarrollo”.

 

Hidalgo

Atlapexco

Foja 155

Accesorio 5

1 de marzo

Centro de Salud de Atlapexco

La autoridad instructora no pudo realizar la diligencia encomendada, porque en el lugar solamente pudo vacunarse a cuatro personas, siendo que lo mínimo son diez, por lo que no había fecha programada para continuar con la vacunación.

 

Ciudad de México

Venustiano Carranza

Foja 159

Accesorio 5

19 de marzo

Instalaciones de la Primer Región Militar

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a dieciséis personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto seis personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco café con los textos “gobierno de México, Bienestar, servidor de la Nación”.

 

 

 

 

México

Toluca de Lerdo

Foja 179

Accesorio 5

 

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Primera unidad de vacunación

Una persona no permitió el acceso de la autoridad electoral, por lo que los cuestionarios se llevaron a cabo fuera de las instalaciones.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Segunda unidad de vacunación

En esta unidad se aplicó la vacuna también a personas que iban en automóvil.

Se encuestaron a diez personas, fuera de las instalaciones, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, una persona manifestó que se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco vino con el texto “servidor de la Nación”.

Unidad 2: Las personas entrevistadas portaban una calcomanía en el tren superior, color vino que decía los textos “Toluca capital, 1er dosis y #nadiesinvacuna” así como un escudo del ayuntamiento de Toluca.

Una persona con chaleco azul con el texto “gobierno del estado de México y secretaría de desarrollo social”.

 

México

Toluca de Lerdo

Foja 188

Accesorio 5

12 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: Estadio Nemesio Diez “Bombonera”

Una persona no permitió el acceso de la autoridad electoral, por lo que los cuestionarios se llevaron a cabo fuera de las instalaciones.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Nuevo Conservatorio de Música

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco guinda con el texto “servidor de la Nación y Gobierno Federal”. Otra persona con chaleco gris, con el texto “Toluca capital”.

Unidad 2: Una persona con chaleco guinda con el texto “servidor de la Nación y Gobierno Federal”.

Baja California

Ensenada

Foja 201

Accesorio 5

 

18 de febrero

Cecyte plantel Ensenada

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco beige con el texto “servidor de la Nación y Gobierno Federal”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Baja California

Ensenada

Foja 207

Accesorio 5

 

18 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Unidad 1: CBETIS 41

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, cuatro personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: CONALEP

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto cinco personas, a ninguna se le tomó fotografía, una persona refirió que se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 3: Centro de Alto Rendimiento

Se encuestaron a doce personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, una persona manifestó que se le tomó fotografía, tres personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco negro con el texto “Ensenada, delegación regional y Gobierno de México”.

Unidad 2: Una persona con chaleco beige con el texto “servidor de la Nación y Gobierno Federal”.

Unidad 3: Una persona con chaleco negro con el texto “Ensenada, delegación regional y Gobierno de México”.

 

 

 

Baja California

Ensenada

Foja 222

Accesorio 5

 

18 de febrero

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa su edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Escuela Profesora Petronila Sánchez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, una persona refirió que se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Escuela Primaria Matías Gómez

Se encuestaron a once personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, a ninguna se le tomó fotografía, dos personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco negro con el texto “secretaría del bienestar”.

Unidad 2: Una persona con chaleco café con el texto “servidor de la Nación”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Colima

Armería

Foja 309

Accesorio 5

27 de febrero

Unidad 1: Centros Sociales del municipio de Cofradía de Juárez y Armería.

En el primer centro, el día de la diligencia no tuvo verificativo la jornada de vacunación.

 

Unidad 2: Auditorio Municipal Rubén Tinoco Alcántar

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Todas fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Ciudad de México

Cuauhtémoc

Foja 334

Accesorio 5

 

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Universidad la Salle

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto cuatro personas, a ninguna se le tomó fotografía, dos personas refirieron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Escuela Primaria Benito Juárez

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, a ninguna se le tomó fotografía, cuatro personas manifestaron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco guinda con los textos “gobierno de México, servidor de la Nación”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Coyoacán

Foja 368

Accesorio 5

 

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Centro de Exposiciones de Ciudad Universitaria

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto cuatro personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Estadio Olímpico Universitario

Se encuestaron a dieciséis personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto cuatro personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco arena con los textos “gobierno de México, servidor de la Nación”. Y personas con chaleco verdes con la leyenda “Pilares”

 

 

 

 

Oaxaca

San Juan Bautista de Valle Nacional

Foja 384

Accesorio 5

4 de marzo

Unidad Médica Rural

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se entrevistó a una persona de la cual se cuenta con su nombre.

Señala que se le solicitó su CURP para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, no se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Se destaca que una persona que se ostentó como médico general de unidad médica rural solicitó a la funcionaria del INE que se retirara del lugar, por ser ordenes de su superior, y que, en caso de no ser así, debería suspender la aplicación de la vacuna. Por lo que la autoridad electoral solamente entrevistó a una persona.

Una persona con chaleco con los textos “gobierno de México, servidor de la Nación y centro integrador de desarrollo”

 

 

 

 

Oaxaca

Santa María Coyotepec Foja 396

Accesorio 5

 

4 de marzo

Explanada municipal de Santa María Coyotepec

Se certificó que una persona que se ostentó como síndico del ayuntamiento le manifestó a la autoridad electoral que en ese lugar no se estaba llevando a cabo la aplicación de la vacuna.

 

Ciudad de México

Tlalpan

Foja 460

Accesorio 5

30 de marzo

Six Flags

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con los textos “gobierno de la Ciudad México y comunicación social”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Álvaro Obregón

Foja 475

Accesorio 5

 

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Expo Santa Fe

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Universidad de la Policía de la Ciudad de México

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: Deportivo Plateros

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco verde con los textos “gobierno de la Ciudad México Alcaldía Álvaro Obregón”.

Unidad 2: Una persona con chaleco verde con los textos “gobierno de la Ciudad México Alcaldía Álvaro Obregón”.

 

 

 

 

 

Ciudad de México

Gustavo A. Madero

Foja 488

Accesorio 5

30 de marzo

Ciudad Deportiva Carmen Serdán

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

 

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con el texto “gobierno de la Ciudad México”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ciudad de México

Iztapalapa

Foja 503

Accesorio 5

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Facultad de Estudios Superiores Zaragoza

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con el texto “educación garantizada, gobierno de la Ciudad México”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ciudad de México

Cuauhtémoc

Foja 510

Accesorio 5

31 de marzo

Biblioteca Vasconcelos

La autoridad electoral certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, una persona refirió que se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con el texto “educación garantizada, gobierno de la Ciudad México”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ciudad de México

Gustavo A. Madero

Foja 535

Accesorio 5

 

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Escuela Secundaria Diurna 85 República de Francia

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, una persona señaló que se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Deportivo Hermanos Galeana

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, no se les tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Ciudad de México

Benito Juárez

Foja 571

Accesorio 5

 

5 de abril

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Pepsi Center

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, con excepción de cinco personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Alberca Olímpica

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, con excepción de tres personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: Centro Universitario México

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, con excepción de cinco personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco guinda con el texto “gobierno de México y servidor de la nación”.

Unidad 2: Una persona con chaleco guinda con el texto “gobierno de México y servidor de la nación”.

Unidad 3: Una persona con chaleco guinda con el texto “gobierno de México y servidor de la nación”.

 

Ciudad de México

Iztapalapa

Foja 590

Accesorio 5

 

5 de abril

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Deportivo Santa Cruz Meyehualco

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Cecyt 7

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto tres personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: UAM Iztapalapa

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco beige con un brazalete que dice “plan nacional de vacunación”:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ciudad de México

Gustavo A Madero

Foja 617

Accesorio 5

 

2 de abril

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: Primera unidad (no se señaló el lugar)

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto una persona, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Escuela Nacional de Ciencias Biológicas Unidad Zacatenco del IPN

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto tres personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 3: Escuela Nacional preparatoria 9

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, dos personas manifestaron que se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 2: Una persona con chaleco guinda con el texto “gobierno de México y servidor de la nación”.

 

Ciudad de México

Iztapalapa

Foja 673

Accesorio 5

 

2 de abril

 

Unidad Habitacional Militar El Vergel

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con el texto “educación garantizada, gobierno de la Ciudad México”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Tlalpan

Foja 682

Accesorio 5

 

30 de marzo

Escuela Nacional Preparatoria 5

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Ciudad de México

Tlalpan

Foja 682

Accesorio 5

30 de marzo

 

Unidad 1: Plantel Otilio Montaño Tlalpan 2 (Topilejo)

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, exceptos tres personas, a ninguna se le tomó fotografía, tres personas refirieron que les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Ciudad de México

Miguel Hidalgo

Foja 723

Accesorio 5

 

9 de marzo

Unidad 1 y 2: Benemérita Escuela Nacional de Maestros y Campo Militar Marte

No se realizaron las encuestas.

Personas con chalecos con la leyenda “servidores de la nación” (no se especificó el color)

Ciudad de México

Miguel Hidalgo

Foja 727

Accesorio 5

 

13 de marzo

 

Unidad 1: Benemérita Escuela Nacional de Maestros

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: Campo Militar Marte

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Personas con chalecos café con la leyenda “servidores de la nación”

Ciudad de México

Iztapalapa

Foja 761

Accesorio 5

 

2 de abril

Unidad Habitacional Militar El Vergel

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con el texto “educación garantizada, gobierno de la Ciudad México”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Iztapalapa

Foja 769

Accesorio 5

 

2 de abril

Servicios de Transportes Eléctricos

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, excepto dos personas, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco verde con el texto “secretaría de movilidad”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Coyoacán

Foja 798

Accesorio 5

 

30 de marzo

Se certificó el procedimiento observado: se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

 

Unidad 1: UAM Xochimilco

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, una persona manifestó que se le entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

 

Unidad 2: CENCIS MARINA

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

Fueron coincidentes en que la información que les fue solicitada para acceder al programa de vacunación fue la credencial para votar, a ninguna se le tomó fotografía, no se les entregó aviso de privacidad, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Unidad 1: Una persona con chaleco verde con el texto “secretaría de movilidad”.

 

 

 

 

Ciudad de México

Iztapalapa

Foja 95

Accesorio 6

3 de abril

Facultad de Estudios Superiores Zaragoza UNAM Campus

Se certificó el procedimiento observado:  se les solicitó a las personas un medio de identificación para corroborar que asisten al módulo que les corresponde y se revisa la edad. Registraron datos de identificación de las personas en un formato denominado Expediente de Vacunación, antecedentes médicos y CURP, en su caso, comprobante de registro mediante sistema. Aplicación de la vacuna, se entrega el comprobante respectivo y, por último, remitían a las personas a un área de observación o reposo.

Se encuestaron a diez personas, de las cuales se cuenta con nombre.

A todas las personas se les solicitó su credencial para votar, todas refirieron que no se le tomó fotografía o sacó copia fotostática a la credencial para votar, a ninguna persona se le entregó aviso de privacidad, a ninguna persona se le tomó fotografía a su persona, no hubo condicionamiento para acceder al programa, no se les mencionó algún partido político, candidatura o persona servidora pública.

Una persona con chaleco color verde con las leyendas “EDUCACIÓN”, “GARANTIZADA DEL GOBIERNO DE LA CDMX” y “GOBIERNO CDMX”.

 


[1] Las fechas que se citen a lo largo de la presente sentencia deberán entenderse referidas al año dos mil veintiuno, salvo manifestación expresa en contrario.

[2] En su carácter de Coordinador General de la “Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19.

[3] Como encargados de la Rectoría Técnica del proceso de vacunación, en términos de la citada “Estrategia Operativa”.

[4] Como encargado de la organización del trabajo de campo y convocatoria comunitaria en el proceso de vacunación, acorde a lo dispuesto en la “Estrategia Operativa”.

[5] En su carácter de personas encargadas del manejo de los padrones e información del “Operativo Correcaminos”.

[6] Oficina de la Presidencia de la República, como supervisor de los programas y servicios a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en términos del artículo 32, fracción II, inciso c), del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República.

[7] Como personas encargadas en la estrategia operativa que se implementó a nivel local y la conformación de los equipos estatales con las y los enlaces de Bienestar, Fuerzas Armadas y enlaces institucionales de los Comités Estatales de Vacunación.

[8] Información consultada en la página oficial: https://coronavirus.gob.mx/covid-19/

[9] Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, y Zacatecas.

[10] Dicho acuerdo puede ser consulado en la página de internet que se identifica con el siguiente linkhttps://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/123456789/114434.

[11] Consultable en la página de internet oficial del INE: https://portalanterior.ine.mx/archivos2/tutoriales/sistemas/ApoyoInstitucional/SIFv3/rsc/PDF/INE_CG551_2020.pdf

[12] Foja 230 a 257 del expediente principal.

[13] Cabe mencionar que el uno de marzo, el Gobernador de Puebla interpuso recurso de apelación SUP-RAP-54/2021, a fin de controvertir el acuerdo emitido el veinticinco de febrero por el titular de la UTCE; mediante acuerdo plenario, la Sala Superior estableció reencauzarlo a recurso de revisión del procedimiento especial sancionador (SUP-REP-78/2021), el cual determinó desechar de plano.

[14] De conformidad con la razón esencial de la jurisprudencia 25/2015, titulada “COMPETENCIA. SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CONOCER, SUSTANCIAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES”.

[15] Criterio sustentado en la jurisprudencia 3/2011 de rubro: “COMPETENCIA. CORRESPONDE A LAS AUTORIDADES ELECTORALES ADMINISTRATIVAS LOCALES CONOCER DE LAS QUEJAS O DENUNCIAS POR VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO)”.

[16] De conformidad con lo señalado en el artículo quinto transitorio del Decreto por el que se expide, entre otras, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio, los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio, por lo que, en el caso, las normas aplicables son las de la Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

[17] Acuerdo General 8/2020, consultable en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5602447&fecha=13/10/2020.

[18] Resultan aplicables las tesis de rubro: IMPROCEDENCIA. SU ESTUDIO OFICIOSO, EN EL RECURSO DE REVISIÓN, PUEDE HACERSE SIN EXAMINAR LA CAUSA ADVERTIDA POR EL JUZGADOR DE PRIMER GRADO y IMPROCEDENCIA CUANDO ES PREFERENTE EL ESTUDIO DE DETERMINADAS CAUSALES consultables en la liga electrónica siguiente https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID=193252&Clase=DetalleTesisBL y https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID=163630&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0

[19] Artículos 470, 471, 472, 473, 475, 476, y 477 de la Ley Electoral.

[20] Jurisprudencia 12/2010, de rubro: “CARGA DE LA PRUEBA. EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR CORRESPONDE AL QUEJOSO O DENUNCIANTE.” Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 3, Número 6, 2010, páginas 12 y 13.

[21] De rubro: “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL DEBE RECABAR LAS PRUEBAS LEGALMENTE PREVISTAS PARA SU RESOLUCIÓN.” Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 6, Número 13, 2013, páginas 62 y 63.

[22] De rubro: “PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ELECTORAL. LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL IFE TIENE FACULTADES INVESTIGADORAS Y DEBE EJERCERLAS CUANDO EXISTAN INDICIOS DE POSIBLES FALTAS”. Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2005. Compilación Oficial, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, páginas 237 a 239.

[23] En vulneración a los artículos 442, párrafo 1, inciso a), 443, párrafo 1, incisos a) y n), de la Ley Electoral, en relación con el 25 párrafo 1, incisos a) e y), de la Ley General de Partidos Políticos.

[24] A) Presidente de la República, en su carácter de Coordinador General de la “Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México”;

B) Secretario de Salud y al Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, ambos del Gobierno Federal, como encargados de la Rectoría Técnica del proceso de vacunación, en términos de la citada “Estrategia Operativa”;

C) Secretario de Bienestar del Gobierno Federal, como encargado de la organización del trabajo de campo y convocatoria comunitaria en el proceso de vacunación, acorde a lo dispuesto en la “Estrategia Operativa” mencionada;

D) Al Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia, en su carácter de encargado del manejo de los padrones e información de la “Estrategia Operativa” referida; y

E) Al Coordinador General de Programas para el Desarrollo, también de la Oficina de la Presidencia de la República, como supervisor de los programas y servicios a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

F) A los treinta y dos titulares de la Coordinaciones estatales de las Brigadas Especiales (Brigadas Correcaminos), como personas encargadas de la estrategia operativa que se implementa a nivel local y la conformación de equipos estatales con los encales de Bienestar, Fuerzas Armadas y enlaces instituciones de los Comités Estatales de Vacunación. Sus nombres e encuentran detallados en el fondo del asunto.

En términos del artículo 32, fracción II, inciso c), del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República. En probable transgresión a lo establecido en los artículos 41, base V, apartado B, inciso a), numeral 3, de la Constitución; y 126, párrafos 1 y 3; 140, 156 y 449, de la Ley Electoral.

[25] En vulneración a los artículos 134, párrafo 7 de la Constitución; así como 442, párrafo 1, inciso f); 449, párrafo 1, incisos c), d) y e) de la Ley Electoral.

[26] En vulneración a las disposiciones contenidas en los artículos 41, base V, apartado B, inciso a), numeral 3, de la Constitución; y 126, párrafos 1 y 3; 140, 156 y 449, párrafo 1, incisos f) y g), de la Ley Electoral.

[27] Consultable en https://coronavirus.gob.mx/wp- content/uploads/2021/01/PolVx_COVID_-11Ene2021.pdf

[28] Consultable en https://coronavirus.gob.mx/wp- content/uploads/2021/02/Operativo_Correcaminos_19feb2021.pdf

[29] Consultable en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610327&fecha= 25/01/2021

[30] Consultable en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590673&  fecha=27/03/2020

[31] Publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de marzo de dos mil veinte, consultable en la liga de internet siguiente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590161&fecha=23/03/2020

[32] Consultable en https://coronavirus.gob.mx/wp- content/uploads/2021/01/PolVx_COVID_-11Ene2021.pdf

[33] Es una estrategia multisectorial del Gobierno de México para coordinar la vacunación contra el virus SARS-CoV-2 en México. La coordinación general de este operativo está a cargo de la Presidencia de la República y la persona titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, funge como Secretaria Técnica de la coordinación general. Dicha estrategia se encuentra publicada en la página oficial de la enfermedad Covid-19, consultable en la siguiente liga de internet: https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/03/OperativoCorrecaminos_15Mar2021.pdf, la cual tiene su sustento en el Acuerdo por el que se establecen brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19, en todo el territorio nacional, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de enero, consultable en la siguiente liga de internet: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610149&fecha=21/01/2021

[34] Son personas empleadas de la Secretaría de Bienestar, que materialmente llevan a cabo de manera directa las actividades censales relacionadas con la ejecución de los programas sociales que se precisan a continuación. Lo cual constituye un hecho notorio en términos del artículo 461 de la Ley Electoral y del criterio I.3º.C.35K de rubro “PÁGINAS WEB O ELECTRÓNICAS. SU CONTENIDO ES UN HECHO NOTORIO Y SUSCEPTIBLE DE SER VALORADO EN UNA DECISIÓN JUDICIAL”, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, libro XXVI, tomo 2, noviembre 2013, página 1373.

[35] En adelante CONACYT.

[36] La existencia de dicha Acta fue certificada por el Secretario Técnico del Consejo de Seguridad Nacional conforme al oficio STCSN/018/2021 del quince de febrero. Foja 154 del expediente principal.

[37] Dichas brigadas especiales tienen su sustento en el Acuerdo por el que se establecen brigadas especiales, como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, para llevar a cabo la vacunación como medida para la mitigación y control de la enfermedad COVID-19, en todo el territorio nacional, consultable en la página de internet siguiente: https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5610149

[38] Consultable en https://coronavirus.gob.mx/wp - content/uploads/2021/03/OperativoCorrecaminos_15Mar2021.pdf.

[39] Funge como Secretaria Técnica.

[40] Consultabe en la liga electrónica https://coronavirus.gob.mx/wp- content/uploads/2021/02/Guia_Modulos_Vacunacion20210205.pdf

[41] Integrados por el Coordinador General del Módulo, las y los Servidores de la Nación. Documento Guía Operativa de los Módulos de Vacunación, Personal Vacunador, página 5.

[42] Consultable en: https://coronavirus.gob.mx/wp- content/uploads/2021/02/Guia_Modulos_Vacunacion20210205.pdf

[43] Conforme al artículo 461, párrafo 1, de la Ley Electoral.

[44] Foja 7466 del tomo 10 del expediente de la UTCE.

[45] Acta circunstanciada foja 109 a la 126 del expediente principal.

[46] Mediante el diverso 00109 signado por el Secretario de Salud del Estado de Baja California.

[47] Mediante el diverso ISS/DSS/022/2021 signado por el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur.

[48] Por el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo del estado de Campeche.

[49] Mediante el oficio SS.01.176.2021 signado por el Secretario de Salud del Gobierno del estado de Coahuila de Zaragoza.

[50] Por la Secretaria de Salud y Bienestar Social y Presidenta Ejecutiva de los Servicios de Salud del estado de Colima, por instrucción del Gobernador Constitucional del Estado de Colima.

[51] Mediante el oficio DG/ISE/5003/1381/2021 signado por el Titular de la Secretaría de Salud e Instituto de Salud del estado de Chiapas, en atención al requerimiento realizado por la Subconsejera Jurídica de lo Contencioso dependiente de la Consejería Jurídica del Gobernador del citado estado.

[52] Por la Subdirectora de Prevención y Control de Enfermedades de Servicios de Salud de Chihuahua, en atención al oficio SP-064/2021 signado por el Secretario Particular del Gobernador del estado de Chihuahua.

[53] Por el Gobernador del estado de Durango.

[54] Mediante el oficio CGSP/DGSS-01150/2021 signado por el Director General de Servicios de Salud del estado de Guanajuato, en atención a la instrucción realizada por el Coordinador de Asuntos Jurídicos del citado estado.

[55] Mediante el oficio SSA/SPS/050/2021 signado por el Secretario de Salud en el estado de Guerrero.

[56] Por el Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Hidalgo, en atención a la instrucción realizada por el Gobernador Constitucional del estado de Hidalgo.

[57] Por el Coordinador de Salud del Instituto de Salud del estado de México, en atención al diverso 22202001010005L/197/2021 signado por el Director General Jurídico y Consultivo de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos del Estado de México.

[58] Por la Secretaria de Salud del estado de Michoacán y Directora General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del citado estado, en atención al requerimiento por el Gobernador Constitucional del estado de Michoacán de Ocampo

[59] Mediante el diverso SS/173/2021 signado por el Director de la Secretaría de Salud Estatal.

[60] A través del oficio SSN-SP-SP/0193/2021por el Director de Salud Pública del estado.

[61] A través del diverso 87/2021 signado por el Director Jurídico de la Oficina del Secretario de Salud y de servicios de Salud de Nuevo León O.P.D., en atención a la instrucción realizada por el Secretario de Salud en el estado y Director General de Servicios de Salud de Nuevo León.

[62] Mediante el diverso 1C/379/2021 signado por el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca.

[63] Por el Gobernador del estado de Puebla.

[64] Por el Coordinador Jurídico de Servicios de Salud y Representante legal de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del estado de Querétaro.

[65] Mediante el oficio SES/DDG/DNAJ/00278/II/2021 signado por la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios Estatales de Salud de Quintana Roo, en atención a lo requerido por el Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo del estado de Quintana Roo.

[66] Por el Director de Salud Pública del estado, en atención al memorándum 04096 signado por el Subdirector de Asuntos Jurídicos del estado de San Luis Potosí.

[67] Mediante el diverso SS/DS/0292/2021 signado por el Secretario de Salud del estado de Sinaloa, en atención a la instrucción realizada por el Subsecretario de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General del Gobierno del citado estado.

[68] A través del oficio SSP-SSS-2021-061 signado por el Subsecretario de Servicios de Salud del estado de Sonora.

[69] Mediante el diverso SS/010/2021 signado por la Titular de la Secretaría de Salud del estado de Tabasco, por instrucción del Titular de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos del Poder Ejecutivo del citado estado.

[70] Por la Secretaria de Salud y Directora General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas.

[71] Mediante el oficio DG-5018/0011/2021 signado por el Secretario de Salud y Director General del O.P.D Salud de Tlaxcala.

[72] A través del diverso DSP/SPyCE/44/2021 signado por el Director de Salud Pública del estado de Veracruz, en atención a la instrucción realizada por el Director General Jurídico de la Secretaría de Gobierno del citado estado.

[73] Por el Director Jurídico de la Secretaría de Salud y Director de Asuntos Jurídicos de los Servicios de Salud de Yucatán.

[74] Por el Coordinador General Jurídico del estado de Zacatecas, representación del Gobernador del citado estado.

[75] Con la colaboración del personal adscrito al Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México, únicamente en la aplicación de la vacuna y la observación durante treinta minutos para el seguimiento médico de ESAM.

[76] Con apoyo logístico para generar las condiciones adecuadas de estancia de las personas mayores en los Centros de Vacunación.

[77] Cabe señalar que las autoridades competentes de las entidades federativas de Aguascalientes y Jalisco no dieron respuesta al requerimiento realizado por parte de la autoridad instructora, pese a que en autos se desprende que fueron debidamente notificadas.

[78] CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN PARA COADYUVAR EN LAS ACCIONES INHERENTES A LA ATENCIÓN DE LA PANDEMIA CAUSADA POR LA COVID-19 EN MÉXICO, INCLUYENDO LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS, MEDIDAS Y ACCIONES PARA LA VACUNACIÓN CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2, QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN LO SUCESIVO “GOBERNACIÓN”, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, OLGA MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO DÁVILA, ASISTIDA POR EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIDAD, JORGE LEONEL WHEATLEY FERNÁNDEZ; LA SECRETARÍA DE SALUD, EN LO SUCESIVO “SALUD”, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, HUGO LÓPEZ-GATELL RAMÍREZ, EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, PEDRO FLORES JIMÉNEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, CESAR VÉLEZ ANDRADE; LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, EN LO SUCESIVO “BIENESTAR”, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, JAVIER MAY RODRÍGUEZ, ASISTIDO POR EL TITULAR DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES, CAMILO OVIEDO BAUTISTA, Y LA TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN DE DELEGACIONES, TERESA GUADALUPE REYES SAHAGÚN; LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “LA SEP”, POR CONDUCTO DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, FRANCISCO LUCIANO CONCHEIRO BÓRQUEZ; EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN LO SUCESIVO “EL IMSS”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, ZOÉ ALEJANDRO ROBLEDO ABURTO; EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN LO SUCESIVO “EL ISSSTE”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, LUIS ANTONIO RAMÍREZ PINEDA; EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, EN LO SUCESIVO “EL INSABI", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR; EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO EL “DIF NACIONAL”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MARÍA DEL ROCIO GARCÍA PÉREZ; A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, Lo cual constituye un hecho notorio en términos del artículo 461 de la Ley Electoral y del criterio I.3º.C.35K de rubro “PÁGINAS WEB O ELECTRÓNICAS. SU CONTENIDO ES UN HECHO NOTORIO Y SUSCEPTIBLE DE SER VALORADO EN UNA DECISIÓN JUDICIAL”, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, libro XXVI, tomo 2, noviembre 2013, página 1373.

[79] El documento rector mas reciente es la Versión 6.0 de once de mayo.

[80] Véase SUP-JRC-678/2015.

[81] SUP-JRC-678/2015 y SUP-JRC-55/2018

[82] Consultable en la página de internet identificada con el link: https://www.te.gob.mx/sentenciasHTML/convertir/expediente/SUP-JRC-00384-2016

[83] Jurisprudencia 19/2019 de rubro: PROGRAMAS SOCIALES. SUS BENEFICIOS NO PUEDEN SER ENTREGADOS EN EVENTOS MASIVOS O EN MODALIDADES QUE AFECTEN EL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL.- De la interpretación teleológica, sistemática y funcional de los artículos 41, Base IIl, Apartado C, segundo párrafo, y 134, párrafos séptimo, octavo y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que, en principio, no existe el deber específico de suspender la entrega de los beneficios de los programas sociales durante las campañas electorales, debido a su finalidad; sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios de los programas sociales no pueden ser entregados en eventos masivos o en modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral, toda vez que las autoridades tienen un especial deber de cuidado para que dichos beneficios sean entregados, de tal manera, que no generen un impacto negativo o se pongan en riesgo los referidos principios.

 

[84] De conformidad con el ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.

[85] Consultable en la página de internet identificada con el link: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590339&fecha=24/03/2020

[86] Consultable en la página de internet identificada con el link: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610149&fecha=21/01/2021

[87] Consultable en la página de internet identificado con el link: https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/03/OperativoCorrecaminos_15Mar2021.pdf

[88] Consultable en la página de internet: https://www.te.gob.mx/iuse/.

[89]Clave Única de Registro de Población.

[90] Foja 119 a 126 del expediente principal.

[91] Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de México Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Estado de México y Veracruz.

[92] Fojas. Principal: 210, 373, 429 y 451; Accesorio 1: 513, 580, 693 y 715; Accesorio 2: 239; Accesorio 3: 233, 512, 592, 607, 664 y 688; Accesorio 4: 89, 117, 183, 247, 566, 614 y 685; Accesorio 5: 57, 179, 207 y 535.

[93] De conformidad Estrategia Operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México, “Operativo Correcaminos”.

[94] Similar criterio emitido por la Sala Superior en el SUP-JRC-16/2018, consultable en página de internet https://www.te.gob.mx/buscador/.