Vacancia de autoridades municipales. Impedimento físico permanente para ejercer funciones

Para que se declare la vacancia de una autoridad municipal por causal de enfermedad o impedimento físico permanente que impida el desempeño normal de sus funciones, se requiere que dicho impedimento sea acreditado por una junta médica designada por la entidad oficial de salud o del Colegio Médico, o ser declarada por el Ministerio de Salud u otra entidad pública.

Martes, Diciembre 6, 2011
Actor: 
Heriberto Oswaldo Linares
Num sentencia: 
Resolución No. 803-2011-JNE
Palabras clave: 
Vacancia de autoridades municipales. Impedimento físico para ejercer funciones
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