Se desahogó una consulta en la que se resolvió, esencialmente: 1. Que el decreto de convocatoria a elecciones comprende la posibilidad de una segunda votación. 2. En términos generales, si esto ocurre, se mantendrían las prerrogativas y cuestiones operativas de la primera vuelta. 3. Tendrían que presentarse los permisos de reuniones en el plazo. 4. El límite de veinticinco plazas públicas que pueden ser financiadas mediante la contribución estatal se computaría en forma conjunta para todo el proceso electoral, y 5. Estaría prohibida la difusión o publicación de sondeos de opinión o encuestas durante los días relativos, entre otros..