Propaganda gubernamental.

Investigación administrativa por la presunta masificación de propaganda del Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE), durante el pasado proceso electoral del año 2014.

A través del fallo en estudio, el Tribunal Electoral declaró que las propagandas pautadas por una entidad pública, por encima del límite permitido por la Ley electoral, no eran violatorias de ésta, habida cuenta que la propaganda en sí no constituía una exaltación o logro de la entidad que pudiese ser considerado como apoyo a los candidatos oficialistas.

En este sentido, se dejó claro que las propagandas que las entidades públicas deban realizar en un momento determinado por mandato legal, como lo es la campaña sobre el autismo que debe realizar en el mes de abril de cada mes, no pueden estar sujetas al control de la norma electoral pues la entidad pública queda obligada a realizar la divulgación en ese momento en particular.

Martes, Febrero 24, 2015
Actor: 
DIRECCIÓN DE AUDITORIA INTERNA DEL TRIBUNAL ELECTORAL
Num sentencia: 
ACUERDO DE SALA 11-2 EXPEDIENTE 139-2014
Palabras clave: 
Propaganda gubernamental.
Paises: 
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