Procedimiento de inhabilitacIón de candidatura

A través del fallo en estudio, el Tribunal Electoral ha sostenido que el listado de puestos públicos cuyos titulares deben renunciar 6 meses antes de las elecciones, en caso de aspirar a una candidatura, aplica aún cuando la administración pública cambie la denominación de los cargos públicos.

 

En el caso en particular, el Ministerio de la Presidencia modificó la denominación de su dirección de relaciones públicas llamándola Secretaría de Comunicación del Estado, y su dignatario cambió de director por secretario, sin embargo, seguía siendo el mismo cargo de director nacional de un ministerio, que por mandato legal su titular debe renunciar si quería correr como candidato en el proceso electoral.

Jueves, Abril 24, 2014
Actor: 
Luis Eduardo Camacho Castro
Num sentencia: 
Acuerdo de Sala 31-14
Palabras clave: 
Procedimiento de inhabilitacIón de candidatura
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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