Partidos Políticos. Mantenimiento de su Personalidad Jurídica

En este pronunciamiento se resuelve que no es inconstitucional la exigencia legal impuesta a las agrupaciones partidarias de cumplir con ciertos requisitos cuantitativos como condición para el mantenimiento de su personalidad jurídico-política. Se destaca que el sistema legal vigente está fundado en la representatividad de los partidos como condición de su existencia.

Jueves, Febrero 16, 2012
Actor: 
Partido Unión del Centro Democrático
Num sentencia: 
Fallo No. 4797/2012
Palabras clave: 
Partido Político. Mantenimiento de Personalidad Jurídica
Paises: 
Información sobre los paises: 
Sentencias Electorales: 
Archivo: