Padrón Electoral

La resolución resolvió la petición del Partido de Concertación Nacional (PCN), de que se le proporcionara el padrón electoral en forma digital actualizado para efectos de registro interno de su partido. 

En la decisión final  se determinó que la emisión del padrón electoral está sujeta a un aspecto de temporalidad, pues se hace luego del cierre del registro electoral con antelación a un evento electoral determinado y con vistas al mismo, de manera que fuera de ese supuesto no existe habilitación para su entrega.

Por ello se declaró la improcedencia de a petición formulada.

Lunes, Septiembre 21, 2015
Actor: 
Partido de Concertación Nacional (PCN)
Num sentencia: 
S/N
Palabras clave: 
Padrón Electoral
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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