Obligación de separarse del encargo antes de contender en la elección de que se trate.

Se declaró la inelegibilidad del candidato de la alianza “Juntos para Mejorar” para ejercer el cargo de primer síndico procurador del ayuntamiento de Acapulco de Juárez, Guerrero, en virtud de que dicho candidato se separó del cargo de diputado local, sesenta días antes de la jornada electoral, sin embargo, se reincorporó a esa función un día antes de la celebración del cómputo y calificación de dicha elección.

Viernes, Diciembre 26, 2008
Actor: 
Coalición Juntos Salgamos Adelante
Num sentencia: 
SUP-JRC-165/2008
Palabras clave: 
1. Inelegibilidad
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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