Obligación de separarse del encargo antes de contender en la elección de que se trate.

Se determinó la inelegibilidad del candidato del Partido de la Revolución Democrática como Presidente Municipal de Chiautempan, Tlaxcalano, así como la revocación en la entrega de la respectiva constancia de mayoría, toda vez que dicho candidato no se separó de su encargo como diputado en tiempo y forma para contender en la elección.

Viernes, Enero 11, 2008
Actor: 
Coalición "Progreso para Tlaxcala"
Num sentencia: 
SUP-JRC-5/2008
Palabras clave: 
1. Inelegibilidad 2. Ayuntamientos
Paises: 
Información sobre los paises: 
Sentencias Electorales: 
Archivo: