Legitimación procesal de los partidos políticos cuando forman coaliciones.

Se colige que los partidos políticos que integren una coalición tienen legitimación procesal activa para promover los medios de impugnación previstos en la ley adjetiva, cuando el acto reclamado emane de un procedimiento administrativo en el que fueron denunciantes, antes de coaligarse; toda vez que la representación común de la coalición, conforme al convenio respectivo, tiene como objetivo la defensa de sus intereses y la consecución de sus fines comunes, mas no la salvaguarda de los intereses que le corresponda en lo individual.

Miércoles, Mayo 26, 2010
Actor: 
Coalición "Alianza para Ayudar a la Gente"
Num sentencia: 
SUP-JRC-125/2010
Palabras clave: 
1. Legitimación procesal activa. 2. Partidos políticos. 3. Coaliciones. 4. Procedimiento Sancionador
Paises: 
Información sobre los paises: 
Sentencias Electorales: 
Archivo: