Legitimación del interventor del partido Político en liquidación para impugnar aspectos relacionados con su actuación.

Se determinó que el interventor del control y vigilancia del uso y destino de los recursos y bienes de los partidos políticos, goza de facultades de administración y dominio sobre los bienes del propio ente político en extinción, lo cual le otorga legitimación para impugnar aspectos relacionados con su actuación. Empero, existe una excepción a dicha regla general prevista en el artículo 32, párrafo 2, del propio código federal electoral, la cual consiste en la obligación de los dirigentes y candidatos de cumplir con las obligaciones que en materia de fiscalización establece la ley hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y liquidación de su patrimonio.

Miércoles, Diciembre 16, 2009
Actor: 
Dionisio Ramos Zepeda, Interventor del Control y Vigilancia del Uso y Destino de los Recursos y Bienes del Partido Socialdemócrata, Partido Político en Liquidación y Otro
Num sentencia: 
SUP-RAP-308/2009 Y ACUMULADO
Palabras clave: 
1. Extinción 2. Interventor 3. Legitimación 4. Fiscalización 5. Bienes
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