La función del suplente es reemplazar al propietario en caso de ausencia y realizar las funciones que tenía encomendadas.

Se concluyó que la función del suplente de la fórmula de candidatos por el principio de representación proporcional es la de reemplazar al propietario en caso de su ausencia, y realizar las funciones que tenía encomendadas, por lo cual cuando el titular de la fórmula o de la curul renuncia al derecho de ocuparlo, por haber sido electo al mismo cargo pero por el principio de mayoría relativa, adquiere el suplente al derecho de acceder al cargo de propietario.

Miércoles, Octubre 6, 2010
Actor: 
Con motivo de la contradicción de criterio se resolvió
Num sentencia: 
SUP-CDC-6/2010
Palabras clave: 
Elección. Candidato suplente. Principio de representación proporcional
Paises: 
Información sobre los paises: 
Sentencias Electorales: 
Archivo: