Forma de actualizar la notificación automática.

Se estableció que los partidos políticos nacionales que tengan representantes registrados ante los diversos Consejos del Instituto Federal Electoral se entenderán notificados en forma automática, siempre que dicho representante se encuentre presente en la sesión en que se emita la determinación correspondiente y que tenga a su alcance todos los elementos necesarios para quedar enterado de su contenido. De ahí que se considera que a partir de ese momento el instituto político toma conocimiento de manera fehaciente de la determinación adoptada y, por ende, al día siguiente empieza a transcurrir el plazo para su impugnación, aun cuando exista una notificación efectuada con posterioridad, pues ésta no puede erigirse en una segunda oportunidad para controvertir la citada resolución.

Miércoles, Marzo 25, 2009
Actor: 
Partido de la Revolución Democrática
Num sentencia: 
SUP-RAP-37/2009
Palabras clave: 
1. Notificación automática. 2. Partidos políticos. 3. Representantes
Paises: 
Información sobre los paises: 
Sentencias Electorales: 
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