Excepciones a la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental durante campaña electoral

El asunto fue promovido por el Partido Acción Nacional, para controvertir el “ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA RESPUESTA A LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, EN RELACIÓN CON LAS EXCEPCIONES A LA SUSPENSIÓN DE LA DIFUSIÓN DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL DURANTE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES”, emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en cuanto a la suspensión de los promocionales de los juegos panamericanos 2011, a celebrarse en dicha entidad federativa.
Al efecto, se estimó fundado el agravio hecho valer por el instituto político inconforme, atinente a que el acto reclamado, vulneraba el principio de legalidad.
En la ejecutoria se interpretó de manera funcional los numerales 41, Base III, Apartado C, segundo párrafo y 134, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se estableció que el significación que debía darse a la propaganda gubernamental, era atendiendo a dos aspectos objetivos, a su contenido y a la temporalidad de su difusión; y no entenderse como una proscripción o prohibición general, a la cual pudiera a priori llevar una interpretación restrictiva y literal.
A partir de dicho razonamiento, se dijo que la publicidad de los Juegos Panamericanos no encuadraba dentro la propaganda proscrita por la Ley Suprema, en tanto que no se advertía que su difusión trastocara los principios de imparcialidad y equidad rectores de los procesos electorales y en consecuencia, pudiera influir en las preferencias electorales.
Además de lo anterior, se observó la inclusión de un derecho fundamental, puesto que de la difusión de esos promocionales, se vislumbraba un fin de fomento a la educación mediante la práctica del deporte, en la medida en que los propios juegos propician en la población la cultura deportiva, derecho consagrado en el artículo 3° de la Carta Fundamental, en tanto que la promoción de los Juegos Panamericanos, incluyen en sí mismo, un propósito al fomento y estímulo de la educación física y la práctica del deporte.
En esas condiciones, se revocó el acuerdo reclamado.
 

Miércoles, Agosto 31, 2011
Actor: 
Partido Acción Nacional
Num sentencia: 
SUP-RAP-0474/2011
Palabras clave: 
Excepciones a la propaganda en campaña electoral
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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