Errores en el registro de candidatos.

Se resolvió que, tanto los afiliados a los partidos, como los no inscritos, tienen derecho en condiciones de igualdad a la participación en los pactos como los subpactos electorales, de manera que las contradicciones que existan entre el registro de afiliados que se remite al Director del Servicio Electoral y el del partido, en última instancia tampoco no puede afectar la manifestación de voluntad de quienes se afilian o desafilian. Por lo cual se revocó la sentencia impugnada para que se registre como candidato al reclamante.
 

 

Jueves, Septiembre 11, 2008
Actor: 
José Ignacio Mulato Huenchecal
Num sentencia: 
No. 39-2008
Palabras clave: 
Garantismo o visión antiformalista. Principio de buena fe. Derecho a ser votado. Derecho a votar. Maximización de los derechos fundamentales.
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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